Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 765453 veces)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1700 en: 21 de Mayo de 2009, 13:16:22 pm »
GRANADA
La tarde que la Policía Judicial metió la pata ...da

El juez absuelve a cuatro agentes que hicieron una redada antidroga en la casa equivocada por un error en el domicilio y fueron denunciados por la familia

ROCÍO MENDOZA CARLOS HERNÁNDEZ| GRANADA ILUSTRACIÓN:

Una madre y sus tres hijos reposan el almuerzo al sopor de la programación televisiva de la sobremesa en un 15 de abril cualquiera. A las tres de la tarde, se dedican a dejar pasar las horas completamente ajenos al mundo exterior, protegidos por las cuatro paredes del confortable hogar.

Al otro lado de la puerta principal de la vivienda, a la misma hora, un grupo de cuatro agentes de la Policía Judicial se prepara para una intervención de alto riesgo. Van pertrechados de armas, chalecos antibalas, perros entrenados para detectar drogas y todo tipo del material requerido en una redada con protagonistas peligrosos. Lo tienen todo preparado, estudiado. Y dan un último repaso casi en silencio a las instrucciones de la intervención policial programada, seguros de que sorprenderán en el lugar planeado a sus 'objetivos'.

Y sin duda lo hicieron. A las tres y media llamaron a la puerta de casa. El timbre arrancó de la tranquilidad a la familia que, tras abrir en la creencia de que era un trabajador del censo electoral, desató la acción decidida del grupo de Policía Judicial de guardias civiles dispuestos a realizar con éxito la redada antidroga en el piso se?alado. Pero el choque entre los dos mundos fue mayor del esperado: ni en la casa en la que irrumpieron había droga ni quienes la habitaban eran los traficantes que buscaban.

Esta incómoda situación vivida por cuatro agentes de la Guardia Civil los ha sentado recientemente en el banquillo de los acusados en un juicio en el que la familia confundida con traficantes solicitó una cuantiosa indemnización por los da?os físicos y, sobre todo los psicológicos, sufridos a causa del episodio. En total, solicitaban 26.650 euros repartidos entre las cuatro personas que se encontraban en la vivienda.

Pero han perdido la batalla. El juez ha absuelto a los agentes al concluir tras un rocambolesco juicio que actuaron correctamente, a pesar de la evidente metedura de pata, y los absuelve de cualquier responsabilidad penal.

Así lo expresa la jueza del Instrucción número 1 de Guadix en una sentencia a la que ha tenido acceso IDEAL, al concluir que no existían pruebas que justificasen la relación entre los ataques de ansiedad y las lesiones que presentaban los denunciantes y la actuación de los agentes. Según el texto de la resolución, ?abandonaron a los pocos minutos la vivienda, después de pedirle disculpas por la equivocación? a la familia.

El origen de la confusión estuvo al transmitir la información sobre la dirección de la casa al equipo experto. Según el fallo, los cuatro agentes ?fueron designados para efectuar un registro en el domicilio de la calle Padre Llanos? de la localidad de Guadix, dentro del marco de una operación contra la venta de estupefacientes.

Pocas coincidencias

Pero, finalmente, por el citado error, llamaron a la puerta de la calle Obispo Rincón de la misma localidad. Lo único que coincidía entre un domicilio y otro era el número de puerta.

Ajenos a estas circunstancias los agentes se camuflaron para evitar sospechas. Llevaban abrigos puestos para no ser identificados por sus chalecos. No les hizo falta dar una patada en la puerta. Se hicieron pasar por un controlador del censo electoral y les abrieron sin problema alguno.

Cuando ya se encontraban dentro, eso sí, la situación no fue tan suave. Los agentes entraron a la vivienda y controlaron que nadie se moviera mientras realizaban un ?registro de todas las dependencias?. Después, hicieron lo mismo con los cuatro miembros de la familia. Pero pronto se dieron cuenta del error cometido y abandonaron la escena sin más preámbulos.

Esta percepción de lo que ya resultaba evidente, estuvo alimentada por una circunstancia no menos rocambolesca. La madre de familia, tal y como recoge la jueza en su sentencia, la explicó ?con expresiones y gestos altamente significativos en este caso?. Es más, dijo que ?fue enormemente expresiva a la hora de declarar?.

No paró de decirles a gritos que estaban perdiendo el tiempo si buscaban droga en su casa. ??Que ella no era 'La Fefa'!?, no se cansaba de repetir. Y precisamente era la mujer a la que correspondía el apodo a la que probablemente sí estuviesen buscando. Según consta en la sentencia, los miembros de la familia sabían que la susodicha ?supuestamente se dedicaba a la venta de drogas?, ya que no era la primera vez que la Guardia Civil actuaba en el lugar.

Es más, la madre alertó a los agentes de que ?había visto cómo 'La Fefa' miraba por la venta y se cachondeaba de los agentes?. Todo un cuadro surrealista del que los guardias se marcharon sin tener nada claro, exceptuando el hecho de que habían cometido un error. Aun así, los denunciantes dijeron estar muy ?dolidos? por la actuación sufrida.

Pero esto no es suficiente para condenarlos. Fueron absueltos ?al no haberse acreditado el ánimo o la intención de menoscabar la integridad corporal o salud de los denunciantes?, se?ala el abogado defensor de los agentes, Francisco Ruiz Baena. Y a?ade: ?Además, la acusación de cada uno de los denunciantes estaba dirigida contra agentes que no intervinieron directamente contra ellos, por lo que quedó desmontada?.

Con todo, y por si quedaba alguna duda, recuerda la jueza con acierto: ?Todos ellos especificaron que fue la psicóloga que los atendió en Granada la que les dijo que pusieran la denuncia?. Fuese cierto o no, se delataron en sus intenciones. Les queda otra vía -la administrativa- para reclamar por un error que, eso sí, nadie discute.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1701 en: 21 de Mayo de 2009, 14:47:47 pm »
| Los hechos fueron grabados en Les Corts

El perito de los Mossos cree que los gentes agredieron sin ser provocados

El perito de la Policía, en cambio, opina que la detención fue 'correcta'

El de la defensa asegura que la patada que le propinan está en el manual

Germán González | Barcelona
21/05/2009 13:47
 
Discrepancias entre los tres peritos que han declarado hoy en la segunda jornada del juicio contra cuatro agentes de los Mossos d'Esquadra acusados de agredir a un detenido en la comisaría de Les Corts. Mientras el perito de la división de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra considera que la agresión se produce sin que el detenido les provocara, los otros dos peritos que han participado en el juicio defienden la actuación de los agentes.

El perito del Cuerpo Nacional de Policía ha declarado que la reducción del detenido, grabada por las cámaras de seguridad de la comisaría, fue "correcta". Considera, además, que hubo contacto físico del detenido con uno de los agentes y que, por esa razón, le reducen. Tanto este perito como el de los Mossos han sido requeridos por el juzgado de instrucción que lleva el caso.

El tercer perito, aportado por la defensa de los cuatro agentes, ha analizado 'frame' a 'frame' las imágenes de la cámara de la sala de detención y ha concluído que la patada que propina uno de los agentes al detenido es "habitual", ya que se trata de un "golpe amortiguado de distracción" que se ense?a en las escuelas de policía, según ha explicado, para reducir a detenidos violentos. "Se ajusta al manual", ha a?adido.

Acceso a vídeo:

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/05/21/barcelona/1242906269.html

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1702 en: 22 de Mayo de 2009, 13:50:41 pm »
Critican a la policía de Mijas por desnudar a un chico en la calle

21-05-2009   

Los agentes sometieron a un cacheo en plena vía pública a un joven y lo dejaron sin ropa "a la vista de los transeúntes de la zona". Buscaban sustancias ilegales

JOSÉ ANTONIO SAU. MÁLAGA La Audiencia Provincial recrimina en un auto, al que tuvo acceso este periódico, a la Policía Local de Mijas que sometiera a un cacheo forzoso a un joven dejándolo completamente desnudo en medio de la calle.

El Juzgado de Fuengirola que investigaba el caso archivó las diligencias previas, pero el perjudicado recurrió en apelación a la Audiencia Provincial, y ésta ha ordenado reabrir la causa. También obliga a que se celebre un juicio de faltas sobre el asunto para que sea un juez el que decida si la Policía Local de Mijas incurrió en trato vejatorio.
Los agentes locales iban buscando droga. El joven les dijo que no llevaba nada, por lo que los efectivos policiales le pidieron que se desnudara. Éste se negó, alegando que no le importaría hacerlo en dependencias policiales. Pero su propuesta no tuvo éxito. El chico denuncia "haber sido sometido a un cacheo en plena vía pública", quitándole los agentes "la ropa a la fuerza y dejándolo completamente desnudo a la vista de los transeúntes de la zona", recogen los magistrados en el auto.

La Sala entiende, por tanto, "que tales hechos sí pueden ser constitutivos de infracción criminal, cuando menos de una falta injusta de vejaciones". Así, considera que el instructor no debió archivar el caso y ordena que se celebre el pertinente juicio de faltas para que se depuren las responsabilidades oportunas, "dándole a la parte personada la posibilidad de que el mismo mantenga la acusación que ha esbozado en su recurso".

En un detallado trabajo sobre la jurisprudencia existente al respecto, la Sala cita tres sentencias del Constitucional en las que se concluyó lo siguiente:?"Al adoptar la medida del cacheo con desnudo integral, es necesario ponderar, adecuadamente y de forma equilibrada, de una parte, la gravedad de la intromisión que comporta en la intimidad personal, y, de otra, si la medida es imprescindible para asegurar la defensa del interés público".

Por tanto, según otro fallo del Supremo, no existe violación del derecho a la intimidad "siempre que la actuación policial esté justificada y se mantenga dentro del respeto al principio de proporcionalidad". El cacheo debe estar justificado.

El registro se practica sobre el cuerpo de una persona, "y no debe olvidarse que la jurisprudencia tiene declarado que el cuerpo humano es el escenario donde se desarrolla la libertad del individuo", arguyen los magistrados en el auto.

Lo más importante, alegan citando otra sentencia del Constitucional, es que en estos casos, entre otras consideraciones doctrinales, "no cabe provocar posturas ni situaciones que puedan considerarse humillantes".

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1703 en: 22 de Mayo de 2009, 17:51:10 pm »
Les absuelve del delito de falsedad en documento oficial

El Supremo ratifica la condena a dos policías nacionales de Arrecife por agresión y detención ilegal
22 de mayo de 2009

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a dos policías nacionales de Arrecife por detención ilegal y por un delito contra la integridad moral, aceptando sólo parcialmente el recurso de casación presentado por los dos agentes. Así, la Sala les ha absuelto únicamente del delito de falsedad en documento oficial, por el que también habían sido condenados inicialmente. Tras este fallo, la pena de prisión impuesta inicialmente se rebaja en cuatro a?os, quedando así una condena de cuatro a?os y medio de cárcel.

En la sentencia, el Tribunal Supremo considera probado que los acusados, que no estaban de servicio, no fueron los instructores del atestado redactado contra la persona detenida ilegalmente. Se?ala que fue otro el instructor de este atetado y que independientemente de que lo que refleje sea verdadero o falso, el atestado es auténtico.

Los hechos sucedieron en noviembre de 2005 en Arrecife. Los dos policías agredieron y detuvieron ilegalmente a un ciudadano de origen africano a la salida del bar ?El Linde? en Arrecife, sin motivo. Uno de los policías preguntó a una de las víctimas si ?vendía algo? y partir de ahí comenzó la agresión.

Uno de los dos africanos huyó y al otro lo detuvieron ilegalmente, sin identificarse como policías. En la comisaría, uno de ellos volvió a agredir al detenido y le insultó.

En el atestado, los dos agentes relataron que habían sido agredidos por el detenido, algo que era falso. Se?ala la nueva sentencia, del pasado 30 de abril, que uno de los policías condenados ?desautorizó al compa?ero instructor obligándole a consignar los hechos tal como éste se los dictaba, viéndose impotente el instructor para imponer su autoridad?.

También se?ala, sobre el atestado, que fue ?un tercer funcionario el legítimamente actuante dentro de las mismas (sus funciones) aunque estuviera desbordado por la abusiva actitud de quienes no debían -ni podían- ser más que simples manifestantes?.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1704 en: 22 de Mayo de 2009, 17:58:16 pm »
Piden ocho a?os de cárcel a dos policías nacionales por detención ilegal y abandono de una mujer en Córdoba

El ministerio público pide cuatro a?os de cárcel para cada uno de los dos agentes de la Policía Nacional acusados de un delito de detención ilegal y lesiones tras llevar contra su voluntad a una mujer a un paraje despoblado donde la dejaron abandonada a 20 kilómetros de Córdoba.

Según la calificación del fiscal, a la que tuvo acceso Europa Press, los acusados, F.J.M.P. y J.J.J.A., ambos funcionarios de la Policía Nacional de Córdoba, sobre las 03,15 horas del 26 de noviembre de 2007, estando de servicio y debidamente uniformados, dieron el alto en el Polígono del Granadal a un vehículo Suzuky Vitara.

El coche lo conducía una mujer y en él viajaba otra, que carecía de cualquier documentación personal. Después de que uno de los agentes comprobara a través de la emisora el DNI de la conductora, ésta por razones no debidamente se montó de nuevo en el vehículo y abandonó el lugar, dejando a la acompa?ante con los acusados.

Acto seguido, según a?ade la Fiscalía, los procesados requirieron a esta mujer que le acompa?aran a la comisaría para identificarla. Así, los encartados se dirigieron a las 03,59 horas a las dependencias policiales situadas en Campo Madre de Dios, saliendo ésta del vehículo y tras permanecer en uno de los patios por escasos minutos, "los acusados la introdujeron nuevamente contra su voluntad en el coche, abandonando las instalaciones a las 04,03 horas, sin haber practicado diligencia de identificación".

Después, los policías se dirigieron con ella "retenida en el interior del vehículo, sin causa alguna que les legitimara y privando a ésta de su libertad deambulatoria", hasta el pantano del Guadalmellato, "paraje despoblado situado a más de 20 kilómetros de la ciudad".

Una vez en el lugar, la sacaron del coche "a la fuerza, la cachearon y de un fuerte empujón la tiraron al suelo". Los acusados se subieron al vehículo policial y se marcharon, dejándola abandonada en la carretera, por lo que ella tuvo que iniciar el camino de vuelta a pie.

Sobre las 5,30 horas llegó a la barriada periférica de Alcolea, a 12 kilómetros de Córdoba, y como consecuencia de la agresión, sufrió un esguince cervical. Por tales hechos, el fiscal pide para cada acusado tres a?os y medio de cárcel por un delito de detención ilegal y seis meses más por lesiones.

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1705 en: 23 de Mayo de 2009, 19:12:48 pm »
Tribunal Supremo. Sala de lo Penal

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Diciembre de dos mil ocho.
Esta Sala, compuesta como se hace constar, ha visto el recurso de casación por infracción de Ley y
vulneración del derecho constitucional, interpuesto por a representación procesal de Germán contra la
sentencia dictada por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 22 de mayo de
2008, en causa seguida contra Germán , por un delito continuado de coacciones y por un delito continuado
de falsedad en documento público, los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal
Supremo que al margen se expresan se han constituido para Votación y Fallo bajo la Presidencia del
primero de los citados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez. Ha intervenido el Ministerio
Fiscal, el recurrente representado por la Procuradora Do?a Rosa Sorribes Calle, y como parte recurrida, el
Procurador D. Juan Ignacio Ávila del Hierro en representación del Excmo. Ayuntamiento de Barcelona.
I. ANTECEDENTES
Primero.- El Juzgado de Instrucción número 29 de Barcelona, incoó Diligencias Previas núm.
1421/2006, contra Germán y, una vez concluso, lo remitió a la Sección Novena de la Audiencia Provincial de
Barcelona Rollo de PA núm. 74/2007 que, con fecha 22 de mayo de 2008, dictó sentencia que contiene los
siguientes

HECHOS PROBADOS:

"ÚNICO.- De la apreciación crítica de la prueba practicada resulta probado y como tal se declara que:
1.- El acusado Germán , mayor de edad y sin antecedentes penales, en el a?o 2.005 desempe?aba
sus funciones como Agente de la Guardia urbana n? NUM000 .
2.- En fecha no determinada pero, en todo caso, alrededor de mediados del mes de Diciembre del
a?o 2005 y en la C/ Jaume Brossa de la ciudad de Barcelona, el acusado se vio involucrado en un leve
incidente de tráfico mientras conducía su vehículo particular Seat Toledo y estando fuera de servicio,
incidente en el que también se vieron involucrados los vehículos Alfa Romeo, matrícula .... KHK , del cual
era conductor habitual D. Bruno , y el vehículo Citroen Berlingo matrícula .... YMK de la que es titular y
conductora habitual D? Irene , compa?era sentimental del citado Sr. Bruno .
3.- A raíz de ese peque?o incidente el acusado, con abuso de su condición de agente de la Guardia
urbana, con ánimo de perjudicar al Sr. Bruno pretendiendo que dejara de hacer lo que estaba permitido en
esa zona por aquellas fechas, sometió al mismo a un acoso constante mediante la confección de reiteradas
denuncias: al vehículo Alfa Romeo .... KHK , los días 10, 11, 13, 14, 17, 18, 23, 25 y 27 de diciembre de
2005, denuncias que tenían por motivo el estar estacionados sobre la acera de la C/ Joan Brossa de la
localidad de Barcelona, teniendo conocimiento el acusado de la situación de permisibilidad de
estacionamiento en la mencionada zona por tratarse de un polígono industrial y encontrarse en obras y
siendo que el acusado no denunció las infracciones de los restantes vehículos que reiteradamente
estacionaban en la zona en las mismas circunstancias sobre la acera.
De las denuncias extendidas por el acusado tan sólo se efectuó el pago de una de ellas, cuyo importe
le fue finalmente retornado.
4.- Asimismo el acusado con idéntico ánimo de perjudicar al Sr. Bruno y con intención de faltar a la
verdad confeccionó dos denuncias contra el mismo se?alando que en fecha 13-12-2005, a las 14:25 horas y
que en fecha 14-12-2005, a las 14:25 horas, el vehículo Alfa Romeo matrícula .... KHK se encontraba
estacionado sobre la acera de la C/ Joan Brossa, no siendo cierto tales hechos por cuanto dicho vehículo se
encontraba en la localidad de Santa Perpetua de Mogoda, C/ Empordá, n? 11-13, en la empresa "Mavilor
Motors S.A.", lugar de trabajo del Sr. Bruno .
5.- En la actualidad, el acusado se encuentra jubilado por incapacidad".
Segundo.- La Audiencia de instancia dictó el siguiente pronunciamiento:

FALLAMOS:

QUE CONDENAMOS a Germán como autor penalmente responsable de un delito
continuado de coacciones, ya definido, concurriendo la agravante de prevalimiento del carácter público del
culpable, a la pena de multa de 24 meses con una cuota diaria de 12 euros y, en caso de impago, aplicación
del art. 53 C penal , todo ellos con expresa imposición de la mitad de las costas causadas al responsable
penal.
QUE CONDENAMOS a Germán como autor penalmente responsable de un delito continuado de
falsedad en documento oficial por el que venía siendo acusado, sin la concurrencia de circunstancias
modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión de 4 a?os y 6 meses con inhabilitación
especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pena de multa de 15
meses con una cuota diaria de 12 euros, y con la misma responsabilidad personal subsidiaria en caso de
impago. Asimismo, procede imponer al acusado la pena de inhabilitación especial para el empleo público
que desempe?a durante el plazo de 4 a?os.
Todo ello con expresa imposición de las costas causadas al responsable penal.
Este Tribunal hace uso de la previsión contenida en el art. 4.3? CP y propone al Gobierno de la
Nación el indulto parcial de la pena impuesta al acusado para el delito de falsedad y en el exceso de los dos
a?os de prisión a fin de que, dada la carencia de antecedentes penales, el acusado pueda beneficiarse de
los efectos característicos de la suspensión condicional de la pena de prisión impuesta.
Notifíquese al Ministerio Fiscal y a las demás partes, haciéndoles saber que contra la presente cabe
la interposición de recurso de casación que deberá, en su caso, prepararse ante esta Sección Novena de la
Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días desde su última notificación.
Firme la presente Sentencia, tramítese la petición de indulto propuesta" (sic).
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1706 en: 23 de Mayo de 2009, 20:09:50 pm »
Este Tribunal hace uso de la previsión contenida en el art. 4.3? CP y propone al Gobierno de la
Nación el indulto parcial de la pena impuesta al acusado para el delito de falsedad y en el exceso de los dos
a?os de prisión a fin de que, dada la carencia de antecedentes penales, el acusado pueda beneficiarse de
los efectos característicos de la suspensión condicional de la pena de prisión impuesta.

Notifíquese al Ministerio Fiscal y a las demás partes, haciéndoles saber que contra la presente cabe
la interposición de recurso de casación que deberá, en su caso, prepararse ante esta Sección Novena de la
Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días desde su última notificación.

Firme la presente Sentencia, tramítese la petición de indulto propuesta" (sic).

Desconectado mustiki

  • Profesional
  • Druida
  • **
  • Mensajes: 9945
  • Me levanto y ataco.....
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1707 en: 23 de Mayo de 2009, 20:10:52 pm »
Para que luego digan que no nos ayundan en nada..... :nen:

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1708 en: 23 de Mayo de 2009, 20:13:18 pm »
En este mismo tema y caso.


Posteriormente, el Ayuntamiento buscó una fórmula de compromiso por apartar el guardia denunciado de las tareas de calle: lo jubiló anticipadamente el a?o pasado, con 57 a?os, aun cuando la edad de jubilación de los policías locales es de 65 a?os.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1709 en: 26 de Mayo de 2009, 08:07:00 am »
Dos policías se sientan ma?ana en el banquillo por abuso de cargo

Los dos uniformados están acusados de agredir a un camarero en Palma del Río

Dos policías locales se sentarán ma?ana en el banquillo de los acusados por sendos presuntos delitos contra la integridad moral con abuso de cargo y robo con violencia por los que la Fiscalía Provincial de Córdoba solicita penas que suman 14 a?os de prisión.

Según el relato de la Fiscalía, los hechos ocurrieron sobre las 06:30 del 1 de julio del 2006, cuando los acusados J. M. G. M. y F. J. G. R., ambos agentes de la Policía Local de Arrecife (Lanzarote) entraron en un bar de Palma del Río y, tras pedir un café, comenzaron a pedir explicaciones al camarero por un altercado anterior, al que luego agredieron.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1710 en: 28 de Mayo de 2009, 15:57:00 pm »
Sevilla.- Sppme dice que el Consistorio no ha defendido a la Policía, "sino el no pagar", en el caso de Joyería Román
Europa Press - viernes, 25 de enero, 16.58SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS) -



El TS rechaza indemnizar a la Joyería Román por la supuesta pasividad policial

El local situado en la calle Rioja fue víctima de un robo el domingo 22 de julio de 2001 mediante un butrón practicado desde un comercio contiguo.

efe, sevilla | Actualizado 20.04.2009 - 17:56
 

El Supremo confirma que el Consistorio debe pagar por el robo en Joyería Román


El Tribunal Supremo ha confirmado que el Ayuntamiento de Sevilla tiene que pagar 495.306 euros, más los intereses legales, por la "negligente" intervención de la Policía Local en el robo perpetrado hace ocho a?os en Joyería Román.

El Consistorio fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en enero de 2008, pero presentó un recurso ante el Supremo que ni siquiera ha llegado ahora a admitirlo, por lo que ha confirmado íntegramente la sentencia dictada en su día por el magistrado Eloy Méndez.

El TSJA argumentó la condena al Consistorio en que la Policía Local, de acuerdo con la ley de Bases de Régimen Local y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ejerce "un servicio público de seguridad" que el domingo 22 de julio de 2001, cuando se produjo el robo por el procedimiento del butrón, funcionó "anormalmente". Según el fallo del tribunal andaluz, la intervención de los dos agentes de la Policía Local que aquella tarde se personaron en las instalaciones de la Joyería Román, en la céntrica calle Rioja, fue del todo "negligente".

Los policías habían sido alertados por un vecino después de que saltara la alarma del establecimiento y se limitaron "a hacer una observación somera y se marchan del lugar sin más", a pesar de que se trataba de una joyería, "un establecimiento que puede considerarse de alto riesgo, en el sentido de ser objetivo codiciado y preferente de robos".

Para los magistrados, esta apreciación sobre la conducta de los policías no es caprichosa, por cuanto a su juicio si hubieran observado el local "con meticulosidad, a lo que venían obligados al tratarse de una alarma de una joyería, a buen seguro que hubieran descubierto la silicona y los palillos en la cerradura, y los cables cortados del teléfono".

La alarma sonó durante cuatro o cinco horas, hasta que "enmuedeció por si misma, posiblemente al agotarse la batería" y los agentes ni siquiera intentaron localizar a los due?os de la joyería o pusieron en conocimiento de la Policía Nacional los hechos, por lo que el tribunal concluyó que existía una relación causa-efecto entre "la conducta negligente de los policías y los da?os" causados al industrial joyero. La sentencia condenó al Ayuntamiento de Sevilla, como máximo responsable de la Policía Local, a indemnizar con 150.768,5 euros a la sociedad Armenorillo S. L., que representa a Joyería Román, y con otros 344.437,51 euros a la compa?ía aseguradora La Estrella, por los pagos realizados a la primera en virtud de la póliza suscrita con la joyería. La empresa había pedido casi un millón de euros, pero el tribunal redujo a la mitad la indemnización porque, entre otros aspectos, la actividad de la Policía Local "se dirige más bien a la ordenación del tráfico urbano y al mantenimiento del orden en las concentraciones humanas a nivel municipal, que a la investigación y descubrimiento de los delitos.

El Tribunal Supremo exculpó recientemente a la Policía Nacional de cualquier responsabilidad en el robo porque "nadie reclamó" su presencia. La resolución puso de manifiesto que si la Policía Nacional hubiese acudido al establecimiento "durante las largas horas en las que los ladrones estuvieron allí, es casi seguro que habría impedido que huyeran con el botín, pero a ningún cuerpo de seguridad se le puede reprochar no haber intervenido en un hecho del que no tenía noticia", puntualizó el fallo.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1711 en: 28 de Mayo de 2009, 16:05:57 pm »
El fiscal sigue pidiendo prisión a dos policías de Lanzarote por una agresión en Palma
Jueves, 28-05-09ABC

CÓRDOBA. El Ministerio Fiscal ha mantenido la petición de penas que suman 14 a?os de prisión para dos agentes de policía local de la localidad de de Arrecife (Lanzarote), que presuntamente pegaron y amenazaron a un camarero en Palma del Río por haber tenido un altercado con el padre de uno de ellos, camarero para quien el fiscal pide un a?o y 3 meses de cárcel.

Fuentes de la Fiscalía informaron a EFE de que durante el juicio, que se ha celebrado a puerta cerrada, se ha mantenido la petición inicial de 14 a?os para los acusados, si bien la fiscal encargada del caso ha transmitido sus ?dudas? sobre si algunos de los hechos juzgados son realmente constitutivos de los delitos que se les imputan.

Sin embargo, el abogado de la defensa, José Antonio Asensio, aseguró a los periodistas a la salida del juicio que el fiscal ha dejado la acusación en una falta de lesiones.

Se trata, pues, de una versión distinta a la ofrecida por la Fiscalía, que asegura que se ?ha mantenido íntegro? el escrito de acusación al margen de las reservas que sobre algunos hechos ha mantenido la fiscal encargada del caso.

Los hechos enjuiciados sucedieron el 1 de julio de 2006, cuando los acusados J. M. G. M, y F. J. G. R. , ambos agentes en activo de la Policía Local de Arrecife, entraron en un bar de Palma y se inició un altercado como consecuencia de otro ocurrido días antes.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1712 en: 28 de Mayo de 2009, 16:19:12 pm »
La familia del asesinado en La Nucía denunciará a los policías locales que no le socorrieron
La fiscal pide deducir testimonio a un testigo por mentir en el juicio

28.05.09 - MANRIQUE C. SÁNCHEZ| ALICANTE

La viuda de Felipe Urzay, un hostelero asesinado en La Nucía el 8 de octubre del 2006, denunciará a los agentes de la Policía Local que supuestamente rehusaron acudir a las llamadas de varios vecinos que estaban escuchando los gritos de auxilio del hombre.

Así se extrae de la petición formulada ayer por su abogada, María del Mar Álvarez Melero, al tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia, que decretó visto para sentencia el juicio contra dos de los presuntos asesinos, Paul U. y su padre, Gennadij U.

La letrada de la acusación particular solicitó que se deduzca testimonio de las manifestaciones realizadas por varios testigos en la vista. Son vecinos de la calle Garbí, próxima al descampado donde se produjo la agresión mortal, que se despertaron sobresaltados por las voces que profería Felipe Urzay: ??Socorro, socorro, que me matan!, ?Ruso, por favor, no me mates!?.

Los ruidos del altercado se prolongaron entre media y una hora. Los vecinos llamaron no una, sino un pu?ado de veces, a la Policía Local, pero desde la centralita se les comunicó que no podían acercarse a comprobar lo que estaba ocurriendo porque estaban atendiendo un accidente de tráfico en esos momentos.

La familia del fallecido cree que su muerte se podría haber evitado si los agentes se hubieran desplazado al lugar de los hechos, por lo que considera que podrían haber incurrido en una dejación de funciones delictiva. De fructificar esa denuncia y dictarse una condena, el Ayuntamiento podría ser declarado responsable civil subsidiario de una posible indemnización.

La Fiscalía solicitó ayer definitivamente 18 a?os de cárcel para cada acusado y la familia de la víctima, 23. Las defensas pidieron que sean absueltos o, alternativamente, condenados por encubrimiento.

Por otro lado, la fiscal instó al tribunal a actuar contra un testigo que podría haber mentido al proporcionar una coartada a los reos variando su versión inicial.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223703
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1713 en: 29 de Mayo de 2009, 17:19:29 pm »
Agentes policiales reducen a un hombre que trató de agredir ayer a un magistrado
 
Los agentes del Cuerpo Nacional de Policía que prestan servicio en el Pazo de Xustiza de la capital ourensana tuvieron que reducir ayer a un ciudadano que trató de agredir a un magistrado durante un incidente registrado en el interior de las dependencias judiciales.

Los hechos ocurrieron a media ma?ana. Según ha trascendido, el particular había sido citado a las dependencias judiciales para que se le notificase una sentencia de un caso en el que estaba implicado. Esa resolución le sería desfavorable al individuo y conocerla habría provocado en él un estado de gran irritación y enfado que, a la postre, terminó por enfocar hacia el magistrado.

Pese a los intentos de los funcionarios del servicio por calmarlo, el ciudadano llegó a tratar de atacar al juez, aunque se lo impidió la rápida actuación de los agentes policiales, que lo redujeron y avisaron de inmediato a una ambulancia del 061 para que sus efectivos tratasen de calmarlo y lo trasladasen a un centro de salud, debido a su estado de máxima alteración.

Internado en Toén

Según se ha sabido, el autor de los hechos estaría actualmente ingresado en el hospital psiquiátrico de Toén, del que salió ayer por la ma?ana para trasladarse al juzgado con la intención de que le fuese notificada la sentencia. El incidente causó cierta alarma entre los funcionarios y operadores jurídicos que trabajan en los juzgados.

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1714 en: 29 de Mayo de 2009, 18:04:29 pm »
Le podían haber dado un poco de vidilla.
333

Desconectado escalaejecutiva

  • Moderador
  • Chamán
  • ***
  • Mensajes: 10523
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1715 en: 29 de Mayo de 2009, 18:05:29 pm »
 :carcaj :carcaj :carcaj

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1716 en: 29 de Mayo de 2009, 18:07:28 pm »
Eso ya se ha dado más veces, y cómo cambia el cuento caperucita.

Reducción al suelo................hostias estamos en el juzgado..........tiene usted derecho.....................y el se?or juez: "que derechos ni que cojones, bajenle abajo"
333

Desconectado escalaejecutiva

  • Moderador
  • Chamán
  • ***
  • Mensajes: 10523
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1717 en: 29 de Mayo de 2009, 18:11:30 pm »
Pues yo con los jueces que estoy tratando a diario, de momento  :manitas

Desconectado uidnoche

  • Profesional
  • Brontosaurus
  • **
  • Mensajes: 16581
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1718 en: 29 de Mayo de 2009, 18:12:18 pm »
Ya te han hecho el masaje prostático ehhhhhhhhhhhhhh
333

Desconectado escalaejecutiva

  • Moderador
  • Chamán
  • ***
  • Mensajes: 10523
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1719 en: 29 de Mayo de 2009, 18:16:30 pm »
La mayoría son juezas y eso no les va...