Autor Tema: Policías Locales de Murcia  (Leído 94178 veces)

Desconectado mustiki

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #720 en: 05 de Octubre de 2009, 21:54:27 pm »
Que me metan a mi una camara en el patrulla....que se va a cagar el de la camara cuando empiece el efecto de las lentejas.
;risr;

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado cazaor

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #721 en: 05 de Octubre de 2009, 22:11:20 pm »
Que me metan a mi una camara en el patrulla....que se va a cagar el de la camara cuando empiece el efecto de las lentejas.
;risr;

Saludos y paz.
:carcaj :carcaj

Yo es que la verdad, esto de los reportajes... el que quiera saber que vaya a Salamanca y si la sociedad demanda circo que lo hagan a costa de otra que no sea yo... ;fu;
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Desconectado atreyu

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #722 en: 06 de Octubre de 2009, 08:07:51 am »
Nop...por que no me has conocido, simplemente te doy la razón como a los que no la llevan.
No le faltaazón en este tema al amigo atreyu, aunque no lo vais a reconocer nunca. Lo que nos pierde a veces son las formas (y me incluyo)...

Saludos.

No te digo que no....
Todo el mundo es culpable hasta que se demuestre lo contrario...

Desconectado cazaor

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #723 en: 06 de Octubre de 2009, 09:36:11 am »
He visto el reportaje, aburrido y soso. Imagen propagandistica para querer dar a entender que las Pls son las que patrullan exclusivamente las calles cuando en la mayoria de los casos sois un apoyo, pero por si solos no podrias funcionar. Un saludo

Ay ay ay...
Hombre, soso es el reportaje. Pero claro, a vosotros os parece que es la hostia lo que aparece en él... ;fu;

En este post voy a estar de acuerdo en casi todo lo que dice el amigo atreyu... ;ris;

Saludos.
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Desconectado ELKILLER

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #724 en: 06 de Octubre de 2009, 10:07:39 am »
He visto el reportaje, aburrido y soso. Imagen propagandistica para querer dar a entender que las Pls son las que patrullan exclusivamente las calles cuando en la mayoria de los casos sois un apoyo, pero por si solos no podrias funcionar. Un saludo

Si tu lo dices que somos un apoyo, yo creo que hacemos lo mismo, estoy hablando de zetas y patrullas pero bueno es tu opinion personal yo pienso que estas equivocado y te lo demuestro con numeros y comunicados

No vamos a entrar en lo de siempre. Toda intervencion que requiera una investigacion posterior y la activacion de otras unidades y protocolos es del CNP " zeta". Que no conozcas las circulares aprobadas por el ministerio del interior que dicen como actuar ante ciertos delitos no es mi problema. Un saludo

En ese caso efectivamente somos policia judicial generica y nuestro deber en cualquier delito es colaborar con CNP policia judicial poniendo ante ellos los detenidos, auxiliar a los heridos y salvarguar las pruebas del delito hasta la llegada de policia judicial CNP, jueces o fiscales,
Conozco tus circulares y se quien tiene que activar los servicios y como, te recuerdo que os escucho desde hace a?os y se comos se las gasta H50 para activar otro recurso de cientifica, homicidios etc, hasta que no tiene los nombres y lo que ha sucedido bien explicado no activa los servicios.
Pero volviendo al tema yo estaba hablando del trabajo diario en la calle de un zeta y un patrulla uniformado nuestro que los comunicados de seguridad ciudadana son los mismos excepto cuando llaman directamente al 091 o son alarmas y hurtos del corte ingles que eso os entra directamente a vosotros. y la seguridad ciudadana preventiva tambien se realiza la misma y me sigo refiriendo a integrantes de comisaria y unidad de PMM, porque si ya me hablas de otros grupos informacion, UIP, etc pues ya se que hay sois muy buenos y muy superiores pero a nivel de distrito estamos igualados a mi parecer

Pues a eso me refiero. En el caso que llegara una patrulla de PMM antes al lugar informara inmediatamente al primer zeta y sera este el que dara toda la informacion a la sala del 091 sin que una patrulla de PMM por si sola pueda hacerse cargo al igual que amenazas de bomba, precipitados, finados de todo tipo, intentos de suicidio, homicidios, lesiones graves, atracos..... Todas estas intervenciones entre otras que tu nombrastes, entran o por el 091 - que son bastantes las llamadas- o el propio 112 comisiona directamente al CNP.Es como cuando hay un accidente con victimas y llego yo antes con el zeta, pues cojo datos y comisiono sanitarios si es preciso, pero cuando llegue PMM traspaso y colaboro en lo que necesiten, pero seran ellos los que tomen las riendas. Lo de PJ generica en todos los miembros de PMM tengo mis dudas, vamos que yo siempre he opinado que no, ya que no posee la formacion inicial como exige el R.D de PJ para ser PJ generica. Dentro de sus funciones la unica PJ real de PMM son los compa?eros de atestados de trafico. De hecho, la prueba la tienes en que para los fallecidos violentos o por causas desconocidas no sois comisionados.  Un saludo


Primero te voy a contestar a lo de policia judicial generica para que yo creo que de una vez quede claro de que estamos hablando y luego en otro post te contestare al resto, esto que te voy a explicar convalida una clase  :cul :cul

El art 126 CE establece que la policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.

El texto constitucional no establece un modelo de Policía Judicial sino que tan sólo se?ala dos únicas exigencias al legislador: una, la necesidad de crear y regular la Policía Judicial y, dos, que la misma tenga una dependencia funcional de Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal.

El indicado mandato constitucional no ha sido desarrollado con una legislación integral sobre Policía Judicial. Su regulación se encuentra dispersa en diversos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en otras disposiciones de variado objeto y rango normativo, principalmente en:
?   La LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ) -modificada a estos efectos por LO 19/2003, de 23 de diciembre-, cuyo Título III de su Libro VII -arts 547 a 550- se dedica a la regulación de la Policía Judicial;

?   La LO 2/1986, de 13 de marzo, de  Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS), que, en el capítulo V de su Título II, configura las denominadas ?Unidades de Policía Judicial?

?   El RD 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de Policía Judicial, modificado por RD 54/2002, de 18 de febrero, para incorporar a las Comisiones de Coordinación de Policía Judicial, a aquellas Comunidades Autónomas con competencia estatutaria en esta materia: País Vasco, Catalu?a y Navarra

?   El resultado de la evolución legislativa a partir de la estructuración jurídico-política establecida por la CE, ha determinado la configuración de un sistema de Policía Judicial que se caracteriza por su complejidad, en el que coexisten dos modelos: uno, de Policía Judicial Genérica y, otro, de Policía Judicial Específica:

A) El modelo de Policía Judicial Genérica o de primer grado, enraizado con la obligación general de auxiliar a la Justicia que compete a todos -art 118 CE-, encuentra su origen en el art 283 LECRIM dando lugar a una Policía Judicial de carácter colaborador, al cual se refiere la LOPJ de 1985, al expresar en su Exposición de Motivos que la Policía Judicial (?) es una (?) institución que coopera y auxilia a la Administración de Justicia. Así, el art 547 LOPJ establece que la función de la Policía Judicial comprende el auxilio a los juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes. Esta función competerá, cuando fueren requeridos para prestarla, a todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tanto si dependen del Gobierno central como de las comunidades autónomas o de los entes locales, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
Dentro de este modelo de Policía Judicial Genérica, se pueden distinguir unos colaboradores específicos, como el Servicio de Vigilancia Aduanera  y, por otra parte, unos colaboradores genéricos integrados por las Policías Locales y las Policías Autonómicas de aquellas Comunidades Autónomas en cuyos Estatutos no existe previsión de creación de cuerpos policiales en los términos del art 37-3? LOFCS.
Con la ultima modificación de la Ley de Montes, ha atribuido la condición de Policía Judicial en sentido genérico a los agentes forestales.

B) El modelo policial concentrado que da lugar a una Policía Judicial Específica o en sentido estricto, a la que se refieren los 548 y siguientes de la LOPJ y 29 y siguientes LOFCS.
Este modelo responde a un concepto de Policía Judicial moderno que se basa en los principios de unidad de dirección y especialización, por ello el RD 769/1987, que así lo proclama, centra su regulación alrededor de lo que el art 30.1 LOFCS, denomina Unidades Orgánicas de Policía Judicial, integradas por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y por miembros de la Guardia Civil, cuyos principios rectores son los de permanencia, estabilidad y especialización, con estricta sujeción o dependencia funcional respeto de Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal en la ejecución de cometidos relativos a la averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente.
Si bien la LOCFS establece que las Policías Autonómicas y Locales se constituyen en colaboradores o partícipes  de la función de Policía Judicial, cuyo ejercicio se atribuye a las  Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que ejercitan su competencia mediante unidades constituidas sobre criterios de especialidad y exclusividad, nada se opone a su coexistencia con la indicada legalidad autonómica, fruto de la cual en la actualidad la Ertzaintza, los Mossos d´Escuadra y la Policía Foral de Navarra cuentan con Unidades Orgánicas de Policía Judicial.
En virtud del expresado sistema, lejos de crearse un cuerpo específico y diferenciado de Policía Judicial, coexisten los dos citados modelos: genérico y específico, con la única diferencia entre ambos de la especialización en técnicas de investigación con que cuentan los miembros de las Unidades Orgánicas de Policía Judicial. Los miembros pertenecientes a éstas han de contar con la adecuada formación especializada -art 30 LOFCS-, cursada en los correspondientes Centros de Formación y Perfeccionamiento o en el Centro de Estudio Jurídicos, que se acredita mediante la posesión del diploma correspondiente que constituye el requisito necesario para ocupar puestos en las mencionadas Unidades -art 32 LOFCS-.


YO CREO QUE CON ESTO QUE ESTA SACADO DE LA NORMATIVA Y DE LA INTRUCCION DE LA FISCALIA QUEDA BIEN CLARO QUIEN ES POLICIA JUDICIAL GENERICA Y QUIEN ES ESPECIFICA, Y POR TANTO NINGUN POLICIA LOCAL SEGUN ESTO NO PUEDE SER POLICIA JUDICIAL ESPECIFICA PERO SI LO ES GENERICA Y DE HECHO LO SOMOS Y LO REALIZAMOS DIARIAMENTE.



Desconectado ELKILLER

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #725 en: 06 de Octubre de 2009, 10:36:53 am »
He visto el reportaje, aburrido y soso. Imagen propagandistica para querer dar a entender que las Pls son las que patrullan exclusivamente las calles cuando en la mayoria de los casos sois un apoyo, pero por si solos no podrias funcionar. Un saludo

Si tu lo dices que somos un apoyo, yo creo que hacemos lo mismo, estoy hablando de zetas y patrullas pero bueno es tu opinion personal yo pienso que estas equivocado y te lo demuestro con numeros y comunicados

No vamos a entrar en lo de siempre. Toda intervencion que requiera una investigacion posterior y la activacion de otras unidades y protocolos es del CNP " zeta". Que no conozcas las circulares aprobadas por el ministerio del interior que dicen como actuar ante ciertos delitos no es mi problema. Un saludo

En ese caso efectivamente somos policia judicial generica y nuestro deber en cualquier delito es colaborar con CNP policia judicial poniendo ante ellos los detenidos, auxiliar a los heridos y salvarguar las pruebas del delito hasta la llegada de policia judicial CNP, jueces o fiscales,
Conozco tus circulares y se quien tiene que activar los servicios y como, te recuerdo que os escucho desde hace a?os y se comos se las gasta H50 para activar otro recurso de cientifica, homicidios etc, hasta que no tiene los nombres y lo que ha sucedido bien explicado no activa los servicios.
Pero volviendo al tema yo estaba hablando del trabajo diario en la calle de un zeta y un patrulla uniformado nuestro que los comunicados de seguridad ciudadana son los mismos excepto cuando llaman directamente al 091 o son alarmas y hurtos del corte ingles que eso os entra directamente a vosotros. y la seguridad ciudadana preventiva tambien se realiza la misma y me sigo refiriendo a integrantes de comisaria y unidad de PMM, porque si ya me hablas de otros grupos informacion, UIP, etc pues ya se que hay sois muy buenos y muy superiores pero a nivel de distrito estamos igualados a mi parecer

Pues a eso me refiero. En el caso que llegara una patrulla de PMM antes al lugar informara inmediatamente al primer zeta y sera este el que dara toda la informacion a la sala del 091 sin que una patrulla de PMM por si sola pueda hacerse cargo al igual que amenazas de bomba, precipitados, finados de todo tipo, intentos de suicidio, homicidios, lesiones graves, atracos..... Todas estas intervenciones entre otras que tu nombrastes, entran o por el 091 - que son bastantes las llamadas- o el propio 112 comisiona directamente al CNP.Es como cuando hay un accidente con victimas y llego yo antes con el zeta, pues cojo datos y comisiono sanitarios si es preciso, pero cuando llegue PMM traspaso y colaboro en lo que necesiten, pero seran ellos los que tomen las riendas. Lo de PJ generica en todos los miembros de PMM tengo mis dudas, vamos que yo siempre he opinado que no, ya que no posee la formacion inicial como exige el R.D de PJ para ser PJ generica. Dentro de sus funciones la unica PJ real de PMM son los compa?eros de atestados de trafico. De hecho, la prueba la tienes en que para los fallecidos violentos o por causas desconocidas no sois comisionados.  Un saludo

Respecto a lo otro queda bien claro que CNP a creado un protocolo de actuacion mediante circulares de como se tiene que actuar en ciertos delitos para que sus unidades especializadas de pocilicia judicial pueda ser requeridas, asi como de informacion, y conocimiento judicial.
Este sistema no viene por ley e igual que puede ser este puede ser otro que un policia local pueda activar algun servicio pero CNP por sus protocolos o porque no se fia (que por una parte esta bien porque yo formo a mi gente y se como esta formada pero los otros no se de que van).
Entonces como bien dices y te doy la razon si yo quiero activar un servicio de cientifica por ejemplo aunque tu no estes alli, cuando le llega el comunicado a tu emisora lo primero que hace es comisionar a un zeta para que le informe de lo que pasa alli y de la informacion de su zeta asi movilizara el servicio o no ademas de que al zeta que llegue el primero debera informar a sala de lo sucedido cuando termine la intervencion.
Yo tengo claro mi trabajo y te lo digo en serio se perfectamente que cuando yo te comisiono para que vengas para un precipitado que venga un juez, un homicidio etc (si tu no has llegado que a veces sucede raras veces) se perfectamente que tengo que darte los datos para que tu realices tu trabajo, otra cosa es que llegues y me digas que me large como hacen mal algunos de tus compa?eros zetas que llegan porque si yo llego primero aunque yo te cuente lo que ha sucedido hay cosas que para mi no son importantes y no te las he dicho pero el que debe decir que me vaya y que ya no soy necesario es la policia judicial que se vaya hacer cargo de lo sucedido, juez, forense etc ya que estos cuando llegan al lugar normalmente preguntan por el primero que ha llegado para preguntarle alguna cosilla y no que el que ha llegado segundo se lo cuente porque tu ya sabes que segun se van contanto las cosas voca a voca se van tergivensando.
En el momento que llegan los que te he mencionado arriba y me dicen que ya no soy necesario, y que no hace falta que comparezca ni nada por el estilo yo me largo del lugar. Ya que pro ejemplo homicidios me comentaron que cuando llega policia municipal antes al lugar normalmente le toman declaracion a ellos y al primer zeta que llega y luego a los demas que estan implicados por cualquier motivo
Paritendo de la base que lo de vuestras circulares estan claras, el problema viene en la mala interpretacion que hacen algunos de ellas y la ansia de apuntarse los detenidos que me parece algo ilogico y te cuento el ultimo caso para que veas lo que te digo que por lo menos yo intento que pase en mi distrito. Entra una reyerta en un parque un hombre pega a una mujer y esta coge un cristal y le rebana el cuello. LLega dos patrullas de PMM los primeros tras ver los hechos detienen a la chica y al tio piden samur. se persona el samur ya CNP en el lugar y al tio se lo llevan al hospital  a toda hostia con un zeta y un patrulla nuestro abriendole el paso. Se acordona la zona vienen ya el z3 y organiza un poco el cotarro tan que llama a cientifica, llegan los compa?eros de cientifica y les dicen a los que lelgaron primero que no necesitan nada de ellos por lo que abandonan el lugar para comparecer ya que tenian a la tia detenida y al tio que estaba en el hospital tambien lo iban a presentar como detenido. Yo localizo el pasaporte del tio que estaba en el hospital y despues de apuntar los datos se los doy al z3 para que se los comunique a su sala. Hasta aqui todo perfecto, pero a la hora de comparecer los compa?eros que estaban en comisaria aparecen los de CNP y les dicen que a su pesar ya que ellos no han visto nada y no han hecho nada les han dicho el isnpector que tienen que comparecer con los PMM. Al loro no inromar ellos con otra comparecencia o minuta si no que se metiesen en la de PMM para esta claro apuntarse los dos detenidos, PMM para no liarla y no discutir porque los compa?eros no tienen la culpa no puso pegas. Al final comparecieron en la misma comparecencia 2 policias municipal y 6 nacionales. Para mi patetico, ya que como los compa?eros de CNP dijeron les daba verguenza, cuando lelgue el juicio y pregunte el juez los 6 de CNP no sabran de que va la movida y los 2 de PMM seran los que cuente de que va todo.
Y de estas te puedo contar unas cuantas como una vez en una operacion conjunta dos policia municipales gracias a su olfato encuentra en un cacheo 200 gramos de cocaina a un tio tras deternerle les dicen a CNP que como era conjunta que se pusieran alguno de ellos. Resultado final comparecieron 2 de PMM y 12 de CNP patetico se llamaban y se decian te meto en la comaprecencia ven a firmar de muchos que no estaban alli. En el juicio en la audiencia provincial pues si quieres te cuento el resultado pero ya te lo imaginas.

Con esto me reitero yo personalmente se como realizais vuestro trabajo y lo respeto pero teneis que ver que nosotros tambien contribuimos a veces bien u otras mal pues al igual que vosotros, en este sistema tan complicado policial que tenemos, pero te puedo asegurar que nunca me metere en una comparecencia de un detenido vuestro para figurar y eso lo haceis mucho yo no se si serra por la productividad, por los ascensos, o por lo que sea pero despues se da una imagen judicial nefasta cuando le pregunta que paso y como contestan.

Un saludo

Desconectado Terry

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #726 en: 06 de Octubre de 2009, 11:44:46 am »
Son las ansias de apuntarse palotes sin estar , lo que conlleva a tropecientos policias en una comparecencia en la que tiene que haber los minimos para que el juicio no se convierta en una comedia o por lo menos no lo parezca .
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #727 en: 06 de Octubre de 2009, 12:54:37 pm »
Son las ansias de apuntarse palotes sin estar , lo que conlleva a tropecientos policias en una comparecencia en la que tiene que haber los minimos para que el juicio no se convierta en una comedia o por lo menos no lo parezca .
Cierto. Sobran los que no hayan intervenido o sido testigos de algo relevante, debiéndose detallar en las actuaciones la intervención de cada uno de los actuantes (cosa que a alguno no le entra en la cabeza, pero yo velo porque eso así sea, aunque me cueste algún disgusto alguna vez, el que no lo entienda, lo siento)... .ca;

Saludos.
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #728 en: 06 de Octubre de 2009, 12:57:43 pm »
Entonces,,, según tu, acudir por si alguno pide tabaco o no tiene fuego, darle... no entra de lo relevante?
 :taz amos no me jodas ???

Desconectado cazaor

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #729 en: 06 de Octubre de 2009, 12:59:02 pm »
Entonces,,, según tu, acudir por si alguno pide tabaco o no tiene fuego, darle... no entra de lo relevante?
 :taz amos no me jodas ???
Siiiii, eso siiii... ;fu;
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #730 en: 06 de Octubre de 2009, 13:21:05 pm »
Son las ansias de apuntarse palotes sin estar , lo que conlleva a tropecientos policias en una comparecencia en la que tiene que haber los minimos para que el juicio no se convierta en una comedia o por lo menos no lo parezca .

Eso os pasa por comparecer en sede ajena.

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #731 en: 06 de Octubre de 2009, 13:22:42 pm »
;risr;
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #732 en: 06 de Octubre de 2009, 13:41:29 pm »
Son las ansias de apuntarse palotes sin estar , lo que conlleva a tropecientos policias en una comparecencia en la que tiene que haber los minimos para que el juicio no se convierta en una comedia o por lo menos no lo parezca .

Eso os pasa por comparecer en sede ajena.

Salud y suerte.
No veo la relación, sinceramente... ;::)
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #733 en: 06 de Octubre de 2009, 13:46:41 pm »
La hay. En la propia uno escribe lo que quiere (la verdad) sin que ninguna "presión" "obligue" a incluir ni circunstancias ni actores innecesarios o que directamente no concurrieron en los hechos que se relatan.

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #734 en: 06 de Octubre de 2009, 13:56:23 pm »
La hay. En la propia uno escribe lo que quiere (la verdad) sin que ninguna "presión" "obligue" a incluir ni circunstancias ni actores innecesarios o que directamente no concurrieron en los hechos que se relatan.

Salud y suerte.
Sigo sin ver la diferencia entre comparecer en casa de uno o en casa ajena (yo lo he hecho y lo seguiré haciendo si procede): en ambos sitios se plasma lo que uno quiere plasmar, (la verdad, no veo necesario inventar nada), y en ambos se debe de velar por parte del Instructor para que no haya "presión" alguna ni actores innecesarios... :pen:
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #735 en: 06 de Octubre de 2009, 13:58:39 pm »
Y así debería ser pero por lo que pone en los post anteriores parece que la cosa, ci?éndose a protocolos ajenos y compareciendo en otras sedes, no acaba de funcionar como es debido.

Salud y suerte.
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #736 en: 06 de Octubre de 2009, 14:03:10 pm »
Resulta curioso a veces comparecer en casa ajena.....por la variedad de comportamientos que existen en funcion de quien este de jefe.

Saludos y paz.
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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #737 en: 06 de Octubre de 2009, 14:18:17 pm »
Comparecer en casa propia tambien es dificil incluso peor

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #738 en: 06 de Octubre de 2009, 14:22:02 pm »
Pues yo no lo veo asi grandullon.....y todo tiene su logica.

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Re:Policías Locales de Murcia
« Respuesta #739 en: 06 de Octubre de 2009, 14:23:13 pm »
Y por algo he puesto "a veces".....ya que varia mucho en funcion del jefe.

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