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Autor Tema: La autoridad de los padres para con sus hijos  (Leído 90186 veces)

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #880 en: 25 de Marzo de 2023, 07:41:07 am »
Un padre castiga a su hijo a jugar 17 horas seguidas tras pillarle jugando cuando no debía


Un niño de 11 años de la ciudad china de Shenzhen ha recibido un duro castigo tras ser pillado jugando con el móvil en la cama: su padre le obligó a jugar todo el día.

Manu Delgado · 17:08 23/3/2023
Actualizado: 23:55 24/3/2023

Un padre de la ciudad china de Shenzhen ha impuesto un duro y reprobable castigo a su hijo de 11 años tras pillarle jugando al móvil cuando no debía estar haciéndolo: para intentar darle un escarmiento, el padre obligó a su hijo a jugar al móvil durante 17 horas. Según ha contado el propio niño en una carta en inglés, su padre llegó a despertarle mientras dormía para que siguiese jugando e incluso le grabó para publicar su reacción en Douyin, una red social china similar a TikTok.

Un duro castigo por jugar

"Me despertó varias veces durante todo el día. Desde la 1:00h hasta las 18:00h", asegura el niño en una carta escrita a mano de la que se ha hecho eco el periódico británico Daily Mail. "He jugado durante 17 horas". Al parecer, el padre se apiadó de su hijo cuando este le pidió llorando que por favor le permitiese dejar de jugar. Posteriormente le ofreció un nuevo acuerdo de limitación de las horas de juego en el móvil, plataforma en la que el niño estaba jugando a "un pequeño juego de WeChat", aplicación de mensajería instantánea que también tiene minijuegos sociales.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #881 en: 31 de Marzo de 2023, 12:34:21 pm »

Exoneran a un padre de seguir pagando la pensión de su hija de 29 años por su desinterés para buscar trabajo y falta de afecto


La Audiencia de Salamanca alude a la «situación de pasividad para procurarse una forma de vida» y extingue los 125 euros que su progenitor paga desde 2005
El motivo por el que muchas parejas rotas deciden seguir conviviendo
Audiencia Provincial de Salamanca
Audiencia Provincial de Salamanca ICAL

M. G.

Valladolid

30/03/2023 a las 14:51h.


La Audiencia Provincial de Salamanca ha exonerado a un padre de seguir pagando la pensión de alimentos a su hija de 29 años por su «desinterés» para buscar trabajo y la «situación de pasividad en la que se ha colocado voluntariamente en orden a procurarse una forma de vida», unido a «la falta de afecto y vínculo» con el progenitor desde hace años.


El fallo confirma el pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia no 8 de Salamanca que ya en noviembre de 2022 declaró extinguida la pensión de alimentos de 125 euros mensuales que el progenitor había asumido desde 2005, cuando se divorció de la madre de sus hijas. El proceso se acota al de la mayor, que entonces tenía doce años. Ya en 2018, cuando había cumplido los 25, había instado por la vía judicial a dejar de sufragar este gasto de manutención, si bien entonces los tribunales optaron por mantenerla.

Para dar por extinguida una pensión de alimentos, recuerda el fallo, no es determinante el haber cumplido la mayoría de edad, sino que se tiene en cuenta si el receptor tiene «una vida independiente desde un punto de vista económico, o cuanto menos una formación ya completada que le permita acceder al mercado laboral, por la pasividad o desidia del mayor de edad o no realización de esfuerzo ninguno, porque exista un no aprovechamiento ni terminación de los estudios por causa únicamente imputable al hijo o por la falta de relación manifiesta con su progenitor.

En este sentido, el padre alega, por un lado, que su hija vive en pareja desde hace 10 años, lo cual ella ha negado, apuntando que el hombre señalado es su amigo y también casero. Le alquila una habitación, dice, por 50 euros al mes. Por otro, que no consta que estudie ni que trabaje. La sentencia de 2018 que desestimó la anterior modificación de medidas lo hizo a tenor de que «el acceso al mercado laboral para los jóvenes en ese momento era complicado». Sin embargo, desde esa resolución «no se aporta documento alguno que acredite que ha tenido algún trabajo, ni que está en búsqueda activa de empleo, ni que siga formándose». En el certificado presentado en la vista de la Tesorería General de la Seguridad Social, se puede comprobar únicamente un día de trabajo en toda su vida laboral, en 2016.

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Desde 2021, la joven percibe la renta de inserción por parte de la Gerencia de los Servicios Sociales de Castilla y León Castilla y León donde figura como demandante de empleo por importe de 401,92 euros. «Hecho que ha ocultado en su contestación a la demanda», señala la Sala.

Y si lo anteriormente expuesto basta para la extinción de la pensión de alimentos, además concurre una causa que, por sí sola, ya es suficiente para acordar la citada extinción. En concreto la falta de relación entre padre e hija imputable solo a ésta«, prosigue el fallo. Ella alega que las diferencias surgen cuando él inicia en 2018 los tramites para suspender su pensión de alimentos. Un año antes se había ido a vivir con él a Béjar por problemas con su pareja y le denunció por presunto malos tratos, lo cual fue archivado. Tras ello, recoge el fallo que el padre le habría escrito en este tiempo para felicitarle las fiestas y recibió un respuesta «de forma abrupta y maleducada desentendiéndose de él»

Escayolista de profesión, el padre alega, además, problemas laborales y sus últimas declaraciones apuntan a unos ingresos mínimos de 7.874,46 euros al año frente a los 14.117,25 euros que percibía cuando se cerró el acuerdo tras el divorcio.

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Por todo ello, la Audiencia de Salamanca concluye que la joven con 29 años cumplidos «mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y por trabajar, y si bien no tiene independencia económica, ésta solo es debida a su falta de diligencia e interés en la consecución de un empleo puesto que no se ha acreditado en autos ni causa física ni psíquica«. Hechos, que unidos a su vida en pareja en Zamora desde hace 10 años o a que percibe un subsidio »vienen a corroborar la situación de pasividad en la que se ha colocado voluntariamente en orden a procurarse una forma de vida« . Situación a la que hay que añadir la manifiesta »desafección respecto a su padre imputable solo a ella« y por lo que dicta la extinción del abono mensual de 125 euros.


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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #882 en: 03 de Mayo de 2023, 11:49:21 am »

"Tu niña ha muerto por tu culpa": Condenado por vejar a su hijo y culparle de la muerte de su nieta


Por María Muñoz Morillo
3 de mayo de 2023, 11:12


El acusado insultó y culpó del fallecimiento de su nieta a su propio hijo, el padre de la pequeña.

Llamaba a su hijo "maricón, vago, ruina, chivato". La justicia le impuso una pena de un mes de localización permanente en un domicilio alejado de su hijo. Esta pena se ha visto ahora reducida.

EUROPA PRESS/SEVILLA La Audiencia de Sevilla ha reducido de 30 a 15 días la pena de localización permanente impuesta por un juzgado a un varón, por un delito leve de vejaciones cometido sobre su propio hijo, al que insultó y al que culpó de la muerte de su nieta.

En una sentencia emitida el pasado 4 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia previa del Juzgado de Instrucción número tres de Dos Hermanas, que le condena por un delito leve de vejaciones.

En concreto, el juzgado declaró probado que el acusado llamó a su hijo "maricón, vago, ruina, chivato", con el mensaje verbal de "cómeme los huevos" y el severo aviso de "tu niña se ha muerto por culpa tuya", por lo que le impuso una pena de un mes de localización permanente en un domicilio alejado de su hijo.


En su recurso de apelación, según la Audiencia, el acusado, "sin negar las expresiones proferidas contra su hijo, las justifica en el contexto en que se produjeron que no es otro que una grave desavenencia familiar". "A pesar de ello, no invoca el error en la valoración de la prueba ni la vulneración de la presunción de inocencia, pues su critica se limita a la pena que le ha sido impuesta que entiende no procede al superar la interesada por el Ministerio Fiscal", indica la Sección Séptima de la Audiencia.

Ante ello, el tribunal indica que "ciertamente, el principio acusatorio alcanza a la pena solicitada, de tal manera que en la determinación de la pena, la juez sentenciadora se encontraba con el techo que impone dicho principio, y como quiera que el fiscal, única acusación en el proceso, se decantó en sus conclusiones por solicitar la pena de 15 días de localización permanente, es esa la pena máxima que puede imponerse".

"En atención a lo expuesto, el recurso debe ser estimado y la sentencia revocada en el único pronunciamiento impugnado relativo a la determinación de la pena, que fijamos en 15 días de localización permanente", señala la Sección Séptima de la Audiencia, que modifica la pena en el sentido expuesto, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la sentencia inicial condenatoria.


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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #883 en: 03 de Mayo de 2023, 19:05:42 pm »
Pues muy bien...



Unos padres tienen que pagar 550.000€ por los destrozos de sus hijos en un chalé


Por María Muñoz Morillo
30 de abril de 2023, 18:00
-
Coche de la Guardia Civil. Fabián Simón / Europa Press
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Un grupo de menores se coló en la residencia de vacaciones de un hombre de Zaragoza, que quedó arrasada por completo tras producirse un incendio.

Rompieron la puerta de la bodega, donde estuvieron fumando y abriendo varias botellas de vino.

La trastada de estos jóvenes, de entre 14 y 17 años, les va a salir muy cara a sus progenitores, en concreto les va a salir por 557.563 euros, como se hace eco 'Heraldo'.

Todo comenzó un día cuando el grupo de vivarachos niños decidió entrar a investigar en una gran casa del Pirineo, perteneciente a un notario zaragozano, por la puerta trasera. Pasarón un rato en la bodega, cuya puerta rompieron con una piedra, para fumar y abrir unas botellas de vino. Los propios chavales grabaron un vídeo en el que aparecían brindando, imágenes que rescató la Guardia Civil del móvil de uno de los investigados y que han servido de prueba para condenarles.

Una vez estaban en la cocina, tuvieron la gran idea de llenar de gasolina un vaso y prenderle fuego. La virulenta llama les asustó, cuando intentaron apagar el fuego consiguieron lo contrario: las llamas se extendieron por la encimera. Ante la situación que se iba agravando decidieron usar un edredón para intentar extinguir el incendio. Al ver que el fuego no hacía más que crecer, los jóvenes huyeron de la casa para ponerse a salvo. Una buena parte de la vivienda acabó reducida a cenizas.

Si bien el grupo reconoció ante la juez que habían entrado en la casa argumentaron que creían que estaba abandonada. Hecho totalmente infundado a raíz de las pruebas gráficas presentadas por el dueño, que adquirió el chalé en 2019. Las defensas insinuaron una supuesta responsabilidad del propietario de la casa por no haber tomado medidas para evitar que los intrusos que colaran en su interior, argumento rechazado por la magistrada.

Los cuatro han sido condenados por un delito de allanamiento de morada y otro de daños por imprudencia grave. Sin embargo, su condición de menores hará que el verdadero castigo recaiga en sus padres, que deben hacerse cargo de los daños causados al inmueble. Los padres han anunciado que recurrirán la condena.


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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #884 en: 09 de Mayo de 2023, 10:26:09 am »

Cuando las pedradas de los niños no salen gratis


La Audiencia de Málaga impone 4.174 euros a unos padres por los daños de sus hijos a una vecina


Autor en Andalucia Información
J. M. C.
   
MÁLAGA
Publicado: 08/05/2023 ·13:02
Actualizado: 08/05/2023 · 13:06
Eran inimputables al no tener 14 años, por lo que fueron absueltos por la Fiscalía Provincial
Un juzgado Contencioso decretó el cierre cautelar de unas pistas de Antequera por los ruidos y balonazos
Provocaron daños materiales y personales en la vivienda de una vecina de Antequera, situada junto a unas pistas deportivas municipales, pero la Fiscalía de Menores nada pudo hacer para sancionar sus conductas, puesto que los autores eran inimputables al no contar con más de 14 años.
 
Pero la Audiencia Provincial de Málaga ha entendido que su acción sí es reprochable y merece un reconocimiento para la mujer perjudicada. Por ello ha condenado a los padres de los autores a pagar 4.174 euros correspondientes a los daños generados por los niños. La justicia entiende que los progenitores deben de responder económicamente por omisión de sus deberes de vigilancia y control de sus hijos.
 
Así se recoge en una reciente sentencia de la Sección 5 (Civil) que ha revocado una anterior del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Antequera, que absolvía a los padres y condenaba a la parte demandante a pagar, incluso, las costas procesales de la demanda civil.
 
El litigio se produce tras la reclamación de 5.398 euros que realizó una vecina, por los daños y perjuicios ocasionados por el hijo menor de los demandados, el 29 de septiembre de 2019, al tirar piedras al interior del patio de su vivienda. La casa está situada junto a una cancha que se utiliza por escolares y jóvenes para practicar deporte, y que fue clausurada temporalmente un año antes por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 5 de Málaga, después de que el Ayuntamiento de Antequera aplicase el silencio oficial ante las quejas de ruidos y de salud por un edema cerebral que sufre la afectada.
 
Era habitual que los balones saltasen a la propiedad colindante, y que la propietaria tardase en devolverlos. Pero lo que no estaba previsto aquella jornada era que el hijo menor de los demandados comenzase a tirar piedras al patio cuando ella se encontraba tendiendo la ropa. Y es que venían estando molestos por sus protestas al Ayuntamiento antequerano.
 
Pero aquella jornada, una de las piedras impactó en la cabeza de la mujer, donde tiene un tumor, y causó roturas en las baldosas del recinto, por lo que tuvo que llamar a la Policía Local. La sentencia señala que fueron dos los menores protagonistas de las pedradas, pero uno de ellos salió corriendo. Sin embargo, los agentes pudieron identificarlos, tanto a ellos como a los padres.
 
PARTE DE URGENCIAS Y ARCHIVO DE LA FISCALÍA
 
Con el informe de Urgencias del hospital y la denuncia presentada en la comisaría de la Policía Nacional, la Fiscalía de Menores de Málaga incoó diligencias que tuvo que sobreseer, el 10 de octubre de 2019, a causa de la edad de los niños y conforme señala la ley 5/2000 de Responsabilidad Penal de los Menores.
 
Recomendaba, no obstante, el Ministerio Público a la perjudicada que reclamase por vía civil y por responsabilidad extracontractual a los padres. Y aunque lo hizo, el Juzgado de Instancia de Antequera rechazó la compensación para la vecina.
 
Ha sido ahora en la apelación cuando la magistrada de la Audiencia de Málaga ha revocado dicho fallo, poniendo de manifiesto que la valoración de la prueba realizada en el juicio de septiembre de 2021 "es contraria a la lógica jurídica, pues tanto de las actuaciones practicadas por la Policía como de las diligencias llevadas a cabo por la Fiscalía de Menores se acredita que ambos menores tiraron piedras, y que uno de ellos era hijo del demandado y el segundo su sobrino que se encontraba bajo su cuidado".
 
La sentencia que condena a los progenitores señala que existió una falta de colaboración por parte de los causantes del daño, no solo a la hora de dar una explicación sobre lo provocado por los menores, sino no contestando al burofax remitido para tratar de buscar una solución.
 
Y es por ello que "para evitar que quede indemne la acción reprobable de causar el daño a terceras personas, su derecho a la reparación (...) y transmitiendo a los menores que sus hechos no tienen consecuencias", la Audiencia Provincial recuerda que los padres tienen una responsabilidad 'in vigilando'. Y aunque no estuvieran presentes aquel día "sí tienen una responsabilidad como progenitores por omisión de los necesarios deberes de vigilancia y control de sus hijos menores de edad".
 
Les impone por ello el pago de los 4.174 euros por las reparaciones, pero no así de otros 1.215 euros por daños personales que se reclamaban, al no estar acreditadas las lesiones en el informe médico presentado. En el mismo, sostiene la Audiencia, no se recoge que el impacto de la piedra en la cabeza agravase su situación por el tumor que sufría.
 

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #885 en: 09 de Mayo de 2023, 12:50:30 pm »
Quien rompe, paga, niño rompe, papá paga. . . así son las cosas. . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #886 en: 16 de Junio de 2023, 07:12:38 am »
El juez que absuelve al hombre que retiró el móvil a su hija: "Un padre no se puede abstener de educar"


El fiscal le acusó de lesiones y vejación por sujetar y reñir a la niña. El juez alerta de la adicción de los menores al móvil: "Ni miran a sus padres".
16 junio, 2023 03:30
Javier Corbacho  @JCorbachoUC

"A todas horas, vemos en cualquier restaurante, cafetería o local de ocio cómo los niños de todas las edades están absortos —cuando no obnubilados— observando la pantalla de sus dispositivos electrónicos y por completo ajenos a su entorno, lo que incluye a unos padres y familiares a los que ni siquiera miran ni tampoco escuchan".

Esta advertencia no proviene de una guía para ayudar a padres primerizos en la crianza. Quien la firma es el juez Carlos Suárez-Mira. Figura, negro sobre blanco, en una reciente sentencia del Juzgado del que es titular, el de lo Penal 3 de La Coruña. El magistrado también lanza un dardo a los adultos: "Y ello cuando no son éstos los que, del mismo modo, consultan continuamente sus teléfonos móviles entre plato y plato".

A renglón seguido, el magistrado Suárez-Mira califica como "responsable" la actitud de quien se atreva a "censurar esa reunión de absortos internautas". Es más, a lo largo de los diez folios de sentencia, insinúa que ésa es la postura deseable. Especialmente, al tratarse de menores enganchados a los smartphones.

"No parece que haya de ser tenido por un criminal, ni siquiera en caso de hacerlo de un modo vehemente", concluye.

Con todos estos argumentos, el juez ha absuelto a un hombre de los delitos de lesiones y de vejaciones leves que le atribuía la Fiscalía por haber sujetado y reñido a su hija, de 13 años, que se negaba a soltar el móvil.

La sentencia reconoce que el acusado agarró del brazo a la menor y le gritó vehementemente, después de que le desobedeciera una primera vez. No obstante, el magistrado considera "responsable" la postura del progenitor. A su juicio, no constituyó una vejación. Más bien, al contrario: el juez agradece y justifica el modo en el que el padre actuó.

"El hoy acusado podría haber tomado alguna de estas tres determinaciones: abstenerse de educar a su hija permitiéndole hacer lo que le viniese en gana, reprenderla para que se comportara correctamente o llamar al puesto de la Guardia Civil para recabar su benemérito auxilio en la tarea educativa", indica el juez. "Y a juicio de este juzgador, optó por la postura más sensata", concluye.

Los hechos ocurrieron durante el fin de semana que transcurrió los días 4 y 6 de febrero de 2022, en la casa de los abuelos paternos de la niña y de su hermana, tres años menor que ella.

Indica la sentencia que la menor estaba "enfadada" con su padre, después de que éste le reprochase el viernes que no había parado de chatear mientras cenaban en un local. Ya el domingo al mediodía, el progenitor, al llegar de trabajar como repartidor de pan, se disponía a llevar a sus dos hijas a tomar algo para "hacer las paces por lo sucedido el viernes". Y encontró a la mayor tumbada y, otra vez, con el teléfono entre las manos.

"En ese momento, y ante el nuevo desaire de la niña, el acusado la agarró por los brazos y la levantó de la cama. Tras la llegada del abuelo y de la hermana pequeña desde la planta inferior, alertados por los gritos, bajaron los cuatro a la cocina de la vivienda y allí el acusado continuó gritando a su hija que seguía faltándole al respeto, situación que provocó su llanto", narra la resolución. Acto seguido, el padre trató de consolarla, pero la otra hija, la menor, lo impidió y el progenitor salió de la casa.

Diez meses de cárcel

La Fiscalía calificó los hechos como un delito de lesiones en el ámbito familiar y de otro de vejación injusta de carácter leve. El Ministerio Público solicitó diez meses de prisión por el primero de ellos y 25 días de localización permanente por el segundo. También, que se prohibiese al acusado acercarse a la niña a menos de 300 metros y que la indemnizase con casi 1.300 euros. La menor sufrió una leve rojez en el brazo, que tardó tres días en desaparecer sin mayor problema.

El magistrado Suárez-Mira también se queja en su sentencia de que el artículo 155 del Código Civil haya quedado "reducido casi a la irrelevancia o a la inoperatividad". "Pero sigue existiendo", recalca. Se trata del artículo que obliga a los menores a respetar y obedecer a sus padres mientras estos ostenten su patria potestad.

La sentencia relata que la niña, al ser interrogada, manifestó que aquel domingo su padre la levantó de la cama bruscamente por los hombros y la arrojó al suelo, le tiró del pelo y la llamó "niñata de mierda". Sostuvo también que el abuelo, al llegar al dormitorio, intentó separarlos.

Ahora bien, este último declaró como testigo y negó haber presenciado ese supuesto forcejeo. Lo que manifestó fue que, "a su llegada, todo había concluido, hallándose su nieta e hijo en la puerta de la habitación, escuchando sólo sus gritos".

Mala relación

Sí admite la sentencia que padre e hija no se llevaban bien y que su mala relación era evidente desde años atrás. Reconoce también el "autoritario" estilo educativo del padre de la niña, que "no acepta la autoridad paterna" y a la que le causa "rechazo" y "temor".

"Sin embargo, no estamos aquí para juzgar lo sucedido en tan amplio lapso temporal como es la infancia de [la hija], sino únicamente lo acontecido el domingo a las 12 de la mañana", expone el juez.

Tras el análisis médico de la menor, el parte de lesiones constató lo siguiente: "A nivel de antebrazo y brazo derecho se aprecia alguna línea eritematosa".

"Esa 'lesión' es más compatible con el modo de suceder los hechos relatado por el acusado que por [la menor]", señala la sentencia. "Si, en efecto, la hubiese tirado de la cama tras agarrarla varias veces por los brazos, la hubiese zarandeado estando en el suelo y le hubiese tirado del pelo, como asegura, habría más lesiones que una simple rojez en un brazo. Y resulta que, en el parte, el médico refleja que no hay heridas abiertas, existe movilidad de articulaciones sin alteraciones, no hay lesiones en cuero cabelludo ni otras lesiones y alteraciones", relata.

La rojez que presentaba la niña, indica la resolución, "puede obedecer al simple hecho de agarrar a la hija por el brazo para que se levantara de la cama". El juez también señala que, a la vista de las pruebas, no existió intención por parte del padre de lesionar o maltratar a su hija, "sino el ánimo (probablemente mal expresado) de hacerle cumplir una orden en el ejercicio de la autoridad paterna".

Como existen dos versiones contrapuestas —la de la hija y la del padre—, Suárez-Mira opta por aplicar el principio in dubio pro reo. Es decir, en caso de duda, fallar a favor del acusado.

"He de optar por un pronunciamiento absolutorio por no existir plena certidumbre de que el acusado haya sido autor de un delito de lesiones o maltrato en el ámbito doméstico", explica.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #887 en: 27 de Junio de 2023, 07:05:10 am »



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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #888 en: 27 de Junio de 2023, 07:07:09 am »
A estos los he llamado siempre los superpadres, no hay padres mejores que ellos, lo que ocurre es que creen que los demás debemos soportar a sus superhijos.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #889 en: 28 de Junio de 2023, 08:13:11 am »
Tres años de cárcel para un hombre de León que maltrató a tres de sus hijas menores entre 2013 y 2017

A una de ellas llegó a provocarle una parálisis facial en una ocasión
27 de junio 12:42 27 de junio 12:43 Paula Apastegui

El TSJCyL ha confirmado la condena de tres años de prisión, interpuesta por la Sección III de la Audiencia Provincial de León el pasado 20 de junio de 2022, a un hombre de nacionalidad búlgara que maltrató a tres de sus hijas menores de edad entre 2013 y 2017 de forma continuada.

Por aquel entonces, este convivía en el domicilio familiar con su esposa y sus cinco hijos, entre los que se encuentran las tres niñas a las que supuestamente sometió de forma habitual a golpes, insultos y amenazas, siendo este comportamiento más acentuado con una de ellas.

Los episodios de violencia se han concretado en dos ocasiones puntuales. La primera se remonta al 1 de julio de 2013, cuando el búlgaro propinó varios golpes en la cara a una de las menores, llegándola a provocar una parálisis fácil periférica. La otra, al 2 de noviembre de 2015, cuando, en el marco de una pelea familiar, cortó con una botella en el brazo de la misma menor.

Fue la Fiscalía Provincial de León quien interpuso la denuncia contra el acusado el 29 de mayo de 2017 tras ser alertados por los Servicios Sociales, siendo el 12 de julio de ese mismo año cuando se prohibió al acusado acercarse a las tres menores a menos de 300 metros, así como ponerse en contacto con ellas a través de cualquier medio.

Al parecer, en los hechos denunciados se aseguraba que, en dicho periodo, el búlgaro había realizado de forma reiterada y prolongada en el tiempo tocamientos en las partes íntimas con dos de sus hijas menores, de 14 y 12 años. Sin embargo, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso este mismo medio, esto no ha quedado acreditado.

Al ratificarse la sentencia que el acusado apeló alegando error en la valoración de las pruebas, este ha sido acusado de dos delitos de maltrato doméstico, por los cuales ha sido condenado a siete meses y 16 días de prisión por cada uno de ellos, a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo, a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y un día, y a la prohibición de acercarse a una de sus hijas a menos de 300 metros durante un plazo de un año, siete meses y 16 días, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por el mismo tiempo.

Pero no solo eso. El búlgaro también ha sido condenado por un delito de malos tratos habituales a un año, nueve meses y un día de prisión, a la prohibición de acercarse a las tres hijas agredidas a menos de 300 metros durante un tiempo de dos años, nueve meses y un día, a comunicarse con ellas por cualquier medio por el mismo tiempo, a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de prisión y a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años, nueve meses y un día.

Además, tendrá que pagar una indemnización de 2.000 euros a una de las menores por daño moral.

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« Respuesta #890 en: 11 de Septiembre de 2023, 08:16:53 am »


La Audiencia condena a un padre de Vigo por injuriar a sus hijas por escrito al no contestar al teléfono


Historia de Antía Paz,Agencias •

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, en su sede en Vigo, confirma la condena a un padre por injurias a sus dos hijas, menores de edad, a través de un servicio de mensajería instantánea cuando éstas no le cogían el teléfono.

Según la sentencia, los hechos sucedieron en febrero de 2022 cuando una de las hijas no contestaba los mensajes ni las llamadas de su progenitor, quien la insultó llamándola "cerda" y acto seguido "guarda", queriendo decir "guarra". Asimismo, el condenado envió a su otra hija mensajes como "te estoy llamando, a ti que te pasa eres idiota".

Condena y recurso del Juzgado nº7 de Vigo

Estos hechos fueron juzgados en el Juzgado de Instrucción número 7 de Vigo, que lo condenó a cinco días de trabajos en beneficio de la comunidad o de cinco días de localización permanente, y contra el fallo el progenitor presentó recurso de apelación.

En el recurso, el padre alegó la imparcialidad de la jueza, ya que participó en otro procedimiento por un supuesto delito de impago de pensiones y maltrato en el ámbito familiar, el derecho a la presunción de inocencia y a un error en la valoración de la prueba.

Con todo, la magistrada de la Audiencia de Pontevedra desestimó la apelación y afirmó que "no se puede considerar" que la valoración de la prueba fuese de forma "arbitraria, insuficiente o irracional".


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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #891 en: 30 de Octubre de 2023, 08:57:17 am »


Una madre de 75 años lleva a juicio a sus hijos de 40 y 42 para desahuciarles: "Son dos parásitos"


Esta mujer residente en la ciudad de Pavia, en Italia, ha demandado a sus hijos para conseguir que se emanciparan. Ambos tienen trabajos estables y una posición económica que les permitía poder independizarse.
29 octubre, 2023 19:42GUARDAR

 DESAHUCIOS ITALIA JUICIO PAVIA TENDENCIAS
Borja Sánchez
Los desahucios son siempre momentos complicados y de mucha tensión para las personas que son protagonistas de ellos. Sin embargo, la situación se vuelve todavía más difícil si esto se produce entre los miembros de una misma familia. Es lo que ha sucedido en la localidad italiana de Pavia.

Allí, una madre de 75 años ha afrontado una lucha muy complicada con sus dos hijos de 40 y 42, quienes se negaban a abandonar el domicilio familiar a pesar de que ambos tenían trabajo y de que eran económicamente solventes. Ante esta situación, esta mujer ha decidido llevarles a juicio para solicitar su desahucio.


Cansada de tener que mantenerles, impuso una orden judicial tras presentar una demanda en la que exigía que sus hijos dejaran de vivir en su casa. Además, les definía como "parásitos". La mujer aseguraba que no había conseguido que abandonaran su domicilio y tampoco que la ayudaran ni en las tareas ni en el mantenimiento económico de la familia a pesar de tener una posición financiera consolidada.

Una madre gana el juicio para desahuciar a sus hijos de 40 y 42 años

Esta peculiar historia ha sucedido en Pavia, una ciudad situada al norte de Italia. Allí, una mujer de 75 años ha llevado a juicio a sus dos hijos de 40 y 42 años para solicitar su desahucio y que así tuvieran que abandonar el domicilio familiar donde vivían junto a ella sin ayudarla económicamente ni tampoco en las labores domésticas.

Ante esta situación, esta mujer, que decía vivir con dos "parásitos", les demandó ante el Tribunal de Pavia y ahora ha ganado la contienda que obligará a sus hijos a emanciparse de manera forzosa. Una posibilidad que tienen al alcance de su mano, ya que ambos tienen trabajo y una situación económica cómoda.

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Antes de presentar esta demanda, la mujer intentó convencer a sus hijos de que el momento de independizarse había llegado hacía ya mucho tiempo. Pero sus intentos fueron en vano. En declaraciones recogidas por La Provincia Pavese, la mujer señaló que "ninguno de los dos quería saber nada" en relación con sus ruegos y peticiones.

La situación de la familia llegó a un punto límite, ya que la mujer, divorciada y jubilada, destinaba sus pocos recursos y su pensión a mantener el bienestar del domicilio, incluidos sus dos hijos. Pero tras años de peleas y de pérdidas económicas, decidió tomar una decisión más drástica y novedosa.

¿Cuál ha sido la resolución judicial?
Simona , la jueza encargada del caso, se posicionó claramente al lado de la demandante: "No existe ninguna disposición en la legislación que atribuya al hijo mayor de edad el derecho incondicional a permanecer en la vivienda de propiedad exclusiva de los padres, en contra de su voluntad y en virtud únicamente del vínculo familiar".


Así pues, la jueza ha dictado una orden de desahucio contra estos dos hombres, quienes tienen la obligación de abandonar el inmueble antes del 18 de diciembre. Esa es la fecha límite que tendrán los dos hijos para abandonar el domicilio de su madre que después de mucho tiempo podrá volver a vivir tranquila.

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Los hijos pelearon hasta el final por lo que consideraban su derecho. Por ello, contrataron a un reputado equipo de abogados para luchar contra el desahucio de su propia madre apelando a una ley existente en Italia y que, en teoría, obliga a los padres a cuidar de sus hijos todo el tiempo necesario.


Respecto a estas peticiones, la jueza Simona respondió que, a pesar de que en primera instancia "la permanencia en la propiedad podría considerarse inicialmente bien fundada porque la ley se basa en la obligación de alimentos que incumbe al progenitor", en esta situación en concreto "ya no parece justificable teniendo en cuenta que los dos demandados son sujetos mayores de 40 años".

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Por último, la jueza completó su veredicto señalando que "una vez superada cierta edad, el hijo ya no puede esperar que los padres continúen con la obligación de alimentos más allá de unos límites que ya no son razonables".


Así pues, los 40 y 42 años que tienen esta pareja de hermanos ha sido edad más que suficiente para que la jueza haya dado la razón a la mujer que a partir del 18 de diciembre podrá volver a disfrutar de la tranquilidad de su hogar aunque esto le haya costado una enorme disputa con sus hijos que incluso ha dado la vuelta al mundo.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #892 en: 17 de Noviembre de 2023, 08:38:41 am »


POSIBLE CASO DE MALTRATO FAMILIAR

Detenido en Lugo un padre tras darle una patada y dos bofetadas a su hijo


El incidente tuvo lugar por la tarde, cuando los oficiales recibieron una llamada al 092 solicitando su presencia
Foto: Imagen de archivo de dos agentes de la Policía Nacional. (Europa Press/Antonio Sempere)
Imagen de archivo de dos agentes de la Policía Nacional. (Europa Press/Antonio Sempere)
Por El Confidencial
16/11/2023 - 18:00
El miércoles, un hombre fue arrestado por la Policía Local de Lugo acusado de presunto abuso doméstico, tras propinar una patada y dos golpes a su hijo "por haber derramado un yogur".
El incidente tuvo lugar por la tarde, cuando los oficiales recibieron una llamada al 092 solicitando su presencia en el cruce de las calles Río Lor y Quiroga. Se informó que "un hombre había atacado a un niño pequeño y luego se había alejado del lugar en un coche", del cual se proporcionó el número de matrícula.
Foto: Vista de un alcoholímetro. (EFE/Marcial Guillén)
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Identificación y detención del agresor
Después de revisar su base de datos, la Policía Local se presentó en la residencia del propietario del vehículo. Allí fueron recibidos por la madre del niño, quien explicó que el menor estaba con su padre porque este lo había llevado a actividades extraescolares. Los oficiales se dirigieron al lugar donde se realizaban dichas actividades y hablaron con una de las encargadas. Esta les contó que, cuando el niño llegó a la actividad, les dijo que su padre "le había golpeado por haber derramado un yogur".

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #893 en: 18 de Noviembre de 2023, 07:31:09 am »


Denuncian a unos padres por enterrar a su hija trans con su nombre anterior a la transición de género


La asociación Euforia estima como posible delito de odio la decisión de la familia de sepultar a la joven con su 'deadname' en el cementerio alicantino de Aspe
La queja vecinal por el «hedor a estiércol» de una empresa guía a la Guardia Civil hasta un acopio de 10 kilos de marihuana
Imagen de archivo tomada en el cementerio de Alicante
Imagen de archivo tomada en el cementerio de Alicante JUAN CARLOS SOLER

DAVID MAROTO

VALENCIA


15/11/2023
Actualizado 16/11/2023 a las 18:28h.


La asociación Euforia Familias Trans Aliadas ha llevado a los tribunales como presunto delito de odio el caso de Daniela, una joven transexual de 23 años que se suicidó en abril de 2022, cuyos padres decidieron enterrar en el cementerio alicantino de Aspe con su nombre anterior a la reasignación de género. Sus amigas defienden que la obligaban a someterse a terapias de conversión e incluso que la internaron en dos ocasiones en un centro psiquiátrico.


Según ha informado la televisión autonómica À Punt y ha adelantado El Salto Diario, la citada entidad ha interpuesto una denuncia contra la familia de Daniela ante la Fiscalía de los Delitos de Odio de Alicante por utilizar una foto y su nombre previo a la transición en su lápida, ubicada en el panteón familiar. «Nunca aceptaron que era una mujer trans», lamentan.


La asociación defiende que Daniela había modificado el nombre en el Registro Civil al no sentirse identificada con este 'deadname'. De acuerdo con la información desvelada por sus amigas, nació en Chile y a los dos años fue adoptada por una familia española que vivía en Cantabria. Con once años comenzó a cuestionar su orientación sexual hasta llegar a identificarse como mujer trans, algo que sus padres «no aceptaron en ningún momento».

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En 2017, según sostienen las denunciantes, comenzó el tratamiento especializado, situación que la enfrentó con sus padres hasta el punto de que estos perdieron su tutela y pasó unos meses en un centro de menores tutelada por la Administración pública. Cuando cumplió 18 años, comenzó una nueva vida en Madrid, donde consiguió un trabajo y solicitó el cambio de nombre en el registro. Un año después, se suicidó y fue enterrada con su necrónimo en el panteón familiar ubicado en Aspe, Alicante.


En este punto, la asociación Euforia decidió presentar una denuncia por presunto delito de odio después de que la Dirección General de Igualdad de la Generalitat Valenciana les instara a pedir responsabilidades al Ayuntamiento correspondiente. En el escrito, desglosan las posibles infracciones de la Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de LGTBI de la Comunidad Valenciana, por «realizar actos que impliquen aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de personas por causa de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar».

Asimismo, alude al supuesto quebranto de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, popularmente asociada como Ley Zerolo, que estipula como grave actos discriminatorios; además de la Ley 49/1978, de 3 de noviembre, de enterramientos en cementerios municipales que marca que los consistorios están obligados a enterrar en sus camposantos «sin discriminación alguna por razones de religión ni por cualesquiera otras».


«Entendemos que estos hechos son un delito de odio e injurias a un colectivo protegido y por eso esperamos que la denuncia se tramite, la admita el Ministerio Fiscal y se ejerzan acciones legales contra los padres de Daniela», argumenta el abogado de la asociación Euforia, Saúl Castro, a À Punt.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #894 en: 27 de Noviembre de 2023, 07:12:18 am »


Detenido en Madrid un matrimonio por pegar a su hijo de cinco años: "Así educamos en Ecuador, al contrario que en España"

LUIS F. DURÁN
Madrid
Actualizado Lunes, 27 noviembre 2023 - 00:02
El menor le contó a su tutora los golpes que sufría. La madre quedó en libertad al tener un bebé y para hacerse cargo de sus hijos menores

Entrada al colegio donde estudia el menor agredido.
Entrada al colegio donde estudia el menor agredido.
SERGIO GONZÁLEZ VALERO
Un hombre ecuatoriano de 29 años y su mujer de 29 fueron detenidos el miércoles de la semana pasada por la Policía Municipal de Madrid acusados de pegar y agredir a su hijo menor de cinco años de edad. El caso salió a la luz en el colegio público donde está matriculado el niño, el CEIP Nuestra Señora de la Almudena, en la calle Lope de Rueda del distrito madrileño del Retiro.

El pequeño llevaba varios días raro y con un comportamiento extraño hasta que le confesó a su profesora que sus padres le pegaban. La educadora trasladó el caso a los agentes tutores de la Policía Municipal de Madrid que investigaron lo contado por el menor y comprobaron que lo que decía el alumno era verdad. Lo confesó, ante la sorpresa de los agentes, su propia madre: "Así lo educamos en Ecuador, al contrario que lo que se hace en España".

El menor víctima de las agresiones llevaba desde el principio de curso con un comportamiento impropio de un esa edad. Su tutora estaba preocupada por el niño, al que la semana pasada vio que una mañana temblaba. La docente le preguntó que le ocurría y el pequeño se abrazó a la maestra contándola que le pegaban sus padres. Poco a poco el niño empezó a relatar a cuentagotas el sufrimiento que vivía en su casa de forma regular. Relató entre lágrimas que su padre le pegaba "mucho" y que su madre le daba golpes con un cinturón en el culo.

La profesora incluso pudo verificar como el menor tenía algún hematoma en varias zonas del cuerpo. La docente decidió avisar al equipo directivo del centro que de inmediato denunció el presunto caso de maltrato a la Policía Municipal.

Los agentes iniciaron las pesquisas con el interrogatorio del menor que volvió a dar detalles de las agresiones sufridas por parte de sus padres. Además, comentó que tenía miedo cuando estaba "en casa con su papá y mamá".

Los policías municipales citaron ese mismo día a sus padres para proceder a su interrogatorio y poder comprobar la veracidad de las acusaciones del niño. En primer lugar, tomaron declaración al padre que al principio negó que pegase a su hijo. Sin embargo, cuando interpelaron a la madre, que acudió con un bebé de corta edad, sí lo admitió. Dijo que le pegaba de forma regular. En concreto, indicó que le azotaba con un cinturón sin motivo alguno. Es más, señaló que lo hacía, ya que en su país de origen, Ecuador, es habitual pegar a los niños para enderezarles de cara a su educación. Asimismo, enfatizó que ese método da resultado en Ecuador y que así estaban muchos niños en España de indisciplinados al no recibir ningún tipo de castigo. "Es normal en Ecuador, así están los niños en España", subrayó de nuevo la mujer que reconoció en ese momento que tanto ella como su marido pegaban si era necesario al niño de cinco años "al contrario que en España".

Los agentes tutores de la Policía Municipal del distrito de Retiro procedieron a detener a los dos progenitores por un presunto delito de maltrato. Sin embargo, la madre quedó en libertad y no fue puesta a disposición judicial para hacerse cargo delos menores debido a que tenía además del niño de cinco años, otro hijo de pocos meses al que estaba aún amamantando.



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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #895 en: 10 de Enero de 2024, 11:35:11 am »
300.400 euros al mes...sin trabajar, sin estudiar...los padres no tienen autoridad.

https://twitter.com/SrLiberal/status/1744751484812534054?t=05c5lpbOas0jqsA4x_v_SA&s=19

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #896 en: 10 de Enero de 2024, 19:54:21 pm »


Detenido en Madrid un matrimonio por pegar a su hijo de cinco años: "Así educamos en Ecuador, al contrario que en España"

LUIS F. DURÁN
Madrid
Actualizado Lunes, 27 noviembre 2023 - 00:02
El menor le contó a su tutora los golpes que sufría. La madre quedó en libertad al tener un bebé y para hacerse cargo de sus hijos menores

Entrada al colegio donde estudia el menor agredido.
Entrada al colegio donde estudia el menor agredido.
SERGIO GONZÁLEZ VALERO
Un hombre ecuatoriano de 29 años y su mujer de 29 fueron detenidos el miércoles de la semana pasada por la Policía Municipal de Madrid acusados de pegar y agredir a su hijo menor de cinco años de edad. El caso salió a la luz en el colegio público donde está matriculado el niño, el CEIP Nuestra Señora de la Almudena, en la calle Lope de Rueda del distrito madrileño del Retiro.

El pequeño llevaba varios días raro y con un comportamiento extraño hasta que le confesó a su profesora que sus padres le pegaban. La educadora trasladó el caso a los agentes tutores de la Policía Municipal de Madrid que investigaron lo contado por el menor y comprobaron que lo que decía el alumno era verdad. Lo confesó, ante la sorpresa de los agentes, su propia madre: "Así lo educamos en Ecuador, al contrario que lo que se hace en España".

El menor víctima de las agresiones llevaba desde el principio de curso con un comportamiento impropio de un esa edad. Su tutora estaba preocupada por el niño, al que la semana pasada vio que una mañana temblaba. La docente le preguntó que le ocurría y el pequeño se abrazó a la maestra contándola que le pegaban sus padres. Poco a poco el niño empezó a relatar a cuentagotas el sufrimiento que vivía en su casa de forma regular. Relató entre lágrimas que su padre le pegaba "mucho" y que su madre le daba golpes con un cinturón en el culo.

La profesora incluso pudo verificar como el menor tenía algún hematoma en varias zonas del cuerpo. La docente decidió avisar al equipo directivo del centro que de inmediato denunció el presunto caso de maltrato a la Policía Municipal.

Los agentes iniciaron las pesquisas con el interrogatorio del menor que volvió a dar detalles de las agresiones sufridas por parte de sus padres. Además, comentó que tenía miedo cuando estaba "en casa con su papá y mamá".

Los policías municipales citaron ese mismo día a sus padres para proceder a su interrogatorio y poder comprobar la veracidad de las acusaciones del niño. En primer lugar, tomaron declaración al padre que al principio negó que pegase a su hijo. Sin embargo, cuando interpelaron a la madre, que acudió con un bebé de corta edad, sí lo admitió. Dijo que le pegaba de forma regular. En concreto, indicó que le azotaba con un cinturón sin motivo alguno. Es más, señaló que lo hacía, ya que en su país de origen, Ecuador, es habitual pegar a los niños para enderezarles de cara a su educación. Asimismo, enfatizó que ese método da resultado en Ecuador y que así estaban muchos niños en España de indisciplinados al no recibir ningún tipo de castigo. "Es normal en Ecuador, así están los niños en España", subrayó de nuevo la mujer que reconoció en ese momento que tanto ella como su marido pegaban si era necesario al niño de cinco años "al contrario que en España".

Los agentes tutores de la Policía Municipal del distrito de Retiro procedieron a detener a los dos progenitores por un presunto delito de maltrato. Sin embargo, la madre quedó en libertad y no fue puesta a disposición judicial para hacerse cargo delos menores debido a que tenía además del niño de cinco años, otro hijo de pocos meses al que estaba aún amamantando.

Y ya vemos cómo están en Ecuador