Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1316173 veces)

Desconectado pauli_19

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11500 en: 19 de Enero de 2026, 14:10:32 pm »
La edad legal de jubilación para todo trabajador, incluidos los PMM, que no tengan los 38 años y 6 meses cotizados a la Seguridad Social son 67 años, por eso, para saber cuándo se jubila un PMM, lo primero que hay que hacer, es hallar su edad legal de jubilación en función de los años cotizados y una vez se tenga la edad legal de jubilación, se descuentan los años cotizados como PMM para aplicar el factor reductor de la edad legal, por eso, todos los policías que no lleguen a esos 38 años y 6 meses cotizados se jubilarán con 62 años si han cotizado como policías un mínimo de 25 años. . .

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Gracias por la aclaración!

Desconectado pauli_19

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #11501 en: 19 de Enero de 2026, 14:11:13 pm »
Hola a todos, hace mucho que no escribo por aquí, así que disculpad si mi consulta se desvía un poco del hilo.

-Cumplo 60 años el 15/10/2026
-Cotizado total a fecha de hoy: 36 años y 8 meses
-Como Policía Municipal: 30 años y 6 meses
-En la web del INSS, mi edad ordinaria me sale 15/10/2031

Alguien que controle del tema me puede orientar si con estos datos me podría jubilar el 15/10/2026 ?
Gracias

Para poder reducir la edad de jubilación ordinaria este año de 66 y 10 meses a 65 se necesitan 38 años y 3 meses de cotizacion efectiva en 2026, con lo cual usted no cumple con esa posibilidad ya que cuando llegue octubre tendra 37 años y 6 meses de cotización.

Como el año próximo la edad de jubilación es a los 67 y el tiempo cotizado se eleva a 38 años y 6 meses para la reducción a 65, usted cumpliría ese requisito en octubre de 2027.

Su jubilación lo será con 61 años.


Hay algo que no tengo claro, en PMM la edad de jubilación son 65 o 67? Para todo el que no cumpla los 38 años y 6 meses?

Entiendo la pregunta y a mi modo de ver existe un choque normativo importante, ya que si bien la ley de la Seguridad Socual establece ls edad de jubilación.a los 67 en 2027, la ley de la Función Publica limita a 65 a un funcionario publico su continuidad laboral, por esa "disfunciom" yo entiendo que a un funcionario no se le deberían exigir los mismos años cotizados que al resto de trabajadores para reducirse en 2 desde 67, puesto que nunca podría aplicarsele la continuidad hssta esa edsd de 67, sin embargo, la SS exige con caracter general los 38 años y medio pars ese descuento.
Muchas gracias