Autor Tema: De las identificaciones  (Leído 123667 veces)

Desconectado mustiki

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #260 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:24:17 pm »
Pues a mi no me gusta que se rian de mi en mi cara....que es lo que quiero trasladar cuando hablo del tema de obrar con mala fe.
Todo lo demas no deja de ser una infraccion admin. sin mas importancia como dices.
Saludos
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Re: De las identificaciones
« Respuesta #261 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:25:26 pm »
Pues vete acostumbrando a que se rían en tu cara y a saber esperar el momento, dando la cuerda necesaria para que se produzca ese "momento".

Desconectado mustiki

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #262 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:31:05 pm »
Tambien es verdad, dicen que tengo cara de chiste... :cul
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Re: De las identificaciones
« Respuesta #263 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:34:48 pm »
No veas,he tenido k reiniciar la sesi?n ya k mi PC esta hecho un asco y no para de blokearse.No,no me he leido el post.No me referia a eso.Si no llevas documenaci?n claro k no puedes mostrarla.pero hay un sinf?n de actuaciones en la k la identificaci?n es fundamental.Si la llevas y te niegas a identificarte es desobediencia,o no?
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Re: De las identificaciones
« Respuesta #264 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:37:37 pm »
Tambien es verdad, dicen que tengo cara de chiste... :cul

[/quote]


Ya se te endurecerá.. no te preocupes... te saldrán colmillos afilados y aullarás cuando haya luna llena.... y poco te importará que el gilipollas de turno se ría... pues sabrás que cuando llegue SU "momento" te beberás su sangre....

O eso, o eres pasto de los "buitres".



 ;risr;
« Última modificación: 03 de Diciembre de 2007, 23:33:12 pm por 47ronin »

Desconectado 47ronin

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #265 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:39:14 pm »
No veas,he tenido k reiniciar la sesi?n ya k mi PC esta hecho un asco y no para de blokearse.No,no me he leido el post.No me referia a eso.Si no llevas documenaci?n claro k no puedes mostrarla.pero hay un sinf?n de actuaciones en la k la identificaci?n es fundamental.Si la llevas y te niegas a identificarte es desobediencia,o no?

Depende, si la llevo y te digo que no la llevo cómo compruebas si es cierto o no?

Si te digo que no te la doy SI estoy cometiendo una infracción administrativa.

Desconectado mustiki

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #266 en: 03 de Diciembre de 2007, 22:45:52 pm »

Ya se te endurecerá.. no te preocupes... te saldrán colmillos afilados y aullarás cuando haya luna llena.... y poco te importará que el gilipollas de turno se ría... pues sabrás que cuando llegue SU "momento" te beberás su sangre....

O eso, o eres pasto de los "buitres".



 ;risr;

Este fin de semana he notado una ligera protuberancia en una parte de la encia. ;fum;
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Desconectado tango 44

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #267 en: 03 de Diciembre de 2007, 23:15:55 pm »
No veas,he tenido k reiniciar la sesi?n ya k mi PC esta hecho un asco y no para de blokearse.No,no me he leido el post.No me referia a eso.Si no llevas documenaci?n claro k no puedes mostrarla.pero hay un sinf?n de actuaciones en la k la identificaci?n es fundamental.Si la llevas y te niegas a identificarte es desobediencia,o no?

Depende, si la llevo y te digo que no la llevo cómo compruebas si es cierto o no?

Si te digo que no te la doy SI estoy cometiendo una infracción administrativa.
Maldito PC!!!De acuerdo de nuevo contigo,pero creo k depende del desarrollo de la actuaci?n y si es x una simple denuncia se keda s?lo en eso,una denuncia.Si se traspasa ese l?mite seguro k la cuerda se tensa tanto k al final no se keda en una identificaci?n!!!No es lo habitual y bastante tenemos ya con lo cotidiano,pero son situaciones k se dan y a veces esos l?mites se traspasan.Un saludo.

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uidfaro

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #268 en: 03 de Diciembre de 2007, 23:28:46 pm »
Bueno, creo que tengo la solución a este problema
Sabeis que el domingo entro en vigor las modificaciones de la Ley Orgánica 15/2007.
Bueno os pongo el nuevo texto del Artículo 384.

Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Creo que ahí tenemos razones más que suficiente para que una persona se identifique, ya que pudiera darse que el mismo estuviera incurriendo un delito tipificado en el 384, por lo tanto procede su traslado a Comisaría a efectos de identificación y con ésta comprobar si tiene o no permiso de conducir o le ha sido retirado por sentencia judicial o por puntos.

?Cómo lo veis?

Desconectado mustiki

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #269 en: 03 de Diciembre de 2007, 23:32:56 pm »
Perfecto  ;risr;
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Desconectado 47ronin

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #270 en: 03 de Diciembre de 2007, 23:35:10 pm »
Y si te doy el nombre de mi primo que sí tiene carnet?

 :mus;

uidfaro

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #271 en: 03 de Diciembre de 2007, 23:42:13 pm »
No me valen datos verbales para la comprobación de un posible delito.
O tienes documento válido o los datos verbales va a ser que no ?o a ti si te valen ante otro tipos de delitos?

Desconectado TEMPLARIO

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #272 en: 04 de Diciembre de 2007, 01:50:42 am »
Bueno, creo que tengo la solución a este problema
Sabeis que el domingo entro en vigor las modificaciones de la Ley Orgánica 15/2007.
Bueno os pongo el nuevo texto del Artículo 384.

Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Creo que ahí tenemos razones más que suficiente para que una persona se identifique, ya que pudiera darse que el mismo estuviera incurriendo un delito tipificado en el 384, por lo tanto procede su traslado a Comisaría a efectos de identificación y con ésta comprobar si tiene o no permiso de conducir o le ha sido retirado por sentencia judicial o por puntos.

?Cómo lo veis?

Cojonudamente. Ya me los llevaba antes, así que con más razón ahora.

Eres un fiera.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #273 en: 04 de Diciembre de 2007, 07:24:57 am »
Bueno, creo que tengo la solución a este problema
Sabeis que el domingo entro en vigor las modificaciones de la Ley Orgánica 15/2007.
Bueno os pongo el nuevo texto del Artículo 384.

Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Creo que ahí tenemos razones más que suficiente para que una persona se identifique, ya que pudiera darse que el mismo estuviera incurriendo un delito tipificado en el 384, por lo tanto procede su traslado a Comisaría a efectos de identificación y con ésta comprobar si tiene o no permiso de conducir o le ha sido retirado por sentencia judicial o por puntos.

?Cómo lo veis?

Se ve bien, muy bien. !! Si se?or ??

Desconectado pmpzasc

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #274 en: 04 de Diciembre de 2007, 10:06:08 am »
Bueno, creo que tengo la solución a este problema
Sabeis que el domingo entro en vigor las modificaciones de la Ley Orgánica 15/2007.
Bueno os pongo el nuevo texto del Artículo 384.

Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Creo que ahí tenemos razones más que suficiente para que una persona se identifique, ya que pudiera darse que el mismo estuviera incurriendo un delito tipificado en el 384, por lo tanto procede su traslado a Comisaría a efectos de identificación y con ésta comprobar si tiene o no permiso de conducir o le ha sido retirado por sentencia judicial o por puntos.

?Cómo lo veis?
  Que en lo referente al segundo parrafo, tendremos que esperar al 1 de Mayo de 2008

Desconectado Ethan

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #275 en: 04 de Diciembre de 2007, 14:17:02 pm »
Hay que esperar a Mayo los que CAREZCAN DEL PERMISO DE CONDUCIR, decir, me refiero a los que condujeran sin haber tenido en su vida el permiso de conduccion.


Lo que ha entrado en vigor es aquellos que habiendolo tenido, les ha sido retirado por sentencia o perdida de puntos.

Saludos;


PD.- Todo esto viene explicadito en PMM, en la orden del cuerpo o en la instruccion que ha llegado de Jefatura....   ;c;...... :pen:.......... ;::)...........AH NO!!! que no ha venido nada !!!  .ca;
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Re: De las identificaciones
« Respuesta #276 en: 04 de Diciembre de 2007, 15:22:08 pm »
Hay que esperar a Mayo los que CAREZCAN DEL PERMISO DE CONDUCIR, decir, me refiero a los que condujeran sin haber tenido en su vida el permiso de conduccion.


Lo que ha entrado en vigor es aquellos que habiendolo tenido, les ha sido retirado por sentencia o perdida de puntos.

Saludos;


PD.- Todo esto viene explicadito en PMM, en la orden del cuerpo o en la instruccion que ha llegado de Jefatura....   ;c;...... :pen:.......... ;::)...........AH NO!!! que no ha venido nada !!!  .ca;
Vaya,Vaya k a vosotros no os ha llegado?Pues a nosotros hasta plastificado y todo!!!!!K no compa?ero k es broma.Y pensabamos x aki k eramos los ?nicos k todo lo actualizado llega tarde,mal y nunca!!!!Un saludo!!!
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Re: De las identificaciones
« Respuesta #277 en: 04 de Diciembre de 2007, 15:25:57 pm »
No me valen datos verbales para la comprobación de un posible delito.
O tienes documento válido o los datos verbales va a ser que no ?o a ti si te valen ante otro tipos de delitos?

Me paras por una infracción de tráfico, me requieres el permiso, te digo que no lo llevo encima y te doy el nombre de alguien que sí tiene permiso, lo compruebas y efectivamente "tengo" permiso.

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #278 en: 04 de Diciembre de 2007, 15:34:07 pm »
Bueno, creo que tengo la solución a este problema
Sabeis que el domingo entro en vigor las modificaciones de la Ley Orgánica 15/2007.
Bueno os pongo el nuevo texto del Artículo 384.

Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Creo que ahí tenemos razones más que suficiente para que una persona se identifique, ya que pudiera darse que el mismo estuviera incurriendo un delito tipificado en el 384, por lo tanto procede su traslado a Comisaría a efectos de identificación y con ésta comprobar si tiene o no permiso de conducir o le ha sido retirado por sentencia judicial o por puntos.

?Cómo lo veis?

caminar en la llinea

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Re: De las identificaciones
« Respuesta #279 en: 05 de Diciembre de 2007, 02:13:25 am »
No me valen datos verbales para la comprobación de un posible delito.
O tienes documento válido o los datos verbales va a ser que no ?o a ti si te valen ante otro tipos de delitos?

Me paras por una infracción de tráfico, me requieres el permiso, te digo que no lo llevo encima y te doy el nombre de alguien que sí tiene permiso, lo compruebas y efectivamente "tengo" permiso.

Pero...?Tendrás que ense?ar el DNI al menos, no? Por lo que a mí respecta, "sin Ticky no party", así que o me muestra Vd. un soporte válido o se viene conmigo y con este se?or tan amable que viste igual que yo a dar una tourné a la calle Huertas.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d