Autor Tema: Himnos y banderas  (Leído 235037 veces)

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2720 en: 20 de Agosto de 2024, 16:06:52 pm »
 
Hugo Palomares (IU) alcalde de Bornos y Coto de Bornos y Ana Medina (IU) vicepresidenta 1ª responsable del área de Memoria Democrática de la Mancomunidad de la Sierra de Cádiz
denuncian la exhibición de una bandera con simbología franquista en una vivienda de la localidad bornense.

 
Hugo Palomares y Ana Medina trasladan al Ministerio Fiscal, a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática y al Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Andalucía la exhibición de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática.
 
EL regidor bornense denuncia que la exposición de la bandera franquista es “un homenaje a un golpista y dictador que además de vulnerar la legislación en materia de memoria atenta contra la dignidad de las víctimas del franquismo al reconocer en un espacio público al responsable de terribles e incontables vejaciones de derechos humanos”.
 
Por otro lado, Ana Medina responsable de Memoria Democrática en la sierra ha calificado este tipo de actos como desprecio a las víctimas de la dictadura franquista “y al dictador responsable de al menos 114.226 civiles republicanos, la mayoría de los cuales continúan hoy desaparecidos”. Medina considera que “se trata de un acto consciente” de “reconocimiento a un genocida” que inauguró cuarenta años “sin libertades ni elecciones” y llegó al poder a través de “la violencia y el terror”, por lo que “no merece ni el más mínimo reconocimiento por parte de nadie en un país democrático que debería rechazarlo públicamente”.
 
Ana Medina y Hugo Palomares recuerdan que Según Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, en su artículo 35, referente a “Símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática”, se establece:
 
1. Se consideran elementos contrarios a la memoria democrática las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial.
 
3. Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, adoptarán las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos.
 
Y en su apartado 5:
 
5. Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados en edificios de carácter privado o religioso, pero con proyección a un espacio o uso público, las personas o instituciones titulares o propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos, en la forma establecida en el presente artículo.
 
Hugo Palomares recuerda que el artículo según la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía. Establece sanciones de entre 2.000 a 10.000 € de multa a quienes incumplan el artículo 32. Con la exhibición de Elementos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática.
 
El coordinador provincial de Izquierda Unida Jorge Rodríguez recuerda el terror que supuso el golpe franquista en la sierra de Cádiz recogidas en otros por el historiador Fernando Romero Romero, describe que cuando se materializó el golpe fascista en Julio de 1936, en la comarca de la sierra cayeron durante la primera semana del golpe Olvera, Puerto Serrano, Espera, Villamartín, Bornos, Algodonales, Prado del Rey, El Bosque, Arcos de la Frontera, Zahara de la Sierra y Algar. En todas estas operaciones intervinieron primero la guardia civil y después, cuando era necesario, columnas de requetés, falangistas o de las guardias cívicas organizadas por los oligarcas, reforzadas con tropas africanas.
 
Romero reconstruye la represión franquista en Bornos un municipio donde tampoco hubo violencia Republicana previa y donde fueron asesinadas más de un centenar de personas, la mayoría registradas con nombres y apellidos en un listado que todavía se conserva en el archivo municipal. La Laguna y el Soto, condensaron el terror de los señoritos al cambio de orden que había traído al pueblo la República. La violencia fascista se dirigió principalmente contra los miembros de la corporación municipal del Frente Popular, los líderes de las organizaciones sindicales y los campesinos asentados en las finca.
 
No es casual que al menos el 77% de los hombres y mujeres asesinados fuesen jornaleros, y los protagonistas de los conflictos laborales, pero entre las víctimas también hay algunos pequeños agricultores, artesanos y profesionales que se habían alineado con el socialismo o con el Republicanismo reformista. Y 6
zapateros, el colectivo profesional que resultó más castigado tras los jornaleros.
 
Rodríguez recuerda que este tipo de acciones no hacen más que dañar la memoria colectiva de quienes dieron su vida por defender el gobierno democrático de la II Republica frente a quienes instauraron 40 años de Dictadura y sufrimiento en nuestro país, por ellos solicitamos que este tipo de actos no
queden impunes ante la ley.

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2721 en: 20 de Agosto de 2024, 16:07:59 pm »
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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2722 en: 21 de Agosto de 2024, 16:55:53 pm »
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Tienen la piel muy fina. En Madrid se ven en balcones banderas republicanas y no pasa na.  :Burla

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2723 en: 21 de Agosto de 2024, 16:57:47 pm »
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Tienen la piel muy fina. En Madrid se ven en balcones banderas republicanas y no pasa na.  :Burla

La republicana no está contenida en la ley de MH, la del pollo si, incluso en edificios y recintos particulares se puede ordenar su retirada siempre y cuando tengan una proyección pública, como es el.caso.

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2724 en: 21 de Agosto de 2024, 17:05:40 pm »
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Tienen la piel muy fina. En Madrid se ven en balcones banderas republicanas y no pasa na.  :Burla

La republicana no está contenida en la ley de MH, la del pollo si, incluso en edificios y recintos particulares se puede ordenar su retirada siempre y cuando tengan una proyección pública, como es el.caso.
Ya lo sé; tampoco estan metidas las checas, en la ley; pero claro, sabiendo quién ha echo la ley, cuando debería haber contado con todos, y no ha sido así, pues es una mierda ley, luego llegarán otros y harán lo mismo hacia el otro lado. No tenemos solución.

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2725 en: 01 de Septiembre de 2024, 18:04:37 pm »

Roban la bandera de España del Puerto de Cartagena durante el puente de agosto


01/09/2024

El Ayuntamiento de Cartagena ha vuelto a izar este martes 27 de agosto la bandera de España de grandes dimensiones que ondea en el mástil de la explanada del Puerto, ausente durante la última semana tras ser objeto de un robo frustrado gracias a la intervención de la Policía Local.

Los hechos tuvieron lugar durante el puente de la Virgen de agosto, en la madrugada del sábado 17, cuando los agentes de patrulla por la zona procedieron a la detención de un individuo que huía en monopatín en dirección a la Estación de Autobuses desde el Puerto donde, al parecer, acababa de sustraer la enseña nacional tras forzar el cajetín de seguridad y cortar la cuerda.


Los policías, que interceptaron al individuo intentado esconder la bandera detrás de una roca, se dirigieron seguidamente al puerto, donde comprobaron los daños que se habían producido en el mástil por la sustracción.

Tras la detención, por un presunto delito de robo con fuerza, se procedió a la realización de las diligencias oportunas a cargo de la Policía Nacional.

Una vez recuperada la bandera, los bomberos, con la ayuda del camión escala, han podido colocar la driza y los mosquetones para poder izarla de nuevo.


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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2726 en: 10 de Septiembre de 2024, 09:25:14 am »
Dos agentes de la plantilla componen el himno de la Policía Local de Sagunto



Los policías autores del himno acompañados de las autoridades municipales

Shaila Villar

El Ayuntamiento de Sagunto (municipio de la provincia de Valencia, con más de 65.000 habitantes) ha acordado convertir la obra compuesta por los agentes Francisco Rodríguez Agües (letra) y Simeón Jesús Lluch Bargues (música) en el Himno Oficial del Cuerpo de Policía Local de Sagunto. De este modo, la composición musical podrá ser utilizada en actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo, así como para rendir honores al propio Cuerpo de Policía Local de Sagunto o a alguno de sus miembros.

La composición del himno la han llevado a cabo de manera desinteresada y por iniciativa propia los dos policías mencionados anteriormente, movidos por la “convicción” de que la existencia de un himno de la Policía Local de Sagunto es una “necesidad”. Ambos autores están convencidos de que esta obra musical “fomentará el sentimiento de orgullo y pertenencia entre los agentes locales”.

Sin experiencia previa en el mundo de la composición, los autores han llevado a cabo este himno con “grandes dosis de ilusión y desde el cariño” al municipio, así como con “el respeto y la pasión que sienten por la digna profesión que desempeñan”. Cabe mencionar también la ausencia absoluta de connotaciones políticas y religiosas en esta obra musical, según se indica en el acuerdo.

Asimismo, se ha grabado una maqueta de este himno en el Conservatorio Municipal de Sagunto con la voz del tenor profesional David Montolío, así como con la colaboración del profesorado y el alumnado del centro. El director del Conservatorio Municipal de Sagunto, Rafael Doménech, fue el encargado de mezclar y masterizar esta canción, un proceso de producción musical que fue realizado con sus propios medios y de manera altruista. La obra musical ha sido inscrita en el Registro de la Propiedad Intelectual con la intención de protegerla de plagios y malos usos.

La maqueta ha sido escuchada por la Jefatura del Cuerpo de Policía de Sagunto, la concejala delegada de Policía, María José Carrera, la Junta de Mandos y el Consejo de Policía que representa a todo el colectivo de este Cuerpo, obteniendo una valoración positiva por parte de todos ellos.


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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2727 en: 17 de Septiembre de 2024, 07:02:26 am »
Condenan al Ayuntamiento de Ajalvir por colgar una bandera LGTBI en su balcón


El juez estima el recurso frente a la resolución de la junta de gobierno local impugnada por la Asociación de Vecinos de Ajalvir por no ser conforme a derecho, declarando así su nulidad


A. S. Moya
Madrid
16/09/2024
Actualizado a las 19:21h.

Simbólico varapalo para el Ayuntamiento de Ajalvir, gobernado por la Agrupación Independiente de Ajalvir (AIA), tras hacerse pública la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número de 9 de Madrid de anular el acuerdo contra la colocación de una pancarta o emblema del movimiento LGTBI en la fachada junto a las banderas oficiales el 28 de junio de 2023.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, el juez estima el recurso frente a la resolución impugnada por la Asociación de Vecinos de Ajalvir por no ser conforme a derecho, declarando así su nulidad. Entre otras razones, se apoya en el artículo 22 de la ley de Protección integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid, el cual recoge que «la obligación de instalar pancartas y emblemas en las instalaciones públicas se refiere solo a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Madrid». Para el resto de ayuntamientos solo es una recomendación, no una obligación.

Asimismo, la ley 39/1981, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, no dice nada en relación a la instalación de otras pancartas o emblemas diferentes a las banderas oficiales. «En realidad, la Administración ni los poderes públicos como tales gozan de libertad de expresión. Por consiguiente, la Administración debe abstenerse de manifestar su opinión en los debates presentes en la opinión pública, manteniendo respecto de los mismos una cierta neutralidad», reza la sentencia.

Añade, además, una primera sentencia del TSJ del País Vasco y una posterior del de Navarra, a las que hace referencia el recurrente, que consideran no legal la instalación en edificios municipales de emblemas no oficiales. Y recuerda el principio de neutralidad ideológica del Estado, cuyo deber «impide que algún tipo de opinión o ideología sea fomentada, propiciada, asumida o de cualquier forma protegida por las Administración Públicas».

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2728 en: 23 de Noviembre de 2024, 07:37:03 am »

Condenados a costas cuatro particulares que denunciaron el izado de banderas LGTBI en Cáceres


Tendrán que pagar entre 500 y 1.000 euros tras perder un contencioso contra el Ayuntamiento cacereño por la colocación de las enseñas en el edificio consistorial en 2022

María José Torrejón
María José Torrejón

Cáceres

Viernes, 22 de noviembre 2024, 14:28


Un juzgado de Cáceres ha condenado a pagar las costas del procedimiento a cuatro particulares que denunciaron el izado de banderas LGTBI en el edificio del Ayuntamiento de la capital cacereña en junio de 2022. Tendrán que pagar entre 500 y mil euros tras ...




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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2729 en: 02 de Diciembre de 2024, 14:54:37 pm »
Mal día para la ultraderecha.


El Supremo autoriza la exhibición de la bandera arcoíris en edificios públicos el día del Orgullo


El tribunal considera que no representa una postura política ni fomenta ningún tipo de confrontación.

madrid, 02/12/2024 13:09 Actualizado: 02/12/2024 13:34 Público / Efe
El Tribunal Supremo ha respaldado la colocación de la bandera arcoíris LGTBIQ+ en edificios públicos durante las celebraciones del Orgullo, al considerar que no representa un "símbolo de carácter partidista" ni promueve "ningún tipo de conflicto".

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictaminado que tanto la Diputación de Valladolid como el Ayuntamiento de Zaragoza actuaron dentro de la legalidad al exhibir la bandera arcoíris. En el caso de Valladolid, se colocó en el patio interior del edificio, mientras que en Zaragoza se desplegó en el balcón.

En dos sentencias redactadas por el magistrado Pablo Lucas, el Tribunal Supremo señala que la bandera arcoíris "no se utiliza para sustituir ni subordinar a las banderas oficiales, no representa un símbolo de carácter partidista y tampoco incita a ningún tipo de confrontación". Por el contrario, destaca que este símbolo promueve la igualdad entre las personas, un valor que está reconocido tanto por la Constitución como por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El PSOE excluye a las personas 'queer' y a identidades enmarcadas como 'plus' de sus documentos políticos
Así, el Supremo rechaza el recurso interpuesto por la asociación Abogados Cristianos en el caso de Zaragoza y falla a favor de la Diputación Provincial de Valladolid, anulando la sentencia del Tribunal Superior de Castilla y León que había acogido la apelación de dicha asociación ultracatólica.

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Un acto de promoción de la igualdad y derechos LGTBIQ+
Las sentencias aclaran que en estos casos no se aplica la ley que regula el uso de la bandera de España ni otras banderas oficiales, y argumentan que no existe contradicción entre la decisión actual y las resoluciones previas sobre el izado de una bandera autonómica diferente a la estatutaria o la exhibición de símbolos y mensajes de carácter partidista en edificios públicos.

Según las sentencias, el uso de la bandera LGTBIQ+ está respaldado por la ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

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Un adolescente pierde la visión en un ojo tras una agresión homófoba en Manresa
Las sentencias explican que el uso de la bandera LGTBIQ+ está respaldado por la ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que reconoce el derecho de todas las personas a no ser discriminadas, entre otros motivos, por su orientación o identidad sexual. Este principio también está incluido en la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y en la legislación que garantiza los derechos de las personas LGTBIQ+.

En este sentido, el Supremo concluye que la exhibición de la bandera no infringe la obligación de objetividad de las administraciones públicas ni compromete la neutralidad que deben mantener. Por el contrario, considera que esta acción se enmarca dentro de las actuaciones que deben llevar a cabo para promover la igualdad.

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El voto disidente de un magistrado
Ambas sentencias incluyen el voto particular discrepante de uno de los cinco magistrados del tribunal, José Luis Requero, quien considera que la colocación de banderas LGTBIQ+ en edificios de titularidad pública infringe la obligación de neutralidad y objetividad que la Constitución otorga a las administraciones.

Requero argumenta que el movimiento LGTBIQ+, representado por la bandera arcoíris, engloba "siglas que abarcan diversas tendencias sexuales y que sostienen postulados diferentes, incluidos los de la denominada ideología de género", los cuales, según él, no son pacíficos y generan división en la sociedad, ya sea por motivos de creencias o ideología.

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Además, sostiene que "una cosa es la consecución de objetivos inspirados en principios plausibles como la igualdad, el respeto, la inclusión y la tolerancia, y otra muy diferente es que una administración pública vaya más allá de cumplir esos objetivos y termine abanderando −y utiliza la palabra 'abanderar' de forma intencionada− postulados ideológicos controvertidos que subyacen al símbolo que origina el litigio".

 

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2730 en: 02 de Diciembre de 2024, 18:22:54 pm »
Da igual lo que diga el TS, donde VOx tenga suficiente fuerza. . . no habrá banderas arcoíris en edificios públicos. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2731 en: 02 de Diciembre de 2024, 18:31:28 pm »

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Himnos y banderas
« Respuesta #2732 en: 02 de Diciembre de 2024, 23:30:23 pm »
El Alcalde que sea del Real Madrid que ponga la de dicho equipo, y así con todo...