Autor Tema: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas  (Leído 70578 veces)

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #220 en: 12 de Septiembre de 2010, 18:11:23 pm »
EDE 2010/139474

Plazo para efectuar el pago o presentar alegaciones tras la notificación de la denuncia de tráfico: ¿son 15 ó 20 días?
Fecha de la consulta: 20/7/2010


Planteamiento

Tenemos una duda en relación a la Ley 18/2009, de 23 de noviembre por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Tras la reforma, en el artículo 74.3.d) de la Ley de Tráfico se establece que hay 20 días naturales para efectuar el pago o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes, mientras que el artículo 80 dice que son 15 días naturales. ¿Qué plazo es el correcto?

Respuesta

Es verdad que todo apunta a un conflicto de normas, que no parece que pueda salvarse acudiendo a las distintas hipótesis manejadas en uno y otro precepto porque, aunque el art. 80 artículo.80 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.de la Ley de Tráfico trata tanto los supuestos del art. 74 artículo.74 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.como los del art. 76.2artículo.76.2 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial., ciertamente incluye el primero y, sin embargo, señala un plazo distinto para el pago voluntario de la sanción.

En esa tesitura, esto es, cuando la denuncia haya sido notificada en los términos del art. 74.3.d) artículo.74.3 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.(es decir, en el acto), la Administración tendrá que plegarse a su indicación de término y admitir el pago voluntario dentro de los veinte días siguientes al de la notificación de la denuncia, pues la doctrina de los actos propios también es aplicable en este marco (sentencia, entre otras, del TS de 2 de octubre de 2000  STS Sala 3ª de 2 octubre 2000   Constituyen los antecedentes de hecho de los que ha de conocer la Sala, la adjudicación directa, por falta de licitadores, de concesión para la gestión indirecta de servicio de parquímetros, finalmente acordada a favor de la empresa demandante, con carácter de a prueba y por plazo de un año en lugar de los diez fijados en pliego de condiciones. Realizadas las inversiones necesarias, se convoca nuevo concurso adjudicándose el mismo servicio a distinta sociedad. Impugnada la resolución por la inicial concesionaria es estimado parcialmente el recurso y, pese a no anularse la nueva concesión ni ningún otro acto administrativo, se reconoce el derecho de la actora a ser indemnizada por los daños y perjuicios causados. Planteados por la Administración demandada nueve motivos de casación, son todos ellos desestimados por la Sala quien entiende que no cabe imputar al fallo de instancia falta de motivación, contradicción o incongruencia "extra petitum" cuando se dio fundada respuesta a todas las pretensiones de las partes, existe la debida adecuación entre los términos en que estas fueron planteadas y su parte dispositiva y la declaración de nulidad ha de entenderse implícitamente contenida en el fallo. Igual rechazo se produce respecto de la indebida interpretación por el Tribunal "a quo" del contrato de concesión por estar encomendada dicha función hermeneútica al juzgador contencioso y, por ende, excluida del conocimiento en casación. En consecuencia y, entre otros pronunciamientos, pese a que se mantiene la segunda concesión a favor de tercero, resulta conforme al principio de equilibrio financiero el reconocimiento del derecho a la recurrida de un indemnización por los gastos de explotación de un contrato anticipadamente resuelto.

); en cambio, cuando la notificación de la denuncia se produzca por la vía del art.76.2 artículo.76.2 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.(notificación a posteriori), el plazo para el pago será de quince días.

Tampoco puede obviarse que la notificación de la denuncia realizada por el agente inmediatamente después de ocurrir los hechos (art. 74.3.dartículo.74.3 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.), sólo contempla la hipótesis de que la notificación de la denuncia al interesado la realiza el propio agente, mientras que el art. 80 artículo.80 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.abarca también el supuesto previsto en el art. 76.2artículo.76.2 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial., esto es, de que la notificación tenga que realizarse a posteriori, en cuyo caso el plazo para efectuar el pago o formular las alegaciones que se estimen pertinentes será de veinte días.

http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATPE:7DA220D2

uidfaro

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #221 en: 12 de Septiembre de 2010, 18:46:34 pm »
Si, este texto tambien lo tengo
http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATPE:7DA220D2

Pero sigue sin aclarar nada, de hecho hace distinción para un plazo y otro de forma errónea
Me quedo con lo que dice al principio que creo que es lo único que dice con acierto:

"...Es verdad que todo apunta a un conflicto de normas, que no parece que pueda salvarse acudiendo a las distintas hipótesis manejadas en uno y otro precepto..."
Saludos

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #222 en: 12 de Septiembre de 2010, 18:48:50 pm »
Este conflicto ha sido objeto de multitud de consultas en diversos foros desde el mes de mayo, y todos coinciden en la cagada en la redacción al fijar días diferentes en una y otra normativa... con lo cual, y para no caer en defecto en el plazo... 14 días en todos los casos.

uidfaro

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #223 en: 12 de Septiembre de 2010, 20:10:12 pm »
efectivamente, ante la mas tetuda las mas cojonuda o algo así no  :Burla

uidfaro

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #224 en: 12 de Septiembre de 2010, 20:19:42 pm »
Bueno, pues ya lo he encontrado, aunque no aclara si determina
Se trata de una instruccion de la DGT 

Instrucción 10/S.- Entrada en vigor nuevo procedimiento sancionador en materia de tráfico (II).

Apartado 3. b)
b) Alegaciones y pago con reducción.
El artículo 74.3 d) dispone que “en el caso de que no se proceda al abono en el acto de la sanción, deberá indicarse que dicha denuncia inicia el procedimiento sancionador y que dispone de un plazo de veinte días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en el artículo 80, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes…..

Por su parte, el artículo 80 dispone que “una vez realizado el pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de quince días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por
concluido el procedimiento sancionador……

La diferencia de plazos establecida en ambos artículos genera confusión. La modificación respecto al proyecto de ley originario se produce en el artículo 74.3 d), fruto de la tramitación parlamentaria en el Senado. A la vista de ambos preceptos, y teniendo en cuenta el principio in dubio pro reo, esta Dirección General estima que el plazo tanto para formular alegaciones como para efectuar el pago con reducción será de veinte días naturales.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #225 en: 24 de Septiembre de 2010, 15:21:13 pm »
ORDEN PRE/2356/2010, de 3 de septiembre, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.

Fecha Publicación: 10/09/2010

http://www.derecho.com/l/boe/orden-pre-2356-2010-3-septiembre-modifica-anexo-iv-reglamento-general-conductores-aprobado-real-decreto-818-2009-8-mayo/

AL REDUCIR LOS REQUISITOS VISUALES
Una nueva norma de tráfico permite conducir a "inválidos visuales", según los oftalmólogos
Directorio óptica Optometría agudeza visual lentes de contacto
MADRID, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -


   Una modificación del Reglamento General de Conductores permitirá a los ciudadanos con baja visión en un ojo conducir vehículos profesionales, como camiones de mercancías o autobuses escolares, pese que según la Sociedad Española de Oftalmología (SEO) son "inválidos visuales" y pueden suponer un riesgo en las carreteras.

   En concreto, el Real Decreto 2356/2010 que publicó el Boletín Oficial del Estado el pasado 10 de septiembre permite a los conductores profesionales conducir con una agudeza visual de 0,8 en el mejor ojo y 0,1 en el ojo peor sin necesidad de que utilicen una corrección óptica, cuando antes se exigía 0,8 y 0,5 respectivamente.

   Según los oftalmólogos, una persona con esta agudeza visual conlleva un importante riesgo ya que quienes tienen 0,1 en un ojo sólo pueden leer la primera línea de las tablas de revisión y, a nivel jurídico, se consideran "tuertos" al volante ya que presentan "ceguera laboral".

   Además, recuerdan que la visión se reduce durante la noche, de modo que un profesional con 0,8 de agudeza visual se queda en 0,6 en visión nocturna o en condiciones de baja visibilidad, lo que le convierte en "no apto", según el doctor José María Pérez y Pérez, responsable de Tráfico y Seguridad Vial de la SEO.

   Este experto recuerda una persona con baja visión en un ojo "no sólo pierde campo visual sino también el sentido de la distancia, lo que en una carretera comarcal, de doble vía cuando tiene que adelantar, resulta un peligro, al desconocer cuando un vehículo viene o va".

   El nuevo Reglamento, que trata de trasponer la legislación europea a la española, no contempla tampoco la limitación de la velocidad a las personas con baja visión.

   Del mismo modo, aseguran desde la SEO, no incluye la obligación de comunicar a la Dirección General de Tráfico (DGT) los cambios en la capacidad visual.

PIDEN INFORMAR DE LAS CIRUGÍAS

   "Tras toda cirugía ocular y con ciertas enfermedades se produce un ojo seco (no recogido en normativa) y una disminución a la sensibilidad al contraste. Así, quienes se han corregido más de tres dioptrías van a empezar a tener una mala visión nocturna y están más expuestos al deslumbramiento, por lo que el riesgo aumenta", advierte el doctor Pérez y Pérez.

   Por ello, y en el marco del 86 Congreso Anual que se celebra estos días en Madrid, la SEO reclama que cualquier médico oftalmólogo pueda comunicar a la autoridad sanitaria competente si una persona está capacitada para conducir o no, y así la DGT pueda establecer revisiones obligatorias más frecuentes (contempladas en la ley anterior), como una vía más eficaz para evitar un accidente.

   La mitad de los accidentes de tráfico con implicación de conductores mayores se relaciona con defectos de la visión. Según estimaciones de esta entidad, el riesgo de colisión de los vehículos conducidos por mayores de 65 años, se eleva hasta al máximo si estos conductores tienen catarata, glaucoma, retinopatía diabética o Degeneración Macular Asociada a la Edad (DMAE), una situación habitual en estos casos.

CAMBIO EN LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS

   El nuevo decreto también sustituye para el permiso de conducir a los oftalmólogos de los centros de reconocimiento médico por convenios con clínicas. Este convenio "debería realizarse con un oftalmólogo responsable acreditado, como unidad asistencial  independiente, a través de un protocolo", según el doctor Pérez y Pérez.

   Ante todas estas modificaciones, la SEO lamenta que se deja a criterio del médico general y de familia aspectos propios del oftalmólogo, cuestionando que estos profesionales puedan "asumir toda la responsabilidad de diagnosticar la capacidad visual orgánica y funcional, en especial si el conductor no se lo indica".

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #226 en: 28 de Septiembre de 2010, 16:02:55 pm »
El Congreso propone por unanimidad que los noveles puedan llegar a los 120 Km/h

El PSOE cree que "incide negativamente en la fluidez del tráfico". Consideran que ya hay suficiente control para ellos, como el crédito reducido de puntos en el carné o la inferior tasa de alcoholemia. CiU insta al gobierno a ponerla cuanto antes en funcionamiento.

EUROPA PRESS. 28.09.2010 - 12.28 h El Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad una proposición no de ley del PSOE que insta al Gobierno a suprimir la limitación de velocidad máxima de circulación a 80 kilómetros por hora para los conductores noveles.

La limitación de 80 km/h carece de justificación ya que fue aprobada en 1974Según ha explicado durante su intervención la diputada socialista Maritxell Cabezón la limitación "carece de justificación" pues fue aprobada en 1974, "época de unos límites de velocidad máxima que obedecían a la necesidad de dar respuesta a la situación impuesta por la crisis del petróleo, que imponía una reducción del consumo".

Asimismo, ha añadido que hay que tener en cuenta que en la España de aquella época sólo existían carreteras convencionales y que el tráfico y los vehículos eran "muy distintos" a los actuales.

En este sentido, ha apuntado que la limitación en autopistas y autovías "incide negativamente en la fluidez del tráfico, dificulta su gestión y puede llegar a suponer en determinadas circunstancias un peligro o riesgo para quien la practica".

El PP pide también la revisión de los límites generales

Por su parte, el portavoz del PP en esta comisión, Federico Souvirón, ha apoyado la propuesta y ha apostado por que la responsabilidad "sea el pilar de la seguridad vial". En este sentido, ha desechado "las medidas coercitivas", excepto para "conductas peligrosamente antisociales".

Paa el PP, lo fundamental es "la formación"Para Souvirón, lo fundamental es la formación, porque es lo que da garantías de que "el conductor que toma el vehículo está suficientemente preparado". "La verdad es que la limitación a 80 kilómetros por hora es una reliquia", ha añadido.

Finalmente, ha apuntado que los argumentos que utiliza el PSOE para defender esta proposición "son los mismos que usa el PP para pedir que se afronte el debate de la modificación de los límites de velocidad en España".

CiU urge al gobierno a cumplir el mandato

También se ha mostrado a favor el portavoz de CiU, Jordi Jané, quien ha advertido de que la población va a creer que, tras la decisión del Congreso, el límite ya se ha suprimido, cuando simplemente es una petición al Gobierno.

"Vigilemos la noticia que hoy salga de esta cámara porque por mucho que se diga que se suprime, no se suprime", ha dicho, al tiempo que ha urgido al Gobierno a ponerla en marcha cuanto antes y que no se multe a los conductores noveles que ya no cumplen la limitación.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #227 en: 08 de Octubre de 2010, 18:11:13 pm »
Orden INT/2595/2010, de 29 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico en el Ministerio del Interior.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/o2595-2010-int.html

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #228 en: 26 de Octubre de 2010, 16:39:09 pm »
La notificación por correo electrónico de las sanciones, a partir del 25 de noviembre

La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que entró en vigor el pasado 25 de mayo y provocó una simplificación del procedimiento sancionador, tiene una segunda parte que en breve estará activa. El cerco al infractor se estrecha también en internet. A partir del 25 de noviembre, la Dirección General de Tráfico (DGT) comenzará la notificación por correo electrónico y «con efectos legales» las sanciones. Eso sí, de momento esta medida tendrá efecto para las personas jurídicas titulares de vehículos -es decir, empresas, entidades...-, mientras que tendrá carácter voluntaria para las personas físicas.

Para llevar a cabo este cambio, la DGT implantará la Dirección Electrónica Vial. «Este nuevo sistema permitirá vía e-mail acreditar la fecha y la hora en la que el denunciado dispone de la notificación de la sanción a efectos legales», señalan desde Tráfico.

Además, junto a las temidas multas, por correo electrónico se podrán recibir avisos de la DGT sobre aspectos como la caducidad de su permiso de conducir, la revisión de la ITV y el seguro del coche, entre otros asuntos. 

Otra de las novedades que entrará en vigor en noviembre y que está relacionado con las multas de tráfico es el Tablón Edictal de Sanciones (Testra). Un panel de avisos virtual que sustituye a la labor de los boletines oficiales, en lo que a la publicación de multas se refiere. «Es una web certificada de nueva creación para la notificación de todas las sanciones cuando éstas no puedan realizarse en el domicilio, en sustitución de los actuales edictos que se publican en los boletines oficiales de la provincia o comunidad y que implicaban una inseguridad para el infractor», añaden en la DGT.
Junto a estas novedades, los conductores podrán seguir realizando el pago de las sanciones por internet con tarjeta de crédito, conocer su saldo de puntos en el permiso o identificar al conductor que ha cometido una infracción con su vehículo.
Cambios en la matriculación
Asimismo, desde este mes, la DGT ha incluido algunas mejoras en el proceso de matriculación de los vehículos. A partir de ahora, la normativa obliga a incluir los datos de emisiones de CO2 de los turismos y todo terrenos, al matricularlos.
Además, se ofrecerá también «la posibilidad» de anotar el kilometraje del vehículo con el fin de dotar de «más transparencia al mercado de vehículos usados», explican en Tráfico.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #229 en: 15 de Diciembre de 2010, 21:09:50 pm »
Orden INT/3215/2010, de 3 de diciembre, por la que se regula la comunicación del conductor habitual y del arrendatario a largo plazo al Registro de Vehículos.

http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/15/pdfs/BOE-A-2010-19282.pdf

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #230 en: 16 de Diciembre de 2010, 10:14:28 am »
Plazo de 6 meses para identificar al conductor habitual o del arrendatario a largo plazo.

Y si no se comunica, que pasa?? hay algún tipo de sanción por no comunicarlo??
Porque es muy bonito obligar a todo el mundo a comunicar el conductor habitual, pero no poner ninguna sanción a quien no lo comunique...
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #231 en: 16 de Diciembre de 2010, 14:33:40 pm »
el doble de la sancion si es falta leve y el triplie si es falta grave o muy grave art 67 LTSV  o sea 200,600 o 1500 eurines de nada.no identificar al conductor art 65 j

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #232 en: 17 de Diciembre de 2010, 05:26:43 am »
pasta gansa que estamos en crisis.......
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #233 en: 20 de Diciembre de 2010, 18:52:35 pm »
Lo llevarán ante los tribunales si no se corrige

El nuevo sistema para notificar las multas de tráfico reduce los plazos para recurrirlas

La organización de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA) considera que existen "graves irregularidades" en el nuevo sistema que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha para notificar las multas de tráfico a través de Internet.

Es ilegal "no sólo porque se está aplicando a expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley --lo cual es manifiestamente ilegal--, sino porque se están reduciendo los plazos que tienen los ciudadanos para formular sus correspondientes recursos'

"Esta ilegalidad no es un hecho aislado, sino que está ocurriendo desde que entró en funcionamiento el TESTRA el pasado 24 de noviembre en todos los expedientes sancionadores"

El nuevo sistema que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha para notificar las multas ya ha levantado alguna que otra polémica. En defensa de los conductores, la organización de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha denunciado que existen irregularidades por reducir ilegalmente el tiempo para recurrir las multas.

Por este motivo, AEA ha anunciado que, si las deficiencias "no se corrigen de inmediato", llevará ante los tribunales el nuevo sistema --conocido como Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)-- que utilizan desde el pasado mes de noviembre las distintas administraciones con competencia en materia de tráfico, entre las que se encuentran la DGT, el Departamento de Interior del Gobierno Vasco, el Servicio Catalán de Tráfico y el Ayuntamiento de Madrid.

Según AEA, "se está haciendo un uso indebido de este nuevo sistema, y no sólo porque se está aplicando a expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley --lo cual es manifiestamente ilegal--, sino porque se están reduciendo los plazos que tienen los ciudadanos para formular sus correspondientes recursos".

Por ello, AEA considera que las distintas administraciones implicadas "están vulnerando gravemente el derecho de defensa de los ciudadanos al no respetar los plazos legalmente establecidos para ello'.

A modo de ejemplo, la asociación menciona la primera multa publicada en TESTRA el pasado 24 de noviembre en la que se indica que "contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación edictal". Sin embargo, prosigue AEA, a los 20 días, "y sin esperar el plazo legalmente previsto", la publicación deja de tener vigencia por lo que se impide que el ciudadano "pueda ejercer su legítimo derecho a la defensa".

Según el presidente de AEA, Mario Arnaldo, "esta ilegalidad no es un hecho aislado, sino que está ocurriendo desde que entró en funcionamiento el TESTRA el pasado 24 de noviembre en todos los expedientes sancionadores en los que las notificaciones no han podido ser practicadas en el domicilio del interesado, cerca de 1.000 en 20 días'.

El TESTRA es una página de Internet desde donde cualquier ciudadano o empresa puede consultar las notificaciones de multas que no les han podido entregar en su domicilio. Tiene carácter legal y, desde el pasado mes de noviembre, es el medio oficial de publicación de los procedimientos sancionadores de Tráfico.


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #234 en: 13 de Enero de 2011, 13:39:31 pm »
Resolución de 29 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2011.

http://www.boe.es/boe/dias/2011/01/11/pdfs/BOE-A-2011-550.pdf

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #235 en: 17 de Febrero de 2011, 14:43:26 pm »
En calles de un solo carril por sentido
Tráfico limita la velocidad de 50 a 30 en las ciudadesEl objetivo es reducir accidentes y la contaminación ambiental.
 
2011-02-17
Libertad Digital

Tráfico reformará el Reglamento General de Circulación para limitar a 30 kilómetros por hora, en lugar de a 50 kilómetros por hora como hasta ahora, la velocidad por las calles de las ciudades de un único carril por sentido, con lo que la DGT estima que los accidentes podrían reducirse más de un 50 por ciento en esas zonas y se reduciría la contaminación ambiental, según ha señalado la directora del Observatorio de Seguridad Vial, Anna Ferrer.

Así, durante el II Encuentro de Ciudades para la Seguridad Vial, el director de Tráfico, Pere Navarro, ha justificado la medida porque, en caso de atropello, "a 70 kilómetros por hora no se salva nadie, a 50 kilómetros por hora se salva el 50 por ciento y a 30 kilómetros por hora se salva el 95 por ciento", por lo que ha considerado "un disparate" mantener el límite de 50 kilómetros por hora en calles de un único carril por circulación. En 2009, murieron 286 peatones atropellados, el 46 por ciento en ciudad.

La medida, que está consensuada con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), afectaría a calles de dos carriles de un sentido de circulación cada uno o a calles de un carril y un sólo sentido de circulación, por tanto las grandes vías de circulación de dos o más carriles por circulación que sirven para conectar puntos lejanos de las ciudades no se verían afectadas.

Navarro ha explicado que no se utilizarían señales verticales para señalizar estas calles limitadas a 30 kilómetros por hora, ya que implicaría "llenar la ciudad de obstáculos" con "una señal en cada esquina". Sin embargo, la DGT está estudiando utilizar otro tipo de señalización en el pavimento, como marcas en el asfalto, para advertir al conductor de que está entrando en una calle limitada a 30 kilómetros por hora.

Ferrer ha indicado que el 20 por ciento de las calles de las ciudades, las vías más grandes de más carriles, soporta entre el 75 y el 80 por ciento de la circulación de vehículos, mientras que el 80 por ciento de calles sólo soportan alrededor del 20 por ciento de tráfico. Sería a algunas de estas calles, la que cumplan la condición de tener un carril por sentido, las que se limitarían a 30 kilómetros por hora.


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #237 en: 17 de Febrero de 2011, 17:15:17 pm »
Que pongan radares en todas las calles cuando la norma se modifique a 30.  :mus;


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #238 en: 17 de Febrero de 2011, 21:08:44 pm »
no les des  ideas

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #239 en: 25 de Febrero de 2011, 13:07:22 pm »
El Gobierno dará vía libre a la conducción acompañada y al plan vial hasta 2020
25.02.11 | 12:43 h.  Agencia EFE

El Gobierno dará hoy vía libre a la conducción acompañada de los menores de edad, una iniciativa que se estudiará este año en el que además se comenzará a desarrollar la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020, que cuenta con un centenar de medidas y cuyas líneas de actuación también se aprobarán.

De momento hoy solo se aprobarán las líneas de actuación de esta Estrategia con la que se pretende contribuir a reducir en un 50 por ciento los accidentes en toda la Unión Europea, según han informado a Efe fuentes de Tráfico.

Próximamente se verán las más de cien medidas que la integran y que van dirigidas a 14 colectivos concretos, especialmente el de los más pequeños, ya que entre los objetivos están el de cero fallecidos sin sistemas de retención infantil y promover rutas seguras para los escolares.

A lo que el Consejo de Ministros dará luz verde hoy será a la veintena de medidas sobre seguridad vial que se van a acometer este año, y la 'estrella' de ellas es la "conducción acompañada": un grupo de trabajo estudiará cómo debe implantarse esta iniciativa que posibilitará a los más jóvenes ponerse al volante antes de los 18 años y que ya se ha implantado en otros países como Francia y Alemania con buenos resultados.

Este grupo de trabajo partirá de una premisa que se ha barajado en Tráfico: los jóvenes de 17 años podrán conducir bajo la tutela, eso sí, de un conductor experimentado y tras haber aprobado el teórico y haber realizado 20 horas prácticas en la autoescuela.

Este es uno de los objetivos de Tráfico para este año, en el que la velocidad seguirá siendo el "caballo de batalla" ya que a pesar de que cada vez son menos los conductores que son sorprendidos a más de 140 kilómetros por hora -un 0,3 por ciento del total-, este factor sigue siendo unas de las principales causas de accidentes.

Para atajar esta situación, Tráfico instalará en 2011 cien nuevos radares, seis de ellos radares de tramo -dos de ellos ya están colocados -en la A-7 en Torrox y en la AP-6 en el túnel de Guadarrama-, que controlan la velocidad media del vehículo.

Otras medidas para este año obligarán a reformar el Reglamento General de Circulación, como el que la velocidad máxima permitida en las vías urbanas de un solo carril, o de un único carril por sentido, sea inferior a 30 kilómetros por hora.

Una medida que tiene como objetivo reducir a la mitad los atropellos a peatones en las ciudades, que en 2009 costaron la vida a 268 personas, el 46 por ciento de las víctimas mortales en accidentes en zonas urbanas.

También se pretende con esta medida frenar la contaminación atmosférica y la "visual", ya que no se necesitará colocar señales verticales para informar de ese límite de 30, sino que se está pensando en otras opciones, como marcas en el asfalto o estrechamiento en el comienzo de esas vías.

Además el Reglamento se reformará para que las bicicletas puedan circular por el centro de la calzada -y no por la derecha- en las "zonas urbanas 30", y marcará unos mínimos para que puedan hacerlo por determinadas aceras.

La modificación de la norma incluirá también la prohibición de circular a los motoristas que lleven los denominados cascos "quitamultas", los que no cubren la barbilla y son similares a los utilizados en hípica, que no estaban homologados.

Otro objetivo de este año será el de optimizar la información y los datos, con menos tiempo, sobre los siniestros que se registran diariamente e incorporar la seguridad vial a las empresas.