Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 765385 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3880 en: 12 de Diciembre de 2012, 10:53:31 am »
Absuelto el guardia civil acusado de quedarse con el dinero de las multas a 13 extranjeros
Un jurado popular declara inocente al agente al no probarse la apropiación

R. S. | Actualizado 12.12.2012 - 09:00
 
Un jurado popular declaró ayer inocente a un guardia civil de Tráfico acusado de quedarse con 1.218 euros en multas que impuso a conductores extranjeros que circulaban por carreteras sevillanas. En el veredicto emitido ayer, el jurado absolvió por siete votos contra dos a Juan M. M., para quien en principio la Fiscalía pedía tres años de cárcel.

El jurado declaró probado que el acusado puso las 13 multas objeto del juicio entre marzo y mayo de 2010 pero no que se apropiase del dinero, que según varios testigos se entregaba en la oficina del destacamento de Tráfico al que pertenecía basándose "en un sistema de confianza" entre agentes. Además, no existía "ningún control en la entrega del dinero", según el veredicto, por lo que "no consta que el acusado se apropiase del importe y no lo entregase".

Aunque la Fiscalía le imputó inicialmente la apropiación de 2.670 euros en 13 multas, un recuento posterior de los importes situó lo presuntamente apropiado en 1.218 euros. Tras el veredicto del jurado, el magistrado que lo presidió anunció de viva voz una sentencia absolutoria y el guardia civil y su esposa abandonaron la sala y se abrazaron entre lágrimas.

En su declaración del 26 de noviembre, el acusado negó haberse quedado con el dinero de las multas y culpó a sus compañeros de oficina en el destacamento de San Juan de Aznalfarache de que sus hojas de control no llevasen el obligatorio visto bueno del jefe. Según el acusado, una vez que entregaba la relación de multas y el dinero, "su misión termina", pues pasa a ser responsabilidad de sus compañeros de administración archivar las denuncias.

¿A quien le dan un recibí cada vez que hace entrega de dinero en su Unidad, por cobro de multas? :mus;.
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3881 en: 14 de Diciembre de 2012, 14:57:22 pm »
coria del río

Piden tres años de cárcel para un policía jubilado implicado en un accidente mortal
 

abcabcdesevilla / sevilla

Día 14/12/2012 -

La fiscalía no pide pena de prisión ya que no ve delito. Solo cree necesario el pago de una multa de 600 euros y la prohibición para conducir por un año

La acusación particular ha solicitado tres años de cárcel y la retirada del carné de conducir por un delito de homicidio imprudente para un agente del Cuerpo Nacional de Policía jubilado que, en marzo de 2008, provocó un accidente de tráfico en la localidad sevillana de Coria del Río a consecuencia del cual falleció un menor de 17 años de edad que circulaba en un ciclomotor.

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que el juicio por estos hechos contra el policía ya jubilado J.G.D. se ha celebrado este jueves en el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, y en el mismo el acusado ha defendido que no vio a la víctima hasta que se produjo el golpe entre su turismo y el ciclomotor en la intersección de la avenida Primero de Mayo con la calle Nuestra Señora de los Dolores.

El acusado tuvo un segundo accidente con el padre del fallecido

 La Fiscalía de Sevilla pedía inicialmente para el procesado un año y medio de cárcel y la retirada del permiso de circulación por un delito de homicidio imprudente, aunque finalmente ha modificado sus conclusiones provisionales y ha calificado los hechos como una falta de homicidio por imprudencia leve, por la que ha pedido para el exagente el pago de una multa de 600 euros y la prohibición para conducir por un año.
De su lado, el abogado de la defensa ha interesado la libre absolución de su cliente al entender que, "aunque se trata de un hecho horrible", el joven circulaba en su ciclomotor "sin el casco reglamentario", de manera que "las consecuencias" del accidente "son culpa de la víctima". De manera subsidiaria, ha pedido que el acusado sea condenado por una falta de homicidio por imprudencia leve al pago de 600 euros.

Dice que no vio a la víctima
 
En su declaración, el imputado ha narrado que a las 15,00 horas del 10 de marzo de 2008 circulaba con su vehículo por la citada avenida hasta que giró a la izquierda en una zona permitida a fin de acceder a la calle Nuestra Señora de los Dolores. "Miré y no vi nada, por lo que decidí poner el intermitente y girar, momento en el que apareció este chiquillo", ha dicho.




Tres policías locales fueron imputados por el presunto trato de favor al acusado
"Yo a la víctima no la vi, en caso contrario hubiera parado, lo vi cuando pegó el golpe", ha subrayado el imputado, quien ha asegurado que, en el carril por el que circulaba el ciclomotor, "había coches en segunda fila que me impedían la visibilidad", y ha defendido que circulaba "muy despacio", mientras que el fallecido "no llevaba casco".
Asimismo, ha negado que fuera circulando bajo los efectos del alcohol, ya que únicamente se había bebido una cerveza, así como ha negado que conociera a los policías locales que llegaron al lugar tras el accidente. En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que tres policías locales de Coria del Río fueron imputados por el presunto trato de favor concedido a este policía nacional.

No olía a alcohol
 
Los tres agentes fueron imputados por no haber realizado la prueba de alcoholemia al conductor, pese a que varios testigos certificaron su "evidente estado de embriaguez", y de haberle dejado marchar a su casa escasos minutos después, sin detenerlo ni citarlo en Comisaría para días posteriores.

En el juicio, los policías locales que intervinieron tras el accidente han coincidido en señalar que el acusado realizó un giro permitido y que no presentaba síntomas de embriaguez ni olía a alcohol, motivo por el que no le practicaron la prueba de alcoholemia, pues además "estaba en estado de shock y parecía que se le iba a salir el corazón por la boca".

De su lado, hasta tres testigos han coincidido en apuntar que el imputado olía a alcohol, e incluso uno de ellos, cuñado del fallecido, ha afirmado que lo vio en un bar tomando "cinco o seis cervezas", lo que motivó que la gente del establecimiento "comentara que iba bien cogido".

Comportamieno «imprudente»
 
Tras todo ello, el fiscal ha pedido condenarlo por una falta al entender que el "desgraciado" accidente "se debió a un comportamiento imprudente" por parte del procesado, "pero leve, no grave, porque no adoptó las precauciones adecuadas, como era asegurarse de que nadie venía por el otro carril". De su lado, el abogado de la acusación particular ha pedido una sentencia condenatoria señalando que todos los testigos "confirman el más que probable estado" de embriaguez del imputado. "Ha quedado confirmado y probado que tomó alcohol antes del accidente", a lo que se suma una velocidad "inadecuada", por lo que la pena de tres años de prisión "es proporcional al gravísimo resultado provocado". El letrado ha aseverado que, "en el colmo de los despropósitos, el acusado tuvo un segundo accidente con el padre del fallecido" a los pocos días del siniestro.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3882 en: 14 de Diciembre de 2012, 20:06:44 pm »
MONFORTE
 
Rechazan indemnizar al policía preso por prostitución que resultó absuelto


14/12/2012 - Paula Vilariño / El Progreso (Lugo)

 
La Audiencia Nacional desestimó el recurso de un Policía Nacional de Monforte de Lemos, con iniciales E.I.M., que reclamaba una indemnización de 300.000 euros por pasar 44 días preso tras verse implicado un caso de prostitución del que finalmente fue absuelto.
 
El agente solicitaba la indemnización por daños psicológicos y perjuicios, así como por la «humillación» que le causó el procedimiento, que se inició en el año 2004 a raíz de la denuncia de una vecina de la localidad.
 
En el transcurso de la investigación, el juzgado de instrucción número 4 de Lugo ordenó la detención del agente por su presunta implicación en un caso de prostitución, amenazas y lesiones, por lo que el hombre permaneció en prisión desde el 1 de octubre hasta el 10 de noviembre de 2004, cuando se decretó su libertad bajo fianza de 24.000 euros.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3883 en: 17 de Diciembre de 2012, 10:27:23 am »
Juzgan a dos policías locales de Granada por agredir “sin motivo aparente” a un padre y sus hijos

Hechos por los que se enfrentan a tres años de prisión y multa de 1.200 euros
Lunes, 17/12/12 E.P.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada acoge desde este lunes y hasta el próximo miércoles el juicio contra dos agentes de la Policía Local de la capital acusados de agredir “sin motivo aparente” a un padre y sus dos hijos en la madrugada del 24 de febrero de 2008, hechos por los que se enfrentan a tres años de prisión y multa de 1.200 euros.

Se le atribuyen a cada uno de ellos dos delitos y una falta de lesiones, por los que además podrían ser condenados a inhabilitación para el ejercicio de la profesión de policía local durante el tiempo de la condena y al pago de indemnizaciones de un total de 5.120 euros a sus tres víctimas.

Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a las 4,20 horas del 24 de febrero de 2008, cuando los dos agentes se personaron, en el ejercicio de sus funciones y vistiendo el uniforme, en la Plaza la Sillería de Granada, pues al parecer se estaba produciendo allí un enfrentamiento entre varias personas.

Una vez en el lugar, y “sin motivo alguno que justificara su comportamiento”, los policías la emprendieron a golpes con un hombre de 49 años y sus dos hijos, de 23 y 22, por su presunta participación en el enfrentamiento que había motivado su desplazamiento a la zona. Como quiera que los agentes no cesaban en su actitud de agredirlos, los tres “se vieron en la obligación de refugiarse” en la cafetería ‘Lisboa, de su propiedad.

A pesar de ello, los dos agentes de la Policía Local “no cesaban de increparles” desde el exterior, propinando incluso una patada en la puerta que, sin embargo, no llegó a causar daños.

A consecuencia de la agresión, el padre y uno de sus hijos sufrieron heridas inciso contusas en la cabeza, hematomas y contusiones y el otro joven distensión de muñeca y también policontusiones.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3884 en: 18 de Diciembre de 2012, 12:25:55 pm »
El dolor no puede ir siempre en el mismo sentido, a veces nos creemos el ombligo del mundo y no esta demas conocer uno mismo su propia medicina.

http://www.elcorreoweb.es/sevilla/159345/dospoliciaslocalesdenuncianatresagentesdelanacionalpordetencionilegalyprevaricacion
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3885 en: 19 de Diciembre de 2012, 10:26:08 am »
Avilés El fiscal pide 9 años al policía que sacó un ojo en 2008 al hombre que murió en la ría

Aladino Jiménez, que falleció al caer con su furgoneta desde la arteria del puerto hace un mes, estaba acusado de delitos de atentado y lesiones

Un agente de la Policía Nacional se enfrenta a una pena de 9 años de prisión por sacar un ojo en el transcurso de una pelea a Aladino Jiménez Jiménez, el hombre que perdió la vida el pasado noviembre en un accidente de tráfico al caer su furgoneta a la ría de Avilés desde la arteria del puerto. Los hechos se remontan al mes de diciembre de 2008, y el fiscal del caso realizó la calificación de los hechos unos días antes del fallecimiento de Aladino Jiménez. El fiscal también solicitaba penas de cárcel para este último por un delito de atentado y lesiones.


La disputa en la que se vieron implicados Aladino Jiménez y el agente de la Policía Nacional se produjo de madrugada en un bar de La Ferrería en diciembre de 2008. Según publicó entonces este periódico, la pelea comenzó por una presunta extorsión de tres individuos a una empleada del bar que se negó a servir mientras no abonasen lo que debían. Al parecer, los individuos amenazaron con destrozar el local si la camarera no accedía a seguir sirviendo. Un agente de la Policía Nacional -libre de servicio, aunque vinculado a la propiedad del local- se identificó como agente y expulsó a los tres clientes. Minutos después los hombres regresaron al local armados con dos barras de hierro. El policía les hizo frente y recibió varios golpes en las manos. La pelea continuó fuera del bar.


Fue en la calle donde se desarrolló la peor parte de la pelea y donde Aladino Jiménez perdió un ojo, circunstancia que el Ministerio Fiscal atribuye al agente de la Policía Nacional implicado en la pelea. En concreto, los hechos están calificados como un delito de lesiones con el agravante de la pérdida de un órgano, tipificado en el artículo 149 del Código Penal.


El abogado con despacho en Oviedo Luis Tuero defiende los intereses del fallecido. Según ha podido saber este periódico, el señalamiento de la vista oral aún tardará porque se están realizando los trámites para realizar la declaración de herederos. También está pendiente que las partes presenten los correspondientes escritos de acusación y defensa. Tanto la parte de Aladino Jiménez, como la del agente de la Policía Nacional a quien la Fiscalía pide una pena de nueve años de cárcel están personadas en el caso como acusación y defensa.


El accidente de tráfico en el que perdió la vida Aladino Jiménez Jiménez tuvo una gran repercusión puesto que el operativo de rescate trabajó durante 72 horas en la recuperación del cuerpo de la ría.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3886 en: 20 de Diciembre de 2012, 09:13:58 am »
Piden nueve años a un policía local de Aldaia por tirotear a un hombre en un club
         

R. F. VALENCIA La Fiscalía solicita que un agente de la Policía Local de Aldaia sea condenado a nueve años de prisión por disparar a un hombre con el que había discutido por una prostituta en un local de alter?ne de Silla. La pelea se inició en el interior del club y continuó en el aparcamiento. La víctima, un ciudadano de origen rumano, perdió una pierna a causa de la herida que le causó el disparo. El juicio se va a celebrar el próximo 8 de enero en la sección segunda de la Audiencia de Valencia.

Los hechos -según el fiscal-ocurrieron en la madrugada del 31 de mayo de 2005 en el club El Cisne en la localidad valenciana de Silla. Los dos hombres mantuvieron una discusión en el interior del local por una prostituta que trabajaba en el club. La discusión entre los dos hombres continuó en el aparcamiento del club. Un amigo del policía local, que en esos momentos no estaba ejerciendo sus labores como agente, se interesó pa?ra saber qué es lo que ocurría y en ese momento el otro hombre sacó un objeto punzante y le pinchó en el tórax, con lo que le causó una herida por la que tuvo que ser atendido. Tras esa acción, el policía local cogió una pistola semiautomática y regresó al lugar donde se encontraba el hombre que acababa de herir a su amigo y disparó. La víctima está ahora en Rumanía y debe comparecer por videoconferencia.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3887 en: 21 de Diciembre de 2012, 16:41:38 pm »

Un defecto de forma podría librar de la cárcel por narcotráfico a cinco policías de Mijas
 

La Audiencia de Málaga anula las escuchas que sirvieron para detenerlos con 170 kilos de hachís y deja sin prueba de cargo a las acusaciones


21.12.12 - 01:37 -
MONTSE MARTÍN | MÁLAGA.

Los cinco policías locales de Mijas y otro hombre que no pertenece al cuerpo acusados de aprovecharse de su condición de agentes de la autoridad para dedicarse al lucrativo negocio del tráfico de drogas podrían librarse de la cárcel gracias a un defecto de forma en la instrucción judicial que autorizó las intervenciones telefónicas. La Audiencia de Málaga ha acordado anular esas escuchas, que sirvieron para detener a los agentes transportando droga, porque no se han incorporado los documentos que justificaban esas intervenciones telefónicas, que tuvieron su origen en otro proceso judicial, de las que derivaron las actuales y el inicio de la causa que se sigue.

De esta forma, la Audiencia estima la cuestión previa planteada por una de las defensas al inicio del juicio, que se celebró el pasado mes de noviembre, y además de las escuchas declara también nulos los seguimientos y vigilancias, entradas y registros y las declaraciones de algunos de los imputados en fase de instrucción. Esta decisión deja prácticamente sin prueba de cargo al fiscal, que solicita penas que suman 34 años de cárcel, y a la acusación particular que ejerce el Ayuntamiento de Mijas para conseguir una sentencia condenatoria por tráfico de drogas, según explicaron fuentes judiciales.
 
«Sin control legal»

En su auto, el tribunal explica que «lamentablemente, no se aportaron a las actuaciones en ningún momento los testimonios referidos, lo que ha impedido un control y conocimiento de la legalidad, adecuación, fundamentación y proporción de la medida». La resolución acuerda instar a las partes para que presenten las pruebas que consideren necesarias para continuar el juicio, que fue suspendido el pasado 14 de noviembre.
 
Los policías locales fueron detenidos por la Guardia Civil en noviembre de 2009 en el núcleo de Las Lagunas después de que interceptasen un alijo de más de 170 kilos de hachís a unos narcos y transportasen la droga en coches patrulla hasta la vivienda de un particular que iba a custodiarla. Iban de uniforme y en los coches oficiales.
 
El fiscal considera que los agentes locales constituían, al menos desde febrero de ese año, un «grupo organizado» que se aprovechaban de su condición de funcionarios, con utilización de uniformes, armas, documentos identificativos y coches oficiales para, presuntamente, apoderarse de los alijos de droga que los narcotraficantes abandonaban en su huida al ser sorprendidos en plena operación. Así, según la acusación pública, los policías podían lucrarse con la venta de esa droga.
 
El 7 de noviembre de 2009 dos de los acusados hallaron en un descampado de Fuengirola una cantidad indeterminada de hachís distribuida en 250 pastillas que vigilaba un niño que huyó al verles aparecer uniformados. Avisaron entonces a los otros dos policías sobre su localización y cargaron cuanta mercancía cupo en el maletero del coche patrulla. Luego llamaron a un 'narco' para que se hiciera cargo del alijo y este les envió a un ayudante que trasvasó la droga del vehículo oficial a una furgoneta y desapareció. Después, los otros dos policías cargaron el resto de la droga y la llevaron, en dos portes, al domicilio del sexto acusado, un particular que accedió a esconderla a cambio de dinero. En total, 162 kilos de hachís que introdujeron a través del garaje en un carrito de supermercado ocultos bajo una manta. Más tarde el jefe del grupo acudió a las dependencias de la Policía Local de Mijas y escondió en su vehículo particular que tenía en el párking cinco pastillas de hachís (1,2 kilos) para, según el fiscal, ofertarlas a posibles compradores en su casa. Tras ello volvió con su compañero al lugar donde estaba el alijo y cargaron otros 12,6 kilos de hachís en el coche patrulla y la llevaron al dueño del piso donde estaba el resto la droga, momento en que fueron detenidos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3888 en: 21 de Diciembre de 2012, 20:20:12 pm »

Un defecto de forma podría librar de la cárcel por narcotráfico a cinco policías de Mijas
 

La Audiencia de Málaga anula las escuchas que sirvieron para detenerlos con 170 kilos de hachís y deja sin prueba de cargo a las acusaciones


21.12.12 - 01:37 -
MONTSE MARTÍN | MÁLAGA.

Los cinco policías locales de Mijas y otro hombre que no pertenece al cuerpo acusados de aprovecharse de su condición de agentes de la autoridad para dedicarse al lucrativo negocio del tráfico de drogas podrían librarse de la cárcel gracias a un defecto de forma en la instrucción judicial que autorizó las intervenciones telefónicas. La Audiencia de Málaga ha acordado anular esas escuchas, que sirvieron para detener a los agentes transportando droga, porque no se han incorporado los documentos que justificaban esas intervenciones telefónicas, que tuvieron su origen en otro proceso judicial, de las que derivaron las actuales y el inicio de la causa que se sigue.

De esta forma, la Audiencia estima la cuestión previa planteada por una de las defensas al inicio del juicio, que se celebró el pasado mes de noviembre, y además de las escuchas declara también nulos los seguimientos y vigilancias, entradas y registros y las declaraciones de algunos de los imputados en fase de instrucción. Esta decisión deja prácticamente sin prueba de cargo al fiscal, que solicita penas que suman 34 años de cárcel, y a la acusación particular que ejerce el Ayuntamiento de Mijas para conseguir una sentencia condenatoria por tráfico de drogas, según explicaron fuentes judiciales.
 
«Sin control legal»

En su auto, el tribunal explica que «lamentablemente, no se aportaron a las actuaciones en ningún momento los testimonios referidos, lo que ha impedido un control y conocimiento de la legalidad, adecuación, fundamentación y proporción de la medida». La resolución acuerda instar a las partes para que presenten las pruebas que consideren necesarias para continuar el juicio, que fue suspendido el pasado 14 de noviembre.
 
Los policías locales fueron detenidos por la Guardia Civil en noviembre de 2009 en el núcleo de Las Lagunas después de que interceptasen un alijo de más de 170 kilos de hachís a unos narcos y transportasen la droga en coches patrulla hasta la vivienda de un particular que iba a custodiarla. Iban de uniforme y en los coches oficiales.
 
El fiscal considera que los agentes locales constituían, al menos desde febrero de ese año, un «grupo organizado» que se aprovechaban de su condición de funcionarios, con utilización de uniformes, armas, documentos identificativos y coches oficiales para, presuntamente, apoderarse de los alijos de droga que los narcotraficantes abandonaban en su huida al ser sorprendidos en plena operación. Así, según la acusación pública, los policías podían lucrarse con la venta de esa droga.
 
El 7 de noviembre de 2009 dos de los acusados hallaron en un descampado de Fuengirola una cantidad indeterminada de hachís distribuida en 250 pastillas que vigilaba un niño que huyó al verles aparecer uniformados. Avisaron entonces a los otros dos policías sobre su localización y cargaron cuanta mercancía cupo en el maletero del coche patrulla. Luego llamaron a un 'narco' para que se hiciera cargo del alijo y este les envió a un ayudante que trasvasó la droga del vehículo oficial a una furgoneta y desapareció. Después, los otros dos policías cargaron el resto de la droga y la llevaron, en dos portes, al domicilio del sexto acusado, un particular que accedió a esconderla a cambio de dinero. En total, 162 kilos de hachís que introdujeron a través del garaje en un carrito de supermercado ocultos bajo una manta. Más tarde el jefe del grupo acudió a las dependencias de la Policía Local de Mijas y escondió en su vehículo particular que tenía en el párking cinco pastillas de hachís (1,2 kilos) para, según el fiscal, ofertarlas a posibles compradores en su casa. Tras ello volvió con su compañero al lugar donde estaba el alijo y cargaron otros 12,6 kilos de hachís en el coche patrulla y la llevaron al dueño del piso donde estaba el resto la droga, momento en que fueron detenidos.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3889 en: 23 de Diciembre de 2012, 13:00:04 pm »
Multado por chutar un balón contra una polícia que iba en moto

23/12/2012 - Galiciaé LV / Axencias

 
La Audiencia de Barcelona ha condenado a una multa de 120 euros a un hombre por chutar adrede una pelota de fútbol contra la moto en la que circulaba una policía, que pudo mantener el equilibrio y no llegó a caer al suelo.
 
En la sentencia, la sección octava de la Audiencia ratifica la sentencia condenatoria dictada por el juzgado de instrucción número 1 de Igualada tras un juicio de faltas contra el acusado, que deberá satisfacer una multa de 120 euros por una falta de respeto y desconsideración debida a los agentes de la autoridad.
 
Tras la primera condena, el acusado recurrió ante la Audiencia de Barcelona, argumentando que no fue su intención dar con la pelota a la moto de la agente.
 
Sin embargo, la Audiencia no ha dado credibilidad a esta versión y ha mantenido la condena en base a la declaración en el juicio de la policía y de su compañera de patrulla, que sostuvieron que el acusado, que iba con dos amigos, chutó adrede la pelota de fútbol que llevaba para que impactara con la moto policial.
 
Además, según sostuvo la policía afectada durante el juicio, cuando el joven fue a recoger el balón, que había quedado junto a la rueda de la moto policial, les exclamó que los policías eran unos "chulos" y aseguró que no pagaría ninguna multa.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3890 en: 03 de Enero de 2013, 17:52:05 pm »
Juicio en Valencia
 

Condenan a tres policías por robar droga a delincuentes
 
Las penas por apoderarse de estupefacientes y dinero alcanzan los 5 años de prisión y ocho de inhabilitación - Otros tres agentes y cinco confidentes, absueltos
 
EFE | LEVANTE-EMV.COM La Audiencia de Valencia ha condenado a tres agentes del Cuerpo Nacional de Policía a penas que alcanzan los cinco años de prisión y ocho de inhabilitación por cometer entre 2008 y 2010 diferentes delitos e irregularidades en sus intervenciones para hacerse con dinero y droga de delincuentes.

La Sección Quinta absuelve, por contra, a otros tres policías y cinco confidentes policiales también procesados por estos hechos, según el fallo facilitado hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Al principal procesado, un policía judicial de 37 años, el tribunal le condena a 4 años y 7 meses de prisión y 7 años y 7 meses de inhabilitación profesional, además de una multa de 15.720 euros, por una falta de lesiones y los delitos de hurto, contra las garantías constitucionales, simulación de delito, robo con fuerza y contra la salud pública, en los dos últimos casos en grado de tentativa.

Los otros dos agentes, uno adscrito a la UDYCO y el otro policía autonómico, han sido condenados a sendas penas de un año de prisión, dos de inhabilitación y una multa de 180 euros por una falta de lesiones y un delito de robo con fuerza en grado de tentativa.

En los tres casos, el juez estima la agravante de que los agentes se prevalieran de su condición de policía para cometer los hechos. Al cuñado de uno de los agentes, asimismo procesado, le condena a 720 euros de multa por un delito de simulación de delito.

Según declara probado el tribunal, en abril de 2010 y tras un chivatazo, los agentes abordaron en la calle a un hombre señalado como traficante y trataron de obligarle a subir a su casa, advertidos de que podía guardar allí dinero y droga. El sospechoso se negó a ello hasta que los agentes desistieron al llegar vecinos de la finca, aunque la víctima sufrió un traumatismo cráneoencefálico por un golpe.

Ese mismo mes, los agentes intervinieron en el registro autorizado del domicilio de un traficante, y uno de ellos sustrajo 600 euros guardados en una hucha infantil aprovechando un descuido del secretario judicial.

En otra ocasión, mientras interrogaban en comisaría a un sospechoso de narcotráfico delatado por un confidente, uno de los condenados hizo copia de las llaves de la casa del detenido, para acudir allí al día siguiente junto a dos compañeros con la intención de apoderarse de todo lo de valor que allí encontraran.

De modo parecido actuaron en mayo de 2010, cuando sin autorización judicial alguna se introdujeron en la vivienda de un sospechoso de tráfico de drogas y, tras registrarla, se apoderaron de 370 gramos de cocaína, aunque el agente que portaba la droga fue interceptado por agentes de Asuntos internos. Además, uno de los policías ayudó a su cuñado, también procesado, a presentar una denuncia falsa por robo para que éste cobrara el seguro de la casa y obtuviera un teléfono móvil nuevo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3891 en: 08 de Enero de 2013, 16:37:26 pm »


El expolicía que disparó al cliente de un burdel dice que actuó en defensa propia
 
M. A. R. @ABC_CValenciana / valencia

Día 08/01/2013 -
Asegura ante el juez que se vio rodeado de cinco rumanos que pretendían matarle tras discutir por una prostituta

Un exagente de Policía Local de Aldaya (Valencia), acusado de disparar a otra persona con la que discutió en un prostíbulo de la localidad valenciana Chiva, ha declarado durante el juicio que no tuvo «otro remedio», ya que la víctima le había amenazado de muerte y se mostraba «cada vez más agresiva». Previamente a los disparos, la víctima había lesionado con un cuchillo a un amigo de expolicia.

La vista oral por este incidente, ocurrido en mayo de 2005, se ha celebrado este martes en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia. El fiscal pide para el expolicía -tal y como consta en el escrito de calificación provisional- una pena de nueve años de prisión por un delito de lesiones, y que indemnice al hombre al que hirió con 165.450 euros por las lesiones y las secuelas sufridas.

Asimismo, la Fiscalía solicita para la víctima de los disparos que pague una multa de 1.080 euros por una falta de lesiones, ya que agredió a otra persona que se encontraba en el prostíbulo.

Discutieron por una prostituta
 
El incidente se remonta al 31 de mayo de 2005 y tuvo lugar en un club de alterne ubicado en la carretera N-332, kilómetro 246, de la Avenida Alicante, en el término municipal de Silla. Sobre las 2.00 horas de ese día, el expolicía y el otro hombre acusado mantuvieron una discusión en el local en relación con una prostituta, según recoge el fiscal.

Durante el juicio, el exagente ha precisado que no hubo ninguna discusión, si no que «únicamente» se acercó a hablar con esta mujer y «de repente» se le acercó un hombre, de nacionalidad rumana, con una navaja, y le dijo que le iba a matar.
 
Ambos salieron fuera del local, y en ese momento intervino un amigo del policía -también cliente del prostíbulo- para intentar mediar y detener la discusión. El hombre de nacionalidad rumana se abalanzó sobre él y le pinchó con un cuchillo, lo que le causó una herida en el tórax.

Acto seguido, el lesionado -según ha explicado durante la vista- pidió auxilio a su amigo el expolicía, y éste se dirigió a su vehículo, estacionado en el aparcamiento del loca, y de allí sacó su placa y su pistola. Tal y como ha explicado el exagente, se dirigió seguidamente hacia el hombre que había lesionado a su amigo y lanzó dos disparos «intimidatorios» al aire para que «se calmara».
 
Ha afirmado que éste estaba «muy violento» y que en aquel momento se encontraba rodeado de «otros cinco rumanos que querían matarnos», ha aseverado. Ha dicho que mostró su placa pero que se la tiraron, con lo que no tuvo «otro remedio» más que disparar al otro hombre. Una de las balas le dio en el muslo izquierdo y, como consecuencia, sufrió una amputación. También se le implantó una prótesis femoral. «No tenía otro remedio para repeler el ataque», ha reiterado el agente.

«Te mato, te mato»
 
El amigo del expolicía que resultó lesionado ha insistido en que decidió intervenir y coger al otro hombre de las muñecas, hasta que se le escapó y le clavó un cuchillo. Luego ha dicho que pidió ayuda al agente, y éste, «tras mostrar la placa», disparó. Ha subrayado que el hombre gritaba: «te mato, te mato».

Agentes de Policía Local de Silla que se trasladaron hasta el club tras recibir una llamada de alerta han indicado que cuando llegaron «todo el mundo estaba ya tranquilo» y, mientras unos se dirigieron a atender al hombre que había recibido el disparo, el resto fueron hacia el expolicía y su amigo que estaban en la barra. Sobre la barra se encontraba la placa, la pistola y el cargador.
 
Una de las policías ha narrado que el exagente que efectuó los disparos le contó que había discutido con la víctima y ésta le había clavado un cuchillo a su amigo. Luego le indicó que no tuvo más remedio que efectuar los disparos «para defenderse», le dijo. «El policía acusado colaboró, no hubo ningún problema», ha declarado la testigo.

Uno de los agentes de Guardia Civil que también se trasladó hasta el lugar del incidente ha declarado que encontraron tres casquillos de bala entre la puerta del local y el final del aparcamiento. «Eran disparos en distintos lugares, con lo que las personas estaban andando», ha precisado.

Por su parte, uno de los camareros del establecimiento ha explicado que observó cómo discutían el amigo del expolicía y el otro hombre en el hall del local, con lo que fue hacia ellos para pedirles que se fueran de allí. Luego ha dicho que recuerda cómo el hombre se dirigía hacia el amigo, y cómo el exagente efectuó varios disparos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3892 en: 09 de Enero de 2013, 13:58:21 pm »


Igual condena a cuatro guardias civiles y a un conductor que se resistió al arresto
 

Los agentes deberán indemnizar con 1.500 euros al ciudadano y éste a uno de los funcionarios por morderle.
 
Juan Manuel Játiva Valencia 8 ENE 2013 - 17:58 CET

Cuatro agentes de la Guardia Civil han sido condenados por la Audiencia Provincial de Alicante a medio año de prisión por las lesiones causadas a un conductor de 27 años  en un control de tráfico.  Este ciudadano, que fue golpeado "con fuerza excesiva e innecesaria" y por ello será indemnizado con 1.500 euros, ha sido condenado también a seis meses de cárcel por resistencia  y por morder y golpear a uno de los  agentes, al que deberá pagar también 270 euros por las lesiones causadas, además de 180 euros en concepto de multa.
 
El 3 de septiembre de 2008 los agentes dieron el alto a un conductor que viajaba por una carretera de Monòver (Alicante) en un control de tráfico en el que le pidieron la documentación. El ciudadano les facilitó toda la documentación requerida y pidió  a su vez a los agentes que se identificaran con su número profesional. A partir de ese momento la situación se complicó sustancialmente.
 
El conductor "se sentó en el capó de uno de los  vehículos oficiales" y uno de los agentes "le cogió por el brazo con intención de apartarlo de allí", ante lo que reaccionó "golpeando con la mano al funcionario en la cara",  aunque no hay constancia de "si su intención fue causarle algún daño o si fue un movimiento con el brazo tendente a evitar la sujeción y sometimiento a las indicaciones del citado guardia civil". Los cuatro guardias civiles respondieron dando a su interlocutor "diversos golpes en distintas partes del cuerpo", se dice en el fallo judicial,  "con el propósito de detener al conductor parado, le para lo que utilizaron las defensas de goma que llevaban en su vehículo oficial", dos de ellos, y "empleando sus propios recursos físicos personales", los otros dos.
 
En la trifulca, el conductor mordió en la mano a un agente, "para evitar que le pusiera los grilletes". Como consecuencia de esta acción "sufrió un hematoma en el pómulo izquierdo y herida por  mordedura" en la mano derecha que "curaron sin necesidad de observación o intervención médica posterior al diagnóstico, en nueve días, y no produjeron impedimento para el desarrollo de las actividades cotidianas".
 
El conductor, en cambio, "sufrió una herida inciso contusa en la cabeza de aproximadamente 5 centímetros en región frontal del cuero cabelludo". Los golpes le produjeron en el tórax, la cabeza, brazos, manos y piernas hematomas con diversos cardenales.  "Estos padecimientos precisaron, además de la primera atención médica", de inmovilización y  sutura "necesitando para su curación 40 días, 35 de los cuales permaneció impedido para el desempeño de sus actividades habituales".   
 
La condena de la Audiencia Provincial conlleva para los guardias civiles, además de medio año de prisión, la suspensión del cargo durante el tiempo de la condena. La pena del conductor lleva asociada la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo, aunque le absuelve de las peticiones de condena efectuadas por la acusación particular, al entender que el golpe que propinó al agente en el pómulo, "no puede ser catalogado como de resistencia grave ni de acometimiento propio del atentado".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3893 en: 09 de Enero de 2013, 14:02:18 pm »
Condenado un policía local de Caudete por falsear un documento público

M. MARTÍNEZ / albacete

Día 09/01/2013

Un policía local de Caudete, M.G.S., ha sido condenado por la sección 1ª de la Audiencia Provincial, a tres años de prisión por falsear un documento oficial, además de la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión por dos años.

En los hechos, la Sala considera probado que M.G.S., que había intervenido en la detención de una persona, entre el 25 de febrero y el 2 de marzo de 2007, «conociendo que había desaparecido el original de la diligencia de puesta en libertad del detenido, confeccionó como original un documento en el que figuraba que había sido puesto en libertad», firmando, dice la sentencia, tanto en el lugar correspondiente a la Policía como en los espacios reservados al declarante y a su letrado, «imitando la firma de los mismos».

El fallo no es firme pudiéndose presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Matrimonio conveniencia
 
También una joven colombiana, B.A.R.L., ha sido condenada por la misma sala a dos años de prisión por un delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros.
 
En la sentencia, se explica que la víctima vivía en 2008 en Colombia y deseaba venir a vivir a España. La acusada le propuso traerlo mediante el procedimiento de casarse con él y de esta forma conseguir que las autoridades españolas los autorizasen a residir por razón de reagrupación familiar solicitada por el cónyuge residente (la acusada) a favor del denunciante, el cónyuge no residente. La ahora condenada le advirtió que «jamás existiría vida marital entre ellos» y que debía abonarle previamente 4.000 euros.

Ambos se casaron el 29 de febrero de 2008 en Colombia y el contrayente le pagó a la acusada el dinero acordado. Ella regresó a España y solicitó la venida de su marido. La Subdelegación del Gobierno en Albacete estimó la solicitud y autorizó la entrada de su marido.
 
El esposo, dice la sentencia, llegó a España el 9 de febrero de 2009 y se fue primero a Jaén a trabajar. Luego, se quedó sin trabajo y se instaló en Albacete, en el domicilio de la acusada, «hasta que en cumplimiento de una resolución de 2 de junio de 2010, dictada por la Subdelegación, fue expulsado del territorio nacional el 26 de julio», concluye el fallo judicial.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3894 en: 10 de Enero de 2013, 13:49:40 pm »
Ya tenemos al castuzo en la calle a cobrar 50.000 en un puesto a dedo.

Por elotro lado, la progrehez ha conseguido con su discurso manipulador, soltar al defensor de los derechos de los trabajadores que portaba elementos necesarios para fabricar un artefacto explosivo junto con tornilleria.

Hispanistan da gusto, oigan.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3896 en: 14 de Enero de 2013, 15:24:27 pm »
Fina es la línea, tan fina que...


Rebajan la pena a un acusado de agredir a un policía


Después de varios recursos, la Audiencia Provincial, señala que se cometió un delito de resistencia a agentes de la autoridad, por lo que anula una pena de un año de prisión y la sustituye por otra de seis meses
 
14.01.13 - 14:00 -
EFE | MURCIA

La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado a la mitad el año de prisión por un delito de atentado impuesto a un hombre por dar un cabezazo al policía que trataba de identificarle porque sólo hubo resistencia y lo que ocurrido realmente fue que "desplazó su cuerpo hacia el agente, al que tenía delante, alcanzándole ligeramente con su cabeza en la nariz".
 
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de lo Penal número Uno, en su resolución de marzo de 2011, declaró como hechos probados que los incidentes ocurrieron el 13 er marzo de ese mismo año, cuando agentes de Policía, a instancia de unos viandantes, se personaron en el lugar en el que se hallaba un coche en cuyo interior discutían el acusado y su pareja.
 
Al solicitarle a ambos el carné, el primero "se negó a ello, además de decirles que 'me he quedado con vuestras caras, ya nos veremos en la calle', y, seguidamente, cuando se procedió a cachearlo, arremetió contra uno de los agentes, al que le dio un cabezazo, siendo seguidamente reducido por los funcionarios, sufriendo aquél lesiones que curaron a los cuatro días".
 
El Juzgado de lo Penal condenó al acusado a un año de prisión por un delito de atentado y a treinta días de multa, con una cuota diaria de tres euros, por una falta de lesiones, así como al pago de una indemnización de 120 euros al herido.
 
La sentencia fue recurrida por el denunciado, que alegó que no había tenido nunca intención de causar lesiones al agente y que el incidente fue debido al consumo excesivo de bebidas alcohólicas y a la situación que se vivía en aquellos momentos.
 
Al estimar parcialmente su recurso, la Audiencia Provincial fija un nuevo relato de los hechos probados, en el que desaparece la referencia al cabezazo, que es sustituida por "seguidamente, y cuando se procedió a cachearlo, desplazó su cuerpo hacia el agente, al que tenía delante, alcanzándole ligeramente con su cabeza en la nariz".
 
El tribunal recoge la situación anímica que vivía el acusado y la disputa previa que había mantenido con su pareja, así como la ingesta de bebidas alcohólicas.
 
Dice la sala que "el acusado efectuó un desplazamiento de su cuerpo hacia el policía que tenía próximo, frente a sí, lo que fue advertido por el mismo y generó una reacción de ligero movimiento corporal de éste para evitar el contacto físico, sin evitarlo, por cuanto el acusado impactó levemente en la nariz con su cabeza al desplazarse hacia adelante".
 
El tribunal entiende, por tanto, que en los hechos juzgados no se dan los requisitos que se exigen para condenar por un delito de atentado, sino por el delito de resistencia a agentes de la autoridad, por lo que anula la pena de un año de prisión y la sustituye por otra de seis meses.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3897 en: 14 de Enero de 2013, 16:58:15 pm »
Madre del amor hermoso...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3898 en: 14 de Enero de 2013, 17:11:15 pm »
In dubio pro gentuza.  Hispanistàn en estado puro.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3899 en: 14 de Enero de 2013, 17:36:03 pm »
In dubio pro gentuza.  Hispanistàn en estado puro.
Ojala hubiese "dubio", pero de un cabezazo poco se puede "dubitar"... Un juez haciendo oposiciones a puestos politicos, en este caso, de la progrehez.

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