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Como podeis comprobar que realmente supera los limites sin tener sonometro
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Autor Tema: ITV  (Leído 161512 veces)

Desconectado goodlife

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Re: ITV
« Respuesta #20 en: 15 de Enero de 2006, 16:12:41 pm »
Aquí se le retira el vehículo al depósito por tener retenido el permiso de circulación y luego tiene que contratar una grúa para que lleve el vehículo del depósito a la estación de ITV y que luego se lo deje otra vez en el depósito, para después presentar la documentación adecuada y poder retirar el vehículo.
A mano abierta mejor

Desconectado TEMPLARIO

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Re: ITV
« Respuesta #21 en: 15 de Enero de 2006, 20:02:31 pm »
Discrepo, la competencia para inmoblilizar el vehículo es de la autoridad competente no del agente de la autoridad (al menos eso me han dicho en un corso reciente).Tampoco se puede inmovilizar por no presentar la documentación si acredita domicilio conocido, se le denuncia unicamente. Solo se puede inmovilizar por carecer de seguro o no acreditar que lo posee (en este caso a criterio del agente), o bien deficiencias tecnicas o estado psicofisico

Lo que tú digas, Campeón.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

Desconectado tactical

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Re: ITV
« Respuesta #22 en: 15 de Enero de 2006, 20:14:08 pm »
Vamos a ver, en la comunidad de catalunya y segun instrucciones del Servicio Catalan de Trafico, no recuerdo el numero de circular pero hace ya un par de a?os si se procede a denunciar un vehiculo con itv caducada el PERMISO DE CIRCULACIÓN  ya no se recoge, se le denuncia y se entrega el volante informativo que antes era volante de substitución, igual fuera de catalunya se actua como siempre se ha echo.
Un saludo

Desconectado TEMPLARIO

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Re: ITV
« Respuesta #23 en: 15 de Enero de 2006, 20:17:18 pm »
En efecto, en el resto de Espa?a se actúa como marcan las directrices de la DGT, pero como en Catalu?a hay que destacar como sea y marcar una diferencia, se cambian leyes al antojo del politicucho de turno.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

Desconectado maxwell

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Re: ITV
« Respuesta #24 en: 15 de Enero de 2006, 20:44:03 pm »
en ese caso sería denuncia e inmovilización del vehículo en Base

salu2

 ;cosc;
Hola compa?ero discrepo en una cuestión, se le volveria a denunciar, pero en ningún caso deposito en base a no ser que exista un riesgo grave para la seguridad, que deberia de ser muy evidente.No por no pasar la ITV significa que los elementos de seguridad del vehículo no esten en perfecto estado, RGV.

Desconectado maxwell

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Re: ITV
« Respuesta #25 en: 15 de Enero de 2006, 20:45:52 pm »
Símplemente por no presentar el permiso de circulación ya puedes inmovilizar y retirar el veh. de la vía pública. Si le ha sido retirado por circular con la ITV caducada, no te lo va a decir , así que se retira por falta de documentación y arreando, que es gerundio. Ya será la DGT la que le envíe el regalito, porque, al menos en Madrid, para sacar el veh. de la base ha de presentar la documentación completa del veh.

Un saludo.
Ya, pero cuando se le retira el permiso de circulación hay que darle un volante, si el usuario lo prersenta no procede inmovilización .salu2

Desconectado William

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Re: ITV
« Respuesta #26 en: 15 de Enero de 2006, 20:50:31 pm »
Discrepo, la competencia para inmoblilizar el vehículo es de la autoridad competente no del agente de la autoridad (al menos eso me han dicho en un corso reciente).Tampoco se puede inmovilizar por no presentar la documentación si acredita domicilio conocido, se le denuncia unicamente. Solo se puede inmovilizar por carecer de seguro o no acreditar que lo posee (en este caso a criterio del agente), o bien deficiencias tecnicas o estado psicofisico
. Mira compi, para empezar, inmovilizar es con v fallas en todo lo que dices no se que clase de erudito ha impartido ese curso que mencionas ni cuanto tiempo llevas en la Empresa, denota tu respuesta y tu prepotencia que poco o muy poco. Si un menda no te muestra documentación y dice ser propietario del vehículo pero no acredita la propiedad con documentos, por muy identificado que lo tengas el vehículo se inmoviliza. En cuanto al seguro, si no tienes medios para comprobar si lo posee que es en el caso del 60% de las plantillas, que haces?, si dice que lo posee. y si no ha pasado la itv, que le haces un estudio al vehículo a ver si puede circular. Es que tu eres Ingeniero mecánico de Itv. Es que lee uno cada cosa que es para hartarse de reir.Vsssssssssss
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franciscodeasis

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Re: ITV
« Respuesta #27 en: 15 de Enero de 2006, 20:56:42 pm »
Pues personalmente no creo que periférico vaya muy descaminado, pero vamos me mantengo a la espectativa de los razonamientos de vuestras respectivas posturas.

un saludo.

Desconectado JAKE

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Re: ITV
« Respuesta #28 en: 15 de Enero de 2006, 22:33:19 pm »
Personalmente no inmovilizaría el vehículo por tener caducada la ITV...si ya pasaron los 10 días que le autoriza el volante lo denunciaría otra vez por no pasar a inspección periódica el vehículo; Sólo lo inmovilizaría si fuera una maxi-tartana que pusiera en claro peligro a otros usuarios de la vía (pero claro claro me explico?)...miraría si posee seguro en vigor y si no lo tuviera pues ya a juicio del Agente, porque a mi Unidad vino un escrito que decía que incluso no poseyendo seguro sólo se denunciara y arreando.... como ya no es Falta no tenerlo... pero hay quien lo inmoviliza... Puede que no sea correcto lo que digo pero es lo que yo haría.... William tu sabes que puedes contar conmigo para verificar el SOA siempre que quieras compi!!!! ../ aaaaaadios TRASTOR

Desconectado prodigos

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Re: ITV
« Respuesta #29 en: 15 de Enero de 2006, 22:40:23 pm »
Hola, vamos por partes.  Primera denuncai. se le retira el permiso de circulacion, por lo que el ya no lo tiene.  Sigue circulando, se le vuelve a parar.  No puede tener el permiso de circulacion, ya que se lo hemos retirado, asi que ?por que voy a denunciarle por no tener un documento que no puede tener?.  Lo que ha incumplido es la obligacion de presentar a ITV el vehiculo en el plazo de 10 dias.  Asi que veo logico que se denuncie este hecho, y no el no tener permiso de circulacion (que si lo tiene, pero retirado).  Decis que lo retirais por si es un peligro.  Otra pregunta.  En cuantos accidentes de circulacion retirais permiso de circulacion???  Yo en ninguno, y si somos mas papistas que el papa, si el accidente ha sido frontal, seguro que los organos de direccion han sufrido por lo que se le deberia de obligar a pasar una ITV... no creis???.
Un salu2

Desconectado maxtorpol

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Re: ITV
« Respuesta #30 en: 15 de Enero de 2006, 22:59:36 pm »
A mi me ha pasado hace muy poco un caso de estos.Vehiculo estacionado frente a vado ,somos requeridos por la propietaria del vado, pues no puede meter su vehiculo.Se solicitan datos del vehiculo por si figurase por la zona para avisar que lo retire,pero figura en otro pueblo.Se solicita grua y cuando estamos a punto de retirar ,aparece el propietario.Se le solicita su documentacion y la del vehiculo,presentando su permiso de conducción,recibo del seguro en vigor y tarjeta de inspeccion técnica, al solicitarle el permiso de circulacion ,el conductor se pone a buscar entre los papeles y aparece un boletin sustitutivo del citado permiso y una ddenuncia por no haber pasado la I.T.V. en el plazo debido.Mi procedimiento (y no se si estara bien o mal)fue denunciar,por no  haber presentado el vehiculo en el plazo debido a la I.T.V. e informar al propietario de que si no presenta al vehiculo a la inspeccion, trafico se lo daria de baja.Yo tuve mis dudas si debia inmovilizarselo o no,pero al final le denuncie y le deje marchar.No se si  lo hice bien o mal, pero ya esta echo.Bueno un saludo a tod@s.   
una negación ha gritos, es una especie de afirmación;porque nunca gritas ante la indiferencia

Desconectado William

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Re: ITV
« Respuesta #31 en: 16 de Enero de 2006, 07:56:47 am »
Compa?ero en este caso lo correcto es denunciar por carecerde permiso de circulación, y deberías haber inmovilizado el vehículo si el volante provisional estaba caducado.Vsssssssss.
QUID PRO QUO

Desconectado prodigos

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Re: ITV
« Respuesta #32 en: 16 de Enero de 2006, 15:28:26 pm »
Hola, William el problema es que "no carece", si no que lo tiene retirado.  Es un matiz que puede hacer que la denuncia se sobresea. Y cuando cojo a un vehiculo que no ha pasado por la ITV, pues llamo al COS para ver si le han dado de baja, y si le han dado de baja pues ya la cosa cambia, pero permiso de circulacion tiene.
Un salu2

Desconectado William

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Re: ITV
« Respuesta #33 en: 16 de Enero de 2006, 15:35:06 pm »
Bueno pródigos, yo no lo veo así, es igual que cuando te retiran el permiso de conducir por cometer una onfracción. Al menos yo lo veo así.Vsssssss Me ha pasado varias veces y nunca jamás me han echado una denuncia para atrás.Vsssssss
QUID PRO QUO

Desconectado prodigos

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Re: ITV
« Respuesta #34 en: 16 de Enero de 2006, 15:38:11 pm »
Hola, bueno es diferente.  El permiso de conducir te lo retiran tras un procedimiento sancionador con una sancion en firme.  Sin embargo el permiso de circulacion se retira de forma preventiva y como un medio para obligar a pasar esa ITV.  El problema es administrativo, que las JPT estan saturadas y no dan de baja esos vehiculos cuando deben, que no se mandan las ordenes de inmovilizacion por estar el vehiculo dado de baja, por eso yo aplico lo que creo que es mas ajustado a derecho.  Puedo estar equivocado, pero no voy a meterme en trabajo que no es mio, que luego me pueden dar un tiron de orejas.

Un salu2

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Re: ITV
« Respuesta #35 en: 16 de Enero de 2006, 16:04:22 pm »
Después de todos estos argumentos la conclusión es que en cada sitio hacemos las cosas de forma distinta, y no hay que darle más vueltas pues como dicen por ahí; la ley está abierta a interpretación.
A mano abierta mejor

bicho1

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Re: ITV
« Respuesta #36 en: 18 de Enero de 2006, 13:29:03 pm »
Pues yo la primera vez le retiro el permiso de circulacion y le denuncio por ITV, la segunda, si no la ha pasado en 10 dias, le denuncio por permiso de circulacion, ITV y el coche con la grua. Si simplemente no me presenta el permiso de circulacion y no se el motivo, denuncia y coche con la grua. Si no tiene seguro, denuncia y coche con la grua. Si me apuras, si me presenta el vale de 10 dias de ITV en vigor y son las 10 de la noche y esta entrando en las barrancas y se pone tonto, tambien me lo llevo con la grua, porque el volante solo le autoriza a ir a pasar la ITV, no a recoger la dosis.
En fin, que seré muy radical, pero es que me paso el dia parando kundas...
Y me he dado cuenta de que soy un chollo para el ayuntamiento, con tanta grua....a lo mejor me dan una medalla....

Desconectado jipilichi

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Re: ITV
« Respuesta #37 en: 19 de Enero de 2006, 00:09:00 am »
Desde donde cargas las gruas desde la calle albarracin  :mus;, lo digo por lo de las medallas.
Si te dedicas a la política, por favor, no toques nada, lo convertirás en mierda.

bicho1

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Re: ITV
« Respuesta #38 en: 20 de Enero de 2006, 13:25:53 pm »
No, desde la entrada de Mediodia hasta Mediodia, menos de 1 km. :bur)

Desconectado .C.J.

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Re: ITV
« Respuesta #39 en: 09 de Junio de 2006, 23:33:38 pm »
Hoy han sido aprobadas por el Consejo de Ministros una serie de reformas en el RD que regula las ITV. TODAVÍA ESTÁN PENDIENTES DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOE. Pero como es algo que puede afectarnos en el día a día a PL´s y GC´s las expongo a modo de resumen:

Los ciclomotores, los quads, los vehículos de tres ruedas, los cuadriciclos deberán someterse a la inspección, a la que no estaban obligados hasta el momento.

Este tipo de vehículos deberán pasar su primera inspección a los tres a?os, mientras que las siguientes se efectuarán con una periodicidad bienal. El ejecutivo ha optado por una solución intermedia para fijar el plazo en que los ciclomotores deberán pasar su primera inspección, frente a los cuatro a?os que demandaban los fabricantes y a los dos a?os que pedían las empresas de ITV.

Las motocicletas deberán pasar su primera inspección a los cuatro a?os de su matriculación, en lugar de a los cinco a?os como estaba establecido hasta la fecha. Las siguientes se efectuarán cada dos a?os.

El Gobierno ha considerado conveniente encuadrar las autocaravanas y vehículos vivienda bajo el mismo régimen de inspecciones que los turismos, es decir, con la primera inspección a los cuatro a?os, y las siguientes cada dos a?os hasta que el vehículo alcance diez a?os de antigüedad, cuando deberán pasar las restantes con carácter anual.


Un saludo al foro.