Autor Tema: Reforma de la Ley 2/86  (Leído 193479 veces)

Desconectado 47ronin

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #100 en: 27 de Febrero de 2006, 18:45:20 pm »
Quien siembra vientos recoge tempestades, y vientos sembraron en Madrid a partir de 1997, cuando decidieron que CNP y GC eran los únicos encargados de velar por la seguridad de los madrile?os, y eso ahora pasa factura.

Recuerdo a cierto diputado regional al que se le detuvo a un choro mangándole el loro del coche decir: "si no fuese por ustedes, pero eso se ha de terminar, la seguridad ciudadana corresponde a CNP", estoy seguro que ese mismo diputado reclama hoy competencias para las PL en esta materia, y es que la pol?tica es la pol?tica...de mierda.

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #101 en: 27 de Febrero de 2006, 20:33:58 pm »
Buenas,

Y daaaaaaale con "Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado"....  ;cosc;
Al menos ya que hablan, podían molestarse en mencionar las leyes con propiedad, más teniendo en cuenta que piden que se reforme dicha ley para dar competencias a Policías Locales:bur)

Un SaLuDo.
Mírate, te crees a salvo de todo lo malo, invulnerable, invencible. Piensas que el peligro y el miedo están siempre en otra parte, lejos de aquí... ?Crees que éste no es tu mundo? ?Que ésta no es tu vida? ?Que ésta no es tu Guerra? No sabes cuánto te

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #102 en: 27 de Febrero de 2006, 20:36:53 pm »
Desconocimiento, nada más que desconocimiento, y "acordarse de Santa Bárbara cuando truena".
« Última modificación: 27 de Febrero de 2006, 20:44:21 pm por 47ronin »

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #103 en: 27 de Febrero de 2006, 20:38:41 pm »
No os canseis que esto seguirá así mucho mucho tiempo.
A mano abierta mejor

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #104 en: 27 de Febrero de 2006, 21:27:37 pm »
Hola, garafolo, cuando digo hombres/mujeres de la GC, me refiero a sus parejas sentimentales, que ellos no pueden.  Y el CS-CSIF es el sindicato mayoritario de funcionarios.  Tiene unas cuantas ventajas, y es que no necesita tener representacion en el Ayuntamiento X para tener voz y voto en la mediacion de los convenios de los funcionarios, ya que tiene mas del 10% del total de funcionarios de toda Espa?a, y la ley le habiilta a poder participar en cualquier ayuntamiento aunque no tengan representacion....  Tambien como he dicho da muchos cursos, y lo queramos o no, necesitamos estar formados ya que el maremagnun de legislacion que abarca nuestra profesion hace imposible el estar al dia sin algo de ayuda.  Tambien pueden afiliarse PN, ya que tambien son funcionarios, aunque ellos tienen sus propios sindicatos.  El problema es que Policias Locales hay muchas, y cada una pide una cosa, por lo que un sindicato independiente de policias locales a dia de hoy por nuestra especial configuracion, como que en cada comunidad autonoma tenemos requisitos direrentes, y cosas por el estilo, lo hace inviable, bajo mi punto de vista.

Un salu2

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #105 en: 07 de Marzo de 2006, 00:00:37 am »
Actualmente veo un absurdo que para que agentes de la policia local puedan actuar de paisano tengan autorización de la Delegación del Gobierno. La verdad es que me parece un atraso muy grande desde su publicación. Por eso os pregunto si se va tratar este tema en la nueva reforma. AAHH y si quereis comentar algo sobre el tema pues ya sabeis..... AL ATAQUEEEEEE
id zagalicos y tened cuidao'#039#039

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #106 en: 07 de Marzo de 2006, 00:03:49 am »
Si alguien tiene algo sobre las modificaciones de la 2/ 86, que lo cuelgue si no es molestia.Vssssssss
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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #107 en: 07 de Marzo de 2006, 12:06:49 pm »
Además la dichosa autorización del Delegado no recuerdo bien si vale para 3 o 6 meses, vaya casta?a! y con unas limitaciones que no veas, Salu2  ../

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #108 en: 07 de Marzo de 2006, 13:31:36 pm »
Esta disposición es un fosil preconstitucional. Tiene su sentido en la época en la que los ayuntamientos no eran entes autónomos sino apéndices del gobierno central. La autoridad del alcalde era una autoridad delegada, no propia, y subordinada a las autoridades nacionales. Hoy día es un sinsentido que sobrevive gracias a absurdas justificaciones de coordinación y al escaso talento legislativo de quienes han ido legislando la materia. El sinsentido máximo se alcanza con el hecho de que sin estar de servicio se puede intervenir (de paisano, claro) en cualquier tiempo y lugar, pero de servicio las autorizaciones mantienen restringidas las funciones a desempe?ar sin uniforme. De traca.
Salud y suerte.
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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #109 en: 07 de Marzo de 2006, 16:16:47 pm »
La justificacion es para que sepan las FCSE que hay agentes de policia local de paisano y evitar incidentes, pero como sabemos los PLS cuando hay FCSE de paisano??, ah, ajo y agua, jeje. Bueno, es facil cuando ves a un tipo con un bolso o ri?onera colgado y gafas de sol, ya sabes quien es, jeje. Un saludo

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #110 en: 07 de Marzo de 2006, 16:50:26 pm »
Esta disposición es un fosil preconstitucional. Tiene su sentido en la época en la que los ayuntamientos no eran entes autónomos sino apéndices del gobierno central. La autoridad del alcalde era una autoridad delegada, no propia, y subordinada a las autoridades nacionales. Hoy día es un sinsentido que sobrevive gracias a absurdas justificaciones de coordinación y al escaso talento legislativo de quienes han ido legislando la materia. El sinsentido máximo se alcanza con el hecho de que sin estar de servicio se puede intervenir (de paisano, claro) en cualquier tiempo y lugar, pero de servicio las autorizaciones mantienen restringidas las funciones a desempe?ar sin uniforme. De traca.
Salud y suerte.

?conoces la ultima sentencia que dice que un policia local fuera de su municipio no esta en el ejercicio de sus funciones, y por lo tanto no es agente de la autoridad?, y la interpretación que hace de "en todo tiempo y lugar.

Por otra parte, en el a?o 1986 ya estaba aprobada la constitución.


Con esto no digo que la ley este bien, digo que dices incongruencias e incorrecciones.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #111 en: 07 de Marzo de 2006, 16:54:18 pm »
Yo estoy de acuerdo en que fuera de tu municipio pues no tengas la consideración de agente de la autoridad, es mas, ni se pretende. Pero lo que si es cierto es que me parece irrisorio el tema tratado
id zagalicos y tened cuidao'#039#039

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #112 en: 07 de Marzo de 2006, 17:06:26 pm »
Pues yo digo que es una gilipollada que un PL que está de paisano detrás de un tío que, por ejemplo, le han dado chivatazo que va a pillar droga para luego vender, no pueda salir de su municipio (esto es más fácil verlo en pueblos grandes o peque?os me da igual)... y tenga que salir en plan "furtivo"... así les va a los manguis!!!! hacen lo que quieren! travas y más travas para los "buenos"...si es para detener a un chorizo por mí que vayan donde quieran! ahora, que cojer el patrulla y venirte al pueblo de al lado para verte y tirarte a una compa?era eso sí que es la ca?a! sí sí...el Boss de la PL de al lado mía se coje él de paisano fuera de servicio un patrulla, lo aparca y se va con una PL de las últimas que han entrado a "empa?ar cristales"!!!! jejejeje.... sus PL,s están que trinan! y los de mi localidad tb!!!!....que crack este Freddy....

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #113 en: 07 de Marzo de 2006, 17:23:01 pm »
Entonces, tengo que entender, que si un chorizo al que he trincao, me espera a la puerta de mi casa (vivo en un pueblo distinto del que trabajo) y me da una paliza o me mata en venganza por haberle detenido, puede hacerlo, ya que en el momento que crucé el limite territorial perdi mi condicion de agente de la autoridad?

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #114 en: 07 de Marzo de 2006, 17:29:54 pm »
No empecemos a marear la perdiz otra vez, la sentencia que conocemos es eso, UNA sentencia de un juez en un caso puntual, los casos hay que analizarlos uno por uno y en la generalidad de ellos no hay ningún problema o defecto formal.

Lo de las autorizaciones de paisano es un concepto anacrónico que esperemos resuelva la nueva 2/86, aunque particularmente creo que no lo resolverá.

Desconectado JAKE

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #115 en: 07 de Marzo de 2006, 17:36:19 pm »
Holmes hombre no te rayes, que si por razón del ejercicio de tu cargo te agreden tendrás consideraciónde Agente de la autoridad donde estés... es decir, que en vez de condenar al tío a 50? por lesiones pagará..... 100.... ya ves....que way! no ya en serio, el tema es peliagudo, no tanto para los PL,s de ciudades grandes pero para los de sitios más peque?os donde los límites fronterizos de diferentes municipios están que se huelen pues... lo que tienen que hacer las leyes es favorecer el trabajo de las Policías en general y ponérselo difícil a la chusma y/o escoria inmunda!!!!! me gusta definirlos de alguna de las 2 maneras....

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #116 en: 07 de Marzo de 2006, 17:42:58 pm »
Pretendeis que las leyes que las hacen politicos sean lógicas?, para eso los politicos tenian que ser logicos, no? Cosa harto dificil, a ver cuando nos enteramos, estamos en el pais mas al reves del mundo, jeje, o aun os quedan dudas?, ah, y el que tenga esperanzas en la 2/86 va apa?ao, seguro que se queda todo mucho mas ambiguo que antes. ;cosc;

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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #117 en: 07 de Marzo de 2006, 17:48:34 pm »
Estoy casi convencido que cuando modifiquen la ley, repito, cuando la modifiquen (solo Dios sabe cuando será) la dejarán peor de lo que está.
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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #118 en: 07 de Marzo de 2006, 18:53:45 pm »
Esta disposición es un fosil preconstitucional. Tiene su sentido en la época en la que los ayuntamientos no eran entes autónomos sino apéndices del gobierno central. La autoridad del alcalde era una autoridad delegada, no propia, y subordinada a las autoridades nacionales. Hoy día es un sinsentido que sobrevive gracias a absurdas justificaciones de coordinación y al escaso talento legislativo de quienes han ido legislando la materia. El sinsentido máximo se alcanza con el hecho de que sin estar de servicio se puede intervenir (de paisano, claro) en cualquier tiempo y lugar, pero de servicio las autorizaciones mantienen restringidas las funciones a desempe?ar sin uniforme. De traca.
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?conoces la ultima sentencia que dice que un policia local fuera de su municipio no esta en el ejercicio de sus funciones, y por lo tanto no es agente de la autoridad?, y la interpretación que hace de "en todo tiempo y lugar.

Por otra parte, en el a?o 1986 ya estaba aprobada la constitución.


Con esto no digo que la ley este bien, digo que dices incongruencias e incorrecciones.

Esa sentencia, es UNA, y como el propio tribunal Supremo constata, es una sentencia erronea. Sé que la 2/86 está aprobada con la Constitución actual en vigor, por eso digo que la disposición de la que hablamos es un fosil preconstitucional.
Publicado por: aguilaspol 
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Yo estoy de acuerdo en que fuera de tu municipio pues no tengas la consideración de agente de la autoridad, es mas, ni se pretende. Pero lo que si es cierto es que me parece irrisorio el tema tratado

Pues aunque estés de acuerdo, no es eso lo que marca la legislación. En lo demás tienes razón, no se pretende porque ya es un hecho.
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Re:Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #119 en: 07 de Marzo de 2006, 19:05:41 pm »
ahora, que cojer el patrulla y venirte al pueblo de al lado para verte y tirarte a una compa?era eso sí que es la ca?a! sí sí...el Boss de la PL de al lado mía se coje él de paisano fuera de servicio un patrulla, lo aparca y se va con una PL de las últimas que han entrado a "empa?ar cristales"!!!! jejejeje.... sus PL,s están que trinan! y los de mi localidad tb!!!!....que crack este Freddy....


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