Un juez absuelve a los due?os de un foro por los comentarios de sus usuarios
La Audiencia de Lugo confirma la exculpación de los propietarios de la página web 'Mindoniense.com'.
El tribunal lucense no aplicó, en este caso, la ley de prensa
Los titulares de un foro en internet no son responsables de los comentarios de los usuarios, según la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI). Así lo ha dictaminado la Audiencia Provincial de Lugo, que absuelve a los administradores del sitio web Mindoniense.com.
Los hechos se remontan a principios del a?o 2007, cuando dos usuarios escribieron en el foro comentarios críticos contra el alcalde de Mondo?edo, Luis Rego, en el que se le acusaba de hacer favores políticos a una constructora a cambio de que hiciera gratis unas obras en su casa. No obstante, los responsables de escribir los mensajes no pudieron ser identificados y Rego decidió exigir responsabilidades a los due?os del foro por la vía civil.
La demanda fue archivada en el a?o 2008 y la Audiencia de Lugo ha desmentido ahora la apelación repitiendo los argumentos del juzgado de primera instancia, que consideraba aplicable el artículo 16 de la LSSI, según el cual "los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario siempre que desconozcan que la actividad o la información almacenada a petición del destinatario es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos".
Se dio la circunstancia entonces de que los administradores de la página eliminaron los comentarios ilícitos en cuanto tuvieron conocimiento de ellos, tras un aviso de la Guardia Civil.
"Ahora, la Audiencia de Lugo vuelve a aplicar la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información para absolver a los demandados en lugar de la ley de prensa", recuerda el abogado del navegante, Carlos Sánchez-Almeida.
La sentencia se?ala, por tanto, que no puede aplicarse analógicamente al caso que nos ocupa el régimen jurídico de la prensa escrita ya que "son situaciones distintas. Mientras un editor tiene facultades de control y supervisión, en el foro es imposible si son contenidos ajenos".