Autor Tema: Viviendas e hipotecas  (Leído 133648 veces)

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1280 en: 25 de Octubre de 2022, 07:18:11 am »

‘Casting’ para alquilar piso en Madrid: “No has sido seleccionado”


La baja oferta de viviendas para arrendar en la capital impone una dura competencia y requisitos cada vez más exigentes para los inquilinos
Una mujer apunta en su libreta los pisos en alquiler de una inmobiliaria madrileña.
Una mujer apunta en su libreta los pisos en alquiler de una inmobiliaria madrileña.
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BEATRIZ OLAIZOLA
Madrid - 25 OCT 2022 - 05:00 CEST
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“Abstenerse gente que teletrabaje”, “se requiere contrato indefinido con nómina de 2.100 euros”, “es indispensable tener más de 35 años”, “reserva de 200 euros para garantizar prioridad”, “vida laboral activa demostrable durante los dos últimos años”, “ingresos anuales de 25.000 euros”, “señal en efectivo”, “fianza, garantía, depósito, mes en curso y honorarios a la agencia más IVA”. Estos son algunos de los requisitos, cada vez más exigentes, que caseros y agencias establecen para quienes pretenden alquilar una vivienda en Madrid. El desequilibrio entre la oferta y la demanda ―pocos pisos en alquiler para mucha gente―, unos precios cada vez más elevados (1.200 euros de media en el último trimestre de 2021, según los datos de los principales portales inmobiliarios), y apartamentos que no duran ni 24 horas anunciados imponen una dura competencia para conseguir un sitio donde vivir. En la mayoría de casos, la búsqueda no da resultado y la respuesta del arrendador se repite: “No has sido seleccionado, lo siento”.


“Tengo cinco aplicaciones descargadas en el móvil y la alerta de ‘nuevo piso’ activada en todas. Aun así, nada en mes y medio”, se queja Pablo González, de 33 años y natural de Burgos. Vive en Madrid desde hace cuatro años y, como es profesor interino de primaria, cada curso cambia de colegio: “Todos los septiembres me toca empezar de cero la búsqueda, pero este año está siendo el peor”. Lo han destinado a un centro público en Móstoles y ahí es donde quiere vivir. Su presupuesto son 800 euros al mes y le gustaría vivir solo. “Hace dos años también viví en esta zona, pagaba 600 euros”, cuenta. “Ahora, los pisos de menos de 750 euros podría contarlos con la mano”. Se los sabe de memoria de las veces al día que actualiza las ofertas inmobiliarias.

Precios en máximos históricos

Según el portal Fotocasa ―donde aparecen activos unos 5.250 anuncios de viviendas en alquiler en Madrid―, los precios en la región están en “máximos históricos” y no solo en el centro de la capital, también en los municipios de la periferia. “Los inquilinos nunca habían pagado tanto. En lugares como Getafe, Leganés o Móstoles la media son 900 euros al mes”, señala un portavoz de la empresa. A esto se le suma la rapidez con la que se alquilan los pisos. “Algunos caseros no tienen ni tiempo de publicar el anuncio, porque ya hay listas de demandantes esperando”, agrega. “Hemos llegado a ver jóvenes que reservan la vivienda sin ir a verla, con las 10 o 15 fotografías colgadas en la web les basta”. En algunas zonas, la oferta se ha reducido hasta un 30%, añade.

Es lo que el portal Idealista ―10.680 casas anunciadas en Madrid― llama alquileres exprés, pisos que desaparecen al poco de anunciarse, un fenómeno que se ha exacerbado este último año, explica un portavoz. A raíz de ello, la empresa trabaja en una nueva estadística para calcular la dimensión del fenómeno: “Estimamos que entre el 15% y el 20% de las viviendas que se alquilan cada semana apenas llevan unas horas en el mercado”. En una de las oficinas de la popular agencia inmobiliaria Tecnocasa en Carabanchel, lo saben bien. “¿Tenéis algo?”. Unas cinco o seis personas se acercan a preguntar lo mismo cada día. “Se alquila todo. Antes dependíamos de la publicación, ya no hace falta. Tampoco se negocian los precios, los inquilinos ni se lo plantean, porque saben que en nada puede llegar otra persona y quitarles el piso”, dice un empleado.

De todos los pisos con los que González se ha puesto en contacto ―ya ha perdido la cuenta―, solo ha llegado a visitar cinco. “Llamas, envías tus datos, dicen que te devolverán la llamada y nada. Esperas, vuelves a llamar y ya está alquilado”, narra el profesor. También están las exigencias de los caseros: “En alguna ocasión me han pedido requisitos hasta para ir a ver una casa”. El último episodio infructuoso que recuerda ocurrió hace apenas una semana y se desarrolló en una conversación de WhatsApp:

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—Hola, Pablo, los requisitos son: contrato por renta segura, ser mayor de 35 años, ingresos anuales de 25.000 euros, dos últimas nóminas y certificado de vida laboral en caso de dos o más empleos.

—De acuerdo, tengo todos los documentos, lo único, cumplo 34 en enero.

—Lo siento, la edad es indispensable.

“Qué pena’, le contesté. Hace años ser funcionario era sinónimo de seguridad. Tengo un contrato hasta agosto de 2023 e imaginaba que me daría ventaja, pero ya no es suficiente. Ahora tener 33 años es algo negativo. Me tiré dos días sin creérmelo”, relata Pablo González.

Jaime Cabrero García, presidente del colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (Coapi) de Madrid, señala que las condiciones para arrendar una vivienda son “históricas” y que “se llevan aplicando desde el siglo pasado”: “El colegio no puede entrar a valorar los requisitos que se ponen, pero los caseros solo quieren asegurarse de que el inquilino tenga solvencia económica y pueda pagar”. Uno de los motivos, indica Cabrero, es la “inseguridad jurídica” de los propietarios, derivada de la sucesión de crisis económicas y de los cambios normativos. El portal Fotocasa coincide en el análisis. “Estamos a las puertas de la nueva ley de vivienda y los cambios en periodos tan cortos transmiten un mensaje de inestabilidad en el mercado que produce desconfianza”, valora un portavoz.

“Es desesperante, se te quitan las ganas de todo”, se lamenta Alesandra Suárez, de 29 años y profesora de percusión en el conservatorio superior de danza de Madrid. Se ha mudado hace poco más de un mes, desde Avilés (Asturias), y todavía no ha encontrado piso: “Me he recorrido infinidad de agencias y siempre es igual. Te piden un estudio de solvencia, cuánto cobras, tres últimas nóminas e incluso el aval de mis padres. Si yo gano alrededor de 2.000 euros al mes. ¿Les parece poco? Algún casero me ha llegado incluso a pedir que pagara yo el seguro de alquiler”.

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La persistencia de la inflación aboca al Gobierno a prorrogar los topes en las actualizaciones del alquiler
El estudio de solvencia al que se refiere Suárez es una práctica habitual de las agencias y sirve para valorar si el alquiler del piso supera el 30% de los ingresos del inquilino, aclara la empleada de una de las oficinas madrileñas de la inmobiliaria Encuentro. “Se piden las tres últimas nóminas, un contrato de trabajo, la vida laboral y la última declaración de la renta. En el caso de estudiantes o personas en prácticas también hemos llegado a solicitar los movimientos bancarios, para ver si disponen de ahorros suficientes”, detalla.

A Suárez le resulta “excesivo” y considera: “Piden demasiado de tu persona”. Julia Martínez-Atienza, becaria en el CSIC, siente lo mismo. Tiene 28 años, es de Aranjuez y cuando cumplió 18 se mudó a la capital. Desde entonces ha pasado por cinco pisos diferentes y el más difícil de conseguir ha sido el último, en el centro de Madrid y donde vive con otras dos compañeras por 470 euros al mes cada una, gastos incluidos. Lo alquiló en 2020, poco antes del inicio de la pandemia de la covid-19, y no quiere soltarlo: “No me planteo ponerme a buscar ahora, me da pánico”. Ya entonces notó lo que Suárez está viviendo ahora, que no es suficiente con cumplir los requisitos. “Subieron los precios y había menos opciones que cumplieran lo que podíamos pagar (un máximo de 1.200 entre tres personas). Sentimos muchísima competencia y que era más urgente llevar todos los papeles o decir que sí en el momento, casi sin tiempo para pensarlo”, relata.

Lo peor fueron las horas que perdió enviando mensajes o hablando por teléfono: “Tienes suerte si te cogen. Además, o vas a verlo ese mismo día o pierdes posibilidades”. Recuerda especialmente un apartamento que fue a visitar en la calle de Atocha. “Lo vi y lo tuve claro. Dije que estaba interesada, llevé los papeles, todo en regla, y me dijeron que lo iban a valorar. Tampoco explicaron mucho más, pero sabía que ese valorar era en referencia al resto de candidatos. Contaron con quién era, con que era joven y con que la casa la queríamos tres estudiantes”. Al final, solo recibió un mensaje: “No has sido seleccionada”.


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1281 en: 30 de Enero de 2023, 09:55:05 am »


Del franquismo y ser propietarios al Gobierno de Rajoy con caseros de clase alta: así ha cambiado el mercado de la vivienda en España


"La situación del acceso a la vivienda y al alquiler en España es de tormenta perfecta en contra de los inquilinos y a favor de los propietarios", critica Daniel Sorando, doctor en Sociología, que explica la evolución del mercado.
 EN BREVE
Puedes volver a ver 'Vivienda, un derecho sin ley'

franq
Salvados
29 ene 2023 | 21:49
 
 
 
 
Daniel Sorando, doctor en Sociología y profesor en la Universidad de Zaragoza, explica que la situación de vivienda en España se remonta al franquismo. "Antes la mayoría de las personas vivían como inquilinas. Sin embargo, con Franco se cambia el modelo y se apuesta por el acceso a la propiedad de la población".

El sociólogo desvela que el interés porque esto sucediese se debía a que sabían que la población propietaria era "mucho más conservadora". Un modelo que, recalca, no se puso en cuestión con la democracia. "Persistió y se alimentó" hasta que encontró sus límites con la crisis de 2008.



Este es el tipo de piso más buscado en el mercado del alquiler en España: "Las familias han cambiado"

Miguel Ángel, asesor inmobiliario, explica a Gonzo que muchas personas no se pueden independizar económicamente y comparten piso: "Solo puedes ser 'jiji, jaja' unos años, pero al cabo de un tiempo no te da calidad de vida como familia".


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1282 en: 11 de Febrero de 2023, 07:58:10 am »
Se vende la noticia de algo todavía sin construir...estamos en año electoral, esto se asemeja a muchos proyectos vendidos a prensa en año de elecciones, el soterramiento de la A5, que lleva 15 años usándose, o los trenes de Gran Canaria, que desde el 2009 se habla de su implantación y no se ha movido un rail....y no digamos ya proyectos lanzados a bombo y platillo con fastos verbales y lanzamiento de cohetes, el más reciente el de Salamanca y sus jeques inexistentes.



De Retiro a Latina: Madrid lanza 2.100 viviendas en alquiler desde 500 euros al mes


Los inquilinos de los pisos, que se erigirán en junio, no pagarán de renta más del 25% de sus ingresos

Marta R. Domingo
Madrid
08/02/2023
Actualizado 09/02/2023 a las 08:06h.


El precio del alquiler se dispara en Madrid mes a mes. La escasez de oferta frente a la creciente demanda hacen cada vez más complicada la subsistencia de muchos hogares y la emancipación de los jóvenes. Ante esta situación, invertir en la vivienda menos del 25% de las rentas mensuales parece casi una quimera. Sin embargo, esta será la realidad que vivan las 2.122 familias que habiten los pisos que a partir de junio comenzarán a construirse en once distritos de la capital.

Esta iniciativa pionera impulsada por el Área de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid, basada en un derecho de superficie a 45 años, pretende «mejorar la oferta de vivienda y reducir los precios«. Una vez finalizado ese plazo, los pisos pasarán al parque público municipal y mientras tanto el consistorio ingresará 32.8 millones de euros como canon. El concurso, lanzado en junio, afecta a diez parcelas repartidas por once distritos: Fuencarral-El Pardo, Hortaleza, San Blas, Tetuán, Ciudad Lineal, Retiro, Arganzuela, Carabanchel, Usera, Villaverde y Latina.

El tamaño medio de la vivienda en metros construidos será de 76 metros cuadrados, según la documentación a la que ha accedido ABC. En cuanto a la distribución, el 40% son viviendas de un dormitorio (849); otro 40% de dos habitaciones (836) y el 20% restante de tres (440).

En este sentido, la tipología de los pisos refleja la evolución del tamaño de los hogares a medio plazo, con una mayor concentración de los que están formados por entre una y cuatro personas, que se corresponde con el 80% de los pisos de uno y dos dormitorios ofertados. No obstante, habrá viviendas para todas las composiciones familiares.

Las rentas de alquiler de vivienda que se ofertarán van a situarse por debajo de la media del precio de mercado. Esta rebaja es superior al 30% en barrios como Comillas (Carabanchel), Butarque (Villaverde), Los Ángeles (Villaverde), Orcasitas (Usera), Concepción (Ciudad Lineal), Opañel (Carabanchel) y San Isidro (Carabanchel). E incluso llega al 40% en Comillas y Opañel (ambos en Carabanchel).

Según subrayan desde la concejalía que dirige el edil de Ciudadanos Mariano Fuentes, analizados los proyectos, las superficies de vivienda y los alquileres ofertados, así como las rentas medias por hogar estimadas conforme a la memoria económica, «el esfuerzo por hogar en cada lote oscila entre el 19,66% y el 23,10% como máximo». Es decir, las familias que logren uno de estos pisos destinarán una media del 21,09% de sus ingresos al alquiler mensual, por debajo del límite del 25% que se habían marcado.

Los precios se encuentran entre los 495 euros al mes para una vivienda de 67,77 metros cuadrados en el barrio de Butarque (Villaverde) y los 963 euros mensuales para una vivienda de 87,6 metros cuadrados en el barrio de Peñagrande (Fuencarral-El Pardo).

En Aluche (Latina), por ejemplo, se ofrecerán 46 pisos de 77,60 metros cuadrados por 602 euros; en Valdebebas (Hortaleza), otras 90 viviendas de 86,64 metros cuadrados por 876 euros; 60 hogares más de 72,35 metros cuadrados se lanzarán en Rejas (San Blas-Canillejas) por 670 euros; u 88 casas más en Delicias (Arganzuela) de 74,86 metros cuadrados por 779 euros al mes.

Piscina, gimnasio y ahorro

En cuanto a las calidades, las diferentes promociones para alquiler asequible obedecen a exigentes estándares constructivos, orientados hacia la sostenibilidad y la generación de un parque de viviendas energéticamente eficiente. Es por ello que contarán con cubiertas y fachadas ajardinadas, aerotermia, instalaciones fotovoltaicas, sistemas de ahorro y reutilización de agua y para la gestión de residuos. Además, en el 100% de los casos tendrán un gimnasio y sala de usos múltiples comunitarias de más de 30 metros cuadrados, así como de una piscina en el 95% de los casos.

Desde el Área de Desarrollo Urbano se trabaja ya en un segundo concurso en derecho de superficie para alquiler asequible que, en este caso, permitirá la construcción de aproximadamente otras 350 pisos en ocho nuevas parcelas municipales.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1283 en: 12 de Febrero de 2023, 09:39:37 am »

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1284 en: 15 de Abril de 2023, 08:19:37 am »
Bueno lo de que los inquilinos están en contra es mucho decir ya que de entrada les quita la obligación de pago al intermediario de la operación que la hace recaer en el propietario.
Somos muy cómodos, antaño cada uno se ponía el cartel en su terraza y tramitaba la venta o alquiler directamente con la persona que se elegía, ahora hay una serie de buitres que dependiendo si es venta o es alquiler cobran unas cantidades disparatadas y se le impone al inquilino el pago de un mes de alquiler a la inmobiliaria por un servicio que contrata el propietario.

Respecto al tope, pues no me parece mal que en un país donde los sueldos medios son de 1600 euros netos se topen estas subidas cuando los precios medios de alquiler superan hoy los 700 euros en Madrid capital, lo que se traduce en que una persona sola, con un sueldo medio, que quiera alquilar una vivienda ha de destinar, como mínimo, el 45 por ciento de su sueldo al pago del alquiler.


Ni sector inmobiliario, ni propietarios, ni inquilinos: nadie quiere la nueva Ley de Vivienda
Este viernes, a golpe de bombo y platillo, el Gobierno ha anunciado el acuerdo para desbloquear la Ley de Vivienda. Un proyecto que, para los implicados, no contendrá los precios del arrendamiento de la vivienda y reducirá la oferta disponible

FERNANDO ASUNCIÓN

PUBLICADO 14/04/2023 18:21
El sector inmobiliario ha advertido del efecto contraproducente que tendrá el acuerdo para desbloquear la Ley de Vivienda divulgado este viernes a bombo y platillo tanto por el Gobierno de coalición como por sus socios de investidura.  Para el sector, lejos de contener los precios del alquiler, la norma, cuya tramitación se vislumbra de urgencia de acuerdo con lo apuntado por el Ejecutivo, solo empeorará la situación del alquiler en España, desestabilizará el mercado y provocará a futuro un encarecimiento de los precios de las rentas para los inquilinos de nuevo acceso.

Para los profesionales de la vivienda, el acuerdo "no contiene ni una sola medida seria y rigurosa para aumentar la oferta de viviendas en alquiler en España”, condición indispensable para lograr una contención de las alzas recurrentes de los precios en el mercado del alquiler.

Según  el presdiente de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo, la norma parece pensada para “atacar a los propietarios, tanto particulares como empresas". De hecho, Zurdo advierte paralelismos con las medidas acordadas por el Gobierno con sus socios con la ley catalana de vivienda, que intervino los precios del alquiler en Cataluña antes de que el Tribunal Constitucional acabara anulándola y produjo una subida de los alquileres en el mercado catalán superior al registrado en los de otras comunidades autónomas.

Tendrá un efecto devastador en el mercado
Francisco Iñareta, portavoz del portal Idealista, recuerda por su parte el “efecto devastador en el mercado” que está teniendo el tope del 2% de subida en la actualización del alquiler, justo cuando acaba de cumplir un año. Para Iñareta, el tope del 3% fijado en el acuerdo tendrá unas consecuencias similares, entre ellas la de impedir a los nuevos inquilinos el acceso a la vivienda.

Tampoco los inquilinos ven precisamente con buenos ojos los cambios que han permitido del desbloqueo parlamentario de la Ley de Vivienda, hasta el punto de calificar la reforma de “farsa” que, dada la “imprecisión” del articulado, no evitará que los precios de los alquileres continúen en aumento. Salvo la circunstancia de que tenga que ser el propietario el que tenga que correr con los gastos de agencia, el resto de la normativa no convence en absoluto al Sindicato de Inquilinos e Inquilinas de Madrid.

Los propietarios tampoco avalan la futura Ley de Vivienda, a la que califican de “cortoplacista y contraproducente” dado que no ataca el gran problema que explica la escalada de precios en el alquiler: la escasez de oferta de viviendas en arrendamiento. Por el contrario, los grandes propietarios se temen que la nueva legislación provocará una merma del stock, lo que, en su opinión, garantiza que los precios seguirán subiendo.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1285 en: 16 de Abril de 2023, 20:27:20 pm »

Sánchez anuncia 50.000 viviendas de la Sareb para alquiler a precio asequible


El anuncio llega días después del acuerdo para aprobar la Ley de Vivienda que fija un tope al precio del alquiler, entre otras novedades
 
ondacero.es

Madrid
|
16.04.2023 14:03
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en Valencia
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en Valencia | Efe

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este domingo que el Ejecutivo aprobará este martes en el Consejo de Ministros la movilización de 50.000 viviendas de la Sareb -antes conocido como el banco malo- para el alquiler asequible de jóvenes y familias.

Sánchez ha hecho este adelanto en la clausura de la Convención Municipal del PSOE que se celebra este fin de semana en Valencia, a la que han asistido los candidatos a alcaldes de las principales ciudades de España.


Pedro Sánchez ha destacado que su Gobierno quiere ir más allá y poner a disposición de los jóvenes estos inmuebles, pocos días después de anunciar un acuerdo entre el Ejecutivo y sus socios parlamentarios para aprobar la Ley de Vivienda, que fija la subida del alquiler para los próximos dos años, entre otras medidas.


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1286 en: 17 de Abril de 2023, 00:13:51 am »
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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1287 en: 17 de Abril de 2023, 09:18:49 am »
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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1288 en: 19 de Abril de 2023, 07:46:33 am »

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1289 en: 19 de Abril de 2023, 10:08:29 am »

Sánchez anuncia 4.000 millones para financiar 43.000 viviendas de alquiler social asequible


Por Virginia Sarabia
19 de abril de 2023, 09:57

Esas 43.000 viviendas se sumarán a las 50.000
que ya ha anunciado que movilizará de las SAREB.
  :pen:

Serán financiadas creando una nueva línea del ICO de 4.000 millones de euros con los fondos europeos. "Vamos a hacer del acceso a la vivienda un derecho y no un problema", ha declarado Sánchez.

EUROPA PRESS El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado hoy la financiación de 43.000 viviendas destinadas al alquiler a precios asequibles, durante su comparecencia en el Parlamento para explicar las consecuencias de la guerra de Ucrania, la Reunión de Alto Nivel con Marruecos y el último Consejo Europeo.

Durante su intervención, en la que ha presumido de crecimiento económico, creación de empleo y tasa más baja de inflación en Europa, ha señalado que estas viviendas serán tanto de nueva construcción como de rehabilitación. Serán financiadas creando una nueva línea del ICO de 4.000 millones de euros con los fondos europeos.

Así, ha dicho, estas 43.000 se sumarán a las 50.000 viviendas que ya ha anunciado que movilizará de las SAREB, y en total suman 93.000 viviendas.


Ha dicho que las condiciones serán que las viviendas cumplan con la eficiencia energética y sean de alquiler social o cesión de uso de al menos 50 años.

"Vamos a hacer del acceso a la vivienda un derecho y no un problema porque no hay nada más constitucional que la nueva ley de vivienda y convertir vivienda en el quinto pilar estado bienestar", ha remachado.


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1290 en: 26 de Abril de 2023, 18:28:52 pm »


Un juez autoriza a un gran propietario a abrir 120 pisos turísticos en un solo bloque de Barcelona


Las primeras viviendas para turistas propiedad de la inmobiliaria Gallardo ya se ofertan por casi 600 euros la noche para los conciertos de Coldplay de mayo

Oriol Solé Altimira

26 de abril de 2023 10:33h

Actualizado el 26/04/2023 14:36h
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Un gran propietario ha logrado autorización judicial para abrir 120 pisos turísticos en un solo bloque de Barcelona. La inmobiliaria Gallardo, propietaria del bloque afectado de la calle Tarragona de la capital catalana, ya ha empezado a no renovar los contratos de alquiler de los vecinos y a sustituir las viviendas por apartamentos turísticos.


La autorización judicial, adelantada por RAC-1 y El Periódico, impacta en una precampaña municipal en la que los temas estrella son los excesos de los visitantes en la ciudad, la búsqueda empresarial de los beneficios del turismo a costa del barcelonés de a pie y los precios por las nubes de los alquileres.

El bloque de la calle Tarragona sintetiza buena parte de los problemas de Barcelona: sustitución de vivienda residencial por turística debido a sus mayores beneficios, con la consecuente expulsión de vecinos y gentrificación de los barrios.


La inmobiliaria encontró una brecha para su objetivo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya anulara en 2019 el plan urbanístico de Ada Colau que prohibió la apertura de nuevos alojamientos turísticos en varias zonas de la ciudad.


Los motivos para tumbar el plan fueron meramente técnicos. Los magistrados, al contrario que los empresarios que recurrieron el plan, defendieron que regular los alojamientos obedece al interés general, ya que Barcelona es “exponente de las secuelas” del turismo en los vecinos. Sin embargo, anularon la normativa porque el Ayuntamiento no calculó el coste de desarrollarla ni cómo financiarla.

En general, los propietarios y hoteleros buscaron sortear el plan hotelero impulsando pisos de lujo, alquileres para extranjeros, viviendas y oficinas. La inmobiliaria Gallardo, por contra, entendió que la sentencia del TSJC era una brecha que le permitía abrir los pisos turísticos.

Pese a que el Ayuntamiento recurrió la sentencia del TSJC ante el Tribunal Supremo y, en paralelo, redactó un nuevo plan para vetar la apertura de hoteles, la inmobiliaria Gallardo pidió las licencias para abrir pisos turísticos. En un primer momento, el Ayuntamiento las denegó, pero la propiedad recurrió a la Justicia, que le dio la razón en verano.


En los últimos meses, la inmobiliaria ha dejado de renovar los contratos de alquiler a los inquilinos. Cada piso que quedaba vacío se tapaba con una plancha metálica, y a renglón seguido empezaban las obras para transformar la casa en un piso turístico. Los vecinos se quejan del ruido de las obras y de la previsible difícil convivencia entre los inquilinos que quedan y los turistas.

La inmobiliaria alega que todo el proceso ha sido legal. También será muy lucrativo: una vez complete la sustitución de viviendas residenciales por turísticas, la empresa podrá obtener hasta seis veces más beneficios con los alquileres. Para muestra, en los conciertos de Coldplay del próximo mes de mayo, los nuevos pisos turísticos de Tarragona 84 ya se ofertan por casi 600 euros la noche.


En declaraciones a la prensa, la teniente de alcaldía de Urbanismo, Janet Sanz, ha evitado la autocrítica y ha pedido “cambios normativos” a la Generalitat y al Gobierno central para combatir esta situación, como por ejemplo una normativa que permita revocar licencias turísticas si causan molestias a los vecinos. “No compartimos la decisión judicial, pero no la podemos recurrir, la realidad es la que es”, ha apostillado.


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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1291 en: 09 de Junio de 2023, 06:58:13 am »


Una inmobiliaria de Murcia llama "roja" a una clienta que le pidió que cumpliera la ley de vivienda



Por Tremending - 08/06/2023
Alquilar un piso en España se ha convertido, en muchos casos, en un calvario. El problema no es sólo que el precio de los alquileres esté por las nubes o que haya que hacer prácticamente una yincana para cumplir todos los requisitos que piden los propietarios. Tampoco ayudan mucho las inmobiliarias. Les recomendamos que lean el articulo que llevamos este jueves en nuestra portada sobre las trampas de estas empresas para vulnerar la ley de vivienda y seguir cobrando comisiones al inquilino. También les recomendamos el post de Tremending que publicamos este pasado miércoles sobre los trucos de las inmobiliarias y los caseros para saltarse la ley de vivienda recientemente aprobada.

En este sentido, la asociación de consumidores Facua ha denunciado que 33 agencias inmobiliarias –que ella sepa– mantienen el cobro de honorarios al arrendatario camuflado como otros servicios. La ley de vivienda lo prohíbe. Público también ha detectado casos de propietarios que exigen al arrendatario sufragar el seguro de impago. No vamos a extendernos porque en el artículo que llevamos en nuestra portada –firmado por nuestro compañero Jairo Vargas– se explican detalladamente estos trucos.

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Javier Ruiz denuncia los trucos de inmobiliarias y caseros para saltarse la ley de vivienda

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Pero, a guisa de ejemplo, sí vamos a centrarnos en un caso que hemos visto en Twitter. Una tuitera denuncia lo que le ha ocurrido a una amiga suya que quería alquilar un piso en Murcia. Es un diálogo a través de Whatsapp. La tuitera adjunta los pantallazos y nosotros hacemos lo mismo, porque si se lo contamos no se lo van a creer.

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Una inmobiliaria que se niega a cumplir la ley de vivienda y que, además, presume de ello. Y no sólo eso: se permite llamar "roja" a la clienta por mencionarle dicha ley. Es tan lamentable que hasta Rubén Sánchez, la cara visible de Facua, se interesa por el caso y pregunta por esta inmobiliaria. La que se les viene encima.

Algún tuitero recuerda lo que dice la ley de vivienda, por si acaso se nos olvida.

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Por si alguno de ustedes se ven en una situación similar, Facua les recuerda que se puede interponer una denuncia ante las autoridades de consumo autonómicas solicitando una multa contra la agencia inmobiliaria por la vulneración de la normativa.


 

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1292 en: 17 de Junio de 2023, 07:20:57 am »
El Constitucional, a favor de la reforma de Montoro: no se aplica el IPC para pagar menos al vender casa


Paloma Martínez-Almeida
7 Junio 2023, 18:25
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre la famosa reforma fiscal del exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en la que se eliminaron los coeficientes de actualización, que permitían que quien vendiera una casa pudiera ajustar la ganancia obtenida a la realidad y pagar menos en el IRPF. Ahora el Constitucional echa un jarro de agua fría a los contribuyentes que hayan vendido una casa en 2015 y años posteriores al ratificar esta reforma fiscal.

La cuestión planteaba la duda de si el principio de capacidad económica del art. 31.1 CE exige que la ley tenga en cuenta la inflación para determinar el importe de las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de inmuebles, de modo que no se graven plusvalías puramente nominales en el IRPF. En el caso que da origen a la cuestión, la Agencia Estatal de Administración Tributaria había exigido el IRPF sobre la ganancia inmobiliaria aflorada en la transmisión de un inmueble adquirido en 1995 y enajenado en 2016, sin actualizar el valor de adquisición con arreglo al IPC entre ambos años. Con ello aplicaba la redacción del art. 35.2 de la Ley del IRPF dada por la Ley 26/2014, que suprimió los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los inmuebles vigentes hasta ese momento.

La sentencia parte de que lo planteado es un supuesto de inconstitucionalidad por omisión, que sólo puede entenderse producida cuando es la propia Constitución la que impone al legislador la necesidad de dictar determinadas normas de desarrollo constitucional y el legislador no lo hace. A continuación, recuerda la doctrina constitucional sobre el principio de capacidad económica, que se ha revitalizado recientemente en la STC 182/2021, por la que se declaró inconstitucional el sistema de cálculo de la base imponible del impuesto de plusvalía municipal. Dicho principio no solo exige que todo tributo recaiga sobre un presupuesto de hecho revelador de capacidad económica, sino que, además, demanda que la obligación tributaria se cuantifique conforme a ella. Ahora bien, en este segundo aspecto el legislador dispone de un amplio margen de libertad para concretar la cuantía del tributo, conforme a criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

En relación con los ajustes por inflación, el TC ya desestimó en un precedente, referido al impuesto sobre la plusvalía municipal, que este debiera calcularse en todo caso teniendo en cuenta la inflación. En aquel caso aseguró que el principio nominalista es coherente con el orden constitucional y que solo en “situaciones extremas” de inflación “especialmente aguda” sería exigible al legislador actuar para evitar que la erosión inflacionaria afecte negativamente al principio de capacidad económica. El Tribunal considera que la situación económica previa y posterior a la reforma de 2014, con una inflación media del 2,37% anual para el periodo 2004-2014 y del 1,80% anual para el periodo 2014-2023, se halla muy lejos de poder calificarse como “extrema” o “especialmente aguda”.

 Asimismo, subraya que la norma enjuiciada no puede analizarse de forma aislada, sino en conjunto con el resto de las disposiciones del IRPF, que ya dispensan un tratamiento preferencial a las ganancias inmobiliarias frente a otras rentas, ya que tributan a tipos inferiores a las rentas salariales o empresariales y además gozan de determinadas exenciones cuando provienen de la vivienda habitual.

La sentencia concluye que del principio de capacidad económica no cabe inferir una obligación para el legislador de prever, siempre y en todo caso, la actualización del valor de adquisición de los inmuebles, singularizando las ganancias inmobiliarias mediante un específico ajuste a la inflación que no se aplica a ningún otro elemento del IRPF, ni en otros tributos que gravan también los incrementos patrimoniales, como la plusvalía municipal o el impuesto sobre sociedades. Se trata de una legítima opción de la que se podrá discrepar desde un punto de vista de oportunidad política o legislativa, pero que no supone un caso de inconstitucionalidad por omisión.

Los efectos de la sentencia del Constitucional sobre la plusvalía municipal
En opinión de José María Salcedo, abogado y Socio Director de Salcedo Tax Litigation, la sentencia del Tribunal Constitucional entierra las posibilidades de éxito de aquellos contribuyentes que, en los últimos meses, y al conocerse la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad, habían solicitado la rectificación de sus autoliquidaciones del IRPF, esperando un pronunciamiento favorable del máximo intérprete de nuestra Constitución. "Dichas solicitudes de rectificación serán obviamente desestimadas, teniendo en cuenta que el fundamento para solicitar la aplicación de coeficientes de actualización en las ganancias patrimoniales era la posible inconstitucionalidad del impuesto, por vulneración del principio de capacidad económica, algo descartado por el Tribunal Constitucional", zanja Salcedo.

Además, el Socio Director de Salcedo Tax Litigation considera que el fallo del Tribunal Constitucional podría tener incidencia directa, y negativa, en el impuesto de plusvalía municipal. Y es que en este impuesto se viene cuestionando el hecho de que, en el denominado método de cálculo "real", introducido por el Real Decreto - Ley 26/2021, tampoco se permita la actualización del valor de adquisición del terreno, al proceder a la comparación de las escrituras de adquisición y transmisión.

En su opinión, "Estamos ante un método de cálculo que no es tan real como lo pintan, ya que al no permitirse la actualización del valor de adquisición conforme al coste de vida, ni tampoco, la deducción de los gastos soportados en la adquisición y transmisión del terreno, realmente se acaba gravando un incremento de valor que es superior al obtenido".

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Constitucional podría echar al traste esta argumentación, desde el momento en el que, como se ha indicado, considera que no existe una obligación para el legislador de prever, siempre y en todo caso, la actualización del valor de adquisición de los inmuebles.

No obstante, en opinión de José María Salcedo, el hecho de que en plusvalía exista un método de cálculo específicamente diseñado para gravar el incremento de valor del terreno realmente obtenido (frente al otro método, objetivo), podría suponer una mayor exigencia por parte del legislador para que dicho método responda a su finalidad, lo que pasaría por permitir la actualización del valor de adquisición.

En qué consistían los coeficientes de actualización que ahora ratifica el Constitucional
Hasta el 1 de enero de 2015 la Ley del IRPF permitía que el vendedor de una casa pudiera actualizar el valor de compra de la casa y así reducir la ganancia y tributar menos en el IRPF por la ganancia patrimonial.

José María Salcedo recuera que, para entender bien la problemática que se plantea, hay que tener en cuenta que el artículo 32.5 de la Ley del IRPF, antes de su modificación por Ley 26/2014 (entrada en vigor el 1-1-2015), disponía que “El valor de adquisición a que se refiere el apartado anterior se actualizará, exclusivamente en el caso de bienes inmuebles, mediante la aplicación de los coeficientes que se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.”

“Dichos coeficientes de actualización se aplicaban sobre el valor de adquisición, sobre las inversiones y mejoras realizadas en la vivienda, que incrementaban dicho valor de adquisición, y sobre las amortizaciones”, señala Salcedo.

Estos son, a título de ejemplo, los coeficientes de actualización que pudieron aplicar los contribuyentes que vendieron una casa en 2014.

Así, un contribuyente que transmitió en 2014, por 200.000 euros, un inmueble adquirido en el año 2000, por 100.000 euros, pudo computar en su IRPF un valor de adquisición de 125.600 euros (100.000 x 1,2560), y reducir así, notablemente, la ganancia patrimonial a declarar.


Esto significa que, una vez desaparecen los coeficientes de actualización, aquellas personas que hayan vendido una casa después de 2015 han tributado en el IRPF por la diferencia entre el valor de adquisición y transmisión sin un coeficiente que compense el aumento del coste de la vida. Esta situación choca con la de los españoles que residen en Vizcaya, que no han visto mermado su derecho a aplicar estos coeficientes. El artículo 45.2 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del IRPF, dispone que “el valor de adquisición a que se refiere el apartado anterior se actualizará mediante la aplicación de los coeficientes que se aprueben reglamentariamente, atendiendo principalmente a la evolución del índice de precios del consumo producido desde la fecha de adquisición de los elementos patrimoniales y de la estimada para el ejercicio de su transmisión. Los coeficientes se aplicarán de la siguiente manera: a) Sobre los importes a que se refieren las letras a) y b) del apartado anterior, atendiendo al año en que se hayan satisfecho. b) Sobre las amortizaciones, atendiendo al año al que correspondan.”

Por tanto, los contribuyentes residentes en Vizcaya sí pueden actualizar el valor de adquisición de los inmuebles vendidos o donados, reduciendo así la ganancia patrimonial a declarar. Y ello, frente a la imposibilidad de llevar a cabo dicha actualización, padecida por los contribuyentes residentes en territorio común.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1293 en: 25 de Junio de 2023, 08:16:30 am »
Encerrados en sus casas en Madrid: «Si no me ponen un ascensor, me voy»


Casi nueve de cada diez edificios de Madrid necesitan eliminar barreras arquitectónicas para hacer más accesibles sus espacios comunes

IURI PEREIRA

Madrid

25/06/2023 a las 04:21h.


Cuando por fin llega a su cuarto piso sin ascensor de la calle de Ribadesella, Silvia está exhausta. «Realmente es un quinto porque el bajo también tiene escaleras», corrige sofocada. Abdul, un frutero de la zona, ayuda a subir una bolsa a rebosar de verduras y hortalizas y espera frente a la puerta. Deja el encargo y se va, quién sabe si a seguir con un reparto que es más bien un servicio social, de atención a los necesitados. Silvia tiene 63 años y hace solo unas semanas que regresó de Kenia a su casa de la infancia, en el barrio de Simancas. Pero las piernas de ahora no son ya las de antes, y las fuerzas no resisten ir escalera arriba, escalera abajo como entonces: «Si no me ponen un ascensor, me voy a tomar por saco».

Esta barriada popular del distrito de San Blas la componen bloques de media y baja altura, de hasta cuatro o cinco pisos. Sus edificios de ladrillo visto, construidos en tiempos de blanco y negro, no resisten la más mínima prueba de accesibilidad, aunque tampoco estaban pensados para eso. San Blas se levantó a finales de la década de los 50, al igual que otros barrios obreros promovidos por el franquismo, para acoger a la inmigración rural que llegaba a la ciudad. El problema, ahora, es que arrastra algunas de esas deficiencias, como los escalones y la ausencia de ascensores y rampas, pero esta vez con una población mucho más envejecida.

Sentado en un banco de la calle de los Hermanos García Noblejas, Paco reposa a la sombra. Cumplirá en seis meses 90 años, después de toda una vida dedicada a la panadería. Vive en un primer piso sin ascensor; no es mucho lo que tiene que subir, dice, «pero ya me cuesta, sí». Explica a este diario que «algún vecino» ha tenido que mudarse, como también lamentan otros residentes de la zona. «Los mayores que adquieren con el paso de los años una discapacidad de movilidad reducida se ven muchas veces encerrados en sus casas o, en otros casos, tienen que abandonar sus domicilios porque no pueden seguir viviendo en ellos», aclara Óscar Moral, presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en la Comunidad de Madrid.

La plataforma cifra en un 70% los inmuebles de propiedad horizontal que son inaccesibles para personas con movilidad reducida, y un reciente informe de la Fundación Mutua de Propietarios eleva hasta un 87% los edificios que necesitan realizar algún tipo de actuación para mejorar su accesibilidad.

Demasiados obstáculos

Todavía son muchas las barreras arquitectónicas que imposibilitan que estas personas puedan entrar y salir libremente de sus domicilios: escalones en el acceso al portal, presentes en uno de cada cuatro edificios, según el informe; un tramo de escaleras para llegar hasta el elevador, rampas con pendientes incomprensiblemente pronunciadas... «Estas personas llegan a sentirse secuestradas en sus propios edificios, de donde sólo pueden salir esporádicamente, cuando tienen una cita médica o una urgencia», lamenta Moral.

Aunque los ascensores representan la principal y más urgente exigencia del sector de la discapacidad —el 14% de los edificios de viviendas comunitarios en la Comunidad de Madrid no dispone de ascensor—, los porteros automáticos inaccesibles desde una silla de ruedas en el 58% de los casos, el peso de las puertas —el 54% pesa demasiado— y los buzones inalcanzables en dos de cada tres edificios, según el estudio de la Fundación Mutua de Propietarios, son barreras arquitectónicas que aún lastran la convivencia de las más de 210.000 personas con discapacidad que viven en la ciudad de Madrid.

Desde Cermi plantearon durante la tramitación de la nueva Ley de Vivienda una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal para que las obras de accesibilidad se contemplaran como las de estabilidad, seguridad y estanqueidad, «un asunto fundamental para solucionar esta situación». En la actualidad, las obras que cuestan menos de 12 cuotas mensuales por vecino son obligatorias; es decir, no necesita el voto de la mayoría de los vecinos. Aquellas que superan esa cuantía, en cambio, requieren la aprobación por parte de los vecinos, o que el que solicita la obra pague el coste por encima de las 12 mensualidades de derrama.

Para la plataforma, «ahí radica la situación de dificultad», porque quedan excluidas de esa obligatoriedad las obras de cierta envergadura como son los ascensores. Con la negativa del Gobierno a reformar la Ley de Propiedad Horizontal «se ha perdido una gran oportunidad. Una ley que pretende garantizar el derecho a la vivienda a los ciudadanos se ha olvidado de la ciudadanía con discapacidad», lamenta el presidente de Cermi en Madrid.

Obras costosas

En cualquier caso, Óscar Moral reconoce que realizar obras de cierta envergadura es «un tema complejo» para comunidades de propietarios en una situación dificultosa, para los que «hay que establecer más líneas de ayudas, lógicamente, para que se puedan financiar y subvencionar esas obras de accesibilidad». En la Comunidad de Madrid, adaptar todos los edificios de viviendas costaría una media de 756 euros por hogar, según el estudio de la Fundación Mutua de Propietarios. El coste se dispara en las actuaciones de gran envergadura en comunidades de propietarios pequeñas.

En Simancas, la arquitectura de muchos de los edificios complica la instalación de los ascensores. El espacio es muy reducido y las obras obligarían a quitar metros cuadrados a las viviendas o a invadir una acera ya de por sí minúscula. Paloma, vecina del barrio, se niega a aceptar un acuerdo, pese a tener una prótesis, porque el importe ascendería a 500 euros mensuales durante tres años. «Vivo en un bajo y me da igual», aclara. Al otro margen de la calle de los Hermanos García Noblejas, algunos edificios empiezan a lucir ya elevadores a pie de calle. Otros, todavía se resisten. Y para los morosos, «si no pagan la mensualidad, se les quita la llave», comenta una residente.

LOS NÚMEROS DE LA ACCESIBILIDAD EN MADRID
210.000
El Ayuntamiento de Madrid, que concede ayudas de accesibilidad a través del Plan Adapta, cifra en más de 210.000 las personas con discapacidad que viven en la ciudad.

87 por ciento
Un informe de la Fundación Mutua de Propietarios apunta a que el 87% de los edificios de viviendas necesitan realizar obras para eliminar barreras arquitectónicas.

756 euros
El estudio de la Fundación Mutua de Propietarios calcula que hacer accecibles los inmuebles de la Comunidad de Madrid costaría una media de 756€ por hogar.

14 por ciento
En torno al 14% de los edificios de viviendas comunitarios no disponen de ascensor; y uno de cada cuatro tiene escalones en el acceso al portal, según el informe.

En opinión de los expertos técnicos, esas cifras flagrantes de falta de accesibilidad son un recordatorio más de que la ciudadanía «no está concienciada en esta cuestión ni en otras de gran calado que van a exigir grandes cambios a medio plazo», asume Francisco Javier Méndez director del Gabinete Técnico del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid. Para Méndez, una auditoría del estado de los edificios madrileños «es la mejor forma de estar preparados» para la 'revolución' técnica y económica que viene. Eso pasa, «como mínimo», por que el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) se exigiese a los 30 años de antigüedad «para agilizar la mejoría de nuestro parque inmobiliario». «No habrá sostenibilidad real si no se alcanza la accesibilidad universal o, al menos, una adecuación efectiva a la misma», resume tajante.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1294 en: 13 de Julio de 2023, 13:43:49 pm »
A alguien le queda la más mínima duda de que los jueces librarán a los bancos de devolver un sólo euro?

Los bancos pueden estafar libremente porque la justicia nunca los condenará.


El TJUE deja en punto muerto la nulidad del IRPH para un millón de hipotecados y traspasa la decisión a los jueces españoles

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1295 en: 22 de Julio de 2023, 07:44:08 am »
Cuando conocí la sentencia pensé...van a devolver cabezas de p...a

El Supremo 'salva' al TC y libra a los ayuntamientos de devolver 1.000 millones por las plusvalías


Evita abrir un conflicto institucional con el TC y avala que los ayuntamientos no devuelvan la plusvalía al alud de recursos entre que se conoció el fallo que la anuló y se publicó en el BOE


Mercedes Serraller
Publicado: 21/07/2023 11:24

Actualizado: 21/07/2023 12:33

El uso de las notas de prensa para adelantar sentidos de sentencias y, en este caso, restringir derechos de los contribuyentes, ha sido avalado por el Tribunal Supremo (TS). En su esperada sentencia sobre la avalancha de pleitos que se presentaron entre el 26 de octubre de 2021 -cuando el Tribunal Constitucional (TC) publicó una breve nota en la que avanzaba que el Pleno había decidido anular la plusvalía municipal- y el 25 de noviembre de 2021, cuando finalmente se publicó la sentencia 182/2021 en el BOE, avala el proceder del TC y así evita abrir un conflicto institucional, y de paso ahorra a las arcas públicas cerca de 1.000 millones de euros.

Es lo que se jugaban los Ayuntamientos por esta polémica actuación del Constitucional. Se trata del último gran pleito sobre la plusvalía municipal una vez que el TC ha tumbado el recurso del PP contra el nuevo impuesto, en vigor desde el 10 de noviembre de 2021. En una sentencia que juzga un caso que afecta al Ayuntamiento de Cabra (Córdoba), de la que es ponente José Antonio Montero y que no tiene votos particulares, el Supremo justifica su aval a una decisión del TC que "sacrifica derechos básicos y fundamentales" en salvaguardar las arcas públicas.

El Supremo argumenta que no es inhabitual que el TC limite el alcance de recursos y que ya ha dictado sentencias que lo avalan. Con todo, advierte de que establecer efectos prospectivos acarrea problemas y que suele justificarse en un quebranto de la seguridad jurídica que aquí no concurriría porque eran muy conocidos los problemas de constitucionalidad del impuesto. El TS subraya que esta decisión del Constitucional y su propia sentencia se dirigen a preservar a las arcas públicas de un importante golpe, aunque el TC no lo explicite.

"El establecimiento de efectos prospectivos acarrea numerosos problemas, y las posibles soluciones se complican, puesto que en definitiva se parte de una norma que es nula por ser contraria a la Constitución, esto es, normas que nunca debieron existir y nunca debieron de producir efectos, creándose la insólita situación de seguir produciendo efectos normas inexistentes, creando agravios constitucionalmente difícil de explicar y acoger, desde la perspectiva del derecho a la igualdad y a la tutela judicial efectiva. Con todo, en dichos pronunciamientos late un denominador común, evitar el riesgo cierto de crear situaciones gravísimas para el interés común y la Hacienda Pública, con quebranto del principio de seguridad jurídica, teniendo presente un dato, que la doctrina europea ha utilizado en estas ocasiones, cual es el de la impredicción de la futura declaración de inconstitucionalidad -o de ser la norma nacional contraria al Derecho europeo-; sucede, sin embargo, que este no es el caso, los problemas de inconstitucional de la norma ya fueron detectados desde antiguo", advierte la sentencia, que pasa a enumerar los fallos del propio TC que así lo plantearon.

"Ante tal estado de cosas, una sentencia prospectiva como la que nos ocupa, con los múltiples problemas jurídicos que plantean, en detrimento de la certeza y seguridad jurídica que debe guiar las relaciones entre el contribuyente y la Hacienda Pública, a nuestro modo de ver, sólo puede tener como apoyo intereses públicos de mayor protección, aún cuando no se recojan expresamente en la citada sentencia cuáles han sido los tenidos en cuenta para sacrificar otros principios que se antojan también básicos y fundamentales", añade.

El pasado 18 de enero, el Supremo admitió a trámite el recurso planteado por el Ayuntamiento de Pontevedra contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso de dicha provincia, que estimó el recurso de un particular planteado contra una liquidación impugnada el 5 de noviembre de 2021. El Juzgado consideró, en una interpretación sistemática de la Constitución (artículos 24 y 164) y de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (artículo 38.uno), que la limitación de efectos de la sentencia no podía operar antes de su publicación en el BOE.

Mientras unos Juzgados consideraban que la sentencia del TC 182/2021 sólo puede aplicarse desde su publicación en el BOE (algunos de Madrid, Girona, Pontevedra y Valencia), otros (los de Elche, Málaga, Jaén, Salamanca, Santander y Murcia) entendían lo contrario.

La realidad es que fueron miles los procedimientos que se plantearon entre el 26 de octubre y el 25 de noviembre de 2021, muchos planteados antes incluso del 3 de noviembre, fecha en la que se dio a conocer el texto completo de la sentencia.

Alud de recursos
Pero lo que se dirime en el Supremo es el periodo entre 26 de octubre y 25 de noviembre, en el que se presentó un alud de recursos, con un coste estimado de cerca de 1.000 millones, traslada Manuel Esclapez, director responsable de Imposición Local y Catastro de PwC Tax & Legal, y miembro del Grupo de expertos en Haciendas locales y valoración catastral en la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).

El cálculo parte de los 2.500 millones que recaudaba la plusvalía al año, que suponen por los últimos cuatro años no prescritos unos 10.000 millones. De estos, podían reclamar los contribuyentes de Ayuntamientos con autoliquidación, lo que estima que afecta a más del 50% (entre ellos, los de Madrid y Barcelona), y supone unos 6.000 millones. Y recurrieron cerca del 20%.

Al menos, con la admisión de la casación se impidió la imposición de costas que algunos juzgados, "sin el menor rubor, se atrevían a imponer pese a lo controvertido del tema", remacha Esclapez.

Juan Ignacio Gomar, de la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local, ha puesto el foco en el conflicto que el caso podía abrir entre el TC y el TS. El Constitucional viene considerando que tiene la facultad de modular los efectos de las sentencias, como ha hecho en la de la tributación conjunta en el IRPF en 1989 y en las tasas judiciales. "El TS tiene que pronunciarse sobre este caso que le han planteado, pero supone juzgar una facultad que sólo tiene el TC", ha subrayado. Ha habido más casos de este tipo, pero no tenían esta trascendencia económica.

Ha entrado en juego la cuestión de la validez de fijar una posición con efecto jurídico en una nota de prensa, lo que también hace de un tiempo a esta parte el TS, que Gomar ve trascendente y que atribuye a que estos altos tribunales no se fían de la seguridad del procedimiento y de que se produzcan filtraciones.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1296 en: 22 de Julio de 2023, 12:33:46 pm »
Estaba claro. . ..

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1297 en: 21 de Septiembre de 2023, 07:38:10 am »

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1298 en: 13 de Diciembre de 2023, 07:01:39 am »


El Constitucional avala prorrogar la suspensión de los desahucios a personas vulnerables


El magistrado conservador Ricardo Enríquez ha retirado su ponencia, que estimaba el recurso de inconstitucionalidad de Vox, al no contar con los apoyos suficientes para sacarla adelante.
     
Una mujer antes de ser desalojada del edificio Dignidad de Móstoles, a 17 de julio de 2023, en Madrid.
Una mujer antes de ser desalojada del edificio Dignidad de Móstoles, a 17 de julio de 2023, en Madrid. — Fernando Sánchez / EUROPA PRESS


MADRID12/12/2023 19:38 ACTUALIZADO: 12/12/2023 19:43
EFE
El Tribunal Constitucional ha rechazado la ponencia que declaraba inconstitucional la prórroga, hasta febrero de 2022, del decreto ley que suspendió los desahucios y lanzamientos a personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional durante el estado de alarma que traigan causa de un proceso penal.


Fuentes del tribunal de garantías han explicado a EFE que el magistrado conservador Ricardo Enríquez ha retirado su ponencia, que estimaba el recurso de inconstitucionalidad de Vox, al no contar con los apoyos suficientes para sacarla adelante.


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Ante esta situación, el presidente Cándido Conde Pumpido ha nombrado al magistrado Ramón Saéz para que elabore una nueva ponencia que rechace el recurso de Vox, que recurrió la ampliación de las medidas adoptadas por el Gobierno hasta el 31 de octubre de 2021, que fue prorrogado hasta febrero de 2022.

La Blanca, la dona de 78 anys que volien desnonar, saludant des del balcó de casa seva.
Paralizan el desahucio de Blanca, una vecina de Barcelona de 78 años que tenía una deuda de 177 euros
En marzo, el tribunal ya rechazó el recurso del PP contra el decreto ley vinculado al estado de alarma por la covid-19.


La sentencia, de la que fue ponente el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, señaló que era "una medida que responde a una finalidad de interés social, la protección de las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis generada por el coronavirus covid-19, que incide de forma mínima y temporal sobre el derecho de propiedad, incidencia que además podrá ser objeto de compensación económica".
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Enríquez proponía ahora un cambio de posición al estimar el recurso, porque consideraba que diferencia del caso anterior, habían cambiado las circunstancias ya que no estaba vigente el estado de alarma, explican las fuentes. No obstante, su posición no ha encontrado los apoyos y el tribunal rechazará también este recurso.

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Re: Viviendas e hipotecas
« Respuesta #1299 en: 24 de Enero de 2024, 16:58:36 pm »


CAIXABANK ES LA SEGUNDA MAYOR CASERA SOLO POR DETRÁS DE LA GENERALITAT VALENCIANA

Diez empresas privadas suman más de 8.500 viviendas alquiladas en la Comunitat Valenciana


23/01/2024 -
VALÈNCIA. Un total de 19.005 viviendas alquiladas en la Comunitat Valenciana tienen como caseros a megatenedores que acumulan más de 50 alquileres. En total son 75 empresas que son propietarias directas de las viviendas y que dependen, a su vez, de 59 grupos empresariales o administraciones.

Estas poco más de 19.000 viviendas suponen el 13,9% de las 136.332 que había alquiladas con fianza depositada en la Comunidad Valenciana en junio de 2023, según datos aportados a Civio por la Conselleria de Hacienda.

Más del 76% de estas 19.005 viviendas están en manos de solo diez megatenedores, entre los que se encuentran dos organismos públicos de vivienda, pero también CaixaBank, Banco Sabadell, Banco Santander, y los fondos de inversión estadounidenses Cerberus, Blackstone y TPG, además de la Sareb y el fondo inmobiliario estadounidense CBRE, a través de Nestar Residencial.

Cerca de la mitad de las 19.005 viviendas alquiladas por megatenedores son propiedad de entidades financieras, con Caixabank a la cabeza. Esta entidad bancaria, con 2.671 viviendas alquiladas, es la segunda mayor casera de la Comunidad Valenciana, solo por detrás de la administración pública autonómica, y la primera entre las empresas privadas. La mayoría de las viviendas que tiene alquiladas son propiedad directa de su filial Buildingcenter —2.010—. Le sigue Banco Sabadell, que se sitúa como el tercer mayor arrendador de la región con 1.350 alquileres.

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En cuanto a los fondos de inversión , el estadounidense Cerberus es el cuarto mayor casero de la Comunidad Valenciana, con 980 viviendas alquiladas. La gran mayoría —873— son propiedad directa de sus filiales Promontoria Coliseum Real Estate y Promontoria Coliseum Residential, ambas creadas por Banco Sabadell en 2019 y vendidas a Cerberus un año después a través de una sociedad con sede en Países Bajos.

Blackstone, por su parte, es el casero de 774 viviendas que son propiedad de cuatro empresas que controla a través de sociedades intermedias localizadas en Luxemburgo. Más de la mitad de estas viviendas —444— son de su filial Testa Residencial, una sociedad anónima cotizada de inversión inmobiliaria (socimi) que disfruta de ventajas fiscales, como la exención del impuesto de sociedades y la bonificación del 95% en transmisiones patrimoniales.

Otras 568 viviendas alquiladas son propiedad de Tempore Properties, otra socimi creada por la Sareb en 2017 para vender las viviendas que había comprado a los bancos afectados por la crisis de 2008, y que vendió al fondo de inversión estadounidense TPG en diciembre de 2021.

La Sareb acumula a su vez 732 alquileres y otros 139 son de empresas que actúan como cabeceras de grupos societarios que operan en varios sectores, como Inversiones Rimar, sociedad de la familia Aparici, dedicada al sector de la cerámica —57— o Proa Participaciones —61—, centrada en la gestión de vivienda protegida pero también en la construcción.

Una de cada tres viviendas alquiladas por megatenedores son del parque público
Según muestran los datos remitidos a Civio por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, a fecha de 11 de mayo la Generalitat Valenciana era la mayor casera de la región con un total de 5.611 viviendas alquiladas con fianza depositada a través de la Entitat Valenciana d´Habitatge i Sòl (EVHA). A ellas se suman otras 11.418 viviendas disponibles para ser alquiladas, tanto del parque autonómico de vivienda pública como de entidades privadas, como Criteria Caixa, pero que están gestionadas por la EVHA, según han confirmado a Civio desde esta entidad.

Pero a nivel municipal solo hay tres ayuntamientos que superan las 50 viviendas alquiladas. Alicante tiene 350 viviendas alquiladas a través de su Patronato de la Vivienda. Valencia suma 231 alquileres a través de la Societat Anònima Municipal Actuacions Urbanes (Aumsa), y Gandía 117 alquiladas directamente por el Ayuntamiento. A pesar de no aparecer en el listado de megatenedores de vivienda alquilada, desde el Ayuntamiento de Castellón han asegurado a Civio que cuentan con un parque público de 249 destinadas al alquiler de las que actualmente hay alquiladas 230 y tienen una lista de 300 familias a la espera de acceder a una vivienda de alquiler social.

Las viviendas de propiedad pública que aparecen en en el listado de megatenedores suman poco más de 7.000, una cifra que supone 0,12 viviendas por cada cien habitantes de la Comunidad Valenciana, cuatro veces menos que en la Comunidad de Madrid y la mitad que en Cataluña. Según denuncia un informe de Save the Children, la Comunidad Valenciana se sitúa a la cola de España en vivienda protegida por población y a la cabeza en aumento del precio del alquiler.

Metodología
Este artículo forma parte de una investigación en la que se ha solicitado, a través de los portales de Transparencia, la identidad y número de viviendas alquiladas de entidades jurídicas con más de 50 viviendas alquiladas a todas las comunidades autónomas en las que está regulado como obligatorio el depósito de fianzas de alquiler, replicando una solicitud de información inicial presentada ante la Comunidad de Madrid. En esta se reclamó información de los propietarios —particulares y jurídicos— con más de diez viviendas alquiladas, pero en el proceso llevado con la Agencia de Vivienda Social y el Consejo de Transparencia de Madrid se acordó limitar la información a las entidades jurídicas con más de 50 viviendas alquiladas en base a la Ley de Protección de Datos y al alto volumen de datos a tramitar.

En el caso de la Comunidad Valenciana, llevamos ocho meses intentando conseguir esta información. La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico remitió información sobre propietarios de más de 50 viviendas alquiladas con fianza depositada en régimen general a fecha de 11 de mayo y en régimen especial concertado a fecha de 5 de mayo. En comunicaciones posteriores con la conselleria a través del departamento de prensa, esta entidad ha advertido que en su registro figuran inmuebles en los que no se concreta el uso y que no están incluidos en el listado remitido a través de Transparencia. El número total de fianzas de régimen general ha sido remitido a Civio por esta misma conselleria, que no ha facilitado el dato correspondiente al régimen concertado. Hemos vuelto a pedir este dato a través del portal de Transparencia, pero el dato facilitado comprendía, de nuevo, únicamente el régimen general. Finalmente, el 19 de enero la entidad ha dado el dato de fianzas depositadas por régimen general a Valencia Plaza, medio con el que publicamos esta investigación.

La información sobre propietarios de más de 50 viviendas alquiladas remitida por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico incluye la denominación social, el número de viviendas y la suma de los importes de las fianzas depositadas. A pesar de que la información está limitada a las entidades jurídicas, en el listado aparecen tres personas particulares que tiene cargos en varias empresas inmobiliarias. Sobre las 230 viviendas que desde el Ayuntamiento de Castellón afirman que tienen alquiladas, desde la Entitat Valenciana d´Habitatge i Sòl señalan que solo les figuran en su registro 15, que “son antiguas y además no informan del tipo de uso”.

Desde Civio hemos buscado las sociedades de las que son dependientes las 15 entidades jurídicas incluidas en la información inicial a partir de los datos del Registro Mercantil español, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), de los registros mercantiles de otros países o entidades homólogas, en las cuentas anuales de estas empresas o en sus páginas web corporativas. Hemos identificado como sociedad matriz a los accionistas mayoritarios. También hemos apuntado si la sociedad matriz, la propietaria directa o alguna de las sociedades intermediarias son sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria (socimi) o sociedades de participación financiera luxemburguesas (soparfi) por ser los dos tipos de sociedades con beneficios fiscales más habituales entre las utilizadas por las empresas presentes en este listado.

 

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