Encuesta

Se debe eliminar el cachete como medida correctora?

A favor
17 (14.8%)
En contra
94 (81.7%)
No sabe
4 (3.5%)

Total de votos: 111

Autor Tema: La autoridad de los padres para con sus hijos  (Leído 89631 veces)

Desconectado Ruino

  • Master
  • ****
  • Mensajes: 1349
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #840 en: 30 de Enero de 2020, 18:45:47 pm »
Pobre chaval, su padre es un capullo

Es subnormal, y si el padre del niño que está en el suelo lo oye...

Desconectado Der Kaiser

  • Druida
  • ****
  • Mensajes: 9755
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #841 en: 31 de Enero de 2020, 00:01:01 am »
Pobre chaval, su padre es un capullo

Es subnormal, y si el padre del niño que está en el suelo lo oye...

Pues igual se hubiese quedado sin dientes y así no diría burradas, menudo retrasado.

Desconectado Der Kaiser

  • Druida
  • ****
  • Mensajes: 9755
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #842 en: 31 de Enero de 2020, 00:02:12 am »
Pero que autoridad si son del estado no?!

 ;ris; ;ris; ;ris;

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #843 en: 12 de Febrero de 2020, 15:27:01 pm »

PEDÍAN TRES AÑOS DE CÁRCEL


Condena a una madre que maltrató a su hijo por sacar malas notas


Un juzgado de Vigo castiga a la progenitora a tres meses de alejamiento del menor y al pago de una multa

 
REDACCIÓN / AGENCIAS, VIGO
12/02/2020 14:12
El Juzgado de lo Penal Número 1 de Vigo ha acogido este miércoles una vista a puerta cerrada contra una mujer que maltrató a su hijo porque sacó malas notas y otros problemas domésticos. Según el escrito de la Fiscalía, la procesada sometió al niño a “constantes vejaciones y malos tratos físicos”, como bofetadas “injustificadas” e insultos –le llamó “burro” y “don nadie”.

Además, según el Ministerio Público, la mujer en uno de los episodios relatados golpeó al menor en un ojo, lesión que activó la alarma de la profesora del niño, que lo llevó a un centro médico. Por todo ello, la Fiscalía solicitaba inicialmente contra la acusada penas que sumaban casi tres años de cárcel.


Los hechos
La acusada golpeó al menor en un ojo y le propinó bofetadas injustificadas

No obstante, el juzgado ha sentenciado a la madre a tres meses de alejamiento de su hijo y al pago de una multa por haber maltratado al menor debido a sus malas notas y otros problemas. Una condena que llega después de que la defensa de la mujer y la Fiscalía hayan llegado a un acuerdo a la vista de un informe de la Xunta aportado por la madre en el que se certifica que la situación familiar se ha normalizado y que, de hecho, la acusada y su hijo están conviviendo.

En este sentido, el juzgado ha aplicado a la procesada –V.C.C.- la atenuante analógica muy cualificada de enajenación mental en “atención a la difícil situación personal, por problemas familiares y económicos” que atravesaba en el momento de los hechos, según han indicado fuentes judiciales consultadas.

Tras la sentencia
La defensa de la mujer podría solicitar el indulto respecto a la condena de alejamiento

Tras el acuerdo alcanzado, la acusada ha aceptado una condena de dos meses de prisión (que se sustituyen por cuatro meses de multa) por un delito de maltrato habitual. Por ese delito también se le prohíbe acercarse o comunicarse con su hijo durante un mes y se le aplica la prohibición de uso o tenencia de armas durante un año y medio.


Por otros dos delitos de maltrato no habitual ha sido condenado a diez días de trabajos comunitarios, dos años de prohibición de tenencia y uso de armas y otros dos meses de alejamiento del menor. Fuentes jurídicas han avanzado la posibilidad de que la defensa de la mujer solicite el indulto con respecto a las penas de alejamiento.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #844 en: 03 de Diciembre de 2020, 07:17:00 am »

Sentencia del Jugado de lo Penal Número 2 de Santiago de Compostela.

El bofetón de Cristina a su hijo que le ha costado 6 meses de alejamiento: la "insólita" sentencia
La condenada sostuvo durante el juicio, y sostiene ahora, que ese golpe nunca se produjo. La Fiscalía retiró la acusación al no ver indicios de delito. 
3 diciembre, 2020 02:43

Jaime Susanna @jaimesusanna

Cristina lo niega, el fiscal retiró la acusación y, sin embargo, una jueza ha condenado a esta madre gallega a seis meses de alejamiento de su hijo pequeño, de 10 años. El delito de la madre fue darle un bofetón al pequeño, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. La mujer condenada, asegura que ese golpe nunca ocurrió.

El Juzgado de lo Penal Número 2 de Santiago de Compostela falló el pasado 19 junio que Cristina era “autora de un delito de lesiones en el ámbito doméstico” y la condenó a las penas de “30 días de trabajos en beneficio de la comunidad” y “prohibición de aproximarse a menos de 200 metros” de su hijo durante seis meses. Pero el conflicto venía de mucho antes del fallo y en total esta madre lleva ya un año y medio sin ver al menor de sus hijos, el único varón.

El abogado de la mujer recalca a lo desmesurado de esta medida. “Yo no vi esto nunca”, asegura el letrado que prefiere no identificarse. “Incluso si hubo la bofetada, que no está claro, seis meses es una barbaridad”. ¿Estamos ante un caso de maltrato infantil o ante la legitima acción de una madre ante una rabieta infantil? El debate está servido.

La sentencia relata un único hecho probado, ocurrido “sobre las 15,00 horas del día 21 de diciembre de 2017 en el domicilio familiar en el que convivía el matrimonio”. Cristina se oponía a que el niño se fuera a dormir a casa de su hermana, mayor de edad, que responde a las siglas de L. S. “Se inició una discusión (...) El menor se enrabietó y L. se enfrentó a su madre, propinándole la acusada al menor una bofetada y llevándolo por la fuerza agarrado por el brazo derecho a su habitación, lo que provocó al menor una equimosis en la mejilla izquierda y molestias en la muñeca derecha por las que recibió una asistencia facultativa y que curaron en 2 días de perjuicio básico”, afirma el escrito.

Aunque esta fue la conclusión de la jueza, “el Ministerio Fiscal, en el trámite de conclusiones definitivas, retiró la acusación al no considerar debidamente acreditada la comisión de un delito por parte de la acusada”.


Extracto del fallo del tribunal.

Cristina narra algunas de las contradicciones en las que cayó la acusación particular, es decir, su propia hija y su exmarido, al que se refiere como “este señor” durante toda la conversación. “Me gustaría puntualizar que este señor reconoció en el juicio que él no vio que yo le diera ninguna bofetada”, explica la madre condenada en conversación telefónica con este periódico.

“También dijo que fue la policía quien llevó al niño al hospital. Pero fue su hermana. Por su parte, su hija L. aseguró ver el bofetón al pequeño y que también le dio otro a ella. “Si uno decía blanco, el otro decía negro. El fiscal vio tantas contradicciones que retiró la acusación”.
"Se creen superiores"

El conflicto que desencadenó en esta sentencia se inició años antes del bofetón de la discordia. Cristina pidió el divorcio a su marido, M.S.C., tras décadas de matrimonio y tres hijos en común. “Hace casi dos años se marchó a casa de L.”, es decir, la menor de sus hijas y madre de su único nieto. Desde ese primer momento, las hijas se posicionaron en favor del padre. ¿Por qué? “La familia de él se creen superiores a mí. Hacía años que malmetían en el matrimonio”.

Cristina asegura que nunca le fue infiel a su marido, aunque ahora sí que tiene una relación con otro hombre. Su exsuegro y su excuñado empezaron a insinuar una calumnia: que el niño no era hijo de M., algo completamente infundado. “Este señor me decía ‘Yo sé que eso no es cierto, que hablen lo que quieran’, y ya está”.

“Mis hijas me dijeron: ‘Si sigues adelante con el divorcio nosotras vamos a apoyar a papá. Es más, la pequeña me dijo: ‘Voy a hacer todo lo que haga falta para que no te quedes con [nombre del menor]”.

El relato de Cristina se ve empañado durante varios momentos por lágrimas. Se siente señalada por los suyos, con su honor mancillado. No puede evitar pensar en el dichoso qué dirán. Con la voz entrecortada confiesa:

—Cuando veo los titulares... veo que se estuviera reconociendo que yo sí di esa bofetada. ¡Y no! —se produce una breve pausa—. A mí estos titulares me duelen.

—Claro, lo entiendo. Pero tiene que entender que, nos guste o no, lo que dice una jueza va a misa.

—Ya...

—Dígame, ¿tiene permitido hablar con su hijo por teléfono?

—No. Llevo un año y medio sin hablar con él. Este señor me lo prohibió, sin juicio ni nada.

El día 19 de este mes, Cristina tendrá potestad legal para, por fin, reencontrarse con su hijo. Ahora está por ver si la otra parte afectada estará dispuesta. El niño tendrá voz, pero no voto. Su madre asegura tener la conciencia tranquila.

 

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #845 en: 08 de Enero de 2021, 13:37:52 pm »

Interceptan un coche conducido por un niño de 9 años con su madre al lado y su hermano de 3 meses detrás



GERMÁN GONZÁLEZ
Viernes, 8 enero 2021 - 11:32
La policía denuncia a la progenitora por un delito contra la seguridad vial

Agentes de la policía local de Sitges
Agentes de la policía local de Sitges
Lo primero que llamó la atención de los agentes es que el conductor era tan bajito que apenas tenía visibilidad. Por eso decidieron parar el vehículo y descubrieron que el conductor tenía sólo 9 años y que en el asiento del copiloto iba su madre. Por si la situación no presentase suficiente riesgo para la seguridad de los ocupantes en el asiento posterior iba un bebé de tres meses, hermano del conductor, en una sillita. La progenitora permitía que el menor practicase por una urbanización de la localidad aprovechando que había poca gente.

Los agentes de la Policía Local de Sitges detuvieron el coche, con matrícula de Lituania, y denunciaron a la madre, vecina de la localidad, por un delito contra la seguridad vial. Han enviado las diligencias al juzgado. Por el momento, el menor deberá esperar unos cuantos años antes de recibir su segunda clase práctica de conducción.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #847 en: 16 de Febrero de 2021, 11:03:26 am »

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 50986
  • Verbum Víncet.
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #848 en: 16 de Febrero de 2021, 13:47:28 pm »
Los padres. . . esos grandes incomprendidos por los hijos. . . hasta que los hijos pasan a ser padres. . . es el círculo de la vida. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #849 en: 13 de Junio de 2021, 07:03:14 am »

Detenido un padre después de la denuncia de su hija de 12 años en el colegio: «Me usa para pasar droga»

La Policía local de Añover de Tajo lo arrestó este viernes en su casa, donde guardaba armas, mil pastillas de extasis y 200 plantas de marihuana

La pequeña dibujó un plano detallado del piso al agente tutor que da charlas en el centro. Su progenitor, con antecedentes policiales y penales, niega la acusación

Manuel Moreno

Toledo Actualizado:12/06/2021 09:49h

El padre de una niña de 12 años ha sido detenido este viernes después de que su hija relatase detalladamente a la Policía local de Añover de Tajo (Toledo) que su progenitor la usaba como ‘mula’ para realizar portes de droga (marihuana, cocaína y éxtasis) en los bares del pueblo.

«Si no lo hacía, me pegaba con una barra extensible o me daba puñetazos», contó a los agentes. Ellos conocen al individuo, de unos 33 años y sin trabajo, por su relación con los estupefacientes y su historial de antecedentes policiales y penales.

El detenido, que ya estuvo preso, negó la acusación de la niña y que utilizase también como ‘mula’ a otra hija de unos 15 años. Sin embargo, y gracias al plano que les dibujó la pequeña, los agentes encontraron esta tarde en la vivienda mil pastillas de éxtasis (MDMA) y 200 plantas de marihuana, además de dos armas de fuego sin licencia y un polvo blanco dentro de una bolsa que, a falta de la prueba pertinente, podía ser cocaína.

Llegaron allí horas después de que la niña hablase con una maestra de su centro, el colegio público Conde de Mayalde. A la docente le contó esta mañana que su padre la utilizaba para pasar estupefacientes. Entonces, la dirección se puso en contacto con la Policía local y el agente tutor se acercó al centro, donde imparte charlas durante el curso. Fue solo y vestido de paisano para entrevistarse con la menor a la hora del recreo.

La niña le narró que su padre la tuvo la pasada noche pelando cogollos de marihuana durante varias horas y que, a la una y media de la madrugada, ella debió salir de casa para hacer un porte de cocaína en un bar de esta localidad de unos 6.000 habitantes. Al agente también le dibujó un plano minucioso de la vivienda, señalando dónde estaba la droga y las armas. «La niña lo clavó; fuimos a tiro hecho», reconoció a ABC uno de los tres policías que detuvo al padre sobre las cuatro de la tarde.

Los agentes llegaron con una orden de entrada y registro del juzgado de guardia en Illescas, el número 1, pero el padre no estaba en la vivienda, un piso en una calle céntrica. Mediante el engaño, lograron que el progenitor se acercara y fue arrestado.

En el piso encontraron éxtasis, marihuana, una escopeta recortada y otra del calibre 22 con su munición. También dos perros que se estaban comiendo a otro. «Con los antecedentes que tengo, me van a caer 6 años por la droga y otros tres por las armas», dijo a los policías, que lo arrestaron, además, como presunto autor de un delito de violencia doméstica en el ámbito familiar contra su hija.

En el piso, que está en unas condiciones de salubridad «muy malas», viven además la compañera sentimental y otra hija de unos 15 años, a la que la Policía local ya había sorprendido con marihuana en el instituto. Los agentes creen que la madre sabía que el padre utilizaba a sus hijas como ‘mulas’, «pero lo permitía». La progenitora negó que su marido la pegara.
Faltas de asistencia

Además de los presuntos golpes de su progenitor, la menor de 12 años aseguró también al agente tutor que su hermana la pegaba si se negaba a hacer los portes de droga. Sin embargo, no hallaron moratones en el cuerpo de la pequeña, que relató otro episodio: cada vez que la golpeaban, no iba al colegio. Los policías constataron esta circunstancia en el centro con sus faltas de asistencia. El aspecto físico de la niña, no obstante, es bueno «porque la cuida la abuela y siempre va aseada».

Después de la detención, uno de los agentes recordaba la expresión facial de la pequeña: «Cuando le dijimos que su padre podría entrar en prisión, se le puso una cara de felicidad que por eso valió la pena la intervención».

La niña está bajo la custodia de otro familiar hasta que la autoridad judicial resuelva. El detenido va a pasar la noche en unos calabozos de la Guardia Civil y declarará en el juzgado este sábado.



Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #850 en: 25 de Octubre de 2021, 21:40:06 pm »

Un padre denuncia su hijo de 16 años a la Policía por pegar a un niño de 14: «¿Dónde nos equivocamos?»


El adolescente golpeó a su compañero, se lo confesó a sus padres y estos informaron a la Policía
ABC
Actualizado:
25/10/2021 13:57h


La madre de la víctima había publicado una foto del rostro hinchado de su hijo en las redes sociales pidiendo
 a cualquiera que viera algo que denunciara al culpable. El atacante había guardado silencio durante unos días, pero luego se derrumbó y confesó a su padre.

El hombre denunció a su hijo de dieciséis años por golpear a su compañero de 14 años. Sucedió en Castrolibero, en la provincia de Cosenza, Italia. El episodio, que se remonta a hace unos días, copó titulares no solo por el gesto del padre, sino también por una carta que este escribió en la que expresaba todo su dolor por el grave episodio.

«Hace unas horas supimos, por nuestro hijo, que es el autor del ataque al joven de Castrolibero -escribió el hombre- y, desde ese mismo momento, el mundo se derrumbó sobre nosotros, con una sola certeza: tener que informar a la Policía».

«El hecho, desde cualquier ángulo que se mire, es de una gravedad sin precedentes. Es grave para la joven víctima, es grave para su familia, es grave para nuestro hijo, es grave para nuestra hija que, al asistir a esa misma escuela, se arriesga a llevar la carga de un comportamiento que no es de ella y, de ser posible, es aún más grave para mi esposa y para mí, que estamos experimentando el drama del fracaso. Porque en este momento nos encontramos experimentando que la crianza de los hijos es verdaderamente el trabajo más difícil del mundo».

«No hacemos más que preguntarnos dónde nos equivocamos, después de haber vivido toda nuestra vida guiados por los valores de acogida, equidad y sentido de responsabilidad: valores a años luz de estas acciones. No sé si alguna vez tendremos respuesta a esta pregunta, pero, precisamente en base a los valores que nos guían, creemos que es justo que nuestro hijo aprenda a asumir sus responsabilidades y a responder por sus elecciones y acciones, aunque todavía es menor de edad».

«Que el sentido más profundo de nuestro dolor por lo sucedido llegue a la madre y al padre de la joven víctima», concluye el hombre de la carta.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #851 en: 15 de Febrero de 2022, 09:03:09 am »
Detenida en Usera por pegar y orinar a su hija de 15 años que luego intentó suicidarse


https://www.elmundo.es/madrid/2022/02/15/620aad6321efa072738b458c.html

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #852 en: 13 de Marzo de 2022, 08:00:33 am »

Encerrado por su padre en una habitación: liberan a un niño de 13 años en Barañáin


Los agentes desplazados al lugar, tras romper el candado, hablaron con el menor, que relató que su padre le pegaba habitualmente y que quería marcharse porque tenía miedo.
Navarra.com
12 marzo, 2022 - 12:07

La Policía Municipal de Barañain ha liberado a un menor de edad que, tras discutir con su padre, fue encerrado por éste en una habitación bloqueada con un candado.

El suceso, ha informado a Efe la Policía Municipal de Barañain, tuvo lugar el pasado jueves, hacia las 11,30 horas, cuando se recibió la llamada de un niño de 13 años que afirmaba que, en una discusión con su padre, éste le había dado dos bofetadas y lo había encerrado en la habitación que tenían alquilada en una vivienda.

Los agentes desplazados al lugar, tras romper el candado, hablaron con el menor, que relató que su padre le pegaba habitualmente y que quería marcharse porque tenía miedo.

Por ello, los agentes, tras ponerse en contacto con la Policía Foral, trasladaron al menor a un centro de acogida del Gobierno de Navarra y remitirán la información del suceso al juzgado.

Ese mismo día, el padre del menor acudió a las dependencias de la Policía Municipal de Barañain, pensando que su hijo aún se encontraba en las mismas, pero las oficinas ya estaban cerradas.

El hombre, han señalado desde este cuerpo policial, forzó una puerta del local, pero no pudo pasar por una segunda puerta de seguridad y terminó rociando las paredes de ese espacio con el bote de hidrogel colocado en el lugar para los usuarios.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #853 en: 18 de Marzo de 2022, 11:34:29 am »

Detenido en Málaga por aislar a su hijo de diez años en una habitación durante un año


Redacción NIUS
Málaga
18/03/2022  11:09h.
Detenido en Málaga por aislar a su hijo de diez años en una habitación durante un año
La habitación en la que ha estado el menor de 10 años aislado durante un año.UNIDAD DE POLICÍA ADSCRITA
El menor contó que no salía de su habitación
El padre de 47 año ha sido detenido por detención ilegal
El niño ha quedado bajo tutela de la Junta de Andalucía
Agentes del Área de Protección al Menor (Aprome), pertenecientes a la Jefatura Provincial de Málaga de la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad de Andalucía han detenido a un hombre de 47 años, de nacionalidad marroquí, por la comisión de un delito contra los derechos y deberes familiares y otro de detención ilegal, al mantener enclaustrado y aislado a su propio hijo de diez años durante un año en una habitación de su propio domicilio.

PUBLICIDAD

Estos hechos se remontan a finales de octubre del año pasado, cuando el Servicio de Protección de Menores de la Junta de Andalucía en Málaga se dirigió al Área de Protección al Menor de la Policía Adscrita advirtiendo de las sospechas acerca de la situación de desprotección por aislamiento social en la que podría encontrarse un menor de edad.

Así, desde ese momento, se llevó a cabo un estrecho seguimiento del caso por parte de los agentes de la Policía Adscrita, Servicios Sociales y el propio Servicio de Protección de Menores, ha informado la Junta en un comunicado. Posteriormente, la Administración autonómica decretó el desamparo del menor y la posibilidad de asumir su tutela.

Para ejecutar dicha resolución, el pasado 25 de enero se estableció un amplio dispositivo policial para acceder con una orden judicial al domicilio donde se encontraba el menor y, proceder así, a su retirada y posterior ingreso en un centro de protección.

PUBLICIDAD

Un año sin salir
Tras conversar con el niño, el menor manifestó que hacía un año que no salía de su habitación salvo para ir al baño y que dedicaba la mayor parte de su tiempo a jugar a videojuegos y a ver la televisión de forma constante, sin relacionarse con nadie.

Estas declaraciones fueron ratificadas por la tía del menor y el hijo de esta, quienes pese a vivir en el mismo domicilio que el menor, manifestaron que era habitual que pasaran meses sin verlo; ya que éste permanecía todo el tiempo en su habitación.

A tenor de la gravedad de las manifestaciones; así como de las evidencias aportadas por los Servicios Sociales, centros de salud y escolares afectados que confirmaban el completo enclaustramiento y aislamiento social del menor durante el último año, se ha detenido a su progenitor.

La autoridad judicial competente ha dictado una orden de alejamiento y prohibición de comunicarse con su hijo, así como la prohibición de salida del territorio nacional y retirada del pasaporte. Mientras tanto, se llevan a cabo las valoraciones para determinar el alcance del impacto del daño emocional y fisiológico causado al menor, quien continúa protegido por la Junta de Andalucía.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #854 en: 27 de Abril de 2022, 07:52:43 am »

¿Se debe prohibir a los padres dar un azote a sus hijos? Inglaterra no lo cree; España sí


El Gobierno de Johnson asegura que se debe confiar en los progenitores para decidir la mejor manera de educar. En España, el cachete ya está prohibido, pero nadie ha sido penalizado
Foto: El primer ministro británico, Boris Johnson. (Reuters/Pool/Steve Parsons)
El primer ministro británico, Boris Johnson. (Reuters/Pool/Steve Parsons)
Por Celia Maza. Londres
27/04/2022 - 05:00
La historia del pequeño Yamato Tanooka dio la vuelta al mundo en 2007. Con tan solo siete años, consiguió sobrevivir tras estar desaparecido durante casi seis días en los alrededores de un bosque del norte de Japón. Sus padres quisieron dejarle cinco minutos a solas como castigo tras haber tirado unas piedras, pero todo acabó complicándose sobremanera. Tras el incidente, se generó un gran debate sobre si la decisión de los progenitores había sido desproporcionada o si, por el contrario, podría haberle pasado a cualquiera. La policía decidió finalmente no presentar ningún cargo.
La educación de los hijos es ya de por sí una ecuación compleja. Pero puede complicarse todavía más cuando se mete la derivada del papel del Estado. Y en ese punto es donde está ahora el Reino Unido después de que el ministro de Educación, Nadhim Zahawi, haya recalcado que los padres deben conservar el derecho legal de poder dar un cachete a sus hijos como castigo, desestimando así la petición del Comisionado de la Infancia para prohibirlo. Él mismo ha confesado que con su hija de nueve años en ocasiones ha tenido "la necesidad de darle un ligero golpe en el brazo, si está siendo completamente traviesa y portándose mal".
Foto: "No se te ocurra pegar a tus hijos, bajo ningún concepto"
"No se te ocurra pegar a tus hijos, bajo ningún concepto"
Héctor G. Barnés
El Parlamento de Gales acaba de aprobar una ley por la cual abofetear —o incluso zarandear— a un niño se considera ahora una agresión equivalente a la perpetrada sobre un adulto. En Escocia, la normativa está vigente desde el año pasado. Sin embargo, en Inglaterra e Irlanda del Norte, donde el Gobierno central del conservador Boris Johnson tiene competencias al respecto, los progenitores seguirán teniendo una defensa legal para dar un cachete si la acción constituye un “castigo razonable” y no deja una marca roja ni involucra el uso de un bastón o un cinturón. Tanto activistas como editoriales de rotativos afines al Ejecutivo aseguran estos días que, si está condenado el castigo físico de adultos y animales, es inconcebible que se deje sin protección a los menores, siendo estos los más vulnerables. Pero el ministro Zahawi recalca que una cosa es el maltrato infantil —que está penado en el marco legal— y otra muy distinta un azote, reafirmándose en su postura de que el Gobierno debe confiar en los padres para decidir la mejor manera de educar. Los conservadores británicos siempre han mostrado su rechazo a lo que califican como "Estado niñera", es decir, uno que dice a los ciudadanos lo que deben o no deben hacer. De ahí que en su día les costara tanto aprobar la prohibición de fumar en lugares públicos, que les llevara más tiempo que a nadie en Europa imponer el confinamiento con la pandemia y ahora se nieguen a prohibir las terapias de conversión trans, alegando precisamente que eso significaría que los padres no podrían apoyar a los niños que cuestionan su identidad de género.
Foto: Orgullo gay en Downing Street. (EFE/Andy Rain)
UK prohibirá terapias de conversión gay, pero no trans: un debate más allá de lo 'woke'
Celia Maza. Londres
Sin embargo, no fue un Gobierno conservador, sino el laborista de Tony Blair, el que decidió mantener el 'derecho al cachete' cuando tramitó la Ley de la Infancia de 2004. A pesar de las críticas públicas, los ministros ignoraron entonces la opinión de los expertos y optaron por no prohibirlo. El problema es que lo del 'castigo razonable' es un vestigio del concepto legal del siglo XIX que nunca se definió adecuadamente. Eso sí, desde 1986 en los colegios públicos y desde 1998 en los privados, los profesores no pueden reprender físicamente a los alumnos. Una reciente investigación del University College publicada en 'The Lancet' reveló que los niños que habían recibido castigos físicos no mostraban ninguna mejora en la atención, habilidades cognitivas, relaciones con los demás, reactividad al estrés o comportamiento social. De ahí que el Colegio de Pediatras y la Sociedad Nacional para la Prevención de la Crueldad Infantil se sumen ahora a la peticiones para que Westminster prohíba legalmente el cachete tanto en Inglaterra como Irlanda del Norte. Pero se trata de un tema espinoso. Para unos, la prohibición sería un cambio cultural más que legal. Para otros, se trata de rizar el rizo, una ofensa contra el sentido común y una exageración.
En 2007, el Consejo de Ministros eliminó el último resquicio que amparaba el castigo físico a los niños en la legislación española ¿La normativa realmente sirve de algo? ¿Acabaría eso con los azotes en las casas o incluso en los parques, a la vista de todos? A día de hoy, más de 60 países tienen regulación al respecto, entre ellos España. En diciembre de 2007, el Consejo de Ministros eliminó el último resquicio que amparaba el castigo físico a los niños en la legislación española, pese a la resistencia que mostraron los grupos conservadores que había entonces en la Cámara Baja. PP, PNV, CiU y Coalición Canaria argumentaron que no se debía entrar a juzgar este tipo de cuestiones, ya que, si se trata de un castigo moderado, eran “del ámbito familiar”. El artículo 154 del Código Civil permitía que los padres o tutores “corrigieran” moderadamente a los hijos. Pero tras el cambio en la ley, aquellos deben “respetar su integridad física y psicológica”. Ahora bien, ¿cuántos padres han sido sancionados por dar un azote a sus hijos o zarandearles en un momento dado? Ninguno. Nadie ha acabado en la cárcel por ello, entre otras cosas, porque el incumplimiento de un deber civil no implica necesariamente una sanción penal, es decir, un delito. Prueba de ello es la fidelidad a la que se comprometen las parejas cuando se casan por lo civil. Ningún infiel ha terminado luego entre rejas. Y, de momento, tampoco lo ha hecho ningún padre que haya dado un azote.
Foto: El juez encargado del caso, José Antonio Vázquez Taín. (EFE)
Absuelta una madre a la que su hijo denunció por darle una bofetada
B. Rodrigo
En el Reino Unido, muchos consideran ahora que ningún Gobierno realmente comprometido con la causa de los derechos humanos, como afirman los ministros de Boris Johnson, debería descuidar el deber del Estado de proteger a quienes no pueden protegerse a sí mismos. “No se trata de educar o dictar cómo los padres deben ser padres, sino de la protección básica de los niños”, señalaba recientemente 'The Times' en uno de sus editoriales.
Pero, a día de hoy, no hay ninguna intención de cambiar la ley en Inglaterra. El Ejecutivo insiste en que criminalizar a los progenitores equivaldría a una extralimitación por parte del 'Estado niñera' y la fomentación de la 'cultura Stasi' de espías en vecindarios.
 

Desconectado Ragnar

  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3981
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #855 en: 27 de Abril de 2022, 16:33:12 pm »
En España hay mucho giliprogresismo.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #857 en: 21 de Junio de 2022, 07:54:54 am »

El Supremo prohíbe a un padre acercarse a su hija durante un año y 4 meses por darle un "fuerte azote"


Dos jueces expresan su desacuerdo porque la condena, que también incluye 4 meses de prisión, no es "justa" ni "humana" por ser un hecho "menor".
20 junio, 2022 20:23

María Peral  @Maria_peral
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha avalado la condena a cuatro meses de prisión y alejamiento durante un año y cuatro meses impuesta a un padre que propinó un "fuerte azote" en las nalgas a su hija de cuatro años de edad, causándole sendos moratones.

El alto tribunal ha castigado este hecho como un delito de maltrato en el ámbito familiar al que debe aplicarse de forma preceptiva la pena de prohibición de aproximación a la víctima, enfatizando el derecho de los menores a no padecer comportamientos violentos.


Al no tener antecedentes, la pena de prisión puede ser suspendida. Pero la pena de alejamiento impedirá al padre acercarse a cualquier lugar en el que se encuentre su hija, quedando en suspenso la custodia compartida o cualquier régimen de visitas.


La confirmación de la condena ha sido respaldada por 13 de los 15 magistrados de la Sala. Uno de ellos, Pablo Llarena, ha formulado un voto discrepante también suscrito por Ángel Hurtado en el que sostiene que la condena impuesta ante un hecho que puede considerarse de "menor entidad" no es justa y sus efectos "comprometerán la afinidad paternofilial de por vida" debido al prolongado alejamiento.

El fallo confirmado por el Pleno de la Sala Penal del Supremo fue dictado en la primera instancia por un Juzgado de lo Penal de Valladolid y ratificado en segunda instancia por la Audiencia Provincial.

"No paraba de llorar"
De acuerdo con los hechos probados, el condenado, separado de la madre y con la custodia compartida de los dos hijos, estaba en su casa con ambos menores.

"Como quiera que la menor X, de 4 años de edad, no quería dormir y no paraba de llorar, el acusado le propinó un fuerte azote en las nalgas a consecuencia de lo cual X presentaba en la nalga izquierda un área equimótica en evolución de 7 por 4 cm y en la nalga derecha otra área más tenue de 3 por 2 cm, que no precisaron asistencia médica para su sanidad y que curaron en 4 días de perjuicio básico».

[Padres con custodia compartida contra Irene Montero: “Tiene dos hijos, ya se dará cuenta de lo injusta que es la ley”]

El Supremo, en una sentencia de la que es ponente Andrés Palomo, recuerda que en 2007 el Código Civil fue reformado y, donde se leía que los padres podían corregir moderada y razonablemente a los hijos, se estableció la obligación de los progenitores de respetar la integridad física y psicológica de los hijos en el ejercicio de la patria potestad.

La reforma se hizo para dar respuesta a los requerimientos del Comité de Derechos del Niño, que ha subrayado que "es preciso que en la legislación civil o penal [de los países] conste la prohibición explícita de los castigos corporales y de otras formas de castigo crueles o degradantes a fin de que quede absolutamente claro que es tan ilegal golpear, abofetear o pegar a un niño como lo es dar ese trato a un adulto".

La sentencia recuerda la doctrina de la Sala, según la cual "los comportamientos violentos que ocasionen lesiones no pueden encontrar amparo en el derecho de corrección" de los hijos.

Así, se ha considerado delictivo el comportamiento de un padrastro que abofeteó a la hija de su pareja "como mera reacción ante un comentario que no fue del agrado" del hombre.


La Sala consideró que esa conducta, "desprovista de cualquier necesidad, justificación ni resquicio de proporcionalidad", "integra un comportamiento de maltrato doméstico que consolida un patrón de dominación violenta y de afectación a la integridad y dignidad de la menor que excede de la conducta que en la época actual, podemos considerar socialmente adecuada".

[El Supremo confirma que la prisión permanente se aplique a los asesinos de niños y no rebaja la pena]

"Ningún amparo encuentra en nuestros criterios jurisprudenciales un fuerte azote en las nalgas a una menor de cuatro años, que causa lesiones aunque no requiera asistencia facultativa, al ser de tal intensidad que deja marcada la mano; tanto más, si el motivo que generó la agresión es meramente que lloraba y no se dormía", concluye.


Recurrir al Derecho Penal
El voto discrepante redactado por Llarena parte de la afirmación de que es "indiscutible" que la agresión de un niño es igual de sancionable que la de un adulto.

"Lo que no impide constatar", añade, "que por tradición, por herencia y por considerar que puede favorecer determinados resortes del aprendizaje, persiste un amplio espectro social que admite la corrección física como un instrumento hábil para la formación del menor ante situaciones extraordinarias que surgen en el seno familiar, siempre que el castigo físico no desborde una razonable correspondencia entre la finalidad del correctivo y su intensidad, además de respetar en todo caso la integridad física del menor".

"Nuestra propia jurisprudencia se ha hecho eco de esta realidad", añade Llarena, que cita sentencias de la Sala en las que se afirma que "si consideráramos suprimido el derecho de corrección y bajo su amparo determinadas actuaciones de los padres tales como dar un leve cachete o castigar a los hijos sin salir un fin de semana, estos actos podrían integrar tipos penales tales como el maltrato o la detención ilegal"

Para este magistrado, el Derecho Penal "no debe intervenir" en aquellos supuestos en los que la conducta "no compromete suficientemente el bien jurídico o no supera un umbral de actuación generalmente aceptado".

"Esta es una realidad que contempla el propio Comité de los Derechos del Niño", agrega el voto discrepante.

El Comité ha precisado que "el principio de la protección por igual de niños y adultos contra la agresión, incluida la que tiene lugar en la familia, no significa que todos los casos que salgan a la luz de castigo corporal de los niños por sus padres tengan que traducirse en el enjuiciamiento de los padres. El principio de minimis -la ley no se ocupa de asuntos triviales- garantiza que las agresiones leves entre adultos sólo lleguen a los tribunales en circunstancias muy excepcionales".

Ello debe ser así, considera el Comité, porque "las decisiones de enjuiciar a los padres, o de intervenir de otra manera oficialmente en la familia, deban tomarse con extremo cuidado. En la mayoría de los casos, no es probable que el enjuiciamiento de los padres redunde en el interés superior de los hijos".

El Comité opina que el enjuiciamiento u otras medidas como el alejamiento deberían tener lugar sólo cuando se considere necesario para proteger al niño contra algún daño importante y cuando vaya en interés del menor afectado.

Penas alternativas
Para Llarena, todos estos principios se han "contrariado" en el caso del azote a la niña, en el que se ha optado por imponer "sin ninguna explicación" una pena de alejamiento y otra privativa de libertad "que excede del mínimo legal y despreciando incluso la pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad".

El magistrado repasa los casos de maltrato a los hijos en los que el Tribunal Supremo ha confirmado condenas. Por ejemplo, consideró delictivo propinar un guantazo a un menor causándole un hematoma en el pabellón auditivo derecho o dar una bofetada a una hija por un comentario que no le gustó el padre, agresor habitual de la menor.

"Ningún parecido puede apreciarse con el supuesto que hoy enjuiciamos", considera Pablo Llarena.

"Nada se indica en la sentencia que desvele que el acusado haya impuesto a sus hijos un marco de cuidados o de formación que no sea el correcto. Tampoco se describe que se conduzca inadecuadamente en el cumplimiento de sus funciones paternofiliales o que no despliegue una adecuada y esforzada guarda de los menores", destaca.

"Se desvela además que los hechos que dispararon la reacción del acusado fueron que la niña 'no quería dormir y no paraba de llorar'. No recogen como causa determinante del arranque paterno que la niña no pudiera conciliar el sueño, sino que era obstinadamente renuente a acostarse y buscaba imponer su voluntad con un berrinche".

"La normalidad del contexto de convivencia paterno-filial que se describe, unido a que los hechos se detallan como un acto aislado y a que se ha constatado que la niña se había desviado de un comportamiento adecuadamente impuesto por su padre, junto a la circunstancia de que el correctivo físico consistiera en infligir unos azotes en el culo (lo que se admite generalizadamente como el castigo físico menos lesivo y como el más ajustado a la corta edad de la menor), impide apreciar la antijuridicidad de la acción", señala.

Aunque el azote fue intenso, admite, "la prueba pericial médico forense constata la levedad de sus efectos, precisando que para la curación de los vestigios de la agresión no se hizo conveniente ninguna asistencia facultativa".

"Frente a un hecho de menor entidad y de carácter aislado que no entrañaba ninguna dificultad de integración en la experiencia vital de un menor de cuatro años, la reacción penal introduce una paralización inmediata en la relación del menor con su padre y le somete imperativamente a una vivencia familiar monoparental, introduciendo además un severo riesgo de que las penas de prisión y el largo alejamiento impuesto terminen viciando la que será su relación paternofilial hasta la edad adulta", concluye Llarena, para quien "la solución justa, humana y prudente era la absolución del acusado".

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520
Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #858 en: 27 de Julio de 2022, 07:09:35 am »


Absuelto un padre que dejó conducir su Mercedes a su hijo de diez años
Una mujer denunció a su exmarido por ver en Facebook un video de su hijo de diez años conduciendo un Mercedes


BORJA MÉNDEZ

PUBLICADO 27/07/2022 04:45
ACTUALIZADO 27/07/2022 04:50
Una amiga dio la voz de alarma. Estaba navegando por Facebook cuando un video llamó su atención. Rápidamente reconoció al niño de diez años que conducía un Mercedes CLA (36.000 euros). Era el hijo de su amiga y estaba acompañado del exmarido. La madre del menor denunció los hechos ante la Policía Local pero un juzgado ha absuelto al acusado por falta de pruebas, según una sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli.

La amiga de la madre observó el video en el apartado de 'Stories' del exmarido. Rápidamente se lo comunicó a su conocida. Había visto a su hijo de diez años al volante de un Mercedes CLA, que rápidamente identificó como el vehículo que habitualmente conducía el padre del menor.

La progenitora, que mantenía una disputa abierta por la custodia del hijo, interpuso una denuncia contra su exmarido ante la Policía Local de Colmenar Viejo. En un primer momento trasmitió que los hechos se produjeron entre el pasado 12 de noviembre y 15 de noviembre, días establecidos para que el menor estuviera con su padre.

Un montaje de la mujer y su novio

Después corrigió esa fecha para ubicarla entre el 29 de octubre y el 1 de noviembre. La mujer dijo reconocer a su expareja por la voz y la vestimenta, circunstancias que denunció en noviembre de 2021. La defensa del hombre, ejercida por el experto abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, alegó que su cliente ya había sido absuelto en los procedimientos en vía civil interpuestos por su exmujer.

El auto de defensa al Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid alegaba el ánimo de su expareja "con el objeto de lograr la custodia del menor”. Explicaban que esta mujer, de una manera “torticera y falaz”, urdió un montaje con su actual novio grabando a su hijo en un coche del mismo modelo que el suyo y subiendo el vídeo posteriormente a un perfil fake de Facebook que realmente no pertenecía a su representado.

Sus explicaciones se basaban en varios pilares. En primer lugar porque la denuncia se presentó pasadas las 24 horas que ella misma sabía que dura una entrada en modo Stories en Facebook. Un aspecto que imposibilitaba a la Policía Local verificar realmente el origen de la publicación.

Dudas: el peinado y el salpicadero

Además tampoco se podía apreciar en la publicación ningún dato identificativo del vehículo de las imágenes, declarando el acusado que el coche del video no es el coche que conduce. La defensa también cuestionaba la fecha en la que se dice grabado el vídeo, ya que del visionado del mismo no se puede identificar el momento cuando ha sido grabado.

Alegaron también que el menor tenía incluso una raya en el pelo que solo fue realizada en verano. Además, expresaron su sorpresa de que el juicio de guarda y custodia del menor estaba programado para el 14 de diciembre. Por todo ello solicitaron la absolución de este hombre.

En la sala del juzgado el acusado aseguró que no eran ciertos los hechos denunciados, que no grabó ningún video con su hijo conduciendo y que la cuenta de Facebook donde se subió el vídeo no es suya. Por su parte la denunciante sostuvo que la proyección se la pasó una amiga y que reconocía la voz del padre y que el menor reconocía que había conducido con su padre.

También declararon los efectivos de la Policía Local que gestionaron la denuncia. Dijeron que, tras visualizar el video, no se pudo comprobar la fecha en la que fue realizado. Por todo ello, la juez absolvió a este hombre al que se le acusaba de un delito contra la seguridad vial.

Los indicios sobre el padre no se transformaron en pruebas

La magistrada en una sentencia expresó sus "serias dudas sobre la intervención del acusado en los hechos denunciados por falta de material probatorio", algo que ha prevalecido en su decisión como garante de la presunción de inocencia que la empuja a la aplicación del principio in dubio pro reo. Y es que "los indicios de autoría que han permitido la apertura de juicio oral no se han trasformado en prueba de cargo en el plenario”.

Por lo que, a la vista de las versiones contradictorias mantenidas por las partes, ha de concluirse que existe una duda razonable, procediendo por ello a la absolución del acusado. La juez ya confirmó las "serias dudas" de que el menor de 10 años estuviera al volante. Lo que sí está claro es que el niño tendrá que esperar 'un poco más' para comenzar a conducir de forma legal.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222520