Autor Tema: Derechos y riesgos laborales  (Leído 289053 veces)

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #660 en: 19 de Febrero de 2010, 14:11:11 pm »
 . . . todos los armeros deben de estar debidamente autorizados por GC, nada más, no creo yo que se deba de habilitar una zona en concreto para la manipulación del arma, esta no es peligrosa por si misma, sino por una deficiente manipulación de quien la porta . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #661 en: 20 de Febrero de 2010, 15:39:00 pm »
La comisión de personal de Policía Foral critica que las dependencias policiales 'no cumplen la normativa de seguridad'

La comisión de personal de la Policía Foral criticó hoy que 'la totalidad de las dependencias que albergan las comisarías' de este Cuerpo policial 'carecen de los preceptivos Planes de Autoprotección que obliga la ley de Prevención de Riesgos Labores', por lo 'no cumplen la normativa de seguridad'.

En un comunicado, la comisión de personal informó de que 'esta carencia', que afecta a la Comisaría Central de Pamplona y a las territoriales de Tudela, Estella, Sangüesa, Tafalla, Elizondo y Alsasua, 'ya ha sido denunciada ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración'.

Según explicaron desde la comisión de personal, en virtud del artículo 20 de la citada ley, al Gobierno de Navarra le corresponde, como titular del Servicio de Policía Foral, 'la implantación en sus edificios de las medidas de emergencia o planes de autoprotección que recojan aspectos fundamentales como lucha contra incendios, asistencia médica de urgencia y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento'.

En cambio, la comisión de personal censuró que el Ejecutivo foral 'sigue sin elaborar un Plan de Autoprotección' y lamentó la 'nula sensibilidad' del Gobierno 'en una materia en la que en buena lógica, la Policía Foral debiera ser pionera y ejemplar'.

Igualmente, la comisión criticó que el jefe de la Policía Foral, Alfonso Fernández Díez, 'obstaculiza premeditadamente cualquier actuación en este campo posponiendo el estudio y presentación ante la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Gobierno de Navarra de las medidas de emergencia'.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #662 en: 25 de Febrero de 2010, 00:44:07 am »
Recordais la noticia?
Mueren cuatro bomberos en el incendio declarado en Horta de Sant Joan
Otros dos han resultado heridos mientras trabajan en la extinción del fuego que ha quemado ya 800 hectáreas  |  El president José Montilla y el conseller Joan Saura se desplazan hasta la zona

           
21/07/2009|

Horta de Sant Joan (Tarragona). (Agencias).- Cuatro bomberos de entre 20 y 30 a?os han muerto, según han confirmado fuentes oficiales a La Vanguardia, mientras trabajaban en las tareas de extinción del fuego que se declaró ayer en Horta de Sant Joan. Otros dos se encuentran gravemente heridos. Los fallecidos, pertenecientes al Grupo de Refuerzo en ActuacionesForestales (Graf) de Lleida, se han visto envueltos por las llamas tras un cambio repentino del viento, según ha explicado el secretario general de Interior, Joan Boada. Al parecer, aunque los efectivos se taparon con una manta ignífuga, quedaron muy malheridos. Los dos supervivientes fueron traslados al Hospital Vall d'Hebron de Barcelona.
 
Mientras, los Bomberos de la Generalitat concentran sus esfuerzos en el flanco izquierdo del incendio que hasta el momento ha calcinado unas 800 hectáreas, 400 de las cuales pertenecen al parque natural dels Ports i el resto son Espacio de Interés Natural (EIN), según ha informado el Cuerpo de Agentes Rurales. Las fuertes rachas de viento están dificultando las tareas de extinción.

Joan Boada, y la directora general de Emergencias, Olga Lanau, tienen previsto dirigirse a la zona, y el conseller, Joan Saura, lo podría hacer al salir de la reunión de la Comisión Bilateral Estado-Generalitat que esta tarde se reunió en Madrid. En el lugar ya está el delegado de la Generalitat en Terres de l'Ebre, Lluís Salvadó.

Los Mossos d'Esquadra evacuaron sobre las 17 horas al menos cuatro masías cercanas a la zona del incendio, entre ellas, el hotel rural Les Capçades, donde no había huéspedes, por lo que solamente se tuvo que evacuar a los trabajadores.

Donde sí había clientes era en uno de los apartamentos rurales de La Farinera. Su responsable, Rosario Pacheco, explicó que sobre las 17 horas los Bomberos hicieron marcharse a una familia y se llevaron dos vehículos de los propietarios. No obstante, las llamas no ponen en peligro, de momento, el edificio, aunque sí han afectado un bosque cercano.

El fuego está situado entre las carreteras T-330 -que ya ha sido cortada al ser atravesada por las llamas sobre las 16:30 horas- y la T-334, al sur del municipio, en la zona de Les Capçades, y las llamas se han ido acercando al municipio.

Las tareas de extinción se pueden ver facilitadas por la lluvia que empezó a caer a última hora de la tarde. Efectivos de la Comunidad Valenciana, Aragón y de la Unidad Militar de Emergencias (UME) del Ministerio de Defensa apoyan a los Bomberos de la Generalitat.

Declaran día de duelo por los fallecidos en el incendio de Horta

La Generalitat ha decretado ma?ana día de duelo por la muerte de cuatro bomberos en el incendio de Horta de Sant Joan (Tarragona), y las banderas de los organismos oficiales ondearán a media asta, según han informado fuentes de la Generalitat. El Govern de la Generalitat ha tomado está decisión después de que el presidente, José Montilla, haya visitado la zona del Parque Natural de Els Ports para interesarse por la evolución del incendio, en el que han fallecido cuatro bomberos y dos han resultado heridos de gravedad. Asimismo, el presidente catalán Jose Montilla y el jefe de la oposición y líder de CiU, Artur Mas, han pactado esta noche posponer al menos 24 horas el pleno monográfico sobre financiación previsto en el Parlament. Todos los partidos catalanes han enviado a representantes al lugar del siniestro, en una nutrida representación política a causa de la consternación por la muerte de los cuatro bomberos a la que se han a?adido desde el primer momento las ministras de Defensa, Carme Chacón, y de Medio Ambiente, Elena Espinosa. EFE

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #663 en: 25 de Febrero de 2010, 00:47:29 am »
 El enlace es este:
http://www.lavanguardia.es/sucesos/noticias/20090721/53748937930/mueren-cuatro-bomberos-en-el-incendio-declarado-en-horta-de-sant-joan-generalitat-elena-espinosa-car.html
 Pues he estado escuchando las comunicaciones del dia del incendio, estan en youtube y es para alucinar:


[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=ZPUP5G-NWz8[/youtube]

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #664 en: 25 de Febrero de 2010, 00:53:13 am »
http://www.youtube.com/watch?v=ZPUP5G-NWz8
este es el enlace,no puedo colgarlo de la forma habitual. Son bastante dramáticos los comentarios del bombero y bastante penosas las inctitudes de algunos, al final lo pagan los bomberos...
 Que opinais?

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #665 en: 25 de Febrero de 2010, 11:52:00 am »
[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=ZPUP5G-NWz8[/youtube]
este es el enlace,no puedo colgarlo de la forma habitual. Son bastante dramáticos los comentarios del bombero y bastante penosas las inctitudes de algunos, al final lo pagan los bomberos...
 Que opinais?
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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #666 en: 05 de Marzo de 2010, 13:03:08 pm »
ALGECIRAS
Denuncian riesgo laboral para los guardias civiles del Puerto
04/03 ? 23:16 ? Juanlu Reyes

Piden una carpa y no trabajar con los cables de la instalación eléctrica a la intemperie

 
  Los cables están sueltos fuera de la cabina de los agentes y suponen un peligro para los agentes de la Benemérita. ? Autor: Faro

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) denunció ayer las condiciones ?tercermundistas? y el riesgo laboral con el que los agentes del puerto, concretamente los de la Aduana, ejercen su labor diaria.

Esta situación se hace más palpable en los periodos prolongados de lluvia y viento como el actual, en los que ?los compa?eros que prestan servicio en la Aduana de Algeciras sufren las inclemencias del tiempo como cualquier ciudadano, pero corriendo un riesgo adicional, pues debido a la gran cantidad de lluvia que ha caído, deben realizar su trabajo bajo el riesgo de peligro de atropello, electrocución, etc.?.

Desde AUGC solicitan una mejora en las infraestructuras para poder desempe?ar ?un trabajo eficaz?, pues ?incluso el perro que detecta la droga pierde su eficacia en condiciones de lluvia?.

De este modo, piden estructuras tales como una carpa ?al estilo de la ubicada en el muelle de Isla Verde, en el que los agentes estén resguardados de las inclemencias del tiempo?.

Asimismo, desde la asociación profesional piden ?una garita en la que los efectivos puedan comprobar la documentación de los vehículos y camiones que llegan con mercancías al punto de verificación o cabotaje?.

De igual modo, la AUGC considera esencial que se dote al Puerto de ?una instalación eléctrica adecuada que cumpla con lo exigido en materia de prevención de riesgos laborales, para evitar posibles electrocuciones?.

Viajeros

Para AUGC, las inclemencias del clima son sufridas tanto por los agentes que desempe?an su labor en la Aduana como por los propios viajeros cuyos vehículos son inspeccionados en la zona que da paso al embarque hacia los buques de Ceuta y Tánger.

De hecho, AUGC se?ala que los pasajeros, ?cuando llegan al punto de control y se les requiere para proceder a la inspección de sus vehículos, deben apearse de los mismos y el consabido remojón para ellos es inevitable?.

La estampa de los agentes comprobando los documentos en la misma vía, cubierta de charcos y protegido de la lluvia únicamente con un chubasquero y comprobando la documentación, puede observarse a simple vista con las imágenes que acompa?an esta información.

Escáner

Asimismo, el secretario provincial de AUGC, José Encinas, hizo referencia a otro problema, en este caso referente a que no se pone en funcionamiento los escáneres ubicados en los salones de atraque de los barcos con destino hacia Ceuta y Tánger.

?Cuando no están averiados, no se puede cubrir el puesto por falta de plantilla?, manifestó el representante del colectivo de guardias civiles.

Para la asociación profesional, todos estos problemas se verán acrecentados en el momento en que se vea puesto en funcionamiento el enlace aéreo que comunicará las ciudades de Ceuta y Algeciras. Para el colectivo, esta situación es impropia de ?un puerto que presume de ser uno de los más activos de Europa?.

Unidad específica

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) denunció ayer, en relación con las condiciones laborales en las que desempe?an su labor los integrantes del Instituto Armado en la Aduana, la no aplicación de un compromiso de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil de crear una unidad de Seguridad Portuaria, que contaría con 37 agentes. Fuentes oficiales del Instituto Armado comentaron que esta unidad estaría dedicada a la vigilancia de los salones de atraque de los barcos de Ceuta y Tánger, evitando la situación denunciada por la AUGC de que los agentes de Cabotaje tengan que abandonar sus puestos para cubrir las necesidades de seguridad cada vez que llega un barco.

Según las mismas fuentes, esta unidad está ?creada orgánicamente?, si bien aún está pendiente de que se oferten las correspondientes plazas para llegar a esa plantilla de 37 agentes. Hay que tener en cuenta que, una vez se oferten estas plazas, habrá también un periodo para que éstas sean ocupadas.

Mientras tanto, en la unidad hay ?un único suboficial al mando?, una situación que pudo corroborar oficialmente también este diario.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #667 en: 10 de Marzo de 2010, 17:13:12 pm »
UGT


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #668 en: 14 de Marzo de 2010, 16:49:22 pm »
Triste futuro para los infectados con las hepatitis B y C


Las hepatitis B y C poseen dos importantes características por las cuales deberían ser consideradas enfermedades comunes y aceptadas socialmente por la población, tal cual son aceptadas sin mayor temor de convivencia social una simple gripe, un resfriado, presión alta o el diabetes, pero lamentablemente estamos caminando rápidamente para el difícil camino del estigma con relación a las hepatitis y, como consecuencia la discriminación, siendo ése, tal vez, el mayor efecto adverso que un infectado puede sobrellevar.

Para hablar en las características por las cuales las hepatitis deberían ser abiertamente aceptas por la población en su convivencia social será necesario separar las hepatitis. En el caso de la hepatitis B existe una vacuna altamente efectiva, así, en la actualidad solamente se contagia con la hepatitis B quien bien así lo quiera, lo que debería colocar la hepatitis B como una enfermedad que no causase temor con relación a poder ser infectado. No podemos hablar en cura para quien ya está infectado con hepatitis B, pero los medicamentos actuales ofrecen un perfecto control de la enfermedad evitando en la gran mayoría de los casos desarrollar cirrosis o cáncer en el hígado.

En la hepatitis C no existe una vacuna para prevenir el contagio, pero por ser una enfermedad que se transmite por la sangre o por instrumentos infectados con sangre, los casos de nuevos infectados son estadísticamente de significancia reducida cuando comparado con el total de infectados existentes, haya visto que toda la sangre utilizada en transfusiones pasa por pruebas y que los instrumentos son desechables o correctamente esterilizados. La transmisión aún acontece, pero en grupos limitados y porcentualmente de pocos individuos con relación al total de la población infectada. Aproximadamente 60% de los infectados con hepatitis C que reciben tratamiento curan definitivamente y, en corto espacio de tiempo la cura superará los 80%, un panorama alentador.

Pero uno de los principales efectos arrasadores de las hepatitis B y C que afectan los infectados, tal vez un problema mayor que desarrollar cirrosis o cáncer en el hígado, puede ser el estigma, la discriminación y la segregación en su circulo familiar, social o de trabajo causado por la falta de información o por la divulgación de informaciones erradas o incompletas con relación a quien pueda estar infectado y los motivos por los cuales un individuo puede haber sido infectado.

Hace ya 12 a?os que estoy empe?ado no solamente en la divulgación de las hepatitis, pero también para intentar evitar que informaciones distorsionadas o equivocadas lleguen a la población, a los medios de comunicación, a nuestros gobernantes, pues debemos evitar que sea creada una idea totalmente errada de lo que realmente son las hepatitis, como ellas se transmiten, quien puede ser infectado y quien puede estar infectado. En salud no existe peor medicamento que la información incorrecta o incompleta, principalmente cuando la información afecta la calidad de vida del infectado.

Tristemente debo reconocer que a cada día estamos caminando en el sentido inverso a la buena y correcta información. Estimo que hasta estemos corriendo el riesgo de llegar al extremo de considerar los infectados por las hepatitis B y C como parías humanos, culpándolos por un pasado libertino, sin reglas sociales y, por eso, hoy son los únicos culpables por estar enfermos con una enfermedad de submundo. Si esa interpretación prevalece, acabarán los infectados con las hepatitis B y C excluidos de la convivencia social, de las oportunidades de trabajo digno o, hasta podrán ser segregados en guetos.

Para intentar explicar de manera más fácil y comprensible, pues el asunto es complejo, voy a colocar algunos ejemplos de situaciones que son vividas actualmente, haciendo al final el juicio para intentar encontrar quien es el culpable en cada una de las situaciones. Una lectura con calma puede explicar cual podrá ser el resultado de ése tipo de acciones y actitudes.

1 - ?Todo infectado con hepatitis C es usuario de drogas!

Estamos caminando para que la población crea que todos los infectados con hepatitis C utilizaron drogas ilícitas y que durante su vida se infectaron con múltiplas enfermedades sexualmente transmisibles o realizaron tatuajes despreocupadamente.

El resultado de ésa interpretación es fruto de diversas situaciones. Por un lado personas famosas que solamente tienen hepatitis C raramente quieren dar un testimonio, en general no quieren hablar públicamente que son portadores o ya curaron la hepatitis C por pensar que eso las puede perjudicar en su vida social o de trabajo.

Pero existen personas famosas que sí aparecen y dan testimonios informando que ellos están con hepatitis C, contando como aconteció el contagio. El problema es que la gran mayoría de esos famosos se contagio por el uso de drogas ilícitas. A cualquier periodista le gusta dar cobertura con amplio destaque cuando alguien famoso decide contar su historia y eso envuelve sexo y drogas, como aconteció con muchas estrellas internacionales como Keith Moon, Jimi Hendrix, Steven Tyler, el baterista Topper Headon del grupo Aerosmith's, Pamela Anderson, Jack Davenport, actor en Piratas del Caribe, Naomi Judd, David Crosby, etc..

Un anuncio publicitario alertando sobre la hepatitis C que está siendo vehiculado en la TV de Inglaterra y puede ser visto en: http://www.healthcarerepublic.com/news/987634/Rock-stars-highlight-hepatitis-C-risks/ muestra claramente que si usted fue o continúa siendo usuario de drogas o hizo tatuajes, puede estar infectado con hepatitis C, mostrando todo tipo de instrumento para utilización de drogas.

Al mismo tiempo, también en Inglaterra, la BBC NEWS da destaque esta semana a una materia que lleva el nombre de "Mi estilo de vida me colocó en riesgo" donde la entrevistada es una mujer que admite que fue por culpa de su estilo de vida de alto riesgo, utilizando drogas inyectables y practicando sexo no seguro que resultaron en la contaminación con la hepatitis C. "Me gustaba ser muy rebelde, el uso de drogas fue elección personal y sexo fue una voluntad de mujer". "Asumí un monte de riesgos, de enfermedades sexualmente transmisibles, embarazo indeseado, metiéndome en situaciones peligrosas".

Materias de ése tipo no faltan en los periódicos y en las TVs y eso está aconteciendo no solamente en Inglaterra y sí en muchos países, prácticamente en el mundo todo. El resultado es que está se formando una opinión equivocada sobre quien puede tener hepatitis C debido a que solamente es la información de los infectados por el uso de drogas que están siendo divulgadas.

Ese tipo de información empezó a ser divulgada en los últimos cuatro o cinco a?os y, en los países donde más se divulga que el contagio aconteció por uso de drogas curiosamente se observa que el número de diagnósticos y de tratamientos está disminuyendo. La causa de ésa disminución todavía no fue establecida, pero no podemos descartar qué si una persona se guía por las informaciones más divulgadas ella va a se cuestionar sobre la necesidad de realizar la prueba, pues si nunca utilizó drogas ilícitas o si tuvo una vida sexual considerada normal, será prácticamente cierto qué no presenta posibilidades de haber contraído la hepatitis C. ?Entonces, para que hacer la prueba?

?Podemos entonces culpar los famosos qué por el uso de drogas ilícitas contrajeron hepatitis C por divulgar informaciones qué aumentan el estigma de la población con relación a todos los infectados con hepatitis C? Mi respuesta es un categórico NO. Los culpables son los anónimos y famosos infectados solamente con la hepatitis C que prefieren se quedar callados y que por miedo no asumen su condición.



2 - ?Solamente personas con HIV/AIDS tienen hepatitis C!


En el mundo todo el movimiento social del SIDA es más antiguo y mucho más bien estructurado y capacitado que el movimiento social de las hepatitis. Diversos motivos resultan en esa constatación por haber sido el hallazgo del SIDA anterior a la hepatitis C y, aún, porque el SIDA veinte a?os atrás mataba, lo que llevó los infectados a dar la cara y luchar por atención por parte de los gobiernos. Aconteció una movilización general, los gobiernos establecieron programas, los infectados formaron ONGs y pasa a acontecer una aparcería donde los líderes del movimiento pasan a coordinar los programas de HIV/AIDS de los gobiernos.

La contratación de los antiguos líderes del movimiento social para coordinar los programas gubernamentales tiene sus pros y contras. En la ocasión se divulgaba que el SIDA era una epidemia que alcanzaba solamente hombres, así los programas objetivaban evitar la transmisión homosexual, poco se alertando a las mujeres sobre la posibilidad del contagio. Las mujeres fueron prácticamente ignoradas y el resultado es que actualmente en algunos países el número de mujeres con SIDA es superior al de hombres.

No solamente aconteció el error estratégico de no discutir el asunto fuera de los grupos homosexuales, como también los programas se concentraron en el SIDA dando menor atención a otras enfermedades sexualmente transmisibles o de contaminación por la sangre, resultando en un efectivo control de la transmisión del SIDA, pero no logrando resultados en las otras enfermedades, hasta algunas de ellas tuvieron aumento en el número de casos.

La falta de dialogo con otros involucrados hizo que la transmisión de enfermedades entre usuarios de drogas inyectables fuese un suceso con relación al SIDA. Estudios muestran que en los grupos de usuarios de drogas inyectables la contaminación por el HIV/AIDS es de solamente 3,4%, ya en los mismos grupos la infección con la hepatitis C llega a los 41,8%. (British Medical Journal, doi:10.1136/bmj.38286.841227.7C -published 12 November 2004).

Al no consultar especialistas en otras enfermedades fue ignorado que el virus de la hepatitis C permanece activo por hasta 72 horas en una muestra de sangre con alta carga vírica. El virus del SIDA muere en minutos. Al no discutir de forma amplia el asunto, el resultado fue el control de la transmisión del HIV/AIDS entre los usuarios de drogas, pero la mayoría acabó infectada con hepatitis C.

Esos errores son cosa del pasado y no adelanta buscar los culpables, lo importante es que no se repitan y pensemos en lo que hacer de aquí para frente. Lamentablemente no es lo que podemos observar.

ONGs americanas denuncian que en Estados Unidos el dinero federal para cuidar de la hepatitis C representa solamente 2% del dinero destinado a los programas de HIV/AIDS y, que la culpa de eso es que los programas de hepatitis son coordinados por personas con HIV/AIDS co-infectadas con hepatitis C, así, todos los esfuerzos están dirigidos para los co-infectados y muy poco es realizado para los que están infectados solamente con hepatitis C.

En Brasil la situación no es muy diferente. Las directrices de tratamiento y los números demuestran eso de manera fiel y contundente, de forma incuestionable. Por ejemplo, un co-infectado HIV/HCV tiene derecho a todo dentro del consenso 34/2007 que regula el tratamiento en el sistema público de salud, sin importar el genotipo ni el grado de fibrosis. Ya quien tiene solamente hepatitis C deberá aguardar empeorar su estado de salud hasta llegar a una fibrosis F2 para recibir tratamiento y, si están infectados con los genotipos 2 o 3 estarán condenados a ser tratados con el ultrapasado interferón convencional.

Con relación a los números es solo citar que de los 600.000 infectados con HIV/AIDS, 200.000 reciben tratamiento gratuitamente del gobierno, así, 1 de cada 3 infectados está recibiendo tratamiento. Ya en la hepatitis C existen entre 3 y 4 millones de infectados de los cuales aproximadamente 10.000 reciben tratamiento a cada a?o, la relación resulta en que aproximadamente 1 de cada 350 infectados recibe tratamiento gratuitamente.

Es necesario se discutir como los gobiernos están realizando las estrategias con relación a la hepatitis C antes que el problema llegue a un punto irreversible.

?Podemos entonces culpar los co-infectados con HIV/AIDS y hepatitis C por haber tomado cuenta de los programas de hepatitis? Mi respuesta es un categórico NO, pienso inclusive que debemos aplaudir para ellos, pues fueron los primeros que dieron la cara asumiendo la lucha social sin miedo de aparecer, después estudiaron como funciona el sistema público de salud y como hacer el control social de los gobernantes, pasando entonces a reivindicar recursos y políticas públicas. Eso resultó en ser convidados para asumir programas de SIDA y ahora de hepatitis. Si la invitación fue realizada para aprovechar el conocimiento o para los "cooptar" ya que eran responsables de denuncias, acciones judiciales y exposición del problema en los medios de comunicación, no viene al caso de ser discutido en este momento. Queda evidente que si ellos están cuidando más de la co-infección HIV/HCV en detrimento de los solamente infectados con hepatitis C eso es resultado de que cada uno debe cuidar de su jardín, de los problemas que alcanzan su grupo en primer lugar, pues es allí que aprieta el zapato.

Si los programas de hepatitis no están siendo conducidos por infectados solamente por hepatitis, la culpa es la falta de interés y de capacitación de los grupos de pacientes, los cuales son tímidos en sus reivindicaciones, poco capacitados y prefieren ser "amigos" del gobernante que estar denunciando la falta de atenciones.



3 - ?Personas con hepatitis B o C son altamente peligrosas!


Es solo hacer una lectura de cualquier llamado de concurso público para admisión en cualquier repartición del gobierno brasile?o, incluso en el propio ministerio de la salud. Entre los exámenes solicitados se encuentran los de las hepatitis B y C, pero no son exigidos exámenes para saber si el candidato tiene HIV/AIDS, sífilis, clamidia, gonorrea, HTLV, etc..

Cualquier individuo que tomar conocimiento de lo exigido en la llamada va a interpretar qué las hepatitis B y C son las dos enfermedades más peligrosas del planeta, mucho más que el HIV/AIDS, sífilis, clamidia, gonorrea, HTLV, pues solamente las pruebas de las hepatitis B y C son solicitadas.

Si el propio ministerio de la salud hace esa exigencia, podemos entonces evaluar el tama?o del descaso que los gestores están teniendo con las hepatitis.

?Podemos entonces culpar el gobierno y en especial el ministerio de la salud por eso? Mi respuesta, sin miedo de estar haciendo nuevos enemigos, es un rotundo y sonoro SI.



4 - ?La hepatitis B no es un problema!


Por lo menos, por los criterios de vacunación establecidos por el ministerio de la salud de Brasil no parece ser un problema que pueda alcanzar toda la población. Criterios esos incompresibles ya que la vacuna cuesta muy poco y es fabricada por los laboratorios oficiales, motivos por los cuales ampliar la vacunación no sería un gasto muy alto.

No deberían existir enfermedades que poseen vacunas efectivas, pues vacunando la población la enfermedad desaparece o se transforma en un asunto de muy pocos casos, fáciles de controlar, tal cual acontece con las bien sucedidas campa?as de vacunación en la parálisis, fiebre amarilla, rubéola, tos convulsa, difteria, sarampión y papera.

Países vecinos como Perú y Venezuela, bien más pobres y con menor estructura sanitaria, ya en 2009 y 2010 están vacunando 80% de la población para prevenir la hepatitis B. Con certeza la hepatitis B será controlada y en algunos a?os estará eliminada. Cuba vacuno toda la población y acabo con nuevos casos de hepatitis B. ?Porque no seguir los buenos ejemplos de nuestros vecinos?

No debemos olvidar que existen dos millones de infectados crónicamente con hepatitis B en Brasil, siendo por eso la hepatitis B la mayor enfermedad sexualmente transmisible, la que infecta un mayor número de personas. Peor aún, la transmisión sexual de la hepatitis B pasa con una facilidad hasta 100 veces mayor que el SIDA. Toda persona en edad sexual activa está sujeta a ser infectada con hepatitis B, por tanto, el problema de alcanzar todo la población existe y así debería ser interpretado.

La vacuna para hepatitis B es aplicada gratuitamente en el sistema publico brasile?o en ni?os y adolescentes de hasta 19 a?os de edad y para algunos grupos especiales, como víctimas de abuso sexual, víctimas de accidentes con material biológico positivo o fuertemente sospecho de infección por hepatitis B (VHB), comunicadores sexuales de portadores del VHB, profesionales de salud, hepatopatias crónicas y portadores de hepatitis C, donadores de sangre, trasplantados de órganos sólidos o de médula ósea, donadores de órganos sólidos o de médula ósea, potenciales receptores de múltiplas transfusiones de sangre o poli transfundidos, nefropatías crónicas/dializados/síndrome nefrótica, convivencia domiciliar continuo con personas portadoras de VHB, asplenia anatómica o funcional y enfermedades relacionadas, fibrosis cística (mucoviscidose), enfermedad auto inmune, inmuno deprimidos, poblaciones indígenas, usuarios de drogas inyectables o inaladas, personas reclusas (presidios, hospitales psiquiátricos, instituciones de menores, fuerzas armadas etc.), carceleros de comisarías y penitenciarías, hombres que hacen sexo con hombres, profesionales del sexo, recolectores de basura hospitalar y domiciliar, bomberos, policías militares, civiles y camineros, profesionales involucrados en actividad de rescate.

En este momento la vacunación gratuita está siendo ampliada, pasando a incluir embarazadas, después del primer trimestre de gestación, lesbianas, bisexuales y transgéneros, manicuras, pedicuras y podólogos, poblaciones de asentamientos y campamentos, portadores de Enfermedades Sexualmente Transmisibles (DST), camioneros, enfermedades de la sangre y hemofílicos

Aplaudo la actitud de la ampliación de los grupos de riesgo, evidentemente un resultado de la incorporación de la hepatitis B en el programa DST/AIDS, pero están olvidando que si adultos están se infectando por vía sexual con SIDA, también adultos con vida sexual activa están se infectando con hepatitis B. Llegó la hora de evaluar la ampliación de la faja de edad, fabricar más vacunas y hacer una campa?a amplia, pues insisto que la hepatitis B es un grave problema, ya que una vez infectado no existe aún la cura.

Con relación a programas del gobierno continuo a insistir para visitar la página con informaciones sobre enfermedades sexualmente transmisibles del Programa DST/SIDA/Hepatitis que se encuentra el www.aids.gov.br/data/Pages/LUMIS8B526207PTBRIE.htm donde podrán verificar que absurdamente la hepatitis B no está siquiera relacionada como una enfermedad sexualmente transmisible y ninguna información es dada sobre cuidados o formas de prevención.

Durante las charlas, personas arriba de los 19 a?os sin dinero para aplicar la vacuna en clínicas particulares me preguntan si es posible recibir la vacuna gratuitamente, pues están con miedo de un posible contagio. Respondo preguntando se saben si su compa?ero(a) está infectado con hepatitis B, lo que evidentemente desconocen, entonces recuerdo a ellos que la vacuna es aplicada gratuitamente a personas de cualquier edad que sean "comunicadores sexuales de portadores de hepatitis B". En resumen, si usted sospecha que está saliendo con alguien sospechoso de estar infectado con hepatitis B, lo mejor e informar eso en el hospital y así recibir la vacuna gratuitamente.

Una situación mucho más ética y benéfica para toda la sociedad es la persona pasar a ser un donador de sangre, para lo cual antes de donar es necesario que la persona tome la vacuna. En esta condición también la vacuna es aplicada gratuitamente ya que los donadores de sangre de cualquier edad están incluidos en los grupos beneficiados.

?Podemos entonces culpar el ministerio de la salud por eso? Mi respuesta es SI.

FINALIZANDO:

Sé que la visión de un gestor público es muy diferente de la que ve o siente un individuo o la familia de un infectado con hepatitis B o C, con tiempos, ansiedades y panoramas diferentes, pero los puntos arriba colocados relatan situaciones reales, nada de eso es ficción o crónica de un romance.

Mi interpretación no es una teoría conspiratoria ni fruto de una mente paranoica. Pueden existir interpretaciones diferentes, las cuales democráticamente respeto y me coloco a disposición para escuchar y discutir. Mi interpretación no es una verdad absoluta.

Carlos Varaldo
Grupo Optimismo

http://www.hepato.com/p_geral/triste_futuro_2010_03_15.html#esp

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #669 en: 14 de Abril de 2010, 15:57:33 pm »
Los policías nacionales tendrán hasta 4 semanas de permiso por paternidad
 ARAGÓN PRESS14/04/2010

ZARAGOZA.- Los policías nacionales tendrán hasta cuatro semanas de permiso de paternidad a partir de 2011. La situación en estos momentos para todos los padres que pertenecían al Cuerpo Nacional de Policía es de 15 días, frente a los 28 días de la nueva medida.

En este sentido, el portavoz de la Confederación Española de Policía (CEP) en Aragón, César Lambea, mostró su satisfacción por la entrada en vigor de esta medida. Aunque resaltó que es "muy importante", criticó que no entre en vigor hasta 2011.

Estas garantías sociales se van a aplicar en dos fases. La primera, hasta el 1 de enero de 2011, el permiso de paternidad se amplía a veinte días naturales ininterrumpidos cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa, cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento, o cuando en la familia existiera previamente una persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%.

En este sentido, Lambea destacó que esta duración se ampliará en dos días "por cada hijo, a partir del segundo en el supuesto de parto, adopción o acogimientos múltiples".
 

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #670 en: 20 de Abril de 2010, 13:49:18 pm »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #671 en: 22 de Abril de 2010, 13:45:23 pm »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #672 en: 23 de Abril de 2010, 15:14:36 pm »
RICOTE
El juez niega a un policía local una indemnización por daños morales de 55.385 euros
23.04.10 - 01:02 - JESÚS YELO |

Una sentencia judicial casi nunca deja satisfechas a las dos partes y ésta no iba a ser la excepción. El caso que nos ocupa tiene como protagonistas a un agente local de la Policía Local y al organismo que le paga, el Ayuntamiento de Ricote.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Murcia ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Victoriano Garrido Guillamón contra la presunta desestimación de la reclamación formulada por el Ayuntamiento de Ricote, cuya sentencia entiende que «debe ser equiparado en funciones al resto de sus compañeros auxiliares de policía, cesando el trato diferenciado al que estuvo sometido en el periodo que estuvo de baja por incapacidad temporal por enfermedad común».

Sin embargo, la sentencia del magistrado juez José María Pérez-Crespo, indica que de los antecedentes obrantes «no se deriva daño moral alguno indemnizable y sin que haya lugar a expresa imposición de costas». En este sentido, el agente de policía había solicitado la suma de 55.385 euros por los daños y perjuicios causados, incluidos los morales.

Piden la dimisión del edil

Comisiones Obreras ha emitido un comunicado en el que pide la dimisión de la concejal responsable de la Policía Local del ayuntamiento de Ricote, María Yepes Moreno «por el trato discriminatorio a un auxiliar de policía sin justificación alguna y entendemos que el único objetivo era que el funcionario abandonara su puesto de trabajo, bien por enfermedad o por aburrimiento».

La concejal mostró ayer su satisfacción al conocer la sentencia y añadió a esta redacción que «esta no es la primera que pierde el citado funcionario en los juzgados».

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #673 en: 25 de Abril de 2010, 11:54:33 am »
Una sentencia avala la reubicación laboral de un policía local

El TSJN considera "no lesiva" para el Ayuntamiento de Barañáin la reubicación del agente en otro puesto de trabajo

DN. . PAMPLONA Domingo, 25 de abril de 2010 - 04:00 h.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra avala la reubicación de un policía local de Barañáin, con incapacidad permanente, en otro puesto de trabajo en el Ayuntamiento.

El TSJN estima el recurso interpuesto por el agente en cuestión contra una sentencia anterior del juzgado contencioso administrativo de diciembre pasado que atendía un recurso del Ayuntamiento de Barañáin y que consideraba "lesiva para el interés municipal" y "no conforme a derecho" la solicitud de reubicación en otro puesto laboral solicitada por el agente.

Antes, el 1 de septiembre de 2009, el Ayuntamiento de Barañáin reubica al agente como conserje, después de que una resolución del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) dictara que el Ayuntamiento debía reubicar al agente y pagarle las retribuciones atrasadas por haberse producido silencio administrativo a las sucesivas solicitudes de reubicación de parte del interesado.

Paralelamente el Ayuntamiento inicia el expediente de lesividad por una vía distinta, ya que la sentencia del TAN era firme.

El TSJN dicta ahora que la reubicación del agente de policía no puede considerarse lesiva para el Ayuntamiento en tanto en cuanto el acuerdo por el que el agente fue reubicado en otro puesto de trabajo "no ha sido objeto de declaración de lesividad ni ha sido impugnado por otros medios".

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #674 en: 26 de Abril de 2010, 13:37:11 pm »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #675 en: 27 de Abril de 2010, 15:36:34 pm »
Reunión del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Madrid, celebrada el día 6 de Abril de 2010.

De los puntos tratados y recogidos en el orden del día destacamos los siguientes:

Punto 8.- Información sobre cambios de puesto de trabajo por motivos de salud al
amparo de lo dispuesto en el Acuerdo Convenio regulador de las condiciones de
trabajo.

En este punto UGT manifestó su preocupación, ya que existen situaciones que
cuentan con informe favorable de cambio de puesto que se alargan el tiempo con el
consiguiente perjuicio para el trabajador.


Pues a partir de ahora en PMM:

Cuatro.- Se introduce una nueva disposición adicional quinta, relativa a la "Gestión de la salud laboral del personal del Cuerpo de Policía Municipal", que queda redactada en los siguientes términos:
 
"Disposición adicional quinta. Gestión de la salud laboral del personal del Cuerpo de Policía Municipal.
 
La gestión de la salud laboral del personal del Cuerpo de Policía Municipal y la realización de cuantas actuaciones sean necesarias en el ámbito de la mejora de la prevención de riesgos laborales, se llevará a cabo a través del Departamento de Salud Laboral de la Dirección General de Seguridad, con dependencia funcional de la Subdirección General de Prevención de Riesgos Laborales, dentro del marco de las directrices y criterios de actuación que establezca el Organismo Autónomo Madrid Salud".




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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #676 en: 28 de Abril de 2010, 14:33:25 pm »
Concepto y aplicación de "in itinere"

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Social

Sentencia de 10 de diciembre de 2009

RECURSO DE CASACIÓN Núm: 3816/2008

Ponente Excmo. Sr. MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN

En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de dos mil nueve

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por en nombre y representación de Elisabeth contra la sentencia dictada el 19 de septiembre de 2008 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en recurso de suplicación n.º 647/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de abril de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Murcia, en autos núm. 614/07, seguidos a instancias de la ahora recurrente contra MANIPULADOS MALUPAS SL.; MUTUA IBERMUTUAMUR; SERVICIO MURCIANO DE SALUD; INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre incapacidad temporal.

Han comparecido en concepto de recurridos IBERMUTUAMUR; MANIPULADOS MALUPAS S.L.; y EL INSS, representados por los letrados Sr. Berzosa Revilla; Sra. Martín Pignatelli; y Sra. Leva Esteban, respectivamente.

Es Ponente la Excma. Sra. D.ª. Maria Lourdes Arastey Sahun,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 3-04-2008 el Juzgado de lo Social n.º 1 de Murcia dictó sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos: " 1.º.- A la actora Elisabeth, el día 31-3-2006, el facultativo médico de los Servicios Públicos de Salud expedió parte de baja a favor de la citada trabajadora. 2.º.- La empresa Manipulados Malupas S.L. para la que la trabajadora presta sus servicios tiene cubierta la protección por incapacidad temporal derivada de riesgos profesionales con la Mutua Ibermutuamur. 3.º.- La trabajadora formuló escrito con fecha 2-4-07 solicitando se determine el carácter profesional de la contingencia causante del proceso de incapacidad temporal iniciado en fecha 31-03-2006. 4.º.- El Equipo de Valoración de incapacidades, en sesión celebrada el día 7-6-2007, emitió propuesta en la que se indica que la citada baja deriva de accidente no laboral. La actora volvía de la consulta de la matrona en el ambulatorio a la empresa, había obtenido autorización para ello de la empresa. La actora se encontraba embarazada y tenía cita con la matrona para la vigilancia del desarrollo del embarazo. Colisiona con su moto contra un camión. 5.º.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales."

En dicha sentencia aparece la siguiente parte dispositiva: "Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Elisabeth, contra el INSS y la TGSS, la Mutua Ibermutuamur, debo revocar la resolución Administrativa del INSS y declaro que la baja a la que los autos se refieren derivó de accidente de trabajo."

SEGUNDO.- La citada sentencia fue recurrida en suplicación por Mutua Ibermutuamur ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, la cual dictó sentencia en fecha 19-09-2008, en la que consta el siguiente fallo: "Que, con estimación del recurso de suplicación interpuesto por Mutua Ibermutuamur, debemos absolverla y la absolvemos de la demanda interpuesta por Dña. Elisabeth, con revocación de la sentencia recurrida y absolución de todos los codemandados."

TERCERO.- Por la representación de Dña. Elisabeth, se formalizó el presente recurso de casación para la unificación de doctrina que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el 21-11-2008. Se aporta como sentencia contradictoria con la recurrida la dictada por la Sala de lo Social del T.S.J. Castilla-León, sede en Valladolid de 15 de marzo de 1999.

CUARTO.- Por providencia de esta Sala de fecha 21-05-2009 se admitió a trámite el presente recurso, dándose traslado del escrito de interposición y de los autos a la representación procesal de la parte recurrida para que formalice su impugnación en el plazo de diez días.

QUINTO.- Evacuado el traslado de impugnación por el Ministerio Fiscal se emitió informe en el sentido de considerar el recurso improcedente, e instruida la Excma. Sra. Magistrada Ponente se declararon conclusos los autos, señalándose para votación y fallo el día 3-12-2009, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Recurre la parte actora en casación para unificación de doctrina la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 19 de septiembre de 2008 (rollo 647/08), que estimó el recurso de suplicación de la Mutua de accidentes, revocando la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 1 de los de Murcia, y desestimando la demanda. En ésta se impugnaba la calificación de la contingencia por la que se había reconocido el proceso de incapacidad temporal iniciado el 31 de marzo de 2006. Mientras que la sentencia dictada en la instancia, estimando la demanda, declaró que la baja obedecía a accidente de trabajo, la Sala de suplicación mantiene el criterio del INSS que había atribuido aquélla a accidente no laboral.

El recurso contiene un único motivo en el que se denuncia la infracción del art. 115.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Se ofrece, como sentencia de contraste la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (Valladolid) el 15 de marzo de 1999 (rollo 54/1999). Siento el elemento de al contradicción requisito básico del recurso de casación unificadora, se hace necesario efectuar el juicio de comparación entre las dos resolución de suplicación que se contrastan por la parte recurrente, a fin de determinar si, existiendo doctrina contraria, la recurrida contiene la que resulte ajustada a derecho. Con arreglo al art. 217 de la Ley de Procedimiento Laboral, tal requisito exige que, en mérito a hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales, la sentencia recurrida y aquélla que se aporta como contraste hubieran dado lugar a pronunciamientos distintos.

La sentencia recurrida se refiere al accidente de motocicleta sufrido por la actora cuando volvía al trabajo tras acudir a la consulta de la matrona en el ambulatorio -por hallarse embarazada-, previa autorización de la empresa. Para la Sala de suplicación de la Comunidad Autónoma de Murcia, es aplicable al caso la doctrina sentada en la STS de 29 de marzo de 2007 (rcud. 310/2006 ), concluyendo que no es relevante la L.O. 3/2007 a efectos de la calificación del accidente, pues la misma no depende " del sexo del trabajador/a afectado/a".

La sentencia ofrecida como referencia da respuesta a un supuesto en el que la empresa había autorizado al trabajador para acudir a la consulta médica, produciéndose el accidente cuando el trabajador se desplazaba a su domicilio a fin de coger la cartilla médica. La Sala de Valladolid argumenta que la asistencia médica no puede ser considerada como una cuestión ajena al trabajo y, por ello, declara que hay conexión entre el accidente y el trabajo, calificando al primero de accidente laboral.

Concurre en el presente caso la necesaria contradicción puesto que, si bien en el caso de la sentencia recurrida el accidente se produce a la regresar de la gestión médica para la que se había autorizado al trabajadora y, en cambio, en la de contraste el accidente de tráfico tiene lugar cuando el trabajador se estaba desplazando entre el trabajo y su domicilio, como etapa intermedia para acudir a la consulta médica, lo cierto que el debate gira en ambos supuestos en torno a los efectos de la autorización empresarial para atender a una asistencia médica, tratándose en los dos casos de decidir si dicha autorización extiende la cobertura del accidente de trabajo a los desplazamientos efectuados con aquella finalidad, sin que en la sentencia referencial se entrara a analizar si el desvío hasta el domicilio para recoger la cartilla sanitaria excedía de aquella autorización.

Son los elementos definidores del accidente de trabajo in itinere los que se examinan en los dos supuestos puestos en comparación; y, aunque en la recurrida se hace mención a la cuestión de la situación de embarazo de la trabajadora y al argumento de la eventual incidencia de la igualdad por sexo -circunstancias que no se dan en el supuesto de la sentencia de contraste-, se hace tal razonamiento a mayor abundamiento y, por ello, no constituye el núcleo de la decisión.

Como indica el Ministerio Fiscal, concurre, por tanto, el requisito de la contradicción del art. 217 antes mencionado.

SEGUNDO.- El análisis del art. 115.2 de la Ley General de la Seguridad Social, invocado por la parte recurrente, ha de hacerse concentrándonos en el apartado a) del mismo, en el que se define el llamado accidente de trabajo in itinere, como aquel que sufre el trabajador " al ir o al volver del lugar de trabajo ".

El accidente in itinere es figura que corresponde, " a la idea básica de que el accidente no se hubiera producido de no haber ido a trabajar " (STS de 20 de febrero de 2006 -rcud. 4145/2004 -). Se trata de una figura de larga elaboración jurisprudencial sustentada en la idea básica de que "el desplazamiento viene impuesto por la obligación de acudir al trabajo" (STS de 29 de marzo de 2007 -rcud. 210/2006 -). Por tal razón, " la noción de accidente "in itinere" se construye a partir de dos términos (el lugar de trabajo y el domicilio del trabajador) y de la conexión entre ellos a través del trayecto" (STS de 29 de septiembre de 1997 -rcud. 2685/1996 -).

El accidente de trabajo in itinere, " exige, como requisitos ineludibles, el que el camino de ida y regreso al trabajo carezca de interrupción voluntaria y se lleve a cabo siempre por el itinerario usual" (STS de 20 de junio de 2002 -rcud. 2297/2001 -). En esa línea la STS de 29 de septiembre de 1997 (rcud. 2685/1996, antes citada), reiterada por la de 28 de febrero de 2001 (rcud. 3493/1999) establece que " lo esencial no es salir del domicilio o volver al domicilio, aunque esto sea lo más corriente y ordinario, lo esencial es ir al lugar del trabajo o volver del lugar del trabajo".

Partiendo de estos criterios generales, en la STS de 29 de marzo de 2007, que se ha mencionado y sobre la que se asienta la decisión de la Sala de Murcia, se analizaba la incidencia de la finalidad principal del viaje sobre la calificación del accidente de trabajo, aun con independencia de que el mismo hubiera sido autorizado por la empresa. En ella se concluía que, no sólo en aquel caso se trataba de una gestión personal, ajena al trabajo, sino que también había de considerarse así la situación que suscitaba la sentencia de contraste, consistente precisamente en una visita médica. Para esta Sala tanto en el caso de quien acudía a realizar una gestión de tipo tributario, como en el de quien lo hacía a una consulta médica, estábamos ante una diligencia de carácter privado, sin relación alguna con el trabajo y, por ello, negábamos que cupiera la calificación de accidente laboral in itinere pretendida.

Es por ello que la doctrina que sentábamos en aquel supuesto es precisamente la que se ajusta plenamente al supuesto ahora contemplado. Al entenderlo así la sentencia recurrida, hemos de desestimar el recurso, puesto que es en ella, y no en la de contraste, en donde se contiene la doctrina correcta.

Por lo expuesto, en nombre de S. M. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español.

FALLAMOS

Que, desestimando el recurso de casación para unificación de doctrina formulado por D.ª Elisabeth contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, dictada el 19 de septiembre de 2008 (rollo 647/2008), en el recurso de suplicación planteado por MUTUA IBERMUTUAMUR contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 1 de los de Murcia, recaída el 3 de abril de 2008 en los autos 614/2007, seguidos a instancia de aquella y en los que también fueron parte MANIPULADOS MALUPAS, S.L., el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debemos confirmar y confirmamos la misma. Sin costas.

Devuélvanse las actuaciones al Órgano Jurisdiccional de Procedencia, con la certificación y comunicación de esta resolución.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Excmo. Sr. Magistrado D. Maria Lourdes Arastey Sahun hallándose celebrando Audiencia Pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario de la misma, certifico.

http://www.fraternidad.com/es-ES/boletin-prevencion-mutua/INFOPREVENCION-FM-MARZO-2010_38_SENTENCIA-DE-10-DE-DICIEMBRE-DE-2009-TRIBUNAL-SUPREMO-SALA-DE-LO-SOCIAL_1027.html

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #677 en: 28 de Abril de 2010, 15:03:47 pm »
Las afecciones comunes suscitadas en el trabajo serán enfermedades laborales

El catálogo de enfermedades reconocidas como laborales pasará de 30.000 a 300.000 patologías. Se incluirán aquellas que se hayan producido a causa del trabajo, como el infarto de miocardio o los trastornos psicosociales. Enviar Imprimir Compartir Facebook
EFE. 27.04.2010 - 17.30 h

La Seguridad Social ampliará su catálogo de enfermedades laborales para incluir afecciones comunes como el infarto de miocardio y transtornos psicosociales, de modo que pasará de englobar 30.000 a 300.000 patologías, anunció este martes el secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado.

El secretario hizo el anuncio en la apertura de la jornada La información como herramienta necesaria en el conocimiento del daño asociado al trabajo, organizada por la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo, en conmemoración del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, que será mañana.

Granado explicó que se introducirá en el catálogo una tercera categoría de patologías no traumáticas, junto a las ya existentes de accidentes y enfermedades profesionales. El secretario de Estado, que las calificó de "enfermedades del trabajo", recordó que "tienen el mismo grado de protección que el accidente del trabajo" y que enfermedades laborales con origen profesional claro.

Se creará un sistema de alertas que identifique los centros de trabajo con más incidenciasEn el nuevo listado se incluirán en su mayoría accidentes cardiovasculares o patologías psicosociales desarrolladas en ámbitos docentes o intelectuales derivadas de tensiones laborales, y que "son nueve o 10 veces superiores a las enfermedades profesionales". Granado precisó que la clasificación de las enfermedades del trabajo la efectuaron responsables de la Seguridad Social en colaboración con el Ministerio de Sanidad.

"Esperamos tener las comunicaciones de todas las mutuas de accidentes de trabajo y de las entidades gestoras de Seguridad Social a partir del 1 de julio, para que funcione con cierta provisionalidad, pero a partir del 1 de enero ya estará a pleno rendimiento", aseveró.

Control de riesgos

El titular de Seguridad Social agregó que complementariamente se dispondrá de una red de alertas que identifique no sólo los centros de trabajo en los que hay enfermedades profesionales sino también en los que hay una mayor incidencia de enfermedades comunes.

Dijo que también se realizarán "diagnósticos precoces" sobre las condiciones de trabajo en España, que permitan modificarlas "antes de que los trabajadores pierdan capacidad, sufran invalidez y deban retirarse del mercado de trabajo, con una pensión de incapacidad".

Las empresesas obtendrán incentivos si tienen una baja siniestralidadDurante la jornada, Granado también destacó la puesta en marcha de los incentivos a las empresas que hayan acreditado una baja de la siniestralidad laboral y en las que rigen procesos de prevención de riesgos laborales pactados con los trabajadores.

"Estas empresas tendrán derecho a recibir una parte porcentual, pequeña en un principio, pero que puede crecer con el paso de los años si se considera que la iniciativa tiene efectos positivos, a lo que hay que añadir una devolución de las cuotas de la Seguridad Social", recordó.

Grabado dijo que se pretende que "la prevención sea cofinanciada con el sistema de protección social, y que éste gaste menos dinero en reparar la salud de los trabajadores afectados por los riesgos laborales y más en prevención".

"Somos conscientes de que el primer año lo haremos con cierta dificultad, debido a que es nuevo y hay que diagnosticar, pero el decreto ya establece un tope del 5% de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa y establece un monto general de costes que supone unos 130 millones de euros en las cotizaciones profesionales que realizan las empresas", indicó Granado.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #678 en: 28 de Mayo de 2010, 10:34:56 am »
La «Declaración de Santiago sobre estrés policial» se aprueba hoy y llegará a la Comisión Europea
Localidad:  santiago/LA VOZ.
Fecha de publicación:
28/5/2010

Una treintena de representantes de cuerpos de seguridad y sindicatos policiales aprobarán a primera hora de la tarde de hoy la Declaración de Santiago sobre Estrés Policial, que será transmitida a la Comisión Europea. El documento parte de que el trabajo policial es generalmente considerado como una ocupación muy estresante, hasta el punto de haber sido identificado como la profesión psicológicamente más peligrosa en todo el mundo, y se propone una identificación precoz y el tratamiento exitoso del estrés en el servicio de policía.

Con esta sesión finaliza la Conferencia Europea sobre Promoción de la Salud y el Bienestar en el Trabajo, inaugurada ayer. El director xeral de Relacións Exteriores e coa UE, Jesús Gamallo, resaltó que el estrés es un problema creciente, ya que se prevé que el número de empleados afectados se incremente en el futuro, y está considerada como la segunda enfermedad laboral que más afecta a los trabajadores europeos.

Este acontecimiento lo organiza el Laboratorio de Estrés y Neuroinmunología, ubicado en la Facultad de Medicina, y dirigido por el profesor Manuel Freire-Garabal. Esta conferencia comenzó a celebrarse durante las presidencias británica y sueca de la UE. Su última edición fue en el Parlamento de Suecia, el 7 de diciembre, y hubo participación compostelana.
En Europa el estrés es especialmente prevalente en los sectores educativo, sanitario, agricultura, pesca, caza y forestal. Diversos estudios indican que entre un 50 y un 60% de las bajas laborales guardan relación con estrés, que tiene un coste superior al 3% del PIB «aproximadamente 265.000 millones de euros por año», indican.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #679 en: 02 de Junio de 2010, 20:40:10 pm »
CCOO consigue que ASEPEYO retire el documento que obligaba a firmar al trabajador antes de prestar la asistencia en caso de accidente laboral
 | 
Como de todos es sabido, cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo (en desplazamientos dentro de su jornada laboral, “in itinere”, en su centro de trabajo, etc.), debe acudir a los Centros asistenciales de la Mutua Asepeyo. El accidentado/a debe presentar un volante de asistencia del Centro de trabajo que indica que la Mutua debe atender al trabajador por tratarse de accidente laboral.

 

Existen circunstancias en las que no es posible aportar estos documentos, por ejemplo cuando el accidente acontece al salir del trabajo y el Centro se cierra. En estos casos, debéis saber que la Mutua se niega a prestar asistencia al accidentado, con una salvedad, que firme un documento en el que se expresa que “si no se confirmara que se trata de un accidente de trabajo mediante la firma del volante de asistencia o cualquier otro medio escrito, quedo enterado que los gastos de asistencia sanitaria correrían a mi cargo”.

CCOO consideraba imprescindible el cambio de texto, por coercitivo y perverso al hacernos sentir sospechosos de falta de veracidad. En la Comisión Permanente del día 27 de mayo de 2010, conseguimos que Asepeyo junto con la Corporación, nos presentaran otro modelo de declaración escrita corregido con las indicaciones que planteamos.

En la misma Comisión, también solicitamos a la Corporación que divulgue un manual de procedimiento de actuación ante un accidente de trabajo para conocimiento de todos los trabajadores.

http://www.ccooaytomadrid.es/index.php?option=com_content&view=article&id=238:asepeyo-retira-el-documento-que-obligaba-a-firmar-al-trabajador-antes-de-prestar-la-asistencia-en-caso-de-accidente-laboral-&catid=23&Itemid=114