Autor Tema: jurar "por imperativo legal"  (Leído 13919 veces)

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Re:jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #60 en: 03 de Diciembre de 2019, 16:34:21 pm »
Da igual la coletilla, con ella o sin ella, de lo que se trata es de acatar la Constitución, todo lo demás son adornos para sus parroquias

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Re:jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #61 en: 04 de Diciembre de 2019, 06:33:31 am »



NUEVA POLÉMICA EN EL CONGRESO
La sentencia de 1990 por la que se pueden añadir coletillas al acatar la Constitución
"No resulta congruente una interpretación de la obligación de prestar acatamiento a la Constitución que antepone un formalismo rígido a toda otra consideración", sostiene el TC

Autor
P. Gabilondo
Contacta al autor
@p_gabilondo

03/12/2019 19:37 - Actualizado: 03/12/2019 20:16

Por España, por la república catalana, por el planeta e incluso por las Trece Rosas. El arranque de la XIV Legislatura en el Congreso ha dejado todo tipo de alternativas al habitual 'sí, juro' o 'sí, prometo' a la hora de acatar la Constitución. Una vez finalizada la sesión, el PP y Vox han anunciado acciones legales contra las fórmulas empleadas por algunos diputados, polémica que no es nueva para los jueces: hace 29 años, el Tribunal Constitucional ya dictaminó que no hay problema en añadir frases al juramento siempre y cuando el acatamiento sea claro.

Arranca la tercera legislatura del año

La sentencia de 1990 analiza precisamente una de las coletillas que nacionalistas e independentistas siguen utilizando a día de hoy al jurar la Constitución: "Por imperativo legal". Durante el comienzo de la IV Legislatura, el socialista Félix Pons expulsó del hemiciclo a tres miembros de Herri Batasuna por añadir esta frase y les negó la "condición plena" de diputados, polémica que terminó en manos del Constitucional. Lejos de dar la razón a Pons, los magistrados echaron por tierra su medida al considerar que "la expresión añadida no tiene valor condicionante ni limitativo de la promesa", poniendo así punto y final al 'sí, juro' y 'sí, prometo' como únicas opciones.

Pinche en la imagen para leer la sentencia completa.
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El tribunal, con Francisco Tomás y Valiente como presidente, entró además en el fondo del asunto a la hora de razonar su decisión: "En un Estado democrático que relativiza las creencias y protege la libertad ideológica; que entroniza como uno de sus valores superiores el pluralismo político; que impone el respeto a los representantes elegidos por sufragio universal en cuanto poderes emanados de la voluntad popular, no resulta congruente una interpretación de la obligación de prestar acatamiento a la Constitución que antepone un formalismo rígido a toda otra consideración, porque de ese modo se violenta la misma Constitución de cuyo acatamiento se trata".

Mientras el juramento no deje lugar a dudas, el Constitucional defiende por tanto que se pueden añadir frases al mismo, incluso cuando estas tengan una connotación política. Esta última idea queda clara en la parte final de la sentencia, en la que se subraya que "los diputados son representantes del pueblo español considerado como unidad, pero el mandato que cada uno de ellos ha obtenido es producto de la voluntad de quienes los eligieron determinada por la exposición de un programa político jurídicamente lícito", por lo que están en su derecho de "afirmar públicamente que solo por imperativo legal acatan la Constitución".
Críticas contra Batet por permitirlo

A la vista del sinfín de fórmulas que se estaban utilizando este martes para acatar la Constitución, el PP, Vox y Ciudadanos han cargado contra la presidenta del Congreso, Meritxell Batet. Los dos primeros partidos han anunciado también que recurrirán esta decisión ante el Tribunal Constitucional, a lo que la socialista no ha dudado en responder que es precisamente este tribunal el que permite ir más allá del 'sí, juro' o 'sí, prometo'. Batet también ha subrayado la reciente resolución de la Junta Electoral Central que, tras la toma de posesión de los eurodiputados, concluyó que las fórmulas son admisibles porque el Constitucional permite "expresiones que tienen un sentido modal o causal" y que no implican "condición alguna".

"Por España" o "por los presos políticos": los diputados acatan con su cuña publicitaria

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Re:jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #62 en: 13 de Enero de 2020, 10:12:15 am »
Pablo Iglesias....con lealtad al Rey.

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Re:jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #63 en: 13 de Enero de 2020, 10:31:40 am »
Madrid bien vale una misa . . . superado lo del casoplón de Galapagar y una vez convertidos en marqueses, ya que más da otra incongruencia más, son lo que son, la casta que tanto repudiaban . . .

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Re:jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #64 en: 14 de Febrero de 2020, 17:54:56 pm »


Vox recurre en el Tribunal Constitucional los juramentos de 29 diputados



El partido presenta un recurso de amparo contra la decisión de la presidenta del Congreso de dar por válidos los juramentos de diputados separatistas.

Espinosa de los Monteros, en una imagen reciente. | Jesús Hellín (Europa Press)
Maite Loureiro Seguir a Maiteloureiro_
Este viernes Vox ha presentado un recurso de amparo en el Tribunal Constitucional contra las fórmulas de juramento empleadas por hasta 29 diputados para tomar posesión de su escaño, al entender que son ilegales. Entre ellas las utilizadas por Gabriel Rufián, Laura Borrás, Joan Capdevila, Jordi Salvador, Oskar Matute o Inés Cunillera, todos ellos separatistas.

En su escrito, el partido argumenta que, a pesar de que "la jurisprudencia del TC puede considerar que están amparadas por la libertad de expresión", se utilizaron "vocablos ininteligibles que han impedido que se recoja taquigráficamente su constancia en el Acta, se emplearon fórmulas abiertamente contrarias al orden constitucional o no han cumplido con su obligación de prestar formalmente acatamiento de la Constitución".


Vox incluye algunas de las expresiones utilizadas como "sí, prometo, por imperativo legal, hasta la creación de la República Vasca", "contra el fascismo, el franquismo y el racismo, por la libertad de los presos políticos y por la república catalana, y por imperativo legal, sí prometo, por los exiliados políticos" o también "por la libertad del pueblo de Cataluña y el mandato del 1 de octubre, por la libertad de los presos políticos y por imperativo legal, sí, prometo".


Los diputados de Vox que han acudido al Tribunal Constitucional para presentar el recurso han sido el portavoz parlamentario, Iván Espinosa de los Monteros, la secretaria general del grupo en el Congreso, Macarena Olona, y el diputado por Barcelona, Juanjo Aizcorbe.

La presidenta del Congreso, Meritxel Batet, dio por válidas similares expresiones empleadas durante la anterior Legislatura, asegurando que estaban amparadas por el Tribunal Constitucional. En ese momento, PP, Vox y Cs anunciaron acciones legales al entender que no se ajustaban a la legalidad, ni cumplían con el mandato de la Constitución por lo que no se les podía reconocer su condición de diputados.

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Re:jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #65 en: 11 de Junio de 2020, 06:34:16 am »
El sector conservador del Constitucional pide estudiar una denuncia de Vox para dejar sin escaño a 29 diputados por su forma de prometer el cargo

Un grupo de seis magistrados ha presentado un escrito solicitando que el debate se realice en pleno y aborde la posibilidad de dejar en el aire todo lo aprobado en esta legislatura: del nombramiento de Sánchez a los estados de alarma
Gonzalo Cortizo
10/06/2020 - 22:08h

El sector más conservador del Tribunal Constitucional quiere abrir el debate sobre la nulidad de la condición de diputados de 29 miembros de formaciones independentistas y de Unidas Podemos. Se trata de parlamentarios que usaron fórmulas innovadoras para tomar posesión de su cargo durante la Constitución de las Cortes el pasado 3 de diciembre.

Durante aquella tensa sesión que inauguró la actual legislatura, 29 diputados de formaciones como ERC, JxCat, PNV, BNG, Bildu o Unidas Podemos adornaron sus fórmulas para acatar la Constitución con añadidos de cariz ideológico y referencias nacionalistas, republicanas o ecologistas. Un ejemplo de esto último fue la intervención protagonizada por Juan López Uralde aquel día, cuando prometió acatar la Carta Magna "por todo el planeta".

Las primeras quejas se produjeron durante esa misma jornada: Vox, PP y Ciudadanos solicitaron que la presidenta del Congreso no diera por buena la receta empleada por esos 29 diputados. Meritxell Batet no aceptó las reclamaciones y respondió a las bancadas más molestas afirmando que "política es pedagogía". Visiblemente molesto, Pablo Casado, líder de los populares, anunció desde su escaño que llevaría su queja ante el Constitucional. Lo acabaría haciendo. Pero Vox llegó antes.

En su escrito de amparo ante el tribunal de garantías, la formación de extrema derecha reclamó que todos los procedimientos parlamentarios adoptados desde diciembre de 2019 quedasen sin efecto, al entender que 29 de los votos contabilizados durante las votaciones acaecidas desde entonces nunca debieron haber sido tenidos en cuenta. Vox discute, apoyado en ese punto, la legitimidad de toda la legislatura: del nombramiento de Pedro Sánchez como presidente a los estados de alarma, cuya convalidación ha sido objeto de votación parlamentaria en los últimos meses.

La petición no pasaría, en principio, a más. Pero la formación de Abascal ha encontrado en el Constitucional un sector de magistrados sensibles a sus reclamaciones. "Los postulados de Vox están encontrando receptividad en la casa", asegura a esta redacción un magistrado del mismo.

El escrito llegó a principios de año pero se encontró con cierto atasco en la ventanilla de entrada porque aún no se habían resuelto otras reclamaciones similares sobre el mismo episodio pero referido a la legislatura corta de 2019, en la que Pedro Sánchez no consiguió salvar la investidura y hubo que volver a votar.

Aquellos primeros recursos (dos del Partido Popular y uno de Ciudadanos) llegaron a la mesa de la Sala Primera del Constitucional para su estudio y resolución. Esa sala, compuesta por seis magistrados y presidida por el conservador Juan José González Rivas, decidió archivarlos. Parecía que la reclamación había llegado al final de vía, pero no. Un grupo de magistrados, ajenos a esa sala, no estaba conforme con la decisión y exigió que el tema fuese abordado en una reunión del pleno. Para ello presentaron un escrito con seis firmas solicitándolo y otro en el que pedían lo mismo para abordar en el mismo escenario la reclamación más reciente de Vox.

Las normas que rigen el funcionamiento del Constitucional dicen que, para llevar un asunto al pleno, basta con que lo pidan tres o más magistrados y eso es lo que ha sucedido, según señalan a eldiario.es fuentes del tribunal. La propuesta de archivo adoptada por la sala primera se convierte así en papel mojado y el debate tendrá que reiniciarse desde cero en el pleno, en donde los magistrados próximos al PP y a Vox son mayoría. Solo las firmas que piden impulsar el debate suponen la mitad de los miembros que configuran el pleno. Toda la presión sobre el presidente del organismo, el conservador Juan José González Rivas, partidario inicialmente de archivar las reclamaciones de las tres derechas.

La Sala Primera tomará la decisión formal de pasar la pelota al pleno en la reunión prevista para el próximo lunes 15. No tiene otra opción que arrojar a la papelera su propuesta de archivo sobre los recursos referidos a 2019 y resucitar las reclamaciones de Vox y Partido Popular para poner en cuarentena todo lo que se hizo en aquella legislatura y en la actual, incluida la investidura de Pedro Sánchez como presidente.

La irrupción de Vox en el Congreso con 52 escaños tras las elecciones del 10N le ha abierto a los de Abascal la puerta del Tribunal Constitucional por una doble vía. Al superar la cifra de 50 parlamentarios, puede plantear a placer cuantos recursos consideren ante el tribunal de garantías. Y no solo eso, sus peticiones empiezan a generar adeptos entre el sector de magistrados tradicionalmente asimilados a las tesis del PP y que ahora están empezando a dar pasos hacia posiciones de extrema derecha.

Recientemente el Constitucional ha admitido a trámite otra polémica petición de Vox: un recurso que impugna el estado de alarma y, por tanto, todas las decisiones que han limitado la movilidad adoptadas por el ejecutivo de Sánchez en su condicion de mando único.

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« Respuesta #66 en: 12 de Junio de 2020, 07:23:44 am »

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Re: jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #67 en: 22 de Abril de 2021, 08:29:36 am »

El Constitucional revisará las fórmulas de juramento de los diputados y senadores de ERC y JxCat
El tribunal admite por unanimidad los recursos de amparo -dos del PP y uno de Vox-. Puede haber consecuencias inmediatas si se declaran esas fórmulas como inconstitucionales.
21 abril, 2021 15:58

E. E. | Agencias

El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos del PP y Vox contra las fórmulas de juramento de varios diputados y senadores de la actual legislatura.

En tres providencias, el tribunal de garantías admite por unanimidad los recursos de amparo -dos del PP y uno de Vox- contra los acuerdos de la Presidencia y Mesa tanto del Congreso como del Senado de diciembre de 2019 que dieron como válidos los juramentos emitidos por determinados diputados y senadores que han sido cuestionados por ambas formaciones políticas.

Ambos partidos piden que se revisen las controvertidas fórmulas de acatamiento de los diputados de partidos como ERC o JxCat en el Congreso y el Senado, que hicieron referencia a "la república catalana" o "a los presos políticos".

Los magistrados consideran que los recursos pueden dar ocasión para aclarar o cambiar la doctrina del Tribunal, como consecuencia del surgimiento de nuevas realidades sociales y porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales.

Se da la circunstancia de que el Constitucional ya admitió por estos mismos motivos el pasado septiembre, los recursos del PP y Ciudadanos contra los acatamientos durante la anterior legislatura, que se produjeron entre los meses de mayo y junio de 2019.

La diferencia entre los dos grupos de recursos es considerable, puesto que si los primeros amparos tienen ya un carácter más simbólico al haber terminado esa legislatura, no sucede lo mismo con estos segundos, ya que aquí sí que puede haber consecuencias inmediatas si se declaran esas fórmulas como inconstitucionales.


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Re: jurar "por imperativo legal"
« Respuesta #69 en: 06 de Junio de 2023, 16:47:09 pm »

El Constitucional avala las extravagantes fórmulas de juramento de los diputados con cuatro votos en contra


ÁNGELA MARTIALAY
Actualizado Martes, 6 junio 2023 - 15:27
El Pleno desestima el recurso de amparo interpuesto por ocho diputados del Partido Popular

Las magistradas María Luisa Segoviano (en primer término) y Concepción Espejel.
Las magistradas María Luisa Segoviano (en primer término) y Concepción Espejel.
ANTONIO HEREDIA

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El Tribunal Constitucional avala las extravagantes fórmulas de juramento empleadas por algunos diputados en el Congreso. El Pleno, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano, ha desestimado este martes el recurso de amparo interpuesto por ocho diputados del Partido Popular. El fallo cuenta con cuatro votos en contra de los miembros del bloque conservador de la corte de garantías.

En concreto, el recurso se interpuso contra el acuerdo de la presidenta del Congreso de los Diputados, Mertixell Batet, adoptado en la sesión constitutiva de la XIII Legislatura celebrada el 21 de mayo de 2019, de tener por debidamente prestado el juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y, por tanto, adquirida la condición plena de diputados de veintinueve representantes electos que utilizaron fórmulas de acatamiento de la Constitución añadidas a la expresión sí juro o sí prometo.

Las fórmulas de juramento empleadas por algunos parlamentarios de Unidas Podemos, ERC, Junts per Cat, la CUP, Bildu, el PNV, Teruel Existe, el PRC, el BNG y Compromís -por "por la República catalana", "por el planeta" o "por la libertad de los pueblos indígenas"- fueron impugnadas por el PP al considerar que contravenían el derecho de representación política. Los populares argumentaron que el aceptar la validez de estas fórmulas de acatamiento de la Constitución era contrario a la naturaleza de su representación política por verse afectada la propia conformación del Congreso y añadía que suponía además un trato desigualdad entre representantes, ya que quienes habían acatado la Carta Magna conforme a las exigencias normativas habían tenido que soportar que otros diputados utilizaran fórmulas distintas de las previstas legalmente.


La sentencia del Constitucional hace un análisis de la jurisprudencia constitucional previa sobre el derecho invocado, destacando que el artículo 23.2 de la Constitución no consagra un derecho al respeto de todas las prescripciones de los reglamentos.

El fallo concluye que no queda acreditado que la decisión de la presidenta del Congreso haya incidido, cercenándolos, en los derechos y facultades que conforman el estatus propio del cargo de diputado del Congreso del que son titulares los demandantes. Afirma que no se ha producido un trato desigual entre los diputados, ya que fueron validadas todas las fórmulas de acatamiento y la pretensión de los demandantes, de que debía de haberse dispensado un trato diferente a los concretos veintinueve diputados que utilizaron fórmulas de acatamiento añadidas, encierra una petición de que se dispense un tratamiento distinto entre supuestos que entienden como desiguales, que no queda amparado por el principio de igualdad. El Pleno descarta que la decisión impugnada afecte al derecho de estos últimos a ejercer también en plenitud sus funciones parlamentarias de acuerdo con las previsiones legales.

"SÍ JURO" O "SÍ PROMETO"
Han formulado voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y la magistrada Concepción Espejel, quienes consideran que si bien es cierto que la sentencia aprobada no prejuzga la cuestión de la validez de las fórmulas utilizadas para acceder al cargo por los diputados identificados en la demanda de este recurso de amparo, el TC ha desaprovechado la ocasión para despejar una opinión que erróneamente se viene repitiendo en las sesiones de constitución de las distintas legislaturas y es que es válida cualquier fórmula que preceda o acompañe a la inevitable de "sí juro" o "sí prometo".

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Por su parte, el magistrado Cesar Tolosa también discrepa de la decisión adoptada por el Pleno. En su opinión, los recursos de amparo debieron ser estimados. Considera que la decisión de la presidenta Batet de atribuir la condición de diputados a quienes mediante la utilización de fórmulas de juramento o promesa del deber de acatar la Carta Magna en algunos casos ininteligibles y en otros acompañadas de cláusulas o expresiones incompatibles con el contenido de la propia Constitución que se manifestaba acatar, desnaturalizó, al no quedar legalmente constituidas, la representación colegiada y conjunta del pueblo español que se atribuye a las Cortes Generales. Consecuentemente socavó la esencia misma de la condición de diputados de quienes sí habían adquirido tal condición, vulnerando los derechos de los recurrentes reconocidos en el artículo 23.2 de la Constitución, al privarles de su función angular, esto es, la de concurrir a la conformación constitucional de las Cortes Generales como representantes del pueblo español, antes incluso de que se celebrara la solemne sesión de apertura de la legislatura.