De la 2/86.
Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
De la 4/92.
Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
Del Reglamento.
e) Proteger a las Autoridades de la Corporación y dar custodia a los miembros de ella que sean designados por la Alcaldía Presidencia.
f) La vigilancia de los edificios, monumentos, parques y Jardines y de todos los
lugares y bienes que constituyen el patrimonio municipal.
De la Ley de Capitalidad.
1. La protección y custodia de autoridades, edificios, instalaciones, dependencias, infraestructuras y equipamientos municipales, así como la colaboración con las Administraciones competentes en materia de seguridad.
Lo dicho... no puede protocolizarse o acordarse, pues es materia que corresponde a una LEY... o a dos... o incluso a tres.