Ya esta claro que los policías de la BESCAM son funcionarios de carrera de la administración local, partiendo de este punto, me siguen surgiendo dudas en cuanto al convenio de financiación firmado entre los diferentes municipios y la CM, es decir, cuando los ayuntamientos convocaron las plazas de los policías de la BESCAM, ?estaban estas plazas recogidas en sus diferentes RPTs?, además, insisto en lo mismo, si por la razón que fuera la CM suspendiera la financiación de las BESCAM y los ayuntamientos dejaran de recibir los fondos con los que, entre otras cosas, pagan a los policías de las BESCAM, y teniendo en cuenta que hay cuerpos de policia que ha triplicado sus plantillas, ?podrían los ayuntamientos soportar un gasto que no estaba presupuestado?. Hay que saber que la Ley 30/992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común recoge las diferentes situaciones administrativas de los funcionarios entre otras las siguientes:
EXPECTATIVA DE DESTINO
? Situación transitoria.
? Sin puesto asignado.
? Retribuciones: básicas más complemento de destino del grado personal consolidado o en proceso de consolidación en caso de no tener ninguno reconocido y el 50% del complemento específico del puesto que desempe?aba.
? Obligaciones: aceptar destinos de características similares en la misma provincia, participar en concursos puestos similares y cursos de capacitación.
? Período máximo: un a?o. Tras lo cual pasa a excedencia forzosa.
? A los restantes efectos, se equipara a servicio activo.
EXCEDENCIA FORZOSA
? Procede cuando el funcionario se queda sin puesto y no puede reingresar por causas objetivas, independientes de su voluntad (reforma de RPT, plazo máximo de expectativa de destino...)
? Situación provisional.
? Si se está en expectativa de destino procede:
? Transcurrido el a?o.
? Incumplimiento de las obligaciones.
? Retribuciones: básicas y prestaciones familiares por hijo a cargo.
? Obligaciones: aceptar destinos adjudicados con carácter provisional en puestos similares, participar en concursos puestos adecuados a grupo y sector y cursos de capacitación que se lo ofrezcan.
? El tiempo se computa a efecto de derechos pasivos y trienios.
? Se puede ejercer trabajo sólo en el sector privado.
? Se pasa a:
? Excedencia voluntaria automática si desempe?a puesto de trabajo en el sector público.
? Excedencia voluntaria por interés particular si incumple las obligaciones.
De estas situaciones administrativas se desprende que determinados funcionarios que, por la razón que sea, pierden su plaza por un cambio en la RPT pasan a alguna de estas situaciones administrativas, por todo ello me siguen surgiendo dudas, a mi modo de entender razonables, puesto que entran dentro de lo posible, de que si los ayuntamientos pierden la financiación de la CM podria ocurrir que, si las plazas de sus policias de la BESCAM no están recogidas en su RPT o si el pleno decide que, por falta de presupuesto, hay que cambiar la RPT para volver a reducir la plantilla a un tama?o más acorde a sus presupuestos, determinados funcionarios podrían pasar a cualquiera de estas situciones administrativas y esto es un asunto lo suficientemente serio ya que afectaría a muchos compa?eros y a sus familias, por ello recordar lo de Fresno del Torote, cuyo pleno del ayuntamiento decidió, simplemente, que no necesitaba cuerpo de policía local y simplemente decidió suprimirlo.