Autor Tema: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones  (Leído 108629 veces)

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #460 en: 23 de Julio de 2021, 07:35:00 am »
Señores, aprendanse la normativa...segunda parada con el toque de "eh, el casco".

Pues no, los usuarios de los patinentes no están obligados a portar casco si tienen más de 16 años.-

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #461 en: 26 de Julio de 2021, 08:06:50 am »

Madrid registra casi 300 accidentes de patinetes en lo que va de año por el aumento de su uso
Este lunes se ha producido el último siniestro, en el que un joven de 25 años ha resultado herido grave al impactar con su vehículo de movilidad personal contra un turismo en Ciudad Lineal

Álvaro G. Colmenero

Actualizado:22/07/2021 12:26h

El último suceso acaecido durante la mañana del miércoles en Ciudad Lineal, en el que un joven de unos 25 años resultó herido grave tras impactar con su patinete contra un turismo, ha puesto sobre la mesa de nuevo el debate acerca del uso de los vehículos de movilidad personal (VMP) y su peligrosidad en la convivencia con otros medios de transporte en la región. Sin ir más lejos, según los datos recabados por este periódico de fuentes municipales, durante lo que va de año se han registrado 295 siniestros protagonizados por patinetes en la capital que requirieron la asistencia médica del Samur-Protección Civil, una cifra que sería a todas luces superior si se contabilizaran los incidentes sin atención

   

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #462 en: 27 de Julio de 2021, 10:42:46 am »
Hay que meter en cintura a los VMP, pero con la escasez de efectivos que sufre la PMM...........

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #463 en: 27 de Julio de 2021, 13:53:17 pm »
Hay que meter en cintura a los VMP, pero con la escasez de efectivos que sufre la PMM...........

No tienen ustedes efectivos para acometer nada...pero Sanz y el.inutil de su Director siguen  adelante con el.proyecto de creación de la UCS2....lo que restará personal a las Uid, que es donde hacen falta.

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #464 en: 27 de Julio de 2021, 14:29:29 pm »
Pues exceptuando la USE y UMA las especialidades estan bajo mínimos, algunas casi al borde de la Extinción.

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #465 en: 18 de Diciembre de 2021, 09:09:15 am »
En mi opinion todo "artefacto" que circule por las vías públicas deberían tener suscrito una póliza de seguro, las bicicletas también.

Seguro obligatorio para patinetes eléctricos: la urgente petición a la DGT de Ayuntamientos y Fiscalía

er Martín
@esthinsonf1

El aumento de la demanda de los patinetes eléctricos y, como consecuencia, el incremento de los accidentes de los mismos, está haciendo que tanto los Ayuntamientos como la Fiscalía de Seguridad Vial y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) comiencen a reclamar la obligatoriedad de un seguro para los usuarios de patinetes eléctricos a la DGT.

Uno de los motivos por los cuales la DGT no requieren ni de permiso de circulación ni de seguro obligatorio es que no están considerados vehículos de motor y, por ende, solo se les exige seguro a aquellas empresas de alquiler que se benefician económicamente del uso de estos patinetes.

Si el responsable de los daños carece de seguro, deberá responder con su patrimonio.

Chico en patinete

El número de municipios que están comenzando a solicitar un seguro obligatorio en España asciende a medida que los accidentes y el mal uso de estos vehículos aumenta.

Estos Ayuntamientos cuentan con el apoyo de la Fiscalía de Seguridad Vial para solicitar la implantación de un seguro para estos vehículos, pero la DGT se respalda en que los VPM no son vehículos a motor.

Aseguran que, en nuestro país solo es exigible este seguro “para aquellos vehículos cuya puesta en circulación requiera autorización administrativa, es decir, permiso de circulación”, tal y como subraya Francisco de las Alas–Pumariño, jefe de la Unidad de Normativa de la DGT.

El principal problema es que los propios usuarios son los primeros que no respetan la normativa impuesta para los vehículos, circulando por una zona reservada para los peatones cuando deberían ir por la calzada o de no respetar las normas de tráfico.

Por eso, el sector de los seguros ya ha reclamado a la Administración que se generalice un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil que garantice cobertura ante posibles incidentes.

Los patinetes eléctricos son un medio de transporte en auge: según datos de Línea Directa, en los últimos tres años se han vendido más de 800.000 patinetes eléctricos en toda España. Pero en ese mismo periodo también se han registrado unos 1.300 accidentes con víctimas con VMP implicados y al menos 16 fallecidos.

A día de hoy existe el seguro Vivaz Safe&Go, lanzado por Línea Directa, que cubre a la persona y su movilidad y no al vehículo y que puede ser contratado a demanda.

Y si no tienes seguro y sufres un accidente, el Colegio General de Mediadores de seguros consideran que, aunque este no sea obligatorio, gran parte de ellos quedan cubiertos gracias al seguro del hogar, que ofrecen una cobertura de responsabilidad civil al asegurado que son aplicables a los accidentes de patinete y bicicleta. En cambio, si el responsable de los daños carece de seguro, deberá responder con su patrimonio.

Dentro de Europa, Italia está tramitando este seguro y tanto en Francia como en Alemania, es obligatorio desde el año 2019. En el caso de Francia, el Código de Seguros define a un vehículo de movilidad personal como un "vehículo de motor terrestre", por lo que tiene la misma obligación que el propietario de un turismo.

En Alemania, se ha establecido una regulación específica para los "vehículos eléctricos pequeños", a los cuales se les exige una placa de matrícula y una pegatina que certifique que están asegurados para poder circular.

Hasta ahora solo se contempla la obligatoriedad del casco con la nueva Ley de Seguridad Vial, de hecho, la sanción por no hacer uso de un casco de protección mientras se conduce un patinete eléctrico es de 200 euros (artículo 118.1 del RGC) y se procederá a la inmovilización del vehículo de acuerdo con el artículo 104.1.c) del texto refundido de la Ley de Seguridad Vial.

También hay que tener en cuenta que los patinetes tienen prohibido circular por autopistas, autovías, vías interurbanas, travesías y túneles urbanos, aunque esto deja de considerarse infracción grave y pasa a ser leve.


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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #467 en: 01 de Marzo de 2022, 08:23:43 am »

El Supremo reclama una clasificación administrativa más clara para los Vehículos de Movilidad Personal

28/02/2022

El Pleno de la Sala de lo Penal ha reclamado una clasificación administrativa más clara de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), dada su incidencia en la seguridad vial, en una sentencia en la que confirma la absolución de una mujer acusada de un delito de conducción sin permiso (del artículo 384.2 del Código Penal), y donde la cuestión clave era si el vehículo que conducía era un VMP o un ciclomotor.

La Sala subraya que “la nueva realidad social que muestra la multitud de aparatos de las características de los VMP, debería llevar a una clasificación administrativa más clara, dada la diversidad de aparatos con capacidad de circulación, o bien la pronta exigencia de una certificación administrativa, que acredite su configuración técnica, necesaria para su circulación, en los términos que, ciertamente, ya se van legislando en esta materia.

Lo propio respecto a la necesidad, o no, de precisar de algún tipo de licencia, conocimientos o capacidad de habilidad técnica para circular con estos nuevos vehículos, y los demás aspectos que se consideren de interés, dada la incidencia en la seguridad vial que a todos nos ha de preocupar”.

Considera que no es posible, hoy por hoy, incriminar la conducción de los VMP en las infracciones penales del Capítulo IV del Título XVII del Código Penal (delitos contra seguridad vial), salvo que se haga un uso fraudulento de estas categorías para camuflar, tras una aparente clasificación como VMP, “lo que es auténticamente, cuanto menos, un ciclomotor (incluso una motocicleta), intentando burlar de esa forma la reglamentación referida a la exigencia de licencia, que daría lugar al delito objeto de este recurso, y otras normas, como la obligatoriedad del casco o del seguro, de ámbito administrativo, incidiendo –y eso es lo peor– en la seguridad vial, al poner en peligro real la seguridad personal de los demás usuarios de la vía”.

La Sala confirma una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, que absolvió a una mujer de un delito de conducción sin permiso o licencia al entender que el vehículo que conducía por una calle de Águilas –de dos ruedas, provisto de acelerador y sillín, pero no de pedales, marca Citycocco 1400 W-, no tenía la consideración legal de ciclomotor, por lo que no necesitaba licencia para conducirlo.

Dicha sentencia fue recurrida por el fiscal al Tribunal Supremo, que se pronuncia sobre esta cuestión después de constatar la existencia de sentencias contradictorias de distintas Audiencias Provinciales sobre esta materia.

La sentencia, ponencia del magistrado Julián Sánchez Melgar, desestima el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía, y concreta los elementos que deben constar en los hechos probados para enjuiciar una conducción sin licencia de este tipo de vehículos.

El Pleno destaca que en los hechos probados de la sentencia recurrida figura que el vehículo era de dos ruedas, provisto de acelerador y sillín, sin pedales, marca Citycocco 1400 W, pero faltan otros datos sustanciales como por ejemplo la velocidad que podía alcanzar el VMP y si contaba o no con un sistema de auto-equilibrado.

“En consecuencia, deben constar en los hechos probados de la sentencia aquellos elementos configurativos del vehículo con el que circulaba la acusada, como lo es su potencia (tanto sea de motor de explosión como eléctrico), su velocidad máxima, si cuenta o no con sillín (y sus características), si tiene o no, sistema de auto-equilibrado, y cuantas características sean necesarias para su clasificación, lo que llevará a exigir que, para su uso, sea necesario obtener el oportuno permiso o licencia de conducción, y, en suma, a falta de los elementos documentales que consten en autos, sea precisa su categorización mediante el oportuno dictamen pericial que sea necesario para su determinación”, subraya el tribunal.


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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #468 en: 01 de Marzo de 2022, 08:25:33 am »
La verdad es que los VMP se  están convirtiendo en un problema. . .

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #470 en: 22 de Junio de 2022, 16:40:39 pm »
Pues eso ...

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #473 en: 07 de Septiembre de 2022, 17:29:01 pm »

La Policía Local propone matrícula y seguro obligatorio en los patinetes en Valencia


Cano aboga por endurecer los criterios de circulación y Ribó de «racionalizar» el uso de un aparato que suma 364 accidentes este año
PACO MORENO
Valencia
LOLA SORIANO
Martes, 6 septiembre 2022, 02:12
Los 364 accidentes ocurridos en patinete eléctrico en el primer semestre de año, una cifra similar a la del pasado ejercicio, ha vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de frenar este tipo de siniestros en un modo de circulación que se ha asentado como de las más utilizados en los carriles bici en Valencia. La respuesta, según indicó este l

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #475 en: 06 de Octubre de 2022, 07:00:33 am »
La ignorancia es muy osada, hay que recordarle a la princesa que sí, que a los peatones que cruzan el semáforo en rojo se les multa exactamente igual que al resto de conductores y que las normas son para respetarlas, no para interpretarlas al particular antojo de cada cual, luego ocurre que los ciclistas piden respeto frente a los vehículos, pero ellos no lo tienen en muchas ocasiones frente al resto de usuarios de la vía. . . así que quizás más que un peatón machirulo, estamos ante una ciclista feminazi. . .

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #477 en: 23 de Octubre de 2022, 08:46:08 am »

Un juzgado de Pontevedra avala la inmovilización de un patinete eléctrico sin permiso de circulación porque puede superar los 25 km/h


21/10/2022



Poder Judicial •

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra ha desestimado el recurso interpuesto por el dueño de un patinete eléctrico contra la resolución de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa del 13 de octubre de 2021 en la que acordó su inmovilización por entender que se trata de un ciclomotor que necesita permiso de circulación, matrícula y certificado de seguro obligatorio.

De esta forma, la magistrada ha decretado que el recurrente deberá abonar las tasas correspondientes -77 euros- para retirar el patinete eléctrico de los depósitos municipales. En la sentencia, estima que el vehículo que usaba en el momento de la denuncia “alcanzaba y era hábil para superar los 25 km/h”, que es “lo que cuenta a los efectos de la tipicidad de la conducta”.

Así, la jueza asegura que en el pliego de las características técnicas se observa que la velocidad es de 45 km/h, aunque autolimitado a 25 km/h.

“A su vez, hay que precisar respecto del tipo infractor que nos ocupa que, para su constatación, resulta indiferente conocer la velocidad exacta a la que circulaba el artilugio, o la máxima que pueda alcanzar, siendo suficiente probar que se han excedido o que se halla en disposición de circular a velocidades superiores a 25 km/h”, recalca la magistrada en el fallo, en el que incide en que el tipo infractor “consiste en conducir un vehículo careciendo de la necesaria autorización administrativa y no hacerlo a una determinada velocidad”.

Por ello, concluye que el patinete empleado por el demandante, debido a la velocidad que puede alcanzar, no está comprendido en los vehículos definidos como VMP, los cuales están exentos de la autorización administrativa para la circulación.

“Tras el estudio y análisis de la normativa de aplicación, el Reglamento (UE) número 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, y el propio reglamento interno de vehículos, llegamos a la conclusión de que el factor de la velocidad es determinante para la distinción del vehículo como VMP”, afirma la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra. La sentencia es firme, pues contra ella no cabe presentar recurso. 

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Re: Monopatines, bicicletas, patinetes, minimotos y peatones
« Respuesta #478 en: 01 de Noviembre de 2022, 15:12:47 pm »

La DGT estudia un seguro obligatorio para los patinetes


Los servicios concesionados en las ciudades ya los tienen, por la ordenanza municipal, pero para los de uso particular por ahora sólo es una recomendación. En España hay cerca de un millón de patinetes eléctricos. En los dos últimos años han fallecido 17 personas en un siniestro relacionado con este tipo de vehículos

Patinete eléctrico. / JOSEP SURIA


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Teresa Rubio

Cadena SER
01/11/2022 - 11:56 h CET
MadridLo reclama la Fiscalía de Seguridad Vial y la Federación Española de Municipios y Provincias. De hecho, algunos ayuntamientos ya lo tienen así establecido como Benidorm, Palencia, Mahón, Pozuelo de Alarcón o Majadahonda. En España hay cerca de un millón de patinetes eléctricos que, en los tres últimos años, han estado implicados en más de 1.300 accidentes con heridos.


Los seguros para patinetes son obligatorios desde 2019 en Francia y Alemania. Italia lo está tramitando. Aquí, la Dirección General de Tráfico tiene previsto incluir su obligatoriedad en el reglamento de usuarios vulnerables que todavía está redactándose. Uno de los aspectos que se está valorando es cómo debe ser este seguro, si debe estar asociado al patinete o a la persona que lo conduzca. Para Manuel Castellanos, presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes, "lo lógico es que lo que se asegure es la utilización del patinete y la responsabilidad civil del usuario, por tanto, lo idóneo sería asegurar el vehículo".

Seguros desde 19 euros
Ya hay compañías que están ofertando seguros para patinetes desde 19 euros hasta 75 euros en función de lo que cubra cada póliza. "Las primas que se están barajando", dice Castellanos, "son pequeñas, de 30 o 40 euros". "El problema es que con estas primas el límite total que se cubre es de 150.000 euros. Si se causan lesiones graves o la muerte de un peatón, esa cobertura es totalmente insuficiente. Hay que buscar un término medio".

También hay que tener en cuenta que, aunque tengamos seguro, no tiene porqué cubrir un accidente si, por ejemplo, circulamos por la acera, porque es un uso prohibido. Según un informe del RACC, que analiza el perfil y comportamiento de los usuarios de patinetes y otros vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad de Barcelona, el 43% reconoce que circula por la acera y un 12% asegura que tuvo, alguna vez, un accidente con daños personales.


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