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Foro policial => Opositores => Mensaje iniciado por: tombostone en 13 de Septiembre de 2014, 17:46:44 pm
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Unos cuantos supuestos a ver si opinais sobre si detendriais y en que articulo del codigo penal:
1- Un tipo pincha una rueda de un coche policial en vuestras narices.
2- Le da una patada a la puerta del coche policial pero no le hace ningún daño en vuestras narices.
3-Atropella a un peaton y el peaton muere. El conductor da 0,36 en aire.
4-Atropella a un peaton y el peaton herido grave. El conductor da 0,36 en aire.
5-Atropella a un peaton y el peaton leve. El conductor da 0,36 en aire.
6- Le pides a una persona que se indentifique y te da una filiación falsa.
7- Un peatón se pone a dar gritos en la calle de madrugada, y tras denunciarlo admin. continua gritando.
Que haríais?. Detendriais?, porqué?.
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1º DETENIDO IMPUTADO POR DELITO DE DAÑOS
2º Detenido delito de atentado
3º y 4º y 5º DETENIDO presunto delito contra la seguridad vial, la justicia lo soltará pero me lo llevo detenido.
6º Delito falsedad documnental y mirar si por usurpacion de identidad Detenido
7º Primeros intentamos tranquilizar al peaton tas caso omiso desobediencia detenido y atestado al juzgado ellos sabran como lo tipifican.
Vamos yo no soy policía pero me llevo puesto a todos jajajaa.
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1º DETENIDO IMPUTADO POR DELITO DE DAÑOS
2º Detenido delito de atentado
3º y 4º y 5º DETENIDO presunto delito contra la seguridad vial, y homicidio imprudente en el primer caso la justicia lo soltará pero me lo llevo detenido.
6º Delito falsedad documnental y mirar si por usurpacion de identidad Detenido
7º Primeros intentamos tranquilizar al peaton tas caso omiso desobediencia detenido y atestado al juzgado ellos sabran como lo tipifican.
Vamos yo no soy policía pero me llevo puesto a todos jajajaa.
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Se nota,sino llevarias unas cuantas detenciones ilegales. Primero hy que mirarse el codigo penal.
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Se nota,sino llevarias unas cuantas detenciones ilegales. Primero hy que mirarse el codigo penal.
¿Como cuales?
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1º DETENIDO IMPUTADO POR DELITO DE DAÑOS
2º Detenido delito de atentado
Falta, en el primer caso, y "tarjeta amarilla", en el segundo.
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Muchas gracias 47Ronin espero aprobar en Madrid y aprender de los veteranos.
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Muchas gracias 47Ronin espero aprobar en Madrid y aprender de los veteranos.
El "sensei" es una figura desaparecida en la PMM, yo tuve mis "senseis", dos para ser exactos, uno me enseño la teoría práctica A y el otro la teoría práctica B..y yo puse la teoría práctica C puliendo las enseñanzas de ellos, sin embargo, el proyecto del ínclito Coordinador que ya no lo es de 2003 y siguientes hizo desaparecer esa figura y se puso en las calles a novatos emparejados y todos ellos creyeron que con las enseñanzas de la academia estaban dispuestos para acometer las "tarjetas amarillas" sin necesidad de "senseis"...y el resultado es una carencia importante que en ocasiones pasa facturas terribles.
Escoja sus "senseis", escrute a quien se mueve con rapidez, ligereza y habilidad, aprenda de ellos y con el tiempo pulirá sus enseñanzas, con el tiempo, no tenga prisa, y dentro de unos años, con dedicación, esfuerzo y formación contínua otros le escogerán como modelo.
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1º DETENIDO IMPUTADO POR DELITO DE DAÑOS
2º Detenido delito de atentado
Falta, en el primer caso, y "tarjeta amarilla", en el segundo.
Bueno, el primero según se valoren las ruedas, igual aparece por ahí una factura de la rueda que alguien ha firmado (comisión incluida) por 600 o 700 euros jajajaja
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1º DETENIDO IMPUTADO POR DELITO DE DAÑOS
2º Detenido delito de atentado
Falta, en el primer caso, y "tarjeta amarilla", en el segundo.
Bueno, el primero según se valoren las ruedas, igual aparece por ahí una factura de la rueda que alguien ha firmado (comisión incluida) por 600 o 700 euros jajajaja
Ni llevándose la rueda a su casa se lo pasarán como delito...incluso quizás dos tampoco...las peritaciones judiciales compran en un establecimiento denominado "utopía", yo he intentado buscarlo para comprar allí pero me ha sido imposible encontrarlo.
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1º DETENIDO IMPUTADO POR DELITO DE DAÑOS
2º Detenido delito de atentado
Falta, en el primer caso, y "tarjeta amarilla", en el segundo.
Bueno, el primero según se valoren las ruedas, igual aparece por ahí una factura de la rueda que alguien ha firmado (comisión incluida) por 600 o 700 euros jajajaja
Ni llevándose la rueda a su casa se lo pasarán como delito...incluso quizás dos tampoco...las peritaciones judiciales compran en un establecimiento denominado "utopía", yo he intentado buscarlo para comprar allí pero me ha sido imposible encontrarlo.
Salvo que para llevarse la rueda cause daños en el coche no? Que entonces seria un robo con fuerza.
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La fuerza ha de usarse, al menos, para desatornillar los tornillos, incluso rompiendo quizás el de seguridad, si lo tiene, pero la realidad nos demuestra que son hurtos, una buena parte juzgados como faltas.
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La fuerza ha de usarse, al menos, para desatornillar los tornillos, incluso rompiendo quizás el de seguridad, si lo tiene, pero la realidad nos demuestra que son hurtos, una buena parte juzgados como faltas.
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
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Y al ser un vehículo oficial perjudicando el servicio por ejemplo llaman de una urgencia que un hombre agrede físicamente a su pareja, ¿podría agravar tal situación y califcarla como delito?.
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La fuerza ha de usarse, al menos, para desatornillar los tornillos, incluso rompiendo quizás el de seguridad, si lo tiene, pero la realidad nos demuestra que son hurtos, una buena parte juzgados como faltas.
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
:buenpost
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:gracias1
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Y al ser un vehículo oficial perjudicando el servicio por ejemplo llaman de una urgencia que un hombre agrede físicamente a su pareja, ¿podría agravar tal situación y califcarla como delito?.
Si los daños superan los 400 euros y lo inutiliza para el servicio es un tipo agravado del ddelito de daños. Pero la circunstancia que menciona no sirve para convertir en delito una simple falta.
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Vale me quedo claro ya, gracias a todos, cuantas cosas quedan por aprender.
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La fuerza ha de usarse, al menos, para desatornillar los tornillos, incluso rompiendo quizás el de seguridad, si lo tiene, pero la realidad nos demuestra que son hurtos, una buena parte juzgados como faltas.
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
Exacto.....
Estos mu...... abuelos.
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Aquí tienen otro supuesto para debate, imaginen que les requieren por esa conducta. Que harían?
Enfoque penal en el España?
Se enfrenta a un año de prisión por eyacular en el café de su compañera de trabajo
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Aquí tienen otro supuesto para debate, imaginen que les requieren por esa conducta. Que harían?
Enfoque penal en el España?
Se enfrenta a un año de prisión por eyacular en el café de su compañera de trabajo
Filiación, imputado no detenido por vejaciones, y que decida su señoría.
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Jajajajaa, pues no tendría ni idea pero asqueroso es. Habría que mirar si lo hizo frente a ella o algo para meterlo por delito contra lalibertad sexual. La verdad que no sabría catalogarlo.
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Quizás también como delito contra la integridad moral.
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Aquí tienen otro supuesto para debate, imaginen que les requieren por esa conducta. Que harían?
Enfoque penal en el España?
Se enfrenta a un año de prisión por eyacular en el café de su compañera de trabajo
Filiación, imputado no detenido por vejaciones, y que decida su señoría.
Falta de vejaciones injustas
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Y probablemente habría que llevarse detenida a la chica por homicidio si se entera porque es para matarlo....
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Quizás también como delito contra la integridad moral.
Podría intentarse pero al final...lo mismo que con las ruedas, la experiencia nos enseña que se aplica "in dubio pro reo".
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OK bueno que ya me hubieran echado de la policía con mis actuaciones.
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Aquí tienen otro supuesto para debate, imaginen que les requieren por esa conducta. Que harían?
Enfoque penal en el España?
Se enfrenta a un año de prisión por eyacular en el café de su compañera de trabajo
Filiación, imputado no detenido por vejaciones, y que decida su señoría.
Falta de vejaciones injustas
Si es una falta porque se enfrenta a pena de prisión y no a una multa de 10 a 20 días que es lo que dice el CP? Será porque lo han considerado delito no?
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Pues poco recorrido penal creo que tiene aqui. Vulnerabilidad de la dignidad de la víctima, pero como mucho el tema ira al ámbito laboral.
Otra cosa sería si le produciese una úlcera u otra enfermedad. Pero si se queda preñada...... ;ris;
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Aquí tienen otro supuesto para debate, imaginen que les requieren por esa conducta. Que harían?
Enfoque penal en el España?
Se enfrenta a un año de prisión por eyacular en el café de su compañera de trabajo
Filiación, imputado no detenido por vejaciones, y que decida su señoría.
Falta de vejaciones injustas
Si es una falta porque se enfrenta a pena de prisión y no a una multa de 10 a 20 días que es lo que dice el CP? Será porque lo han considerado delito no?
Creo que el supuesto está traído de EE.UU...
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Aquí tienen otro supuesto para debate, imaginen que les requieren por esa conducta. Que harían?
Enfoque penal en el España?
Se enfrenta a un año de prisión por eyacular en el café de su compañera de trabajo
Filiación, imputado no detenido por vejaciones, y que decida su señoría.
Falta de vejaciones injustas
Si es una falta porque se enfrenta a pena de prisión y no a una multa de 10 a 20 días que es lo que dice el CP? Será porque lo han considerado delito no?
Creo que el supuesto está traído de EE.UU...
Coño es verdad, se me olvidaba ese ligero pero importante. Y allí la cárcel es a la mínima además....
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Pues poco recorrido penal creo que tiene aqui. Vulnerabilidad de la dignidad de la víctima, pero como mucho el tema ira al ámbito laboral.
Otra cosa sería si le produciese una úlcera u otra enfermedad. Pero si se queda preñada...... ;ris;
Viendo tu última frase creo que tienes que tener una charla con papa y mama para ver de donde vienen los niños jejeje
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Yo le pregunté a Boris Becquer, que de sexo oral le salió un churumbel. :partirse
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La fuerza ha de usarse, al menos, para desatornillar los tornillos, incluso rompiendo quizás el de seguridad, si lo tiene, pero la realidad nos demuestra que son hurtos, una buena parte juzgados como faltas.
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
:buenpost
:mus;
La Policía detiene a dos individuos por tratar de robar las ruedas de un coche
S.H. huelva | Actualizado 16.09.2014 - 01:00
Funcionarios de la Comisaría de Huelva han detenido a dos individuos que responden a las iniciales F.J.B.S.C., de 47 años de edad, y M.R.G., de 58, ambos con antecedentes policiales, como presuntos autores de un delito de robo con fuerza, cuando trataban de llevarse las ruedas de un vehículo. Un vecino de la zona fue quien alertó a la Policía Nacional, a través de una llamada telefónica al 091, de que dos individuos se encontraban manipulando las ruedas de un vehículo estacionado frente a su domicilio, consiguiendo quitarlas y esconderlas en un lugar próximo.
Gracias a la colaboración ciudadana y a la respuesta inmediata de la Comisaría Provincial, los agentes que se desplazaron al lugar sorprendieron a los presuntos autores de los hechos cuando aún se encontraban manipulando el vehículo, que habían apoyado sobre adoquines, y las ruedas que acaban de quitar.
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4 ruedas dependiendo de la medida.... son mas de 400 euros.. falta las medidas de los neumáticos y otro dato importante es si llevan llantas de aleación o de acero. Se pasan fijo. DELITO cri cri
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4 ruedas dependiendo de la medida.... son mas de 400 euros.. falta las medidas de los neumáticos y otro dato importante es si llevan llantas de aleación o de acero. Se pasan fijo. DELITO cri cri
Pero......de hurto.
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Pero.. ¿estaban identificados los susodichos? Lo mismo les detienen por un completo
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Pero.. ¿estaban identificados los susodichos? Lo mismo les detienen por un completo
escalaejecutiva, dixit
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
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Pero.. ¿estaban identificados los susodichos? Lo mismo les detienen por un completo
escalaejecutiva, dixit
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
¿Y no utilizan la fuerza para separar las ruedas del vehículo? No sé, lo mismo tienen que quitar tornillos antirrobo, normales o algo...
Solo por preguntarlo, así, a bote pronto, que se me acaba de ocurrir..
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Ya mencioné lo de los tornillos y la "fuerza" que hau que hacer para su desmontaje...pero eso no se considera fuerza en las cosas sino hurto.
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Pero.. ¿estaban identificados los susodichos? Lo mismo les detienen por un completo
escalaejecutiva, dixit
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
¿Y no utilizan la fuerza para separar las ruedas del vehículo? No sé, lo mismo tienen que quitar tornillos antirrobo, normales o algo...
Solo por preguntarlo, así, a bote pronto, que se me acaba de ocurrir..
No, se refiere a que tienen que usar la fuerza para acceder... esto es que la rueda la puedes tocar por lo que no hay fuerza para acceder a la misma.... peeeerooooo si existe fuerza para acceder a una colonia o videojuego que se encuentra dentro de esas cajitas de metraquilato transparente, en los centros comerciales.
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De igual manera hurto. Te puedes llevar el producto sin romper la cajita.
En alguna ocasión se tramito hurto (el producto) más daños (rotura del sistema anti-hurto)
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Me refiero a quebrantar la caja y llevarte el producto dentro de la tienda
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Daños + hurto.
Un expositor de un establecimiento, que no te puedes llevar, lo fuerzas y te llevas lo que contiene, robo con fuerza.
Todo esto a mi humilde estender
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Cuando procede una detención ante un accidente de tráfico?
1-Cuando hay heridos graves sin alcoholemia. Saltarse un semáforo y mata a un peatón
2-cuando hay heridos leves y cualquier tasa de alcoholemia mayor de 0,25.
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Por proceder no siempre como tal, si es con domicilio conocido y demas, de ponernos exquisitos, en el caso 2.
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Cuando procede una detención ante un accidente de tráfico?
1-Cuando hay heridos graves sin alcoholemia. Saltarse un semáforo y mata a un peatón
2-cuando hay heridos leves y cualquier tasa de alcoholemia mayor de 0,25.
En la práctica...nunca...para eso se inventó el imputado no detenido.
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IND mariconadas de falta de espacio
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Daños + hurto.
Un expositor de un establecimiento, que no te puedes llevar, lo fuerzas y te llevas lo que contiene, robo con fuerza.
Todo esto Daños + hurto.
Un expositor de un establecimiento, que no te puedes llevar, lo fuerzas y te llevas lo que contiene, robo con fuerza.
Todo esto a mi humilde estender
No lo veo igual, rompe el envase creado para que no se lleven según que cosas y se lleva el contenido.... usa la fuerza para acceder a lo que quiere llevarse.
a ver que opinan los demás.
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Pero.. ¿estaban identificados los susodichos? Lo mismo les detienen por un completo
escalaejecutiva, dixit
La fuerza debe aplicarse para acceder al lugar donde se encuentra la cosa, no en la cosa.
¿Y no utilizan la fuerza para separar las ruedas del vehículo? No sé, lo mismo tienen que quitar tornillos antirrobo, normales o algo...
Solo por preguntarlo, así, a bote pronto, que se me acaba de ocurrir..
No, se refiere a que tienen que usar la fuerza para acceder... esto es que la rueda la puedes tocar por lo que no hay fuerza para acceder a la misma.... peeeerooooo si existe fuerza para acceder a una colonia o videojuego que se encuentra dentro de esas cajitas de metraquilato transparente, en los centros comerciales.
Tampoco, ya que la cajita la cojes y te la puedes llevar ya que la misma se encuentra al alcance en la estantería.
Y es que según esa regla de tres el quitarle el plastiquico a un CD, en los centros comerciales, también sería "robo con fuerza" y no lo es.
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Aaaahhhhhh. Vale.
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Unos cuantos supuestos a ver si opinais sobre si detendriais y en que articulo del codigo penal:
1- Un tipo pincha una rueda de un coche policial en vuestras narices.
2- Le da una patada a la puerta del coche policial pero no le hace ningún daño en vuestras narices.
3-Atropella a un peaton y el peaton muere. El conductor da 0,36 en aire.
4-Atropella a un peaton y el peaton herido grave. El conductor da 0,36 en aire.
5-Atropella a un peaton y el peaton leve. El conductor da 0,36 en aire.
6- Le pides a una persona que se indentifique y te da una filiación falsa.
7- Un peatón se pone a dar gritos en la calle de madrugada, y tras denunciarlo admin. continua gritando.
Que haríais?. Detendriais?, porqué?.
1-Podría ser una falta de daños y otra contra el orden público.(no detenido)
2-Falta contra el orden público.(no detenido). Podría ser administrativo también. A potestad del policía.
3-Delito contra la seguidad vial y homicidio imprudente.(detenido)
4-Delito contra la seguridad vial y posible detención por lesiones graves.
5.Delito contra la seguidad vial (Imputado no detenido)
6-Falta administrativa a la Ley de Seguridad Ciudadana.
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Cuando procede una detención ante un accidente de tráfico?
1-Cuando hay heridos graves sin alcoholemia. Saltarse un semáforo y mata a un peatón
2-cuando hay heridos leves y cualquier tasa de alcoholemia mayor de 0,25.
Hay detención cuando existe un presunto DSV y además heridos graves o fallecidos.
Cuando procede una detención ante un accidente de tráfico?
1-Cuando hay heridos graves sin alcoholemia. Saltarse un semáforo y mata a un peatón
2-cuando hay heridos leves y cualquier tasa de alcoholemia mayor de 0,25.
En la práctica...nunca...para eso se inventó el imputado no detenido.
Cuanto más leo, más me asombras.
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Cada PL actúa como le "viene"...y en Madrid el detenido fue sustituido hace largo tiempo por el imputado no detenido.
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Cada PL actúa como le "viene"...y en Madrid el detenido fue sustituido hace largo tiempo por el imputado no detenido.
Supongo q llevareis la práctica de otra forma, y teniéndolo plenamente identificado, no será necesaria la detención, pero si se detiene, tampoco estaría mal, y que decida el juez.
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Cada PL actúa como le "viene"...y en Madrid el detenido fue sustituido hace largo tiempo por el imputado no detenido.
Supongo q llevareis la práctica de otra forma, y teniéndolo plenamente identificado, no será necesaria la detención, pero si se detiene, tampoco estaría mal, y que decida el juez.
Yo procedo de la época de la detención...y no me gusta la del imputado no detenido ya que considero que es una forma de situar el delito en lo que no debe ser..de segunda categoría.