El Gobierno castigará el acoso callejero con multas y trabajos comunitarios
La llamada ley contra las violencias sexuales acaba con la distinción entre abuso y agresión sexual
Lupe Carrasco
Publicado 03.03.2020 - 09:34
Actualizado3.3.2020 - 15:15
El acoso ocasional sexista leve, conocido como "callejero", será considerado delito con la nueva ley de libertad sexual y será castigado con penas de localización permanente, trabajos comunitarios o multas para los agresores. Así lo ha confirmado este martes la ministra de Igualdad, Irene Montero, que ha informado de que esta nueva ley acaba finalmente con la distinción entre abuso y agresión sexual.
De esta manera, la novedad más destacada de la ley, además de que se basa en el consentimiento y de que desaparece el abuso, es la inclusión en el Código Penal del delito de "acoso ocasional", que considerará como un delito leve aquellas "expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas" que pongan a la víctima en una situación "objetivamente humillante, hostil o intimidatoria".
El Gobierno ha asegurado, asimismo, que este acoso "callejero" puede producirse no solo en la vía pública, también puede darse en establecimientos, locales, bares, fiestas privadas, conciertos... y un largo etcétera.
Montero ha afirmado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes que con esta ley se modificará el Código Penal para introducir "un sistema de penas diferente" para los delitos sexuales, un sistema basado en el consentimiento. "Reformamos el Código Penal para introducir como delitos sexuales cosas que hasta ahora no se consideraban, como el matrimonio forzado, la mutilación genital o la transmisión voluntaria de enfermedades", ha añadido.
La ley 'estrella' de la cartera de Montero se topó con las discrepancias del Ministerio de Justicia, que tumbó el borrador inicial
"La clave de la ley es que pone en el centro el consentimiento, hasta ahora las mujeres se encontraban con una cadena de obstáculos (...) Ahora ya no vamos a tener que demostrar el sometimiento", ha defendido Montero.
Esta ley 'estrella' de la cartera de Montero, quien ha insistido hasta el último minuto en aprobarla antes del 8-M para darle mayor simbolismo a pesar de las discrepancias del Ministerio de Justicia -que tumbó el borrador inicial- y de choques con ministros del PSOE, castigará con penas de hasta 15 años de prisión en los casos más graves de agresión sexual.
Hasta 15 años de prisión
En concreto, las penas serán de entre uno y cuatro años de cárcel para los delitos contra la libertad sexual de las personas sin su consentimiento expreso, unas penas que irán creciendo en función del tipo de delitos y de la existencia de agravantes hasta esos 15 años.
La titular de Igualdad ha informado, por otro lado, que existirán, entre otras medidas de prevención, "educación sexual en todos los niveles educativos", así como "asistencia jurídica gratuita".
El anteproyecto debe pasar aún por la fase de informes y después tramitarse en el Congreso de los Diputados, donde también podría sufrir cambios, pero ya se conoce que modifica el artículo 178 del Código Penal.
Tal y como ha recordado la ministra, el eje central del proyecto es el consentimiento, como reclama el Convenio de Estambul, para que quede claro que "solo sí es sí". Este concepto ya se ha convertido en el nombre por el que es conocida la nueva ley.
Esto es lo que recoge el anteproyecto de ley integral por la protección de la libertad sexual y contra las violencias sexuales, que Montero ha llevado este martes al Consejo de Ministros, a pesar de haber provocado los primeros roces en el Gobierno de coalición de PSOE y Podemos.
Elementos "inconstitucionales"
Algunos miembros del Gobierno consideraban que antes de aprobarse, se debían terminar de pulir algunos detalles del texto que afectaban a los juzgados especializados, para garantizar que no invadía competencias de las comunidades autónomas y que tenía en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Esta nueva ley define como actos de agresión sexual aquellos que "se realicen con violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad"
"Detectamos muchísimas cosas que eran claramente inconstitucionales", explicaron a 'Vozpópuli' fuentes del Gobierno, que aseguraron que hacía falta corregir muchos aspectos de la norma.
Estas mismas fuentes afirmaron que "la ley de libertad sexual tal y como la presentó el gabinete de Montero" se frenó "desde el principio". Según esta versión, desde Igualdad se presentó un borrador normativo que recibió muchas críticas por parte de los servicios legales de otros departamentos.
"Violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad"
Esta nueva ley define como actos de agresión sexual aquellos que "se realicen con violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad" y señala que "se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad de participar en el acto".
También define como actos de agresión sexual aquellos que "se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada su voluntad por cualquier causa".