Autor Tema: Crisis epidémicas  (Leído 257158 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3760 en: 27 de Octubre de 2021, 14:51:41 pm »

Y LA DELEGACIÓN COMPETENCIAL A LAS CCAA

Puntilla judicial al Gobierno: el TC declara inconstitucional el segundo estado de alarma


El Constitucional ha sentenciado que tan
to la prórroga de seis meses como la delegación de competencias a favor de las CCAA durante el segundo estado de alarma fueron ilegales
Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso. (EFE)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso. (EFE)
Por
Pablo Gabilondo
 
Beatriz Parera
27/10/2021 - 14:35 Actualizado: 27/10/2021 - 14:46
El Tribunal Constitucional ha sentenciado por seis votos a cuatro que tanto la prórroga de seis meses como la delegación de competencias a favor de las comunidades autónomas durante el segundo estado de alarma fueron ilegales, avanzan fuentes jurídicas a El Confidencial. Tras las recientes sentencias con las que tumbó el confinamiento de la primera alarma y el acuerdo de la Mesa del Congreso que congeló los plazos reglamentarios en la Cámara, esta resolución da la puntilla judicial al Gobierno de Pedro Sánchez y sus fórmulas para combatir la pandemia.

En contra de esta decisión se han posicionado el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, y los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Cándido Conde-Pumpido, y María Luisa Balaguer.
La prórroga de seis meses
En cuanto a la prórroga de seis meses, el tribunal considera que el Gobierno vulneró el espíritu de la Constitución al reducir el control del Congreso a una votación. Moncloa se apoyó para ello en dos argumentos: la ley no dice de forma literal que la Cámara Baja deba prolongar el estado de alarma cada 15 días y, frente a los que apuntan a este plazo concreto, existe el precedente de 2010, cuando se extendió esta figura durante un mes por la crisis de los controladores aéreos. El Constitucional, sin embargo, considera que esta maniobra supuso excederse en la aplicación del Derecho.

El tribunal sienta así jurisprudencia sobre los dos artículos en los que se apoyó la prórroga de seis meses. El 116.2 de la Constitución establece que "el estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado". Y el 6.2 de la Ley Orgánica 4/1981 señala que "solo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga". Por mucho que la ley no fije expresamente un plazo máximo y la Cámara Baja diera luz verde a la misma, la sentencia evita que un Gobierno pueda acogerse a este Derecho excepcional sin contar con la función de control del Congreso de forma periódica. El artículo 116.5 de la Constitución incide en la importancia de la Cámara Baja durante la alarma, excepción y sitio, y esa es la idea que se trata de salvaguardar: "No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones".
La delegación en CCAA
Junto a la prórroga de seis meses, el Constitucional también declara inconstitucional la delegación de competencias que se produjo a favor de las comunidades autónomas durante el segundo estado de alarma, explican las fuentes consultadas. En este caso, la clave pasa por el artículo 7 de la Ley Orgánica 4/1981: "A los efectos del estado de alarma la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de este, el presidente de la comunidad autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una comunidad". Al afectar la pandemia a todo el territorio nacional, el tribunal considera que no cabía delegar a favor de las 17 autonomías. El artículo 2 del real decreto 926/2020 con el que se declaró el segundo estado de alarma establecía en su primer punto que "la autoridad competente será el Gobierno de la nación", pero la sentencia apunta a que el problema se produce a continuación, cuando incluía dos matices: "En cada comunidad autónoma y ciudad con estatuto de autonomía, la autoridad competente delegada será quien ostente la presidencia", explica el artículo 2.2. "Las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes, resoluciones y disposiciones", añade el 2.3. El tribunal concluye que, de esta manera, la autoridad del Gobierno quedaba en papel mojado, posibilidad que no contempla la Ley del Estado de Alarma que permite delegar en una autonomía, pero solo cuando la crisis que motiva la aplicación de la medida tiene "exclusivamente" su comunidad como epicentro, ya sea por una inundación, un incendio... El Constitucional considera que esta excepción que confirma la regla no se cumplió con una pandemia que afectaba a todo el país.

Desconectado Celestino

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3761 en: 27 de Octubre de 2021, 16:36:55 pm »
El TC puede decir lo que le de la gana, pero sin el estado de Alarma habría habido 10 veces más víctimas y ninguna sentencia les habría devuelto la vida, ole por Pedro Sanchez y que le den por el culo a Vox.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3762 en: 27 de Octubre de 2021, 16:58:34 pm »
Y tú eres el que dices que hay que ilegalizar VOX, pero por otro lado aplaudes que se hagan cosas inconstitucionales, muy bien..., y por culo le acaban de dar a Pedrito...

Lo tuyo no hay por donde cogerlo..., y tú eres el que llama fascista a VOX, para mear y no echar gota...

Desconectado 47ronin

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3763 en: 27 de Octubre de 2021, 17:42:25 pm »
Era eso.o el estado de excepción...y ello hubiese supuesto.sacar a los militares a las calles,lo que hubiese provocado fuerte rechazo en.determinadas comunidades...

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3764 en: 27 de Octubre de 2021, 18:13:22 pm »
¿Entonces los que había en las calles durante el Estado de Alarma eran actores y no eran militares?

Porque en mi ciudad natal patrullaban unos tíos con uniformes militares, y en la frontera con Portugal estaban en los controles fronterizos.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3765 en: 27 de Octubre de 2021, 18:22:29 pm »
¿Entonces los que había en las calles durante el Estado de Alarma eran actores y no eran militares?

Porque en mi ciudad natal patrullaban unos tíos con uniformes militares, y en la frontera con Portugal estaban en los controles fronterizos.


Habas contadas en situaciones muy puntuales y siempre dependiendo de la Policía...en un estado de excepción.hubiese sido al revés, la Policía dependiendo de los militares.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3766 en: 27 de Octubre de 2021, 18:25:53 pm »
¿Entonces los que había en las calles durante el Estado de Alarma eran actores y no eran militares?

Porque en mi ciudad natal patrullaban unos tíos con uniformes militares, y en la frontera con Portugal estaban en los controles fronterizos.


Habas contadas en situaciones muy puntuales y siempre dependiendo de la Policía...en un estado de excepción.hubiese sido al revés, la Policía dependiendo de los militares.

Eso de contadas situaciones lo dice usted, donde vive mi madre patrullaban a diario en trinomios de dos militares y un PN.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3767 en: 27 de Octubre de 2021, 18:29:40 pm »
en un estado de excepción.hubiese sido al revés, la Policía dependiendo de los militares.

Se equivoca por enésima vez, señor Ronin.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3768 en: 27 de Octubre de 2021, 18:31:35 pm »
En el Estado de Excepción no es necesario sacar militares a la calle.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3769 en: 27 de Octubre de 2021, 18:36:00 pm »
Podrá...

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción, lo que no quiere decir que tales circunstancias no incidan también en la Administración Militar.

En esas circunstancias el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3770 en: 27 de Octubre de 2021, 18:38:24 pm »
Nunca se han declarado los estados de excepción o sitio en democracia....y que siga  así.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3771 en: 27 de Octubre de 2021, 18:42:31 pm »
Igual que en el Estado de Alarma, se podrá o no, en resumen, es lo mismo.

El que cambia es el de Sitio, que hay mandan los militares si o si, pero para lo que estábamos hablando no hay diferencia entre el de Alarma y el de Excepción, así que su argumento se cae...

Podrá...

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción, lo que no quiere decir que tales circunstancias no incidan también en la Administración Militar.

En esas circunstancias el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3772 en: 27 de Octubre de 2021, 18:57:47 pm »
Podrá...

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción, lo que no quiere decir que tales circunstancias no incidan también en la Administración Militar.

En esas circunstancias el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan.

De todas formas eso ponen en la página de Defensa, pero léase la ley y después me cuenta el papel de los militares en los distintos Estados.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3773 en: 27 de Octubre de 2021, 18:58:38 pm »
Podrá...

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción, lo que no quiere decir que tales circunstancias no incidan también en la Administración Militar.

En esas circunstancias el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan.

De todas formas eso ponen en la página de Defensa, pero léase la ley y después me cuenta el papel de los militares en los distintos Estados.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774

Y si eso me cuenta la diferencia entre el de Alarma y Excepción.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3774 en: 27 de Octubre de 2021, 19:03:18 pm »
La incidencia de la Covid-19 vuelve a subir tres puntos y acerca a España de nuevo al riesgo medio

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3775 en: 27 de Octubre de 2021, 19:45:55 pm »
Podrá...

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción, lo que no quiere decir que tales circunstancias no incidan también en la Administración Militar.

En esas circunstancias el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan.

De todas formas eso ponen en la página de Defensa, pero léase la ley y después me cuenta el papel de los militares en los distintos Estados.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774

Y si eso me cuenta la diferencia entre el de Alarma y Excepción.

La diferencia es que desde 1975 en España no se declara un estado de excepción....quizás en dictadura y sin una UE esto fuese posible y entendible, España ya estuvo fuera de todo hasta 1958 por su pasado NAZI...pero hoy no....y bien esta así.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3776 en: 27 de Octubre de 2021, 20:04:07 pm »
Está claro que asumimos los errores de los políticos dependiendo del lado en el que tengas el corazón. Penoso. Se confinó a la gente sana, se arruinaron muchas empresas, los asintomáticos eran los peligrosos, Vacunar, vacunar y vacunar. No aprendemos de Israel, Chile, Sheychelles. Venga chicos a por la tercera, despues la cuarta , como las sevillanas. Genocida Sánchez, salve oh mi patrón. Llega el invierno, los catarros y una cosita que se llama ADE y que puede arruinar la salud de los inoculados que no inmunizados. Que Dios nos coja confesados. Seguiremos observando. Todo por supuesto desde la ciencia. Seguiremos estudiando.

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3777 en: 27 de Octubre de 2021, 21:55:39 pm »
Podrá...

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción, lo que no quiere decir que tales circunstancias no incidan también en la Administración Militar.

En esas circunstancias el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan.

De todas formas eso ponen en la página de Defensa, pero léase la ley y después me cuenta el papel de los militares en los distintos Estados.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774

Y si eso me cuenta la diferencia entre el de Alarma y Excepción.

La diferencia es que desde 1975 en España no se declara un estado de excepción....quizás en dictadura y sin una UE esto fuese posible y entendible, España ya estuvo fuera de todo hasta 1958 por su pasado NAZI...pero hoy no....y bien esta así.

Como no da una se va por los cerros de Úbeda..., la cuestión es que usted decía que no declararon el de Excepción por los militares,  pero resulta que en ese tema es lo mismo que el de Alarma...

Por cierto ¿por qué defiende tanto a Pedrito, el cual según usted pertenece a un partido de derechas?

Últimamente no da usted una...

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3778 en: 27 de Octubre de 2021, 22:04:06 pm »
Está claro que asumimos los errores de los políticos dependiendo del lado en el que tengas el corazón. ....

No se equivoque, la política no es más que una cortina de humo.

Esto va de pasta. Gansa.

Cada uno en su escala, partiendo del que recoge cada fin de semana que puede las migajas que le tiran con desprecio, para que las busque en el barro y terminando en el que controla el mercado de la harina, por no desviarnos del ejemplo.

Desconectado 47ronin

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Re: Crisis epidémicas
« Respuesta #3779 en: 28 de Octubre de 2021, 06:00:58 am »


Sanidad sabía desde septiembre que una sola dosis de Janssen era insuficiente



La vacuna de Janssen, llamada a revolucionar el ritmo de la vacunación, solo se ha utilizado en 1,9 millones de dosis. Es la vacuna menos efectiva frente a infección sintomática según los informes del Gobierno

Carolina Darias, ministra de Sanidad / Europa Press.
BORJA NEGRETEPUBLICADO 28/10/2021 04:45

La vacuna de Janssen estaba llamada a ser el punto de inflexión en la vacunación contra el coronavirus gracias a su facilidad de conservación y su efectividad unidosis. El paso del tiempo ha convertido en un 'bluf' estas previsiones iniciales, y en España solo se ha inoculado esta vacuna a 1,9 millones de personas, apenas el 4% de la población total.

MÁS INFO

Sanidad acuerda suministrar la vacuna de Janssen a personas de 50 a 59 añosLos vacunados con Janssen recibirán una dosis de refuerzo de Moderna o PfizerLos vacunados con Janssen recibirán una dosis de refuerzo de Moderna o Pfizer
Desaconsejan la vacuna Janssen en personas con antecedentes de síndrome de fuga capilar
Según ha podido confirmar Vozpópuli por fuentes internas del Ministerio de Sanidad, el Gobierno sabía desde septiembre que una sola dosis de Janssen era insuficiente para estar protegido contra la covid-19. Es una certeza que los expertos de Sanidad empezaron a ver en agosto y en septiembre tuvieron claro.


Para medir la incidencia de coronavirus en los vacunados con Janssen, el Ministerio ha cotejado los datos de dos fuentes de información fundamentales (SiViES y Regvacu). Esta última contiene los registros de vacunación pseudonimizados de todos los españoles, mientras que el primero contiene información detallada de todos los casos confirmados de covid-19 en España.

"Hemos tenido la confirmación de que una única dosis con Janssen era insuficiente. En agosto empezamos a verlo y en septiembre lo sabíamos con claridad", afirman dichas fuentes que defienden la pauta heteróloga.


El informe de Sanidad que dice que Janssen es la peor vacuna
El 13 de octubre el Ministerio de Sanidad tenía listo el informe que lleva por título 'Análisis de la efectividad de la vacunación frente a covid-19 en España', y que fue elaborado por especialistas de la Dirección General de Salud Pública, el Instituto de Salud Carlos III y la Agencia Española de Medicamentos (Aemps).

Vozpópuli ha podido acceder a este informe, y en él los expertos de Sanidad dejan claro que Janssen es la peor vacuna contra el coronavirus de las que dispone España en cuanto a efectividad. La vacuna de Janssen muestra una menor efectividad frente a infección sintomática (56%) seguida de AstraZeneca (68%) y de Pfizer (78%), mientras que la efectividad mayor se observó en los vacunados con Moderna (89%).


Frente a hospitalización y fallecimiento, la efectividad de AstraZeneca, Pfizer y Moderna supera el 94%. En cambio, la efectividad de Janssen se sitúa entre el 86% y 89%.

"En población general, los resultados muestran una alta efectividad de las vacunas en los diferentes grupos de edad, que se mantiene en el tiempo incluso transcurridos varios meses de la vacunación y tras la llegada y expansión de la variante delta a finales de junio", señala el documento.


Frenazo a la llegada de vacunas de Janssen
La recepción de vacunas de Janssen se detuvo bruscamente en España coincidiendo con una mayor disponibilidad de dosis de Pfizer. Sin embargo, fuentes oficiales del Ministerio de Sanidad aseguran que detrás de esto no hay ninguna decisión gubernamental de frenar la llegada de estas vacunas por su falta de efectividad.

La ralentización de lo envíos se debió a problemas de producción de la farmacéutica, aseveran: "Todas las vacunas aprobadas por la EMA son seguras y eficaces. Janssen tuvo problemas con la fabricación de la materia prima en la fábrica de Emergent en Estados Unidos, lo que retrasó su distribución. Por otro lado, como consecuencia del avanzado estado de vacunación de las personas mayores de 40 años, ya no se considera el uso de la vacuna frente a la covid-19 en la Estrategia de Vacunación para el cumplimiento de esos objetivos poblacionales".


No están despejadas todavía todas las incógnitas. En los antiguos informes de vacunación del Ministerio, los que reflejaban el número de vacunas compradas por España para los tres primeros trimestres del año, se observa que España había adquirido 17 millones de dosis de Janssen hasta septiembre de este año.

Sin embargo, los nuevos informes, que incluyen las vacunas compradas para todo 2021, apuntan a que el número total de dosis de Janssen adquiridas para todo el año es de 10 millones. ¿Cómo es posible que las compradas para todo el año sean menos que para los tres primeros trimestres? Son 7 millones de dosis las que se han evaporado de los informes. O bien el Ministerio ha anulado el contrato con Janssen, o ha redirigido estas vacunas a otros países como ha ocurrido con AstraZeneca