Buenas!
Imagino que el tema este ya se habrá tratado, pero lo he estado intentando con el buscador y no doy con ello.
La duda es la siguiente, con el tema de plazos para las prescripción de faltas y sanciones disciplinarias, se aplica la Ley 4/92 LCPLCM o la 7/07 EBEP.
Gracias y saludos,