Autor Tema: ¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?  (Leído 26670 veces)

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #80 en: 07 de Enero de 2008, 21:15:24 pm »
Ya sabido esto, cuando a traves de ese maravilloso ordenador fuisteis pidiendo los certificados, se fueron instalando en esos "almacenes", de donde si no han sido borrados vuestras claves privadas aún seguiran, y cualquiera PUES DESDE AHI NO PIDE CLAVE, podra usurparos vuestra identidad. Por eso la importancia de todo esto, ya que en ese ordenador, fuera de vuestro control, PUEDE (es posible) que esten todos vuestros certificados.

por lo que pone por aquí efectivamente no pide clave

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #81 en: 07 de Enero de 2008, 21:33:43 pm »
Ya sabido esto, cuando a traves de ese maravilloso ordenador fuisteis pidiendo los certificados, se fueron instalando en esos "almacenes", de donde si no han sido borrados vuestras claves privadas aún seguiran, y cualquiera PUES DESDE AHI NO PIDE CLAVE, podra usurparos vuestra identidad. Por eso la importancia de todo esto, ya que en ese ordenador, fuera de vuestro control, PUEDE (es posible) que esten todos vuestros certificados.

por lo que pone por aquí efectivamente no pide clave

 El unico requisito es tenerolo instalado en el explorador del ordenador. Además una vez instalado se pueden hacer tantas copias como se quieran de este mismo certificado. Lo que no se es si existe algún tipo de control informatico sobre las posibles utilizaciones que haya podido tener (fiscalización de su utilización, por seguridad). Tendré que realizar una consulta a la FNMT en este sentido.

 :esc:
Que clase de hombre es aquel que no trata de mejorar el mundo en el que vive.

Desconectado fuyu

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #82 en: 07 de Enero de 2008, 22:31:50 pm »
oki fuyu ya me voy enterando.
ahora te pregunto, si en un ordenador en el que tienen mi firma instalada, quieren hacer uso de esta, ?tienen que poner el pin? me ha parecido entender que dijiste que no, es mas que nada por las sospechas que tenemos de que se estan firmando nuestros recursos por personas terceras.


No, no hace falta pin, el certificado digital no tiene pin, únicamente te pedira pin para su instalacion y lo que te dije de las tarjetas.

No solamente culquiera que tenga acceso a ese ordenador podra utilizar tu certificado, sino que podra hacer tantas compias como quiera e instalarlo en tantos ordenadores como quiera.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #83 en: 07 de Enero de 2008, 23:04:48 pm »
acabo de preguntar si hay algun tipo de control sobre el uso de la firma digital, y solo lo hay en la admiistracion o empresa en la que se utilize.
cada vez que se instala en un ordenador, te pide el pin, pero es el pin de esa copia, por lo tanto, aun cambiando el pin pueden instalarlo tantas veces como ellos quieran, y lo peor de todo, SIN NINGUN TIPO DE CONTROL SOBRE EL MISMO.
he estado leyendo el boe que contiene la ley que regula la firma digital y SE PASAN ESTA LEY POR EL FORRO. las multas van graves de 30.000 a 150.000 euros, y muy graves de 150.000 a 600.000 euros, siendo muy graves las del articulo 18, el que mas se toman a la ligera y el 20.

personalmente digan lo que digan en mi sindicato dare de baja mi firma digital este viernes. Pase lo que pase y le pese a quien le pese.
ASI SI QUE ME VOY SOLO AL PUESTO.....

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #84 en: 07 de Enero de 2008, 23:17:57 pm »
acabo de preguntar si hay algun tipo de control sobre el uso de la firma digital, y solo lo hay en la admiistracion o empresa en la que se utilize.
cada vez que se instala en un ordenador, te pide el pin, pero es el pin de esa copia, por lo tanto, aun cambiando el pin pueden instalarlo tantas veces como ellos quieran, y lo peor de todo, SIN NINGUN TIPO DE CONTROL SOBRE EL MISMO.
he estado leyendo el boe que contiene la ley que regula la firma digital y SE PASAN ESTA LEY POR EL FORRO. las multas van graves de 30.000 a 150.000 euros, y muy graves de 150.000 a 600.000 euros, siendo muy graves las del articulo 18, el que mas se toman a la ligera y el 20.

personalmente digan lo que digan en mi sindicato dare de baja mi firma digital este viernes. Pase lo que pase y le pese a quien le pese.


Y por qué no la das ahora mismo, solicita otra, y por libre la vas a recoger (firmar) cuando puedas.

EL CERTIFICADO DIGITAL ES MUY UTIL Y SEGURO, PERO CLARO, ES COMO UNA TARJETA DE CREDITO QUE LA DEJES EN LA CALLE CON SU PIN, LO NORMAL ES QUE TE ROBEN.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #85 en: 07 de Enero de 2008, 23:21:13 pm »
De todas formas, lo que a mi me parece mas grave de todo esto es que os metais a usar un cosa tan seria como el certificado digital sin unos mínimos conocimientos, y lo que es mas imperdonable aún es que la administración os "obligue" a ello sin dar unos mínimos cursos sobre esto, en todas las administraciones (bueno, en todas parece que no) se han dado unos peque?os cursos muy básicos, pero suficientes, para adquirir unos conocimientos a nivel de usuario.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #86 en: 14 de Marzo de 2008, 10:39:11 am »
POLÉMICA EN EL AYUNTAMIENTO
Poner multas a cualquier precio

Un agente de movilidad en una calle de la capital. (Foto: Paco Toledo)

Un agente de movilidad en una calle de la capital. (Foto: Paco Toledo)
Actualizado viernes 14/03/2008 09:57 (CET)
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LUIS F. DURÁN

MADRID.- Se imagina que su empresa utiliza su DNI para solicitar y usar su firma electrónica -clave privada, personal e intransferible- sin que usted lo sepa? Eso es lo que ha hecho, a grandes trazos, el Ayuntamiento con la plantilla de los Agentes de Movilidad. El motivo, el cobro de las multas a través de un terminal telemático PDA.

Para identificar al agente que pone la sanción, a través de esta herramienta, es necesario que cuando se imprima haya una identificación.

La denuncia ha partido del grupo municipal de IU y ha sido confirmada por los sindicatos CSI-CSIF y CC OO. Según aseguran, el asunto "saltó" en noviembre del pasado a?o después de que la primera promoción de agentes se sumase a la iniciativa de poner multas a través de PDA.

"A un compa?ero se le bloqueó el aparato y pidió a los mandos los códigos de desbloqueo. Mantenían una copia de seguridad de todos y cada uno de los agentes, tanto de las claves de desbloqueo de las PDA como de las firmas electrónicas cuando las tienen que destruir una vez que se entregan", precisaron las fuentes sindicales.

La firma electrónica es un instrumento administrativo que tiene tanta importancia como la manuscrita. Es decir, que con ella se puede rubricar documentación oficial que vincula jurídicamente a la persona. Para solicitar la firma electrónica hay que remitir a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre el DNI.

Esta, a su vez, manda un código y de forma personal, el interesado ha de ir a alguna de las oficinas certificadoras para ratificar esa petición. Es como un filtro de seguridad para impedir que una persona pida la firma electrónica de otra. Una vez en la oficina, se firma un documento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Se hacen tres copias: una se queda la oficina, otra va al organismo que la expide y la tercera se la queda el interesado.

A los cuatro días, la firma llega al ordenador personal desde el que el interesado ha realizado todo el proceso.

El asunto en cuestión arrancó en 2005 cuando, según relatan los sindicatos e IU, a la primera promoción de Agentes de Movilidad se les dio a firmar un documento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para la obtención del carné digital profesional que utilizan para moverse por las instalaciones municipales. Luego, en mayo, firmaron un segundo documento de la institución. "Todos supusimos que estaba relacionado con el carné profesional. Los mandos, simplemente, nos dijeron que lo teníamos que firmar y tampoco nos dieron muchas más explicaciones. Lo hicimos", aseguran las fuentes informantes.

IU califica el asunto de 'impresentable' y pide la comparecencia del edil de Movilidad en el Pleno

Los Agentes de Movilidad tienen dos tarjetas: la profesional y otra encriptada con la firma electrónica que han de introducir en la peque?a impresora que portan y con la que imprimen los impresos de sanciones que rellenan. De esta forma, la persona multada tiene una copia física de la sanción con la identificación del agente. "Nosotros no sabíamos que eso era la firma electrónica", precisan los sindicatos.

Según denuncian, el Consistorio se encargó, sin su autorización, de remitir su DNI a la Fábrica; luego les "colaron" el documento para que lo firmasen, y seguidamente obtuvieron la firma electrónica sin que los agentes lo supiesen. El propio Ayuntamiento ha sido el organismo encargado de certificar el documento de petición, ya que desde el 5 de diciembre de 2001 un convenio con el organismo nacional se lo autoriza.

No fue hasta finales de 2006, una vez que el Ayuntamiento aprueba la regulación de medios electrónicos, informáticos y telemáticos para la gestión de las multas, cuando comenzaron a utilizarse las PDA. Por lo tanto, el Consistorio guardó durante más de un a?o las firmas de los agentes en un ordenador y en el caso de la primera promoción de Agentes de Movilidad, hasta dos, ya que no se incorporaron al uso de la PDA hasta noviembre del pasado a?o.

Esta circunstancia sumada a las negociaciones laborales dio lugar a que los sindicatos comenzasen a darse de baja de la firma electrónica o a solicitar el suyo. El 6 de enero CSI-CSIF, UGT y CC OO mantuvieron un encuentro con el director general de Movilidad, Pedro Ayuso, y el de Atención al Ciudadano. Según los sindicatos, una vez que pusieron las cartas sobre la mesa Ayuso llegó a decirles: "?Cómo lo solucionamos?". Ese mismo día, los sindicatos firmaron un documento, que consta también de la firma de Ayuso, por el que se acordaba unificar la tarjeta corporativa y la firma digital.

"Proceder consecuentemente a la renovación de todos los certificados digitales emitidos con anterioridad", según consta en el documento, en el que también se dice que "se ofrecerá información adecuada a todo el personal". Además, se creará una comisión para comprobar "la legalidad y transparencia del procedimiento de renovación de la firma digital".

CSI-CSIF ha denunciado el asunto a la Agencia Nacional de Protección de Datos y a la de la Comunidad de Madrid. El sindicato también ha puesto una denuncia en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

El Ayuntamiento asegura que los agentes sí fueron informados, aunque no precisa la fecha exacta

Para el portavoz de Movilidad de IU, Angel Lara, ?es impresentable e incomprensible como el Ayuntamiento pueda utilizar de manera, un tanto irregular, datos personales e intransferibles y los use para propio beneficio sin que los propietarios tengan conocimiento de ello?. IU ha pedido la comparecencia del concejal de Movilidad, Pedro Calvo, en el Pleno de marzo para que explique este asunto.

El coordinador de Movilidad, Fernando Autrán, asegura que el Consistorio sí informó a los agentes de que iban a solicitar su firma electrónica aunque no supo precisar la fecha. De igual forma, dice que el Ayuntamiento ha sido "respetuoso" con el procedimiento y que "siempre se informó a los Agentes de Movilidad de todo el proceso y de los documentos que tenían que firmar".

Preguntado por el motivo por qué en el acuerdo de febrero se enfatiza en la información a los trabajadores y la creación de una comisión que vele por la transparencia y seguridad del proceso, precisó que "es lo que manda la norma". Acto seguido, reconoció que tal comisión no existió en la petición inicial de la firma. "Se llamó a cada uno de los agentes a la oficina certificadora, se les informó que iban a recoger la firma electrónica y un funcionario autorizado les entregó la tarjeta encriptada", precisó el coordinador.

Desconectado corneta

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #87 en: 15 de Marzo de 2008, 20:43:39 pm »
pues ojo que ya han empezado a solicitar firmas para policias municipales(pmm)

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #88 en: 15 de Marzo de 2008, 23:47:17 pm »
 lo veo venir.... :ded;

Desconectado Predator

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #89 en: 16 de Marzo de 2008, 03:58:04 am »
A nosotros en la PL de Barbastro, (Huesca) nos lo estan inplantando para el uso de unas PDA´s teléfono, con acceso a tráfico, padrón habitantes, etc. Dicen que es lo ultimo de lo ultimo. : ojones

Por el momento no funciona aun... Tambien nos pretenden poner una TIP con la firma digital tipo la de la GC para acceder al PC quedar "fichao"
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Desconectado corneta

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #90 en: 07 de Abril de 2008, 21:20:04 pm »
mi rubrica ira asociada a mi numero, no se si existe la posibilidad de que alguien toquetee y la lie..pero en el ejercicio de tu funcion igual ahora mismo puede llegar cualquier compa?ero, tener una intervencion y dar tu numero y firmar como tu o parecido...con lo cual....tengo mis dudas
seguro que sale tu numero de funcionario o tus datos personales

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #91 en: 21 de Enero de 2010, 16:41:19 pm »
Sevilla
Gruístas y policías aseguran que recurrirán judicialmente la ordenanza de retirada telemática de vehículos
21 de enero de 2010.

El comité de empresa del servicio de grúa municipal (Aussa) de Sevilla y el Sindicato Profesional de Policías Municipales de Espa?a (Sppme) en el Ayuntamiento hispalense se posicionaron hoy manifiestamente en contra de la anunciada ordenanza para el uso de medios telemáticos en la retirada de vehículos de la vía pública, se?alando ambos colectivos que recurrirán esta medida ante los tribunales.

SEVILLA, 21 (EUROPA PRESS)

El comité de empresa del servicio de grúa municipal (Aussa) de Sevilla y el Sindicato Profesional de Policías Municipales de Espa?a (Sppme) en el Ayuntamiento hispalense se posicionaron hoy manifiestamente en contra de la anunciada ordenanza para el uso de medios telemáticos en la retirada de vehículos de la vía pública, se?alando ambos colectivos que recurrirán esta medida ante los tribunales.

En declaraciones a Europa Press, el presidente del comité de empresa de Aussa, Carlos Ortiz, instó en primer lugar al grupo de gobierno municipal conformado por PSOE e IU a "ponerse de acuerdo" con sus homólogos en el Ayuntamiento de Málaga, "donde estos grupos han rechazado tajantemente esta medida".

"No entendemos como las garantías hacia el ciudadano que reclaman allí no se tienen en cuenta aquí", subrayó Ortiz, que fue claro al remarcar que los trabajadores de Aussa no llevarán a cabo estas funciones de "usurpación de la Policía Local".

Y es que, a su juicio, el hecho de que los gruístas asumieran estas labores pondría "en grave riesgo" la integridad física de los empleados ante posibles altercados. Por ello, aseguraron que cuando tengan constancia oficial de la medida "acudiremos a las instancias judiciales pertinentes para paralizar esta barbaridad".

Concluyó se?alando que se sorprende de "esta medida, que no sabemos si será anticrisis para el ciudadano o sólo para el propio Ayuntamiento".

EL SPPME PEDIRÁ QUE NO SE APUNTE NADIE

Por parte de la Policía Local, el presidente de la sección del Sppme en el Ayuntamiento hispalense, Manuel Bustelo, indicó a Europa Press que el sindicato que representa recurrirá la ordenanza "en los mismos términos que en su día recurrimos contra la imposición de denuncias por parte de trabajadores de Lipasam", litigio en el que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dio la razón a la central sindical.

"En principio pediremos que no se apunte nadie a la unidad", aseguró Bustelo, que se?aló que el Consistorio hispalense se basa para implantar esta medida en el modelo de Barcelona, "donde el personal que lleva la grúa tiene carácter de agente de autoridad". En Sevilla, no obstante, la situación es distinta por el "desamparo legal en el momento en que se cargue un coche sin existir un agente de la autoridad"

El presidente de la sección del Sppme en el Ayuntamiento apostilló que esto es "otra pu?alada trapera del Ayuntamiento" y que, en este sentido, "en ningún momento se supone que la Policía Local tenga que saber manejar nuevas tecnologías".

Según anunció hoy en rueda de prensa la portavoz del gobierno municipal, Maribel Monta?o, la Junta de Gobierno dio luz verde por la vía de urgencia a esta nueva ordenanza, destinada a dar "instrumentalización legal" al mecanismo de retirada "inmediata" de vehículos mal estacionados.

Así, el nuevo sistema permitirá que se envíe una foto del vehículo infractor al centro de datos para su identificación, de forma que la retirada del mismo quede "validada por vía telemática". A través de esta ordenanza se le otorgará "garantía jurídica" a este sistema.

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #92 en: 21 de Enero de 2010, 18:11:56 pm »
Sevilla
Gruístas y policías aseguran que recurrirán judicialmente la ordenanza de retirada telemática de vehículos
21 de enero de 2010.

El comité de empresa del servicio de grúa municipal (Aussa) de Sevilla y el Sindicato Profesional de Policías Municipales de Espa?a (Sppme) en el Ayuntamiento hispalense se posicionaron hoy manifiestamente en contra de la anunciada ordenanza para el uso de medios telemáticos en la retirada de vehículos de la vía pública, se?alando ambos colectivos que recurrirán esta medida ante los tribunales.

SEVILLA, 21 (EUROPA PRESS)

El comité de empresa del servicio de grúa municipal (Aussa) de Sevilla y el Sindicato Profesional de Policías Municipales de Espa?a (Sppme) en el Ayuntamiento hispalense se posicionaron hoy manifiestamente en contra de la anunciada ordenanza para el uso de medios telemáticos en la retirada de vehículos de la vía pública, se?alando ambos colectivos que recurrirán esta medida ante los tribunales.

En declaraciones a Europa Press, el presidente del comité de empresa de Aussa, Carlos Ortiz, instó en primer lugar al grupo de gobierno municipal conformado por PSOE e IU a "ponerse de acuerdo" con sus homólogos en el Ayuntamiento de Málaga, "donde estos grupos han rechazado tajantemente esta medida".

"No entendemos como las garantías hacia el ciudadano que reclaman allí no se tienen en cuenta aquí", subrayó Ortiz, que fue claro al remarcar que los trabajadores de Aussa no llevarán a cabo estas funciones de "usurpación de la Policía Local".

Y es que, a su juicio, el hecho de que los gruístas asumieran estas labores pondría "en grave riesgo" la integridad física de los empleados ante posibles altercados. Por ello, aseguraron que cuando tengan constancia oficial de la medida "acudiremos a las instancias judiciales pertinentes para paralizar esta barbaridad".

Concluyó se?alando que se sorprende de "esta medida, que no sabemos si será anticrisis para el ciudadano o sólo para el propio Ayuntamiento".

EL SPPME PEDIRÁ QUE NO SE APUNTE NADIE

Por parte de la Policía Local, el presidente de la sección del Sppme en el Ayuntamiento hispalense, Manuel Bustelo, indicó a Europa Press que el sindicato que representa recurrirá la ordenanza "en los mismos términos que en su día recurrimos contra la imposición de denuncias por parte de trabajadores de Lipasam", litigio en el que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dio la razón a la central sindical.

"En principio pediremos que no se apunte nadie a la unidad", aseguró Bustelo, que se?aló que el Consistorio hispalense se basa para implantar esta medida en el modelo de Barcelona, "donde el personal que lleva la grúa tiene carácter de agente de autoridad". En Sevilla, no obstante, la situación es distinta por el "desamparo legal en el momento en que se cargue un coche sin existir un agente de la autoridad"

El presidente de la sección del Sppme en el Ayuntamiento apostilló que esto es "otra pu?alada trapera del Ayuntamiento" y que, en este sentido, "en ningún momento se supone que la Policía Local tenga que saber manejar nuevas tecnologías".

Según anunció hoy en rueda de prensa la portavoz del gobierno municipal, Maribel Monta?o, la Junta de Gobierno dio luz verde por la vía de urgencia a esta nueva ordenanza, destinada a dar "instrumentalización legal" al mecanismo de retirada "inmediata" de vehículos mal estacionados.

Así, el nuevo sistema permitirá que se envíe una foto del vehículo infractor al centro de datos para su identificación, de forma que la retirada del mismo quede "validada por vía telemática". A través de esta ordenanza se le otorgará "garantía jurídica" a este sistema.




 . . . cuidado con esto que en PMM se está intentado con las nuevas aplicaciones informáticas que los funcionarios hagamos determinadas tareas desde esas nuevas tecnologías . . . y en ese sentido hay que recordar que somos funcionarios del Grupo D, ahora C2, por lo tanto el nivel de estudios que da acceso a la categoría de policía es el antiguo Graduado Escolar, así que hay que adecuar nuestro trabajo a nuestra formación y no facilitar determinadas actuaciones que a la larga se vuelven en nuestra contra, si todos actuáramos así quizás habría más interés en subirnos de grupo y así al menos reconocer de alguna manera nuestra formación . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #93 en: 21 de Enero de 2010, 18:18:31 pm »
No sólo eso, sino que por aplicación del principio de eficacia la PL está obligada al manejo de ordenadores... sentencia del JC de Zaragoza ante un "plante" de la PL por el uso de esas nuevas tecnologias.

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=456040

"El principio de eficacia junto al propio carácter servicial de la Administración pública constituye un anclaje del máximo rango para que se pueda requerir una adaptación de los funcionarios a las nuevas tecnologías", dice la sentencia.

« Última modificación: 21 de Enero de 2010, 18:37:57 pm por 47ronin »

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #94 en: 21 de Enero de 2010, 18:26:17 pm »
Y en base a ese principio de eficacia se puede exigir el uso y acceso a un ordenador.. por ser un derecho el acceso a la red de intranet municipal.


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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #95 en: 22 de Enero de 2010, 12:40:40 pm »
Una ordenanza avalará la retirada de coches por la grúa sin presencia policial

M.D.A. SEVILLA Viernes , 22-01-10

Hace aproximadamente un a?o Aussa, la sociedad que gestiona la grúa municipal, presentaba un proyecto a la Delegación de Movilidad para que permitiese la retirada de coches mal estacionados sin tener que contar con la presencia de la Policía Local. La iniciativa provocó el rechazo inmediato tanto de los sindicatos de la Policía Local como de los propios gruistas, pero fue bien acogida por el Gobierno municipal. Pues bien, ayer la Junta de Gobierno Local aprobó una nueva ordenanza municipal para la ?regulación de modos telemáticos en la retirada de vehículos de la vía pública? que será llevada a aprobación del Pleno la próxima semana y que dará cobertura legal a esa iniciativa.

La portavoz del Gobierno municipal, Maribel Monta?o, destacó que esa ordenanza se ha redactado ?por consejo legal? del secretario del Ayuntamiento. Y es que actualmente la retirada de los vehículos mal estacionados requieren la presencia de un policial local que, tras la correspondiente denuncia, autorice a la grúa a llevarse el coche al depósito municipal. Cuando se apruebe la ordenanza -la aprobación en el próximo Pleno, es sólo el primer trámite-, los gruistas realizarán una foto al coche mal aparcado y la remitirán por medio de un sistema telemático que se instalará en sus vehículos hasta unas dependencias de la Policía Local donde se comprobarán los datos del mismo y se les autorizará a realizar la retirada. El proceso, explicó ayer la portavoz municipal, permitirá reducir el tiempo de retirada del vehículo.

El sistema, que ya se utiliza en Barcelona y Pamplona, requiere de una dotación tecnológica que ahora mismo no tiene ni la Policía Local ni los vehículos de grúa y cuyo coste no se ha dado a conocer.

Esta iniciativa de incorporación de nuevas tecnologías en el área de Movilidad se suma al coche ?ponemultas? y al uso experimental desde hace dos meses de PDAs por parte de la Policía Local para la expedición de las sanciones, lo que agiliza el proceso.

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #96 en: 23 de Noviembre de 2010, 17:05:17 pm »

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #97 en: 23 de Noviembre de 2010, 17:06:25 pm »

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #98 en: 23 de Noviembre de 2010, 19:18:10 pm »
Haber si se aclara de una maldita vez este tema.
?Y os aseguro que vendré a castigar con gran venganza y furiosa cólera a aquéllos que pretendan envenenar y destruir a mis hermanos! ???Y TÚ SABRÁS QUE MI NOMBRE ES YAVÉ, CUANDO MI VENGANZA CAIGA SOBRE TI!!! "quotquot.

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Re:¿Se debe revocar la firma digital? ¿Es legal el procedimiento utilizado?
« Respuesta #99 en: 23 de Noviembre de 2010, 20:05:27 pm »
Haber si se aclara de una maldita vez este tema.
¿No tienes el informe que elaboró la empresa a la que se la encargo el estudio sobre la firma digital?, no puedo postearlo porque tengo que reducir el peso del pdf, en cuanto pueda lo subo.