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Foro policial => Opositores => Mensaje iniciado por: rulios en 15 de Abril de 2019, 17:20:43 pm

Título: Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: rulios en 15 de Abril de 2019, 17:20:43 pm
Buenas,
Tengo una gran duda sobre el siguiente tema;
En un accidente de circulación, con heridos leves y daños materiales, si el conductor da positivo en la prueba de Alcohol siendo esta administrativa, se tendrá que realizar atestado??
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: Carlos2017 en 15 de Abril de 2019, 17:39:08 pm
Si,siempre,da igual siempre que de positivo y esté involucrado en un accidente.
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: rulios en 15 de Abril de 2019, 18:06:56 pm
ok ok, entonces se hacen diligencias como si fueran tasa alcoholemia delito? o se haría alguna forma especial? instruir como si fuera conducir de forma temeraria etc..
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: dobaman en 15 de Abril de 2019, 18:55:03 pm
INSTRUCCION 3/2006 FGE.

En supuestos de alcoholemia comprendidos entre 0,8 y 1,2 gramos de alcohol por 1.000 c.c. de sangre, o lo que es lo mismo, entre 0,40 y 0,60 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales acusarán por delito contra la seguridad del tráfico cuando concurran circunstancias tales como la existencia de síntomas de embriaguez en el conductor, la comisión de infracciones reglamentarias que denoten una conducción peligrosa o descuidada o el haber provocado un accidente de circulación.
Por último, si la tasa de alcohol es inferior a 0,80 gr. de alcohol por 1.000 c.c. de sangre ó 0,40 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales no ejercitarán la acción penal por delito del art. 379 CP, derivando los hechos a la vía sancionadora administrativa, salvo en aquellos casos singulares en que por concurrir circunstancias que evidencien una efectiva afectación de la capacidad psicofísica para la conducción del imputado, existan indicios bastantes de la comisión de dicho delito.

Sintomatología? Actuación de agentes intervinientes? investigado? detenido?
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: Carlos2017 en 15 de Abril de 2019, 19:14:28 pm
ok ok, entonces se hacen diligencias como si fueran tasa alcoholemia delito? o se haría alguna forma especial? instruir como si fuera conducir de forma temeraria etc..

En PMM por instrucción, accidente+tasa positiva o negativa es delito=atestado=diligencias.
Siempre será investigado no detenido o detenido,eso ya entre tu compañero y tú lo decidís en la intervención.
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: rulios en 15 de Abril de 2019, 20:38:48 pm
Muchas gracias por responder
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: miguetaek en 17 de Abril de 2019, 23:36:59 pm
Buenas compañero. HAy un detalle importante en los delitos contra la seguridad vial, lo que llamamos delitos de peligro abstracto en los que no se requiere el resultado para tipificar la conducta como delito. Comento esto porque en los casos , como en el que refieres en los cuales el peligro se ha concretado en un resultado de lesiones sobre las personas, lo óptimo por nuestra parte como policías es hacer atestado, por muchos motivos (posible agravamiento de esas lesiones que deriven en males mayores entre otros). Además, si ha dado positivo aunque no llegue al límite penal 0.60 con los margen de error pertinentes, no imposibilita que abramos diligenmcias ya que debemos atender a los síntomas del presunto infractor penal. En resúmen, en el caso que comentas será correcto instruir atestado haciendo constar muy especialmente el acta de sintomatología y que a posteriori la correspondiente aurotidad judicial deduzca. saludos.
Título: Re:Accidente circulación, tasa alcohol Admin.
Publicado por: rulios en 18 de Abril de 2019, 18:40:57 pm
ok, me parece logico. Gracias por responder