Luz y taquígrafos. Lo que cada central sindical propuso y dijo en la última reunión.
ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL 17 DE ENERO DE 2014 DE LA MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DEL COLECTIVO DE POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID
En Madrid, a las 13.00 horas del día 17 de enero de 2014, se reúnen en la Sede de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, sita en la C/ Albarracín 31, las representaciones del Ayuntamiento de Madrid y de las Organizaciones Sindicales C.P.P.M., U.P.M. CC.OO. y U.G.T, con arreglo al siguiente,
ORDEN DEL DÍA
1º - Firma del Acuerdo sobre el procedimiento para ocupar destinos con funciones no operativas por motivo de edad o destinos acordes al estado de salud del personal del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid.
Toma la palabra Director General de Seguridad para informar a los presentes que el Coordinador General de Seguridad y Emergencias se encuentra en otra reunión y desconoce si podrá incorporarse más tarde, por lo que inicia la sesión dando lectura al orden del día.
Seguidamente recapitula la situación recordando que en la reunión anterior se hizo entrega a los representantes sindicales de un borrador del procedimiento para ocupar destinos con funciones no operativas por motivo de edad o destinos acordes al estado de salud del personal del Cuerpo de Policía Municipal, al objeto de que se estudiara y analizara en las asambleas de afiliados de cada organización sindical.
A continuación se abre un turno de palabra y comienza el representante de CPPM, manifestando que tras las reuniones mantenidas con los afiliados de la organización sindical, consideran necesario introducir pequeñas matizaciones, que afectarían a los apartados siguientes:
1.4. Se debe especificar que los cambios de destino que se realicen al amparo de este Acuerdo no modificaran las condiciones económicas, excepto que se cambie a turno diurno o a alguna de las unidades que tienen distinta retribución.
2.2 Propone una redacción más clara para expresar que durante el desempeño de funciones no operativas el funcionario no podrá ser adscrito funcional y temporalmente con carácter forzoso a otro destino.
3.1. En las funciones a desempeñar, en los servicios de enlaces con vehículos de cuatro ruedas debe incluirse el traslado y recogida de mandos.
3.2. Añadir que ningún funcionario con el arma retirada prestará servicio de uniforme en la calle.
3.3. En relación a las funciones de Sargentos y Suboficiales, se propone simplificar la redacción eliminado la referencia a las previstas con carácter general para estas categorías en el vigente Reglamento del Cuerpo.
3.4. En lugar de manifestar que el personal mayor de 53 tiene prioridad para participar en las acciones formativas encaminadas al desempeño de las funciones no operativas, expresar que el Ayuntamiento se compromete a formar a todo el personal mayor de 53 años que voluntariamente quiera participar en esas acciones formativas.
4.1. Modificar la redacción eliminado la última frase.
4.2. Sustituir “prueba de idoneidad” por “prueba de aptitud física” y hacer referencia al TAF.
6.1.3. Incluir en las convocatorias de destinos al personal declarado no operativo provisional, pero supeditado a que se mantenga en esta situación durante un período mínimo de 6 meses.
8. Añadir un nuevo apartado 8.4, en el que se indique que bajo ningún concepto un funcionario que tenga una edad comprendida entre 55 y 58 años que solicite voluntariamente adecuarse, podrá quedarse sin destino por falta de oferta de la Administración.
8.5. En el tercera prioridad para la adjudicación de destinos, donde dice “en la misma unidad en la que venga prestando servicio” dejar únicamente “en la misma unidad”. Además propone añadir un nuevo párrafo en el que se exprese que excepcionalmente y a los solos efectos de la primera convocatoria podrá considerarse como unidad aquella en la que presta servicio el funcionario en adscripción provisional, funcional y temporalmente o en comisión de servicios.
8.6. Renumerar este apartado (anteriormente 8.5) y añadir una referencia expresa al personal que participe voluntariamente “por edad y salud”.
11. Dar una nueva redacción a la constitución de la comisión de seguimiento especificando su composición.
Después toma la palabra el representante de UPM para manifestar que, en general, el acuerdo tal y como está redactado les ha parecido correcto, no obstante conviene hacer pequeñas puntualizaciones y considera que las propuestas por CPPM son adecuadas.
Insiste en que debe quedar claro que en ningún caso hay merma de retribuciones por el desempeño de puestos adaptados, excepto cuando se cambie a un turno diurno o a unidades con distinta retribución.
Entiende que debe quedar claro que el personal con alguna disfunción física debe desempeñar unas funciones acordes con dicha disfunción. A lo que la Subdirectora General de Recursos Humanos y Calidad aclara que esto ya está recogido en el punto 8 del texto, pero que se puede incluir en el preámbulo una referencia al artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales.
Además UPM considera necesario añadir una puntualización a las efectuadas por CPPM, proponiendo incluir en el apartado 7.1 la posibilidad de que pueda participar el personal declarado no operativo provisional que permanezca en esta situación un mínimo de 6 meses. Y, en consonancia con lo anterior, en el apartado 7.2.b), referido a los puestos a ofertar, incluir también una referencia al personal no operativo provisional.
A continuación se cede la palabra al representante de CCOO, y dado que este prefiere esperar por si se incorpora a la reunión el Coordinador General de Seguridad y Emergencias, toma la palabra la representación de UGT para manifestar que el texto ha sido consultado con sus afiliados y se ha considerado necesario realizar algún pequeño ajuste en el mismo sentido que los manifestados en las propuestas de los compañeros de los otros sindicatos, con las que se consideran de acuerdo.
Asimismo incide en la importancia de que un policía adaptado uniformado no pueda prestar servicios en la calle sin arma.
Finalmente plantea que el acuerdo no ha recogido que todo este personal pueda participar en la promoción interna, cuando la legislación lo contempla. A lo que responden el Director General y la Subdirectora General que en el texto tampoco se les excluye.
Por último toma la palabra la representación de CCOO haciendo un llamamiento a los demás sindicatos al considerar gravísimo que el colectivo de Policía Municipal esté excluido del acuerdo general de prevención de riesgos que ha sido aprobado en diciembre del año pasado y que es de aplicación al resto de personal del Ayuntamiento.
Propone desligar del acuerdo objeto de negociación la parte referida a la adaptación de puestos por motivos de salud, que debería regularse por el acuerdo general y entiende que únicamente debe ser objeto de negociación la adaptación de puestos por motivo de edad, en cuyo caso su sindicato se mostraría dispuesto a firmar.
Expresa que los afiliados de CCOO están en contra de este acuerdo y así lo han manifestado por unanimidad.
Anticipa además que, tras consultar a los servicios jurídicos y a los compañeros de prevención de riesgos, CCOO va a impugnar el acuerdo que se firme. Y en cuanto a la Comisión de Seguimiento considera que su organización sindical no puede ser excluida por no firmar.
Por último señala que la adaptación por edad debe tener siempre carácter voluntario y que no puede exigirse la realización del TAF en los casos en que el funcionario pretenda seguir prestando servicio, pues en el supuesto de que un componente no reúna las condiciones de salud para ser operativo debe aplicarse el procedimiento de prevención de riesgos laborales.
El Director General de Seguridad pide unos minutos para incluir las propuestas consensuadas e informa de que la Subdirección General de Prevención de Riesgos Laborales ha recalcado la importancia de incluir en el preámbulo una referencia al contenido del artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales.
Una vez reanudada la sesión, el Director General reparte a cada sindicato una copia del documento con las modificaciones efectuadas para que una vez leído manifiesten su parecer. Una vez revisado el mismo las organizaciones sindicales, a excepción de la representación de CCOO, expresan su conformidad, por lo que a continuación se procede a la firma del Acuerdo, que es suscrito por todas, menos por CCOO.
Finalmente, el Director General agradece a los representantes de las organizaciones sindicales su colaboración, y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 14,35 horas de la fecha arriba señalada.
Vº Bº
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD
Fdo.: Pablo Escudero Pérez
LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE
RÉGIMEN JURÍDICO DE PERSONAL
Fdo.: Marta Amelia Herrera Molino