. . . en San Isidro, guste o no guste está permitido hacer botellón ya que son las fiestas patronales de Madrid, y no es según mi criterio, es que expresamente lo permite la norma . . . cualquier actuación es esas fechas está fuera de lugar . . . ya que no procede por estar permitido por la Ley. . .
Personalmente ni me gusta ni me disgusta, me es indiferente, discrepo contigo cuando dices que la norma lo permite expresamente, dime donde esta en las OOMM, esa regulación a la cual te remite la Ley 5/2002.
Y el legislador no debe tener claro la permisividad, cuando el Instructor prosigue con el correspondiente acto administrativo en vez de archivar las denuncias.
Un saludo.
En San Isidro fiesta patronal de Madrid entiéndase Madrid como término municipal, se puede consumir bebidas alcohólicas en vía pública.
Lo que no esta expresamente prohibido en una ley esta permitido, la ordenanza que hace referencia la mal llamada ley de botellón no existe, bueno si la del 48 y no lo prohíbe y si esa no fuera interpretada por vigente al no existir ordenanza se puede beber ya que no esta expresamente prohibido.
Lo de desalojar parques es indiferente tanto que se hace lo que diga el mando y este hará según su criterio o su sentido del deber o de los que deba por estar a dedo o dar clases o lo que sea