No ibas desencaminado, Paco. La utilización de la figura va siempre ligada a un determinado razonamiento que debe basarse en los principios legales vigentes. Además de que la dicte una autoridad legítima, la norma tiene que tener un espíritu, una razón y debe servir para regular en una forma en la que sea posible, aquello a lo que se refiere. Dicho de otro modo, la ley perversa, aquella que no se puede cumpir, carece de razón y por lo tanto, no es justa (seguro que Cactuss lo explica mejor).
Sin embargo, a efectos prácticos no es algo que nosotros, como policías, debamos de tener en cuenta. Creo que el problema que tenemos en este hilo, es que no conocemos la literalidad de la sentencia y, estoy de acuerdo con Hook, lo más probable es que el resultado de la misma haya venido dado por una perdida previa o posterior de la condición de agente de la autoridad del policía sancionado.
Salud y suerte.