Autor Tema: ¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?  (Leído 26672 veces)

Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
   El Ayuntamiento de Madrid esta utilizando los medios telemáticos necesarios para la tramitar las denuncias PDA con la firma digital.
   ? Se debería revocar la firma digital ?
   Reune todos los requisitos exigidos por la Ley de Protección de Datos, se esta cumpliendo el Acuerdo de colaboración con la FNMT, se ha informado a los Agentes de Movilidad de los Pros y los Contras.
   ? Valoran los Agentes de Movilidad su intimidad ?

    :esc:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223091
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #1 en: 19 de Diciembre de 2007, 17:33:24 pm »
requisitos:

1?.- Identidad, que implica poder atribuir de forma indubitada el mensaje electrónico recibido a una determinada persona como autora del mensaje.

2?.- Integridad, que implica la certeza de que el mensaje recibido por B (receptor) es exactamente el mismo mensaje emitido por A (emisor), sin que haya sufrido alteración alguna durante el proceso de transmisión de A hacia B.

3?.- No repudiación o no rechazo en origen, que implica que el emisor del mensaje (A) no pueda negar en ningún caso que el mensaje ha sido enviado por él.

Pues bien, la firma digital es un procedimiento técnico que basándose en técnicas criptográficas trata de dar respuesta a esa triple necesidad apuntada anteriormente, a fin de posibilitar el tráfico comercial electrónico.

Por otra parte, a los tres requisitos anteriores, se une un cuarto elemento, que es la confidencialidad, que no es un requisito esencial de la firma digital sino accesorio de la misma. La confidencialidad implica que el mensaje no haya podido ser leído por terceras personas distintas del emisor y del receptor durante el proceso de transmisión del mismo.

http://porsche.ls.fi.upm.es/Material/Articulos/DecretoLey.pdf


Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #2 en: 19 de Diciembre de 2007, 17:52:15 pm »
requisitos:

1?.- Identidad, que implica poder atribuir de forma indubitada el mensaje electrónico recibido a una determinada persona como autora del mensaje.

2?.- Integridad, que implica la certeza de que el mensaje recibido por B (receptor) es exactamente el mismo mensaje emitido por A (emisor), sin que haya sufrido alteración alguna durante el proceso de transmisión de A hacia B.

3?.- No repudiación o no rechazo en origen, que implica que el emisor del mensaje (A) no pueda negar en ningún caso que el mensaje ha sido enviado por él.

Pues bien, la firma digital es un procedimiento técnico que basándose en técnicas criptográficas trata de dar respuesta a esa triple necesidad apuntada anteriormente, a fin de posibilitar el tráfico comercial electrónico.

Por otra parte, a los tres requisitos anteriores, se une un cuarto elemento, que es la confidencialidad, que no es un requisito esencial de la firma digital sino accesorio de la misma. La confidencialidad implica que el mensaje no haya podido ser leído por terceras personas distintas del emisor y del receptor durante el proceso de transmisión del mismo.

http://porsche.ls.fi.upm.es/Material/Articulos/DecretoLey.pdf




 El Ayuntamiento esta solicitando la firma de los Agentes de forma individual.
 Tienen una base de datos con todas estas firmas.
 En cada Unidad tienen un archivo con copias de los PUK de desbloqueo de la firma.
 Al presentar la solicitud de firma individual los Agentes no tienen copia en ningun tipo de soporte informático.
 ? Harán lo mismo con P.M., cuando les entreguen las PDA's en el Futuro ?
 
 LA PELOTA ESTA EN JUEGO. OPINEN USTEDES. TODA OPNION ES IMPORTANTE.
 :pen:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Desconectado pkpmz

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 5518
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #3 en: 19 de Diciembre de 2007, 18:52:34 pm »
mi rubrica ira asociada a mi numero, no se si existe la posibilidad de que alguien toquetee y la lie..pero en el ejercicio de tu funcion igual ahora mismo puede llegar cualquier compa?ero, tener una intervencion y dar tu numero y firmar como tu o parecido...con lo cual....tengo mis dudas
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
PKPMZ A.K.A. JOSE DAVID GARCIA CASTILLA
-\\-SKYMAN-//-
"quotquotYA NADIE HABITA EL VALLE"quotquot

Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #4 en: 19 de Diciembre de 2007, 18:59:19 pm »
mi rubrica ira asociada a mi numero, no se si existe la posibilidad de que alguien toquetee y la lie..pero en el ejercicio de tu funcion igual ahora mismo puede llegar cualquier compa?ero, tener una intervencion y dar tu numero y firmar como tu o parecido...con lo cual....tengo mis dudas

 En eso estoy contigo, pero la firma digital tiene muchas mas posibilidades. Hacienda, Seguridad Social, DGT, tramitaciones y transacciones bancarias, etc... No solo vale para denunciar.
   Un saludo
    :esc:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Desconectado pkpmz

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 5518
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #5 en: 19 de Diciembre de 2007, 19:03:47 pm »
no se nada de la materia ojo!, pero en el curro uso mi rubrica y en la vida privada mi firma , que no tienen nada que ver....que digo yo que con la rubrica de un agente de movilidad, o pmm, no van a poder hacer nada puesto que no esta asociada mas que a un numero de funcionario, ni cuentas bancarias ni nada....no se chigco
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
PKPMZ A.K.A. JOSE DAVID GARCIA CASTILLA
-\\-SKYMAN-//-
"quotquotYA NADIE HABITA EL VALLE"quotquot

Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #6 en: 19 de Diciembre de 2007, 19:22:54 pm »
no se nada de la materia ojo!, pero en el curro uso mi rubrica y en la vida privada mi firma , que no tienen nada que ver....que digo yo que con la rubrica de un agente de movilidad, o pmm, no van a poder hacer nada puesto que no esta asociada mas que a un numero de funcionario, ni cuentas bancarias ni nada....no se chigco
[/quote
Con este nuevo invento tu firma privada y la de A.M. se unen y valen para todo. Todo se basa en un PIN y un PUK como en los moviles, con esos 2 numeros tienen acceso a todo. La firma digital tiene la misma validez que la manuscrita.
Pasate por esta pagina y verás la utilidades que se le pueden llegar a darle.
  www.cert.fnmt.es
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.


Desconectado fuyu

  • POR CUANDO ESPA?A ERA ESPA?A, Y NO 17 TRIBUS.
  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 5468
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #8 en: 19 de Diciembre de 2007, 20:15:11 pm »
requisitos:

1?.- Identidad, que implica poder atribuir de forma indubitada el mensaje electrónico recibido a una determinada persona como autora del mensaje.

2?.- Integridad, que implica la certeza de que el mensaje recibido por B (receptor) es exactamente el mismo mensaje emitido por A (emisor), sin que haya sufrido alteración alguna durante el proceso de transmisión de A hacia B.

3?.- No repudiación o no rechazo en origen, que implica que el emisor del mensaje (A) no pueda negar en ningún caso que el mensaje ha sido enviado por él.

Pues bien, la firma digital es un procedimiento técnico que basándose en técnicas criptográficas trata de dar respuesta a esa triple necesidad apuntada anteriormente, a fin de posibilitar el tráfico comercial electrónico.

Por otra parte, a los tres requisitos anteriores, se une un cuarto elemento, que es la confidencialidad, que no es un requisito esencial de la firma digital sino accesorio de la misma. La confidencialidad implica que el mensaje no haya podido ser leído por terceras personas distintas del emisor y del receptor durante el proceso de transmisión del mismo.

http://porsche.ls.fi.upm.es/Material/Articulos/DecretoLey.pdf




 El Ayuntamiento esta solicitando la firma de los Agentes de forma individual.
 Tienen una base de datos con todas estas firmas.
 En cada Unidad tienen un archivo con copias de los PUK de desbloqueo de la firma.
 Al presentar la solicitud de firma individual los Agentes no tienen copia en ningun tipo de soporte informático.
 ? Harán lo mismo con P.M., cuando les entreguen las PDA's en el Futuro ?
 
 LA PELOTA ESTA EN JUEGO. OPINEN USTEDES. TODA OPNION ES IMPORTANTE.
 :pen:

Supongo que al decir firma te refieres a certificado digital.

El ayuntamiento tendrá la clave pública, pues el certificado digital no lo puede/debe tener, ya que es personal de cada uno.

Si tu das o percibes o sospechas que tu certificado digital ha escapado de tu ambito personal, mas vale que lo revoques inmediatamete, porque te puden liar una de cojones.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #9 en: 19 de Diciembre de 2007, 20:53:52 pm »
requisitos:

1?.- Identidad, que implica poder atribuir de forma indubitada el mensaje electrónico recibido a una determinada persona como autora del mensaje.

2?.- Integridad, que implica la certeza de que el mensaje recibido por B (receptor) es exactamente el mismo mensaje emitido por A (emisor), sin que haya sufrido alteración alguna durante el proceso de transmisión de A hacia B.

3?.- No repudiación o no rechazo en origen, que implica que el emisor del mensaje (A) no pueda negar en ningún caso que el mensaje ha sido enviado por él.

Pues bien, la firma digital es un procedimiento técnico que basándose en técnicas criptográficas trata de dar respuesta a esa triple necesidad apuntada anteriormente, a fin de posibilitar el tráfico comercial electrónico.

Por otra parte, a los tres requisitos anteriores, se une un cuarto elemento, que es la confidencialidad, que no es un requisito esencial de la firma digital sino accesorio de la misma. La confidencialidad implica que el mensaje no haya podido ser leído por terceras personas distintas del emisor y del receptor durante el proceso de transmisión del mismo.

http://porsche.ls.fi.upm.es/Material/Articulos/DecretoLey.pdf




 El Ayuntamiento esta solicitando la firma de los Agentes de forma individual.
 Tienen una base de datos con todas estas firmas.
 En cada Unidad tienen un archivo con copias de los PUK de desbloqueo de la firma.
 Al presentar la solicitud de firma individual los Agentes no tienen copia en ningun tipo de soporte informático.
 ? Harán lo mismo con P.M., cuando les entreguen las PDA's en el Futuro ?
 
 LA PELOTA ESTA EN JUEGO. OPINEN USTEDES. TODA OPNION ES IMPORTANTE.
 :pen:

Supongo que al decir firma te refieres a certificado digital.

El ayuntamiento tendrá la clave pública, pues el certificado digital no lo puede/debe tener, ya que es personal de cada uno.

Si tu das o percibes o sospechas que tu certificado digital ha escapado de tu ambito personal, mas vale que lo revoques inmediatamete, porque te puden liar una de cojones.
  El Ayuntamiento tiene la clave y el PUK de desbloqueo. Con este certificado contestan los escritos de alegaciones que los A.M. no reciben desde el mes de Mayo
 :esc:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Desconectado kaperucitablue

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6552
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #10 en: 19 de Diciembre de 2007, 21:08:59 pm »
mi rubrica ira asociada a mi numero, no se si existe la posibilidad de que alguien toquetee y la lie..pero en el ejercicio de tu funcion igual ahora mismo puede llegar cualquier compa?ero, tener una intervencion y dar tu numero y firmar como tu o parecido...con lo cual....tengo mis dudas

 En eso estoy contigo, pero la firma digital tiene muchas mas posibilidades. Hacienda, Seguridad Social, DGT, tramitaciones y transacciones bancarias, etc... No solo vale para denunciar.
   Un saludo
    :esc:
con el nuevo DNI ya tienes firma electronica
Ante el defecto de pedir, esta la virtud de no dar
yo aportare economicamente


Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #11 en: 19 de Diciembre de 2007, 21:15:19 pm »
mi rubrica ira asociada a mi numero, no se si existe la posibilidad de que alguien toquetee y la lie..pero en el ejercicio de tu funcion igual ahora mismo puede llegar cualquier compa?ero, tener una intervencion y dar tu numero y firmar como tu o parecido...con lo cual....tengo mis dudas

 En eso estoy contigo, pero la firma digital tiene muchas mas posibilidades. Hacienda, Seguridad Social, DGT, tramitaciones y transacciones bancarias, etc... No solo vale para denunciar.
   Un saludo
    :esc:
con el nuevo DNI ya tienes firma electronica
La firma del nuevo DNI va por base de datos del Ministerio del Interior. El certificado digital o firma digital va por la FNMT y tiene un uso diferente.

 :esc:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223091

Desconectado kaperucitablue

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6552
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #13 en: 19 de Diciembre de 2007, 22:24:10 pm »
que es la FNMT??  :mus; :mus; :mus;
Ante el defecto de pedir, esta la virtud de no dar
yo aportare economicamente


franciscodeasis

  • Visitante
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #14 en: 19 de Diciembre de 2007, 22:30:32 pm »
Fabrica Nacional de Moneda y Timbre.

Un saludo.

Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #15 en: 19 de Diciembre de 2007, 22:33:18 pm »
 La FNMT es la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, la cual depende sino me equivoco del Ministerio de Economía y Hacienda.

[url][/uhttp://www.fnmt.es/es/html/ho-ho.asprl]

 ;pin;
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Desconectado kaperucitablue

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6552
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #16 en: 19 de Diciembre de 2007, 22:36:19 pm »
yo ayer me hice el nuevo dni
explicarme por favor la diferencia de las dos cosas
Ante el defecto de pedir, esta la virtud de no dar
yo aportare economicamente


Desconectado Testarrudo

  • Cadete
  • *
  • Mensajes: 279
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #17 en: 19 de Diciembre de 2007, 23:05:44 pm »
El nuevo DNI depende del Ministerio del Interior y el certificado electrónico depende del Ministerio de Economía y Hacienda.
Aqui te pongo 2 enlaces por si quieres más información.

http://www.cert.fnmt.es/


http://www.dnielectronico.es/seccion_integradores/espec_uno.html

 :esc:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Desconectado fuyu

  • POR CUANDO ESPA?A ERA ESPA?A, Y NO 17 TRIBUS.
  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 5468
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #18 en: 19 de Diciembre de 2007, 23:11:13 pm »
Os haceis un lio terrible.

El certificado digital es una cosa, la firma digital es otra, con el certificado digital se consigue la firma electronica.

Hay diversas instituciones que pueden facilitar el certificado digital, una es la FNMT y otra el M.Interior.

La FNMT facilita un certificado digital que se puede instalar en el ordenador, en uno, en dos, o en cien, y se puede incrustar en una tarjeta criptografica (ojo, se puede meter en la tarjeta criptografica pero no sacar)

El ministerio, en el eDNI, que tiene tarjeta criptografica (el chip) mete un certificado digital, pero no se puede instalar en ningún sitio.


En resumen, un certificado digital dentro de una tarjeta criptografica no puede instalarse en ningún sitio (mayor seguridad), debe utilizarse la tarjeta (bien eDNI o cualquier otra tarjeta), y un certificado "solo" se instala, o se puede instalar, y quedar instalado, en el navegador, lo que implica que cualquiera que utilice ese navegador podrá utilizar el certificado digital y por lo tanto firmar con ese certificado (FNMT).
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

Desconectado bacterio007

  • Aprendiz
  • *****
  • Mensajes: 116
Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #19 en: 19 de Diciembre de 2007, 23:20:07 pm »
Os haceis un lio terrible.

El certificado digital es una cosa, la firma digital es otra, con el certificado digital se consigue la firma electronica.

Hay diversas instituciones que pueden facilitar el certificado digital, una es la FNMT y otra el M.Interior.

La FNMT facilita un certificado digital que se puede instalar en el ordenador, en uno, en dos, o en cien, y se puede incrustar en una tarjeta criptografica (ojo, se puede meter en la tarjeta criptografica pero no sacar)

El ministerio, en el eDNI, que tiene tarjeta criptografica (el chip) mete un certificado digital, pero no se puede instalar en ningún sitio.


En resumen, un certificado digital dentro de una tarjeta criptografica no puede instalarse en ningún sitio (mayor seguridad), debe utilizarse la tarjeta (bien eDNI o cualquier otra tarjeta), y un certificado "solo" se instala, o se puede instalar, y quedar instalado, en el navegador, lo que implica que cualquiera que utilice ese navegador podrá utilizar el certificado digital y por lo tanto firmar con ese certificado (FNMT).

Es cierto en parte, al usar el certificado te pide una clave personal...no vale solo con que usen tu ordenador.