. . . el error es pensar que, porque haya reserva de plazas, tiene más oportunidades que tu . . . eso no es cierto, es más, mira las oposiciones a GC analiza las plazas reservadas a militares profesionales y que ratios hay y cuantas se cubren . . . en PMM nunca se cubren las plazas, por lo tanto, una cosa es que la ley te obligue a la reserva de plazas y otra muy diferente es que se cubran . . . pasarán todas al turno libre, como ocurre en la escala técnica porque, una cosa es la ley y otra muy diferente las decisiones que adopte el tribunal examinador, que fijará sus criterios y ten por seguro que lo harán de manera muy diferente a lo que dice la ley y el ejemplo más claro lo tienes en el acuerdo firmado entre el Faraón Taladrón y el Sr. Bono, cuando era Ministro de Defensa, para la reserva de plazas en PMM para los soldados profesionales . . . y esa reserva no se ha producido nunca . . . lo que no quieres entender es que, guste o no guste , el Cuerpo de AA.MM. tiene unas funciones y una carrera profesional autónoma y que porque realicen funciones de las PL´s en materia de tráfico eso no significa que el político tenga interés en que haya un paso de un cuerpo a otro, lo de la EMT era a modo de ironía . . . pero en el fondo, prefieren destinar a cualquier otro funcionario a cubrir las plazas vacantes del AA.MM. antes de buscaros una salida en PMM, pero eso ha sido siempre así, el Cuerpo de Vigilantes Nocturnos, los serenos, los integraron en PMM pero nunca perdieron su condición de Vigilantes Nocturnos y nunca realizaron funciones propias de PMM, sino que mantenían las suyas de Vigilantes Nocturnos encuadrados dentro de las dependencias de PMM, es más, ni siquiera se les llegó a cambiar el arma y se jubilan portando su 9 corto . . . con esto lo que quiero decir es que cuerpos diferentes, dentro de la misma administración local, nunca van a gozar del posible beneficio de la reserva de plazas porque a la propia administración local no le interesa que esto sea así ya que no gana nada dejando una vacante en AA.MM. que tiene que cubrir con otro funcionario . . . la reserva de plazas lo es para individuos que no pertenecen a la administración convocante, sino que vienen de fuera, en el caso de los militares profesionales provienen de la AGE y en el caso de los PL´s provienen de cada una de sus respectivas corporaciones locales . . . por eso nunca habrá esa reserva porque en la CM solamente Madrid dispone de Cuerpo de AA.MM. y ya están dentro de la propia administración convocante, por lo tanto no precisa la ley hacer este tipo de reservas de plazas ya que, si hay voluntad de que se haga lo puede hacer directamente el propio Ayuntamiento de Madrid al redactar las bases de la convocatoria para cubrir las plazas de PMM . . . este es el asunto. . .