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Foro policial => Discusión General => Mensaje iniciado por: fuyu en 24 de Noviembre de 2005, 03:40:45 am

Título: Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: fuyu en 24 de Noviembre de 2005, 03:40:45 am
Hace algun tiempo, alguien (creo que Ronin) abrio un post por el tema de que ciertas compa?ias aereas, especialmente Iberia, te pedia el DNI o pasaporte para los vuelos nacionales (muchas veces te metian en vuelo internacional con escalas, para parovechar sitio).

Bueno, pues al final se han salido con la suya.

El Comite Nacional de Seguridad Aereopurtaria de la Dirección General de Aviación Civil ha aprovado una modificación del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, en el que se han sacado "de la chistera" un nuevo apartado que dice "Verificación de la documentación"

En este apartado te obligan a presentar D.N.I. o Pasaporte, norma que únicamente no afecta a los menores de 14 a?os, de los que seran responsables las personas bajo cuya tutela realicen el viaje.

Curiosamente se han olvidado de las personas que tengan permiso de residencia, o de residencia y trabajo, o tarjetas comunitarias, o otros documentos analogos.

La comapa?ía aerea puede denegar, y de hecho deniega, la realización del viaje a las personas que no porten los citados documentos.

La idenficación ha de hacerse ante el personal de la compa?ía, bien en el mostrador de facturación o bien en la puerta de embarque, o en ambos sitios.

Para su conocimiento y efectos.

Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Holmes en 24 de Noviembre de 2005, 08:52:04 am
Desde los atentados de los USA y Madrid, la tendencia es incremetar la seguridad en todos los ambitos. La creacion de legislacion especifica y el aumento del control de personas, es parte de ese incremento, un tributo a pagar, ya que va en detrimento de las libertades. El que pidan identificacion, con caracter general y no como excepcion de algunas compa?ias, para vuelos nacionales y muchas otras medidas de seguridad en materia aerea, tambien forma parte de esa tendencia, asi como el que policias viajen en los aviones, como ya se planteo y de hecho creo que se hace en otros paises, mayor control del pasaje y la carga, etc. etc. Lo extra?o es que hayan tardado tanto en aplicarlo, si la noticia es actual.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 47ronin en 26 de Noviembre de 2005, 13:46:10 pm
Los dos temas que tratan sobre el DNI en vuelos nacionales han sido fusionados.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: larras en 26 de Noviembre de 2005, 18:26:33 pm
Segun el tratado Schengen, todo vuelo interior no deberia esta sujeto a control, con lo que seria indeferente un vuelo Madrid-Mallorca como un Madrid-Paris, pero hay ciertos destinos en Espa?a que podrian ser definidos como "calientes" por su problematica con la inmigracion. Mas concretamene, cualquier vuelo procedente de Melilla, esta sujeto a control, ya que se considera que la "VERDADERA FRONTERA" seria el aeropuerto receptor. Como Melilla tiene unos "acuerdos" (no recuerdo muy bien si son legales) con su vecina ciudad de Nador (Marruecos), por los que los vecinos de ambas ciudades pueden entrar y salir en HORARIO COOMERCIAL con la sola presentacion del documento de identidad, hace necesario que se controle estos vuelos.

Saludos
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: ciudad-ano en 26 de Noviembre de 2005, 18:42:28 pm
Personalmente no me parece mal que pidan el DNI en todo tipo de vuelos, se lo ense?o y ya está. ??Me lo pide la cajera de cualquier centro comercial o la de REPSOL cada vez que pago la gasolina y no me quejo!!. La seguridad en los aviones hay que tomársela en serio, por lo tanto me parece bien, no me preocupa en absoluto.
Lo importante es que esa medida den frutos, eso es lo importante.
Saludos.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: fuyu en 27 de Noviembre de 2005, 23:26:04 pm
Segun el tratado Schengen, todo vuelo interior no deberia esta sujeto a control, con lo que seria indeferente un vuelo Madrid-Mallorca como un Madrid-Paris, pero hay ciertos destinos en Espa?a que podrian ser definidos como "calientes" por su problematica con la inmigracion. Mas concretamene, cualquier vuelo procedente de Melilla, esta sujeto a control, ya que se considera que la "VERDADERA FRONTERA" seria el aeropuerto receptor. Como Melilla tiene unos "acuerdos" (no recuerdo muy bien si son legales) con su vecina ciudad de Nador (Marruecos), por los que los vecinos de ambas ciudades pueden entrar y salir en HORARIO COOMERCIAL con la sola presentacion del documento de identidad, hace necesario que se controle estos vuelos.

Saludos

Por acuerdo especial de los signatarios del espacio Shengen Ceuta y Melilla se consideran "exteriores" al espacio común, estableciendose la frontera exterior Shengen en Algeciras (aparte por supuesto que en los limites de las ciudades autonomas).

Tambien, por expresa oposición de Espa?a, con Gibraltar no hay frontera exterior Shengen, al no reconocer Espa?a a Gibraltar como otro pais (situación absurda pero real) sino un invento "a la espa?ola", de hecho el sello que te ponen en "la valla" no es un sello oficial Shengen. Frotera que general miles de problemas diarios por este sentido.

Por otra parte, el acuerdo Shengen no establece que no se hagan controles en los aereopuertos o fronteras, sino que estos NO SEAN FIJOS, entendiendose por fijos el típico control fronterizo con sello de pasaporte y control fronterizo, de hecho con Francia esta claro qeu no hay control fronterizo y sin embargo tenemos a la UIP y a diversos grupos de extranjería trabajando haciando controles diarios, y con Francia un acuerdo de readmisión que se utiliza bilateralmente muchisimas veces al cabo del día.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Bepsita en 27 de Noviembre de 2005, 23:45:27 pm
Personalmente no me parece mal que pidan el DNI en todo tipo de vuelos, se lo ense?o y ya está. ??Me lo pide la cajera de cualquier centro comercial o la de REPSOL cada vez que pago la gasolina y no me quejo!!. La seguridad en los aviones hay que tomársela en serio, por lo tanto me parece bien, no me preocupa en absoluto.
Lo importante es que esa medida den frutos, eso es lo importante.
Saludos.


Ojala todo nacional pensara como tú!!! Y es que hay que tener en cuenta también que vuelos que por ejemplo hacen el recorrido Madrid-Barcelona, al llegar aquí pasan control fronterizo...y porqué? pues porque es un vuelo que hace escala en madrid y recoje pasaje y dicho vuelo procede de fuera del espacio Schengen y por lo tanto todos los pasajeros los pasan por la terminal Internacional pasando el consiguiente control. Lo peor es que siempre hay quejas, malas caras y más historias rocambolescas para no dormir y por mucho que expliques que entran en un vuelo internacional, les da igual...parece que molesta mostrar el dni o pasaporte. En fin...
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: serra351 en 15 de Mayo de 2006, 11:58:01 am


 Hola a todos...

 Os planteo una duda que tengo al respecto...

   entiendo que las FCSE estando de servicio pueden llevar el arma de fuego en vuelos comerciales ...   que ocurre si no se esta de servicio?   tambien se puede?  ( con la correspondiente comunicacion claro esta ).

 Y por curiosidad tambien,   pueden llevarlas fuera de servicio las PL? , entiendo que si pueden llevar la suya particular por tierra ?por que no por aire?,   creo recordar que la Ley de aviacion o como se llame solo nombra a las FCSE para poder llevarla, ? no seria esto un poco absurdo , si si se les permite llevarla por tierra...   estara anticuada esta ley? 

   haciendo un parentesis entiendo que las PL que ejerzan de escolta si que podrian llevarla.

 Es simple curiosidad, porque dudo que yo me la lleve algun dia de vacaciones... pero bueno eso nunca se sabe y es bueno conocer.

Por lo visto algunos pilotos, sobre todo hace tiempo se mostraban rencorosos a la hora de autorizar a llevar un arma de fuego en un avion..llegando incluso a no autorizar el vuelo, violando incluso la ley que si ampara a poder hacerlo con la comunicacion debida. Desconozco la actualidad.  He leido por ahi que incluso llevar el cargador fuera de la pistola es recomendable que no obligatorio.

 
Un saludo.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: leguard en 15 de Mayo de 2006, 19:42:53 pm
Bueno, yo tengo una pregunta.
Si yo PN,GC, PA o PL, voy a volar al extranjero, bien sea para competir con arma corta o larga en algun campeonato internacional, ir de caza, o para entrenar con algun grupo de intervención de alguna policia extranjera.

? Que tramites hay que realizar?  :pen:
Un saludo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: alertamedia en 15 de Mayo de 2006, 21:00:11 pm
Si se niegan a dejarte embarcar con el arma tienes que dar parte a tu unidad, porque están incumpliendo la ley.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 15 de Mayo de 2006, 22:05:34 pm
pues yo este miercoles cogi dos aviones y no he tenido ningun problema, y lo hago a menudo ya ke vivo en una isla, el ultimo avion el comandante me dice "aqui no se puede usar", jeje, tampoco lo habia pensado, el cargador siempre lo llevo fuera, en el bolsillo del pantalon, mas de dos a?os volando con la cacharra y nunca problemas, lo del extranjero a competir ni idea, un saludo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: flip en 16 de Mayo de 2006, 00:41:07 am
Hace 15 días, mientras esperaba para facturar en un vuelo a Milán, dos personas delante de mí, intentaron facturar unas maletas metálicas, diciendo que eran armas largas, el protocolo de la compa?ía AIR Italia, era que pasaran por la intervención de armas del la Guardia civil en el aereopuerto, tras la revisión de dichas armas y el consiguiente documento, fué la misma Guardia Civil, la que trasladó las dos maletas hacia el avión e hizo entrega de las mismas a personal de la tripulación, quedándose la patrulla de la G.C. hasta que cerraron la bodega del avión. Un saludo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: vlair en 16 de Mayo de 2006, 00:46:06 am
El artículo SA-9 del Reglamento de Seguridad Aérea habilita a los agentes a portar consigo su pistola en los vuelos. La misma norma recomienda que el arma y el cargador vayan por separado.

La norma espa?ola de seguridad aérea se ha convertido en una auténtica incógnita para muchos comandantes de aviones comerciales. El desconocimiento más absoluto les ha llevado a contravenir lo estipulado y despojar a policías y guardias civiles de su arma en acto de servicio.

La normativa espa?ola es bien clara. Todo miembro de las Fuerzas de Seguridad del Estado, ha de portar consigo su arma al subir a un avión. Eso sí, ha de cumplir un exhaustivo protocolo desde instantes antes de subir a la aeronave.

De acuerdo con la directriz SA-9, del comite nacional de seguridad aeroportuaria, el agente armado ha de identificarse desde un primer momento en el control. A continuación, en el registro debe figurar el número del arma, el calibre de la munición y la identidad del portador.

Todos estos datos se notifican al comandante. Una de las recomendaciones -en ningún caso supone una obligación- de la directriz de Seguridad Aérea es que el arma y el cargador vayan por separado. Esta medida viene justificada para evitar que cualquier pasajero pueda arrebatar un arma en un descuido con el cargador. La norma tampoco obliga al agente a entregar el arma al comandante. 
 

  Si, por cualquier circunstancia, dos efectivos de las Fuerzas de Seguridad del Estado coinciden en el mismo avión portando su arma reglamentaria, el comandante de la aeronave está obligado a presentarlos entre sí. A través de este procedimiento se evitan posibles situaciones de tensión.

A pesar de la instrucción de Aviación Civil, muchos comandantes hacen caso omiso a esta normativa. Hace escasas semanas un capitán de la Policía Judicial de la Guardia Civil se desplazó en acto de servicio hasta Eivissa. El comandante trató de impedir el acceso al investigador. Unicamente cuando recibió la orden de la torre de control y el aviso de que estaba contraviniendo la normativa espa?ola, el comandante accedió. Posteriormente, el piloto fue sancionado.


Sin embargo, la tendencia se ha mantenido hasta ahora. El último de estos casos se dio las pasadas navidades. El comandante obligó a un policía nacional a desprenderse de su arma. Aunque el agente era perfecto conocedor de la normativa accedió. La última ocurrencia del comandante, a pesar del riesgo de un disparo accidental, fue que el arma viajara en la bodega del avión.

De hecho, muchos comandantes han obligado a escoltas ha dejar su arma en la bodega. El hecho de que un arma de fuego viaje en la bodega, con el resto de equipajes, tampoco constituye un seguro para la aeronave y, por tanto, al resto de los pasajeros. Cualquier detonación accidental del arma de fuego en la bodega del avión puede suponer una inmediata despresurización de la aeronave.


Espero que sirva de ayuda. Un saludo.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: paquetemetes en 16 de Mayo de 2006, 01:21:55 am
yo que he vivido 8 a?os en ibiza nunca tuve problemas para portar el arma en el avion
eso si se de varios compis que el comandante les denego la entrada al mismo y les tuvieron que buscar otro vuelo

 ;bron; ;bron; ;bron;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 112 en 16 de Mayo de 2006, 01:48:02 am
Mayo 26, 2004
EL COMANDANTE QUE IMPIDIÓ VOLAR A UN CAPITÁN DE LA GUARDIA CIVIL CON SU ARMA CARGADA CUMPLIÓ CON LA NORMATIVA VIGENTE
Prensa SEPLA
Como han confirmado responsables de la compa?ía Air Nostrum a SEPLA, el comandante del vuelo Palma-Ibiza 8516 que se retrasó ayer durante más de una hora por un incidente por arma de fuego, actuó de acuerdo al reglamento.
El piloto, que pertenece a la compa?ía DenimAir y no a Air Nostrum (como han asegurado diferentes medios de comunicación), solicitó al capitán de la guardia civil que dejase su arma en tierra, una vez que este, que vestía de paisano y portaba su arma reglamentaria con munición, le confirmó que no viajaba en comisión de servicio.
El incidente provocó un retraso de una hora y diez minutos en el vuelo, ya que una vez en la pista, el aparato tuvo que regresar a recoger al agente por orden de la torre de control; una operación que no resulta habitual y que motivó directamente el retraso. Finalmente, el capitán de la Guardia Civil subió al avión tras haber depositado su cargador y las balas en tierra. A este respecto, la normativa de la práctica totalidad las compa?ías estipula que ningún agente de las Fuerzas de Seguridad del Estado puede subir armado a un avión si no está en comisión de servicios, por lo que el comportamiento del comandante siguió al pié de la letra lo que observan los reglamentos y la propia normativa de OACI, en la regla JAR-OPS 1.065, como anexo al Real Decreto 20/2201 de 2 de marzo de 2001. La regla JAR-OPS 1.065 dice textualmente que ?el operador garantizará que las armas y municiones de guerra se ubiquen en un lugar del avión al que los pasajeros no puedan acceder durante el vuelo y que, si son armas de fuego, estén descargadas?.
Con todo, queda claro que el retraso no es achacable en ningún caso a una decisión arbitraria, sino al estricto cumplimiento de la legislación vigente, la cual dispone además que la máxima autoridad dentro del avión corresponde a su comandante, encargado de velar por la seguridad de los pasajeros y de la tripulación. Lo más sorprendente del incidente es que desde la torre control se ordenase la vuelta al parking para recoger a un pasajero que, previamente, había quedado en tierra tras una decisión del comandante.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 112 en 16 de Mayo de 2006, 01:52:12 am
Bueno, yo tengo una pregunta.
Si yo PN,GC, PA o PL, voy a volar al extranjero, bien sea para competir con arma corta o larga en algun campeonato internacional, ir de caza, o para entrenar con algun grupo de intervención de alguna policia extranjera.

? Que tramites hay que realizar?  :pen:
Un saludo



Las armas reglamentadas, cuya adquisición, tenencia y uso estén autorizados o permitidos, deberán ser facturadas y transportadas en la bodega de la aeronave.

Condiciones de transporte

Las armas deberán ir descargadas y en su estuche.


Las municiones se transportarán en un maletín rígido e independiente del empleado para transportar el arma.
Procedimiento a seguir en el aeropuerto de origen



  A.  Intervención de armas

Los pasajeros que residen en Espa?a y los pertenecientes a la UE deberán presentar la siguiente documentación:

1. DNI o pasaporte.
2. Licencia de armas.
3. Guía de pertenencia del arma.
4. Título de transporte (billete).
5. Tarjeta Europea de armas (países UE).

En el caso de que la persona que facture el arma no sea el propietario de la misma, deberá también presentar una autorización del propietario para realizar el trámite de facturación.
Los pasajeros extranjeros no pertenecientes a la UE  deberán presentar la siguiente documentación:

1.Pasaporte.
2. Permiso especial concedido a su entrada en Espa?a.
3. Billete de vuelo.
Se rellenará el impreso 790 (un impreso por viajero), procediéndose al pago de la tasa correspondiente, que se realizará en cualquier entidad bancaria próxima a la sala de intervención de armas. Para su comodidad puede cumplimentar el modelo 790 y abonar la tasa en cualquier entidad bancaria antes de ir al aeropuerto.

Se le entregará, junto con el resguardo de haber abonado la tasa correspondiente, la autorización de embarque de armas.

Con la autorización de embarque de armas y los estuches de armas y municiones revisados, deberá dirigirse al mostrador de facturación de la compa?ía aérea con la que va a viajar.
  B.  Mostrador de facturación

Se entregarán, además de la documentación requerida, los estuches del arma y de las municiones junto con el equipaje a facturar.

El personal de la compa?ía encargado de la facturación se encargará de precintar, tal y como está establecido, las armas y municiones.

Procedimiento a seguir en el aeropuerto de destino

Si su destino es un país de la UE, debe saber que la tarjeta europea de armas de fuego será la documentación de su arma. No debe olvidar presentarla a las autoridades competentes en el punto fronterizo de entrada para que, una vez comprobada y sellada, sea debidamente habilitada.

Si su destino es un país fuera de la UE, infórmese en la embajada o consulado en Espa?a de ese país sobre la legislación local vigente en lo que afecta a tenencia, circulación y uso de armas de fuego.

Al regreso de su viaje

Deberá retirar sus armas en la Intervención de Armas del aeropuerto, donde presentará la autorización de embarque de armas.

NO OBSTANTE TODO ESTA RECOGIDO EN LA PAGINA DE AENA.
SALUDOS
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: cazaor en 16 de Mayo de 2006, 12:35:05 pm
Todos estos datos se notifican al comandante. Una de las recomendaciones -en ningún caso supone una obligación- de la directriz de Seguridad Aérea es que el arma y el cargador vayan por separado. Esta medida viene justificada para evitar que cualquier pasajero pueda arrebatar un arma en un descuido con el cargador. La norma tampoco obliga al agente a entregar el arma al comandante.
?Y qué pasa si mi arma de fuego no tiene cargador?... ;c;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: vlair en 16 de Mayo de 2006, 12:45:27 pm
?Y qué pasa si mi arma de fuego no tiene cargador?...

Pues le sacas las balas... y te las guardas en un bolsillo  ;risr;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: cazaor en 16 de Mayo de 2006, 12:51:29 pm
?Y qué pasa si mi arma de fuego no tiene cargador?...

Pues le sacas las balas... y te las guardas en un bolsillo  ;risr;
?Eso dice la normativa SA-9?... :bur)
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: vlair en 16 de Mayo de 2006, 13:09:06 pm
Si, concretamente en su apartado 3.b, especificando claramente que a de ser en el bolsillo delantero derecho del pantalon.  :est;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: leguard en 16 de Mayo de 2006, 19:05:47 pm
Muchas gracias 112.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: DaniGC en 23 de Mayo de 2006, 10:14:31 am
Bueno, pues resulta que en menos de una hora me voy para Denia a coger el barco para ir a mi destino en practicas. Y resulta tambien que no tengo ni idea si de, como en los aviones, tengo que decirle a alguien del barco o de la compa?ia que llevo el arma encima. Alguien lo sabe?

A ver si me contestais que me voy en menos de una hora, sino ya preguntare por alli.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: goodlife en 23 de Mayo de 2006, 10:23:03 am
Por obligación creo que no; por cortesía................. es otra cosa.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Drac69 en 23 de Mayo de 2006, 10:34:57 am
Siento no poder ayudarte, en el tema barcos los desconozco.
..En el tema aviones hay otro post abierto que solo habla de esto.
..No te puedo decir la conclusión a la que se llego, porque no me acabó de quedar claro.
..Que tengas suerte.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: hombredeazul en 23 de Mayo de 2006, 11:39:06 am
si pasas ante algun compa?ero que este haciendo un control de accesos o algo similar, no esta de mas saludar si crees que pitara el arco. si no hay arco, mejor no, te vendes a los ojos de todo el mundo.

y al personal del barco, nada de nada. tu a lo tuyo y ellos a los remos.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Intelpoli en 23 de Mayo de 2006, 12:05:54 pm
Saludos a Tod@s:
No tienes que decir nada a nadie, simplemente si pasas por algún control en el que esté algún compa?ero pues te identificas, si no nada tu a tu rollo.
Un abrazo.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 24 de Mayo de 2006, 00:44:38 am
otro ke viene para baleares, jeje, bien, ya te han contado bien como va la historia, un saludo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: paquetemetes en 24 de Mayo de 2006, 02:05:40 am
ni por obligacion, ni por cortesia
jejejjee

te lo digo porque yo he cojido el barco en denia en infinidad de ocasiones

suerte en las Baleares, espero que no le cojas mania como sucedio en mi caso

 ;fu; ;fu; ;fu;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: bicho1 en 24 de Mayo de 2006, 02:36:06 am
Que lio, al final no me ha quedado claro si el piloto tenía razon o no...
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: DaniGC en 24 de Mayo de 2006, 16:23:20 pm
Pues eso, alli ni arco de seguridad ni controles ni nada. No le dije nada a nadie y sin problema ninguno. Ya ando por la isla. El sabado por la noche debuto, ya contare algo.

Gracias a todos y un saludo.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Scrat en 24 de Mayo de 2006, 16:29:17 pm
Buena suerte  en tu destino compa?eros ;risr;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: ciudad-ano en 24 de Mayo de 2006, 16:38:14 pm
Pues eso, alli ni arco de seguridad ni controles ni nada. No le dije nada a nadie y sin problema ninguno. Ya ando por la isla. El sabado por la noche debuto, ya contare algo.

Gracias a todos y un saludo.

??ME ENCANTA LA SEGURIDAD EN ALGUNOS MEDIOS DE TRANSPORTE PUBLICO!!


  :meg; Él terrorista que quiera viajar a Baleares lo puede hacer en barco que no tendrá problemas a la hora de su "seguridad". ;ris; Pues en el avión no pasará tan fácil.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 24 de Mayo de 2006, 19:16:48 pm
hombre, no vamos a poner un arco de seguridad en todos los medis de transporte, en el bus en el metro, en el barco.... ademas no se si hay antecedentes de atentados en barco... pero no creo ke secuestren uno para estrellarlo contra la catedral de palma, jeje espero vamos....
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 24 de Mayo de 2006, 19:32:02 pm
Mayo 26, 2004
EL COMANDANTE QUE IMPIDIÓ VOLAR A UN CAPITÁN DE LA GUARDIA CIVIL CON SU ARMA CARGADA CUMPLIÓ CON LA NORMATIVA VIGENTE
Prensa SEPLA
Como han confirmado responsables de la compa?ía Air Nostrum a SEPLA, el comandante del vuelo Palma-Ibiza 8516 que se retrasó ayer durante más de una hora por un incidente por arma de fuego, actuó de acuerdo al reglamento.
El piloto, que pertenece a la compa?ía DenimAir y no a Air Nostrum (como han asegurado diferentes medios de comunicación), solicitó al capitán de la guardia civil que dejase su arma en tierra, una vez que este, que vestía de paisano y portaba su arma reglamentaria con munición, le confirmó que no viajaba en comisión de servicio.
El incidente provocó un retraso de una hora y diez minutos en el vuelo, ya que una vez en la pista, el aparato tuvo que regresar a recoger al agente por orden de la torre de control; una operación que no resulta habitual y que motivó directamente el retraso. Finalmente, el capitán de la Guardia Civil subió al avión tras haber depositado su cargador y las balas en tierra. A este respecto, la normativa de la práctica totalidad las compa?ías estipula que ningún agente de las Fuerzas de Seguridad del Estado puede subir armado a un avión si no está en comisión de servicios, por lo que el comportamiento del comandante siguió al pié de la letra lo que observan los reglamentos y la propia normativa de OACI, en la regla JAR-OPS 1.065, como anexo al Real Decreto 20/2201 de 2 de marzo de 2001. La regla JAR-OPS 1.065 dice textualmente que ?el operador garantizará que las armas y municiones de guerra se ubiquen en un lugar del avión al que los pasajeros no puedan acceder durante el vuelo y que, si son armas de fuego, estén descargadas?.
Con todo, queda claro que el retraso no es achacable en ningún caso a una decisión arbitraria, sino al estricto cumplimiento de la legislación vigente, la cual dispone además que la máxima autoridad dentro del avión corresponde a su comandante, encargado de velar por la seguridad de los pasajeros y de la tripulación. Lo más sorprendente del incidente es que desde la torre control se ordenase la vuelta al parking para recoger a un pasajero que, previamente, había quedado en tierra tras una decisión del comandante.



ostras, yo vuelo con air nostrum muchas veces al a?o, uff, menudo liooo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: JAKE en 25 de Mayo de 2006, 14:20:17 pm
Y a qué Puesto vas illo? al mío vienen 10 de tu promoción, es principal y mandan bastantes.... a mi me pilla de libre para ya he conocido de vista a 2 que han venido con sus papis a hablar con el jefe, uno de PJ y el otro Alférez.... no abrieron la boca los eventuales ni para saludar al Puertas...mal empiezan. No seas como ellos, habla, preséntate a los compa?eros que has llegado tú al Puesto no ellos, pregunta todo lo que tengas dudas, tantea el terreno y con el tiempo te darás cuenta de quién puedes aprender cosas y de quién no, no vayas de listillo aunque sepas mucho de una cosa, hazle caso al veterano y no seas de esos que hay que atar en corto, prudencia, vista larga, paso corto y mala leche!!!!! SUERTE, ÁNIMO Y BIENVENIDO AL INFIERNO HIJO!!!!!! jajajaja....
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: GUCI en 25 de Mayo de 2006, 15:01:49 pm
Te doy la razón Jaje, ante todo humildad y a  aprender de lo bueno que en esta empresa si le pones  ganas hay mucho que descubrir...dani esperamos tus "sensaciones" despues del Sábado, espero que todo vaya bien y que te diviertas...
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: DaniGC en 25 de Mayo de 2006, 17:31:57 pm
Ya conozco a todos los del puesto, aparte de que tenia un muy buen amigo aqui ya me ense?aron la costumbre de presentarme a los compa?eros veteranos en el ejercito. ya me ha servido para algo ser militar.......

De momento me estoy adaptando a la isla, espero que me vaya todo bien, ya contare.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: ciudad-ano en 25 de Mayo de 2006, 18:14:38 pm
hombre, no vamos a poner un arco de seguridad en todos los medis de transporte, en el bus en el metro, en el barco.... ademas no se si hay antecedentes de atentados en barco... pero no creo ke secuestren uno para estrellarlo contra la catedral de palma, jeje espero vamos....

En los barcos debería ser obligatorio tal y como lo es en el avión.
Y tampoco tienen porqué  haber antecedentes para poner medidas de seguridad acordes a la situación de inseguridad existente.
Por favor, te rogaría que no compares un autobús con un barco.
Quizás las autoridades no se hayan planteado la seguridad necesaria en este tipo de barcos dada su poca envergadura  y corto itinerario. Pero estoy seguro que en un transatlántico si existen medidas de seguridad parecidas a las existentes a la hora de embarcar en los aviones.
No se si te acordaras de los terroristas que secuestraron el Aquile Lauro.
Esta claro que no se puede comparar con la ?barcaza? que sale de Denia a Baleares.
Un saludo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: El_Lloni en 26 de Mayo de 2006, 00:00:47 am
Que lio, al final no me ha quedado claro si el piloto tenía razon o no...
Pues yo entiendo que el "Reglamento de Seguridad Aerea" que muy oportunamente ha citado Vlair esta por encima de las normas de cualquier compa?ia aerea, asi que esta claro quel se podia portar el arma, y el piloto (otros que se creen dios), la estaba cagando.
Saludos cordiales.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: DaniGC en 29 de Mayo de 2006, 20:07:46 pm
Bueno, pues eso, el balance de mi primera noche: dos alarmas falsas de robo en casas y un detenido por malos tratos. Que maravilla de verano.

Un saludo.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: nager en 29 de Mayo de 2006, 21:21:21 pm
Respecto alas alarmas falsas ...... y las te quedan por aguantar las mejores son esas en las que esperas una hora al vigilante( no te enfdes ciudadano) y aparece totalmente dormido y sin las llaves para hacer la requisa. y con los malos tratos igual que estan de moda. Buena suerte compa?ero.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: GUCI en 30 de Mayo de 2006, 14:47:56 pm
Me alegro de que te haya ido bien el 1? servicio y hayas entretenido, aunque te vas a entretener mas cuando entre el verano de lleno, un saludo y a cuidarse.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: prodigos en 15 de Agosto de 2006, 12:25:41 pm
Sin armas en los aviones

Diario informacion alicante.

SECTOR AÉREO
llevar armas en los aviones a los policías, guardias civiles y militares
 
 
 
 
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El Ministerio del Interior ha dictado una instrucción en la que detalla la situaciones en las que militares y cuerpos de seguridad podrán llevar consigo el arma reglamentaria cuando viajen en avión. Esta instrucción desarrolla otra anterior, incluida en el Programa Nacional de Seguridad en la Aviación Civil, en la que se excluye a este personal, o al que Interior excepcionalmente autorice, de la obligación de depositar el arma en la bodega. Las situaciones son cinco y con ellas Interior describe qué entiende por comisión de servicios: cuando los agentes cumplan órdenes de los tribunales, autoridades judiciales o fiscales, si desarrollan ?investigaciones policiales?, si realizan funciones de ?custodia de presos y detenidos?, o de ?protección de personalidades?, y si desarrollan una ?actuación policial?. Esta instrucción, del pasado 31 de julio, ha sido aprobada por el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho.



Camacho agrega en el escrito que cada vez es mayor el número de estos profesionales que viaja en avión y que, ?en determinados casos?, se crean ?situaciones de alarma, por desconocerse la identidad de la persona que porta el arma y por el riesgo que puede suponer para la seguridad del vuelo el disparo accidental o no de la misma?.


Se que habia un tema relacionado, pero no lo he encontrado.

Uns alu2
 
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 16 de Agosto de 2006, 19:47:53 pm
um, a ver si alguien sabe mas del tema, que a mi me interesa mucho, dado que vivo en una isla y viajo mucho en avion, pero de legislacion vigente, no de articulos de prensa, un saludo
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: porlapiedra en 16 de Agosto de 2006, 19:52:28 pm
De todas formas el llevar un arma en un avión no sé hasta que punto debe ser bueno. No se puede hacer uso de ella por el peligro de perforar el fuselaje y la posterior despresurización del aparato. A no ser que el reo vaya engrilletado y los agentes lleven una defensa extensible o similar.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 16 de Agosto de 2006, 20:37:15 pm
y si vas a tu casa un mes de vacaciones? por ke motivo no voy a poder llevar mi arma, dado que soy un perito y experto en el uso y manejo de armas? eso dicen los jueces no?
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: RECON en 16 de Agosto de 2006, 21:28:13 pm
Yo he leído la órden y se exige que el agente actúe en comisión de servicio para poder portar su arma. De todas formas se incluye una coletilla que dice "salvo que el comandante de la aeronave diga lo contrario". Luego estamos en las mismas.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: seitancito en 17 de Agosto de 2006, 19:37:08 pm
Armas para que ? teniendo el tasser! no perfora fuselaje, no causa da?os colaterales. Lo mejor que hay. :elf;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Maestro_Armero en 17 de Agosto de 2006, 20:07:08 pm
Tonterías. El mismo bulo que en su día tras el 11-M,  estudiaba el conceder permisos de armas a la tripulación de los aviones. La leche.

Porque ya se me ponen los pelos como escarpias el imaginarme a un policía ó militar en su tiempo libre, poder acceder con la pipa al avión, y dados los conocimientos sobre armas que tienen muchos de sus elementos, el pensar que puedan pegar un tiro a 5.000 pies con FMJ, los supuestos profesionales, serías catastrófico darle una Magnum .44 a un comandante de Iberia aficionado a Harry el Sucio.

Como fuera yo en un avión, de servicio ó de paisano y apareciera un Mojamé en plan Alá Agbar y queriendo irse al paraíso con las vírgenes, ya puede el comandante pedir "paz, amor y diálogo", que yo directamente le meto al islamista todo el cargador en su cuerpo serrano -naturalmente balas DAG de plástico-. Luego que el juez me diga lo que quiera.

Respecto a la Tasser, cojonuda como arma de reglamento, complementaria con la pistola. Ojalá muchos Cuerpos se dieran cuenta de las ventajas que tendría el sustituir la tonfa por el láser... y que se jodan los delincuentes.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Ana73 en 17 de Agosto de 2006, 20:11:10 pm
y si vas a tu casa un mes de vacaciones? por ke motivo no voy a poder llevar mi arma, dado que soy un perito y experto en el uso y manejo de armas? eso dicen los jueces no?


Caso de que hayan trasladados y se necesite coger el avion y llevar el arma por cambio de destino, pues solicitar al jefe respectivo que haga el papelito oportuno. En casa ya nos ha pasado una vez.

En cuanto a llevarse el arma reglamentaria a casa, cada uno sabe lo que debe hacer con ella. Eso va a gusto del usuario.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 17 de Agosto de 2006, 23:03:17 pm
yo a mi casa me la he llevado muchas veces, y nunca he tenido problema, hasta ahora, bueno no los he tenido, pero espero no llegarme al aeropuerto y ke me digan ke no puedo pasar, en fin, no esta claro el tema, un saludo :lect
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: JAKE en 17 de Agosto de 2006, 23:10:31 pm
Yo he volado con la pipa, no es lo normal pero en plan particular lo he hecho,  los compa?eros en el arco me dijeron en el aeropuerto que se lo comentara al piloto y se lo dije, nos dimos la mano,  me comentó de llevar el cargador fuera separado de la pipa, lo saque delante de él, me lo metí en el bolsillo y al irse al avión lo volví a meter en la 30M... yo qué sé... el hombre tampoco parecía preocupado porque un GC volara armado! le importó un cipote, y estaba sobrio eh? el piloto digo... jejeje...y yo tb coone...
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Maestro_Armero en 18 de Agosto de 2006, 13:49:34 pm
Para volar en Espa?a con un arma, tienes que facturarla en la Intervención de Armas del aeropuerto, bien precintada en un embalaje adecuado, con la munición aparte y con la guía ó guía de transporte totalmente en regla.

Solo pueden ir con el arma de reglamento en el avión, los agentes autorizados en vuelos custodiando VIP.

Los GC de custodia en los aeropuertos y los comandantes de vuelos comerciales NO ESTÁN AUTORIZADOS a permitir infringir el Reglamento de armas.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: JAKE en 18 de Agosto de 2006, 14:27:34 pm
Maestro-Armero iba con la oficial...ya me dirás que guía doy en la IA del Aerop.... pero lo mejor es no llevarla salvo que sea estrictamente necesario...
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: hombredeazul en 18 de Agosto de 2006, 14:39:03 pm
Maestro-Armero iba con la oficial...ya me dirás que guía doy en la IA del Aerop.... pero lo mejor es no llevarla salvo que sea estrictamente necesario...

ahora que lo dices, lo vuestro con las guias es de juzgado de guardia. y luego encima vuestros jerifaltes poniendo tantos embrollos a que si los pl esto, que si los pl lo otro...  ;bron;

seria un tema interesante lo de tocar los guevillos por eso, ya sabes, a dar ideas a la augc.  ;risr;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: paquetemetes en 18 de Agosto de 2006, 15:43:33 pm
Para volar en Espa?a con un arma, tienes que facturarla en la Intervención de Armas del aeropuerto, bien precintada en un embalaje adecuado, con la munición aparte y con la guía ó guía de transporte totalmente en regla.

Solo pueden ir con el arma de reglamento en el avión, los agentes autorizados en vuelos custodiando VIP.

Los GC de custodia en los aeropuertos y los comandantes de vuelos comerciales NO ESTÁN AUTORIZADOS a permitir infringir el Reglamento de armas.

de todas maneras no es del todo cierto tu afirmacion
tambien pueden portar armas fuerzas y cuerpos de seguridad cuando los agentes cumplan órdenes de los tribunales, autoridades judiciales o fiscales, si desarrollan ?investigaciones policiales?, si realizan funciones de ?custodia de presos y detenidos?, o de ?protección de personalidades?, y si desarrollan una ?actuación policial?.

 :lect :lect :lect
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Maestro_Armero en 18 de Agosto de 2006, 15:53:55 pm
Cierto Paquetemetes.

Es a lo que me refería, agentes autorizados ya sea de custodia, protección de Vips y etc. Siempre de servicio. Imposible entrar armado en un avión sin autorización oficial al respecto, por mucho que presentes carnet profesional con licencia A.

Para traslados de destino siempre el arma facturada por la Intervención de Armas.

Portar el arma reglamentaria fuera del servicio es ilegal, pudiendo acarrear expediente administrativo en el mejor de los casos. Así que OJO.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: tonfa en 18 de Agosto de 2006, 17:18:32 pm
Yo en principio y aunque sea un co?azo considero adecuado que el arma viaje en la bodega y no en el cinto y el motivo es el que cita el forero Maestro Armero.Existe mucho compi con un total desconocimiento del arma y del comportamiento balistico y no solo eso sino con orgullo de su ignorancia.Ademas de que somos un colectivo muy grande y gente tocada del ala tambien tenemos sin contar con aquellos que puedan padecer adicciones que perturben su salud mental.De hecho hasta para custodia de detenidos en cuyo caso tenemos Taser que no interfiere con los instrumentos de navegacion del avion,ademas conoceis de alguien que dispare a un preso que se fuga y no acabe en el trullo...
En los aviones solo arma para personal de seguridad que pueda viajar en determinados vuelos de lineas "delicadas" y con proyectiles adecuados a las caracteristicas del servicio.



Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: JAKE en 18 de Agosto de 2006, 17:41:20 pm
Pues macho entonces a muchos compis le meterían un huevo por ello... no es mi caso porque nunca llevo la Beretta oficial encima de forma particular, pero hay muchos compa?eros que suelen llevarla encima a veces... menos de la GC de lo que los foreros se piensan, pero bueno. Yo a veces llevo mi revólver particular del 38 de 2" qwue me compré en subasta en el Norte.
Hombredeazul si quieres por mí, puedes quitarme mi arma oficial y detenerme por "tenencia ilícita" si estás seguro de lo que haces cuando me pares, no suelo llevarla pero vamos.... no te voy a poner impedimentos para que me engrilletes!!!! eso sí, luego "solisitaré utomáticamente un corpus cristi" que lo sepas withfather... y qué culpa tenemos nosotros si el Estado no nos da las guía hombreeeeeeeeeeee!!! conoces muchos GC,s o PN,s que una vez se ha identificado un compa?ero como compi de PL le hayan registrado por si llevaba su arma oficial??? yo a ninguno........ ;fum; 
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Maestro_Armero en 18 de Agosto de 2006, 19:13:07 pm
Si es cierto, muchos se la llevan a casa. Sobre todo los que no tienen arma personal y un día tienen que hacer alguna gestión con mucho dinero en efectivo y tal, por ejemplo.

 Francamente no es recomendable, más que por la infracción en si, que no dejaría de ser administrativa y por ende una mierda, es por el riesgo de perderla ó de que te la roben estando fuera de servicio, y eso si que es para acojone laboral y en todos los sentidos.

Aparte que pocos policías detendrían a un compa?ero que les mostrara la placa ó el carnet profesional, llevando el arma reglamentaria fuera del servicio.

Aún así mejor dejarlas en la taquilla del curro y llevar siempre el arma particular.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: JAKE en 18 de Agosto de 2006, 21:06:16 pm
Pues anda que si le hago caso al maara de una armería de Baeza... que me quería vender la moto y venderme una funda "para la Z".... de paisano pa llevarla debajo de una gabardina!!!!! jajaajajaja.... allá cuando era alumno! que locooooooooooooooooooo....... :a:
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Viche en 18 de Agosto de 2006, 22:03:11 pm
Si es cierto, muchos se la llevan a casa. Sobre todo los que no tienen arma personal y un día tienen que hacer alguna gestión con mucho dinero en efectivo y tal, por ejemplo.

 Francamente no es recomendable, más que por la infracción en si, que no dejaría de ser administrativa y por ende una mierda, es por el riesgo de perderla ó de que te la roben estando fuera de servicio, y eso si que es para acojone laboral y en todos los sentidos.

Aparte que pocos policías detendrían a un compa?ero que les mostrara la placa ó el carnet profesional, llevando el arma reglamentaria fuera del servicio.

Aún así mejor dejarlas en la taquilla del curro y llevar siempre el arma particular.


?infracción administrativa....? me lo puedes explicar. Supongo que te refieres a los cuerpos de policía autonómicos y locales, no?
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Shin-Chan2 en 18 de Agosto de 2006, 23:09:55 pm
No creo.
Salud y suerte.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Maestro_Armero en 19 de Agosto de 2006, 09:15:11 am
Invariablemente para todos los cuerpos militares y policiales.

Se considera falta grave:

"Exhibir los distintivos de identificación o el arma reglamentaria sin causa justificada, así como utilizar el arma en acto de servicio o fuera de él infringiendo las normas establecidas."



Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: RECON en 19 de Agosto de 2006, 19:20:49 pm
La órden dice que el arma se puede portar cuando el agente viaje en "comisión de servicio". Vamos a ver, no dice protegiendo personas ni nada de eso, dice en comision de servicio, quiere decir que puede estar protegiendo personas o yendo a buscar un coche a Sevilla desde Madrid en avión y traerlo a madrid por carretera, realizando una investigación, asistiendo a juicio o vete a saber qué.
En caso de PN, cuando sales en comisión de servicio de tu plaza habitual por motivos de trabajo, siempre vas en comisión de servicio, indistintamente de la actividad que vayas a realizar y tienes derecho al abono de transporte o dietas en su caso.
Otra cosa, ahora si vas en comisión de servicio, por ley puedes llevar tu arma a bordo (lo cual está muy bien, os lo digo yo, por que así no te tiras siglos de intervención de armas en intervención de armas y la pistola no se pierde), salvo que el comandante aún existiendo esta nueva orden diga que la pipa va a la bodega (para eso son los reyes de la nave).
Por otro lado, a veces me he encontrado compa?eros un poco idiotas, pero deberíamos confiar en que saben llevar una arma de manera segura en una aeronave, yo por lo menos no he oído de ningún percance a ese respecto.
Según la nueva órden, si vives en Canarias y vas a ver a tu familia en Barcelona, la pistola (si la llevas), va en la bodega.
Donde ya dudo es cuando te cambian de destino y la órden de viaje para la nueva incorporación es en avión. Me da a mí que el arma va a ir a la bodega igual.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: pysoni en 19 de Agosto de 2006, 21:51:10 pm
Cierto Paquetemetes.

Es a lo que me refería, agentes autorizados ya sea de custodia, protección de Vips y etc. Siempre de servicio. Imposible entrar armado en un avión sin autorización oficial al respecto, por mucho que presentes carnet profesional con licencia A.

Para traslados de destino siempre el arma facturada por la Intervención de Armas.

Portar el arma reglamentaria fuera del servicio es ilegal, pudiendo acarrear expediente administrativo en el mejor de los casos. Así que OJO.


que estas contando? como ke ilegal? ?????
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Maestro_Armero en 19 de Agosto de 2006, 22:41:08 pm
Se considera falta grave:

"Exhibir los distintivos de identificación o el arma reglamentaria sin causa justificada, así como utilizar el arma en acto de servicio o fuera de él infringiendo las normas establecidas."
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: BOFA84 en 22 de Agosto de 2006, 00:28:23 am
COPAC valora Interior modifique norma restringe transporte armas


El Colegio Oficial de Pilotos de Aviación Comercial (COPAC) valoró hoy que el Ministerio de Interior haya modificado la normativa y no permita a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad llevar consigo armas en aviones, salvo que viajen en comisión de servicio y lo acrediten.

La Secretaría de Estado de Seguridad dictó el pasado día 31 una Instrucción, a la que tuvo acceso Efe, que establece que sólo podrán viajar con su arma en la cabina de pasajeros del avión los policías, guardias civiles y militares que se desplacen en comisión de servicio.

Se consideran situaciones de 'comisión de servicio' cuando los agentes viajen en cumplimiento de órdenes de tribunales, autoridades judiciales y fiscales, cuando lo hagan por investigaciones policiales, si custodian presos y detenidos o protegen a personalidades, y si desarrollan una actividad policial.

Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en esa situación deberán identificarse en los controles de seguridad del aeropuerto.

En la Instrucción se argumenta que se ha producido 'un incremento considerable de efectivos policiales que portan el arma dentro de la cabina del avión, creándose en determinados casos situaciones de alarma por desconocer la identidad de la persona que porta el arma y por el riesgo que puede suponer para la seguridad del vuelo el disparo accidental o no de la misma'.

Tras analizar la Instrucción, el COPAC afirmó hoy, en declaraciones a Efe, que supone una triple satisfacción porque por una parte 'se cubre el vació legal que había hasta ahora', por otra 'se refuerza la seguridad aérea', y también 'se evitarán los conflictos que se producen en ocasiones entre comandantes y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pretenden viajar con su arma aunque no estén de servicio'.

Fuentes del COPAC explicaron que 'hasta ahora no había una normativa que permitiera el transporte de armas en cabina, pero tampoco que la prohibiese, lo que generaba dudas y preocupaciones entre los pilotos, y en numerosas ocasiones conflictos en la puerta del avión con guardias civiles, policías o militares que han acabado en los tribunales'.

En este sentido, recordó que el pasado mes de abril la Audiencia Provincial de Madrid absolvió a un comandante de Spanair que había sido denunciado por un guardia civil al que no dejó entrar en el avión son su arma porque estaba de permiso.

El COPAC incidió en que este órgano 'llevaba a?os reclamando que se aclarara este asunto y se reconociera que la máxima autoridad en un vuelo es el comandante', y subrayó que 'el riesgo que se corre si se dispara un arma a bordo es altísimo'.

El Colegio publicó a principios de este un informe jurídico en el que se argumentaba la oposición al transporte de armas en la cabina de pasajeros y se solicitaba la publicación de una norma para regularlo.

Por su parte, la Asociación Independiente de la Guardia Civil (ASIGC) expresó en un comunicado su disconformidad con la nueva normativa porque 'nunca se ha conocido un incidente en un avión en el que un funcionario policial o militar haya puesto en riesgo la seguridad del vuelo por portar su arma reglamentaria, sobre todo si pone en conocimiento del comandante del avión dicha circunstancia'.

La ASIGC considera que incluso 'puede ser beneficioso' que haya un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad armado a bordo 'ante una situación de riesgo grave en el avión', como en los atentados del 11-S en Estados Unidos.

En su opinión, es más preocupante 'la falta de seguridad' con la que se transportan las armas en la bodega del avión, 'pues aún cuando los guardias civiles del aeropuerto sepan de ese paquete, debidamente se?alizado, habrá momentos en los que la compa?ía aérea, su personal o el del aeropuerto tendrán acceso al arma'.

En este sentido, se pregunta qué hubiese ocurrido si el personal del aeropuerto de El Prat de Barcelona, durante la jornada de protesta de julio, 'accede a esas armas en plena protesta, decididos a ponerse en contra de la legalidad'.

Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: hombredeazul en 22 de Agosto de 2006, 10:40:48 am
Se considera falta grave:

"Exhibir los distintivos de identificación o el arma reglamentaria sin causa justificada, así como utilizar el arma en acto de servicio o fuera de él infringiendo las normas establecidas."


esto es aplicable a cnp y, quizas, por analogia, a gc.

pl y pa tienen (lo que lo tengan) reglamento propio.

de hecho a mi, pmm, no me dice en ningun siitio que este obligado a dejar mi arma reglamentaria en ningun sitio, "podre", pero no "debere". con lo cual, si la tengo fuera, la llevo hasta a misa, es mi responsabilidad que no pase nada.

si la facturo, me la recoge gc, la meten en la bodega y se pierde, que tiemble el que deba. yo lo he hecho bien y he seguido las pautas (guardo mis resguardos), y si se pierde alguien lo ha hecho muy mal.

si me hago el loco, la meto en cabina y, no pasa nunca, pero se dispara...              ...he contravenido una ley bastante mas clara que la anterior, tiemblo yo ;cag;
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Viche en 22 de Agosto de 2006, 11:23:17 am
REAL DECRETO  768/1981, DE 10 DE ABRIL,  SOBRE CONCESIÓN DE LICENCIAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE ARMAS QUE HAYAN DE UTILIZAR LOS MIEMBROS DE LOS CUERPOS DE POLICÍA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y LOS AYUNTAMIENTOS. (BOE 30-4-1981)

MODIFICACIONES:
- REAL DECRETO 740/1983, DE 30 DE MARZO. ( BOE 14-4-1983)

Artículo 6.
Los miembros de los Cuerpos de Policía a que se refiere el presente Real Decreto depositarán las armas, siempre que sea posible, en los locales que tengan habilitados, con las debidas garantías de seguridad, las Comunidades Autónomas o Entidades Locales al finalizar su servicio normal y, en todo caso, siempre que por cualquiera otra circunstancia se encuentren fuera de servicio.

Artículo 7.
Los órganos de las Comunidades Autónomas o Corporaciones Locales a cuyo mando se encuentren los Agentes deberán adoptar cuantos controles y medidas de seguridad sean necesarios para evitar la pérdida, sustracción o uso indebido de las armas y, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a los Agentes, aquéllos serán también responsables siempre que tales supuestos se produzcan por falta de adopción o insuficiencia de dichas medidas o controles.




RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA. Asesinato. Ayuntamiento. Policía municipal.

T.S. (Sala 2.?). Sentencia 29 febrero 1996. P.: Cotta y Márquez de Prado.


Antecedentes de Hecho y Sentido del Fallo

La Audiencia Provincial de Lérida condenó al procesado Carlos F.R. como autor responsable de un delito de asesinato consumado y fijó unas indemnizaciones de las que declaró responsable civil subsidiario al Ayuntamiento de dicha ciudad. El único motivo del recurso de éste denuncia la aplicación indebida del art. 22 CP. El Tribunal Supremo lo desestima.


Fundamentos de Derecho

Primero. En el único motivo que queda por examinar en este trámite del recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Lérida para combatir la sentencia dictada en la presente causa por la Audiencia Provincial de dicha capital, (que es el segundo, puesto que el primero fue inadmitido oportunamente por esta Sala), se sienta la tesis de no ser responsable civil subsidiaria dicha Corporación del crimen pasional cometido en la persona de su amante por el policía municipal Carlos F.R. al haberse producido el mismo fuera del desempe?o del servicio y no existir además relación ni vínculo alguno entre el delito perpetrado y las obligaciones que incumbían a su autor como agente de la autoridad, y, planteado el tema decidendi en tales términos, notorio resulta convenir que tal recurso debe ser rechazado en toda su integridad, puesto que siendo el Ayuntamiento ilerdense quien proveyó de la pistola causante de la muerte de Josefa A.P. al acusado, con quien dejaron de observarse las prescripciones contenidas en el art. 6? RD 768/81, de 10 de abril, del Ministerio del Interior que establecía, entre las normas sobre concesión de licencias y medidas de seguridad de armas que hubiesen de utilizar los miembros de los Cuerpos de Policía de los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas, la de que los miembros de dichos Cuerpos depositarían las armas en los locales habilitados al efecto al finalizar su servicio normal y, en todo caso, siempre que por cualquiera otra circunstancia se encontraren fuera de servicio, es claro que creó, por el incumplimiento de esa obligación, que es una obligación impuesta por el art. 7? de dicha disposición a los Organos de las Corporaciones Locales a cuyo mando se encuentren los agentes, una situación de riesgo que tiene que determinar, por la falta de adopción de medidas de seguridad y controles necesarios para evitar el uso indebido de las armas de fuego por parte de los policías que se encuentren francos de servicio, la responsabilidad, por vía subsidiaria, de aquellos entes, y como esto fue lo que acordó la Audiencia sentenciadora, en una resolución totalmente ajustada a derecho, no queda otra alternativa que la de confirmarla, con expresa imposición de costas al recurrente.

Comentario

Se trata de la responsabilidad civil subsidiaria de un Ayuntamiento declarada por la Audiencia Provincial en relación con el crimen pasional cometido por un policía municipal en la persona de su amante. Para realizar el delito se utilizó la pistola adjudicada a aquél por razón de su cargo. El Tribunal Supremo confirma la sentencia de instancia con el argumento de que no se cumplió lo dispuesto en el art. 7 RD 768/81, en el sentido de que al finalizar el servicio las armas deberían quedar depositadas en los locales habilitados al efecto. Sería aplicable, en consecuencia, el art. 22 CP.

Disposiciones Aplicadas
D 3096/1973, 14 SEP. CODIGO PENAL. TEXTO REFUNDIDO,22 
D 3096/1973, 14 SEP. CODIGO PENAL. TEXTO REFUNDIDO,406 

RD 768/1981, 10 ABR. NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESION DE LICENCIAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LAS ARMAS QUE HAYAN DE UTILIZAR LOS MIEMBROS DE LA POLICIA AUTONOMICA Y LOCAL,6

RD 768/1981, 10 ABR. NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESION DE LICENCIAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LAS ARMAS QUE HAYAN DE UTILIZAR LOS MIEMBROS DE LA POLICIA AUTONOMICA Y LOCAL,7

Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Shin-Chan2 en 22 de Agosto de 2006, 11:32:01 am
?Cuando cometió el policía el asesinato?
Salud y suerte.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: BOY747 en 27 de Abril de 2007, 17:55:27 pm
  Qtal compa?eros, no sé si ya se ha creado un rincon de éste estilo, pero por si acaso...

              Pues resulta que acabo de venir del aeropuerto de Barajas y allí me han surgido DOS(2) dudas y necesitaría  ver si alguien me las puede resolver:

                            1.-  Hay quien se pregunta q pq Espinete va todo el día en bolas y para dormir se pone el pijama, no?  Pues al hilo de eso...  , pq en el aeropuerto hay grandes medidas de seguridad, me refiero a que no puedes llevas tijeras, ni cuchillos en el bolso de mano, ni PINTALABIOS...   hasta ahí bien, pero resulta que luego he entrado en la zona Dutti Free ( o como se llame...)tras pasar el control de seguridad,  y en cualquier self- service de comida hay tenedores y cuchillos metálicos y de plástico para comer pero que a alguna mente inquieta se le puede ocurrir meterlo dentro de su bolso...     dentro del avión...  y a tomar por c...     la seguridad anterior !!! ;::)

                            2.- Cuando coges un avión y vas con tu arma personal, parece ser que tienes que avisarlo  con antelación ( que la vas a portar en el viaje), para que el Comandante del vuelo solicite una caja fuerte en la cabina, donde va a ir tu arma.
                                Bien, pues tu arma la debes de entregar en  Intervención de Armas de la Guardia Civil  del aeropuerto y  éstos de la dan al Comandante para que la lleve en dicha caja fuerte...

                      Por lo que me ha comentado la propia Guardia Cicildel aeropuerto,

                                si ese arma desaparece durante el viaje, la Guardia Civil no se hace responsable pq anteriormente se la dió al Comandante del vuelo para su transporte y traslado.
                                Pero es q el Comandante del vuelo tampoco se hace responsable de ese arma pq no fue a él , la persona a quien directamente el propietario depósito el arma...

                                       Entonces....      q ?

                                              Muchas gracias compa?eros.

 
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 47ronin en 27 de Abril de 2007, 18:10:36 pm
Lee el mensaje de 112 insertado un poco más arriba.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 47ronin en 24 de Julio de 2012, 21:36:58 pm
Ryanair pide al Gobierno que prohíba a la policía llevar pistolas en los aviones
E.B.

Ryanair ha pedido al Gobierno español que prohíba a la policía llevar armas de fuego en los vuelos domésticos después de que un agente, según la aerolínea, haya violado las normas de seguridad al embarcar en un vuelo portando una pistola en secreto.

La compañía se ha quejado formalmente al Embajador de España en Irlanda, al Departamento Irlandés de Asuntos Exteriores y al Gobierno español y ha denunciado al oficial involucrado a la policía española "tras el peligroso incidente que protagonizó", que fue un claro incumplimiento del reglamento de 'armas no' de Ryanair y que puso en peligro la seguridad de los 173 pasajeros del vuelo.
 
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: porlapiedra en 26 de Julio de 2012, 14:20:59 pm
hoooooooooooooombreeeeeeeee, Ryanair!!!! Como no!!!!
La línea más subnormal que ha cagado el mundo de la aviación.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 47ronin en 14 de Septiembre de 2012, 16:04:11 pm
La Audiencia Nacional confirma la multa a Ryanair por no dejar volar a un guardia civil con pistola

MADRID, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional ha confirmado una multa de 4.500 euros que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea impuso a la compañía aérea Ryanair en junio de 2011 por vulnerar la Ley de Seguridad Aérea al impedir que un agente de la guardia civil en acto de servicio volara portando una pistola.

 Así consta en una sentencia dictada por el titular del Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 11 de la Audiencia Nacional, Manuel Ponte Fernández, en la que recuerda a Ryanair que el programa de seguridad de cualquier compañía aeronáutica ha de "someterse tanto al reglamento como al programa nacional de seguridad para la aviación civil del Estado miembro en el que preste sus servicios".

 Los hechos ocurrieron el 25 de junio de 2010 en el aeropuerto de Madrid-Barajas cuando un comandante de Ryanair impidió que un sargento de la Guardia Civil que se encontraba en acto de servicio y había acreditado su actividad negara su acceso a la aeronave por portar su arma reglamentaria.

 En su recurso contencioso-administrativo contra la sanción, la compañía defendió "la competencia exclusiva de las autoridades irlandesas en la materia y la aplicación del programa de seguridad irlandés", que prohíbe el acceso a todas las aeronaves con armas de fuego. También recordó la existencia de una norma comunitaria que establece que "las demás autoridades deben aceptar el criterio de la autoridad del país que otorgó la licencia de explotación de la aerolínea".

SOMETIMIENTO A LA LEY NACIONAL

 El magistrado desestima este argumento y en consonancia con el criterio de la Abogacía del Estado, que apeló al principio de territorialidad del Derecho administrativo, sostiene que la compañía irlandesa debe someterse a la legislación del "Estado miembro en el que presta sus servicios, en este caso, España, al tratarse de un vuelo doméstico interno".

 Así lo establece tanto el apartado 1 del Reglamento Comunitario sobre Aviación Civil como el Convenio de Chicago sobre esta materia de 1944, del que son estados parte España e Irlanda. Este acuerdo establece que las leyes y reglamentos de un estado "se aplicarán sin distinción de nacionalidad a las aeronaves de todos los estados".

 En concreto, la Ley de Seguridad Aérea española excluye "de la obligación de portar sus armas en bodega al personas de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se desplacen en comisión de servicio, así como aquéllos que el Ministerio del Interior excepcionalmente autorice cuando las circunstancias así lo determinen".

NORMAS SINGULARMENTE SENSIBLES

 La compañía irlandesa también alegó que el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil vulneró el principio de publicidad, al no ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y el de proporcionalidad por el montante de la sanción impuesta.

 El juez, sin embargo, justifica que este programa no se haya publicado por "la difusión restringida de las normas de seguridad" de acuerdo con el ámbito "singularmente sensible" de la seguridad aérea. En relación con la multa, la considera proporcional al establecer la Ley de Seguridad Aérea que las infracciones leves están castigadas con multas de entre 4.500 y 135.000 euros.
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: isgari en 16 de Septiembre de 2012, 16:35:30 pm
Personalmente no me parece mal que pidan el DNI en todo tipo de vuelos, se lo ense?o y ya está. ??Me lo pide la cajera de cualquier centro comercial o la de REPSOL cada vez que pago la gasolina y no me quejo!!. La seguridad en los aviones hay que tomársela en serio, por lo tanto me parece bien, no me preocupa en absoluto.
Lo importante es que esa medida den frutos, eso es lo importante.
Saludos.
A mi tampoco me importa, lo que me jo**e es que se lo exijan a mis hijos que son menores de 14 años. Si yo no le puedo "exigir" a un menor de 14 su DNI para identificarlo ya que la legislacion no le obliga a hacérselo, por que si lo puede hacer cualquier trabajador de la compañía aérea que me tenga que dar acceso al aparato.Yo soy de los que considero que es bueno hacerles el DNI aunque no tengan 14 años pero de ahí a que las compañías aéreas quieran ser mas papistas que el Papa...
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: prodigos en 16 de Septiembre de 2012, 17:18:11 pm
Hola, compañias aéreas y gobiernos autonomicos, ya que este año para poder pedir beca de cualquier menor, este debe de ser poseedor de un número de DNI.... y ser el TITULAR DE UNA CUENTA BANCARIA. Ale, ahora vas y lo cascas....
En cuanto a las armas, mi pregunta es un poco tonta. Cuando un FCSE el cual una vez que le dan el arma es para siempre, y a este le destinan a otro sitio de España, debe de viajar, fuera de servicio con su arma reglamentaria, ya que va a su destino....  Que hubiera pasado en esa sentencia por que esta claro que en acto de servicio, estamos muy bien respaldados, pero en "transito"..... En fin seguiremos viendo cosas dispares.
Un salu2
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Heracles_Pontor en 22 de Septiembre de 2012, 19:14:43 pm
Willy Toledo monta un escándalo en Barajas en un vuelo de Ryanair
EcoDiario.es | 22/09/2012

El actor Willy Toledo protagonizó este sábado un sonado incidente en el aeropuerto de Madrid-Barajas, cuando pretendía embarcar en un vuelo de Ryanair con problemas en su identificación.

Según aseguran testigos presenciales a elcorreo.com, el actor "montó un pollo considerable", al recibir el rechazo de las azafatas de la aerolínea cuando trataba de embarcar con un DNI caducado.

En esta ocasión, Ryanair no tuvo ninguna culpa de lo ocurrido, tratándose todo de un incidente provocado por el descuido de Toledo en la fecha de expiración de su documento de identidad.

La situación finalizó con una tensa discusión entre Toledo y la azafata, que se saldó con la prohibición de embarcar en el vuelo que debía partir de la Terminal 1 del aeropuerto.

Siempre según la versión de estos testigos, el incidente de Willy Toledo provocó tal retraso que algunos pasajeros del vuelo se quedaron sin poder embarcar porque el mostrador se cerró a la hora prevista, sin contar con el parón debido al suceso.

http://ecodiario.eleconomista.es/sociedad/noticias/4267461/09/12/Willy-Toledo-monta-un-escandalo-en-Barajas-en-un-vuelo-de-Ryanair.html
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 47ronin en 22 de Septiembre de 2012, 19:20:18 pm
Willy Toledo monta un escándalo en Barajas en un vuelo de Ryanair
EcoDiario.es | 22/09/2012

..

La situación finalizó con una tensa discusión entre Toledo y la azafata, que se saldó con la prohibición de embarcar en el vuelo que debía partir de la Terminal 1 del aeropuerto.


 :carcaj http://www.youtube.com/watch?v=DrqFbFf6zVE
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: Mara en 23 de Septiembre de 2012, 00:13:12 am
Willy Toledo monta un escándalo en Barajas en un vuelo de Ryanair
EcoDiario.es | 22/09/2012

El actor Willy Toledo protagonizó este sábado un sonado incidente en el aeropuerto de Madrid-Barajas, cuando pretendía embarcar en un vuelo de Ryanair con problemas en su identificación.

Según aseguran testigos presenciales a elcorreo.com, el actor "montó un pollo considerable", al recibir el rechazo de las azafatas de la aerolínea cuando trataba de embarcar con un DNI caducado.

En esta ocasión, Ryanair no tuvo ninguna culpa de lo ocurrido, tratándose todo de un incidente provocado por el descuido de Toledo en la fecha de expiración de su documento de identidad.

La situación finalizó con una tensa discusión entre Toledo y la azafata, que se saldó con la prohibición de embarcar en el vuelo que debía partir de la Terminal 1 del aeropuerto.

Siempre según la versión de estos testigos, el incidente de Willy Toledo provocó tal retraso que algunos pasajeros del vuelo se quedaron sin poder embarcar porque el mostrador se cerró a la hora prevista, sin contar con el parón debido al suceso.

http://ecodiario.eleconomista.es/sociedad/noticias/4267461/09/12/Willy-Toledo-monta-un-escandalo-en-Barajas-en-un-vuelo-de-Ryanair.html
Por qué nunca estaré de turno cuando pasan éstas cosas?? jajajaj
Título: Re:Vuelos nacionales DNI y armas
Publicado por: 47ronin en 26 de Septiembre de 2012, 21:06:21 pm

SENTENCIA JUDICIAL EN VALENCIA

Ryanair, condenada por denegar el embarque a un niño por no llevar DNI


El reglamento de seguridad de Aviación Civil establece que los menores de 14 años acompañados de sus padres no deben identificarse para volar

La aerolínea debe pagar 930 euros a la familia, que acabó viajando en coche

Miércoles, 26 de septiembre del 2012 - 18:56h.
AGENCIAS / Valencia

Un juzgado mercantil de Valencia ha condenado a la compañía aérea Ryanair a pagar 930 euros a una familia por denegar el embarque a un menor en un vuelo entre Valencia y Sevilla por no llevar DNI.

Los hechos, que ocurrieron en agosto del 2011, cuando el niño, de seis años, viajaba acompañado de su familia, implican un incumplimiento de lo establecido en el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, que establece que los menores de 14 años acompañados de sus padres "no requerirán de ninguna identificación haciéndose sus padres --que deberán ir debidamente identificados-- responsables de su identidad".
 
Denegación a toda la familia
 
La sentencia señala que la denegación del embarque de los menores de edad se considerará como una denegación de embarque también de los familiares que los acompañan. "Obviamente, no se puede obligar a la familia que tenía intención de viajar junta, y aporta debidamente los documentos necesarios, que se separe para hacer el viaje, ni los menores pueden quedarse solos", señala el magistrado.
 
El juez reduce la indemnización de 1.680 euros que habían solicitado los demandantes y la deja en 930 euros, de los que 600 euros son en concepto del "daño moral" causado al menor y a sus familiares y el resto es el coste del viaje en automóvil a Sevilla y el de los tres billetes de avión que finalmente no utilizaron.
 
"Práctica habitual"
 
La sentencia, que es firme sin que quepa recurso alguno contra ella, será trasladada a Ryanair, que no ha comparecido en el proceso y ha optado por "permanecer voluntariamente en rebeldía".
 
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana (UCE) ha denunciado la  "práctica habitual" de Ryanair, ha resaltado que tiene pendientes otros procedimientos similares a este y ha animado a los usuarios a quienes vean vulnerados estos derechos a llevar a cabo la correspondiente reclamación.