Acuerdo de 3 de diciembre de 2009, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid para el a?o 2009.
?El presente acuerdo tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos para el ejercicio 2009, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y artículo 23 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a?o 2009.
Debe considerarse el actual escenario económico, caracterizado por una crisis de gran intensidad que está teniendo importantes efectos sobre el crecimiento económico y el empleo. Por ello, todas las Administraciones Públicas, y en los mismos términos la Administración Municipal, se han visto obligadas a adoptar una serie de medidas de austeridad del gasto público, que han traído como consecuencias, entre otras, la reducción y contención de la Oferta de Empleo Público. De esta manera, la Oferta de Empleo Público para este a?o 2009 incluye plazas que se concentran únicamente en los sectores prioritarios y esenciales, y que se han cubierto con funcionarios interinos por razones de necesidad urgente e inaplazable.En aplicación de estas medidas de austeridad, y a la vez con el fin de avanzar en el compromiso de reducir la temporalidad en el empleo público, la oferta incluye todas las plazas ocupadas por funcionarios interinos nombrados en el ejercicio 2008 que ocupan vacantes de carácter estructural, excepto aquellas sobre las que existe reserva de puesto o están incursas en procesos de provisión.
Se incluyen, asimismo, determinadas plazas ocupadas por funcionarios interinos nombrados en ejercicios anteriores a 2008 que ocupan vacantes de carácter estructural no afectadas por los procesos especiales de consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Madrid. 
La presente Oferta de Empleo Público persigue el objetivo de seguir avanzando en una óptima planificación de recursos humanos capaz de conjugar las necesidades de efectivos que se produzcan, atendiendo especialmente a los sectores prioritarios, con una distribución racional del volumen de recursos humanos existentes en el sector público, garantizando en definitiva la prestación de servicios públicos de calidad que satisfagan las expectativas de los ciudadanos.
La competencia para la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de conformidad con el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión de 22 de diciembre de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de febrero de 2006).
Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos, en su artículo 3, apartado 3.2.h), se delega en el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para elevar a la Junta de Gobierno el proyecto anual de Oferta de Empleo Público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 3 de diciembre de 2009, acuerda:
Primero.?Aprobar la Oferta de Empleo Público para el a?o 2009 con el número de plazas de personal funcionario de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos que figuran en el anexo, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.
Los procesos selectivos para las plazas comprometidas en la presente Oferta de Empleo Público deberán convocarse en el plazo máximo de doce meses desde su aprobación.
Segundo.?Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución.
En las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo se reservará un 7 por 100 de las plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.
Tercero.?Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público, estas podrán incorporar las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del marco temporal establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo, las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público podrán incorporar las plazas correspondientes a procesos selectivos derivados de ofertas anteriores si resultasen vacantes algunas de las plazas convocadas, pudiendo, no obstante, efectuarse convocatorias extraordinarias de las referidas vacantes.
Cuarto.?Podrán efectuarse convocatorias de consolidación de empleo temporal respecto a plazas de carácter estructural correspondientes a distintos Cuerpos, Escalas o Categorías, que estén dotadas presupuestariamente y se encuentren desempe?adas interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2005. Ello, en los términos y con los requisitos que establece la disposición adicional segunda del acuerdo-convenio regulador de las condiciones de trabajo comunes a los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y de sus órganos autónomos para el período 2008-2011, suscrito el 21 de noviembre de 2008 por la Mesa General de los Empleados Públicos y ratificado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 28 de noviembre de 2008.
Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Quinto.?El presente acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Estado para el a?o 2009, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el ?Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid?.