Autor Tema: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal  (Leído 112829 veces)

Desconectado pete

  • Profesional
  • Master
  • **
  • Mensajes: 1149
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #300 en: 02 de Diciembre de 2007, 23:27:07 pm »
...lo que tenian que hacer es aplicar correctamente el tema administrativo .. con una seccion de Embargos ipso facto de todas las multas que se impusieran y no existiera recurso ya sean insolventes o no y retiradas de carne inmediatas.... el hacerlo penal va a provocar huidas, persecuciones y en definitiva algo peor de lo que hay ahora...me imagino que un juez con lo progres que van ahora no van a mandar a la carcel a un padre de familia porque fuera a 110 km/h por una ancha avenida de Soria a las 4 de la ma?ana...y menos porque no tenga permiso de conducir cuando el imputado alegue que estaba solo "practicando"....en el telediario de hoy han dicho que aplicados estos nuevos articulos a raja tabla pueden ir a presido entre 30000 y 50000 espa?oles al a?o... ? de verdad creeis que esto se va a cumplir?

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #301 en: 03 de Diciembre de 2007, 04:28:32 am »
Leyes Blancas
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

Desconectado prodigos

  • Profesional
  • Experto II
  • **
  • Mensajes: 2882
    • WEB POLICIAL DE COET
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #302 en: 03 de Diciembre de 2007, 15:58:59 pm »
...lo que tenian que hacer es aplicar correctamente el tema administrativo .. con una seccion de Embargos ipso facto de todas las multas que se impusieran y no existiera recurso ya sean insolventes o no y retiradas de carne inmediatas.... el hacerlo penal va a provocar huidas, persecuciones y en definitiva algo peor de lo que hay ahora...me imagino que un juez con lo progres que van ahora no van a mandar a la carcel a un padre de familia porque fuera a 110 km/h por una ancha avenida de Soria a las 4 de la ma?ana...y menos porque no tenga permiso de conducir cuando el imputado alegue que estaba solo "practicando"....en el telediario de hoy han dicho que aplicados estos nuevos articulos a raja tabla pueden ir a presido entre 30000 y 50000 espa?oles al a?o... ? de verdad creeis que esto se va a cumplir?

Hola a ver pete no hagamos caso de los desinformativos.... si leemos las condenas, estas son O penas de prision O trabajos a favor de la comunidad.  ?por que crees que se decantaran los jueces???.  Y con el trabajo a la comunidad, la pena estara cumplida, por lo que no estará en suspensión.  Y como son DSV (Delitos contra la Seguridad Vial), no se realizan rese?as, y no pasan a las bases de datos de los cuerpos estatales, por lo que los antecedentes chungo de verificar, asi que con realizar esos trabajos, que no se quien los controlara y como se harán, pues todo listo.
Un salu2

Desconectado Inspector71

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 519
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #303 en: 03 de Diciembre de 2007, 16:54:18 pm »
Los trabajos en favor de la comunidad podran ser desde el pelado y envasado de pipas, hasta el despegado de chicles de la vía pública.
En este pais de pandereta pasa lo de siempre, se inventan una ley con medidas cojonudas de cara al votante y que las administraciones a las que le toque pringar que se busquen la vida con los mismos medios, el mismo personal y peor cualificacion....dan pena.
Pero lo triste de esto es que al ciudadano se la trae floja, por que tanto se ha gritado que viene el lobo qeu ya ni escuchan.
Viva la saturación de la administración.

Desconectado AGASSI33

  • Mirón
  • *
  • Mensajes: 6
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #304 en: 04 de Diciembre de 2007, 21:33:39 pm »
Recientemente se ha establecido una nueva normativa en el codigo penal en referencia a la seguridad vial, teneis vosotros algún protocolo de actuación al respecto de esta normativa, ya que lo que era antes falta administrativa pasa a ser delito. Saludos.

Desconectado murcielago.1

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3134
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #305 en: 04 de Diciembre de 2007, 23:20:23 pm »
Buenas, ya se que este mismo tema esta en el abierto pero si los moderadores no estiman lo contrario he procedido a abrirlo aqui, con la finalidad de poder debatir como lo estamos aplicando y que tal va la cosa, y plantear varias preguntasl, a primera es ?algun compa?ero ya ha imputado por tasas? y si lo ha hecho podria insertar un atestado? se que no tiene que tener mucha ciencia, entiendo que una breve exposicion de hechos, peque?a sintomatologia, tickets, certificado de calibracion, garantias de la prueba, derechos al imputado no detenido y citaciones para juicio rapido....
Un saludo

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223692
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #306 en: 05 de Diciembre de 2007, 13:02:03 pm »
el 2 y el 3 de diciembre
Detenidos 154 conductores en los dos primeros días de aplicación de la reforma del Código Penal
La inmensa mayoría, 151, superaba la tasa de alcohol permitida y tres excedían los límites de velocidad
05.12.07 - 12:12 - EFE | MADRID

Lo que es delito
? Más de 200 km/h en autovía
? Más de 180 km/h en carretera convencional
? Más de 110 km/h en vía urbana
? Más de 1,2 gramos de alcohol en sangre
? Conducir tras perder todos los puntos
? Conducir con "temeridad manifiesta"

Un total de 154 conductores han sido detenidos en los dos primeros días de aplicación de la reforma del Código Penal, que considera delito circular sobrepasando los límites de velocidad o la tasa de alcohol, ha anunciado hoy en una entrevista el director general de Tráfico, Pere Navarro.

En concreto, los pasados días 2 y 3 de diciembre, primeros días de la entrada en vigor de la reforma, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, fueron arrestados 151 conductores por superar los 1,2 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Mientras, sólo fueron detenidos tres conductores por exceso de velocidad, uno de ellos por superar en 60 kilómetros por hora la velocidad en vía urbana, y otros dos por circular sobrepasando en 80 kilómetros por hora el límite establecido en carretera.

Desconectado musul

  • Profesional
  • Experto III
  • **
  • Mensajes: 2110
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #307 en: 05 de Diciembre de 2007, 15:53:32 pm »
 Me ha parecido oir que ya hay alguno en prisión por reincidencia, ?es posible?

Desconectado shane

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 629
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #308 en: 05 de Diciembre de 2007, 17:11:32 pm »
  Compis como veis el tema de la negativa? 

1. Detención por negativa con sintomas?
2. Detención por negativa sin sintomas?

El art. de la negativa te remite al de alcohólemia, pero el 379 dice influencia en la conducción pero tambien dice que en todo caso cuando supere 0,6 mg. Como sabemos que superara 0,6 si se niega a soplar?

En mi opinión creo que aplicare el sentido común, pero me guastaria que entre todos aclararamos un poco este tema.

Un saludo

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223692
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #309 en: 05 de Diciembre de 2007, 17:15:12 pm »
Séptimo. Se modifica el artículo 383, que queda redactado como sigue:

?El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un a?o y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro a?os.?

Desconectado shane

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 629
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #310 en: 05 de Diciembre de 2007, 17:20:33 pm »
   Si el art. esta redactado como esta pero da lugar a interpretaciones, y esas son las que me gustaria que aclarasemos entre todos.

Desconectado hookk

  • Profesional
  • Experto III
  • **
  • Mensajes: 2253
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #311 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:25:49 pm »
Pregunto yo: Si paro el 2 de mayo 2008 a un tio sin carné de conducir conduciendo, me lo puedo llevar perfectamente a mi base y dejarle detenido, sin necesidad de ir a plomo, verdad??, ya que es un delito del código penal, y los medios para comprobar el delito los tengo en las bases de datos del CNP, es correcto??, tendré que ir a plomo cuando sea tema de alcoholemia entiendo yo.
un saludo y gracias

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223692
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #312 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:28:32 pm »
Espera y no te adelantes, que de aquí al 2 de mayo hay seis meses y al final se sacarán "algo" de la manga para no detener, al menos en aquellos casos que se esté documentado.

Desconectado hookk

  • Profesional
  • Experto III
  • **
  • Mensajes: 2253
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #313 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:32:08 pm »
pues me parece a mi que a partir del 2 de mayo vais a tener a los centauro haciendo controles de documentación de vehículos, jeejjejeje es broma que no se me mosquee ningún centauro...

Desconectado MASAM

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10600
  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #314 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:44:33 pm »
No, no me equivoco, por eso me llama la atención que se tipifique el delito por perdida de puntos, que es administrativo, ya que estan convirtiendo por "decreto ley" el incumplimiento de una sanción administrativa en infracción penal.
Sin embargo, una retirada de carné "directa" por ejemplo de un mes, por una infracción administrativa, no sería delito si conduces durante este periodo.

 Disculpa, no te habia entendido. Es cierto, tienes razon... en una suspension "directa" por infraccion administrativa

 en la reforma del C.P. no se contempla como delito la conduccion durante esa suspension.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223692
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #315 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:46:42 pm »
Cinco conductores ebrios estrenan los castigos del nuevo Código Penal

? La jueza condena a los automovilistas, pillados en la C-58, a multas de 3.000 ? y a trabajos sociales

? Varios imputados se niegan a arrepentirse de su actuación y se muestran enfadados con la sanción

RAFA JULVE
CERDANYOLA DEL VALL?S

Cinco conductores que se pasaron (y mucho) con las copas en la madrugada del domingo pasado estrenaron ayer las consecuencias de la reforma del Código Penal en el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cerdanyola (Vall?s Occidental). En un control policial en la C-58, todos superaron los 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, cuando el límite legal es de 0,25, y ayer tuvieron que comparecer ante la jueza para conocer los efectos penales de conducir tan bebido: 3.000 euros de multa, retirada del carnet y decenas de días de trabajos para la comunidad --no se pidió penas de prisión porque fueron cazados en un control preventivo-- fueron los dictámenes más escuchados.

Los conductores imputados, chicos de 18 a 30 a?os que forman parte de los 41 automovilistas pillados ebrios en varios controles distribuidos por Catalunya hace tres días, mostraron muy poco arrepentimiento tanto antes como después de la vista oral. En esta, cinco de ellos aceptaron a rega?adientes la pena impuesta, mientras que otros cinco que también comparecieron prefirieron ir a un juicio rápido, que se celebrará dentro de unos meses.
Vestidos la mayoría de ellos con ropa y calzado deportivo, fueron pasando uno a uno por las dependencias judiciales. Muchos iban acompa?ados de su padre, su madre, otros familiares o un amigo. Solo dos recurrieron a un abogado de pago, mientras que el resto se encomendó a una letrada de oficio para intentar defenderse. Que no disculparse, ya que los sentimientos más expresados ante la jueza fueron la indignación y la sorpresa por el castigo recibido.

AL VOLANTE Y SIN CARNET A

Las cinco de la madrugada del domingo, Rubén G. M. volvía a Barcelona tras pasar la noche en la Zona Herm?tica de Sabadell. Aún se está sacando el carnet, pero ese día ya se puso al volante de un Seat Altea; hasta que lo pararon los Mossos d'Esquadra junto a una gasolinera BP de la C-58. Le hicieron soplar y dio 0,69 miligramos por litro de aire espirado, una infracción muy grave que le llevó a comparecer ayer en el juzgado de Cerdanyola. "Ahora ya no me podré sacar el carnet. Además, me han condenado a pagar 3.000 euros de multa y a 80 días de trabajos para la comunidad", explicó tras hablar con la jueza y sin reparar en que esos días de labor social le supondrían evitar una pena de cárcel.

"Se han pasado con esta sentencia y no la he aceptado, así que iré a juicio", remachaba el conductor. "Es que en Espa?a es normal que la gente beba y con esta medida no lo van a solucionar", explicaba otro joven a quien Rubén conoció en el control de los Mossos. Este otro chico, que tampoco pensó en ningún momento en los da?os que puede causar un conductor ebrio, acompa?aba a un amigo suramericano que dio 0,73 cuando la policía autonómica le hizo el test de alcoholemia tras parar el Opel Kadett que conducía.

INMIGRANTE SIN PAPELES
La sanción que recibió este automovilista fue de 18 euros diarios de multa durante ocho meses --"y un día de cárcel por cada dos jornadas que no sean pagadas"--, 70 días de trabajos para la comunidad y un a?o y medio sin carnet; si incumple la condena, se enfrentará a dos a?os de cárcel. Pero su situación aún es más enrevesada: "No tengo los papeles de residencia en regla y necesito más que nadie trabajar para poder sacar adelante a la familia. He aceptado la pena impuesta, pero el problema es que si hago las labores sociales, no gano dinero trabajando. Por eso tengo que ir otro día al juzgado, para ver cómo lo arreglamos".
Tampoco lo tenía muy claro otro chaval, que no sabía cómo hacerlo para compaginar el trabajo y las tareas en beneficio de la comunidad. Y mientras lo cavilaba, un compa?ero de pena espetaba: "Pues que no dejen vender alcohol en las discotecas. Con estas medidas nos tratan como delincuentes". Y así es, porque con el nuevo Código Penal su infracción es tipificada como delito.

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=464478&idseccio_PK=1021


Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 51216
  • Verbum Víncet.
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #316 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:50:09 pm »
Las últimas noticias que tengo yo en materia de la comisión de un posible delito por conducir un vehículo careciendo del permiso de conducir por no haberlo obtenido nunca es que, una vez que el policía de calle "in situ" comprueba que la persona conduce careciendo del permiso de conducir y está debidamente identificado, se procede a informarle de su condición de imputado no detenido, por la comisión de ese posible delito, se solicita a través de la emisora a la Unidad de Atestados un numero de atestado y fecha para la celebración del juicio rápido por medio de la agenda judicial de citaciones y se le entrega en el momento al ciudadano una notificación para que comparezca en el juzgado en el día y la hora que nos hayan se?alado, se procede a la inmovilización del vehículo y posteriormente a la UAT de plomo a instruir diligencias, aquí no quieren detenidos por estos delitos así que la idea en principio es que se hagan en el lugar de los hechos las imputaciones y la notificación del juicio sin detener, para los debidamente identificados, para los indocumentados pues como siempre, a comisaria del CNP.

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223692
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #317 en: 05 de Diciembre de 2007, 18:58:56 pm »
Lo supuse y no me equivoqué... y dentro de un tiempo... cuando los juzgados se vean saturados como cuando tenía que juzgar por el seguro... pues... quien sabe.

Desconectado MASAM

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10600
  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #318 en: 05 de Diciembre de 2007, 19:19:17 pm »
Las últimas noticias que tengo yo en materia de la comisión de un posible delito por conducir un vehículo careciendo del permiso de conducir por no haberlo obtenido nunca es que, una vez que el policía de calle "in situ" comprueba que la persona conduce careciendo del permiso de conducir y está debidamente identificado, se procede a informarle de su condición de imputado no detenido, por la comisión de ese posible delito, se solicita a través de la emisora a la Unidad de Atestados un numero de atestado y fecha para la celebración del juicio rápido por medio de la agenda judicial de citaciones y se le entrega en el momento al ciudadano una notificación para que comparezca en el juzgado en el día y la hora que nos hayan se?alado, se procede a la inmovilización del vehículo y posteriormente a la UAT de plomo a instruir diligencias,

Ese delito entra en vigor el 1 de mayo de 2008....

Lo mas probable (pienso yo) es que se termine haciendo como dices... citacion "in situ"... pero no se no se....

cuando se implanto ese sistema para las faltas (juicio rapido) empezo funcionando relativamente ""bien"" ,

pero a dia de hoy apenas se utiliza--> el patrulla no ciene la documentacion para notificar la citacion....

   .... llamas y no te atiende nadie.... el que te atiende por la emisora no sabe hacer el tramite... etc.....
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado pete

  • Profesional
  • Master
  • **
  • Mensajes: 1149
Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #319 en: 06 de Diciembre de 2007, 11:28:33 am »
....yo creo que a la larga... se "suavizara" el tema.... y otra cosa.. en Madrid el Ayuntamiento va a perder unos dineros puesto que antes si haciamos 10 alcoholemias  a 500 euros.... mas otras denuncias.. mas gruas... y ahora siendo penal ... no van a pillar tanto dinero y todos sabemos que en Madrid todo se hace por coste-beneficio..