esto viene a decir que el meter información de ubicación de los radares fijos en un navegador p. ej. hace que ese sistema sea ilegal ya que la descarga de esta información va encaminada a eludir el control de velocidad sobre el vehículo en el que va instalado.
En el momento que insertar unas coordenadas del lugar donde esta ubicado un radar fijo, ya esta usando el navegador para eludir la vigilancia o el control de velocidad del vehículo donde va instalado.
El hecho de que la DGT haya publicado una lista donde se encuentran los radares fijos no legitima la instalación de un detector de radar o el acondicionamiento (grabar coordenadas p.ej.) de un navegador para esos fines ya que el RGC lo prohibe de forma expresa. La DGT ha publicado esa lista por que al se?or Navarro le ha dado la gana y no por que la normativa de videovigilancia le obligue.
El art. 18 del RGC engloba cualquier sistema encaminado a eludir la vigilancia:
Se prohibe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas (1), se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico(2), o que se emitan o hagan se?ales con dicha finalidad (3), asi como utilización de mecanismos de detección de radar (4).
(1) Cualquier sistema, GPS, PDA, etc.
(2) Que se acondicionen "meterle las coordenadas p.ej."
(3) El tipico tio dando luces, lo de toda la vida.
(4) Bueno aquí marca una diferencia muy clara y nombra de forma expresa los "detectores de radar", vamos los que emiten ondas.
Creo que esta claro. Esto no es ninguna interpretación mia, es lo que dice el art. 18 del RGC.
El que los datos esten en la web de la DGT no implica que de ellos se de un uso inadecuado contraviniendo las normas de circulación. Las mejores coordenadas del conductor de un vehículo son la de su destino y si se respetan las normas de circulación se garantiza la seguridad de los que van en el vehículo y la del resto de usuarios.
Se prohibe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas (1), se lleven instrumentos o se acondicionen
Se prohibe que en los vehículos se instalen
larras creo que no has leido bienSe prohibe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas (1), se lleven instrumentos o se acondicionen
?Entiendes lo de mecanismos o sistemas?, claro un GPS es un chisme y eso no se encuadra en ése cajón desastre.
Si tu tienes una pistola particular perfectamente legal, se te va la pinza y te da por atracar un banco a mano armada, ?qué pasa que como la pipa es legal ya no comentes el delito?.
La norma esta para respetarla (y a las suegras también) y si no se esta conforme con ella... pues recurso de inconstitucionalidad, o ?cómo era el recurso ese?.
Veo que no te aclaras o no quieres aclararte, pero al menos lee bienSe prohibe que en los vehículos se instalen
Es complicado ?verdad?. Ya del uso ni hablamos.
A padre le vas a ense?ar a hacer hijos.
No me enfado hombre. De todas formas eso mismo me dijo un buen amigo y compa?ero (abogado del negociado de expedientes de la DGGC en aquel entonces), cuando estabamos haciendo el curso de Cabo, que siempre le sacabamos tres pies al gato, aunque, al menos yo, no siempre tenemos razón.
De todas formas si algún día vas a ir hacia el Levante del Reino, me mandas un privi y si pasas por "mis dominios" echamos esas ca?itas 0,0. ;;cer;;
?fale?
Pues la PDA con GPS es un buen invento, fucinona muy bien. :mus;
En el momento que insertar unas coordenadas del lugar donde esta ubicado un radar fijo, ya esta usando el navegador para eludir la vigilancia o el control de velocidad del vehículo donde va instalado.
El art. 18 del RGC engloba cualquier sistema encaminado a eludir la vigilancia:
Se prohibe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas (1), se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico(2), o que se emitan o hagan se?ales con dicha finalidad (3), asi como utilización de mecanismos de detección de radar (4).
(1) Cualquier sistema, GPS, PDA, etc.
(2) Que se acondicionen "meterle las coordenadas p.ej."
(3) El tipico tio dando luces, lo de toda la vida.
(4) Bueno aquí marca una diferencia muy clara y nombra de forma expresa los "detectores de radar", vamos los que emiten ondas.
El que los datos esten en la web de la DGT no implica que de ellos se de un uso inadecuado contraviniendo las normas de circulación.
Pues la PDA con GPS es un buen invento, fucinona muy bien. :mus;
Bueno... eso si no te falla la cobertura en medio de un cruce y luego las pasas canutas para llegar a la calle que ivas...
Ahora eso sí si la pones en modo navegación, viene muy bien saber hacia donde sale la siguiente curva.
http://www.dgt.es/revista/num177/pdf/num177-2006-radares.pdf
Edición de la revista de tráfico de la DGT. Joé que problemas pa ponerloooo ;pal; ;llor;
http://www.dgt.es/revista/num177/pdf/num177-2006-radares.pdf
Edición de la revista de tráfico de la DGT. Joé que problemas pa ponerloooo ;pal; ;llor;
Bien he estado leyendo el artículo insertado y bueno, el criterio de la DGT se aproxima más a vuestro criterio que al mio, más que nada por la redacción dada al art. 18 y su interpretación, ya que de su lectura no hace distinción a ningún tipo de "diálogo", como dice el artículo, entre el vehículo, radar y conductor, simplemente se limita a prohibir la instalación de sistemas, mecanismo, bueno etc etc etc.
Pues la PDA con GPS es un buen invento, fucinona muy bien. :mus;
Bueno... eso si no te falla la cobertura en medio de un cruce y luego las pasas canutas para llegar a la calle que ivas...
Ahora eso sí si la pones en modo navegación, viene muy bien saber hacia donde sale la siguiente curva.
Pues la mia funciona de P. Madre, no pierde la cobertura, chip Sirf III, lo mejó de lo mejó.
http://www.dgt.es/revista/num177/pdf/num177-2006-radares.pdf
Edición de la revista de tráfico de la DGT. Joé que problemas pa ponerloooo ;pal; ;llor;
Bien he estado leyendo el artículo insertado y bueno, el criterio de la DGT se aproxima más a vuestro criterio que al mio, más que nada por la redacción dada al art. 18 y su interpretación, ya que de su lectura no hace distinción a ningún tipo de "diálogo", como dice el artículo, entre el vehículo, radar y conductor, simplemente se limita a prohibir la instalación de sistemas, mecanismo, bueno etc etc etc.
DEbes una cena... (o era un cafe ;c;) bueno como tengo dudas y te has puesto muy cabezon, me debes una cena !!!
SAludos;
http://www.dgt.es/revista/num177/pdf/num177-2006-radares.pdf
Edición de la revista de tráfico de la DGT. Joé que problemas pa ponerloooo ;pal; ;llor;
Bien he estado leyendo el artículo insertado y bueno, el criterio de la DGT se aproxima más a vuestro criterio que al mio, más que nada por la redacción dada al art. 18 y su interpretación, ya que de su lectura no hace distinción a ningún tipo de "diálogo", como dice el artículo, entre el vehículo, radar y conductor, simplemente se limita a prohibir la instalación de sistemas, mecanismo, bueno etc etc etc.
DEbes una cena... (o era un cafe ;c;) bueno como tengo dudas y te has puesto muy cabezon, me debes una cena !!!
SAludos;
A mandar :mus; ;fu;
Si los tiene, y en la Scenic del curro que tambien los tiene la he probado y tambien funciona de pm.Pues la PDA con GPS es un buen invento, fucinona muy bien. :mus;
Bueno... eso si no te falla la cobertura en medio de un cruce y luego las pasas canutas para llegar a la calle que ivas...
Ahora eso sí si la pones en modo navegación, viene muy bien saber hacia donde sale la siguiente curva.
Pues la mia funciona de P. Madre, no pierde la cobertura, chip Sirf III, lo mejó de lo mejó.
Pues entonces tu coche no tiene cristales "atermicos" de esos. :mus;
El Angel Driver que anuncia la cope es una maravilla.
El Angel Driver que anuncia la cope es una maravilla.
Si pero es solo un localizador de radares y no es un Detector, por lo que los radares móviles no los detectará.
El Angel Driver que anuncia la cope es una maravilla.
Si pero es solo un localizador de radares y no es un Detector, por lo que los radares móviles no los detectará.
seguro?
ok la visitaré. La verdad es que en la A7 de Valencia a Barcelona todos están en largas rectas.
saludos.
Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado,
PROGRAMAR EL GPS, 200? DE MULTA
El Congreso legaliza los detectores de radares
Utilizar un avisador de radares deja de ser ilegal. El Congreso aprobó varios cambios en el régimen sancionador de tráfico. Aumenta hasta el 50 por ciento el descuento por pronto-pago, la grúa no se llevará el coche de la zona azúl... Eso sí, configurar el GPS en marcha será multado con 200 euros.
2009-06-10
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L D (Agencias) Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada este miércoles en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja.
La enmienda, presentada por CiU y que fue apoyada por el resto de grupos parlamentarios, sí autoriza a la retirada del vehículo cuando éste se encuentre aparcado en un estacionamiento reservado a discapacitados, ya que en este caso el coche mal estacionado obstruye o dificulta la movilidad de otros usuarios.
Estacionar en estas plazas para discapacitados se considerará una falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.
Otro paquete de enmiendas introducido este miércoles a la nueva ley de Seguridad Vial limita las infracciones en las que se pierden puntos del carné. El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de "conducción de forma negligente", por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor.
Los conductores tampoco perderán puntos del carné, como sucedía ahora, por estacionar o parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos.
Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.
Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección. Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno.
Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos. La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.
En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50 por ciento del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.
La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.
PROGRAMAR EL GPS, 200? DE MULTA
El Congreso legaliza los detectores de radares
Utilizar un avisador de radares deja de ser ilegal. El Congreso aprobó varios cambios en el régimen sancionador de tráfico. Aumenta hasta el 50 por ciento el descuento por pronto-pago, la grúa no se llevará el coche de la zona azúl... Eso sí, configurar el GPS en marcha será multado con 200 euros.
2009-06-10
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L D (Agencias) Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado, según una enmienda aprobada este miércoles en la Comisión de Interior del Congreso a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que ahora pasará al pleno de la Cámara Baja.
La enmienda, presentada por CiU y que fue apoyada por el resto de grupos parlamentarios, sí autoriza a la retirada del vehículo cuando éste se encuentre aparcado en un estacionamiento reservado a discapacitados, ya que en este caso el coche mal estacionado obstruye o dificulta la movilidad de otros usuarios.
Estacionar en estas plazas para discapacitados se considerará una falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.
Otro paquete de enmiendas introducido este miércoles a la nueva ley de Seguridad Vial limita las infracciones en las que se pierden puntos del carné. El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de "conducción de forma negligente", por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor.
Los conductores tampoco perderán puntos del carné, como sucedía ahora, por estacionar o parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado pero no verá reducidos sus puntos.
Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.
Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección. Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno.
Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos. La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.
En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50 por ciento del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.
La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.
O sea que la documentacion no va a ser obligatoria llevarla, no se como se va a comprobar itv en vigor, caracteristicas técnicas alteradas,
Yo lo que estoy preocupado es que me pidan el boletin, recuerdo haberlo utilizado alla en el 92, pero ya digo lo tengo que encontrar.
un saludo.
Si ya lo se, pero ante la itv si que hay que acreditarlo.
Un saludo.
Si ya lo se, pero ante la itv si que hay que acreditarlo.
Un saludo.
Yo lo veo como otra forma de controlar el tema del seguro...y es más, me parece bien que las ITV filtren este asunto... pues el seguro es algo que provoca al Estado ingentes cantidades de dinero en indemnizaciones (no olvidemos que ese dinero sale de nuestros bolsillos) por que unos individuos conducen sin haberlo suscrito, asi que... LE?A AL MONO.
Peor lo tiene el CNP que no tiene acceso a las bases de datos respecto a esas cuestiones... tú al menos puedes tener una "referencia"...
... por cierto ceneperos, cuando entre en vigor la ley no llameis... estamos todos ocupados haciendo seguridad ciudadana.
Esto en realidad no es mas que otra forma de recaudar.... primero se denuncia.... y despues?? primero paga y despues reclama.... .ca;
Que no, que prefiero lo de " a favor del administrado." porque el ciudadano no tiene la culpa de que los politicos tengan ideas de blade runner cuando la tecnologia que tenemos es todavia escasa y mal gestionada (sobre todo para que se lo lleven muerto los amigos de estos que tengan empresas dedicadas a estos temas ?te suena FCC?).
Un saludo.
Anda carcamal que sepas que me he comprado la última revista de casa y jardin en previsión :culQue no, que prefiero lo de " a favor del administrado." porque el ciudadano no tiene la culpa de que los politicos tengan ideas de blade runner cuando la tecnologia que tenemos es todavia escasa y mal gestionada (sobre todo para que se lo lleven muerto los amigos de estos que tengan empresas dedicadas a estos temas ?te suena FCC?).
Un saludo.
Tú a callar "cono de plástico". :bur)
Esto en realidad no es mas que otra forma de recaudar.... primero se denuncia.... y despues?? primero paga y despues reclama.... .ca;
Nop... llegada la denuncia a Tráfico ella comprueba y la ANULA.
No problemo... te denunciamos y tráfico te la quitará. :mus;
Me lo creo, eso si que me lo creoNo problemo... te denunciamos y tráfico te la quitará. :mus;
Te la quitará SI.... la pasta...... luego habras de reclamar.....
Vamos, que ahora el detector de radar no será sancionable llevarlo instalado, :santos
:pen:
O sea, que no hay que presentar la itv...
:pen:
En cuanto tenga un simple alerón o unas lunas tintadas o cualquier chorradilla a ver como me demuestra que están homologadas...
:pen:
Y no ha de llevar la documentación del seguro...
:pen:
Y como lo compruebo si en mi municipio no tenemos acceso a esos datos y si los tenemos en "un favor"....
Y lo inmovilizarías?no
Y lo inmovilizarías?no
solo si no tengo acceso al seguro y el ciudadano se pone tontin, lo demas intervengo el permiso de circulacion y le doy las recetas pertinentes.
que norma te ampara a ti a retirar un permiso de circulación por realizar una reforma de importancia y no pasar la correspondiente inspección técnica? ? ? . . . yo, personalmente, creo que ninguna, pero si tu encuentras soporte jurídico a esa retirada del permiso de circulación nos lo posteas aquí . . .
que norma te ampara a ti a retirar un permiso de circulación por realizar una reforma de importancia y no pasar la correspondiente inspección técnica? ? ? . . . yo, personalmente, creo que ninguna, pero si tu encuentras soporte jurídico a esa retirada del permiso de circulación nos lo posteas aquí . . .
El R.D. 2042/1994, reflejando en observaciones la referencia al R.D. 736/88.
Ademas de informe proponiendo el vehiculo para I.T.V. extraordinaria.
Vamos, que ahora el detector de radar no será sancionable llevarlo instalado, :santos
. . . no el detector sigue siendo ilegal y denunciable, lo que ahora se va a permitir son los avisadores, que de hecho ya estaban permitidos puesto que los navegadores de GPS ya te avisaban de los tramos con control de velocidad si lo incluías en su base de datos
Que no conducen?. Pero si tú aunque conduzcan sin puntos ni te vas a enterar, o has escuchado alguna vez por la emisora que tiene el carnet retirado por puntos.
EL DINERO DE LAS MULTAS IRÁ A LAS VÍCTIMAS DE ACCIDENTESMiauuuuu!!!! ;;)
La nueva ley establece que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial. Una parte del total se donará a las asociaciones de víctimas de accidentes.
Puedes ver los cambios introducidos en este enlace:
http://www.elpais.com/static/documentos/ley-trafico/#
A tomar nota.
Cambios en el nuevo régimen sancionador de Tráfico
efe, madrid | Actualizado 29.10.2009 - 16:39
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Rubalcaba: "Multamos para que la gente no lo vuelva a hacer"
Por los cojon-s, básicamente para sacar pasta gansa, antes, cuando no erais vosotros los que manejabais el cotarro se multaba para evitar accidentes, ahora no es exactamente así.
Estas son las líneas básicas del nuevo procedimiento sancionador:
PRONTO PAGO
Si el infractor abona la multa en menos de 20 días tras la notificación se beneficiará de un descuento del 50 por ciento, aunque eso sí, perderá el derecho a recurrirla. El conductor podrá pagar la sanción en el momento con tarjeta de crédito.
No hay problema, a la vuelta de cuatro días subimos el precio de las sanciones y de nuevo a sacar pasta a tutiplen pese al 50% ese.
EL DINERO DE LAS MULTAS IRÁ A LAS VÍCTIMAS DE ACCIDENTES
La nueva ley establece que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial. Una parte del total se donará a las asociaciones de víctimas de accidentes.
Algo que me parecería muy bien si fuese cierto, claro que al igual que con el dinero que se iba a destinar íntegramente a mejorar la seguridad del tráfico ahora según dicen irá a parar a las victimas de accidentes, "to mentira, to farso" en todo caso, iría a pagar a esas personas que por dictamen judicial se haya obligado al estado a pagarle una indemnización por se este el culpable del accidente.
Muy graves:
-Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar u otros mecanismos que interfieran el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como la manipulación del tacógrafo.
Entonces ?Los detectores instalados en vehículos no serán digno de una hermosa sanción?
-Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir los radares, o manipular los tacómetros o los limitadores de velocidad de los vehículos profesionales.
Inhibir o manipular, referente al detector, este no hace nada de eso.
Pues a mi me ha llegado una de 92 pavos esta ma?ana de los tuneles de la m-30 por ir a 77......por los pelos. :Moto_vss
Saludos y paz.
Como el vehículo es una necesidad, los diferentes gobiernos se aprovechan de ello para sacarnos el dinero, para expoliarnos.Eso es un hecho... ;fum;
Un saludo y perdonad mi extensión.Nada, un placer leerte, como casi siempre... :Ok
La DGT asegura que recaudará en multas "lo mismo o menos" con la nueva Ley de Tráfico
El subdirector de Normativa de la Dirección General de Tráfico, Ramón Ledesma, aseguró hoy durante una reunión con los medios de comunicación en la sede de la DGT que el Gobierno recaudará en multas con la nueva Ley de Tráfico "lo mismo o menos" de lo que ingresaba hasta ahora.
De esta forma, Ledesma rebatía las críticas vertidas por algunas asociaciones de conductores y el PP, que han acusado al Ejecutivo de haber elaborado una norma que "tiene poco que ver con la seguridad vial" y más con la recaudación, ya que "facilita a la Administración la recaudación de las sanciones de tráfico a costa de los derechos de los ciudadanos".
Sin embargo, el subdirector de la DGT explicó que, aunque la nueva norma agilice el procedimiento sancionador, el total que va a recaudar Tráfico será menor, ya que antes los conductores se acogían a descuentos del 30 por ciento por pronto pago y ahora el descuento por pagar en los primeros 15 días naturales será del 50 por ciento, por lo que la cuantía de la multa que ingresa Tráfico también es menor.
En este sentido, Ledesma se?aló que "la mayoría" de los ingresos de la DGT por multas provienen de los radares, y de esas sanciones, el 90 por ciento son por excesos de velocidad de entre 120 y 150 kilómetros hora, que están castigados con multas de 100 euros. Teniendo en cuenta que, hasta ahora, con el descuento, esas multas se quedan en 70 euros, y que cuando entre en vigor la nueva ley, con el descuento, se quedarán en 50 euros, la DGT argumenta que los ingresos de Tráfico no aumentarán.
Así, aunque en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de este a?o, el Ejecutivo calcula que recaudará casi 432 millones de euros en multas de tráfico en 2010, un 3,7 por ciento más que lo que tiene previsto ingresar en 2009, Ledesma insistió en que no es cierto que se vaya a recaudar más y aseguró que en el cálculo que se hizo para los PGE no se tuvo en cuenta que la nueva Ley de Tráfico iba a incluir descuentos del 50 por ciento por pronto pago.
CALENDARIO DE LA NUEVA LEY
La nueva Ley de Tráfico, aprobada ayer por el Congreso de los Diputados, entrará en vigor por partes en cuatro fechas distintas. Así, al día siguiente de su publicación en el BOE --lo que Tráfico calcula que será en noviembre-- ya no se suspenderán temporalmente el permiso de conducir, como ocurría hasta ahora para algunas sanciones graves o muy graves, y no se perderán puntos para aquellas infracciones que el Congreso ha decidido que no deben detraer puntos, como aparcar en el carril bus.
A los seis meses de su publicación en el BOE --previsiblemente, en mayo-- entrará en vigor la mayor parte de la ley, lo que incluye el descuento del 50 por ciento por pronto pago o las nuevas sancione, como la utilizar inhibidores de radar o manipular la matrícula para que no se vea, ambas multadas con 6 puntos y 6.000 euros.
Mientras, al a?o entrará en vigor los aspectos relacionados con la administración electrónica, como la posibilidad de recibir las notificaciones de multas por correo electrónico --obligatorio para las empresas y voluntario para las personas físicas-- o el Tablón Edictal de Tráfico, la página web donde se publicarán las infracciones cometidas por los conductores, a diferencia de lo que ocurre ahora, que se publican en los boletines oficiales de la provincia donde se cometió la infracción.
Pues a mi me ha llegado una de 92 pavos esta ma?ana de los tuneles de la m-30 por ir a 77......por los pelos. :Moto_vss
Saludos y paz.
Torpe, se los ve a lo lejos... :rock
Lo que es, es TONTO.......solo se le ocurre a él...... :carcaj :carcaj :carcaj :carcaj
Por esto te han cazao....si hubieses ido a 76..... ;risr; ;risr; ;risr; ;risr;
http://www.20minutos.es/noticia/332889/0/velocidad/tuneles/madrid/
Por?... que ibas, ense?ando los guitos o que? ;ris;Lo que es, es TONTO.......solo se le ocurre a él...... :carcaj :carcaj :carcaj :carcaj
Por esto te han cazao....si hubieses ido a 76..... ;risr; ;risr; ;risr; ;risr;
http://www.20minutos.es/noticia/332889/0/velocidad/tuneles/madrid/
Pues por eso he dicho que por los pelos..... :Enfadado_1
Saludos y paz.
Pues no se si sera de verdad lo que piensa, porque este hombre es com maquiavelo, aunque le reconozco que por lo menos es un politico, hablo de Rubalcaba, pero lo que le he oido sobre que lo que hay que hacer es que el que infrinja pague cuanto antes y no tenga en la burocracia sus defensa, estoy de acuerdo, las denuncias, importes más moderados y rapidez en el cobro, para que cumplan su efecto disuasorio.
Un saludo.
Pues no se si sera de verdad lo que piensa, porque este hombre es com maquiavelo, aunque le reconozco que por lo menos es un politico, hablo de Rubalcaba, pero lo que le he oido sobre que lo que hay que hacer es que el que infrinja pague cuanto antes y no tenga en la burocracia sus defensa, estoy de acuerdo, las denuncias, importes más moderados y rapidez en el cobro, para que cumplan su efecto disuasorio.
Un saludo.
El que infrinja que pague cuanto antes, pero que tenga derecho a reclamar posteriormente, no me parece justo el que acepte usted la multa (sea o no discutible, sea o no injusta) y pague. Si lo hace le rebajaremos una buena cantidad. Esto es: trague usted y déjese de líos.
Esto no me parece justo, ?se vulneraría aquí la presunción de inocencia?.
Otro ejemplo, hasta ahora, si el propietario del vehículo no identificaba al conductor se le sancionaba como propietario pero no como conductor (dinero), esto, al parecer ahora no va a seguir siendo así y se sancionará al propietario como conductor, (dinero y puntos), esto también atenta contra ese derecho, esperemos a ver como se desarrolla pero me temo que irá todo encamido a mas de lo mismo, recaudar mas dinero aún.
Por otro lado, hay que se?alar que el 40% de los accidentes se producen por fallos de los conductores (sue?o, cansancio, distracción...), no por excesos de velocidad, la gran bestia negra del discurso políticamente correcto y para situar esto en su justo término cabe se?alar que entre 2005 y las previsiones del 2010 de recaudación por multas suben un 125 %, que tampoco resulta ser un mal negocio.
y esto lo hago extensivo a otros ambitos, a los que producen ruidos haciendo imposible la vida a otras personas, a los que como los albertos se libran o que casualidad por prescripciones del plazos y encima piden indemnizacion etc.
un saludo.
Art. 84...Inmovilizacion del vehiculo.
3. La inmovilización del vehículo se producirá en el lugar se?alado por los Agentes de la Autoridad. A estos efectos, el Agente podrá indicar al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado.
:pen: :pen: :pen:
Saludos y paz.
Ahora para el 0,0 no nos viene mal......en vez de solicitar una grua en casos de alcoholemia o falta de documentacion, etc......que continue circulando hasta la base del escuadron. ;risr;
Saludos y paz.
Art. 84...Inmovilizacion del vehiculo.
3. La inmovilización del vehículo se producirá en el lugar se?alado por los Agentes de la Autoridad. A estos efectos, el Agente podrá indicar al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado.
:pen: :pen: :pen:
Saludos y paz.
En teoria esto es asi desde antes de esa modificacion, y mas a nuestro favor, la custodia le corresponde al titular. Otra cosa es que nos acostumbramos a trabajar de una "forma" y se ve como la verdad mas verdadera.
Art. 84...Inmovilizacion del vehiculo.
3. La inmovilización del vehículo se producirá en el lugar se?alado por los Agentes de la Autoridad. A estos efectos, el Agente podrá indicar al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado.
:pen: :pen: :pen:
Saludos y paz.
Art. 84...Inmovilizacion del vehiculo.
3. La inmovilización del vehículo se producirá en el lugar se?alado por los Agentes de la Autoridad. A estos efectos, el Agente podrá indicar al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado.
:pen: :pen: :pen:
Saludos y paz.
Buscalo tu, anda, no me hagas currar, que tengo mucho lio contra el engranaje... bueno, si te pagas unas ca?as, te digo por donde mirar...
En teoria esto es asi desde antes de esa modificacion, y mas a nuestro favor, la custodia le corresponde al titular. Otra cosa es que nos acostumbramos a trabajar de una "forma" y se ve como la verdad mas verdadera.
En que modificacion se incluyo eso, es la primera vez que lo veo??
Saludos y paz.
Pues claro que no lo pone, por esa regla de tres tampoco pone que pueda usar el vehiculo para llevar a mi madre a Burgos mientras subsita la causa de la infraccion.
Saludos y paz.
por la nueva ley todos los radares?dgt,policias autonomicas y locales?utilizaran la misma caratula de sanciones y sancionan a partir de sobrepasar el primer kilometro con 100 euritos estto entra en vigor en mayo del 2010 asi que mucho ojito
:Burla
si y los compa?eros de los radares se van a hinchar a notificar ya que en cuanto se sepa la rebaja del 50 por ciento se daran la vuelta para pagar por cierto es obligatorio entregar la foto al infractor que te abone la denuncia
:Burla
:carcaj
292 RGC... capullin...
Yo soy mas de que lo haga MASAM, con los carioca y tal.
http://www.elmundo.es/elmundomotor/2009/12/14/conductores/1260787955.html
Se pedirá que se anule la multa al conductor sancionado por hablar por el móvil
El conductor deberá instalar el 'manos libres' en menos de un mes
La medida requeriría modificar la Ley de Tráfico recién aprobada
11. La multa más alta para el que use inhibidores de radar: Los agentes podrán inmovilizar el coche a quien no tenga el seguro obligatorio, lleve inhibidores de radar (para lo cual se prevé la multa más alta: 6.000 euros) o no haya pagado dos multas. Sobre estos radares, la nueva ley establece que se deberá seguir respetando el margen de error de los radares de control de velocidad que oscilan, según el modelo de cinemómetro -que es el dispositivo que mide la velocidad del elemento móvil-, entre un 3 y un 10%.
. . . :pen: nueva base de datos? ? ?
11. La multa más alta para el que use inhibidores de radar: Los agentes podrán inmovilizar el coche a quien no tenga el seguro obligatorio, lleve inhibidores de radar (para lo cual se prevé la multa más alta: 6.000 euros) o no haya pagado dos multas. Sobre estos radares, la nueva ley establece que se deberá seguir respetando el margen de error de los radares de control de velocidad que oscilan, según el modelo de cinemómetro -que es el dispositivo que mide la velocidad del elemento móvil-, entre un 3 y un 10%.
. . . :pen: nueva base de datos? ? ?
Asi ha de entenderse.
De la DGT... por que de los Ayuntamientos :Burla:ojones . . . tu crees que el Faraón Taladrón va a perder la posibilidad de poner en marcha la máquina de recaudar tal y como tiene las arcas municipales? ? ? . . . yo creo que no, de hecho ya habrá todo un ejercito de armanis preparándose para habilitar el sistema que permita la inmovilización del vehículo por el impago de dos multas . . . aunque sean municipales . . . ese será el problema, que pondrán al mismo nivel las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad que las del SER o las del SACE y eso en el fondo no será más que otro atropello más de esta corporación en sus ansias recaudatorias . . .
pues al dia de hoy ninguna noticia en mi unidad de la reforma de la seguridad vial el nuevo cuadro de sanciones entra en vigor el dia 25 y en este santo cuerpo(pmm)a verlas venir por cierto una pregunta puede contradecir la ordenanza de movilidad de madrid a una ley.porque como siguamos aplicando la omv sobre todo a lo que velocidad se refiere todas las denuncias seran NULAS o sea trabajar para na una cosa es el o.o y otra ir cometiendo ilegalidades por dejacion de nuestros jerifaltes
pues al dia de hoy ninguna noticia en mi unidad de la reforma de la seguridad vial el nuevo cuadro de sanciones entra en vigor el dia 25 y en este santo cuerpo(pmm)a verlas venir por cierto una pregunta puede contradecir la ordenanza de movilidad de madrid a una ley.porque como siguamos aplicando la omv sobre todo a lo que velocidad se refiere todas las denuncias seran NULAS o sea trabajar para na una cosa es el o.o y otra ir cometiendo ilegalidades por dejacion de nuestros jerifaltes
para que tu jefe te diga que lo dejes estar hasta que no te lo ordenen pero los que estamos en la calle vamos a ser los que suframos las consecuencias y las posibles denuncias de los abogados de turnopues al dia de hoy ninguna noticia en mi unidad de la reforma de la seguridad vial el nuevo cuadro de sanciones entra en vigor el dia 25 y en este santo cuerpo(pmm)a verlas venir por cierto una pregunta puede contradecir la ordenanza de movilidad de madrid a una ley.porque como siguamos aplicando la omv sobre todo a lo que velocidad se refiere todas las denuncias seran NULAS o sea trabajar para na una cosa es el o.o y otra ir cometiendo ilegalidades por dejacion de nuestros jerifaltes
:Burla Te remito a los estacionamientos de las motos sobre las aceras. Por ciertro, en mi unidad tampoco han dicho nada de nada, así que ser autodidacta es lo que me toca de nuevo.
Al final todo se reduce a una cosa
PASTA PASTA Y MAS PASTA, a ser posible rápida.
Con la entrada en vigor, el pasado 25 de Mayo, de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial nuestra Jefatura mandó, por correo corporativo, una Instrucción que "pretendía aclarar" cada uno de los preceptos contenidos en la misma, así como caratula nueva con las claves, artículos, importe de las sanciones, descuentos y puntos que pudieran verse afectados. Dicha Instrucción hacía referencia a la, ya derogada, Ordenanza de Movilidad por lo que, a partir de la fecha de entrada en vigor de la referida Ley habría que aplicar el articulado y sanciones de la nueva LTSV. Como quiera que después de casi una mes han vuelto a mandar otro correo corporativo que se desdice del anterior al mantener que: en tanto no se apruebe la nueva Ordenanza de Circulación se mantendrá en vigor la misma, excepto aquellos artículos no contenidos en la misma por lo que les será de aplicación el que corresponda por la nueva LTSV.
¿Alguien que esté al corriente me puede aclarar este desaguisado?. :insano
Me voy a chivar a mi amigo Sergio. :flex;Con la entrada en vigor, el pasado 25 de Mayo, de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial nuestra Jefatura mandó, por correo corporativo, una Instrucción que "pretendía aclarar" cada uno de los preceptos contenidos en la misma, así como caratula nueva con las claves, artículos, importe de las sanciones, descuentos y puntos que pudieran verse afectados. Dicha Instrucción hacía referencia a la, ya derogada, Ordenanza de Movilidad por lo que, a partir de la fecha de entrada en vigor de la referida Ley habría que aplicar el articulado y sanciones de la nueva LTSV. Como quiera que después de casi una mes han vuelto a mandar otro correo corporativo que se desdice del anterior al mantener que: en tanto no se apruebe la nueva Ordenanza de Circulación se mantendrá en vigor la misma, excepto aquellos artículos no contenidos en la misma por lo que les será de aplicación el que corresponda por la nueva LTSV.
¿Alguien que esté al corriente me puede aclarar este desaguisado?. :insano
Yo te lo aclararía, pero para eos hace falta que cobre 7200 al mes.
Lo cierto es que creo entenderlo pero no atino a comprender como después de casi un mes se desdicen de lo dicho y se sacan de la chistera otro escrito "aclaratorio". :lectCon la entrada en vigor, el pasado 25 de Mayo, de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial nuestra Jefatura mandó, por correo corporativo, una Instrucción que "pretendía aclarar" cada uno de los preceptos contenidos en la misma, así como caratula nueva con las claves, artículos, importe de las sanciones, descuentos y puntos que pudieran verse afectados. Dicha Instrucción hacía referencia a la, ya derogada, Ordenanza de Movilidad por lo que, a partir de la fecha de entrada en vigor de la referida Ley habría que aplicar el articulado y sanciones de la nueva LTSV. Como quiera que después de casi una mes han vuelto a mandar otro correo corporativo que se desdice del anterior al mantener que: en tanto no se apruebe la nueva Ordenanza de Circulación se mantendrá en vigor la misma, excepto aquellos artículos no contenidos en la misma por lo que les será de aplicación el que corresponda por la nueva LTSV.
¿Alguien que esté al corriente me puede aclarar este desaguisado?. :insano
Yo te lo aclararía, pero para eos hace falta que cobre 7200 al mes.
Al final todo se reduce a una cosa
PASTA PASTA Y MAS PASTA, a ser posible rápida.
Con la entrada en vigor, el pasado 25 de Mayo, de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial nuestra Jefatura mandó, por correo corporativo, una Instrucción que "pretendía aclarar" cada uno de los preceptos contenidos en la misma, así como caratula nueva con las claves, artículos, importe de las sanciones, descuentos y puntos que pudieran verse afectados. Dicha Instrucción hacía referencia a la, ya derogada, Ordenanza de Movilidad por lo que, a partir de la fecha de entrada en vigor de la referida Ley habría que aplicar el articulado y sanciones de la nueva LTSV. Como quiera que después de casi una mes han vuelto a mandar otro correo corporativo que se desdice del anterior al mantener que: en tanto no se apruebe la nueva Ordenanza de Circulación se mantendrá en vigor la misma, excepto aquellos artículos no contenidos en la misma por lo que les será de aplicación el que corresponda por la nueva LTSV.
¿Alguien que esté al corriente me puede aclarar este desaguisado?. :insano
Un exceso de velocidad acarreará el decomiso del vehículo del infractor
Delitos con decomiso
Velocidad, drogas y alcohol (art. 379). Decomiso y prisión de tres a seis meses. De uno a cuatro años sin conducir.
Conducción temeraria (380). Decomiso, prisión de seis meses a dos año</CW>s.
Conductores kamikazes (381). Decomiso y prisión dos a cinco años.
Negativa alcohol/drogas (382). Decomiso, prisión de hasta un año y privación de conducir de uno a cuatro
Conducir sin carné (384). Decomiso y prisión 3 a 6 meses.
Obstáculos (385). Decomiso y prisión de seis meses a dos años o trabajos comunidad.
DOMINGO PÉREZ | MADRID
Dudas tengo, amigo Heracles.
-Hola , policia?
-Mire tengo un acosador pegado al culo de mi coche que no me deja conducir en paz y armonia… :carcaj.y ademas le veo que me hace gestos con el dedo…..
Pueden ustedes emprender una persecucion policial con el fin de pillarlo in fraganti y asi poder denunciarle ……..
y habrá gente que todavía se crea que estas cosas funcionan.
ORDEN PRE/2356/2010, de 3 de septiembre, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
Fecha Publicación: 10/09/2010
http://www.derecho.com/l/boe/orden-pre-2356-2010-3-septiembre-modifica-anexo-iv-reglamento-general-conductores-aprobado-real-decreto-818-2009-8-mayo/
YECLA
De coche requisado a vehículo policial
26.03.11 - 02:33 - LA VERDAD.
El anterior propietario del nuevo Seat León de la policía local de Yecla lo conducía hace unos meses evitando a los guardias para que no descubriesen que no tenía carné. Ahora, ese mismo coche se dedica a vigilar y controlar el tráfico para que, entre otros, los conductores sin carné no pongan en peligro a los demás. Es la primera vez que un cuerpo policial de la Región reconvierte un coche retirado por una infracción. La Jefatura de Yecla cuenta desde ahora con su automóvil gracias a la ley 18/2009, de 23 de noviembre, y que entró en vigor el año pasado, por la que tanto el Estado, las Comunidades y los Ayuntamientos pueden adjudicarse los vehículos que hayan sido retirados por infracciones administrativas o penales, y que no hayan sido retirados por sus propietarios.
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES
http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES
http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf
:buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES
http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf
:buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.
Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'....... :carcaj :partirse
Estoooooo tu no conoces movilidad ¿no?, :partirseMODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES
http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf
:buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.
Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'....... :carcaj :partirse
Pero se puede solicitar su oficialidad...la hacemos con los logos, argumentamos el cambio de norma y presentamos la nueva de la que solicitamos su incorporación como documento a usar.
Es muy sencillo.
Venga, que no hemos terminado de aplicar la última reforma y ya nos viene la siguiente.esw un proyecto o esta aprobado ya
http://issuu.com/pbueno/docs/reforma-reglamento-genera-circulacion?mode=window&backgroundColor=%23222222
Estoooooo tu no conoces movilidad ¿no?, :partirseMODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES
http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf
:buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.
Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'....... :carcaj :partirse
Pero se puede solicitar su oficialidad...la hacemos con los logos, argumentamos el cambio de norma y presentamos la nueva de la que solicitamos su incorporación como documento a usar.
Es muy sencillo.
Cuando es retirado por alcoholemia, que yo sepa, no hay que hacer curso de sensibilización.Únicamente se hace el citado curso cuando se ha perdido la totalidad de los puntos del carne.
Copio enlace de la DGT donde lo explica, porque si lo explico yo, nadie me entendería.
http://dgt.es/portal/es/oficina_virtual/permiso_por_puntos/recuperacion_puntos/?tit=Curso de Recuperación de permiso
(http://img196.imageshack.us/img196/1286/1ciudad30wb.jpg)
La reforma que viene.
Las vías urbanas de un solo carril y sentido único de circulación pasaránn a ser zonas 30 (velocidad máxima a 30 km/h; anexo VI).
en tele espe dicen que se va a prohibir tener el coche parado con el motor en marcha aun con el conductor en el ineterior ¿cual va a ser la cuantia de la sancion ?en que texto legal se va a basar para sancionar que tiempo sera suficiente para sancionar imaginaros por ejemplo un momumental atasco en hora punta en madrid se obligara a los conductores a apagar los motores
en tele espe dicen que se va a prohibir tener el coche parado con el motor en marcha aun con el conductor en el ineterior ¿cual va a ser la cuantia de la sancion ?en que texto legal se va a basar para sancionar que tiempo sera suficiente para sancionar imaginaros por ejemplo un momumental atasco en hora punta en madrid se obligara a los conductores a apagar los motores
Modificando el artículo 46 del RDL 339/1990...únicamente, toda vez que la materia no puede regularse mediante Ordenanza Municipal al no venir contenida en una Ley.
El magistrado de la Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa entiende que estas modificaciones no tienen cobertura legal y amplían los supuestos de inmovilización del vehículo "que al ser restrictiva de derechos, necesitan la cobertura de norma con rango de Ley".
...
El magistrado considera que, en ningún caso, las normas procedentes de la autonomía legislativa local pueden invadir competencias atribuidas al Estado a las comunidades, ni contradecir, modificar, ampliar o innovar las leyes existentes.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en un plazo de diez días.
en tele espe dicen que se va a prohibir tener el coche parado con el motor en marcha aun con el conductor en el ineterior ¿cual va a ser la cuantia de la sancion ?en que texto legal se va a basar para sancionar que tiempo sera suficiente para sancionar imaginaros por ejemplo un momumental atasco en hora punta en madrid se obligara a los conductores a apagar los motores
No hombre, es por no contaminar.en tele espe dicen que se va a prohibir tener el coche parado con el motor en marcha aun con el conductor en el ineterior ¿cual va a ser la cuantia de la sancion ?en que texto legal se va a basar para sancionar que tiempo sera suficiente para sancionar imaginaros por ejemplo un momumental atasco en hora punta en madrid se obligara a los conductores a apagar los motores
Otra mierda mas de la dictadora para llenar las arcas.Se debe de creer la "cherif" para poder hacer lo que le salga del toto.................bueno como la mayoria de alcaldes de este bendito pais.
No hombre, es por no contaminar.en tele espe dicen que se va a prohibir tener el coche parado con el motor en marcha aun con el conductor en el ineterior ¿cual va a ser la cuantia de la sancion ?en que texto legal se va a basar para sancionar que tiempo sera suficiente para sancionar imaginaros por ejemplo un momumental atasco en hora punta en madrid se obligara a los conductores a apagar los motores
Otra mierda mas de la dictadora para llenar las arcas.Se debe de creer la "cherif" para poder hacer lo que le salga del toto.................bueno como la mayoria de alcaldes de este bendito pais.
María Seguí Gómez Directora General de Tráfico
La frase del día
«Los ciclistas tendrán que formarse para usar las vías públicas»
Día 25/02/2013
En una entrevista a este diario nos desvela las claves del nuevo e inminente Reglamento de Circulación. En él, esta experta en seguridad vial, médico de formación, ha apostado por la protección de los más vulnerable, como son niños, peatones, motoristas y ciclistas. Para estos últimos, habrá novedades que no pasarán desapercibidas: se les exigirá formación para circular por las vías públicas y verán restringida su circulacion en otras.
y como se van a identificar a los ciclistas en caso de que comentan una infraccion
:ciclist :ciclis :ciclist :metralleta
cuenta cuentay como se van a identificar a los ciclistas en caso de que comentan una infraccion
:ciclist :ciclis :ciclist :metralleta
Calla calla que te puedo dar unas pistas, que nosotros vamos adelantados en esto... acojonante.
Dos apuntes...:
se pretendió que ante la imposibilidad de identificar al conductor de la bicicleta se inmovilizase esta en garantía de pago.
Si no se consigue que se identifique el conductor de la bicicleta.... se llama a policía y que proceda a trasladarle a comisaría a efectos de identificación.
Y me dejo algunas cositas en el tintero.... para que vayais discurriendo.
exacto.. salvo que lo segundo tampoco procede..... salvo en caso de posible DSV que en una bici sería en contados casos... asi como que nop.... pero bueno el que lo haga que apechugueDos apuntes...:
se pretendió que ante la imposibilidad de identificar al conductor de la bicicleta se inmovilizase esta en garantía de pago.
Si no se consigue que se identifique el conductor de la bicicleta.... se llama a policía y que proceda a trasladarle a comisaría a efectos de identificación.
Y me dejo algunas cositas en el tintero.... para que vayais discurriendo.
El procedimiento de garantía de pago ahí no lo veo, porque si no recuerdo mal esta ideado para otro tipo de situaciones, como personas sin residencia fija en España, en tránsito.
El traslado... Casi que tampoco. En el tema del vehículo a motor estas ante la posible comisión de un ilícito si quien conduce no tuviese el permiso correspondiente, pero en una bici, sería equiparable a un traslado por un tema de OOMM... Lo veo justito. Otra cosa es que se haga.
......que no pasa naaaaaa, cagones.
......que no pasa naaaaaa, cagones.Eso me dice mi suboficial...... claro mientras que lo firmes y acometas tu... que cosas.. ;ris;
......Ok, cagones prudentes.
Pues si no son menores.... a cada uno como si fuese un turismo..parece ser que en la carretera de andalucia hay una pareja que tiene esa tecnica para un autobus (de los que van a valdemoro) recogida de dni y notificacion denuncias unas 30 con dos de esos cupo resuelto
Creo que es así, pero me pillas un poco out porque desde que nos quitaron lo de transporte terrestre y demás cosas... es que ni me lo planteo.
Lo de la placa de las bicicletas, no es nuevo, ya existía un impuesto anual o arbitrio de bicicletas y carros agrícolas con una cartilla y placa
http://www.totana.com/museo-policia/matriculas.asp (http://www.totana.com/museo-policia/matriculas.asp)
No es que me acuerde, tampoco hace tanto tiempo, es que las bicicletas de mi pueblo ( uno pequeño pegado a Aranda de Duero) todas tenían la plaquita, al igual que los carros de tracción animal. Desaparecieron en la década de los 70.Lo de la placa de las bicicletas, no es nuevo, ya existía un impuesto anual o arbitrio de bicicletas y carros agrícolas con una cartilla y placa
http://www.totana.com/museo-policia/matriculas.asp (http://www.totana.com/museo-policia/matriculas.asp)
Ya existía...
...pero en la década de los años 60...
...no me digas que te acuerdas de ello...
:abuelo
No es que me acuerde, tampoco hace tanto tiempo, es que las bicicletas de mi pueblo ( uno pequeño pegado a Aranda de Duero) todas tenían la plaquita, al igual que los carros de tracción animal. Desaparecieron en la década de los 70.Lo de la placa de las bicicletas, no es nuevo, ya existía un impuesto anual o arbitrio de bicicletas y carros agrícolas con una cartilla y placa
http://www.totana.com/museo-policia/matriculas.asp (http://www.totana.com/museo-policia/matriculas.asp)
Ya existía...
...pero en la década de los años 60...
...no me digas que te acuerdas de ello...
:abuelo
Como anécdota como no llegabamos a a los pedales y eran de barra horizontal, íbamos con el cuerpo pedaleando entre el cuadro y la barra, un poco raro pero era lo que había, las BH llegaron más tarde (unas mariconadas).
Acuerdos bilaterales..... si es que nos toman por gilipollas.A nosotros ya no, pero al ciudadano no veas...
El ciclismo urbano se une contra el casco obligatorio
Adri Fernández
El nuevo Reglamento General de Circulación (RGC) ya ha salido a la luz. Tras años de preparativos, promesas y “globos sonda”, la semana pasada la Dirección General de Tráfico emitió el texto final pendiente de aprobación
La Policía podrá hacer test de drogas y alcohol a peatones infractores
Redacción
27/07/2013
Según la reforma de la Ley de Tráfico, bastará que se cometa una infracción para que los cuerpos de seguridad del Estado puedan someter a los peatones a los test de detección de drogas y de alcohol.
El Gobierno ha aprobado el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no solo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro.
Pues si porque aunque se establezca la influencia de las sustancias en el organismo... donde viene recogido que no se debe ir borracho andando por la calle?
Mas que nada por que si no se les establece una tasa de poco/nada sirve.... poco mas o menos como hasta ahora.
La Policía podrá hacer test de drogas y alcohol a peatones infractores
Redacción
27/07/2013
Según la reforma de la Ley de Tráfico, bastará que se cometa una infracción para que los cuerpos de seguridad del Estado puedan someter a los peatones a los test de detección de drogas y de alcohol.
El Gobierno ha aprobado el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no solo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro.
Eso no me parece mal del todo (matices).... ahora, habrá que ver el tipo de sanción que se les impone en caso de dar "positivo" así como saber cual será la "tasa" de aplicación.
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La Policía podrá hacer test de drogas y alcohol a peatones infractores
Redacción
27/07/2013
Según la reforma de la Ley de Tráfico, bastará que se cometa una infracción para que los cuerpos de seguridad del Estado puedan someter a los peatones a los test de detección de drogas y de alcohol.
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Pues si porque aunque se establezca la influencia de las sustancias en el organismo... donde viene recogido que no se debe ir borracho andando por la calle?
Mas que nada por que si no se les establece una tasa de poco/nada sirve.... poco mas o menos como hasta ahora.
El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
Sip...Rajoy felicitó a los Cuerpos de Seguridad del Estado, al decir de los periodistas, por la actuación en el descarrilamiento del tren..y es que...EL ESTADO...somos todos.
;risr;
Respecto a la noticia de la reforma dice que" bastará que cometa ua infracción de tráfico para...es decir, que el peatón podrá seguir caminando beodo por las vías públicas pero si cruza la calle con el semáforo en rojo entonces...será...crucificado con...1000 pavos de multa por el alcohol más 300 del semáforo?
El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
Que un peatón cruce con el muñequito del semáforo en rojo son 200 lauros??
Sip...Rajoy felicitó a los Cuerpos de Seguridad del Estado, al decir de los periodistas, por la actuación en el descarrilamiento del tren..y es que...EL ESTADO...somos todos.
;risr;
Respecto a la noticia de la reforma dice que" bastará que cometa ua infracción de tráfico para...es decir, que el peatón podrá seguir caminando beodo por las vías públicas pero si cruza la calle con el semáforo en rojo entonces...será...crucificado con...1000 pavos de multa por el alcohol más 300 del semáforo?
Primero habrá que ver que tasa se establece para los peatones.... que como sea la misma que para los jinetes apañaos vamos.
El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
Que un peatón cruce con el muñequito del semáforo en rojo son 200 lauros??
30...salvo error.
NA ni caso, que aún no se ha leído la carátula... tiene muchas letras y ningún dibujito.El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
Que un peatón cruce con el muñequito del semáforo en rojo son 200 lauros??
Sip...Rajoy felicitó a los Cuerpos de Seguridad del Estado, al decir de los periodistas, por la actuación en el descarrilamiento del tren..y es que...EL ESTADO...somos todos.
;risr;
Respecto a la noticia de la reforma dice que" bastará que cometa ua infracción de tráfico para...es decir, que el peatón podrá seguir caminando beodo por las vías públicas pero si cruza la calle con el semáforo en rojo entonces...será...crucificado con...1000 pavos de multa por el alcohol más 300 del semáforo?
Primero habrá que ver que tasa se establece para los peatones.... que como sea la misma que para los jinetes apañaos vamos.El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
Que un peatón cruce con el muñequito del semáforo en rojo son 200 lauros??
30...salvo error.
Pues eso.... 30 lauros mas la cuanti que se establezca para peatones en función de la tasa que fijen.... si es que la fijan.... que me da que se va a quedar en la misma tasa que la ley fija para los jinetes.
La Policía podrá hacer test de drogas y alcohol a peatones infractores
Redacción
27/07/2013
Según la reforma de la Ley de Tráfico, bastará que se cometa una infracción para que los cuerpos de seguridad del Estado puedan someter a los peatones a los test de detección de drogas y de alcohol.
El Gobierno ha aprobado el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no solo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro.
Eso no me parece mal del todo (matices).... ahora, habrá que ver el tipo de sanción que se les impone en caso de dar "positivo" así como saber cual será la "tasa" de aplicación.
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Que eso no es para ti... que es para la E...La Policía podrá hacer test de drogas y alcohol a peatones infractores
Redacción
27/07/2013
Según la reforma de la Ley de Tráfico, bastará que se cometa una infracción para que los cuerpos de seguridad del Estado puedan someter a los peatones a los test de detección de drogas y de alcohol.
.......
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Hola, tixe, si me parece bien, pero es grave, y no se puede bajar la cuantía por ordenanza a lo que me de la gana. Pero bueno, administración somos y administración nos darán.Aquí se dio el caso contrario y le echaron para atrás todas las denuncias de ordenanza que eran de cuantía superior, pero de inferior si las respetaron, por lo que bajar la cuantía debe estar permitido.
Un salu2
NA ni caso, que aún no se ha leído la carátula... tiene muchas letras y ningún dibujito.El semáforo son 200 pavos......sal a que te de el aire.
Que un peatón cruce con el muñequito del semáforo en rojo son 200 lauros??
pues ya me contareis como vamos a tener que montar los controles de alcoholemia porque habrá intentos de esquivar los controles para salvar 1000 euros y acabara la cosa mal
y desde entonces dije, aquí lo que interesa es el parne y no la seguridad.
el proyecto de ley de tráfico, que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros también contiene la obligatoriedad del uso del casco para menores en ciudad, es decir, que con independencia de la vía donde circulen, el casco será siempre obligatorio para los menores de 18 años, ya me diréis las movidas que va haber para denunciar a menores sin casco habrá que contactar en todos los casos con sus padres o tutores legales sin olvidar que los menores de 14 años que no están obligados a tener DNI, se les deja se lleven la bici andando o tienen que traer un casco para poder llevarsela, etc, etc, y con los patines que hacemos lo equiparamos a bicicletas, con la que está cayendo y los politicos a sus gilipolleces
entiendo que el CP no lo van a tocar, por lo que en los peatones independientemente de la tasa siempre sera administrativo, aun en las negativas,.
Hola compañeros!!!! una pregunta que tengo a ver si alguien del foro me la soluciona, Os suena un articulo que se aplica a las prioridades de paso en intersecciones, que dice algo asi como " cuando la visibilidad sea escasa, debera incluso bajarse del vehiculo para comprobar........"
Espero vuestras respuestas gracias. :karateka
Hola compañeros!!!! una pregunta que tengo a ver si alguien del foro me la soluciona, Os suena un articulo que se aplica a las prioridades de paso en intersecciones, que dice algo asi como " cuando la visibilidad sea escasa, debera incluso bajarse del vehiculo para comprobar........"
Espero vuestras respuestas gracias. :karateka
Venga una para listos..:
¿Qué es un triciclo-cargociclo? eso no viene en el Reglamento General de Vehículos...
pistas...:
Casi casi....
Venga exprímete un poquito anda.
. . . pues nada, ya no sabrá la gente en la calle, cuando vea luces . . . quien es quien . . .Al menos sabrá que si viene un rotativo encendido en un semáforo es un vehículo prioritario, no de parques y jardines o un tractor...
. . . ya pero si ahora ya las ambulancias de la UTE abusan de los rotativos . . . imagínate luego . . .
Que te lo has creido, esos vh seguiran llevando esos rotativos, y si no al tiempo.. . . pues nada, ya no sabrá la gente en la calle, cuando vea luces . . . quien es quien . . .Al menos sabrá que si viene un rotativo encendido en un semáforo es un vehículo prioritario, no de parques y jardines o un tractor...
Que te lo has creido, esos vh seguiran llevando esos rotativos, y si no al tiempo.. . . pues nada, ya no sabrá la gente en la calle, cuando vea luces . . . quien es quien . . .Al menos sabrá que si viene un rotativo encendido en un semáforo es un vehículo prioritario, no de parques y jardines o un tractor...
y en que base de datos se va a consultar la reicidencia en las denuncias por alcoholemia?un gramo de alcohol en sangre o sea 0,50 mg/l en aire espirado y los conductores noveles?Ya sabes... los dioses proveerán.
y en que base de datos se va a consultar la reicidencia en las denuncias por alcoholemia?un gramo de alcohol en sangre o sea 0,50 mg/l en aire espirado y los conductores noveles?Ya sabes... los dioses proveerán.
Nuevo Reglamento de Circulación
La DGT quiere poner un límite a la velocidad máxima de los peatones
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Sobre el nuevo uso de la bicicleta, el Consejo de Estado pide que o bien que "se suprima todo el capítulo o bien sea reconsiderado en su conjunto" para ser sometido a una nueva reflexión. El dictamen no comparte la idea de que las bicicletas puedan circular por la acera con los peatones y recuerda en este sentido varias sentencias del Tribunal Supremo. Además, hace otra consideraciones, como el hecho de que las bicicletas no están sujetas a seguro obligatorio, de modo que "los atropellos de peatones en aceras más que previsibles quedarán a cargo del erario público". También cuestiona que el reglamento "permite a los ciclistas utilizar el arcén de las autovías de forma habitual" mientras esta posibilidad está vedada para los ciclomotores.
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Tampoco entiende que los peatones se vean obligados a someterse a una prueba de alcohol o drogas en el caso de infringir una norma "como cruzar indebidamente una calle" o verse implicados "directa o indirectamente" en un accidente. El Consejo de Estado considera esta propuesta "insostenible" y alerta de que puede vulnerar derechos fundamentales como los derechos a la libertad y seguridad; a circular libremente por el estado español y a la intimidad personal. Y en tono más jocoso señala el dictamen que se puede "llegar a multar a un paseante después de haber tomado una copa de vino". Y en lo que se refiere a las drogas, no hay en la norma precisión alguna de lo que debe entenderse como tal. El concepto de droga que maneja el Reglamento es tan amplio que abarca desde la heroína hasta la codeína, que es la base del jarabe para la tos.
El dictamen, que no es vinculante, llama la atención también a la DGT porque ha calculado muy mal el coste de obligar a los conductores de ciclomotores con casco homologado y no certificado como hasta ahora. La memoria de impacto calcula que más de dos millones de usuarios tendrán que comprar un casco homologado y señala que el precio es de unos 20 euros, por lo que la cifra total es de más de ocho millones de euros. Dice el Consejo de Estado que no es posible encontrar un casco homologado a 20 euros porque su coste oscila entre los 70 y 900 euros. El organismo pide también reconsiderar esta medida teniendo en cuenta que el ciclomotor lo usan jóvenes de escaso poder adquisitivo y que el sector tiene una gran importancia económica en España.
Compañeros necesito donde buscar sí hay algo nuevo a la hora de denunciar sin parar al conductor y notificarselo en el momento, en el buscador no encuentro nada.. Por cierto suerte por la reunión de esta tarde. Saludos
Hola, Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Deroga el anterior RDL 339/90
Entrada en vigor a los tres meses de su publicación.
excepto el Titulo V del Capitulo V y varios anexos que entran al día siguiente de su publicación
Un salu2
Tasa 0,0 para todos los conductores, todo lo que no sea eso . . . arroz pegao . . .Eso sigue costando demasiado de entender en una sociedad con el cubata y el chupito muy integrado en casi todos sus eventos sociales....
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El daño es todo enseñanzaTasa 0,0 para todos los conductores, todo lo que no sea eso . . . arroz pegao . . .Eso sigue costando demasiado de entender en una sociedad con el cubata y el chupito muy integrado en casi todos sus eventos sociales....
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Me dicen que es Sevilla.
De toda la vida de Dios, los que hemos pasado por las unidades de Tráfico, tirábamos de los coches para que salieran más rápido y con ello se infringían los límites de velocidad, pero eso siempre era mejor que la pescadilla. . . todo está inventado, si se respetan todos los límites se satura la capacidad de la vía y el colapso está asegurado. . .
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Es obligatorio para patinetes o no?
Ayer este medio https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-multa-enfrentas-no-llevar-casco-patinete-202203220002_noticia.html informó de la obligatoriedad del casco para patinetes, sin embargo, la normativa no precisa esa obligatoriedad y da a entender que se deja para una futura concreción.
Este es el principal motivo para la nueva obligatoriedad del uso del casco en patinete. Y no hacerlo implicará una sanción de 200 euros y se procederá a la inmovilización del vehículo, según la nueva Ley de Tráfico.
«Artículo 47. Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad.
El conductor y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los términos que reglamentariamente se determine.
El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.
El conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen por vías interurbanas.
Reglamentariamente se fijarán las excepciones a lo previsto en este apartado.»
Ya ha aclarado Tráfico, a traves de una Instrucción en materia de Sanciones, que hasta que no se modifique próximamente el RGCirc, no lo es.
Alguien puede colgar esa instrucción donde aclara que no lo es.
Gracias.