Autor Tema: PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO  (Leído 1668 veces)

Desconectado agusalonso

  • Novato
  • ****
  • Mensajes: 53
PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO
« en: 16 de Marzo de 2016, 13:35:39 pm »
Hola compañeros, estoy hablando mirando una permuta y mi ayuntamiento me dice que no cumplo el requisito del decreto del 64 que dice que no podemos tener una diferencia de más de 5 años trabajados.
El resto de requisitos los cumplimos, mi pregunta es si alguien sabe como plantearlo para que sea viable o no tengo nada que hacer.
Un saludo

Desconectado dev20

  • Iniciado
  • ***
  • Mensajes: 31
Re:PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO
« Respuesta #1 en: 15 de Mayo de 2016, 18:22:59 pm »
No se a que comunidad autónoma perteneces, aquí en Cástilla  La Mancha la cosa se ha puesto bastante rígida con los requisitos. La única manera que veo posible es que sean los municipios los que inicien la permuta (ya que los alcaldes son los competentes y no la Comunidad Autónoma) y luego esperar a que no lo recurran. La mayoría de las veces los municipios piden asesoramiento a la Escuela de protección ciudadana y como es lógico emiten un informe donde dice que no es posible por la falta de algún requisito y este informe aunque no es vinculante los ayuntamientos no lo van a desobedecer, así que como  he dicho antes esta muy difícil.

Desconectado kiby

  • Profesional
  • Novato
  • **
  • Mensajes: 52

Desconectado kiby

  • Profesional
  • Novato
  • **
  • Mensajes: 52
Re:PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO
« Respuesta #3 en: 19 de Mayo de 2016, 20:43:49 pm »
Articulo 98 del decreto del 52. Es lo que regula las permutas de la administracion local, no el decreto del 64, relativo a funcionarios civiles del ESTADO. Un saludo

Desconectado dev20

  • Iniciado
  • ***
  • Mensajes: 31
Re:PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO
« Respuesta #4 en: 31 de Mayo de 2016, 19:52:55 pm »
Llevas razón Kiby, pero la realidad es que se utiliza el del 64 por que les conviene y ya sabes como va esto si no estas de acuerdo pues solo cabe contencioso y ademas en las permutas que son discrecionales poco hay que hacer aunque pongas el recurso. Es una lástima

Desconectado rauls

  • Alevín
  • ******
  • Mensajes: 160
Re:PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO
« Respuesta #5 en: 29 de Junio de 2016, 10:05:50 am »
Pero en el 52 no te habla de los requisitos claramente entonces que norma rige le 52 o la leyes de coordinación que en cada cc.aa dice una cosa y pone los requisitos que le apetece

Desconectado dev20

  • Iniciado
  • ***
  • Mensajes: 31
Re:PERMUTA CON MAS DE 5 AÑOS DE DIFERENCIA DE SEVICIO
« Respuesta #6 en: 21 de Julio de 2016, 00:52:56 am »
Perdona por la tardanza. Si que te habla de los requisitos en su articulo 98.1 "Los funcionarios podrán permutar los cargos que desempeñen en propiedad, siempre que no hayan cumplido sesenta años, pertenezcan al mismo grupo y categoría y las plazas sean de idéntica clase.". Claro esta que el decreto es supletorio y en Castilla La Mancha es el que se tendría que tomar para regir las permutas porque no la ley 8/2002 ni el reglamento contemplan el tema. Si en la ley de coordinación de tu Comunidad Autónoma vienen reguladas las permutas pues se regirán por dicha ley.