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Foro policial => Opositores => Mensaje iniciado por: GUARDIA-CIVIL en 24 de Noviembre de 2008, 15:27:44 pm
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Me p?deis decir si es legal que un policia en acto de servicio registre un coche sin existir una orden superior y por propia iniciativa o se consideraria un allanamiento ilegal?
Porque en el listado de masterD me sale en un test;
a) si, siempre.
b)No, sin orden del juez
c) No, salvo ordenes de superiores jerárquicos.
Es un test del curso de preparación de acceso a Guardia Civil, en realidad tengo mas dudas, pero esta es la primera que me ha salido.
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a)
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Sin duda a/
un saludo.
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mirata la definicon del codigo penal del allanamieto y sabras que puede ser una morada, pero vamos como dicen los compa?eros sin lugar a dudas
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la a esta claro
;pal; ;pal;
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OK, comprendido, y rizano el rizo se me ocurre otra (esta no sale en el test).
?Y si se trata de una autocaravana ?
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idem, ejemplo claro mira la frontera, si tuviesen que pedi una orden cada vez que un perro detecta algo valgame.................. :paz :paz :paz :paz :paz
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Buen ejemplo, gracias por la ayuda...a los que me habeis respondido a lo que preguntaba, claro .
;pal;
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Supongo que quieres dar las gracias a todos los foreros....Vs
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OK, comprendido, y rizano el rizo se me ocurre otra (esta no sale en el test).
?Y si se trata de una autocaravana ?
Solo tienes que buscar un poco....mira a ver si esto te saca de dudas y yo doy gracias a todos los foreros....sin distincion...hoy te ayuda uno y ma?ana te ayuda otro...Quid pro quo
Sentencia del Tribunal Supremo de 19/09/1984 (RTC 1984/22), que recoge el contenido de la Sentencia del Tribunal Constitucional 17-02-1984 (RTC 1984/22): ?Por ello la caravana adosada a un vehículo de motor o formando parte íntegra de él ?autocaravana- que tiene en su parte habitable todo lo necesario, más o menos, para hacer eficaz la morada de los pasajeros, es apta para constituir el domicilio de una persona como soporte básico del derecho a la intimidad personal y familiar, sin que la circunstancia de tratarse de un vehículo itinerante en movimiento excluya tal carácter, y sin que pueda admitirse, a tales efectos, la sutil distinción entre la situación de acampada o movimiento, porque tal distinción es problemática, injusta y contraria al espíritu constitucional y crearía enormes dificultades....?
Saludos y paz.
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Buen ejemplo, gracias por la ayuda...a los que me habeis respondido a lo que preguntaba, claro .
;pal;
Para ser un opositor, tu mensaje está cargado de arrogancia y prepotencia hacia los demás foreros, cosa que no voy a permitir en este subforo.Vs