Autor Tema: Unidades y material antidisturbios  (Leído 314645 veces)

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3100 en: 21 de Febrero de 2019, 08:13:15 am »
La realidad

http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?type=TA&reference=P8-TA-2019-0127&format=XML&language=ES
   
Procedimiento : 2019/2569(RSP)   


El derecho a manifestarse de forma pacífica y el uso proporcionado de la fuerza    
   P8_TA-PROV(2019)0127      B8-0103/2019

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de febrero de 2019, sobre el derecho a manifestarse de forma pacífica y el uso proporcionado de la fuerza (2019/2569(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los Tratados, y en particular los artículos 2, 3, 4, 6 y 7 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

–  Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «la Carta»),

–  Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en la materia,

–  Vista su Resolución, de 16 de enero de 2019, sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea en 2017(1) ,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías; que estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre hombres y mujeres;

B.  Considerando que el Estado de Derecho es la piedra angular de la democracia y uno de los principios fundamentales de la Unión, que opera sobre la base de la presunción de la confianza mutua en que los Estados miembros respetan la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales consagrados en la Carta y en el CEDH;

C.  Considerando que la Unión se ha comprometido a respetar la libertad de expresión y de información, así como la libertad de reunión y asociación;

D.  Considerando que el artículo 11 del CEDH y el artículo 12 de la Carta establecen que «toda persona tiene derecho a la libertad de reunión pacífica y a la libertad de asociación con otras personas, incluido el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses»;

E.  Considerando que a tenor del artículo 11 del CEDH, «el ejercicio de estos derechos no podrá ser objeto de otras restricciones que aquellas que, previstas por la ley, constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos de terceros»;

F.  Considerando que el artículo 11 del CEDH establece asimismo que la libertad de reunión «[...] no prohíbe que se impongan restricciones legítimas al ejercicio de estos derechos por los miembros de las fuerzas armadas, de la policía o de la Administración del Estado»;

G.  Considerando que el artículo 12 de la Carta también afirma que «los partidos políticos a escala de la Unión contribuyen a expresar la voluntad política de los ciudadanos de la Unión»;

H.  Considerando que es necesario proteger la libertad de asociación; que una sociedad civil dinámica y unos medios de comunicación pluralistas desempeñan un papel crucial en el fomento de una sociedad abierta y plural y de la participación de los ciudadanos en el proceso democrático, así como en el fortalecimiento de la rendición de cuentas de los Gobiernos;

I.  Considerando que la libertad de reunión va acompañada de la libertad de expresión, garantizada por el artículo 11 de la Carta y el artículo 10 del CEDH, que sostiene que «toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, y que este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras»;

J.  Considerando que, conforme a lo indicado en el artículo 10 del CEDH, «el ejercicio de estas libertades que entrañan deberes y responsabilidades, podrá ser sometido a ciertas formalidades, condiciones, restricciones o sanciones, previstas por la ley, que constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos de terceros, para impedir la divulgación de informaciones confidenciales o para garantizar la autoridad y la imparcialidad del poder judicial»;

K.  Considerando que el artículo 52 de la Carta estipula que «cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades reconocidos por la presente Carta deberá ser establecida por la ley y respetar el contenido esencial de dichos derechos y libertades»;

L.  Considerando que, en virtud del artículo 4, apartado 2, del TUE, la Unión «respetará las funciones esenciales del Estado [de los Estados miembros], especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional»; y que, «la seguridad nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro»;

M.  Considerando que, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, todas las restricciones de los derechos fundamentales y de las libertades civiles deben respetar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad;

N.  Considerando que se ha criticado a las fuerzas policiales de diversos Estados miembros por socavar el derecho a manifestarse y por emplear una fuerza excesiva;

1.  Pide a los Estados miembros que respeten los derechos a la libertad de reunión pacífica, a la libertad de asociación y a la libertad de expresión;

2.  Subraya que el debate público es vital para el funcionamiento de las sociedades democráticas;

3.  Condena la adopción de leyes restrictivas en materia de libertad de reunión en varios Estados miembros en los últimos años;

4.  Condena el uso de intervenciones violentas y desproporcionadas por parte de las autoridades estatales durante las protestas y las manifestaciones pacíficas; anima a las autoridades competentes a que garanticen una investigación transparente, imparcial, independiente y eficaz en los casos en que existan sospechas o denuncias de uso de una fuerza desproporcionada; recuerda que las fuerzas policiales siempre deben ser responsables del cumplimiento de sus obligaciones y de su actuación en los marcos jurídicos y operativos pertinentes;

5.  Pide a los Estados miembros que garanticen que el uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales siempre sea legal, proporcionado, necesario y que se registre como último recurso, así como que preserve la vida humana y la integridad física; observa que el uso indiscriminado de la fuerza contra multitudes contraviene el principio de proporcionalidad;

6.  Señala el importante papel de los periodistas y los reporteros gráficos a la hora de informar acerca de casos de violencia desproporcionada y condena todos los casos en que han sido el objetivo de ataques intencionados;

7.  Cree que la violencia contra los manifestantes pacíficos no puede ser nunca una solución en un debate o en la política;

8.  Reconoce que la policía, en la que también se han producido numerosas víctimas, actúa en condiciones difíciles, debido en particular a la hostilidad de algunos manifestantes, pero también a una carga de trabajo excesiva; condena todo tipo de violencia contra personas o bienes por parte de manifestantes militantes violentos, que acuden solo con fines violentos y minan la legitimidad de las protestas pacíficas;

9.  Anima a las autoridades de los Estados miembros encargadas de hacer cumplir la ley a que participen activamente en la formación impartida por la Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (CEPOL) sobre «Orden público: control policial de acontecimientos importantes»; anima a los Estados miembros a intercambiar mejores prácticas a este respecto;

10.  Hace hincapié en la importancia de garantizar la seguridad de los agentes de seguridad, los agentes de policía y los soldados que participan en las operaciones de mantenimiento de la seguridad durante las manifestaciones públicas de protesta;

11.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Europa, a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y a las Naciones Unidas.


La ficción


El PSOE apoya una resolución europea para dejar a la Policía sin material antidisturbios

    Cristina Segui

    20/02/201906:48

https://okdiario.com/espana/2019/02/20/psoe-apoya-resolucion-europea-dejar-policia-sin-material-antidisturbios-3726288

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3101 en: 21 de Febrero de 2019, 18:46:43 pm »
¿Cuál es la ficción?

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3102 en: 21 de Febrero de 2019, 20:15:21 pm »
En qué parte de la resolución dice "dejar a la policía sin material antidisturbios"?

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3103 en: 22 de Febrero de 2019, 00:19:13 am »
En qué parte de la resolución dice "dejar a la policía sin material antidisturbios"?

Se entiende perfectamente no es ficción ninguna, sólo faltaría que también pidiesen quitar los medios de protección.

Menos mal que lo piden sólo el PSOE y sus colegas antisistema.

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3104 en: 22 de Febrero de 2019, 07:16:39 am »
En qué parte de la resolución dice "dejar a la policía sin material antidisturbios"?

Se entiende perfectamente no es ficción ninguna, sólo faltaría que también pidiesen quitar los medios de protección.

Menos mal que lo piden sólo el PSOE y sus colegas antisistema.

Segun sea el medio se pondr la tilde donde se quiera remarcar pero la señor Seguí la pone en una ficción que no consta en la resolución...y por supyesto obvia la 8, que es bastante interesante.

8.  Reconoce que la policía, en la que también se han producido numerosas víctimas, actúa en condiciones difíciles, debido en particular a la hostilidad de algunos manifestantes, pero también a una carga de trabajo excesiva; condena todo tipo de violencia contra personas o bienes por parte de manifestantes militantes violentos, que acuden solo con fines violentos y minan la legitimidad de las protestas pacíficas;

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3105 en: 22 de Febrero de 2019, 13:09:19 pm »
En qué parte de la resolución dice "dejar a la policía sin material antidisturbios"?

Se entiende perfectamente no es ficción ninguna, sólo faltaría que también pidiesen quitar los medios de protección.

Menos mal que lo piden sólo el PSOE y sus colegas antisistema.

Segun sea el medio se pondr la tilde donde se quiera remarcar pero la señor Seguí la pone en una ficción que no consta en la resolución...y por supyesto obvia la 8, que es bastante interesante.

8.  Reconoce que la policía, en la que también se han producido numerosas víctimas, actúa en condiciones difíciles, debido en particular a la hostilidad de algunos manifestantes, pero también a una carga de trabajo excesiva; condena todo tipo de violencia contra personas o bienes por parte de manifestantes militantes violentos, que acuden solo con fines violentos y minan la legitimidad de las protestas pacíficas;


Si, muy bonito, pero quieren quitar las bocachas, los lanzadores de 40mm, etc....

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3106 en: 22 de Febrero de 2019, 14:02:05 pm »
En qué parte de la resolución dice "dejar a la policía sin material antidisturbios"?

Se entiende perfectamente no es ficción ninguna, sólo faltaría que también pidiesen quitar los medios de protección.

Menos mal que lo piden sólo el PSOE y sus colegas antisistema.

Segun sea el medio se pondr la tilde donde se quiera remarcar pero la señor Seguí la pone en una ficción que no consta en la resolución...y por supyesto obvia la 8, que es bastante interesante.

8.  Reconoce que la policía, en la que también se han producido numerosas víctimas, actúa en condiciones difíciles, debido en particular a la hostilidad de algunos manifestantes, pero también a una carga de trabajo excesiva; condena todo tipo de violencia contra personas o bienes por parte de manifestantes militantes violentos, que acuden solo con fines violentos y minan la legitimidad de las protestas pacíficas;


Si, muy bonito, pero quieren quitar las bocachas, los lanzadores de 40mm, etc....

Bueno Francia también tendrá que plantearse el uso de los bote lacrimógenos a raiz de las explosiones y las heridas producidas.


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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3107 en: 22 de Febrero de 2019, 15:49:13 pm »

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3108 en: 22 de Febrero de 2019, 23:23:21 pm »
En qué parte de la resolución dice "dejar a la policía sin material antidisturbios"?

Se entiende perfectamente no es ficción ninguna, sólo faltaría que también pidiesen quitar los medios de protección.

Menos mal que lo piden sólo el PSOE y sus colegas antisistema.

Segun sea el medio se pondr la tilde donde se quiera remarcar pero la señor Seguí la pone en una ficción que no consta en la resolución...y por supyesto obvia la 8, que es bastante interesante.

8.  Reconoce que la policía, en la que también se han producido numerosas víctimas, actúa en condiciones difíciles, debido en particular a la hostilidad de algunos manifestantes, pero también a una carga de trabajo excesiva; condena todo tipo de violencia contra personas o bienes por parte de manifestantes militantes violentos, que acuden solo con fines violentos y minan la legitimidad de las protestas pacíficas;


Si, muy bonito, pero quieren quitar las bocachas, los lanzadores de 40mm, etc....

Bueno Francia también tendrá que plantearse el uso de los bote lacrimógenos a raiz de las explosiones y las heridas producidas.



En España no ha habido esos problemas, así que no tiene mucho sentido planteárselo aquí.

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3109 en: 05 de Marzo de 2019, 14:06:53 pm »

La Audiencia de Barcelona rechaza que la prohibición del 1-O fuera "patente de corso para cualquier acción de violencia" de la Policía


 Los magistrados ordenan al juez reabrir la investigación de las cargas en un colegio de la capital catalana y niegan que la falta de imágenes sea un motivo para archivar las causas

 La Audiencia también insta al juez a averiguar las "concretas órdenes" que recibieron los agentes y adentrarse en la cadena de mando



Actuación policial el 1-O en Barcelona AP PHOTO/EMILIO MORENATTI
Por Oriol Solé Altimira
05 mar 201910:48

Relevante auto de la Audiencia de Barcelona sobre las cargas del 1-O. Los magistrados han rechazado que la orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) fuera una "'patente de corso' para cualquier acción de violencia" de la Policía el 1-O, uno de los motivos esgrimidos por los agentes imputados por su actuación el día del referéndum. Varios de los agentes han alegado ante el juez instructor que actuaron cumpliendo la orden judicial.


Formalmente, el auto de la Audiencia de Barcelona tiene una sola consecuencia práctica: obliga al juez instructor a reabrir la investigación de las cargas en un solo centro, el colegio Estel. Pero a nivel político, supone un desmentido en toda regla a lo declarado por exministros y exaltos cargos de Interior del Gobierno del PP que han declarado estos días en el Tribunal Supremo y han argumentado que los agentes actuaron en estricto cumplimiento de la orden del TSJC para impedir el 1-O. "Si se hubiera querido hacer un mayor uso de la fuerza, hubiéramos estado amparados por la ley", llegó a decir este lunes el exsecretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto.


Los magistrados de la sección 3 de la Audiencia de Barcelona, en el primer auto sobre el archivo de la investigación en un colegio decretado por el instructor, son contundentes. Rechazan uno de los motivos del juez instructor para finalizar la investigación en el colegio Estel, la falta de vídeos e imágenes para identificar a los agentes intervinientes. "La inexistencia de material videográfico no puede impedir una completa investigación de lo sucedido", concluyen los togados en el auto, al que ha tenido acceso eldiario.es.

Pero además, destacan que en el centro Estel "el uso desproporcionado de la violencia no vendría amparado por el cumplimiento" de la orden del TSJC del 27 de septiembre a Policía, Guardia Civil y Mossos para impedir el 1-O. El auto judicial no puede ser, a criterio de los magistrados, "una especie de 'patente de corso' para cualquier acción de violencia cuando esta resulta innecesaria, desproporcionada y con claro abuso de poder".


Por ello la Audiencia de Barcelona estima el recurso de los 18 heridos en este centro y del Ayuntamiento de Barcelona, que ejerce la acusación popular y ordena al juez instructor reabrir las pesquisas referentes al colegio Estel. El instructor ha archivado la causas referentes a una quincena de colegios de los 27 en los que hubo cargas el 1-O en Barcelona. La decisión respecto al colegio Estel puede suponer la reapertura de otras piezas respecto a otros colegios.

La cadena de mando
Asimismo, la Audiencia de Barcelona ha instado al juez instructor a "profundizar en la investigación" y averiguar "las órdenes concretas" que recibieron los agentes actuantes. En sucesivos informes aportados al juez, los excargos de Interior han afirmado que la orden de cargar recayó en los responsables operativos de los cuerpos policiales y de los mandos que intervinieron en cada colegio sobre el terreno.

En este sentido, el teniente de alcaldía de Barcelona Jaume Asens ha destacado que del auto de la Audiencia se desprende que los mandos sobre el terreno, todos ellos identificados, tienen "responsabilidad penal" sobre el operativo, por lo que, ha concluido, "se les pueden imputar las lesiones causadas a los heridos en aplicación de sus órdenes".

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3110 en: 11 de Marzo de 2019, 11:54:17 am »
El juez imputa a uno de los mandos de la Policía señalados como responsables de las cargas del 1-O


 El inspector jefe responsable del operativo en el colegio Estel, citado como imputado después de que la Audiencia instara al instructor a investigar la cadena de mando

 El mando es uno de los ocho "jefes de unidades de intervención" que según Pérez de los Cobos decidieron cómo y cuándo intervenir en los centros el 1-O en Barcelona



Intervención de la Policía el 1-O
Por Oriol Solé Altimira
11 mar 201908:58

El juez que investiga las cargas del 1-O en Barcelona ha imputado a dos subinspectores y al inspector jefe de los antidisturbios de la Policía Nacional que dirigió el operativo en el colegio Estel de la capital catalana. Este mando es uno de los ocho "jefes de unidades de intervención" a los que los responsables del operativo del 1-O, el coronel Diego Pérez de los Cobos y el comisario Sebastián Trapote, señalaron como los mandos que que decidieron cómo y cuándo se intervenía en los centros el día de la votación.


La decisión del juez instructor se ha producido después de que la Audiencia de Barcelona la obligara a reabrir el caso de las cargas en el colegio Estel y le instara a investigar la cadena de mando del operativo. De este forma, el juez ha imputado al inspector jefe que tanto sus superiores como la documentación obrante en la causa apuntan como la persona responsable de la intervención en los centros de votación el 1-O.


Según explicaron tanto el coordinador policial del 1-O, Pérez de los Cobos, como Trapote, jefe de la Policía Nacional en Catalunya el día de la votación, los ocho jefes de unidades de intervención lideraban los equipos policiales conformados por las unidades antidisturbios y las unidades de prevención y reacción –integradas por agentes de la brigada de información– de cada uno de los sectores en los que la Policía dividió la ciudad de Barcelona.

Los ocho inspectores jefe "determinaron el número de efectivos necesario para la actuación en los colegios, circunstancias que también determinaron la presencia de dicho responsable en un colegio u otro", según un informe de la Dirección General de la Policía obrante en el sumario de la causa sobre las cargas que investiga el juzgado de instrucción 7 de Barcelona.


Pérez de los Cobos y los cargos políticos del Ministerio del Interior, como el exsecretario de Estado de Seguridad José Antonio Nieto, negaron que se impartieran órdenes políticas para efectuar las intervenciones en los colegios así como para cesarlas al mediodía, y dejaron la responsabilidad en los citados ocho inspectores jefe.

En una providencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es, el juez fija la declaración el inspector jefe y de los otros dos subinspectores investigados para el 22 de marzo, y les permite hacerlo por videoconferencia. Con esta nueva imputación ya están investigados la mitad de de los ocho inspectores "jefes de unidades de intervención" que hubo en Barcelona el 1-O.

En total el número de agentes imputados en la capital catalana asciende a 37, ha afirmado Jaume Asens, teniente de alcaldía del Ayuntamiento de Barcelona, que ejerce la acusación popular. Asens también ha destacado la resolución de la Audiencia Provincial que ha llevado a reabrir la investigación de la intervención policial en el colegio Estel.

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3111 en: 15 de Marzo de 2019, 07:52:06 am »
Ve su actitud y le da la espalda...para recoger el jersey?

https://twitter.com/FuerzasDelOrden/status/1106221023899332609

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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3112 en: 16 de Marzo de 2019, 15:35:46 pm »
El juez investiga a otros cuatro policías nacionales por las cargas del 1-0


Son ya 41 los agentes imputados hasta ahora por las cargas policiales durante el "referéndum" independentista del uno de octubre de 2017

 VOZPÓPULI
PUBLICADO 16.03.2019 - 15:17
ACTUALIZADOhace 4 minutos

El juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona ha acordado investigar a otros cuatro agentes de la Policía Nacional por su intervención el 1-O en la Escuela Mediterrània de Barcelona, con lo que se elevan a 41 el número total de agentes imputados hasta ahora por las cargas policiales

La Justicia eleva a 37 el número de agentes imputados por las cargas policiales de 1-O.

Según ha informado el teniente de alcalde del Ayuntamiento de Barcelona y abogado Jaume Asens, el juez que indaga la cargas policiales en la capital catalana por el 1-O ha acordado investigar a estos nuevos cuatro agentes en respuesta a un escrito del ayuntamiento barcelonés, que ejerce la acusación.

 Embedded video

Jaume Asens
@Jaumeasens
 ‼️Important. El Jutjat d'Instrucció no7 BCN acorda investigar a 4 agents més de l'Escola Mediterrània en resposta a un escrit de @bcn_ajuntament. Hauran de donar explicacions per agressions com aquesta. Obro fil 👇

1,155
11:02 AM - Mar 16, 2019
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"Las mentiras sobre la violencia de los manifestantes de Millo, Zoido, Nieto y Pérez de los Cobos en el Supremo se deshacen como un terrón de azúcar en manos del juzgado de Barcelona porque las imágenes prueban la actitud escrupulosamente pacífica (de los votantes) y no hay ninguna situación de resistencia agresiva", ha dicho Asens a través de su cuenta en Twitter.


Según el concejal y también candidato de Catalunya en Comú -Podemos por Barcelona a las elecciones generales del 28A, "la obstrucción de la Fiscalía y de la Secretaría de Estado de Interior a la investigación de los hechos nos ha obligado a nosotros a identificar y llevar ante la justicia a los auténticos violentos del 1-O".

41 agentes citados
Asens ha subrayado que con estos cuatro nuevos policías investigados ya son 41 los agentes citados a dar explicaciones en el juzgado.

A su juicio, la investigación judicial pone de manifiesto que "el operativo policial en el CEIP Mediterrània no respondió a los principios de necesidad, oportunidad y excepcionalidad".

En este colegio "hubo 30 personas heridas y (la policía) intervino sin previo aviso, en contra de lo que dijo Zoido en el Supremo", ha dicho Asens.

"Tanto las declaraciones de los mandos policiales en el Supremo como la investigación que hemos impulsado en el juzgado de Barcelona ponen en evidencia que se dieron órdenes de no detener y de no cerrar colegios, una actuación que incumple la orden judicial del TSJC del 27 de septiembre de 2017", ha añadido el edil.

"Atemorizar a los votantes"
Asens ha defendido que "se confirma que el objetivo era castigar y atemorizar a los votantes, más que cumplir la orden judicial. La contundencia policial alteró la normal convivencia ciudadana, en contra de lo que exigía el TSJC".

"No nos detendremos hasta depurar responsabilidades de los máximos responsables del operativo", ha concluido Asens.

Este viernes ya declararon ante el juzgado número 7 de Barcelona tres agentes de la Policía Nacional investigados por las cargas durante el referéndum ilegal del 1-O, donde aseguraron que "temían por su vida" y que "nunca habían sentido el odio que sintieron ese día".

Para el próximo viernes, día 22, el mismo juez ha citado a declarar como investigados a un inspector y a dos subinspectores, responsables del operativo desplegado en la escuela Estel de Barcelona.



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Re: Unidades y material antidisturbios
« Respuesta #3118 en: 12 de Mayo de 2019, 07:36:01 am »

La Justicia permite que Colau acuse a policías del 1-O porque se dañó la imagen de Barcelona

El juez que investiga a decenas de agentes por las cargas policiales permite la personación del Ayuntamiento de Barcelona como acusación popular

Ada Colau
Alejandro Requeijo


Publicado 12.05.2019 - 05:15
ActualizadoHace 2 horas

El Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona que dirige el magistrado Francisco Miralles ha autorizado la personación del Ayuntamiento de Barcelona como acusación popular en la causa en la que se investigan decenas de denuncias de ciudadanos contra policías que actuaron en los colegios el 1-O.

Según el auto al que ha tenido acceso Vozpópuli, entre los argumentos que esgrime el juez para dar luz verde a esta personación, del consistorio que dirige Ada Colau es que la imagen de Barcelona quedó dañada aquella jornada ante los ojos de toda la comunidad internacional.

“Nos encontramos ante unos hechos que han supuesto, únicamente en el municipio de Barcelona, la existencia de unas 300 personas lesionadas en mayor o menor entidad así como unos 30 agentes de policía en una jornada que fue retransmitida prácticamente en directo por casi todos los medios de comunicación”, dice el auto.
"Evidente quebranto de la imagen"

El juez considera que los hechos violentos durante la consulta ilegal “alcanzó una proyección mediática internacional indudable por lo tanto es aplicable el artículo 3.4 de la Ley 22/1998”, según el cual “corresponde al Ayuntamiento de Barcelona proteger, preservar y promover los valores simbólicos, el prestigio y la buena reputación asociados a la denominación Barcelona”.

El auto, fechado el pasado lunes, zanja que la jornada del 1-O existió “un evidente quebranto de la imagen internacional de la ciudad de Barcelona”. De este modo, rechaza el magistrado la pretensión de la Abogacía del Estado -a la que se adhirió la Fiscalía- de expulsar de la causa al Ayuntamiento.

La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, prestó declaración en el juicio del procés que se sigue en el Tribunal Supremo. Allí describió la sensación que se vivía en Cataluña como "un estado de excepción". "Estábamos viendo cosas anómalas que no habíamos visto nunca", dijo a la hora de referirse a los registros de la Guardia Civil ordenados por un juez.



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