Autor Tema: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros  (Leído 20510 veces)

Desconectado ALF78

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Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« en: 24 de Julio de 2006, 11:56:45 am »
Buenas a todos, una pregunta sobre el tema de los quads:
Los que estan dados de alta como vehiculos agrícolas, ?tienen que llevar el pirulo naranja?
« Última modificación: 03 de Marzo de 2011, 17:17:26 pm por 47ronin »
La cabeza se hizo para pensar. Lo de llevar gorra vino luego...

Desconectado chax

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #1 en: 24 de Julio de 2006, 12:04:02 pm »
Según el RGV sí.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

Desconectado Areo

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #2 en: 24 de Julio de 2006, 12:11:02 pm »
Yo entiendo que si no van a menos de 25km/h no tienen por que llevarla.
Nadie nos quiere, Todos nos necesitan.

Desconectado 47ronin

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #3 en: 24 de Julio de 2006, 12:20:24 pm »
Modelos infantiles: No son matriculables y no están considerados en ninguno de los apartados a los que se refiere el Reglamento General de Vehículos. Su uso se limita a las fincas privadas o a circuitos cerrados al tráfico.

Vehículos especiales: Su matrícula es de color rojo y pueden tener la consideración de maquinaria agrícola o de obra. Su potencia es muy elevada, pero no es obligatorio el uso del casco. Pueden circular en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo especial, incluso por autopistas si alcanzan una velocidad superior a los 60 kilómetros por hora. Cuando no exista parte de la calzada que les esté especialmente destinada, deben circular por el arcén de su derecha.

Cuatriciclos: Homologados como ciclomotores, con matrícula de color amarillo. Debe utilizarse siempre el casco, pues el artículo 118 del Reglamento de Circulación impone esta obligación a los conductores y pasajeros de motocicletas de dos ruedas, a los de ciclomotores y a los de cuatriciclos. No pueden transportar a pasajeros menores de 12 a?os y su circulación está totalmente prohibida en autopistas y autovías.

Desconectado chax

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #4 en: 24 de Julio de 2006, 12:23:23 pm »
Se matriculan como vehículos especiales por las ventajas fiscales que conlleva matricularlos de esa manera, aunque la realidad de uso es bien distinta.
Si se matriculan como vehículos especiales, estan sujetos a las limitaciones de este tipo de vehiculos.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

Desconectado Suzuka

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #5 en: 24 de Julio de 2006, 12:28:49 pm »
matriculado el bicho como vehículo especial :

- No tiene obligación de llevar el casco

- No tiene obligación de llevar la V-2 (ROTATIVO AMBAR) salvo que no supere los 40 km/h, cosa poco probable en una máquina de las actuales enfocadas al uso de ocio y no como vehículo de trabajo.

- Tiene que poseer el permiso de conducción de la clase B para conducir el mismo.

- En la tarjeta de ITV debes observar si indica la velocidad máxima a la que puede circular, si así fuera tendrá la limitación de 45 km/h y deberá llevar instalada la V-4 (SE?AL DE LIMITACION DE VELOCIDAD).
Si por el contrario no se encuentra reflejada velocidad alguna en la tarjeta de ITV como por sus condiciones pueden desarrollar una velocidad superior a 60 km/h en llano su limitación en las distintas vías será de 70 km/h o inferior en su caso.

- Obligatorio que lleve instalado ESPEJO IZQ, LUZ DE CRUCE, LUCES INDICADORAS DE DIRECCIÓN, LUZ DE FRENADO, LUZ PLACA MATRICULA, LUZ POSICIÓN DELANTERA Y TRASERA; CATADIOPTRICOS TRASEROS

- Seguro obligatorio en vigor.

- ITV De 4 a 10 a?os: Bienal
Más de 10 a?os: Anual

Creo que no me dejo nada en el tintero...
Y me llaman ¡¡RADICAL!!

Desconectado chax

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #6 en: 24 de Julio de 2006, 12:48:00 pm »
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 2042/1994,
de 14 de octubre, por el que se regula la inspección
técnica de vehículos.
El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que
se regula la inspección técnica de vehículos, queda modificado
como se dispone a continuación:
Uno. El apartado 1 del artículo 6 queda redactado en
los siguientes términos:
?1. La inspección técnica periódica de los vehículos
se hará con la siguiente frecuencia:
a) Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos,
quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos
ligeros.

Antigüedad:
Hasta cuatro a?os: exento.
De más de cuatro a?os: bienal.
b) Ciclomotores de dos ruedas.
Antigüedad:
Hasta tres a?os: exento.
De más de tres a?os: bienal.
c) Vehículos de uso privado dedicados al transporte
de personas, excluidos los que figuran en los
epígrafes a) y b), con capacidad hasta nueve plazas,
incluido el conductor, autocaravanas y vehículos
vivienda.
Antigüedad:
Hasta cuatro a?os: exento.
De más de cuatro a?os: bienal.
De más de diez a?os: anual.
d) Ambulancias y vehículos de servicio público
dedicados al transporte de personas, incluido el
transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con
capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
Antigüedad:
Hasta cinco a?os: anual.
De más de cinco a?os: Semestral.
e) Vehículos de servicio de alquiler con o sin
conductor y de escuela de conductores, dedicados
al transporte de personas con capacidad de hasta
nueve plazas, incluido el conductor, incluyendo las
motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos,
quads, ciclomotores y cuadriciclos ligeros.
Antigüedad:
Hasta dos a?os: exento.
De dos a cinco a?os: anual.
De más de cinco a?os: semestral.
f) Vehículos dedicados al transporte de personas,
incluido el transporte escolar y de menores, con
capacidad para diez o más plazas, incluido el conductor.
Antigüedad:
Hasta cinco a?os: anual.
De más de cinco a?os: semestral.
g) Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados
al transporte de mercancías o cosas, de MMA ≤ 3,5 Tm
(masa máxima autorizada menor o igual a 3,5 Tm).
Antigüedad:
Hasta dos a?os: exento.
De dos a seis a?os: bienal.
De seis a diez a?os: anual.
De más de diez a?os: semestral.
h) Vehículos dedicados al transporte de mercancías
o cosas, de MMA > 3,5 Tm.
Antigüedad:
Hasta diez a?os: anual.
De más de diez a?os: semestral.
i) Caravanas remolcadas de MMA > 750 kg.
Antigüedad:
Hasta seis a?os: exento.
De más de seis a?os: bienal.
j) Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada,
remolques agrícolas y otros vehículos
agrícolas especiales, excepto motocultores y máquinas
equiparadas.

Antigüedad:
Hasta ocho a?os: exento.
De ocho a dieciséis a?os: bienal.
De más de dieciséis a?os: anual.
k) Vehículos especiales destinados a obras y
servicios y maquinaria autopropulsada, con exclusión
de aquellos cuya velocidad por construcción
sea menor de 25 Km/h.
Antigüedad:
Hasta cuatro a?os: exento.
De cuatro a diez a?os: bienal.
De más de diez a?os: anual.
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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #7 en: 24 de Julio de 2006, 12:58:53 pm »
Rectifico la metedura de pata  ;cosc;

NO tienen que llevar pirulo naranja.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #8 en: 24 de Julio de 2006, 15:15:29 pm »
matriculado el bicho como vehículo especial :

- No tiene obligación de llevar el casco

- No tiene obligación de llevar la V-2 (ROTATIVO AMBAR) salvo que no supere los 40 km/h, cosa poco probable en una máquina de las actuales enfocadas al uso de ocio y no como vehículo de trabajo.

- Tiene que poseer el permiso de conducción de la clase B para conducir el mismo.

- En la tarjeta de ITV debes observar si indica la velocidad máxima a la que puede circular, si así fuera tendrá la limitación de 45 km/h y deberá llevar instalada la V-4 (SE?AL DE LIMITACION DE VELOCIDAD).
Si por el contrario no se encuentra reflejada velocidad alguna en la tarjeta de ITV como por sus condiciones pueden desarrollar una velocidad superior a 60 km/h en llano su limitación en las distintas vías será de 70 km/h o inferior en su caso.

- Obligatorio que lleve instalado ESPEJO IZQ, LUZ DE CRUCE, LUCES INDICADORAS DE DIRECCIÓN, LUZ DE FRENADO, LUZ PLACA MATRICULA, LUZ POSICIÓN DELANTERA Y TRASERA; CATADIOPTRICOS TRASEROS

- Seguro obligatorio en vigor.

- ITV De 4 a 10 a?os: Bienal
Más de 10 a?os: Anual

Creo que no me dejo nada en el tintero...

y sobre lo de la velocidad: he visto quads matriculados como vehiculos especiales, con una se?al de velocidad maxima de 45 km/h; esos quads alcanzan una velocidad muy superior a 45 km/h ( al igual que la mayoria de los ciclomotores) esos quads si que deberian lllevar el rotativo no?

se les podria mater por la velocidad y por no llevar el pirulo?
No importa lo fuerte que golpeas, sino lo fuerte que pueden golpearte y lo que aguantas mientras avanzas, hay que soportar sin dejar de avanzar.

Desconectado chax

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #9 en: 24 de Julio de 2006, 19:29:36 pm »
Por la velocidad,con un cinemometro, si.
Por el pirulo no puesto que no estan obligados a llevarlo.
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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #10 en: 25 de Julio de 2006, 00:43:16 am »
Cómo bien dice Chax con el cinemometro te lo podrías crujir, y los obligados a portar la se?al V-2 serán los que no superen los 40 km/h...

Saludosssss
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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #11 en: 25 de Julio de 2006, 21:45:03 pm »
muy eficientes todos ;pal; ;pal; ;pal;
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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #12 en: 26 de Julio de 2006, 15:35:53 pm »
.

bicho1

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #13 en: 30 de Julio de 2006, 00:04:16 am »
0

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #14 en: 30 de Julio de 2006, 02:14:10 am »
Yo soy del CNP y no estoy muy puesto en esto del Reglamento General de Vehículos y de la LSV, cuando hablais de aparatitos de esos como los cinemometro ?Estan todas las localidades  dotadas con ellos? ? o de lo contrario me quedo con las ganas de empurarme a uno de estos personajes?

Espero que esto de los Quad empiece a bajar, por que hay dia es bastante facil que se escape un indiviudo de estos con dicho vehículo.

A ver si poneis casos en los que puedan ser sancionados para que asi nos aclaremos un poquito.

Un Saludo .... :mot:   :lect

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #15 en: 01 de Agosto de 2006, 10:09:59 am »
En las localidades que dispongan de cinemómetro, siempre intentaran cazar excesos de velocidad con vehiculos de 4 ruedas o motocicletas, rara vez saldran a cazar Quads, mas que nada por su escaso numero en nuestras carreteras.

Se suelen dar mas en zonas rurales, de playa o lugares de vacaciones etc., por lo que será muy raro que cualquier policia municipal se ponga con un cinemometro a pillar a este tipo de vehiculos.
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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #16 en: 01 de Agosto de 2006, 12:21:29 pm »
a mi juicio,la luz v2 no es necesaria porque es para marcar la velocidad anormalmente reducida del vehiculo,q en ciudad es 50..a mas de 25 si van,una retroescabadora no..osea q ni pueden superar la velocidad q han citado antes y no van por debajo de 25..asi q no creo q lo necesiten ,otra cosa es q vayan a 120 en dos ruedas.
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
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"quotquotYA NADIE HABITA EL VALLE"quotquot

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #17 en: 01 de Agosto de 2006, 20:02:14 pm »
Gracias por contestar. Un saludo...

 :risba           :mus;           ;pal;

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #18 en: 01 de Agosto de 2006, 21:34:16 pm »
Solo cuando circulen en servicio de obra o lo hagan a una velocidad que entorpezcan la circulacion

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Re: Quads, híbridos, eléctricos, especiales y otros
« Respuesta #19 en: 01 de Agosto de 2006, 22:45:53 pm »
Joder, es que no se como se suben archivos completos al foro, si no ponía la legislacion completa.
Que algun webmaster me diga como hacerlo.
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