La a, SOLO cuando se haya cometido un delito o infracción, deja fuera la prevención, el traslado para impedir la comisión de un delito, y ni siquiera menciona la falta (utiliza sólo), y ampara el traslado cuando este cometido el delito que no procede, con lo que no puede ser.
La c, aunque tienen que darse otras circunstancias que hayan motivado la identficación, es requisito imprescindible en cualquier caso.