No en serio, yo tengo algunas consideraciones (que ya expuse aquí):
Es jurisprudencia del TS que el delincuente tiene derecho a huir, sin que esto suponga un delito de desobediencia ni nada (solo cuando además se pone en peligro la seguridad del tráfico, se comete un delito independiente del que motiva la huida).
Pues bien, cuando te den el alto, huye, porque no se incrementará tu responsabilidad penal... co?o si ya ibas a 190km/h...
Si te hacen la foto y te la mandan a casa, administrativamente te tienen cogido, pero penalmente no, pues todavía se respeta el principio de que la carga de la prueba recae en el que acusa y la presunción de inocencia, así que tendrán ellos que demostrar que eras tú el que conducía o de lo contrario absolverte.
Vamos que no entiendo por que paran... (si es que hay alguno, ronin)