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Autor Tema: La autoridad de los padres para con sus hijos  (Leído 89625 veces)

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #760 en: 23 de Septiembre de 2016, 09:35:17 am »
Una joven austriaca denuncia a sus padres por publicar fotos suyas
Por L.D.
22/09/2016 - 11:39

    El motivo fueron las fotos publicadas en Facebook cuando era menor y ahora alega que esas publicaciones vulneran su derecho a la intimidad.

    Además de exigir que retiren las fotos también quiere que sus padres paguen una indemnización de entre 3.000 y 10.000 euros.

Una joven de 18 años residente en Austria ha denunciado a sus padres por las fotos que publicaron en Facebook cuando era menor de edad. Así, al cumplir los 18 ha decidido exigir a sus progenitores que eliminen esas instantáneas que vulneran su derecho a la intimidad, según la revista austríaca 'Die Ganze Woche'.

Las fotografías, 500 para se exactos, fueron descubiertas por la joven, que pidió que las eliminasen. En esas fotografías se recogen momentos de su infancia, como sus primeros pasos o ella en el orinal. Por eso ha decidido denunciarles cuando ha logrado el pleno control sobre sus derechos.

La joven se escuda diciendo que hoy en día la huella que dejamos en Internet puede evitar que consigamos  un trabajo. Además exige una compensación económica de entre 3.000 y 10.000 euros y que está "cansada de que mis padres no me tomen en serio".

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #761 en: 28 de Septiembre de 2016, 05:51:44 am »
Detenidos los padres que abandonaron en su casa a los niños para irse de fiesta

El llanto del menor, de dos años, desconsolado llamando a su padre desde la ventana alertó a los vecinos, que avisaron a la Policía

S. L. Madrid27/09/2016 12:22h - Actualizado: 27/09/2016 12:22h.

La Policía Nacional ha detenido a los padres de dos niños de 2 años y 11 meses de edad por abandonarles en su domicilio del distrito de Tetuán para irse de fiesta. Los niños, que estaban solos en penosas condiciones higiénicas y de salubridad en la vivienda, alerataron con sus llantos a los vecinos, que avisaron a la Policía. Horas después, los padres volvieron a la vivienda, según informan los agentes, «con evidentes síntomas de embriaguez» y fueron arrestados.

Los hechos sucedieron en la madrugada del domingo, cuando sobre las seis de la mañana el desgarrador llanto del niño de dos años llamando sin cesar a su padre asomado a una ventana y con las piernas colgando de las rejas alertó a los vecinos, que dieron aviso a la Policía.

Los agentes rompieron la puerta de acceso a la casa y comprobaron las penosas condiciones higiénicas en las que se encontraban los menores y que la vivienda estaba en muy malas condiciones de salubridad, por lo que los hijos estaban en serias condiciones de abandono, rodeados de colillas, comida por el suelo, cuchillos y regletas eléctricas a su alcance que ponían en grave peligro su seguridad. Inmediatamente se realizaron gestiones para localizar a los padres al tiempo que se activaba el protocolo asistencial con los niños, de los que se ha hecho cargo el Grupo de Menores de la Policía Nacional.

Cuando volvieron los padres, fueron arrestados como presuntos autores de un delito de abandono de menores. Manifestaron que se habían ausentado del domicilio para irse a tomar algo a una discoteca cercana.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #762 en: 29 de Septiembre de 2016, 06:35:05 am »

Otro juez sentencia que un padre no tiene que mantener a su hijo 'nini' de 24 años

Por Juan Bosco Martín Algarra 
28/09/2016 - 18:49
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Un juez de Zaragoza estima que el hijo no hace nada por encontrar ocupación cuando además su padre se ha quedado en paro.

Este caso se une a otros conocidos en otras partes de España donde los magistrados tienen en cuenta la voluntad del hijo por tratar de mantenerse solo.
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Un juez de Zaragoza ha decidido que un padre no se vea obligado a pagar la pensión de alimentos que tenía fijada para uno de sus hijos, que en la actualidad tiene 24 años.

La razón principal que esgrime el magistrado es que el joven tiene edad suficiente para estudiar o trabajar, y no sólo no hace ninguna de las dos cosas, sino que tampoco pone de su parte para ganarse la vida por sus propios medios.

En concreto, la sentencia establece que “quien no ha tenido interés en formarse ni tampoco en trabajar no puede ampararse en la obligación de los progenitores, en este caso del padre, de mantenerlo de forma indefinida”.
   
El magistrado entiende que si el padre siguiera pagando la mencionada pensión, estaría contribuyendo a “crear una especie de parasitismo social que no incentiva alcanzar la independencia económica” por parte del joven.

Dos años para sacarse el carné de conducir... sin éxito

Se da la circunstancia además de que el padre se había quedado en paro recientemente. Hasta ahora, estaba obligado a suministrar al joven una pensión alimenticia de 315 euros al mes. Pero el joven, que lleva tres años sin estudiar ni trabajar, tampoco había mostrado interés en independizarse económicamente. De hecho, hace dos años se matriculó en una autoescuela para sacarse el carné de conducir y aún no lo había conseguido.

Este caso, revelado por el periodista Ramón J. Campo en El Heraldo de Aragón, se une a los vistos en otros en distintos lugares de España que exoneran a los padres de pagar pensiones a hijos con actitudes similares a las del joven de Zaragoza.

En 2012, un juez liberó a unos padres de Málaga de mantener a un hijo ‘nini’ de 26 años, al entender que había quedado probada la desidia del joven por encontrar un trabajo con el que vivir.

Lo mismo dictaminó en el mismo año la Audiencia Provincial de Soria, que eximió a unos padres de seguir manteniendo a una hija de 25 años, bajo el argumento de que la obligación alimenticia de los padres respecto a los hijos “no puede tener carácter incondicional”.

En Valencia, un juez retiró la obligación de pasar pensión alimenticia a un padre de un joven de 20 años, al mismo que culpó de no estar trabajando.

En mayo de este mismo año, fue un divorciado de Vigo quien consiguió verse liberado de la obligación de pagar una pensión alimenticia a su vástago de 24 años. A pesar de la oposición de su ex mujer, el juez valoró en ese caso que el hijo ni siquiera se había inscrito en las oficinas de empleo.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #763 en: 05 de Octubre de 2016, 07:14:47 am »
Cárcel para el matrimonio que encerró a su hija dos días en una habitación por portarse mal

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas de hasta un año y cuatro meses de prisión a la pareja, que confinó a su hija menor de edad en una habitación de su casa en Parla durante dos días por su mal comportamiento

EFE Madrid04/10/2016 16:36h - Actualizado: 04/10/2016 17:08h. Guardado en: España Madrid - Temas: Parla , Comunidad de Madrid , Madrid (Provincia)

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas de hasta un año y cuatro meses de prisión, a dos padres que encerraron a su hija menor de edad en una habitación de su casa en Parla (Madrid) durante dos días por su mal comportamiento y colocaron un candado en la puerta para evitar que saliera.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Cuarta condena al padre como autor de un delito de detención ilegal y otro de violencia en el ámbito familiar a un año y cuatro meses de cárcel, y a la madre a un año de prisión por el primero de los delitos. La Fiscalía pedía para ambos hasta seis años de cárcel. Además, los padres deberán indemnizar con 300 euros a su hija por el daño moral causado debido a la ilegítima privación de libertad.

Durante la vista oral, los acusados, de origen marroquí, defendieron que la menor, que era «un poco» conflictiva, no estuvo recluida en una habitación sin ventanas como dijo el fiscal, sino que estaba «castigada» sin salir de casa.

La resolución considera probado que entre el 2 y el 4 de julio de 2013, los progenitores obligaron a su hija a permanecer en una habitación del domicilio familiar en Parla «en castigo por su mal comportamiento» y «cerraron la puerta con un candado».

Durante su encierro, la menor escribió una nota pidiendo auxilio que un vecino encontró en el patio del edificio. Fue esta persona quien alertó a la Policía, que se personó en la vivienda y finalmente liberó a la joven el día 4 a las 19.00 horas.

Cuando salió de la habitación, la hija presentaba contusiones en el rostro y «tenía perforado el tímpano del oído izquierdo, que le había causado su padre pegándole un bofetón en la cara» durante el encierro para obligarla a permanecer en la habitación.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #764 en: 05 de Octubre de 2016, 15:29:45 pm »


Condenada una mujer por pegar a su hija menor de edad

31 días de trabajo en beneficio de la comunidad y una orden de alejamiento de 300 metros.

CADENA SER.
Ignacio San Martín  Málaga  04/10/2016 - 16:24 CEST .

Según la sentencia la madre, en agosto de 2014, se encontraba junto con su pareja y la hija menor de ambos, en los aparcamientos del centro médico las Albarizas de Marbella, cuando durante el curso de una fuerte discusión, con Intención de menoscabar la integridad física de su hija, la pellizcó en reiteradas ocasiones, zarandeándola y dándole un puñetazo en la espalda.

A consecuencia la menor sufrió lesiones consistentes en dolores en la región dorsal, que tardaron dos días en curar.

El padre de la menor, se interpuso para que no golpeara a su hija, y la acusada lo arañó, causándole erosiones superficiales en la cara.

La Sala no tiene en cuenta las argumentaciones de la madre para justificar los golpes a su hija. La acusada dijo que tenía que corregir a la pequeña porque la había ridiculizado en el centro de salud. Sin embargo el tribunal considera que no es admisible primero porque la actitud violenta de la madre era habitual y, segundo, porque la reacción fue desproporcionada propinándole un fuerte puñetazo en la espalda a la menor y en público.

La sentencia la condena a 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad. La madre no podrá acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con su hija por medio alguno durante un año.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #765 en: 12 de Octubre de 2016, 08:33:12 am »

Condenan a una madre a alejarse seis meses de su hija por pegarle un bofetón

    La discusión, en la que la madre le dio un bofetón a su hija y un fuerte tirón del brazo, le costará además 25 días de trabajos sociales
    La Sala desestima así un recurso de apelación interpuesto por la mujer a dicha sentencia, que la condenaba por un delito de violencia doméstica
     

infoLibre Publicada 11/10/2016 a las 17:25 Actualizada 11/10/2016 a las 17:33
 
    “En mi hija mando yo”

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado una sentencia del juzgado de lo Penal de Vinaròs que condenó a una madre a realizar 25 días de trabajo en beneficio de la comunidad y a seis meses de alejamiento de su hija tras darle a esta un bofetón y un fuerte tirón del brazo, según ha informado Europa Press.

La Sala desestima así un recurso de apelación interpuesto por la mujer a dicha sentencia, que la condenaba por un delito de violencia doméstica.

Los hechos sucedieron en febrero de este año en Benicarló (Castellón) cuando la acusada mantuvo una discusión con su hija y le propinó un golpe con la mano abierta en la nariz, además de un fuerte tirón del brazo izquierdo. La menor sufrió dolencias que precisaron de una primera asistencia facultativa y que tardó en curar tres días no impeditivos.

La madre recurrió la sentencia ante la Audiencia de Castellón al considerar que no había pruebas suficientes para la condena. En este sentido, la resolución de la Sección Segunda explica que "se puede tratar de desvirtuar la declaración de la menor, en cuanto que no es cierto que recibiera un mordisco de su madre en la nariz", como declaró la niña en el juicio.

No obstante, añade que "su declaración, las concretas dolencias padecidas y la intervención providencial de los agentes de la autoridad que fueron testigos directos de parte de los hechos enjuiciados permite llegar a una solución condenatoria".

La Sala, en su resolución, da por válidos los argumentos del juez de lo Penal, en los que explica que la acusada trató de imponer su criterio "por medio de la violencia, superando de forma contundente el deber de corrección que como madre a la misma correspondía, haciendo valer su mayor fuerza física".

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #766 en: 28 de Octubre de 2016, 12:29:05 pm »
Una madre en Malasia encadena a su hija a una farola por escaparse de clase
28/10/2016 - 11:01

    La policía del país investiga a dicha madre, que encadenó a su hija de ocho años a una farola por el tobillo tras hacer novillos en la escuela.

    La niña aparece en las imágenes vestida con el uniforme de la escuela, con sólo una botella de agua y su mochila.



Una madre encadena a su hija a la farola por no querer ir a clase. Facebook

La policía de Malasia ha decidido investigar a una madre por encadenar a su hija de ocho años a una farola y abandonarla en plena calle. Las imágenes muestran a la menor vestida con el uniforme escolar, un enorme candado en el tobillo derecho, una botella de agua y su mochila.

La policía, al ver la escena, decidió preguntar a la niña el por qué estaba encadenada. La niña confesó que su madre la había castigado por escaparse de clase, pero que ya estaba a punto de volver para quitar el candado. La policía esperó a que la madre volviese, diez minutos después.



Según 'Daily Mail', la madre aseguró que lo había hecho por que su hija había hecho novillos. "Se decidió dejar que la madre se fuese a casa con su hija, advirtiéndole de que no lo hiciese de nuevo", aseguraron los agentes. Aunque la madre podría ser sancionada por abandonar a su hija, teniendo en cuenta la normativa del país.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #767 en: 04 de Noviembre de 2016, 07:58:59 am »
<a href="http://youtube.com/v/Z59b2cQPxdA" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://youtube.com/v/Z59b2cQPxdA</a>

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #768 en: 05 de Noviembre de 2016, 09:37:19 am »
La niña fallecida por un coma etílico ya había sido trasladada a su casa ebria dos veces


"In vigilando"...la autoridad de los padres para con sus hijos.

Culpa in vigilando es una expresión latina que puede traducirse como "culpa en la vigilancia". Se utiliza en el ámbito del Derecho y, en concreto, en el de la responsabilidad civil.

Reconocer la existencia de culpa in vigilando supone admitir que una persona es responsable de los actos que realiza otra sobre la que tiene un especial deber de vigilancia. Este concepto puede aplicarse al ámbito laboral, referido al empresario o empleador sobre sus empleados en el ámbito de su labor, pero es más habitual encontrarlo en el caso de padres o tutores con respecto a los menores de edad o incapacitados bajo su guarda y custodia.

El motivo que se alude es, en concreto, el que al no haber vigilado de forma adecuada, la otra persona produjo un daño, y que, por tanto, debe asumir la responsabilidad civil de su no vigilancia.

En España, la culpa in vigilando se encuentra recogida en el artículo 1903 del Código Civil.






Artículo 1903

La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.

Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda.
Párrafo 2.º del artículo 1903 redactado por Ley 11/1981, 13 mayo («B.O.E.» 19 mayo), de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio.

Los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que están bajo su autoridad y habitan en su compañía.

Lo son igualmente los dueños o directores de un establecimiento o empresa respecto de los perjuicios causados por sus dependientes en el servicio de los ramos en que los tuvieran empleados, o con ocasión de sus funciones.

...
Párrafo 5.º del artículo 1903 suprimido por Ley 1/1991, 7 enero («B.O.E.» 8 enero), de modificación de los Códigos Civil y Penal en materia de responsabilidad civil del profesorado.

Las personas o entidades que sean titulares de un Centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del Centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias.
Párrafo 6.º del artículo 1903 redactado por Ley 1/1991, 7 enero («B.O.E.» 8 enero), de modificación de los Códigos Civil y Penal en materia de responsabilidad civil del profesorado.

La responsabilidad de que trata este artículo cesará cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #769 en: 05 de Noviembre de 2016, 10:15:28 am »
Pero la culpa es de....

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #770 en: 05 de Noviembre de 2016, 13:14:14 pm »
Vamos no jodas!!!! Al Ayuntamiento?

Lo siento mucho pero aquí los mayores responsables son ellos.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #771 en: 05 de Noviembre de 2016, 15:44:42 pm »
estioy de acuerdo con lo anterior.
Denunciar al Ayuntamiento??????? Pero que tendrá que ver el Ayuntamiento ahí????

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #772 en: 05 de Noviembre de 2016, 16:12:45 pm »
La culpa es del ayuntamiento por permitir que una niña de 12 años beba desde los 8 y fume, y por no haber tomado medidas después de llevarla la policia local dos veces a su casa borracha.... y si no es del ayuntamiento será de Rajoy, y si no, de los recortes del PP, pero a los padres ni mentarlos..... no les ponemos deberes a los chavales que no se estresen, pero eh, que se aprieten una botella de ron que así se hacen adultos

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #773 en: 05 de Noviembre de 2016, 16:33:39 pm »
Que País,  siempre queriendo sacar dinero y siempre por lo mismo. Tengo Derecho, mis derechos, tu tienes la culpa,el otro tiene la culpa............
Pero aquí lo tienen chungo, van a sacar y un mojón bien grande...

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #774 en: 05 de Noviembre de 2016, 16:40:48 pm »
Es más. Deberían de sacar un tirón de orejas por negligentes

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #775 en: 14 de Noviembre de 2016, 08:57:48 am »


Fiscalía lleva al juzgado a 14 familias de Zaragoza por dejar hacer novillos a sus hijos

Uno de cada seis padres o tutores de absentistas escolares termina en el juzgado en Zaragoza

La Fiscalía alerta del aumento de los episodios de violencia familiar en los que menores de edad agreden a sus mayores, especialmente a la madre
Eduardo Bayona - Zaragoza
13/11/2016 - 19:48h

Escolares en clase

Más de treinta padres, madres y tutores han pasado por los juzgados zaragozanos en los últimos dos años para responder por su permisividad, o fomento según los casos, con los novillos de sus hijos y menores de edad a su cargo.

La Memoria de la Fiscalía recoge como en 2014 y 2015 el ministerio público denunció por este motivo a 31 responsables familiares -14 y 17-, que se enfrentaron a procesos penales por delitos contra las relaciones familiares. Suponen entre la sexta y la séptima parte de los casos de absentismo escolar detectados en la provincia: 91 el año pasado y 88 el anterior, cifras muy inferiores a los 108 detectados en 2013.

La ley castiga esta conducta, considerada una dejación de las obligaciones familiares, con penas leves de cárcel o multas y, en el caso de apreciar especial gravedad, con la retirada de la patria potestad por un periodo de entre cuatro y diez años.

El equipo de menores de catorce

Buena parte de esos casos de inasistencia reiterada a clase toleradas o fomentadas fueron detectados gracias a la colaboración de instituciones como la Comisión de Absentismo, el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón, la propia Fiscalía provincial y el EMCA, un equipo de cuatro educadores que trabaja de manera exclusiva con los niños menores de catorce años que cometen hechos delictivos.

El año pasado, la sección de Menores de la Fiscalía zaragozana tramitó asuntos referentes a 144 de ellos, en lo que supone un notable descenso frente a los 156 del ejercicio anterior y los 151 de 2013.

Estos muchachos se encuentran en un limbo legal, ya que la ley no los considera legalmente responsables de esas conductas aunque el ministerio público interviene con ellos a través del EMCA, cuyos educadores comienzan a trabajar con los chicos antes de que haya pasado un mes desde la denuncia.
Situaciones ocultas de riesgo

Esa labor de intervención directa, destaca la Fiscalía, ha permitido detectar “situaciones de riesgo que de otra forma no se hubieran conocido”, entre las que destacan los episodios de absentismo escolar y los casos de abandono y de dejación de funciones por parte de los padres y tutores.

“Se ha intervenido también para erradicarlas, bien por el propio educador del EMCA o desde el Servicio de Protección de Menores” del Gobierno de Aragón, señala el documento.

La Memoria también apunta que “con un trabajo de intervención directa con estos menores en este tramo de edad y sus familias, estamos evitando que muchos de ellos, al cumplir los catorce años, se hubieran visto inmersos en una dinámica delictual”.
Menos protección y más violencia con la familia

La Fiscalía de Zaragoza, por otro lado, constata un descenso tanto de los expedientes de protección de menores -514 el año pasado frente a los 654 del anterior- que se traduce en una reducción del número de muchachos que tiene en acogida la comunidad autónoma: 773 frente a los 842 de 2014.

No obstante, el servicio de Protección a la Infancia mantiene la tutela de 274 niños -115 de ellos internados en Aragón, 21 en otras comunidades y 137 en régimen de acogimiento familiar- y la guarda de otros 48, aplica medidas de apoyo a la familia en otros 289 casos, supervisa la evolución de los 30 que han visto prorrogada su mayoría de edad dentro del programa de emancipación familia y mantiene abiertos 710 expedientes “por denuncias o demandas de diversa procedencia”.

También ha bajado la actividad delictiva de los menores de entre 14 y 18 años, algo que, con la excepción de 2013, lleva ocurriendo desde 2009. No obstante, la Fiscalía llama la atención sobre el continuo incremento de los relacionados con la violencia doméstica, que el año pasado generaron 145 expedientes –solo se ven superados por los robos y hurtos- y a los que se añaden 19 delitos contra la libertad sexual y seis casos de violencia de género.

“Aparecen como víctimas los miembros del grupo familiar, generalmente ascendientes y en particular la madre”, señala la memoria, que añade que “generalmente se trata de jóvenes que no cometen otro tipo de infracciones” y que apunta a dos causas principales para que se produzcan esas agresiones: “la situación social y económica, que deteriora y complica las relaciones familiares, y el consumo de alcohol y sustancias estupefacientes entre los jóvenes, que deriva en situaciones de agresividad y falta de autocontrol”.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #776 en: 19 de Noviembre de 2016, 08:38:35 am »
In vigilando.....



Un niño de 7 años se vuela la cabeza en Argentina al jugar con la pistola del padre

Por Diego Caldentey
lainformacion.com| 18/11/2016 - 19:03

    Su progenitor cortaba el césped y el pequeño le aguardaba en el coche. En un momento abrió la guantera y se encontró con una pistola cargada y sin funda. Se disparó al jugar con ella. El hombre no tenía permiso para portarla ni la había registrado.

    Por la inseguridad y la violencia, en el país sudamericano el uso de armas no declaradas ha aumentado escandalosamente en los últimos años. Existe una cada diez habitantes y ocho personas mueren cada día debido al uso de pistolas y revólveres.

En cuestión de segundos, una fatídica combinación de inexplicable irresponsabilidad y macabro destino transformaron la situación en el interior de un coche en una escena dantesca. El suceso que acaba de ocurrir en Argentina pone de manifiesto además, como trasfondo, el tremendo mercado de armas ilegales y no declaradas que gana espacio en el país sudamericano, donde las olas de violencia hacen que muchísimos ciudadanos decidan adoptar medidas preventivas contra la inseguridad, pero al margen de la Ley.

Combatir la inseguridad, precisamente, es uno de los ejes del plan de lucha trazado por el presidente Mauricio Macri, quien brindó en su momento una dura radiografía de 12 años de gestión kirchnerista.

Todo ocurrió en el barrio La Armonía, situado en la localidad costera y bonaerense de Mar del Plata. Exactamente, en una vivienda situada a 20 kilómetros del centro del balneario argentino por excelencia. Un hombre terminaba de cortar el césped de su vivienda casa su pequeño hijo, de 7 años, le esperaba en el coche, para acompañarle después a hacer unos trámites.

En un momento, como su padre se demoraba, el niño -aburrido por la espera- abrió la guantera del vehículo para ver qué había dentro. Se encontró con una pistola calibre 32, sin funda, que su progenitor llevaba siempre en el coche. Comenzó a manipularla y a jugar con ella, sin que su padre se percatara, ya que éste seguía absorto en sus labores en el jardín.

En un instante, el adulto escuchó un estruendo de disparo que le heló la sangre. El arma estaba cargada y su hijo la había disparado de manera involuntaria, en un accidente terrible. El proyectil se le incrustó en el cerebro.

Desgarrado por el dolor y aturdido por la sorpresa, el padre llevó al chico herido a un centro de salud cercano. Los médicos constataron allí mismo que el pequeño ya no presentaba signos vitales. Le efectuaron con destreza las maniobras de reanimación oportunas y lograron -al menos- que recuperara los signos vitales.

Pero la víctima seguía en gravísimo estado y decidieron trasladarlo hasta el Hospital Materno Infantil, donde fue sometido a una cirugía. Ahora continúa internado desde esta madrugada en el área de cuidados intensivos. Permanece en muy grave estado por las lesiones cerebrales que le provocó la herida de bala, que sigue alojada en su cabeza.

La situación pone en evidencia la falta de controles respecto de las armas en Argentina, un país donde sus habitantes se acostumbran cada vez más a portar revólveres y pistolas, porque temen ser asaltados o porque ya han sido víctimas de atracos y otros graves delitos.

La Policía bonaerense pudo constatar que el padre del menor no tenía el arma registrada y tampoco poseía permiso para su uso y/o portación. Por este motivo ha quedado imputado por lesiones culposas y lesiones de arma de fuego.

Según ha manifestado el fiscal que instruye en la causa, Rodolfo Moure, los médicos, hasta ahora, no habían podido extraerle el proyectil al menor, por lo que se encuentra en estado "gravísimo".

El Hospital Materno Infantil marplatense emitió un comunicado en el cual detalla que al menor se le hicieron maniobras de reanimación cuando ingresó a la guardia y que presenta lesiones cerebrales gravísimas. Actualmente se encuentra en "coma farmacológico con asistencia respiratoria mecánica, en gravísimo estado general", destaca el parte médico.

En el hecho no hubo testigos. El expediente sólo cuenta con el testimonio del abuelo, quien fue a la persona a la que acudió el padre del niño luego de ocurrida la tragedia.

“A la sala de cuidados intensivos el menor ha llegado casi sin vida, pero el médico de guardia logró resucitarlo. Después lo cargaron en la ambulancia y lo llevan al Hospital. El médico del centro de salud es el que le salvó la vida en un primer momento porque había llegado sin signos vitales", ha ratificado Moure.
Un arma cada diez personas por la inseguridad

En Argentina hay 1.295.740 armas registradas, según datos oficiales de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, organismo monitoreado y dependiente del Gobierno central. Además, en esa agencia, donde se registran las armas, se realiza el trámite para ser legítimo usuario. Una persona autorizada a portar armas puede tener más de una. Los datos más actuales dicen que en el país hay 806.539 personas con autorización para portar armas.

El drama es lo que ocurre con las armas que no están declaradas. El número que arrojan las investigaciones de ONGs especializadas en la materia es bastante mayor. En la Red Argentina para el Desarme calculan que hay unos cuatro millones de armas en manos de civiles en todo el país. Es una cifra elevadísima: hay un arma por cada diez personas.

La Encuesta Permanente de Hogares en Argentina asegura que el 10% de los encuestados tiene un arma en su casa; es decir: cuatro millones de personas.

Ocho personas mueren cada día en Argentina por el uso de armas de fuego. Este dato corresponde a la investigación 'Estadísticas Vitales', publicado en diciembre de 2015, realizado por el Ministerio de Salud de la Nación argentino en 2014, año en el que, en total, murieron 2.981 personas a causa del uso de armas de fuego (el 30 % de esas muertes fueron por 'causas indeterminadas').

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #777 en: 28 de Noviembre de 2016, 15:15:22 pm »
Me encantan este tipo de sentencias.


Condenan a dos menores a pagar 2.800€ por insultar a una compañera en WhatsApp

Los jóvenes sí han sido absueltos de un delito de trato degradante porque su conducta no fue continuada en el tiempo.

 VOZPÓPULI

28.11.2016 - 14:25
Dos menores deberán indemnizar con 2.828 euros a una menor a la que humillaron en un grupo de WhatsApp. Sin embargo, la Audiencia Provicial de Alicante, que ha llevado el caso, les ha absuelto de un delito de trato degradante porque su conducta no fue continuada en el tiempo.
Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 18 de mayo de 2014, cuando los acusados vertieron en un grupo de esta red social en el que participaban junto a otros compañeros de curso referencias e insinuaciones dirigidas a la chica con contenido sexual.

Ella se dio de baja del grupo, pero ese mismo día, por la noche, fue agregada de nuevo al mismo por el que ejercía de administrador y otra vez recibió vejaciones, entre ellas un mensaje de audio en el que uno de los acusados le llamaba "putilla".

La menor recibió más insultos y amenazas tras denunciar el caso a los profesores y presetó estrés postraumático

La menor comunicó al día siguiente lo que le ocurría a sus profesores y eso generó un incidente verbal en el que estuvieron presentes varios alumnos y en el que una compañera llegó a insultarla y amenazarla.

La víctima fue diagnosticada de trastorno por estrés postraumático, un cuadro clínico que aún persistía al inicio del curso siguiente.

El Juzgado de Menores 3 de Alicante condenó en marzo de este año a los dos acusados por un delito de trato degradante, les impuso la obligación de asistir a tareas socio-educativas y trabajos en beneficio de la comunidad. Igualmente, el juzgado decretó que indemnizaran conjuntamente a la compañera a la que humillaron con 2.828 euros, una cantidad de la debían responder sus padres.

No obstante, la sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha revocado ahora esta sentencia tras estimar los recursos de apelación presentados por los abogados defensores.

Además, "tampoco las frases en sí mismas consideradas, y sin negar el carácter despreciativo y humillante respecto de la persona de la menor, pueden encuadrarse en esos actos que la jurisprudencia, individualmente considerados, pueden ocasionar el resultado típico de un delito de trato degradante", añade el fallo, facilitado hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSCV).

En cualquier caso, la Audiencia de Alicante ha confirmado la indemnización
 que los padres de los menores acusados deberán pagar a la víctima
como consecuencia de la actuación de sus hijos

Conectado 47ronin

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #778 en: 29 de Noviembre de 2016, 13:47:45 pm »
Cría cuervos....y una sentencia dejara las cosas sentadas.

Se queda sin herencia porque no quiso atender a su padre, que murió de cáncer
Por E.P. / B.M

lainformacion.com | 28/11/2016 - 17:15
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares establece que se puede desheredar a un hijo que no ayudó a su padre moribundo.


Otros hijos sí ayudaron al padre, que había enfermado de cáncer pero el desheredado no atendía ni siquiera las llamadas.

La Audiencia Provincial de Baleares ha confirmado el derecho de un padre a desheredar a su hijo por negarle su ayuda en los momentos finales de su vida. El padre atravesaba una su precaria situación económica, no sólo en cuanto a alimentación -una de las causas que establece el Código Civil para privar de la legítima a un descendiente-, sino también en "todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica".


El tribunal de la Sección Cuarta ha desestimado el recurso interpuesto por el hijo del testador contra la sentencia que ya en primera instancia absolvía a los hermanos de aquél, a quienes el desheredado reclamaba la cantidad que le correspondía en concepto de legítima tras la muerte de su progenitor, más los intereses legales desde la fecha de su fallecimiento, el 29 de abril de 2013.

La legítima es aquella parte de la herencia que no se puede repartir como desea el que otorga testamento, sino que ha de ser repartida según el criterio dictado por la ley. En el caso de los descendientes la legítima estricta es el tercio que ha de repartirse a partes iguales entre los herederos forzosos.


Ni siquiera atendía el teléfono
En concreto, el difunto fue diagnosticado de cáncer de pulmón por el que fue sometido a quimioterapia entre 2011 y 2012 para posteriormente pasar a recibir cuidados paliativos. El paciente tuvo que dejar de trabajar -se dedicaba a la reparación de relojes-, viviendo a partir de entonces de los ingresos de su esposa y de la ayuda de diversos familiares y amigos.

Al tener concertados varios préstamos hipotecarios y ser escasos sus recursos, el progenitor necesitaba ayuda económica para subsistir así como para hacer frente a las necesidades farmacológicas propias de la enfermedad. Los hermanos del demandante aseguran que, pese a ello, éste negó a su padre todo tipo de ayuda, ya que ni siquiera atendía al teléfono cuando su progenitor o los distintos familiares le llamaban.


Tras valorar la prueba practicada, el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Palma desestimó la demanda del desheredado, que solicitaba la nulidad de la cláusula testamentaria que le denegaba la legítima.

En su recurso, el demandante alegaba que nunca negó servicio alguno a su padre y que, en cualquier caso, esta causa de desheredación no está contemplada en el artículo 853.1 del Código Civil, que establece como causa justa de desheredación "haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda".

Sin embargo, la Sala responde tajante al hijo del fallecido al determinar que la negación de servicios sí es enmarcable en el precepto en cuestión.


Y es que, señalan los magistrados, aunque la dicción literal del testamento hable de negación de 'servicios' y no sea idéntica a la que utiliza la normativa de negación de 'alimentos', "no es menos cierto" que en el mismo párrafo del escrito sucesorio del difunto se hace referencia a que el motivo de deshederación se ubica en el artículo 853.1 del Código Civil.

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No sólo los alimentos
El tribunal aclara que el párrafo discutido por las partes debe ser objeto de interpretación conjunta, por lo que la negativa de prestar servicios equivale a la negativa de alimentos. Así, la Audiencia entiende por alimentos "no exclusivamente lo relativo a la alimentación propiamente dicha", sino "todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica".


Es más, subraya cómo el propio demandante admite expresamente en su recurso que el testador se encontraba "en una precaria situación económica", por lo que, añade la sentencia, en tal aserto "se engloba como notoria la necesidad de ayuda que el padre, en el último momento de su vida, experimentó". Ayuda que, en la consideración del fallecido, le fue negada.

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Re: La autoridad de los padres para con sus hijos
« Respuesta #779 en: 29 de Noviembre de 2016, 15:54:44 pm »
Pues mira, perdió la vergüenza y ahora la herencia... que mala suerte ¡¡¡