Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1067590 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2520 en: 30 de Julio de 2014, 23:14:08 pm »
 miraflores de la sierra (madrid), aprobo por unanimidad del pleno la mocion sobre el anticipo de la edad de jubilacion de la policia local (pleno del 25/07/2014).
Otro para anotar

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2521 en: 31 de Julio de 2014, 20:25:25 pm »
Hoy sumamos otro municipio...Boadilla del Monte (Madrid)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2522 en: 31 de Julio de 2014, 22:17:57 pm »
Y acaban de confirmarme un municipio importante....


...BARCELONA

gautamacop

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2523 en: 01 de Agosto de 2014, 13:00:31 pm »
Pues como usted vera maestro ya lo que queda es Canary Island y Extrema-dura.-
 :ciclis :ciclis :ciclis

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2524 en: 01 de Agosto de 2014, 14:58:16 pm »
Pues como usted vera maestro ya lo que queda es Canary Island y Extrema-dura.-
 :ciclis :ciclis :ciclis

Galicia, Extremadura e Islas Baleares...esas son las Comunidades donde ningún municipio ha hecho nada hasta el momento.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2525 en: 04 de Agosto de 2014, 07:55:58 am »
Pues como usted vera maestro ya lo que queda es Canary Island y Extrema-dura.-
 :ciclis :ciclis :ciclis

Galicia, Extremadura e Islas Baleares...esas son las Comunidades donde ningún municipio ha hecho nada hasta el momento.

Pues yo creo que te falta información. A mi correo llegó esto:

Asunto: O pleno do Concello de Pontevedra aproba unha moción de apoio ao adianto da idade de xubilación dos policías locais,ata os 60 anos.
 
 
Bo día:
A corporación municipal do Concello de Pontevedra aprobou hoxe, por unanimidade (BNG, PP, PSOE e unha concelleira non adscrita), unha moción para instar á Secretaria de Estado da Seguridade Social, á Dirección Xeral da Ordenación do Territorio da Seguridade Social e á FEMP, que propoñan ao Congreso dos Deputados a modificación lexislativa en materia de Seguridade Social que permita o adianto da idade de xubilación dos policías locais, ata os 60 anos, recoñecendo a súa profesión como unha actividade de risco, ao entender que na actualidade non se ten en conta a súa perigosidade ou a incidencia que ten nos procesos de incapacidade laboral que xenera.
 
 
O concello de Pontevedra convertese na primeira administración de Galicia, en aprobar unha moción en apoio ao adianto da idade de xubilación das policías locais e sumanse a outras ciudades e comunidades autonomas que en todo Estado aproban iniciativas iguaís, a mais recente o do parlamento Andaluz o pasado día 17/06/2014.
 
 Viene de CCOO

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2526 en: 04 de Agosto de 2014, 07:57:11 am »
Fue remitido el 2.07.14 por correo electrónico

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2527 en: 04 de Agosto de 2014, 10:26:35 am »
Pues me alegro de ello y por lo tanto eliminamos a Galicia del listado de los que no...y mantenemos a Extremadura e Islas Baleares.

gautamacop

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2528 en: 04 de Agosto de 2014, 12:16:17 pm »
Vamos hablar de Comunidades como bien dice la palabra y hoy toca hablar por mi Comunidad, el Parlamento Andaluz ha aprobado por unanimidad la proposicion no de Ley instando a las Cortes Generales.-
Esta muy bien que las mociones de las poblaciones grandes y no grandes se sumen a nuestro interes comun, pero he de deciros que lo suyo es que vaya por delante la proposicion de las Autonomias y hasta ahora no se la relacion que maneja el maestro pero tenemos que seguir dando caña paso a paso pueblo a pueblo, hasta conseguirlo antes de las Elecciones generales, si esto no fuese posible lo veo mucho mas dificil y seguramente condicionaria el voto de los Policias y sus respectivas familias hacia determinados partidos politicos.- :adorar :adorar :adorar



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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2529 en: 04 de Agosto de 2014, 17:09:07 pm »
Vamos hablar de Comunidades como bien dice la palabra y hoy toca hablar por mi Comunidad, el Parlamento Andaluz ha aprobado por unanimidad la proposicion no de Ley instando a las Cortes Generales.-
Esta muy bien que las mociones de las poblaciones grandes y no grandes se sumen a nuestro interes comun, pero he de deciros que lo suyo es que vaya por delante la proposicion de las Autonomias y hasta ahora no se la relacion que maneja el maestro pero tenemos que seguir dando caña paso a paso pueblo a pueblo, hasta conseguirlo antes de las Elecciones generales, si esto no fuese posible lo veo mucho mas dificil y seguramente condicionaria el voto de los Policias y sus respectivas familias hacia determinados partidos politicos.- :adorar :adorar :adorar

El camino está trazado para que País Vasco, Cataluña y Madrid aprueben esas proposiciones no de ley antes de que finalice el año...pero lo verdaderamente importante son los resultados que los municipios han de enviar a la FEMP para cuantificar el coste...y eso debe estar también antes de que finalice el año.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2530 en: 05 de Agosto de 2014, 14:14:47 pm »
Pues que aprieten el culo!

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2531 en: 11 de Agosto de 2014, 16:15:29 pm »
Esperemos que esta iniciativa pase el trámite parlamentario y se apruebe....pues sino...



Por la especial "peligrosidad" de su trabajo


UPyD quiere que los policías locales se puedan jubilar antes de la edad legal general


MADRID, 11 Ago. (EUROPA PRESS) -

   Unión, Progreso y Democracia (UPyD) ha registrado en el Congreso una proposición no de ley con la que exige al Gobierno que aplique coeficientes reductores a los agentes de los diferentes cuerpos de la Policía Local, de modo que se puedan jubilar antes de la edad legal que se aplica con carácter general, dada la especial "peligrosidad" de su trabajo.

   En la iniciativa, que recoge Europa Press y que será debatida en la Comisión parlamentaria de Empleo, la formación magenta recuerda que la legislación de Seguridad Social permite que ciertos grupos o actividades profesionales de naturaleza "especialmente penosa, tóxica, peligrosa e insalubre, y que acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad", puedan ver rebajada la edad de jubilación a través de coeficientes reductores.

   De hecho, esta posibilidad ya se aplica a los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, al personal de vuelo, a los trabajadores ferroviarios, a los artistas, a los profesionales taurinos, a los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos e incluso a los miembros de la Ertzaintza.

   Además, el propio PP ha presentado iniciativas en este sentido en instituciones como la Junta General del Principado de Asturias o el Ayuntamiento de Palencia, tal y como recuerda la formación que lidera Rosa Díez.

LA POLICÍA CUMPLE LOS REQUISITOS

   Dado que "parece evidente" que la actividad de los policías locales "cumple los requisitos de ser especialmente peligrosa y arriesgada" y que la edad de jubilación para los agentes municipales va de los 55 a los 60 años en la mayor parte de los países europeos, UPyD quiere que el Congreso pida al Ejecutivo que reconozca el trabajo de Policía Local como "profesión de riesgo".

   Y, en este sentido, que "se ponga fin a la injusticia de una edad de jubilación que no tiene en cuenta la siniestralidad, peligro y toxicidad de las condiciones de trabajo ni los requisitos exigidos para el desarrollo de la labor policial". Para ello, debería incorporarse al colectivo a los grupos profesionales a los que se aplican coeficientes reductores en la edad de jubilación.

   En cualquier caso, y tal y como recoge la normativa de la Seguridad Social, el establecimiento de estos coeficientes reductores para los agentes locales debería ir acompañado de los ajustes necesarios en la cotización para garantizar el equilibrio financiero de las cuentas públicas.

   Actualmente, la edad de jubilación está fijada en 65 años y dos meses, si bien irá incrementándose en un mes por año hasta alcanzar los 67 años previstos en la Ley 27/2011 de la Seguridad Social en el ejercicio 2027.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2532 en: 12 de Agosto de 2014, 15:53:43 pm »
Si ellos lo dicen es que deben ser unos currantes de cojones..sin embargo no he visto ni a uno sólo en ninguna reunión de importancia en este asunto.....bueno si, una vez uno dijo algo asi como "esto me llega con casi sesenta años y me importa poco"...y con elementos asi pues pueden ustedes entender muchas cosas, menos mal que a nivel nacional quienes tiran y siguen tirando son verdaderamente los que culminaran con firma y que son los únicos que pueden firmar y los demás, pues eso, a juntar letras para sus carteles e informar de un trabajo en el que van oliendo las estelas de los tubos de escape de los que van delante.

En fin...


Desconectado Celestino

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2533 en: 12 de Agosto de 2014, 18:28:20 pm »
Ya te digo, le importa poco , dice, como poco le importo la desaparición de las armas, parece que lo único que le preocupa la asociación que le puede quitar sus privilegios y sacar galones por la puerta de atrás, si los afiliados de UPM son tan ciegos que no ven quien les dirige allá ellos.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2534 en: 13 de Agosto de 2014, 11:14:26 am »
Los sindicatos piden cambiar el criterio que deniega jubilarse con 61

AGENCIAS. MADRID     .

Actualizada 13/08/2014

El sindicato CC OO ha exigido al Gobierno esta semana que modifique el criterio por el que somete a los parados con convenios especiales ordinarios con la Seguridad Social a lo que dicta la última reforma de las pensiones  sobre las prejubilaciones, de forma que no pueden retirarse a los 61 años, sino a los 63 años, dos años durante los que tienen que seguir haciendo sus aportaciones a la Administración para mejorar su pensión.

En un comunicado, el sindicato argumenta que la conocida como "cláusula de salvaguarda" es una garantía legal incluida en la reforma de las pensiones de 2011 que garantiza que aquellas personas despedidas antes de la entrada en vigor de la nueva ley pudiesen jubilarse con los requisitos en vigor en aquel momento, lo que incluía la posibilidad de prejubilarse a los 61 años.

 "El objetivo de esta medida era garantizar la protección social de los trabajadores de edad avanzada cuando habían sido despedidos, de modo que para jubilarse no se les exigiese requisitos distintos a los que ya tenían en el momento del despido", añade.

 Es habitual en estos casos que los trabajadores, cuando agotan la prestación contributiva de desempleo, sólo les quede el recurso del subsidio de desempleo de mayores de 55 años, que cotiza por la base mínima, e intenten completar sus carreras de cotización mediante la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social, por el que siguen haciendo aportaciones, para que la pensión final no se vea excesivamente afectada.

 Según explica el sindicato, el Gobierno del PP reformó esta garantía en 2013 añadiendo como requisito que los trabajadores no volviesen a tener una nueva alta en la Seguridad Social.

 Así, una circular de junio de la Dirección General de la Seguridad Social de este año despeja definitivamente el criterio, ante las dudas en la interpretación de la norma, de forma que se entiende que estos parados con convenios especiales ordinarios --se excluyen otras modalidades de convenios especiales-- son asimilables a trabajadores con una relación laboral al cotizar por contingencias de jubilación.

 De este modo, estos trabajadores no pueden acogerse a la cláusula de salvaguarda de la reforma de las pensiones y deben esperar hasta los 63 años para poder prejubilarse.

 "Se trata en todo caso de una interpretación administrativa que excede completamente la literalidad de la ley y que se aparta radicalmente de la interpretación que ha venido aplicando este mismo Gobierno durante casi un año y medio", lamenta CC OO.

 Por su parte, UGT de Navarra ha exigido también la retirada "inmediata" de este criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que deniega el acceso a la pensión de jubilación a "miles de trabajadores que vieron extinguida su relación laboral antes del 1 de abril de 2013 y tienen suscrito o van a suscribir por primera vez un convenio especial con la Seguridad Social a partir de ese día".

 En opinión del sindicato, "dicho criterio restrictivo es contrario al marco legal vigente que afecta al acceso a la jubilación  anticipada a personas a las que correspondería disfrutar de las condiciones contempladas en la norma anterior a la reforma de 2013".

 Según ha expuesto la central sindical, "este nuevo criterio está suponiendo que trabajadores que ya están pagando su convenio especial vean denegado el acceso a la jubilación anticipada a partir de los 61 años o a la jubilación a los 65 años, además de aplicárseles otras reglas para calcular la cuantía de su pensión".

 Para UGT de Navarra, "esta decisión es un nuevo paso del Gobierno en el desmantelamiento de los derechos de los trabajadores, que va a producir serios perjuicios a las personas afectadas, como el retraso en el acceso a la jubilación ordinaria con una reducción en las bases de cotización, la aplicación de coeficientes reductores más agresivos para la jubilación anticipada o la reducción de ingresos en las arcas de la Seguridad Social, entre otras cuestiones".

A su juicio, este criterio es "ilegal, arbitrario, discriminatorio y anticonstitucional, ya que vulnera el principio de prohibición de la retroactividad de normas desfavorables contenido en el artículo 9.3 de la Carta Magna".

 Por todo esto, el sindicato se ha comprometido a "seguir trabajando para reponer los derechos arrebatados a los trabajadores afectados" y les asesorará en sus reclamaciones ante el INSS ante "un criterio disparatado y sin sentido".

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2535 en: 13 de Agosto de 2014, 11:21:23 am »
Siguiendo con el listados de Ayuntamientos hoy vamos a incluir a Valdemoro (Madrid)

gautamacop

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2536 en: 15 de Agosto de 2014, 12:22:42 pm »
 :mj :mj:
 Lo de que no somos iguales ante la Ley ni ante el Gobierno que deberia de reconocernos nuestro derecho a pension queda reflejado en esta noticia:



JUSTICIA El agente fue quien entregó el teléfono móvil al dueño del bar Faisán
Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

    Prejubila a Ballesteros por su 'pérdida de condiciones psicofísicas'
    Así evita los efectos de su inhabilitación por el Supremo


FERNANDO LÁZARO Madrid
Actualizado: 15/08/2014 02:56 horas


El Ministerio del Interior ha blindado la jubilación de uno de los policías condenados por el caso del chivatazo a ETA justo cuando debía ser expulsado. En concreto, la Dirección General de la Policía ha dado el visto bueno a la solicitud de pasar a situación de jubilación solicitada por el inspector José María Ballesteros. Este agente fue quien entregó el teléfono móvil a Joseba Elosua, dueño del bar Faisán, donde le alertaron de que iba a producirse una actuación policial contra el entramado de extorsión de ETA.

El chivatazo se produjo el 4 de mayo de 2006, cuando el Gobierno de Zapatero estaba en pleno proceso de diálogo con los etarras y el día en que el entonces líder del PNV, Josu Jon Imaz, iba a arropar al presidente del Gobierno en estas gestiones.

Este inspector presentó el 20 de julio un escrito de 11 folios ante el Ministerio de Justicia. Una petición de indulto en la que reconocía los hechos y aseguraba que el jefe superior de Policía del País Vasco nunca le explicó que la gestión que le encomendó era para dar un soplo a ETA.

"Me limito a cumplir un cometido policial, la orden de un superior; no sólo de un superior, sino del jefe superior de Policía del País Vasco, pero evidentemente sin conocimiento alguno del cometido", dijo José María Ballesteros en su escrito de 11 folios. La defensa del policía pidió a la Audiencia Nacional que suspendiera la ejecución de la condena hasta que el Gobierno se pronuncie sobre el indulto.

Según explicaron fuentes policiales, Ballesteros "causó baja médica del servicio" al día siguiente de presentar el escrito en Justicia, el 21 de julio; 11 días después de que el Supremo ratificara su condena. Ballesteros está destinado en la Jefatura Superior de Policía de La Rioja.

Una semana después, el 28 de ese mismo mes, el inspector entregó una instancia en el Registro General de la Policía en la que solicitaba la apertura de un procedimiento para su jubilación "por incapacidad permanente". Aportaba varios informes médicos. Al día siguiente, su instancia entró en el registro general de la División de Personal de la Policía, área competente para tramitar estas peticiones.

A partir de ese momento, según explicaron fuentes conocedoras del proceso, se iniciaron los trámites para estudiar la solicitud. Se remitieron copias de los informes médicos aportados por el inspector.

Al día siguiente, el día 30, con una celeridad destacable, el inspector fue recibido por el tribunal médico que tenía que evaluar los informes aportados y contrastarlos con su estado de salud. Ese mismo día, el tribunal dictaminó "la incapacidad total para desempeñar las funciones en la Policía Nacional" de este funcionario.

El día 1 de agosto se gestionó ya la "propuesta de jubilación". Los responsables de la decisión se basaron en la legislación sobre el empleado público y los decretos sobre clases pasivas del Estado.

El 4 de agosto, la decisión del tribunal médico llegó a la Jefatura Superior de Policía de La Rioja, donde la recibió el inspector afectado. Éste, tras no poner objeción alguna, la remitió a la Jefatura de Personal de la Policía, adonde llegó el 8 de agosto.

Cuatro días después, el 12 de agosto, el jefe de la División de Personal firmó la resolución por la que se concedía la situación de jubilación a Ballesteros "por incapacidad permanente".

En menos de un mes, Ballesteros pasó de estar de baja médica a jubilado. Un tiempo récord, según explicaron fuentes policiales que entienden que este proceso, en la gran mayoría de los casos, lleva una cadencia mucho más lenta. Se sorprenden de que esta celeridad, además, se haya podido llevar a cabo en pleno periodo estival.

Algunas fuentes cercanas al proceso apuntan la posibilidad de que Ballesteros causara baja en el momento en que le fue comunicada la sentencia firme por parte del Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal avaló el pasado 10 de julio la condena impuesta por la Audiencia Nacional contra ambos funcionarios por un delito de revelación de secretos. Fueron condenados a un año y medio de prisión (que no cumplirán al no contar con antecedentes) y cuatro años de inhabilitación. Esta última pena conllevaba la expulsión inmediata del Cuerpo de la Policía una vez que la sentencia fuera firme, circunstancia que se produjo ya el citado 10 de julio pasado.

Sin embargo, fuentes de la Dirección General explicaron que esta sentencia aún no ha sido notificada, lo que supone que oficialmente la Policía Nacional no tiene acreditada la firmeza de la sentencia.

Sin embargo, el pronunciamiento del Alto Tribunal se produjo hace ya un mes. Tras conocerse, desde el Ministerio del Interior, se informó de que el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz cumpliría con la legislación vigente en lo que afecta a las consecuencias aparejadas a las faltas y sanciones en las que incurren los agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Su conducta está regulada por la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía de 2010, el Código Penal y el Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que «la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta, cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga, produce la pérdida de condición de funcionario».

La condena de inhabilitación supone, así, la inmediata expulsión del Cuerpo de los agentes, aunque es necesario que la sentencia sea firme. La firmeza se produce en el mismo momento en que es notificada.

El hecho de haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso está tipificado como falta muy grave y grave en el régimen disciplinario. Será muy grave cuando el ilícito esté relacionado con el servicio o cause grave daño a la Administración o a las personas, y tendrá carácter grave en el resto de casos.

"Cuando sea firme porque se han agotado los recursos a los que tengan derecho los interesados y los ejerzan, cuando ese fallo sea definitivo y se nos haya notificado, se cumplirá. Hasta que no llegue ese momento no vamos a tomar ninguna decisión en el Ministerio", dijo el ministro del Interior tras la sentencia de la Audiencia Nacional.

La decisión de Interior se produce después de que Ballesteros, que durante el toda la investigación y el juicio había negado haber dado el teléfono al dueño del Faisán aquel 4 de mayo de 2006, admitiera por fin que sí había sido él.

Según fuentes cercanas a las defensas de los condenados, a ambos se les abrió la puerta para solicitar esta jubilación antes de que el Supremo diera firmeza a la sentencia. Tan sólo Ballesteros, que dio un giro radical a su línea de defensa, apostó por esta vía. Enrique Pamies se negó a solicitarla.

La jubilación a policías inmersos en procedimientos judiciales antes de que las sentencias fuera firmes no es una novedad. De hecho, era una herramienta muy criticada por los policías al considerar que se había convertido en un mecanismo político para ayudar a los afines.

Ya en 2007, el Ministerio del Interior concedió la jubilación a otro comisario que fue condenado por detener a dos afiliados del PP a los que acusó de intentar agredir al que fuera ministro de Defensa José Bono, tras una manifestación de víctimas del terrorismo. La Justicia le condenó en primera instancia a cuatro años de cárcel por detención ilegal, al considerar que no había base alguna para ello. Antes de que la sentencia fuera firme, este comisario fue jubilado aduciendo los mismos motivos que ahora se han utilizado para jubilar a Ballesteros: alteración psicofísica.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2537 en: 20 de Agosto de 2014, 18:28:42 pm »
Aún en Agosto seguimos sumando...Las Rozas (Madrid) y Albacete.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2538 en: 24 de Agosto de 2014, 09:15:32 am »

CCOO pide el adelanto de la edad de jubilación de los agentes de Policía Local


El Día | Actualizado 24.08.2014 - 01:00

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO ha solicitado al Ministerio de Trabajo la adecuación de la normativa para implantar el adelanto de la edad de jubilación de los agentes de la Policía Local, que sólo en la provincia de Córdoba asciende a más de 1.400 efectivos.

El secretario general del Sindicato Provincial de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Córdoba, Luis Mena, consideró necesario que "tanto la sociedad como la Administración pública reconozcan las funciones que realizan estos cuerpos policiales en su dilatada vida profesional", ya que es "una actividad penosa, tóxica o peligrosa que acusa elevados índices de morbilidad". Además, el sindicato estimó que la jubilación anticipada permitiría elevar la calidad, eficacia y eficiencia del servicio, rejuvenecer las plantillas y aumentar la oferta de empleo público.

CCOO señaló a través de un comunicado que la ciudadanía cordobesa "merece un servicio público de calidad", mediante el ejercicio "eficaz y eficiente" de las funciones policiales, y esto sólo es posible con una "plantilla en perfectas condiciones y en plenitud de condiciones psicofísicas que, obviamente, se pierden con la edad". Según el sindicato, la media de permanencia en el servicio de las fuerzas de seguridad en municipios pequeños es de 40 años, mientras que en los grandes es de 30, por lo que la edad media de las plantillas se sitúa entre los 45 y los 53 años.

El sindicato recordó que el adelanto de la jubilación está reconocido en el Estatuto Básico del Empleado Público y exigió que se reconozca la "peligrosidad y violencia" de las funciones policiales, que provocan en los agentes un "estrés continuo". En este sentido, Mena indicó que el 55% de la plantilla policial ha sufrido patologías relacionadas con la tensión emocional, como problemas de estrés, dificultades para conciliar el sueño o depresiones. CCOO estimó que debería negociarse la edad idónea para jubilarse, aunque consideró que tendría que acercarse a la establecida para otros cuerpos de seguridad, que va desde los 59 a los 63 años.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2539 en: 26 de Agosto de 2014, 16:00:57 pm »

Ayuntamientos que hasta la fecha (26/08/2014) han aprobado en sus respectivos Plenos la moción que respalda la jubilación anticipada.


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