Prohíben que una madre se acerque a su hijo durante un a?o por darle un bofetón
Disminuir tama?o del textoAumentar tama?o del texto Viernes, 05-12-08
M. MORENO
MADRID. El Juzgado de lo Penal número tres de Jaén ha condenado a una madre a 45 días de prisión y le ha prohibido acercarse a su hijo durante más de un a?o por un delito de malos tratos después de que propinara al menor un bofetón y le agarrara del cuello tras un rifirrafe que se inició cuando ella le reprendió por no haber hecho los deberes que traía del colegio.
La sentencia declara probado que María del Saliente A. M. estaba en su domicilio de Pozo Alcón (perteneciente a Jaén) cuando recriminó a su hijo de diez a?os de edad porque no había hecho los deberes del colegio, a lo que el crío le respondió tirándole una zapatilla y corriendo a encerrarse inmediatamente en el cuarto de ba?o.
La madre fue tras el peque?o y, pese a la oposición del menor, consiguió abrir la puerta, lo que hizo que el ni?o cayera al suelo, fue entonces cuando la condenada le levantó agarrándole del cuello, dándole seguidamente un tortazo por detrás en la cabeza que hizo que se golpeara la nariz y sangrara.
Cuando después llegó a clase, su tutor percibió rastros de sangre en la nariz del menor y, al preguntarle qué le había pasado, le contó que su madre le había agarrado del cuello y dado un bofetón y, de hecho, observó que tenía en el cuello un moratón.
Carácter difícil y desobediente
Para la magistrada, ha quedado acreditado que la madre ?cometió un acto de agresión contra su hijo al cogerle del cuello para levantarlo del suelo y darle un tortazo en la cabeza?, lo que hizo que su cabeza se golpeara contra el lavabo provocando la sangre en la nariz, por lo que ?se cumplen todos los requisitos del tipo de maltrato, aun cuando hubiese sido la única agresión cometida?. La resolución judicial reconoce que el menor tiene un ?carácter difícil y desobediente? respecto a las tareas del colegio y que la madre se sumió en un estado de nerviosismo porque vio que le había mentido y no había hecho los deberes.
Ante estos hechos, entiende que el debate se centra en si la actuación de la madre queda justificada ante la desobediencia del menor y si tiene cabida en el derecho de corrección de los padres. Al respecto, argumenta que ante una agresión física de esta índole -?dos actos de agresión de cierta intensidad que produjeron lesiones?- los actos de la mujer ?no pueden considerarse comprendidos dentro de los conceptos de razonabilidad y moderación?.
En definitiva, condena a la madre por un delito de malos tratos a 45 días de prisión y le prohibe aproximarse a menos de 500 metros con su hijo durante un a?o y 45 días.
Defensa cerrada de Prodeni
La Asociación Pro-Derechos del Ni?o y de la Ni?a (Prodeni) descartó nada más conocer el fallo judicial que sea excesiva la pena de 45 días de prisión impuesta a la madre, y alegó en su favor que ?a los ni?os no se les pega?.
El portavoz de Prodeni, José Luis Calvo, incidió en que un ni?o es una persona a la que nadie debe pegar y que, ?por suerte?, la normativa sobre esta materia ya cambió hace tiempo y se está castigado infringir malos tratos a menores, por lo que consideró ?correcto? que el juez haya penado de esta forma a la mujer.