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¿Hay que prohibir las corridas de toros?
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PP, PSOE y Ciudadanos permiten en Madrid y Andalucía que los menores sigan asistiendo a las corridas de toros
El voto en contra del PP y la abstención de PSOE y Cs tumba en Madrid una iniciativa para prohibir la asistencia y participación de menores en espectáculos taurinos
En Andalucía los tres partidos rechazan una proposición de ley en el mismo sentido para sustituir la actual norma de protección animal
El Comité de Derechos del Niño de la ONU señaló en febrero que "la tauromaquia supone una extrema violencia para la infancia"
Sabela Rodríguez Álvarez
srodriguez@infolibre.es @SabelaRulinha
Publicada el 06/07/2018 a las 06:00 Actualizada el 05/07/2018 a las 21:00
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https://youtu.be/j0TjevD5TSw
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La jueza condena por coacciones y lesiones a tres protaurinos que acosaron a una fotoperiodista que fotografió a un herido
La magistrada concluye que no hubo atentado contra el derecho a la información porque la fotoperiodista no tenía un contrato laboral pese a que colabora habitualmente en el medio de comunicación y las imágenes se publicaron
Tampoco le pagarán los daños en el vehículo porque el ataque lo realizó un grupo no identificado de personas en el que estaban presentes los candidatos
Sergi Pitarch - Valencia
19/09/2018 - 22:21h
La titular del juzgado de lo Penal número 3 de Valencia, Ana Canto, ha sentenciado a tres protaurinos a un año de multa con una cuota de cinco euros -1.800 euros- por coacciones a una fotoperiodista que intentaba fotografiar a un herido por asta de toro en los "bous al carrer" del municipio de Petrés (València). A uno de los tres condenados también le ha impuesto un mes más de multa por un delito de lesiones leve, ya que agredió al acompañante de la trabajadora.
La magistrada no considera que se impidiera a la fotoperiodista el ejercicio del derecho a la información "porque no acreditó la condición de periodista" al no aportar el contrato de trabajo ni acreditar una relación laboral con el periódico Levante-EMV. Una afirmación llamativa cuando de una freelance se trata, ya que realizan una importante tarea periodística y de la defensa del derecho a la libertad de expresión, pero sin estar en nómina en una gran medio de comunicación. Pasa todos los días en conflictos armados en países extranjeros y se ha extendido con la precarización laboral por lo que los fotoperiodistas freelance y colaboradores están indefensos.
La juez considera probado que los tres condenados, Vicente Joaquín Galindo, Ramón Pérez y Vicente Puchol impidieron a la fotoperiodista con violencia desarrollar su trabajo, es decir, fotografiar al herido. La magistrada no ha considerado probado el delito de daños al no poder identificar al tumulto de gente que rodeó el coche de la fotoperiodista y que acabó con importantes daños -2.300 euros- en los espejos retrovisores y en la carrocería. La trabajadora se lo tendrá que pagar de su bolsillo.
De uno de los tres condenados, Vicente Puchol, la jueza también entiende que agredió a un compañero de la fotoperiodista por lo que lo condena por un delito de faltas leve. La magistrada absuelve de todos los delitos de los que se les acusaba a Manuela Torrente.
La sentencia prueba que un grupo de taurinos insultaron, amenazaron e impidieron hacer su trabajo a la fotoperiodista, que en este proceso ha estado asistida por la letrada María Dolores Lloret. Y solo por intentar contar que había habido un herido por asta de toro en los "bous al carrer" de agosto de 2014. El fiscal pedía tres años de cárcel para los acusados pero la jueza ha rebajado las penas al mínimo, con una multa y antecedentes penales.
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https://www.youtube.com/watch?v=-u1pibXuuRg
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El Constitucional anula la ley balear de toros que prohibe matar al animal
Ha declarado inconstitucionales varios artículos de esta ley autonómica
EFE
Publicado20.12.2018 - 18:50
El Tribunal Constitucional ha anulado los artículos de la ley balear de toros que prohíben picar, banderillear y matar a las reses en las corridas que se celebren en el archipiélago.
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El diestro José Tomás en una imagen de archivo
El toro, acochinao en tablas
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La sentencia declara inconstitucionales los artículos 6, 7, 8 y 9 de la ley, así como los apartados 1, 2 y 7 del artículo 5 y algunos puntos más del artículo 1.2 y del 4, han informado fuentes del alto tribunal a Efe sobre una decisión que cuenta con votos particulares y que se conocerá en los próximos días.
Capote y muleta
El artículo 9, anulado por el Constitucional, establecía que "los únicos utensilios que podrán usar el o la profesional taurino y taurina y los o las auxiliares durante la celebración de los espectáculos taurinos son el capote y la muleta".
La ley impulsada por el pacto de izquierdas mayoritario en el Parlament balear vetaba la utilización de cualquier "instrumento punzante" que pueda herir o matar al toro.
También se anulan los artículos que restringían en márgenes de 20 kilos (de 460 a 480 kilos en plazas de primera, por ejemplo) el peso de las reses y que imponían que las plazas de todas las categorías tuvieran báscula y que los toros deberían tener de 4 a 6 años de edad.
"Bienestar" de los toros
Otros preceptos suspendidos por el Constitucional son los que establecen que los toros tendrán garantizado su "bienestar" en los corrales y no estarán recluidos en chiqueros, sino que entrarán a la plaza directamente desde los corrales, que no se usarán caballos en los festejos, que solo habrá lidia en plazas estables y que los animales procederán siempre de la ganadería más próxima al coso.
Anulado queda, asimismo, el artículo que determinaba que en cada corrida no se toreen más de tres reses y por un máximo de diez minutos por toro, periodo tras el cual "serán conducidos y devueltos a los corrales acompañados por un rebaño de cuatro cabestros, cuya presencia en los corrales de la plaza será obligatoria antes de la llegada de los toros, es decir, 48 horas antes de empezar el espectáculo".
Los empresarios y aficionados a la tauromaquia habían denunciado que estas restricciones desnaturalizaban por completo la estructura tradicional de las corridas de toros, impedían en la práctica su celebración y suponían un subterfugio legal para salvar la imposibilidad de prohibir directamente la lidia, que estableció el Constitucional cuando derogó la ley catalana que decretaba que no se podían celebrar festejos taurinos en esa comunidad.
Cuando el Parlament balear aprobó en julio de 2017 la regulación de las corridas de toros, sus promotores, los grupos de izquierda que dan apoyo al Govern, explicaron abiertamente que su propósito era acabar con la tauromaquia en las islas haciendo valer las competencias autonómicas de protección de los animales para evitar lo que había ocurrido con la ley de Cataluña.
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