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Subdirección General de Gestión de Personal
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD
CONVOCATORIA
El Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad en su Decreto de 20.11.2008 ha dispuesto:
En uso de las competencias delegadas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 19 de noviembre de 2008, vengo en disponer:
PRIMERO.- Convocar, en ejecución de las Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio de 2007, pruebas selectivas para proveer 5 plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, de las que 4 se proveerán por promoción interna y 1 por turno libre, todas ellas encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Municipal, que corresponden al Grupo A, Subgrupo A1 de titulación, de los previstos en el artículo 76 y en la Disposición transitoria tercera del vigente Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.
La presente convocatoria está regulada por las Bases que habrán de regir las pruebas selectivas para esta categoría, aprobadas por Decreto de la Concejala Delegada de Personal de fecha 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n? 5.740 de 25 de enero de 2007), con las adaptaciones necesarias debido a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Igualmente se ha de significar que en virtud de la delegación de competencias efectuadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 19 de noviembre de 2008, todas las referencias a la Concejala Delegada de Personal se entenderán referidas al Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, y las efectuadas a la Subdirección General de Selección de Personal Funcionario y Laboral, quedarán referidas a la Subdirección General de Gestión de Personal de la Dirección General de Seguridad.
Las adaptaciones que se realizan son las que se citan a continuación en los apartados siguientes:
1.2 Legislación aplicable:
Al proceso selectivo le será de aplicación además de lo establecido en las bases por las que se regula la presente convocatoria, lo dispuesto en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22/12/2005.
4.3 Lugar de presentación
El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, así como el ejemplar correspondiente del impreso de autoliquidación, una vez realizado el pago de la tasa por derechos de examen o, en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro o transferencia, podrán presentarse preferentemente en la oficina de registro del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, c/ Recoletos n? 5, en las oficinas de Registro de las Áreas y Distritos del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
6. Órganos de selección
6.1. Composición
La composición del Tribunal se ajustará en todo caso a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será nombrado por el Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad y estará constituido por un presidente, un secretario con voz pero sin voto y un mínimo de cuatro vocales.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.
No podrán formar parte de los Tribunales el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos, el personal eventual y laboral.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera.
Por otra parte, el apartado V del Acta de firma del Acuerdo - Convenio de la Mesa General de los Empleados Públicos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011, establece que a los tribunales de las pruebas selectivas asistirá un observador del desarrollo del proceso selectivo. Dicho observador, con voz y sin voto, actuará a título individual.