Hola, en la comunidad valenciana esta regulado en el Decreto 5/2002 de 8 de Enero del Gobierno Valenciano. A destacar que tienen que solicitar la actividad con tres meses de antelacion, es decir entregar la documentacion en el Ayto tres meses antes de la actividad. y deben de entregar oblitatoriamente.
A) Memoria descriptiva del tipo de actividad y uso al que se destinara la instalacion.
B) Memoria Tecnica constructiva y documentacion gráfica
C) Memoria de medidas contra incendios
C1) Compartimentacion
C2) Evacuacion
C3) Se?alizacion de salidas e iluminacion de uso
C4) comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos
C5) instalaciones de proteccion contra incendiso
C5.1) Extintores
C5.2) Bocas de incendio o sustitucion por cubas con motobomba
C6) calculo de la carga de fuego ponderada
D) Memoria de instalaciones electricas y documentacion grafica
E) instalaciones sanitarias
E.1....) Unas cuantas cosas mas sobre los botiquines y si hay enfermeria
F) certificado de medidas correctoras
G) Certificacion relativa a elementos estructurales mecanicos
H) Documentacion Grafica
I) plan de evacuacion.
Ademas de todo esto, Proyecto de actividad suscrito por técnico competente y visado por su colegio profesional, en el que se justificara el cumplimiento tanto de lo se?alado para el grupo de actividades inocuas como las medidas de seguridad, higiene, comodidad y aislamiento acustico exigidas por la legislacion vigente.
Tambien el certificado de homologacion de las instalaciones (esa ITV que pasan)
LOs tecnicos municipales en 5 dias emiten informe, si se otorga la licencia, se solicita al ayto el acta de comprobacion favorable, y junto a esta solicitud se acompa?a certificacion del tecnico director de las instalaciones, visada por su colegio profesional, en la cual especifique que las mismas son conformes a las licencias que las amparan, y asi como tambien que las medidas correctoras (si las hubiere) estan correctas. Tambien es en este punto donde se aporta la documentacion del seguro, y se abona la fianza que fije el ayto . Por cierto este seguro debe de ser contra incendios y de responsabilidad civil.
Es decir que cuando pasamos nosotros los pobres polis locos.. pues si tienen la licencia es que han pasado todo el filtro y tienen todo en regla. Pienso que en ningun caso somos nosotros los responsables de dichas actividades, otra cosa es que el ayto haga las cosas en condiciones y de las licencias o realice todos lso pasos, pero eso es otro cantar. Y si algun dia pasa algo grave ( como esta pasando por desgracia), fumara al que le toque.
Asi que a la pregunta inicial de que documentacion le debemos de solicitar, pues muy facil, la autorizacion municipal unicamente. El resto ya lo deben de haber entregado.
Un salu2