Autor Tema: Actuaciones de paisano  (Leído 197396 veces)

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1460 en: 17 de Abril de 2014, 23:47:35 pm »
Que yo sepa en Cataluña todavía se aplica la 2/86... y por tanto tendrán las mismas limitaciones que todas las PL del resto de España.

 Si si por eso mismo yo se lo comente... pero oye si el me dice que allí trabajan así, no sere yo quien lo desmienta

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1461 en: 18 de Abril de 2014, 06:25:08 am »
Pues tu amigo creo que tiene razon..

Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales

TITULO II

De la coordinación y de la colaboración entre las Policías locales

CAPITULO IV
LA COLABORACION Y LA COOPERACION ENTRE LAS POLICIAS LOCALES

Artículo 23
3. En casos de necesidad, los municipios limítrofes, previa autorización del Consejero de Gobernación, pueden suscribir acuerdos de cooperación entre sus Policías.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1462 en: 18 de Abril de 2014, 08:53:49 am »
Pues tu amigo creo que tiene razon..

Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales

TITULO II

De la coordinación y de la colaboración entre las Policías locales

CAPITULO IV
LA COLABORACION Y LA COOPERACION ENTRE LAS POLICIAS LOCALES

Artículo 23
3. En casos de necesidad, los municipios limítrofes, previa autorización del Consejero de Gobernación, pueden suscribir acuerdos de cooperación entre sus Policías.



Negativo Epi44, te explico. Algunas de las primeras leyes de coordinación (Andalucía, Madrid,  Murcia,  o la que citas de Cataluña...)  previeron de diferentes maneras la posibilidad de crear Cuerpos de Policía Local mancomunados, que prestarán servicio en más de un municipio, sin embargo el Tribunal Constitucional consideró que la LOFFCCS formaba parte del bloque de  constitucionalidad, y por ello anuló los preceptos que preveían la creación de cuerpos supramunicipales (sentencias 25/1993, 49/1993, 50/1993, 81/1993 entre otras) y negó a los cuerpos locales otras posibilidades de actuación extraterritorial que las expresamente previstas en la LOFFCCS.

Así, por ejemplo la ley andaluza, en su artículo séptimo, permitía que el Consejero de la Gobernación autorizara cuerpos de policías locales dependientes de áreas metropolitanas, actuaciones de policías locales fuera de su ámbito territorial municipal y el establecimiento de servicios intermunicipales. El Tribunal Constitucional en la sentencia 81/1993, de 8 de marzo, resolvió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto frente a este artículo y declaró la inconstitucionalidad y nulidad del precepto porque resultaba contrario a los apartados 1 y 3 del artículo 51 de la LOFFCCS. Por tanto, la legislación autonómica, y en este caso la andaluza, quedó obligada a respetar la normativa básica de la citada Ley Orgánica, que sólo faculta para crear nuevos Cuerpos de Policía Local a los municipios y para actuar en el ámbito territorial de los mismos.

Otro ejemplo lo encontramos en la ley de coordinación madrileña que reconocía la posibilidad de acudir al ejercicio del derecho asociativo entre municipios, mediante la creación de mancomunidades, para poder llevar a cabo la gestión directa, impuesta por la propia Ley, del servicio referente a Policía Local. Se consideraba que la Ley era respetuosa con el principio de territorialidad municipal, porque la asociación entre municipios para la prestación del servicio sólo era posible entre aquellos que por su escasa capacidad no disponían de un Cuerpo propio de Policía Local, de tal forma que con la creación conjunta de un Cuerpo, éste sólo actuaría en el ámbito territorial de los municipios asociados sin que, en el ejercicio de sus funciones, pudieran solaparse en el ámbito territorial de otros municipios, que sí dispusiera de su propio Cuerpo de Policía Local. Como no podía ser de otra manera y con el mismo fundamento que en el caso andaluz esta previsión fue declarada inconstitucional.

Sin embargo la situación se vio alterada radicalmente tras la aprobación de Ley Orgánica 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural, por la que se añade a la LOFFCCS la Disposición Adicional Quinta, según la cual: “En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley”.

En todo caso, señala la Disposición Adicional que: “el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los Cuerpos de Policía Local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de éste o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo Estatuto de Autonomía”.

De tal manera que las leyes de coordinación que se aprueben tras la entrada en vigor de esta modificación, podrán  prever la posibilidad de mancoumunarse siempre y cuando estén dentro de los casos previstos, en el ámbito de la misma Comunidad Autónoma  y  cuenten con la citada autorización.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1463 en: 18 de Abril de 2014, 09:10:37 am »
Escala..yo no hablo de mancomunar servicios...ni de la creacion de ningun Cuerpo de Policia Metropolitana..(Dios me libre de darles ideas)..simplemente que en caso de necesidad..como marca el articulo..el cual no me consta que este derrogado..pueden suscribir acuerdos de cooperacion...es decir ir a un servicio por la urgencia y falta de efectivos en el de origen...(que conste que en Barna al menos que yo sepa no se ha dado el caso)
Por otra parte me reservo mi opinion sobre las ventajas economicas y de personal que podria tener la aplicacion de determinados servicios llamemosles "mancomunados"..en realidades geograficas como el Area Metropolitana de Barcelona..que aglutina Municipios importantes como Badalona..Santa Coloma..Hospitalet..Sant Adria del Besos y otros..y en los que la separacion entre uno y otro es una acera..o un lado de la calle..

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1464 en: 18 de Abril de 2014, 09:20:46 am »
Bien... creo que lo he explicado extensamente en el mensaje anterior, pero vamos, que si alguien quiere vender que en Cataluña la situación de las PL es/era diferente al resto de España, pues bien, es lo que se lleva.
« Última modificación: 18 de Abril de 2014, 09:36:11 am por escalaejecutiva »

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1465 en: 18 de Abril de 2014, 09:30:57 am »
Cacalauña siempre es diferente.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1466 en: 18 de Abril de 2014, 12:21:09 pm »
Bien... creo que lo he explicado extensamente en el mensaje anterior, pero vamos, que si alguien quiere vender que en Cataluña la situación de las PL es/era diferente al resto de España, pues bien, es lo que se lleva.

A ver si cambiamos las maneras..que no estas pasando un brifing... :bur)

Yo no quiero vender nada Escala..parece mentira que todavia no me conozcas..y menos que Catalunya sea diferente...aunque algunas cosas si que lo son en lineas generales no..creo que te he entendido perfectamente...y te he dicho que en Barna no se a dado el caso..que yo tenga conocimiento..asi mismo tambien te puedo decir que existio una policia mancomunada en la Vall del Tena (esa si que era mancomunada)...que entre otros municipios integraban LLiça de Vall..Lliça d'Amunt..Santa Eulalia de Ronçana y no se si algun otro...pero que se deshizo al aparecer esas sentencias que tu mencionabas..y ahora lee lo que quieras.. .ca;

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1467 en: 18 de Abril de 2014, 12:23:05 pm »
Calandracas..relajate que yo no soy Kimtgn...

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1468 en: 18 de Abril de 2014, 16:26:45 pm »
Bien... creo que lo he explicado extensamente en el mensaje anterior, pero vamos, que si alguien quiere vender que en Cataluña la situación de las PL es/era diferente al resto de España, pues bien, es lo que se lleva.

A ver si cambiamos las maneras..que no estas pasando un brifing... :bur)

Yo no quiero vender nada Escala..parece mentira que todavia no me conozcas..y menos que Catalunya sea diferente...aunque algunas cosas si que lo son en lineas generales no..creo que te he entendido perfectamente...y te he dicho que en Barna no se a dado el caso..que yo tenga conocimiento..asi mismo tambien te puedo decir que existio una policia mancomunada en la Vall del Tena (esa si que era mancomunada)...que entre otros municipios integraban LLiça de Vall..Lliça d'Amunt..Santa Eulalia de Ronçana y no se si algun otro...pero que se deshizo al aparecer esas sentencias que tu mencionabas..y ahora lee lo que quieras.. .ca;


Disculpa si la contestación te ha parecido arisca, no era mi intención... de hecho hasta hace poco algunos me llamaban "fresita" por la suavidad de las formas (y un polo rosa que llevé una vez  :vergo). Será que me cuesta encontrar el equilibrio... ;v;

« Última modificación: 18 de Abril de 2014, 16:29:22 pm por 47ronin »

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1469 en: 18 de Abril de 2014, 19:42:25 pm »
jamas te he llamado fresita...Be water, my friend... :karateka

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1470 en: 25 de Abril de 2014, 17:21:55 pm »

Agentes de Policía Local vestirán de paisano para vigilar infracciones de propietarios de canes


25/04/2014 | elperiodic.com   

• Se trata de una medida largamente demanda por asociaciones vecinales que se aplicará tras un largo debate jurídico
 
La Policía Local de Paterna estará autorizada para no hacer uso del uniforme reglamentario durante la vigilancia de posibles infracciones que se cometan en la vía pública en materia de deyecciones sobre las aceras por perros y otros animales de compañía, siendo sancionable cuando sus responsables no procedan a recogerlos y queden sobre la vía pública.

Se trata de un logro importante, no exento de un largo debate jurídico a la hora de justificar la potestad del Ayuntamiento de poder aplicar esta medida. Hasta la fecha el Ayuntamiento de Paterna había tratado de poner en práctica esta actuación, pero siempre se le remitía a obtener previamente el permiso de Delegación de Gobierno, algo en lo que no tuvo éxito tras intentarlo en reiteradas ocasiones. Según el artículo 41.3 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, “los miembros de los citados Cuerpos deberán vestir el uniforme reglamentario, salvo los casos excepcionales que autoricen las Juntas de Seguridad, previo consentimiento del Gobernador civil respectivo”. Sin embargo, en virtud de los argumentos expuestos por el intendente principal de Policía Local, José María González Gallardo, la potestad de permitir a los agentes la exención del uniforme reglamentario podrá ser ejercida por el alcalde, Lorenzo Agustí, no siendo necesaria la aprobación de la Delegación de Gobierno, a la que hasta la fecha se le había requerido, sin éxito. El informe expone que la supeditación a órganos de otras administraciones, en el ejercicio de competencias específicas de la Corporación Local, es incompatible con el principio de autonomía local que deriva de los artículos 137 y 140 de la Constitución Española y 1 de la Ley de Bases de Régimen Local, 7/1985. Por todo ello.

En este sentido, desde Policía Local exponen que “uno de los servicios que por los ciudadanos y asociaciones con mayor frecuencia e insistencia se demandan a esta Policía Local es el control y cumplimiento de las ordenanzas de animales, sobre todo en materia de defecaciones sobre las aceras por los perros y que sus responsables o los que se sirven de los mismos no recogen y quedan sobre la vía pública”. Del mismo modo, exponen que “el control de estas infracciones por parte de la Policía Local es muy complicado al realizar el servicio con el uniforme reglamentario, pues los propietarios de los animales cuando detectan la presencia policial sí que recogen los excrementos, pero en un alto porcentaje no lo hacen cuando no observan a los agentes, siendo imposible estar en todas las calles y en todo momento”.

Las obligaciones de los propietarios de animales domésticos, según la normativa vigente es la inscripción gratuita en el registro municipal, la obligatoriedad de la cartilla de vacunación y el chip de identificación, la limpieza de las defecaciones que producen para evitar “la insalubridad y la caída de algún viandante”, el no acceso a recintos infantiles y zonas ajardinadas, el uso del collar y la correa para evitar que pueda resultar atropellado o provocar un accidente de tráfico cuya responsabilidad recaería en el propietario y por último la obtención de una licencia especial de las razas peligrosas y el uso del bozal en estos tipos de animales. Respecto a la no recogida de excrementos de canes por parte de los propietarios, se trata de una infracción considerada como grave, dentro de la ordenanza de convivencia municipal, por lo que se puede incurrir en una sanción de hasta 750 euros. La concejala responsable de Policía Local, Sara Álvaro, indicó que “el fin de esta normativa no es en ningún caso recaudatorio, sino concienciar a todos de la necesidad de mantener limpias nuestras calles”. La concejala recalcó que “la gran mayoría de los propietarios de animales son respetuosos con la normativa, pero es preciso que lo seamos todos”.

Las asociaciones de Vecinos de Paterna y muchos ciudadanos a nivel particular han requerido al Ayuntamiento que pusiera en práctica esta medida desde hace varios años. Es ya histórica la campaña “Es tu calle, no la cagues” desarrollada por la Asociación de Vecinos de Campamento, que arrancó en 2005 con acciones de sensibilización para los propietarios de animales y con diversas propuestas al Consistorio para combatir este problema. Junto a las campañas informativas, también han requerido medidas contundentes al Consistorio, que han devenido en un endurecimiento de la normativa y ahora con la posibilidad de que pueda hacerse una mejor vigilancia de las posibles infracciones.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1471 en: 25 de Abril de 2014, 17:24:57 pm »

Agentes de Policía Local vestirán de paisano para vigilar infracciones de propietarios de canes


25/04/2014 | elperiodic.com   
...


Se trata de un logro importante, no exento de un largo debate jurídico a la hora de justificar la potestad del Ayuntamiento de poder aplicar esta medida. Hasta la fecha el Ayuntamiento de Paterna había tratado de poner en práctica esta actuación, pero siempre se le remitía a obtener previamente el permiso de Delegación de Gobierno, algo en lo que no tuvo éxito tras intentarlo en reiteradas ocasiones. Según el artículo 41.3 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, “los miembros de los citados Cuerpos deberán vestir el uniforme reglamentario, salvo los casos excepcionales que autoricen las Juntas de Seguridad, previo consentimiento del Gobernador civil respectivo”. Sin embargo, en virtud de los argumentos expuestos por el intendente principal de Policía Local, José María González Gallardo, la potestad de permitir a los agentes la exención del uniforme reglamentario podrá ser ejercida por el alcalde, Lorenzo Agustí, no siendo necesaria la aprobación de la Delegación de Gobierno, a la que hasta la fecha se le había requerido, sin éxito. El informe expone que la supeditación a órganos de otras administraciones, en el ejercicio de competencias específicas de la Corporación Local, es incompatible con el principio de autonomía local que deriva de los artículos 137 y 140 de la Constitución Española y 1 de la Ley de Bases de Régimen Local, 7/1985.



Uffff....ahí es nada.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1472 en: 25 de Abril de 2014, 18:45:34 pm »
 :pen: . . . aquí ya se hace . . . no? ? ?

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1473 en: 25 de Abril de 2014, 18:49:54 pm »
:pen: . . . aquí ya se hace . . . no? ? ?

Uhmmmmm...autorizadas por la señora Botella?

Me da a mi que no.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1474 en: 25 de Abril de 2014, 19:11:01 pm »
 . . . bueno, autorizadas por delegación en cascada . . . figura esa que no contempla el derecho administrativo y que tanto gusta en PMM . . .  :paz

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1475 en: 25 de Abril de 2014, 20:39:04 pm »


Agentes de Policía Local vestirán de paisano para vigilar infracciones de propietarios de canes


25/04/2014 | elperiodic.com   
...


Se trata de un logro importante, no exento de un largo debate jurídico a la hora de justificar la potestad del Ayuntamiento de poder aplicar esta medida. Hasta la fecha el Ayuntamiento de Paterna había tratado de poner en práctica esta actuación, pero siempre se le remitía a obtener previamente el permiso de Delegación de Gobierno, algo en lo que no tuvo éxito tras intentarlo en reiteradas ocasiones. Según el artículo 41.3 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, “los miembros de los citados Cuerpos deberán vestir el uniforme reglamentario, salvo los casos excepcionales que autoricen las Juntas de Seguridad, previo consentimiento del Gobernador civil respectivo”. Sin embargo, en virtud de los argumentos expuestos por el intendente principal de Policía Local, José María González Gallardo, la potestad de permitir a los agentes la exención del uniforme reglamentario podrá ser ejercida por el alcalde, Lorenzo Agustí, no siendo necesaria la aprobación de la Delegación de Gobierno, a la que hasta la fecha se le había requerido, sin éxito. El informe expone que la supeditación a órganos de otras administraciones, en el ejercicio de competencias específicas de la Corporación Local, es incompatible con el principio de autonomía local que deriva de los artículos 137 y 140 de la Constitución Española y 1 de la Ley de Bases de Régimen Local, 7/1985.



Consultado el texto, ya que no me cuadraba el 41.3 respecto de la s PL´s, resulta que es relativo a las PA.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1476 en: 26 de Abril de 2014, 19:39:21 pm »
Buenoooooooooo ¡¡¡  robo de competencias en cerocoma  :partirse :partirse

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1477 en: 09 de Mayo de 2014, 17:23:50 pm »
Esto lo hemos tratado alguna vez y las respuestas han sido... que no...y vuelvo a ello...accidente laboral?...accidente no laboral?...la diferencia es importante.



Heridos dos policías fuera de servicio tras actuar en dos peleas en la Feria de Sevilla


abcabcdesevilla / sevilla

Día 09/05/2014 - 14.22h

Uno tiene una pierna rota y al otro le dieron un corte en el cuello unos jóvenes que no querían pagar sus consumiciones


Un hombre atropellado por un coche de caballos y dos policías heridos, entre los sucesos a lamentar este jueves de Feria

Un policía local y otro nacional han resultado heridos tras mediar en dos de las 39 peleas registradas este pasado jueves cuando estaban en la Feria de Abril de Sevilla de paisano y fuera de servicio, mientras que un hombre de 65 años está ingresado muy grave tras ser atropellado por un coche de caballos.

El policía local fue agredido con una botella rota en el cuello después de que interviniera en una caseta de la calle Pascual Márquez porque cuatro jóvenes no querían pagar sus consumiciones, según ha informado en rueda de prensa el delegado de Seguridad y Movilidad de Sevilla, Juan Bueno.

Heridos dos policías fuera de servicio tras actuar en dos peleas en la Feria de Sevilla

JUAN FLORES
 .
Policía en la Feria

El policía local herido, que ha sido dado de alta, fue agredido cuando iba acompañado por su familia por los cuatro jóvenes que le esperaron a la salida de la caseta, y los agentes lograron detener a uno de ellos, que está acusado de tentativa de homicidio, ha precisado la portavoz de la Policía Local, María Guerrero.

El agente del Cuerpo Nacional de Policía, que ha sufrido doble fractura de tibia y peroné y está ingresado en un hospital, fue agredido cuando medió en una pelea en la calle, tras lo cual fueron detenidos dos personas.
 
Dentro del capítulo de sucesos de la Feria, el delegado de Seguridad ha destacado el atropello de un hombre de 65 años por un coche de caballos cuando se bajaba de un vehículo similar, lo que motivó su traslado al hospital, donde está muy grave.

Además, la Policía Local detuvo a dos jóvenes que se quisieron montar en un vehículo de la Delegación de Movilidad y agredieron a los técnicos, a otro por robo con fuerza en un bar y a tres rumanas carteristas cuando robaban en la calle del Infierno, la zona de atracciones de la Feria.

En el jueves de Feria se han transportado a 140.000 personas en los autobuses municipales, lo que supone un incremento del 21,1 % respecto al jueves del año pasado, mientras que el metro transportó a 134.000 personas, un 3 % más.

Sin embargo, se recogieron un 8,2 % menos de residuos que el jueves del año pasado, con un total de 246.680 kilos.

Los servicios sanitarios hicieron 299 asistencias, 14 de ellas derivadas a hospitales y 35 intoxicaciones etílicas, mientras que se practicaron 217 pruebas de alcoholemia, de las que dieron positivas nueve.

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1478 en: 09 de Mayo de 2014, 18:19:29 pm »
 :pen: . . . en todo tiempo y lugar . . . se hallare o no de servicio . . .

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Re: Actuaciones de paisano
« Respuesta #1479 en: 09 de Mayo de 2014, 18:30:23 pm »
Está usted seguro de que, por ejemplo Asepeyo en nuestro caso, le cubriría la atención médica y la baja como accidente laboral?