Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 360563 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1600 en: 10 de Diciembre de 2014, 06:16:11 am »
CCOO denuncia represalias contra el policía que multó al senador

Fuentes de la Policía Local desmienten tales hechos y aseguran que el agente se negó "hasta en tres ocasiones" a cumplir una orden verbal el día del temporal. La pedía por escrito.
L.C., S/C de Tenerife
10/dic/14 01:04


El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) aseguró a este periódico que el agente que multó y ordenó que se llevara la grúa el coche del senador está sufriendo represalias por este asunto.

Fuentes del sindicato explicaron que al policía se le ha abierto un expediente disciplinario por desobedecer una orden "cuando obedeció", afirmaron.

Los hechos se remontan a la declaración de alerta máxima el pasado 21 de noviembre, cuando un superior ordenó al agente que se desplazara a la zona del Macizo de Anaga para reforzar el servicio. El policía pidió que le dieran la orden por escrito, argumentando que lo pedía por indicación del sindicato, porque le estaban destinando a una unidad diferente de la que figuraba en el Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

CCOO aseguró que el agente no se negó a cumplir la orden y que, de hecho, la cumplió. El sindicato explicó que el derecho a pedir las órdenes por escrito si existe alguna duda con las mismas está recogida en la Ley de Coordinación de Policía Locales.

Por este motivo, y porque la orden fue cumplida por parte del agente, el sindicato vincula el expediente al malestar que causó entre las altas esferas del cuerpo que se filtrara que el senador había retirado su coche del depósito sin pagar la multa. "Es una excusa para expedientarlo", afirmaron, para añadir que tienen constancia de que la orden se dio "a gritos".

Por su parte, la Policía Local dijo que "no consta en los registros de la policía, hasta ahora, queja alguna o denuncia por represalias de ningún agente en relación a los hechos planteados".

"Aun así, la Policía Local desmiente que haya existido represalia a un agente por el servicio policial que supuso la retirada de un vehículo" del senador mal aparcado, añadieron.

En este sentido, fuentes de la Policía Local explicaron que el agente en cuestión "se negó, hasta en tres ocasiones, a cumplir la orden de reforzar a los compañeros destinados en Anaga".

"Hay que recordar que los agentes deben cumplir las órdenes de sus superiores, incluidas las verbales", argumentaron.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1601 en: 10 de Diciembre de 2014, 18:44:47 pm »
sanciones de hasta tres meses de suspensión

Expedientados tres policías forales por el robo en el juzgado



Se les ha abierto un expediente disciplinario por una supuesta falta grave por incumplimiento del servicio

Miércoles, 10 de Diciembre de 2014 -

Pamplona - La Policía Foral ha incoado un expediente disciplinario a los tres agentes que se encontraban de servicio el día que un individuo se coló en el Palacio de Justicia de Pamplona y robó material informático y otros efectos de las dependencias de uno de los juzgados. La información reservada elaborada por la División de Régimen Interno de aprecia indicios de la comisión de una falta grave por incumplimiento de las obligaciones del servicio, que es susceptible de ser sancionada con hasta tres meses de suspensión de funciones (empleo, sueldo y antigüedad) o cambio de destino.

Los hechos ocurrieron el pasado 4 de septiembre cuando un vecino de la localidad guipuzcoana de Lasarte-Oria, I.L.T., de 43 años, detenido días después por la Ertzaintza por un delito de tráfico de drogas, se introdujo en el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pamplona, situado en la cuarta planta, y sustrajo un ordenador, un fax, varios sellos, unas gafas y material de oficina, entre otros objetos, y abandonó el edificio por el arco de seguridad de la entrada sin que los agentes de la Policía Foral encargados de la seguridad se percataran de ello.

A raíz del suceso, la jefatura del Cuerpo autonómico ordenó la apertura de una información reservada que ha concluido recientemente con la apreciación de indicios de la comisión de una falta de carácter grave por parte de los tres policías que trabajaban ese día en la sede judicial, lo que conlleva la apertura de un expediente disciplinario que afecta a los tres funcionarios. El instructor del mismo elevará una propuesta de sanción al director general de Interior, que puede oscilar entre 9 y 90 días de suspensión de empleo y sueldo, tres meses de suspensión de funciones o incluso cambio de destino. - J.M.S.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1602 en: 14 de Diciembre de 2014, 09:29:05 am »
Anulan la sanción a un policía por no recoger una denuncia de violación
gABRIEL GONZÁLEZ. Pamplona   

    ​El agente afirmaba que a él le hablaron de un robo y la sentencia del juez destaca que existen dudas acerca de lo ocurrido

14/12/2014 a las 06:00

Un juez ha anulado la sanción de 22 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a un policía foral por no recoger una denuncia sobre violación y malos tratos que querían poner dos mujeres.

El agente alegó que a él le hablaron de un robo y que por eso las derivó a las oficinas de la Plaza del Castillo, donde se atienden las denuncias generales.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1603 en: 01 de Enero de 2015, 15:31:54 pm »



Los miembros de la Policía Local reciben una curiosa felicitación navideña de la alcaldesa


Los Delegados Sindicales consideran que "la Alcaldesa intenta imponer una vez más su totalitaria figura infundiendo el miedo y la ley del silencio"

Durante el día de hoy, lunes 29 de diciembre, los miembros de la Policía Local de la Jefatura de Totana han ido recibiendo una notificación dictada por la Alcaldesa donde se resuelve abrir un expediente informativo con finalidad sancionadora, según informan los Delegados Sindicales de la Policía Local de Totana en un comunicado.

El motivo, la valla publicitaria con una felicitación navideña de 8x3 metros aparecida en la carretera de Mazarrón, junto a la estación de servicio Hermanos Baños, que pudo verse la mañana del día 11 de diciembre durante apenas un par de horas "hasta que fue finalmente saboteada por motivos que aún están por esclarecer".

Según recuerdan los sindicatos, "con motivo de las fiestas patronales y navideñas que tienen lugar en el mes de diciembre se podía leer en dicha valla 'Los miembros de la Policía Local desean felices fiestas a la primera Alcaldesa de Totanaaa!' De igual modo se intentaba recordar a la Regidora que los integrantes del Cuerpo siguen sin percibir el complemento de festividad y nocturnidad que arrebató a todos sus empleados municipales a mediados de 2012, por decisión dictatorial, y en contra de las votaciones de los Concejales Municipales de IU-Verdes y del PSOE, dilapidando un Derecho establecido en el Acuerdo Marco y Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Totana, así cómo en el Estatuto de los Trabajadores, intentando hacerlos a ellos responsables de la situación de bancarrota del Ayuntamiento de Totana, mientras miraba hacia otro lado ante los bárbaros derroches y graves casos de corrupción que habían ido azotando este municipio en los últimos años".

Según fuentes sindicales, en la notificación dictada por la primera Edil se acusa a los miembros de la Plantilla de haber cometido una "grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados". Intentando atribuir a los Policías una falta disciplinaria grave, ante una felicitación navideña cargada de buenas intenciones. Por lo que los Delegados Sindicales consideran que "la Alcaldesa intenta imponer una vez más su totalitaria figura infundiendo el miedo y la ley del silencio ante los empleados públicos y servidores municipales".


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1605 en: 09 de Enero de 2015, 15:48:02 pm »


La alcaldesa abre expediente a la Policía Local por la 'postal' navideña

Con esta medida los sindicatos querían reivindicar el pago de nocturnos y festivos que el PP le quitó a la plantilla. Los agentes volvieron a trabajar Nochebuena, Navidad y Nochevieja sin cobrar complementos

J. G. B.
 
 TOTANA
 
9 enero 2015
01:04

Parece que a la Alcaldía totanera se le ha agotado la paciencia y el espíritu navideño con la Policía Local. La regidora popular, Isabel María Sánchez, abrió un expediente informativo a los agentes que componen la plantilla por la 'postal' que la pasada Navidad le dedicaron los sindicatos (UGT, CC OO y C-SIF). Lo hicieron a través de una valla publicitaria, ubicada en la carretera de Mazarrón, y en la que se podía leer: «Los miembros de la Policía Local desean felices fiestas a la primera alcaldesa de Totanaaa!».
 
El mensaje se colocó el 11 de diciembre y solo 24 horas después, la regidora notificó a cada uno de los 51 agentes la apertura de un expediente informativo. Lo hizo mediante correo certificado: «En relación con la posibilidad de que algún miembro de la Policía Local de Totana, funcionario de este Ayuntamiento, haya cometido una falta disciplinaria grave, consistente en 'grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados'».

En su resolución, Sánchez notificaba a los policías que el expediente se había iniciado «a fin de comprobar los hechos descritos», y con el objetivo «de determinar la procedencia de abrir expediente disciplinario a los miembros de la Policía Local que resulten responsables». De momento, los agentes están pasando uno a uno por la Secretaría Municipal para ofrecer su versión de lo ocurrido.

Desde el Ayuntamiento no quisieron este jueves valorar este nuevo desencuentro con la alcaldesa y tampoco quisieron detallar a qué sanción de empleo y sueldo se podrían enfrentar los presuntos responsables de la 'postal' navideña. Con esta medida los sindicatos querían reivindicar el cobro de los complementos por nocturnos y festivos que el PP le quitó a la plantilla en 2012. Durante la pasada Navidad, los agentes volvieron a trabajar Nochebuena, Navidad y Nochevieja sin cobrar complementos

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1606 en: 09 de Enero de 2015, 19:55:47 pm »
Esto no llega a ninguna parte . . . más que al cabreo de la señora Alcaldesa.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1607 en: 09 de Enero de 2015, 20:47:47 pm »
Lo que más la ha "fastidiado" es que la hayan recordado en su situación más famosa.....

https://www.youtube.com/watch?v=eTm26g72w94


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1608 en: 10 de Enero de 2015, 11:00:46 am »
UGT exige al Ayuntamiento que abra expediente a los cuatro policías locales condenados

    I. R.
    OVIEDO

10 enero 201500:27

El sindicato FSP-UGT exigió ayer al Ayuntamiento en un comunicado la apertura de expedientes disciplinarios a los cuatro agentes de la Policía Local condenados por injuriar a una compañera, a la sargento Mercedes García. Desde el sindicato recordaron que ante la sentencia firme del Tribunal Supremo, García presentó en octubre un escrito para que se tomaran los «efectos disciplinarios que proceda sobre los funcionarios policiales condenados».

Asimismo, con fecha 25 de noviembre de 2014 la Junta de Personal del Ayuntamiento aprobó una resolución dirigida al equipo de gobierno sobre la petición de apertura de expedientes disciplinarios a los cuatro funcionarios policiales. «A día de hoy el Gobierno municipal todavía no ha abierto los expedientes citados, y que son de preceptiva obligación para el Ayuntamiento, resaltando que la sentencia del Tribunal Supremo ya es de fecha 24 de septiembre de 2014», recriminó ayer el sindicato en un comunicado.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1609 en: 12 de Enero de 2015, 16:12:40 pm »
 Dos policías llevan suspendidos año y medio acusados de varios delitos

Asuntos Internos les imputa allanamientos de morada y detención ilegal, entre otros cargos. Los agentes lo niegan y alegan que el caso se basa en la palabra de delincuentes.

Fernando Pérez Ávila | Actualizado 12.01.2015 - 11:57



Las cruces al mérito policial que poseen los Policías suspendidos.

Algunas pintadas en las Tres Mil Viviendas contra los agentes.
 
Dos policías nacionales van a cumplir este mes de enero un año y medio suspendidos de empleo y sueldo bajo la acusación de varios delitos. Entre los cargos que se les imputan están los de detención ilegal, allanamiento de morada, robos con intimidación, falsedad documental y omisión del deber de perseguir delitos. La Unidad de Coordinación Operativa Territorial (UCOT) de Sevilla -que hace la función de un grupo de Asuntos Internos- les imputa estos cargos después de una investigación en la que los agentes de este grupo se han desplazado hasta la cárcel para tomar declaración a varios delincuentes que cumplían condena tras ser detenidos por los policías imputados.

Los dos funcionarios han negado todos estos cargos en reiteradas ocasiones y están a la espera de que el juzgado de Instrucción 20 de Sevilla concluya el proceso que los mantiene suspendidos. Tras prestar declaración voluntariamente ante la UCOT como imputados en mayo de 2013 y siguieron trabajando en sus puestos de trabajo durante dos meses más. En junio de ese año comparecieron ante la juez de Instrucción 20 y negaron todos estos cargos. Los agentes permanecen sin poder trabajar ni cobrar su sueldo desde julio de 2013, lo que les está provocando una situación desesperada, según informaron fuentes del entorno de estos dos funcionarios.

Se trata de un inspector y un oficial de la Policía Nacional con 20 y 22 años de servicio que, hasta su imputación, tenían un historial intachable. Los dos, de hecho, cuentan con cruces al mérito policial con distintivo rojo, la más alta condecoración que la Policía concede a un agente en vida. Además, tienen cada uno dos cruces blancas, entre otras condecoraciones. Uno de los policías estuvo incluso destinado en Afganistán y el trabajo de ambos en el pasado ha permitido esclarecer delitos importantes como atracos y homicidios, además de salvar alguna vida.

Ambos agentes han solicitado en reiteradas ocasiones que se les levante la suspensión y se les permita trabajar al menos hasta que finalice el proceso judicial en el que se encuentran inmersos. Argumentan que la juez que investiga el caso no ha tomado ninguna medida cautelar contra ellos, ni la Fiscalía así lo ha solicitado, y que la acusación se basa en la palabra de varios narcotraficantes de las Tres Mil Viviendas. Según alegan, Asuntos Internos les da más credibilidad a los delincuentes que a ellos, pero la Dirección General de la Policía siempre se ha negado a levantarles la suspensión.

La investigación de UCOT surgió a raíz de una denuncia presentada en octubre de 2012 por una vecina de las Tres Mil Viviendas, con múltiples antecedentes por delitos contra la salud pública, que aseguraba que un policía había entrado en su domicilio y le había robado 165 euros bajo amenazas. La mujer había sido detenida antes por este policía con 12 gramos de cocaína. A partir de esta denuncia, arrancó una investigación policial en la que se le pinchó el teléfono a los dos agentes y se les sometió a una serie de vigilancias y seguimientos.

La UCOT se basa en una llamada a las dependencias policiales de una persona que se identifica sólo por un apodo -del que no figuran en el sumario más datos- para imputar otro robo. Este denunciante dice que uno de los dos policías entró en su casa y le robó una pistola. Otro de los delitos que se les imputa es el de detención ilegal, después de que arrestaran a un atracador con una escopeta, pasamontañas, cajón de la caja registradora y una moto sustraída. El delincuente aseguró a UCOT que fue detenido en su domicilio y que además detuvieron y amenazaron a su pareja. Los policías siempre han mantenido que todo es una venganza por parte del atracador.

También se les acusa de allanamiento de morada, por irrumpir en domicilios particulares presuntamente sin órdenes de registro. En los tres casos que se les imputan, los denunciantes son delincuentes habituales de las Tres Mil Viviendas. En uno de ellos, uno de los arrestados aseguró que los funcionarios habían irrumpido en su domicilio para detenerlo porque llevaba ocho meses fugado de prisión, adonde no había vuelto tras un permiso. En esos ocho meses, el sospechoso secuestró presuntamente a un marroquí haciéndose pasar por un policía. UCOT sostiene que los policías falsearon el atestado para decir que el sospechoso fue detenido en la calle y no en su casa.

El cargo de omisión del deber de perseguir delito se basa en las frases tranquilizadoras que los policías dicen a unos delincuentes del barrio. Los agentes alegan que éstos eran sus confidentes y este tipo de frases forman parte del lenguaje entre un policía y su fuente de información. Los investigadores también cuestionan que los policías se dediquen a detener a reclamados fuera de su tiempo de trabajo, algo que los agentes admiten pero que no consideran que se trate de delito alguno.

Carta al director general y medidas de presión

Los policías suspendidos de empleo y sueldo han llegado a dirigirse por escrito al director general de la Policía para pedirles que les levante la suspensión, ya que les está acarreando importantes perjuicios tanto económicos como personales. Ambos han pedido volver a trabajar al menos hasta que se resuelva el proceso judicial, que va muy lento y en el que no se ha registrado ninguna novedad desde el pasado otoño. El proceso judicial sigue abierto en el juzgado de Instrucción número 20 de Sevilla. Los imputados han solicitado el archivo de la causa, pero la Fiscalía se ha opuesto. Fuentes del entorno de estos dos policías explicaron a este periódico que los agentes se están planteando poner en marcha algún tipo de medida de presión en los próximos días. Mientras tanto, la Jefatura se ha mantenido siempre en la misma postura y les ha negado reiteradamente la posibilidad de volver a trabajar.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1610 en: 13 de Enero de 2015, 09:22:40 am »

Los responsables de la Policía Local de Palma declaran como imputados por incoar un expediente administrativo a un agente

ene 12, 2015

El regidor de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Palma, Guillermo Navarro, y el comisario jefe de la Policia Local, Juan Mut, han sido citados a declarar este martes en calidad de imputados en relación a la incoación de un expediente administrativo a un agente del GAP (Grupo de Acción Preventiva de la Policía Local) a finales de 2014.

Cort valora esta circunstancia desde la prudencia y reafirma su máxima predisposición a seguir colaborando con la Justicia. El equipo de Gobierno esperará a recibir el auto judicial que le permita conocer los detalles de esta investigación que hoy se encuentra bajo secreto de sumario y, si bien respeta la presunción de inocencia, tomará medidas con la misma inmediatez y autoexigencia con la que ha actuado hasta hoy.

Por otra parte, el Ajuntament ha conocido hoy la práctica de varias detenciones en relación a la investigación de un presunto caso de corrupción policial que se remontaría a la pasada legislatura y que se encuentra también bajo secreto de sumario. El Ayuntamiento no ha sido informado oficialmente de estas detenciones.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1611 en: 21 de Enero de 2015, 18:31:41 pm »
Dos policías inician una huelga de hambre contra su suspensión

El SUP denuncia la "injusta sanción que sufren" desde hace 18 meses y cree que la Dirección General se ha extralimitado.

Dos policías nacionales inician este miércoles una huelga de hambre en protesta contra la suspensión de empleo y sueldo que pesa sobre ellos desde hace 18 meses. Los dos agentes están inmersos en un procedimiento judicial que comenzó a raíz de las denuncias de varios delincuentes y narcotraficantes de las Tres Mil Viviendas que habían sido detenidos previamente por ellos. La Unidad de Coordinación Operativa Territorial (UCOT) de Sevilla, que ejerce las funciones de Asuntos Internos, les imputa varios delitos, entre ellos el de entrar en las casas de los delincuentes sin órdenes de registro, el robo a narcotraficantes y detenciones ilegales. Los agentes han negado estos cargos tanto ante la Policía como ante la juez de Instrucción 20 de Sevilla, encargada del caso, y alegan que toda la investigación se basa en la palabra de delincuentes.

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) da a conocer este miércoles en una rueda de prensa la situación de los dos agentes, "ante la injusta sanción que sufren al extralimitarse la Dirección General de la Policía (DGP) en sus facultades de adopción de las medidas cautelares". En un comunicado emitido este lunes, el secretario general del SUP en Andalucía, José Antonio Beato, explica que se trata de "policías condecorados con la cruz al mérito policial con distintivo rojo, además de dos cruces blancas cada uno, en reconocimiento a los servicios efectuados durante su carreras profesionales".

El sindicato mayoritario apunta que los agentes -un inspector y un oficial- han sido imputados debido a "denuncias realizadas por personas a las que previamente habían detenido". "Es un hecho que la benevolencia de nuestra legislación, como estrategia de defensa, no sólo permite mentir a los acusados, sino que muchos de ellos, sin ningún fundamento, terminan denunciando a los policías sin que posteriormente tenga trascendencia alguna", expone el representante sindical.

El SUP añade que "lamentablemente, desde la DGP, en lugar de garantizar la protección jurídica de los funcionarios, se ha optado por vulnerar su presunción de inocencia hasta el extremo de que, sin haberse adoptado medida cautelar alguna en el ámbito judicial, la DGP, por propia iniciativa, los mantiene supendidos desde hace más de 18 meses". El sindicato recuerda que la suspensión "debe venir rodeada de especiales cautelas" y que vulnera el principio de presunción de inocencia recogido en la Constitución española.

Los funcionarios han solicitado el levantamiento de la suspensión "por ser desproporcionada e irrazonable y carecer a estas alturas del proceso de la más mínima justificación, toda vez que el retorno al puesto de trabajo no entorpece la instrucción". La nota del SUP explica que la DGP les contestó ocho meses después, cuando la ley establece un plazo máximo de tres.

El sindicato lamenta la "falta de rigor" y el "desprecio a los derechos" de los funcionarios. Además, la central sindical reprueba la "falta de criterio y garantías" para los policías que son suspendidos "mientras los políticos se mantienen aferrados a sus escaños sin dimitir de sus cargos".

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1612 en: 22 de Enero de 2015, 13:10:08 pm »
Suspenden de empleo y sueldo a un policía local al que requisaron archivos pedófilos

La Policía Nacional halló en el ordenador de su domicilio material relativo a menores y ha sido condenado por posesión y compra de pornografía infantil
 20.01.2015 | 10:02




El Caso
BRIGADA TECNOLÓGICA. Registros de viviendas de personas sospechosas
Los archivos pornográficos se hallaron en el ordenador del domicilio del policía, cuya ´IP´ fue localizada por la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, tras una comunicación de la Interpol. Se realizaron registros en domicilios de sospechosos, entre ellos, este policía

ADMINISTRACIÓN El Ayuntamiento abre un expediente tras la detención
El agente fue detenido en 2006 por un delito de pedofilia y el Ayuntamiento le abre expediente en 2009. Este parte administrativo se ha resuelto ahora cuando ha sido firme la sentencia que le condena.

SENTENCIA Prisión o una multa de un año a razón de seis euros diarios
El juzgado de lo Penal condenó en 2013 al agente a seis meses de prisión o a una multa diaria de seis euros durante un año, modalidad que eligió el agente.


 LOLA GARCÍA  Dos años de empleo y sueldo. Ese es el castigo que el Ayuntamiento, a través de la concejalía de Seguridad y Recursos Humanos, ha impuesto a un agente de la Policía Local, que fue detenido por miembros de la Policía Nacional como presunto autor de un delito de posesión y compra de pornografía infantil. El agente, que ha cumplido ya seis meses de suspensión administrativa, ha presentado un recurso de reposición al no estar de acuerdo con el fallo de la Administración local.

Según consta en el expediente que da lugar a la suspensión de empleo y sueldo, al que ha tenido acceso esta Redacción, el agente resultó condenado a seis meses de prisión o una multa durante doce meses a razón de seis euros diarios (opción esta última que eligió) por el Juzgado de lo Penal Número 6 de Murcia, en una sentencia dictada en 2013 y que posteriormente fue ratificada por la Audiencia Provincial.

Tras ese fallo de la Audiencia, el Ayuntamiento decidió reactivar el expediente disciplinario que se había interrumpido por estar el agente encausado y pendiente de sentencia. Una vez que la condena ya es firme, la concejalía de Seguridad y Recursos Humanos calificó de falta muy grave el delito cometido por el policía local e impuso una suspensión de dos años de empleo y sueldo, el máximo castigo previsto por la Administración local, explicó ayer la concejala de este departamento municipal, Nuria Fuentes, quien añadió que el agente ya estuvo seis meses suspendido, por lo que ahora deberá cumplir un año, cinco meses y once días.

El agente condenado por los archivos de pornografía infantil utilizaba una página web para comprar material relativo a menores de edad y almacenaba los archivos pornográficos en el ordenador de su domicilio, cuya IP fue localizada en una operación realizada por la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, tras una comunicación de la Interpol. Los efectivos de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado realizaron registros en varios domicilios de personas sospechosas, entre ellos, el de este policía local.

La concejala de Seguridad y Recursos Humanos del Ayuntamiento explicó que la Administración local le ha impuesto una sanción acorde con la sentencia dictada por los juzgados, que incluso le han ofrecido al condenado sustituir la pena de cárcel por una multa. Así, el policía local sancionado ha tenido que pagar más de dos mil euros, por el fallo del juzgado de lo Penal.

«El Ayuntamiento no puede expulsar del cuerpo a este agente porque los tribunales no le han inhabilitado, y esa decisión nos la tiraría para atrás un juez», explicó Fuentes.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1613 en: 26 de Enero de 2015, 10:48:42 am »
Citan este lunes al alcalde de Isla Mayor por sancionar a policía local "sabiendo de su injusticia"

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coria del Río ha dictado una providencia en la que cita este lunes en calidad de imputado al alcalde de Isla Mayor (Sevilla), Ángel García Espuny (IU), a cuenta de la denuncia presentada por un agente de la Policía Local de su localidad que denunciaba que el primer edil le había apercibido por un supuesto bajo rendimiento en el servicio "a sabiendas de su injusticia".

En la providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que el alcalde de Isla Mayor está citado por el magistrado David Candilejo para que comparezca como imputado este lunes 26 de enero a las 11,15 horas, mientras que el denunciante, el policía local José Antonio Cordero, hizo lo propio en calidad de perjudicado el pasado 27 de noviembre. Así las cosas, según la denuncia, presentada a título particular por el agente, García Espuny "habría cometido un presunto delito del artículo 404 del Código Penal, sin perjuicio de la calificación que definitivamente merezca", que explica que recoge que "a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años".

Explica que fue en mayo de 2012 cuando el primer edil dictó la Resolución de Alcaldía número 314 en virtud de la cual se apercibía a Cordero "por un supuesto bajo rendimiento en el servicio", un apercibimiento que conllevó la pérdida del complemento de productividad de septiembre. En el escrito de denuncia, recogido por Europa Press, Cordero expone que la imposición de dicha sanción y el descuento de la remuneración como castigo por mal comportamiento "se ha llevado a cabo a sabiendas de su injusticia y prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido para ello".

A su entender, esa denuncia se sustenta en que, como funcionario del Cuerpo de la Policía Local, en lo que al régimen sancionador y disciplinario se refiere, "le resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, al amparo de la disposición final sexta, que establece que esta ley se aplicará a los Cuerpos de Policía Local de acuerdo con lo previsto en la legislación orgánica reguladora de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad". "Por tanto, al aplicar dicha sanción, a sabiendas de su injusticia, así como prescindiendo total y absolutamente del procedimiento, vulnerando con ello las normas más básicas procedimentales y los principios inspiradores de dicho régimen sancionador", concluye en la denuncia.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1614 en: 29 de Enero de 2015, 17:43:42 pm »
Dos policías inician una huelga de hambre contra su suspensión

El SUP denuncia la "injusta sanción que sufren" desde hace 18 meses y cree que la Dirección General se ha extralimitado.


Dos policías deponen la huelga de hambre al levantarles medidas cautelares
 

Andalucía Información / Agencias
   29/01/2015 11:39
       
Los dos policías que el pasado día 21 emprendieron una huelga de hambre en Sevilla por llevar 18 meses con una suspensión cautelar de empleo y sueldo han concluido esta protesta, una vez que se les ha levantado esa medida cautelar, según ha informado el Sindicato Unificado de Policía (SUP).

El SUP ha desconvocado la concentración prevista para el 3 de febrero, en solidaridad con estos dos policías, a los que la propia Dirección General de la Policía les mantenía la suspensión de empleo y sueldo, después de haber sido acusados por personas que ellos habían detenido previamente de allanamiento de morada, robo y amenazas.

La suspensión cautelar tan prolongada fue considerada desproporcionada por el SUP, ya que, según el sindicato, los policías no pueden influir en el proceso judicial y el tiempo de la suspensión los ha situado en "situación de extrema necesidad", hasta el punto de que uno de ellos vive en una furgoneta.

Ambos policías -uno de ellos inspector- han sido condecorados en varias ocasiones y han recibido "innumerables felicitaciones en reconocimiento" a su labor, en la que uno lleva 22 años y otro 24, según ha explicado el responsable del SUP en Andalucía, José Antonio Beato.

El SUP valora el levantamiento de la medida cautelar, ya que consideró esta contraria a la presunción de inocencia.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1615 en: 09 de Febrero de 2015, 10:20:14 am »
SANCIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO
Sancionan a un guardia civil por burlarse de los conductores a los que multaba

Un guardia civil ha sido sanciado con un mes y 15 días de suspensión de empleo y sueldo por "grave desconsideración a los ciudadanos", cometida al burlarse de los conductores a los que multaba. La sentencia señala que el agente ofendió a las personas al mismo tiempo que las sancionada y se tapaba la boca para que no se le viera la risa.

EFE | Madrid | Actualizado el 08/02/2015 a las 10:52 horas

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de un mes y quince días de suspensión de empleo y sueldo que el Tribunal Militar impuso a un guardia civil por "grave desconsideración a los ciudadanos", cometida al burlarse de los conductores a los que multaba.

Los hechos que relata la sentencia apuntan cómo en sucesivas ocasiones el guardia ofendió a las personas a las que al mismo tiempo sancionaba. Así, por ejemplo en junio de 2011 detuvo a un vehículo en Valdepeñas (Ciudad Real) y, una vez parado el coche, se acercó al mismo sonriendo para preguntarle al conductor, un comercial que le manifestó su preocupación por perder el carnet de conducir, cuántos puntos le quedaban.

Entre tanto, se tapaba la boca para que no se le viera la risa. En otra ocasión, el guardia sancionó a un conductor por no llevar puesto el cinturón de seguridad y, cuando éste le señaló que "conocía a un compañero suyo", el agente respondió que "no le tocase los ******** con historias de compañeros, que él estaba haciendo su trabajo". En otra ocasión arrojó un boletín de denuncia por la ventanilla del coche al regazo de un conductor que se había saltado un ceda el paso.

También obligó a inclinarse para hacerle la prueba de alcoholemia a un conductor asmático que medía dos metros de estatura. "El comportamiento del guardia es grave y evidente su desconsideración hacia los ciudadanos, tanto por las expresiones verbales utilizadas como por la actitud mantenida hacia ellos", sentencia el Supremo para confirmar el castigo.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1616 en: 23 de Febrero de 2015, 08:56:45 am »
El TSJ permite a la Policía Local volver a apartar del servicio al cabo imputado por prostitución
El tribunal corrige a un juzgado que obligó a la readmisión de Rafael Paredes el pasado septiembre
18.02.2015 | 01:20
Rafael Paredes
Rafael Paredes L. O.


ANDRÉS TORRES Al cabo de la Policía Local de Cartagena Rafael Paredes le ha durado apenas seis meses la alegría de poder reincorporarse a su puesto. El ayuntamiento de Cartagena volverá a suspenderle de empleo y sueldo por su imputación en un caso relacionado con la prostitución, informó un portavoz municipal, quien aclaró que el departamento de Personal del Consistorio ejecutará «de forma inmediata» el fallo de la Sala de lo Contencioso Adminsitrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia que permite apartar al agente de nuevo del servicio, al admitir el recurso presentado por el Gobierno local contra su readmisión.

El juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Cartagena puso fin el pasado mes de septiembre a siete años de suspensión por parte del Ayuntamiento a este cabo de la Policía Local, al obligar al Consistorio a la incorporación inmediata de este agente, al que se apartó del servicio en el año 2007 porque está imputado en un caso por un delito relacionado con la prostitución y por la omisión del deber de perseguir un delito. No obstante, el magistrado impuso una fianza de cinco mil euros a modo de garantía.

Paredes abonó esta cantidad en el juzgado y reingresó en su puesto de forma inmediata.

Ahora, el TSJ corrige la decisión del juzgado de lo Contencioso y permite al Ayuntamiento apartar otra vez a Paredes del servicio.

Esta polémica se origina por la lentitud de la Justicia, pues el caso en el que Paredes está imputado por unos supuestos delitos de favorecimiento de la prostitución y de omisión del deber de perseguir delitos, por un suceso que tuvo lugar en un club de alterne de Pozo Estrecho (Glamour), lleva ya ocho años sin juicio, aunque el agente ha pasado varios meses en la cárcel por estos hechos.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1617 en: 24 de Febrero de 2015, 08:06:51 am »
Expulsan de la Policía Nacional a un agente condenado por narcotráfico

Una sentencia de la Audiencia Nacional confirma la decisión del Ministerio de Interior.
El agente fue declarado culpable de concertarse con otros narcotraficantes.
Les facilitaba información de los movimientos de la Policía a cambio de dinero.
Ayudó al desembarco de grandes alijos de cocaína y hachís en las playas de Dénia.

La Audiencia Nacional ha confirmado la expulsión del Cuerpo Nacional de Policía de un agente destinado en la comisaría de Dénia (Alicante) que fue condenado a un año y ocho meses de prisión por un delito contra la salud pública y otro de conspiración para traficar con drogas por la Audiencia Provincial de Alicante en 2012.

La sentencia, fechada el pasado 28 de enero, avala la decisión del Ministerio del Interior de noviembre de 2012 por la que se apartaba del servicio al funcionario por la comisión de una falta muy grave, pues el expediente sancionador no había prescrito, como sostenía el policía, y la sanción impuesta, la máxima, es proporcional a su conducta.

Según los magistrados, los hechos recogidos en la sentencia de la Audiencia de Alicante revelan "la intensidad del detrimento que para la función del Cuerpo Nacional de Policía supone actuaciones como la aquí sancionada, en que los hechos se ejecutan con plena conciencia a sabiendas de la ilicitud de su comportamiento y siguiendo un plan preconcebido".

El agente fue declarado culpable de concertarse con otros narcotraficantes para desembarcar grandes alijos de cocaína y hachís en las playas de Dénia a finales de 2005 y principios de 2006. Su función en este entramado delictivo consistía en "informar de los movimientos de la Policía" para evitar la interceptación de la droga a cambio de una cantidad de dinero.

Aunque esas operaciones no llegaron finalmente a ejecutarse por diferentes motivos, los 'pinchazos' de los teléfonos móviles de los sospechosos evidenciaron la organización de múltiples reuniones para prepararlas. En julio de 2006, se practicaron diversos registros domiciliarios en las viviendas de los procesados que se saldaron con la incautación de pequeñas cantidades de cocaína, MDMA, hachís y marihuana.

En esas mismas fechas, el director general de la Policía acordó el 21 de julio incoar contra el funcionario un expediente disciplinario y adoptó la medida cautelar de suspenderle provisionalmente de funciones durante la tramitación del procedimiento penal.

Casi seis años después se celebró el juicio en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante. Todos los acusados se declararon culpables y aceptaron ser condenados por delitos contra la salud pública, aunque se vieron beneficiados por la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas. El policía se conformó con un año y ocho meses de cárcel.

La sentencia fue declarada firme el 20 abril de 2012. El 27 de noviembre de ese año, el Ministerio del Interior resolvió apartar del servicio al agente condenado, la máxima sanción prevista, y privarle de sus derechos durante todo el tiempo en que estuvo suspendido provisionalmente de funciones.

Conducta 'totalmente indigna'

Esa resolución reflejó que la conducta del inculpado fue "totalmente indigna", pues el funcionario de Policía que actúa de esa manera "no puede desempeñar las funciones propias del cuerpo, ni es razonable que la Administración confíe en él para atribuirle en el futuro tales funciones", habida cuenta de que "se ha roto la confianza y lealtad que exige la relación funcionarial".

El agente recurrió la sanción impuesta por el Ministerio, que ha sido confirmada ahora sin embargo por la sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Los magistrados rechazan que se hayan cometido diferentes irregularidades formales en el expediente invocadas por el recurrente, entre ellas la caducidad del mismo.

En cuanto al fondo de la sanción, "nada puede quebrar más la seguridad del ciudadano que la noticia de que aquellos en quienes tiene depositada su confianza, a fin de obtener su protección, sean quienes la traicionen con su conducta", dictamina la Audiencia Nacional.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1618 en: 02 de Marzo de 2015, 18:22:15 pm »

Expediente disciplinario a personal del Ayuntamiento. Omisión por el instructor del trámite de audiencia al denunciante y testigos proponiendo el archivo del expediente

Fecha de la consulta: 25/2/2015
 
Planteamiento 

En este Ayuntamiento se han tramitado por el instructor y secretario expedientes de averiguación de hechos y disciplinarios del personal de la policía local, donde se ha omitido el trámite de audiencia y alegaciones al denunciante, o incluso a otros testigos que pudieran ser de relevantes en el procedimiento, proponiendo el archivo de los expedientes incoados contra los policías.

¿Cuáles serían las principales consecuencias de esta actuación? ¿Qué acciones tendría el denunciante si se dicta resolución de archivo?

Respuesta

En primer lugar, debemos partir de la noción de que las actuaciones iniciales llevadas a cabo en el seno de un procedimiento disciplinario y la correspondiente propuesta de resolución son meros actos de trámite interno dentro del procedimiento, sin que tengan carácter definitivo o resolutorio final y, por tanto, con alcance limitativo de derechos, o de gravamen, libremente revisables por la Administración.

Así pues, vemos que la calificación jurídica realizada por el Instructor del procedimiento disciplinario no tiene un carácter vinculante per se, de forma que la Autoridad con la atribución para resolver no se ve vinculada por la valoración jurídica realizada en la tramitación del procedimiento, pero sí está vinculada por los hechos probados en el mismo, siendo una clara manifestación del principio acusatorio la debida separación entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándose a órganos distintos, como exige el art. 98.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público -EBEP-.

De tal forma, vemos que, si de los hechos probados, se desprende de forma clara que no hay una acción tipificable como sancionable, la lógica conlleva a que la Autoridad decrete el archivo de las actuaciones sin mayores consecuencias, por cuanto, recordemos, uno de los pilares fundamentales del procedimiento disciplinario, como una vertiente del procedimiento sancionador, es la garantía al afectado, en base al principio de tipicidad de las actuaciones.

Por ello, el acto administrativo mediante el cual se dé por finalizado el expediente administrativo en cuestión es un acto que pone fin a la vía administrativa, y, por tanto, el denunciante, como interesado en el expediente administrativo, podrá interponer, de conformidad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común -LRJPAC-, el correspondiente recurso potestativo de reposición o, en su caso, proceder a la impugnación directa ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Es de recordar, conforme señala el apartado 2 del citado art. 116 LRJPAC, que si el denunciante opta por recurrir en vía administrativa el acto administrativo que decrete que no había responsabilidad disciplinaria, con el consiguiente archivo de actuaciones, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En relación a la posible interposición de un recurso de reposición, el art. 117.1 LRJPAC nos dice que el plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, dice el citado art. 117.1 que el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Transcurridos dichos plazos, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATSUYZE:7DF02932

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1619 en: 22 de Marzo de 2015, 11:37:48 am »
Condenan al Ayuntamiento de Chiva por suspender sin pruebas a un policía

REDACCIÓN

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo condena al Ayuntamiento de Chiva a pagar 1220 euros a un policía local que fue suspendido al considerar que no quedó acreditada la actitud del agente, según publica hoy el diario Las Provincias.

«No tienes ni puta idea, hacen oficial a cualquiera. Habéis cogido el cargo tú y los otros, ¿para qué? Se ve que la chupáis muy bien. Ahora, que esto cambiará, no te preocupes que cambiará. Y cuando cambie.». Esta fue la frase supuestamente pronunciada por el policía local suspendido a un superior y que propició la apertura de un expediente y sanción de empleo y sueldo al agente. Los hechos ocurrieron en 2013, y se le suspendió de empleo y sueldo durante 15 días.

La sentencia asegura que "«fuera del informe inicialmente formulado por el oficial, no se ha aportado al procedimiento administrativo ningún elemento probatorio que acredite la actitud de insubordinación y pertinaz falta de colaboración», y añade que "«existió en vía administrativa una clara discrepancia sobre el lugar en el que se produjo la expresión de los denuestos y amenazas por los que se sanciona».

Esa discrepancia vino por la declaración del oficial hacia el que supuestamente se dirigieron las palabras ofensivas; en una declaración situó los acontecimientos en un coche patrulla, y en otros en el interior del edificio de la policía de Chiva. También en la declaración de otros policías se entra en contradicción sobre el lugar, según publica hoy Las Provincias.

El oficial trató de explicar las contradicciones atribuyéndolo «a la ansiedad o nervios que le pudo provocar la situación, por lo que dijo inicialmente que sucedió únicamente en la central, aunque los insultos también se produjeron en el vehículo», según la sentencia. Pero las contradicciones llevan al juez a establecer la existencia de «una duda razonable» sobre que ocurrieran los hechos, por lo que anula la sanción.
La sentencia condena a pagar al agente 1220 euros de sueldo que dejó de percibir.