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Como podeis comprobar que realmente supera los limites sin tener sonometro
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Autor Tema: ITV  (Leído 148335 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: ITV
« Respuesta #540 en: 13 de Noviembre de 2011, 18:45:31 pm »
Las sentencias son públicas.

Desconectado Terry

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Re: ITV
« Respuesta #541 en: 13 de Noviembre de 2011, 18:49:11 pm »
Los malos o mejor dicho sus abogados ,tienen acceso a las diligencias , atestados , periciales,........... es decir a todo.
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

Desconectado tixe

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Re: ITV
« Respuesta #542 en: 13 de Noviembre de 2011, 19:03:54 pm »
Si es documento oficial

Mi duda esta en el empleo del termino distintivo.

Da igual el termino en estos casos, la cuestión siempre es de que documento se trata.
Un saludo


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Re: ITV
« Respuesta #543 en: 13 de Noviembre de 2011, 23:29:18 pm »


A la espera de la sentencia.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: ITV
« Respuesta #544 en: 14 de Noviembre de 2011, 00:24:02 am »
Hola, a ver, el fiscal tiro para adelante por falsedad documental, en el juzgado ha sido condenado a 6 meses de carcel y 6 meses de multa. NO SE HA CONFORMADO Y HA RECURRIDO. por lo que veremos que pasa.  Pero los primeros pasos se han dado.  Esto tardará, pero se ha abierto una puerta que esperemos que no se quede en una rendija.
El propio compañero se ha sorprendido gratamente, y esta muy satisfecho por SU TRABAJO realizado.
Un salu2


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Re: ITV
« Respuesta #545 en: 14 de Noviembre de 2011, 10:23:07 am »
Hola, a ver, el fiscal tiro para adelante por falsedad documental, en el juzgado ha sido condenado a 6 meses de carcel y 6 meses de multa. NO SE HA CONFORMADO Y HA RECURRIDO. por lo que veremos que pasa.  Pero los primeros pasos se han dado.  Esto tardará, pero se ha abierto una puerta que esperemos que no se quede en una rendija.
El propio compañero se ha sorprendido gratamente, y esta muy satisfecho por SU TRABAJO realizado.
Un salu2

400.bis..es decir que han contemplado como documento-certificación la pegatina.

Desconectado Terry

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Re: ITV
« Respuesta #546 en: 14 de Noviembre de 2011, 12:32:45 pm »
Esa pegatina es una señal, la V-19 recogida en el ANEXO I del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Es el anexo XI del RGV , RD 2822/1998

Segun la informacion de interes de la ITV la inspeccion tecnica de vehiculos esta regulada por el RD 2042/1994 , de 14 Octubre , siendo modificada por el RD 711/2006, de  21 de Junio.

Esa informacion de interes facilitada por cualquier ITV , dice literalmente :

"Todo vehiculos que haya pasado favorablemente la inspeccion tecnica periodica debera llevar el distintivo indicado en el RD 224/2008 , de 15 de Febrero, igualmente debera llevar el ultimo informe de inspeccion, que el conductor debera exhibir ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del trafico que se lo soliciten".

"La colocacion del distintivo es obligatoria para todos aquellos vehiculos que estan sometidos al regimen de inspeccion tecnica periodica. El mencionado DISTINTIVO , conforme se establece en el ANEXO III del RD 224/2008 , se colocara, en su caso , en el angulo superior derecho del parabrisas por su cara interior".

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Re: ITV
« Respuesta #547 en: 14 de Noviembre de 2011, 12:36:04 pm »
Y?

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Re: ITV
« Respuesta #548 en: 14 de Noviembre de 2011, 12:37:14 pm »
Por lo tanto nos vamos al ANEXO III del RD 224/2008 que dice:

Características y normas de aplicación del distintivo de inspección.
[/b]

Las características y normas de aplicación del distintivo de inspección, a que se hace referencia en el artículo 11.1 del Real Decreto, son las siguientes:

1. El distintivo de inspección tendrá el diseño y dimensiones que se indican para la señal V-19 Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo que se establece en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.

2. El distintivo de inspección debe estar hecho de tal forma que, durante su periodo de validez, sea capaz de resistir las solicitaciones derivadas del servicio del vehículo y no sea posible su reutilización. Los colores del fondo y los de los caracteres se determinarán de acuerdo con el año civil en que caduque el plazo de validez de la inspección. Dichos colores son para cada año los que se indican para la señal V-19.

3. El número situado sobre el escudo constitucional indica las dos últimas cifras del año de caducidad de la inspección. Los números romanos de la parte superior, que van del I al XII señalan el mes de caducidad de la inspección. El mes que corresponda será perforado con un taladrador que deja una huella circular de 4 milímetros de diámetro.

4. En la zona lateral izquierda del distintivo se identificará de forma indeleble, mediante caracteres de imprenta preimpresos o mediante máquina de perforar números de cuenta, el número de la estación ITV donde se realizó la inspección. La altura de los caracteres será de 6,5 milímetros.

5. En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.

En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.

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Re: ITV
« Respuesta #549 en: 14 de Noviembre de 2011, 12:41:47 pm »
Y?

Que cuando escribes por estas cosas hay que saber que dice la normativa primero , mencionarla y motivarlo , no vale , comparecer como el que pasaba por alli simplemente a efectos de prevencion por si cuela .

El compi escribio , lo que bien se presenta bien puede acabar en ocasiones , pero por aqui no tendria recorrido ninguno.
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Re: ITV
« Respuesta #550 en: 14 de Noviembre de 2011, 12:58:47 pm »
Y?

Persona que insista pero con toda esa normativa, que dudo haya sido contenida en el atestado, un fiscal puede o no contemplar ese distintivo como documento o certificación...aunque si te digo la verdad a mi me parece que no...otra cosa es que ese distintivo lleve la placa de matrícula del que corresponde...entonces si que cabría el 400.bis.

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Re: ITV
« Respuesta #551 en: 14 de Noviembre de 2011, 13:11:56 pm »
Y?

Persona que insista pero con toda esa normativa, que dudo haya sido contenida en el atestado, un fiscal puede o no contemplar ese distintivo como documento o certificación...aunque si te digo la verdad a mi me parece que no...otra cosa es que ese distintivo lleve la placa de matrícula del que corresponde...entonces si que cabría el 400.bis.

Con poner la normativa de  referencia  y decir que se trata de una señal V-19  ,en  no mas de tres lineas es suficiente .

Lo que esta acreditando usando esa pegatina es una "validez no real " , utilizando un soporte indubitado , ahora bien tambien tengo ganas de poder leer esa sentencia para ver que dice , aunque sinceramente creo que le ha condenado porque esa intervencion puede llevar aparejado otro delito conexo , posiblemente un DCSV .
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Re: ITV
« Respuesta #552 en: 14 de Noviembre de 2011, 13:13:49 pm »
Impaciente estamos para que prodigos nos ilustre con la misma.

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Re: ITV
« Respuesta #553 en: 14 de Noviembre de 2011, 13:25:13 pm »
Y?

Persona que insista pero con toda esa normativa, que dudo haya sido contenida en el atestado, un fiscal puede o no contemplar ese distintivo como documento o certificación...aunque si te digo la verdad a mi me parece que no...otra cosa es que ese distintivo lleve la placa de matrícula del que corresponde...entonces si que cabría el 400.bis.

A eso me referia yo.Al no contener dato alguno que identifique el vehiculo yo tampoco lo consideraba documento.
Si tuviéramos consciencia de lo efímera que es la vida no podriamos ignorar las oportunidades que tenemos de ser y de hacer felices a otros.

Desconectado tixe

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Re: ITV
« Respuesta #554 en: 14 de Noviembre de 2011, 22:17:31 pm »

A eso me referia yo.Al no contener dato alguno que identifique el vehiculo yo tampoco lo consideraba documento.

¿Consideras a la pegatina de la itv documento público?


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Re: ITV
« Respuesta #555 en: 14 de Noviembre de 2011, 22:30:34 pm »

A eso me referia yo.Al no contener dato alguno que identifique el vehiculo yo tampoco lo consideraba documento.

¿Consideras a la pegatina de la itv documento público?

consideraba documento aquel que de fiel reflejo de lo expuesto en el,no se si me explico.He olvidado las definiciones de los diferentes tipos de documento.
Si tuviéramos consciencia de lo efímera que es la vida no podriamos ignorar las oportunidades que tenemos de ser y de hacer felices a otros.

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Re: ITV
« Respuesta #556 en: 15 de Noviembre de 2011, 19:15:51 pm »
La pegatina de la itv si es un documento público.

CONCEPTO PENAL. ART. 26 CP.
“A los efectos de este código se considera documento a todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier tipo de revelación jurídica”

DOCUMENTO PÚBLICO.
• Los autorizados por un notario o empleado público con las
solemnidades requeridas por la ley.
Los documentos oficiales son públicos, los que son expedidos
por los funcionarios en el ejercicio de su cargo.
• Los mercantiles siempre particulares sin requisitos formulados
por ley.

Un saludo.


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Re: ITV
« Respuesta #557 en: 15 de Noviembre de 2011, 23:05:02 pm »
La pegatina de la itv si es un documento público.

CONCEPTO PENAL. ART. 26 CP.
“A los efectos de este código se considera documento a todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier tipo de revelación jurídica”

DOCUMENTO PÚBLICO.
• Los autorizados por un notario o empleado público con las
solemnidades requeridas por la ley.
Los documentos oficiales son públicos, los que son expedidos
por los funcionarios en el ejercicio de su cargo.
• Los mercantiles siempre particulares sin requisitos formulados
por ley.

Un saludo.

pero por si sola la pegatina no demuestra que ese vehiculo ha pasado la I.T.V,ya que no figura la matricula.Tan solo hace referencia a la estacion I.T.V,de ahi mi duda.
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Re: ITV
« Respuesta #558 en: 15 de Noviembre de 2011, 23:22:34 pm »
La pegatina de la itv si es un documento público.

CONCEPTO PENAL. ART. 26 CP.
“A los efectos de este código se considera documento a todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier tipo de revelación jurídica”

DOCUMENTO PÚBLICO.
• Los autorizados por un notario o empleado público con las
solemnidades requeridas por la ley.
Los documentos oficiales son públicos, los que son expedidos
por los funcionarios en el ejercicio de su cargo.
• Los mercantiles siempre particulares sin requisitos formulados
por ley.

Un saludo.


pero por si sola la pegatina no demuestra que ese vehiculo ha pasado la I.T.V,ya que no figura la matricula.Tan solo hace referencia a la estacion I.T.V,de ahi mi duda.

Segun ingeniero de ITV , la pegatina SI demuestra que ese vehiculo ha pasado la I.T.V y manifiesta que se trata de documento oficial . Luego como lo califiquen esotra cosa.

Solo transmito lo que he oido .
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Re: ITV
« Respuesta #559 en: 15 de Noviembre de 2011, 23:27:59 pm »
Claro, pero como documento si lo es. No es un documento del vehículo como (tarjeta carácteristicas técnicas.... etc) pero si es documento oficial incluso tiene sus medidas y sus colores por años.... y viene como tal dentro del RGV. señal v-19.
V-19 DISTINTIVO DE INSPECCION TECNICA PERIODICA DEL VEHICULO
1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.
2. En el caso de vehículos de motor, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior.
En caso de remolques y semirremolques el distintivo se colocará en sitio bien visible.
3. Las dimensiones, color y características técnicas de esta señal deberán cumplir lo dispuesto en la reglamentación vigente que se recoge en el anexo I y, en particular, se ajustarán a lo indicado a continuación:

(Ver Repertorio Cronológico Legislación 1999, TOMO I, pg. 542)

Las cifras serán del tamaño siguiente (en milímetros):

Altura de las cifras en los números del mes  4 
Altura de las cifras en los números del año  12 
Grosor del trazo en los números del mes  0,7 
Grosor del trazo en los números del año  2 

Los colores del fondo y los de los caracteres se determinarán de acuerdo con el año civil en que caduque el plazo de validez de la inspección. Dichos colores son para cada año los que se indican a continuación:

Año  Fondo  Caracteres 
1998  Verde  Rojo 
1999  Amarillo  Rojo 
2000  Rojo  Amarillo 


y cambiarán sucesivamente según esta secuencia en los años siguientes.
Los colores de las siglas ITV serán siempre azules.

Por eso te comento que cualquier modificación, total o parcial, realizada sobre ella y que lleve encaminada el confundirte se podría trataría de una falsificación de documento público, dependiendo de las situación.

Un saludo.