Va a ser que no...el 1 de agosto comienzas tus vacaciones y las finalizas el 31 de ese mismo mes...pero el 31 de julio o el 1 de septiembre, días de descanso semanal, no tienen la consideración de vacaciones sino de descanso semanal que implica que las vacaciones han finalizado...y el resto de las interpretaciones lo sentenciará un juez y nadie más...lo mismo ocurre si aplicamos días hábiles, el día hábil autorizado da comienzo a las vacaciones pero el anterior tiene la consideración de descanso semanal y no de vacaciones, y por esa misma razón las claves identificativas son distintas.