Autor Tema: Multas y grúas: medidas recaudatorias?  (Leído 242614 veces)

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1520 en: 06 de Abril de 2015, 21:20:10 pm »
Por qué leyendo este articulo se me viene a la cabeza Curro Jiménez?

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1521 en: 06 de Abril de 2015, 21:35:47 pm »
Por qué leyendo este articulo se me viene a la cabeza Curro Jiménez?

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Porque el se jugaba la vida en la sierra y en teoría dentro de lo bandolero era un honrado barquero, y aquí se lo llevan sin sudar.


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1522 en: 07 de Abril de 2015, 09:03:48 am »
Ocho millones de euros para multar más rápido: La Guardia Civil agilizará la tramitación de sanciones

    El sistema de tratamiento en movilidad de accidentes, denuncias y gestión de la información general de tráfico ha sido adjudicado a Telefónica Soluciones e Indra Sistemas
    El trabajo parte de la base de los dos millones de denuncias que los guardias civiles pueden llegar a realizar al año, lo que supone una media de 5.500 multas diarias o más de 200 a la hora

informacionsensible.com
06 de Abril del 2015 a las 18:26

La Dirección General de Tráfico (DGT) pagará 8,6 millones de euros en un sistema de tratamiento de accidentes, denuncias y gestión de la información general del tráfico para, entre otros objetivos, agilizar la tramitación de unas 200 multas a la hora que pueden realizar de media los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Así consta en un anuncio publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), sobre la contratación mixta de servicios y suministros del sistema de tratamiento en movilidad de accidentes, denuncias y gestión de la información general de tráfico, adjudicado a Telefónica Soluciones e Indra Sistemas para un periodo de 48 meses.

Ahora, Tráfico pretende impulsar el nuevo “sistema de tratamiento en movilidad de accidentes, denuncias, autorizaciones especiales y gestión de información general de tráfico” sobre la base de esos dos millones de denuncias que los guardias civiles pueden llegar a realizar al año, lo que supone una media de 5.500 multas diarias o más de 200 a la hora.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1523 en: 16 de Abril de 2015, 19:52:53 pm »
MULTATOR



Un policía local a punto de jubilarse pone 205 multas en dos días


SERGIO EGUÍA (el correo)  / vitoria 

Día 15/04/2015 - 16.38h
 
«El agente no hizo nada ilegal», dice el Ayuntamiento pero su «gamberrada», como la define el concejal, ha crispado los ánimos de los automovilistas vitorianos porque para lograr las denuncias colocó el radar fuera de las zonas habilitadas para este fin

Lo de los últimos días antes de la jubilación de los policías es una obsesión tan recurrente en las películas y series americanas que ya nos parece una suerte de periodo paranormal en el que siempre suceden cosas raras. Supercherías, sí, pero de difícil respuesta cuando luego la realidad nos reafirma en la superstición. Y es que un policía local de Vitoria, coincidiendo con sus últimos días de patrulla, ha sorprendido a todos al presentar nada menos que 205 denuncias por exceso de velocidad en solo dos días, las dos jornadas anteriores a su retiro, sin que tuviera ninguna orden al respecto. Por su cuenta. Las multas, ha aclarado el Ayuntamiento, no se pueden retirar porque «las infracciones existieron y son legales», pero ha calificado el arrebato de «gamberrada».

Una despedida por todo lo alto, podría pensar alguno. Un repentino arranque estajanovista, quizá. ¿Una mañana de furia? Ahora, como ya adelantó EL CORREO a finales de marzo, el agente se enfrenta a un expediente disciplinario. También el concejal de Seguridad Ciudadana, el popular Álvaro Iturricha, cargó ayer contra un policía para el que pidió una sanción. «Desobedeció una instrucción dada de forma clara». Hasta llegó el político a disculparse ante la ciudadanía por «una conducta individual» que no debe repetirse. Y, sin embargo, el funcionario no ha hecho nada ilegal.

En realidad, la polémica no está en las multas. Todos los conductores circulaban por encima de los límites establecidos, por lo que nadie les va a librar del perjuicio económico y la pérdida de puntos. El problema está en que los agentes de Vitoria tienen desde 2013 una orden específica de colocar siempre el radar móvil, instalado en un Ford Focus gris que es famoso en la ciudad, en alguno del medio centenar de puntos concretos señalizados para este efecto. Todos están bien pintados en la calzadas.

Lo han entendido bien. En Vitoria hay plazas de aparcamiento reservadas para el coche que pone las multas y los responsables políticos impiden a los uniformados el ejercicio de sus funciones fuera de ellas.
 
Todo tiene una razón. De hecho, el radar móvil de la Policía Local de la capital alavesa tiene su propia leyenda negra. En octubre de 2013, y ante la presión ciudadana, el Ayuntamiento desveló el casi medio centenar de enclaves donde se coloca este elemento regulador del tráfico. Entonces, en una comparecencia oficial, se prometió a que este radar móvil jamás se situaría en ninguna otra demarcación del término municipal. Era la hora de responder a la indignación vecinal después de que en las redes sociales aparecieran docenas de fotos del Focus gris escondido tras contenedores de basura, subido a la acera, en isletas, en pasos de cebra o en lugares en los que suponía un peligro para el tráfico.

Esta auto-aceptada prohibición se ha respetado hasta que a finales de marzo este agente en vías de jubilación decidió saltarse la directriz. Por eso y no por las multas se le ha abierto un expediente disciplinario. Sin previo aviso aparcó en la calle Urartea, en el polígono industrial de Ali Gobeo, y en la calle Zurrupitieta, una de las vías de acceso a Júndiz, donde cazó a 205 Fitipaldis. La polémica está servida. Los afectados claman que se suponía que no serían multados en esos puntos y que desde el equipo de gobierno se ha faltado a la palabra dada. La realidad, las fotos tomadas por agente, demuestran en cualquier caso que la infracción se cometió.


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1524 en: 16 de Abril de 2015, 20:17:27 pm »
si me quedan dos dias para jubilarme me paso las instrucciones de los politicos por el forro de los cojones...y encima, alardeo de ello.
Aunque ande en valle
De sombra y de muerte
no temeré mal alguno
Porque tú estarás conmigo
Tu vara y tu cayado me
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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1525 en: 28 de Abril de 2015, 16:27:17 pm »

Las multas de tráfico aumentaron un 80% durante la crisis y recaudaron 29 millones



El estudio refleja además que un 92% de los conductores considera que la finalidad de las multas en España es eminentemente recaudatoria.

Durante la crisis económica, en el periodo de 2007 a 2013, la Dirección General de Tráfico ha registrado un total de 29 millones de sanciones de tráfico, lo que supone un incremento cercano al 80% respecto a las obtenidas entre los años 2000 y 2006, que se cifran en 16 millones, según apunta un informe de la Fundación Línea Directa, que revela además que los conductores españoles consideran en su mayoría -un 92%, lo que equivaldría a 24 millones de personas- que la finalidad de las multas en España es eminentemente recaudatoria.

Presentado este martes en Madrid por el presidente de esta Fundación de la compañía aseguradora, Francisco Valencia, el estudio muestra que más del 50% de las sanciones son excesos de velocidad, una tipología de multa que es más fácil de conseguir que la alcoholemia o la utilización del móvil mientras se conduce, según Francisco Valencia. El estudio ha sido realizado sobre el análisis de más de 770.000 multas impuestas entre 2009 y 2014, además de los datos facilitados por la DGT, así como la encuesta a 1.200 conductores asegurados por Línea Directa, según recoge Efe.


Una opinión generalizada entre los conductores es que uno de los principales problemas relacionados con las sanciones de tráfico es la indefensión a la hora de recurrir.

Los resultados del estudio también desvelan que sólo el 11% de los conductores españoles cree que los radares se colocan únicamente por razones de seguridad, mientras el 85%, por otra parte, considera que los parquímetros tienen un afán claramente recaudatorio. Otra opinión generalizada entre los conductores es que uno de los principales problemas relacionados con las sanciones de tráfico es la indefensión a la hora de recurrir. En este sentido, sólo el 8% de los conductores sancionados cree que hay garantías para reclamar y el 70% se acoge a la reducción por pronto pago porque creen que es muy complicado ganar.

Un 52% de los conductores se muestra a favor de imponer multas de tráfico en función de la renta y casi 8,2 millones son partidarios de la "Tasa 0" de alcoholemia. Además, el 20% (5,2 millones de conductores) considera que las multas contribuyen a reducir la siniestralidad y el 98% son partidarios de que la Administración destine el dinero recaudado a mejorar la seguridad vial. Sobre los 29 millones de sanciones impuestas por la DGT en el periodo de 2007 a 2013, el informe muestra que en los dos últimos años se ha producido un descenso de las multas, lo que es atribuido a una menor movilidad, la mayor concienciación del conductor y a algunas medidas como el pronto pago o las campañas de vigilancia contra el alcohol y las drogas.


Un 52% de los conductores se muestra a favor de imponer multas de tráfico en función de la renta y casi 8,2 millones son partidarios de la Tasa 0

El perfil del sancionado, según el análisis de los datos procesados por la Fundación, responde al de hombre, con experiencia de conducción, de 35 a 44 años y reincidente, y el importe medio de las sanciones se sitúa en 208 euros. En un dibujo del mapa de España para conocer dónde y quienes sancionan más, las Jefaturas Provinciales de Tráfico de Teruel (32,2 %) y Cuenca (20,9 %), así como el Servei Territorial de Transit de Girona (13,7 %) son las que más sancionan, mientras en el lado opuesto están Almería (1,18 %), Zamora (1 %) y Álava (0,26 %). En el ránking por ayuntamientos, los líderes en sanciones son los de Barcelona, Madrid y San Sebastián, a los que siguen Terrasa, Granada y Tarragona.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1526 en: 29 de Abril de 2015, 19:31:40 pm »
El Supremo ratifica que los operarios de la grúa no tienen el deber de denunciar

"No son agentes ni funcionarios", por lo que no tienen obligación de comunicar una infracción
 la opinión   28.04.2015 | 05:00

­Los operarios de la grúa municipal no tienen el deber de formular denuncias de vehículos mal estacionados. Lo confirma una reciente sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que, aunque se refiere a un recurso presentado por el Ayuntamiento de Sevilla, por su condición de alto tribunal, su fallo sienta jurisprudencia general

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo hace suyos los fundamentos de derecho de una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya sentenció en contra de la normativa municipal y que consideraba que no se puede imponer a estos trabajadores la obligación de denunciar infracciones.

La sentencia, fechada el 24 de marzo y comunicada a mediados de abril, afirma literalmente que los operarios de la grúa «no son agentes (de policía) ni funcionarios», por lo que en el caso de este personal no existe «ningún deber de advertir o comunicar la existencia de infracciones».

En este sentido, la sentencia explica que las leyes españolas distinguen entre «la obligación» de denunciar que tienen los agentes de la autoridad y «la denuncia voluntaria» que puede formular cualquier persona. El fallo del Supremo deja claro que la denuncia que pueda formular un operario de la grúa, al no estar investido de autoridad, «no puede calificarse de obligatoria».

El Supremo explica en su fallo que cualquier ayuntamiento puede fomentar las denuncias voluntarias por parte de los trabajadores de la grúa , pero en ningún caso establecer una obligación legal a quienes «por sus funciones están llamados a una colaboración material que no los habilita especialmente para calificar unos hechos a cuya denuncia se pretende obligarlos», termina la sentencia.

La sentencia es clara en establecer cual debe ser la función o las tareas del operario de la grúa. En este sentido, el Supremo establece con claridad dos aspectos. De un lado que el envío por parte del operario de material fotográfico al agente de la autoridad ya implica una denuncia pues «la fotografía implica una plena visión del hecho que se comunica mediante ella», así como la identificación del vehículo. De otra parte establece claramente que la actuación del gruista, su colaboración material, lo es «con la inmovilización o retirada del vehículo, sin prejuzgar cómo ni el medio por el cual se podrá acordar por el agente dicha orden de retirada».

Es en este escenario donde el Supremo aclara que aunque el personal de la grúa no tiene el deber de denunciar infracciones, «sí tiene el de colaborar con los agentes de la autoridad».

La sentencia mantiene un punto de duda o aspecto poco claro, pues si por un lado reconoce que el envío de fotografías por parte de un trabajador de la grúa a un agente «implica ya una denuncia», de otro lado admite que «no es necesario la presencia de un agente de la autoridad en el lugar donde se encuentra el vehículo infractor, lo que implicaría el envío de fotos. Para el Supremo, «el control sobre los hechos determinantes de la retirada del vehículo y la decisión de que esta se lleva a cabo la mantiene de forma exclusiva el agente de policía».

En el caso de Málaga, ¿qué implicaciones puede tener esta sentencia? Por un lado, puede suponer un serio problema para el Ayuntamiento de la capital en el caso de que los conductores denunciados acudieran a los tribunales para recurrir por un defecto de forma las sanciones al entender que les ha sido impuesta con la intervención de una persona que no tiene autoridad para ello (el gruista). Por otro lado, tanto el Ayuntamiento como la Sociedad Municipal de Aparcamientos (Smassa) podrán obligar a los trabajadores de la grúa a utilizar el sistema de fotodenuncia para delatar a los conductores infractores ante un agente de la Policía Local.

Respecto al primer caso, en 2013 el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Málaga invalidó la multa puesta a un particular por un gruista. El juez anuló la multa, pese a que el coche estaba mal estacionado «por ser contraria a derecho» al carecer el gruista de la condición de «agente de la autoridad».

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1527 en: 11 de Mayo de 2015, 14:41:17 pm »
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
2822

Sala Segunda. Sentencia 21/2015, de 16 de febrero de 2015. Recurso de amparo 716-2013. Promovido por Ana Fernández Martín frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Madrid que confirmó la multa impuesta por no haber aportado datos suficientes para identificar al conductor de un vehículo que había cometido una infracción de tráfico. Vulneración del derecho a la legalidad sancionadora: STC 30/2013 (resolución sancionadora que carece de fundamento razonable en la infracción administrativa aplicada).

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por doña Adela Asua Batarrita, Presidenta; don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY la siguiente

SENTENCIA

http://www.boe.es/boe/dias/2015/03/16/pdfs/BOE-A-2015-2822.pdf

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1528 en: 16 de Mayo de 2015, 16:33:59 pm »
Por nuestra seguridad.....



Las multas por velocidad a través de radar supusieron un 33% de la recaudación de 2014
 


 EL HUFFINGTON POST / EUROPA PRESS 
 
 Publicado:  16/05/2015 14:08 CEST    Actualizado:  hace 2 horas   
 
¿Nos pasamos mucho? ¿O es afán recaudatorio? Las cifras que vas a leer a continuación son tan contundentes que hacen revivir la polémica. Según se ha sabido este sábado, en 33% de la recaudación total de la Dirección General de Tráfico (DGT) en 2014 responde a las sanciones por exceso de velocidad registradas por los radares, ya sean fijos, móviles o los instalados en los helicópteros Pegasus. Concretamente, de los casi 393 millones de euros recaudados en multas el año pasado, unos 129,6 millones se deben a estos dispositivos.

En respuesta a dos preguntas formuladas en el Congreso de los Diputados por el socialista Miguel Ángel Heredia, el Ejecutivo ha presentado las cifras que corresponden a las sanciones por radar entre 2011 y hasta marzo de 2015, así como la recaudación total de 2014 por multas de tráfico.

De los documentos, a los que ha tenido acceso Europa Press, se desprende que son cuatro las comunidades autónomas las más castigadas por las sanciones por radar, pues en todas ellas más del 40 por ciento de la recaudación total de 2014 responde a estas multas. Son Castilla y León (43%), Castilla-La Mancha (43%), Navarra (42%) y Aragón (42%). Por su parte, en Extremadura suponen un 40 por ciento de toda su recaudación anual.

ANDALUCÍA, EN CABEZA

Mientras, Andalucía es la región que en números totales suma una cantidad más elevada en todo el año pasado (87,7 millones de euros), así como en lo referente a los radares (27,5 millones). Sin embargo, el porcentaje de recaudación realizada a través de estos dispositivos se mantiene por debajo de la media estatal, con un 31 por ciento, por detrás de Galicia (32,9%) y superando por pocas décimas a La Rioja (30,7%).

Por debajo del 30% se sitúan la Comunidad Valenciana, la Comunidad de Madrid, Asturias y Canarias, mientras que las regiones con menor porcentaje de recaudación a través de radar son Baleares, Murcia y Cantabria que rondan el 20.

Estas cifras son las correspondientes a las vías en las que tiene responsabilidad la DGT y en ellas no se incluyen ni Cataluña ni el País Vasco, autonomías que tienen competencia propia en este aspecto.

AUMENTO DE SANCIONES POR RADAR EN 2014

El total de sanciones por exceso de velocidad a través de radar ha ido registrando un ligero ascenso en los últimas años. Así, de los 120 millones de euros recaudados en 2012 a través de estos dispositivos, se subió hasta los 123 millones en 2013 y a los 129 millones el año pasado.

El Gobierno ha informado también de lo recaudado a través de este método en parte de 2015, concretamente hasta el 24 de marzo, fecha en la que se habían contabilizado sobre 29,5 millones de euros.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1529 en: 16 de Mayo de 2015, 18:47:52 pm »
Puff . . . el radar . . . ese gran invento que vela por nuestra seguridad . . .

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gautamacop

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1530 en: 18 de Mayo de 2015, 13:36:09 pm »
 Investigan el cobro “selectivo” de multas de tráfico en Marmolejo
Publicado en Noticias Provinciales
Escrito por  Esperanza Calzado 16 Mayo 2015


Investigan el cobro “selectivo” de multas de tráfico en Marmolejo

Al alcalde de Marmolejo,Bartolomé Soriano, le “crecen los enanos”. Si desde finales del mes de marzo ha tenido que lidiar con los tribunales para conseguir levantar el embargo de las cuentas municipales —ordenado el 31 de marzo—, ahora tendrá que “volver al ruedo” por una supuesta “firma selectiva” de las  multas de circulación, lo que impide el cobro de algunas sanciones.
 El Juzgado de Primera Instancia eInstrucción número uno de Andújar decidió, el pasado 4 de marzo, abrir diligencias previas contra Bartolomé Soriano para determinar si existen irregularidades en la tramitación de las sanciones impuestas a los vecinos del municipio, según la resolución a la que tuvo acceso este periódico. La decisión se toma a raíz de una denuncia interpuesta por la propia Policía Local del municipio.


En el documento, que tiene fecha de 22 de noviembre del año pasado, se hace constar que se han detectado una “serie de irregularidades” en la tramitación de los expedientes de tráfico. Se explica que la rúbrica de las multas corresponde al regidor —o en quien delegue—, mediante la firma electrónica. Sin embargo, la Policía Local dice, en el escrito, que pudo verificar, mediante un listado emitido por la Diputación, que la rúbrica se produce, supuestamente, de “forma selectiva” y no parece ser un posible error de un periodo determinado de tiempo.
El Ayuntamiento firmó con la Diputación  un convenio en virtud del cual se hacía cargo de la tramitación de los expedientes de las denuncias formuladas por los agentes locales. Estos dan de alta las sanciones mediante un sistema informático y el alcalde las firmas. A partir de ahí, el Sistema Provincial de Gestión y Recaudación Económica se encarga de la notificación a los denunciados, el cobro y el envío de recursos, entre otras acciones. Sin embargo, la Policía denuncia que “numerosos” expedientes no han sido firmados y, por lo tanto, han prescrito, por lo que no se han podido cobrar ni detraer los correspondientes puntos. Ahora, será el Juzgado el que se encargue de esclarecer la acusación.
Entre las multas no rubricadas hay infracciones por alcoholemia, no llevar el cinturón de seguridad y mal estacionamiento, según el documento. Este periódico intentó, sin éxito, conocer la versión del alcalde.

http://www.diariojaen.es/provincia/noticias-provinciales/item/78024-investigan-el-cobro-selectivo-de-multas-de-trafico-en-marmolejo
« Última modificación: 18 de Mayo de 2015, 13:53:15 pm por 47ronin »

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1531 en: 20 de Mayo de 2015, 09:56:27 am »
Y en la práctica esta sentencia, qué significa?


POR PASAR SEMAFORO EN ROJO CUANDO ESTÁ EN AMBAR
El TSJM confirma la ilegalidad de las sanciones del sistema “foto-rojo” de Madrid
C. Cancela
19.05.2015 – 05:00 H.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Madrid contra una sentencia dictada por el Juzgado nº 8 de Madrid que anuló una multa de 200 € y la retirada de cuatro puntos impuesta a un conductor por rebasar un semáforo en rojo en la Av. de Filipinas, nº 18. Condena además al pago de 1.200 € de costas judiciales, porque la “fotografía en la que aparecen los datos distorsionados según el propio ayuntamiento, no es un medio de prueba válido”.

Según el fundamento de derecho tercero de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel García Alonso, “es cierto que en la fotografía en la que se basa el ayuntamiento para imponer la sanción consta que el semáforo se encontraba en ámbar, tanto en el momento preciso en que el vehículo se encontraba a escasa distancia de la línea de detención, como cuando ya la había rebasado. Por lo que atendiendo a esta fotografía la sanción ha sido impuesta injustamente”.

En el recurso ahora desestimado, el Ayuntamiento de Madrid alegó que “el color del semáforo está distorsionado siendo en realidad rojo, ya que se corresponde con el color de las luces de frenado del vehículo que le precede”.

Sin embargo, este argumento ha sido rechazado de plano por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con el siguiente argumento: “consta que el vehículo que le precede se dispone a entrar en un túnel, por lo que no sabemos si la luz trasera es de frenado o de alumbrado. En segundo lugar corresponde a la administración que impone la sanción acreditar indubitadamente los hechos, por lo que una fotografía en la que aparecen datos distorsionados según el propio ayuntamiento, no es un medio de prueba válido”. Por esa razón, la Sala desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid y le condena, además, al pago de 1.200 € de costas.

Esta nueva resolución judicial se suma al rosario de sentencias judiciales obtenidas por los letrados de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) a través de distintos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (núms. 3, 5, 10,19, 23, 25 y 34) y pone de nuevo en evidencia la falta de garantías del sistema utilizado por el Ayuntamiento de Madrid, desde noviembre de 2009, para captar supuestas infracciones por rebasar los semáforos en rojo en 26 intersecciones de la capital.

En marzo de 2010 AEA denunció que el Ayuntamiento de Madrid estaba imponiendo miles de sanciones por rebasar semáforos en rojo cuando éstos se encontraban el ámbar. Sin embargo, el entonces concejal responsable de seguridad, Pedro Calvo, quiso minimizar el alcance de la denuncia acusando a AEA de manipular las fotografías hechas públicas que evidenciaban que el Ayuntamiento de Madrid estaba imponiendo sanciones injustas al no constar acreditado que los semáforos estaban en fase roja.

“Afortunadamente -ha declarado el presidente de AEA, Mario Arnaldo- la justicia y nuestra pertinaz defensa de los legítimos derechos de los automovilistas madrileños, incluso ante los tribunales, han puesto en evidencia quién tenía razón”.

Arnaldo ha anunciado que “después de las elecciones su Asociación va a solicitar al nuevo equipo de gobierno municipal una “amnistía de multas” dada la existencia de numerosas irregularidades en la imposición y tramitación de cientos de miles de expedientes sancionadores, tal y como se puede evidenciar no sólo por ésta última sentencia del TSJM, sino también por la que obtuvimos del Tribunal Supremo declarando ilegales las multas en diferido impuestas en los cinco último años por el Ayuntamiento de Madrid”.
17 millones de multas

Según los datos que maneja AEA, en los cinco últimos años (hasta marzo de 2015) se han formulado en Madrid 17.289.502 denuncias, “de las que -según Arnaldo- en cerca del 70% existen irregularidades invalidantes”.

“Por esa razón -concluye el presidente de AEA- vamos a pedir al Ayuntamiento de Madrid, en lenguaje de la vicepresidenta del gobierno, una amnistía de multas de tráfico municipales”. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, confirma una vez más la ilegalidad de las denuncias formuladas por el sistema foto-rojo denunciado reiteradamente por la organización de defensa de los conductores AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA). 

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1532 en: 20 de Mayo de 2015, 12:09:06 pm »
Y en la práctica esta sentencia, qué significa?


POR PASAR SEMAFORO EN ROJO CUANDO ESTÁ EN AMBAR
El TSJM confirma la ilegalidad de las sanciones del sistema “foto-rojo” de Madrid
C. Cancela
19.05.2015 – 05:00 H.
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Sin embargo, este argumento ha sido rechazado de plano por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con el siguiente argumento: “consta que el vehículo que le precede se dispone a entrar en un túnel, por lo que no sabemos si la luz trasera es de frenado o de alumbrado. En segundo lugar corresponde a la administración que impone la sanción acreditar indubitadamente los hechos, por lo que una fotografía en la que aparecen datos distorsionados según el propio ayuntamiento, no es un medio de prueba válido”. Por esa razón, la Sala desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid y le condena, además, al pago de 1.200 € de costas.
...
...


Que se nos olvida demasiadas veces.

En cuanto a la pregunta que haces, está claro que deberíamos leer el completo de la sentencia para valorar si se deben archivar todos los expedientes de las denuncias en activo e incluso solicitar la devolución de los importes recaudados por este hecho así como la devolución de los puntos quitados, o bien discernir entre los que han pasado en Ambar o claramente en Rojo.




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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1533 en: 22 de Mayo de 2015, 08:24:32 am »
Y en la práctica esta sentencia, qué significa?


POR PASAR SEMAFORO EN ROJO CUANDO ESTÁ EN AMBAR
El TSJM confirma la ilegalidad de las sanciones del sistema “foto-rojo” de Madrid
C. Cancela
19.05.2015 – 05:00 H.
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Sin embargo, este argumento ha sido rechazado de plano por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con el siguiente argumento: “consta que el vehículo que le precede se dispone a entrar en un túnel, por lo que no sabemos si la luz trasera es de frenado o de alumbrado. En segundo lugar corresponde a la administración que impone la sanción acreditar indubitadamente los hechos, por lo que una fotografía en la que aparecen datos distorsionados según el propio ayuntamiento, no es un medio de prueba válido”. Por esa razón, la Sala desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid y le condena, además, al pago de 1.200 € de costas.
...
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Que se nos olvida demasiadas veces.

En cuanto a la pregunta que haces, está claro que deberíamos leer el completo de la sentencia para valorar si se deben archivar todos los expedientes de las denuncias en activo e incluso solicitar la devolución de los importes recaudados por este hecho así como la devolución de los puntos quitados, o bien discernir entre los que han pasado en Ambar o claramente en Rojo.

Ahí tiene la respuesta a la pregunta...nada.


Automovilistas Asociados Europeos pedirá una anmistía de multas al nuevo alcalde
Control de semáforo en Moncloa.


LUIS F. DURÁN Madrid
Actualizado:21/05/2015 19:56 horas

La asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha anunciado que "después de las elecciones va a solicitar al nuevo equipo de gobierno municipal una amnistía de multas dada la existencia de numerosas irregularidades en la imposición y tramitación de cientos de miles de expedientes sancionadores". Basan esta petición en varias sentencias del TSJM y del Tribunal Supremo declarando ilegales las "multas en diferido impuestas en los cinco último años por el Ayuntamiento de Madrid", según Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Asociados.

Según los datos que maneja AEA, en los cinco últimos años (hasta marzo de 2015) se han formulado en Madrid 17.289.502 denuncias, "de las que en cerca del 70% existen irregularidades invalidantes", agrega Arnaldo. "Por esa razón vamos a pedir al Ayuntamiento de Madrid, en lenguaje de la vicepresidenta del gobierno, una amnistía de multas de tráfico municipales".

El pasado lunes el TSJM confirmó la ilegalidad de las sanciones municipales impuestas por el Ayuntamiento de Madrid mediante el sistema 'foto-rojo'. Así consta en una sentencia, en la que se rechaza el recurso de apelación presentado contra una sentencia que anuló una multa al declarar no conforme a derecho este sistema.

La asociación Automovilistas Europeos Asociados lleva años recurriendo las multas por rebasar semáforo en rojo cuando éstos se encontraban el ámbar.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1534 en: 22 de Mayo de 2015, 08:51:49 am »
Puff . . . el radar . . . ese gran invento que vela por nuestra seguridad . . .

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como el botellon las alcoholemias la inspeccion de locales

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1535 en: 22 de Mayo de 2015, 09:12:08 am »
Pues sintiendo contradecirles..visto que la educacion no funciona..lo que si que funciona son las medidas coercitivas..y mal que nos pese..gracias a las alcoholemias y al miedo a que te pillen cada vez esta mas presente el "si conduzco me controlo"..recordemos que no hace tantos años se consideraba casi normal y un pecadito menor conducir bebido.
Con los radars pasa algo similar..guste o no..ya no se presume de lo poco que se ha tardado en llegar de Zaragoza a Madrid por ejemplo..ni de las velocidades que se han alcanzado..
En cuanto a las inspecciones de locales..se mira infinidad de cosas en ellas..medidas de seguridad y contraincendio..medidas sanitarias..aforos..relleno de alcoholes..limitaciones de.sonido..incluso la situacion de los trabajadores de estos locales.
Lo del botellon..bien administrado y evitando aer en la recaudacion facil..es un elemento esencial para garanttzar la convivencia urbana..asegurando el descanso de los vecinos..y evitando problemas de.salud y accidentes..otra cosa es.que se.quieran vender resultados a base de.papeletas..que parece que es lo unico que los jefes saben vender..y tambien lo unico que los agentes ansiosos de horas extras saben hacer para justificar su presencia..
Y ahora voy por el paraguas que me van a llover botijos..

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1536 en: 22 de Mayo de 2015, 09:17:19 am »
No es peligroso el exceso de velocidad sino la velocidad inadecuada . . . que puede ser excesiva o no . . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1537 en: 22 de Mayo de 2015, 09:32:20 am »
Ya...yo controlo no??..el problema radica en que las vias publicas las comparten todo tipo de vehiculos..el ferrari ultimo modelo..y el Dyane 6 del abuelo cebolleta..y las.normas.sin para todos..por lo tanto si...la velocidad es peligrosa..y no vale el yo controlo..

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1538 en: 22 de Mayo de 2015, 09:37:03 am »
Si la velocidad excesiva es inadecuada en ese caso es peligrosa . . . pero puede ocurrir que sea más peligroso un abuelo cebolleta en su Dyane 6 que circule a una velocidad inadecuada y no precisamente con exceso de velocidad . . . del mismo modo que una velocidad excesiva no tiene porque ser necesariamente inadecuada.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1539 en: 22 de Mayo de 2015, 10:29:40 am »
Pues sintiendo contradecirles..visto que la educacion no funciona..lo que si que funciona son las medidas coercitivas..y mal que nos pese..gracias a las alcoholemias y al miedo a que te pillen cada vez esta mas presente el "si conduzco me controlo"..recordemos que no hace tantos años se consideraba casi normal y un pecadito menor conducir bebido.
Con los radars pasa algo similar..guste o no..ya no se presume de lo poco que se ha tardado en llegar de Zaragoza a Madrid por ejemplo..ni de las velocidades que se han alcanzado..
En cuanto a las inspecciones de locales..se mira infinidad de cosas en ellas..medidas de seguridad y contraincendio..medidas sanitarias..aforos..relleno de alcoholes..limitaciones de.sonido..incluso la situacion de los trabajadores de estos locales.
Lo del botellon..bien administrado y evitando aer en la recaudacion facil..es un elemento esencial para garanttzar la convivencia urbana..asegurando el descanso de los vecinos..y evitando problemas de.salud y accidentes..otra cosa es.que se.quieran vender resultados a base de.papeletas..que parece que es lo unico que los jefes saben vender..y tambien lo unico que los agentes ansiosos de horas extras saben hacer para justificar su presencia..
Y ahora voy por el paraguas que me van a llover botijos..

Nadie pone en tela de juicio los controles o las inspecciones, y si me apura hasta el radar, pero lo que si que se ha de criticar es el fondo y la forma, sobretodo en el grado de proteccion jurídica que desde el ámbito administrativo se pretende validar un "todo" por la pasta, el botellón carece de seguridad jurídica, lo han puesto de manifiesto varias sentencias e incluso la Defensora del Pueblo, los "fotorojo" son declarados "ilegales", y el radar produce una ingente entrada de dinero a las arcas públicas hasta tal punto, véase el caso reciente del radar de la N5 a la altura de Alcorcón que como parece que recaudaba poco se saca de la entrada a una curva y se lleva a una recta diáfana, eso si, por nuestra seguridad.

Si a todo lo anterior le unimos que se vinculan multas a productividades de funcionarios, sea de la GC o de las PLs, PM o GU, entonces el "cóctel" de la caja registradora estará servido.